PERSONA JURÍDICA. 1. Certificado de vigencia de la personería de su(s) representante(s) legal(es), extendido por el Conservador de Bienes Raíces que se encuentre a cargo del Registro de Comercio respectivo, con una antigüedad no superior a sesenta (60) días desde su emisión; en el caso de las sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659, Certificado de Estatuto Actualizado emitido por el Registro de Empresas y Sociedades con una antigüedad no superior a sesenta (60) días desde su emisión; o el que corresponda, de acuerdo con la naturaleza de la sociedad.
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PERSONA JURÍDICA. 1. Certificado de vigencia de la personería de su(s) representante(s) legal(es)persona jurídica, extendido por el Conservador de Bienes Raíces que se encuentre a cargo del Registro de Comercio respectivo, con una antigüedad no superior a sesenta (60) días desde su emisión; en el caso de las sociedades personas jurídicas acogidas a la Ley Nº 20.659, Certificado el certificado de Estatuto Actualizado vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades con una antigüedad no superior a sesenta (60) días desde su emisión; o el documento que corresponda, corresponda de acuerdo con la naturaleza de la sociedadpersona jurídica.
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PERSONA JURÍDICA. 1. Certificado de vigencia de la personería de su(s) representante(s) legal(es)sociedad, extendido por el Conservador de Bienes Raíces que se encuentre a cargo del Registro de Comercio respectivo, con una antigüedad no superior a sesenta (60) días desde su emisión; en el caso de las sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659, Certificado certificado de Estatuto Actualizado vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades con una antigüedad no superior a sesenta (60) días desde su emisión; o el que corresponda, de acuerdo con la naturaleza de la sociedadpersona jurídica.
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PERSONA JURÍDICA. 1. Certificado de vigencia de la personería de su(s) representante(s) legal(es)sociedad, extendido por el Conservador de Bienes Raíces que se encuentre a cargo del Registro de Comercio respectivo, con una antigüedad no superior a sesenta (60) días desde su emisión; en . En el caso de las sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659, Certificado de Estatuto Actualizado Vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades con una antigüedad no superior a sesenta (60) días desde su emisión; o . O el documento que corresponda, de acuerdo con la naturaleza de la sociedadpersona jurídica.
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