LEGISLACIÓN APLICABLE Cláusulas de Ejemplo

LEGISLACIÓN APLICABLE. El presente Contrato se celebra al amparo de las siguientes disposiciones normativas: Constitución Política del Estado. Ley Nº 1178, de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales. Decreto Supremo Nº 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS) y sus modificaciones. Ley del Presupuesto General del Estado, aprobado para la gestión y su reglamentación. Otras disposiciones relacionadas.
LEGISLACIÓN APLICABLE. La legislación aplicable será la de la República xx Xxxxx Rica. En todo lo que no esté previsto en esta póliza se aplicarán las estipulaciones contenidas en la Ley Reguladora xxx Xxxxxxx de Seguros Nº 8653 del 07 xx xxxxxx del 2008, la Ley Reguladora del Contrato de Seguros N° 8956 del 12 setiembre del 2011 y sus reformas, el Código de Comercio y el Código Civil.
LEGISLACIÓN APLICABLE. El presente Contrato se celebra al amparo de las siguientes disposiciones normativas:
LEGISLACIÓN APLICABLE. En todo lo que no esté previsto en este Contrato se aplicarán las estipulaciones contenidas en La Ley Reguladora xxx Xxxxxxx de Seguros, la Ley Reguladora del Contrato de Seguros, el Código de Comercio y el Código Civil de Costa Rica.
LEGISLACIÓN APLICABLE. LAS PARTES” se obligan a sujetarse estrictamente para la prestación del servicio objeto de este Contrato, a todas y cada una de las cláusulas que lo integran y a su ANEXO ÚNICO, a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento; al Código Civil Federal; a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; al Código Federal de Procedimientos Civiles; a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento al Acuerdo por el que se expide el Protocolo de Actuación en Materia de Contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones y a las demás disposiciones jurídicas vigentes aplicables.
LEGISLACIÓN APLICABLE. Además de las estipulaciones contractuales establecidas en esta póliza, de manera supletoria se aplicarán las disposiciones contendidas en la Ley Reguladora xxx Xxxxxxx de Seguros (Ley N°8653); Ley Reguladora del Contrato de Seguros (Ley N°8956); Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor (Ley N° 7472); Código de Comercio; Código Civil; cualquier otra ley que sea aplicable, así como las reformas o reglamentos que emanen de estas disposiciones legales.
LEGISLACIÓN APLICABLE. El presente Contrato se celebra exclusivamente al amparo de las siguientes disposiciones: Ley Nº 1178, de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales. Decreto Supremo Nº 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, d las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios – NB-SABS.
LEGISLACIÓN APLICABLE. Los términos y condiciones previstos en este contrato serán regidos por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su Reglamento, supletoriamente serán aplicables en lo conducente, las disposiciones del Código Civil Federal y las del Código Federal de Procedimientos Civiles.
LEGISLACIÓN APLICABLE. Los términos y condiciones previstos en este contrato específico serán regidos por la "LAASSP" y su Reglamento y supletoriamente serán aplicables en lo conducente, las disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, Código Civil Federal, las del Código Federal de Procedimientos Civiles. Asimismo, se aplicarán en lo conducente, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados. En caso de discrepancia entre la solicitud de cotización y el contrato específico, prevalecerá lo establecido en la solicitud de cotización, de conformidad con el artículo 81, fracción IV del Reglamento de la "LAASSP".
LEGISLACIÓN APLICABLE. EL PRESENTE CONTRATO SE RIGE POR “LA LEY”, “EL REGLAMENTO” Y LAS “POBALINES”, ESTÁS ÚLTIMAS QUE “EL PROVEEDOR” MANIFIESTA EXPRESAMENTE CONOCER, RECONOCIENDO LAS ATRIBUCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE “COMIMSA” QUE SE ENCUENTRAN FACULTADOS PARA ATENDER Y EJECUTAR LOS DIVERSOS ACTOS DERIVADOS DE ESTE CONTRATO, INCLUYENDO SU SUSPENSIÓN, TERMINACIÓN ANTICIPADA Y RESCISIÓN ADMINISTRATIVA, ASÍ COMO LA CANCELACIÓN DE PARTIDAS O CONCEPTOS Y LA IMPOSICIÓN XX XXXXX Y SANCIONES.