Periodo de descanso Cláusulas de Ejemplo

Periodo de descanso. El personal a jornada completa tendrá derecho al disfrute del tiempo de descanso, de veinte minutos de duración, y se computará y retribuirá como tiempo de trabajo; aquél cuya contratación sea a tiempo parcial tendrá derecho a la parte proporcional. El tiempo de descanso podrá incrementarse siendo recuperado dentro de la misma jornada laboral. Este periodo de descanso no podrán disfrutarlo simultáneamente todas las trabajadoras y trabajadores pertenecientes a un mismo departamento.
Periodo de descanso. Con el fin de proporcionar un periodo de descanso a los trabajadores/as, se concederá un tiempo destinado al mismo en función de los siguientes criterios: - Para jornadas completas, 25 minutos. - Para 4 horas de contratación en un solo centro, se concederán 15 minutos. - A partir de estas 4 horas, el tiempo de descanso será proporcional a la jornada realizada en dicho centro, hasta alcanzar un máximo de 25 minutos. La incorporación del periodo de descanso para jornadas inferiores a la completa, y no de forma completa y continuada como se establecía en anteriores convenios, se pacta explícitamente que no repercutirá en el rendimiento pactado y habitual que se viniera desarrollando en cada centro. El disfrute de los citados periodos de descanso se realizará, de común acuerdo entre las partes y nunca antes ni después de alcanzar la mitad de la jornada que se haya de realizar. Dicho periodo se computará como jornada laboral a todos los efectos. Se respetarán las condiciones más beneficiosas pactadas anteriormente en cuanto a su disfrute.
Periodo de descanso. Período ininterrumpido y definido de tiempo durante el cual un tripulante queda relevado de toda actividad y de la prestación de imaginaria en el aeropuerto con el fin específico de que pueda descansar. Los periodos de descanso parcial no se considerarán parte de un periodo de descanso. El periodo de descanso comenzará veinte minutos después de la hora de calzos, entendiendo que con este tiempo se cubren las eventualidades post vuelo. La Empresa no dará avisos durante los periodos de descansos legales, y en caso de contacto con el tripulante se iniciara un nuevo periodo de descanso en el momento del aviso.
Periodo de descanso. Después de transcurrido el Plazo Inicial, siempre y cuando el Asegurado esté al corriente en el pago de sus Aportaciones Comprometidas, tendrá la opción de no realizar el pago de sus Apor- taciones por un periodo de hasta 12 meses consecutivos y mantener el derecho a recibir el Bono de Fidelidad. El Asegurado podrá volver a pagar sus Aportaciones antes de que terminen los 12 meses de descanso. El Periodo de Descanso se podrá ejercer solamente una vez mediante previo aviso por escrito a Allianz, por lo menos 5 días hábiles antes de la fecha programada para la siguiente Aportación.
Periodo de descanso. El personal que trabaje exclusivamente con pantallas de ordenadores, que no realicen otro tipo de trabajo durante la jornada de trabajo, tendrán derecho a un descanso de 15 minutos por la mañana y 15 minutos por la tarde, sin necesidad de recuperar este tiempo. Dentro del concepto de trabajo efectivo se entenderán comprendidos los horarios utilizados en las jornadas continuadas como descanso (el bocadillo) y otras interrupciones, en el supuesto de que por la normativa legal o acuerdo entre las partes, o por la propia organización del trabajo, se entiendan incluidos en la jornada diaria de trabajo.
Periodo de descanso. 33.01 A cada empleado se le otorgara un descanso pagado xx xxxx (10) minutos por cada cuatro (4) horas de empleo. El periodo de descanso, hasta donde sea práctica, deberá ser a medias de cada periodo de trabajo. Si el empleado completa su día de trabajo entre la cuarta y sexta hora, el/ella no tendrá derecho a un segundo periodo de descanso por ese día. Cuando un empleado haya completado su trabajo en exceso de seis (6) horas, el/ella se habrá ganado y se le dará su segundo periodo de descanso xx xxxx (10) minutos pagados por ese día. Al empleado no se le requerirá que trabaje en exceso de tres (3) horas continuas sin antes tomar un periodo de descanso xx xxxx (10) minutes.
Periodo de descanso. Los empleados recibirán un periodo de descanso xx xxxx (10) minutos con goce de pago por cada cuatro (4) horas de trabajo. El empleador intentará permitir recesos de descanso para que ocurran lo más cerca posible de la mitad del comienzo de turno y periodo de comida y si un segundo receso de descanso es aplicable, lo más cerca posible a la mitad del periodo empezando después del periodo de comida y al final del turno; las necesidades de operación, sin embargo, controlarán el momento escogido de los recesos de descanso. Si un empleado trabaja menos de tres horas y media (3 ½) en un día, no se otorgará periodo de descanso.

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  • PERIODO DE GARANTÍA Tras la recepción y una vez cumplido el plazo de garantía y realizadas a satisfacción de YPF las reposiciones y /o reparaciones que pudieran haberse producido en dicho lapso, YPF procederá a reintegrar al Proveedor/Contratista el importe, en su caso, de los fondos de garantía y de reparo no afectados a pagos a su cargo. Para el caso de servicios cumplido el plazo contractual por agotamiento del monto o tiempo estipulado, se elaborará el acta de recepción definitiva reintegrándose el monto de la garantía.

  • CONTENIDO DE LAS OFERTAS La oferta se presenta en un (1) sobre cerrado en original, dirigido al comité de selección de la Licitación Pública N° […………….], conforme al siguiente detalle: [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD] [CONSIGNAR DIRECCIÓN] LICITACIÓN PÚBLICA N° [ …………….] Denominación de la convocatoria: [ …………………….] [NOMBRE / DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR] La oferta contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente documentación: Declaración jurada de datos del postor. Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada debe ser presentada por cada uno de los integrantes del consorcio. (Anexo Nº 1) Declaración jurada de acuerdo con el numeral 1 del artículo 31 del Reglamento. (Anexo Nº 2) En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio. Declaración jurada de cumplimiento del Expediente Técnico, según el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 3) Declaración jurada de plazo de ejecución de la obra. (Anexo Nº 4) Carta de compromiso del personal que integra el plantel profesional clave con firma legalizada, según lo previsto en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 11) El precio de la oferta en [CONSIGNAR LA MONEDA EN LA QUE SE DEBE PRESENTAR LA OFERTA] y el detalle de precios unitarios, cuando dicho sistema haya sido establecido en las bases. (Anexo Nº 5) El precio total de la oferta y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos decimales.

  • PERIODO DE COBERTURA El seguro cubrirá únicamente reclamos por siniestros acaecidos durante la vigencia de la póliza, aun si el reclamo se presenta después de vencida esta vigencia y de conformidad con lo convenido por las partes. Lo anterior sin perjuicio de los términos de prescripción previsto en la presente póliza.

  • Periodo de prueba Podrá concertarse por escrito un periodo de prueba que en ningún caso podrá exceder de:

  • DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].

  • CONTENIDO DE LA OFERTA La propuesta deberá contener:

  • Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el RD. 364/2005, de 8 xx xxxxx. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 12 “Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego. El contratista queda obligado igualmente a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva. La acreditación de dicho cumplimiento se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores con discapacidad.

  • DIRIGIDO AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN CORRESPONDIENTE ANEXO VII

  • ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

  • CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente: La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad Pública no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza. El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.