PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago de cuotas mensuales, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pago.
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Sources: Contrato De Otorgamiento De Crédito Personal, Contrato De Otorgamiento De Crédito Personal, Contrato De Otorgamiento De Crédito Personal
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado Consultor presentará su solicitud de pago, por el BANCO mediante período comprendido desde la fecha de la orden de inicio hasta que transcurra los Treinta días y el pago estará sujeto al cumplimiento de las obligaciones contractuales. La Gerencia Técnica revisará antes de efectuar el pago, el Reembolso preparado por el Supervisor en los formatos indicados por Fondo Vial con los soportes correspondientes, aprobados por el Coordinador del Fondo Vial, la no presentación en el formato correspondiente será causal para no dar ingreso a la solicitud de pago. El Fondo Vial reconocerá intereses a la tasa promedio correspondiente al mes en que se efectúe el pago para operaciones activas del sistema bancario nacional, cuando se produzcan atrasos en el pago de cuotas mensualessus obligaciones por causas que le fueren imputables, por más de cuarenta y cinco (45) días calendario contados a partir del ingreso respectivo al Sistema de Administración Financiera (SIAFI), entendiéndose que el ingreso al sistema es hasta que se le haya comunicado al Supervisor la aceptación correcta de la documentación por la Gerencia Administrativa. El pago de intereses, se hará a más tardar en la oportunidad prevista fecha del siguiente pago parcial contra recibo de cobro presentado por el contratista de acuerdo al formato proporcionado por el Fondo Vial. El Supervisor no podrá alegar incumplimiento del Fondo Vial y solicitar el pago de los intereses mencionados en el párrafo anterior, si ha presentado en forma incorrecta los documentos de cobro, tal como se señala en la Hoja Resumen Ley de Contratación del Estado y su reglamento; tampoco podrán hacerlo quienes incurran en atrasos que les fueren atribuibles durante la ejecución del contrato, ocasionando con ello atrasos en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado desembolso presupuestado para determinado período fiscal y la subsiguiente demora en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el casolos siguientes ejercicios, y si incurre en cualquier otra conducta determinante del retraso. El Supervisor recibirá su pago al final del periodo de ejecución, Treinta (30) Días contados a partir de la fecha de orden de inicio, condicionando el pago a la aprobación por parte de la Gerencia Técnica del Informe Final de conformidad a los seguros obligatorioslineamientos establecidos, según tipo ▇▇ a la Memoria de Cálculo de la Obra ejecutada por el contratista en ese mismo período, a las Ordenes de Cambio del mes procesadas y cualquier otra información que haya sido solicitada mediante Circular. El Supervisor deberá mantener el personal y equipo que se indica en el cuadro anterior “Estimado de ▇▇▇▇▇▇▇▇”, caso contrario se le deducirá del pago mensual el pago del personal y los seguros opcionalesequipo que no se encuentre en el proyecto, una vez realizada la verificación por parte de haber sido contratados la Firma Verificadora y si esta situación persistiera, dará lugar a la rescisión del Contrato por el Clienteincumplimiento. El CLIENTE podrá realizar Gobierno retendrá el pago e impondrá las multas correspondientes al Consultor por incumplimiento en los pagos servicios especificados en forma directa en las cajas del BANCOeste Contrato, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como hasta que se haya subsanado tal incumplimiento. El Fondo Vial se reserva el derecho a través autorizar la asignación parcial de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con recursos contenidos en el contrato para aquellos períodos en los que el BANCO suscriba convenios los requerimientos de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportunopersonal, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego equipo u otros sean menores a los intereses contemplados contractualmente y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, asimismo de reducir los recursos aprobados originalmente en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagocasos debidamente justificados.
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Sources: Consultancy Agreement, Consultancy Agreement, Consultancy Agreement
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago de cuotas mensuales, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ Tarifario vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pago.
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Sources: Contrato De Otorgamiento De Crédito Personal, Contrato De Otorgamiento De Crédito Personal
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar Titular, a fin de pagar a Afirme las cantidades adeudadas, podrá optar por alguna de las siguientes opciones:
a) Saldo Deudor. - Pagar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago de cuotas mensualessaldo deudor del crédito, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo fecha ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ del último Periodo Mensual, y los seguros opcionales, que estará compuesto por la suma de: El saldo deudor del último Periodo Mensual se consignará en el estado de haber sido contratados por el Clientecuenta mensual (en lo sucesivo "SALDO NUEVO"). El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega En caso de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial Titular pague a Afirme el importe total del saldo deudor o total, de una cuota o más, generará "SALDO NUEVO" que hubiere a la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇fecha ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse del último Periodo Mensual, dentro del mismo Periodo Mensual o hasta la Fecha Límite de Pago señalada en el estado de cuenta mensual respectivo, Afirme no hará al Titular cargo alguno por concepto de intereses.
b) Pago mínimo mensual. - Pagar parcialmente el saldo deudor o "SALDO NUEVO" del último Periodo Mensual, liquidando la cantidad que como pago mínimo se señale en el estado de cuenta mensual correspondiente a más tardar en la moneda Fecha Límite de financiamiento, señalada Pago. En el supuesto indicado en la Solicitud; sin embargoel presente inciso, el BANCO aceptará Titular se obliga a pagar mensualmente a Afirme intereses ordinarios sobre el pago Saldo Insoluto Promedio de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo disposiciones del crédito realizadas durante el Periodo Mensual de cambio compra vigente en la fecha de pagoque se trate.
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Sources: Contrato De Apertura De Crédito en Cuenta Corriente, Contrato De Apertura De Crédito en Cuenta Corriente
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado Todos los pagos serán efectuados por el BANCO la Emisora mediante el transferencia de los importes correspondientes a la CVSA para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores con derecho a cobro. Si cualquier día de pago de cuotas mensualescualquier monto bajo las Obligaciones Negociables no fuera un Día Hábil, dicho pago será efectuado en el Día Hábil inmediatamente posterior excepto que se trate de la Fecha de Vencimiento, en cuyo caso será pagado el Día Hábil inmediatamente anterior. Cualquier pago adeudado bajo las Obligaciones Negociables efectuado en dicho Día Hábil inmediatamente posterior tendrá la oportunidad prevista misma validez que si hubiera sido efectuado en la Hoja Resumen fecha en la cual vencía el mismo, y no se devengarán intereses durante el período comprendido entre dicha Fecha de Pago de Intereses y el Día Hábil inmediato posterior. La Emisora será la encargada de realizar todos los cálculos y determinar las sumas que se deberán pagar en cada caso, incluyendo las sumas que corresponda pagar en cada una de las Fechas de Pago de Intereses, las fechas de rescate y las fechas en las que se subsane cualquier incumplimiento. La Emisora tendrá a su cargo informar a los tenedores de Obligaciones Negociables mediante la publicación en el Cronograma sitio web de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ la CNV (▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado /▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento ), en el ítem “Información Financiera”, en el Boletín Diario de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a queBCBA, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° ejercicio de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica facultad delegada por BYMA a la BCBA conforme lo dispuesto por la Resolución N° 18.629 de la Superintendencia CNV, en el Boletín Diario del MAE y en el sitio web de Bancala Emisora, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al un aviso de pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención servicios, los importes a lo señalado ser abonados bajo las Obligaciones Negociables en el párrafo anteriorcada fecha en que corresponda realizar un pago bajo éstas, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s)discriminando los conceptos. El CLIENTE acepta que aviso de pago de servicios se publicará con al menos cinco (5) Días Hábiles de anticipación a la fecha prevista para el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagocuestión.
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PAGOS. El CLIENTE pago se efectuará en Moneda Nacional en cada Área Médica de Gestión Desconcentrada, que corresponda en el horario de 09:00 a 14:00 horas, por mensualidades vencidas a los 15 (quince) días naturales posteriores a la entrega por parte del proveedor, de original y copia de la factura en la que se indique el servicio otorgado que reúna además de los requisitos fiscales respectivos, los internos que a continuación se detallan: número de contrato, número de fianza y nombre de la Afianzadora, número de proveedor, así como la firma de cada uno de los Directores de las Áreas Médicas, con el sello, nombre, firma y cargo de quien recibe los servicios. Para tal efecto el Prestador de servicios presentará dentro de los 5 (cinco) días naturales siguientes al término de la quincena de que se trate, la facturación ante los Directores de Unidad que corresponda, para su revisión y sanción, misma a la que deberá cancelar adjuntar la documentación que acredite los Servicios realizados. Asimismo, el Préstamo otorgado Instituto se obliga a revisar y confrontar la documentación presentada por el BANCO mediante Licitante adjudicado y a emitir el reporte con la pena convencional o deducción correspondiente en un plazo no mayor de 15 (Quince) días naturales, contados a partir de la recepción de las facturas y demás documentos. En el supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas que no puedan ser autorizadas durante ese plazo, estas se resolverán e incorporarán en la siguiente factura. En caso de que el licitante adjudicado presente su factura con errores o deficiencias, el plazo de pago se ajustará en términos del Artículo 62 del Reglamento. El licitante adjudicado podrá optar porque el Instituto efectúe el pago de cuotas mensualesdel servicio prestado a través del esquema electrónico intrabancario, que el IMSS tiene en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen operación con las instituciones bancarias siguientes: Banamex, S. A., BBVA, Bancomer, Banorte, S. A. y Scotiabank Inverlat, S. A., para tal efecto deberá presentar en el Cronograma Departamento Delegacional de Pagos que forman parte integrante del presente ContratoTesorería, cancelando el importe indicado en dichos documentossito ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇ ▇▇. ▇▇▇, lo cual incluirá el capital▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera C. P. 94300 de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo la Ciudad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, en el horario de 09:00 a 15:00 horas, petición escrita indicando: razón social, domicilio fiscal, número telefónico y fax, nombre completo del apoderado legal con facultades de cobro y su firma, número de cuenta de cheques, sucursal y plaza, así como, número de proveedor asignado por el IMSS. Anexo a la solicitud deberá el proveedor, presentar original y copia de la cédula del Registro Federal de Contribuyentes, Poder Notarial e identificación oficial; los originales se solicitan únicamente para cotejar los datos y les serán devueltos en el mismo acto. En caso de que el proveedor solicite el abono en una cuenta contratada en un banco diferente a los antes citados (interbancario), el IMSS realizará la instrucción de pago en la fecha de vencimiento del contrarecibo y su aplicación se llevará a cabo al día hábil siguiente, de acuerdo con el mecanismo establecido por CECOBAN. Anexo a la solicitud de pago electrónico (intrabancario e interbancario) el proveedor deberá presentar original y copia de la cédula del Registro Federal de Contribuyentes, Poder Notarial e identificación oficial; los originales se solicitan únicamente para cotejar los datos y les serán devueltos en el mismo acto. Asimismo, los proveedores podrán solicitar que apliquen las cuentas por liquidar a su cargo, liquidas y exigibles, contra los adeudos que, en su caso, tuviera por concepto de cuotas obrero patronales, conforme a lo previsto en el Artículo 40 B, de la Ley del Seguro Social. Los proveedores que entreguen bienes al Instituto, y que celebren contratos de cesión de derechos de cobro, deberán notificarlo al Instituto, con un mínimo de 5 (cinco) días naturales anteriores a la fecha de pago programada, entregando invariablemente una copia de los seguros opcionalescontra-recibos cuyo importe se cede, además de los documentos sustantivos de dicha cesión, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar igual forma los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega que celebren contrato de dinero en efectivo o cheque cesión de gerencia; así como derechos de cobro a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente factoraje financiero conforme al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇Programa ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Productivas de Nacional Financiera, S. N. C., institución de Banca de Desarrollo. El pago de la prestación del servicio, quedará condicionado proporcionalmente al pago que el proveedor deba efectuar por concepto ▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pago▇▇▇▇▇ convencionales por atraso.
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PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado pago se realizará en moneda nacional dentro de los veinte días naturales después de la entrega total de los bienes y de las facturas originales selladas a entera satisfacción por el BANCO Departamento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales del Consejo de la Judicatura del poder Judicial del Estado de Chiapas y previa instrucción de ejecución de pago que efectúe el área correspondiente del Consejo de la Judicatura, mediante transferencia electrónica de fondos a la cuenta bancaria que para tal efecto señale el licitante ganador, para lo cual deberán llenar el Formato respectivo emitido por la Dirección de Tesorería y Contabilidad. La gestión del pago surtirá efecto una vez que se cuente con la aprobación del Director de cuotas mensualesDesarrollo e Infraestructura Tecnológica del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Chiapas a la entrega de los bienes objeto de la licitación de conformidad con el punto 8 de la presente convocatoria. Las facturas deberán ser tradicionales (en papel) y presentarse debidamente requisitadas ante el Departamento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Chiapas, al momento de realizar la entrega de los bienes; posteriormente deberá presentar éstas para su trámite de pago en la oportunidad prevista Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, sita en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇. ▇▇▇▇, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ “▇”, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇ ▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇.▇. ▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento▇▇▇, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse ▇▇, Chiapas. Las facturas deberán ser requisitadas conforme a lo establecido en el artículo 29-A del Código Fiscal de la moneda Federación y el pago procederá previa verificación de financiamientola entrega de los bienes, señalada en objeto de este contrato y aceptación de los Directores de Recursos Materiales y Servicios Generales, y de Desarrollo e Infraestructura Tecnológica del Consejo de la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará Judicatura del Poder Judicial del Estado de Chiapas. El cómputo de días para realizar el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo facturas será a partir de cambio compra vigente su presentación en la fecha Dirección de pagoRecursos Materiales y Servicios Generales del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Chiapas, y dependerá del momento de la recepción del documento ya que si se recibe de lunes a viernes hasta las 15:00 horas, el cómputo de los días será a partir del día hábil siguiente al de su recepción y si las facturas se reciben después de las 15:00 horas el cómputo de los días será a partir del segundo día hábil siguiente al de su recepción. En caso de que las facturas entregadas para su pago presenten errores o deficiencias, el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Chiapas, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al proveedor las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el proveedor presente las correcciones no se computará para efectos del plazo de pago estipulado. El pago de los bienes y servicios quedará condicionado proporcionalmente al pago que el proveedor deba efectuar, en su caso, por concepto ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales. Lo anterior, sin perjuicio de que el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Chiapas, pueda proceder al cobro de las penas convencionales previo al pago correspondiente conforme a lo estipulado en el contrato. En el caso de deductivas se podrá realizar el descuento o el proveedor presentar la nota de crédito correspondiente. Es requisito indispensable para el pago que el proveedor realice la entrega de la garantía de cumplimiento del contrato de los bienes adjudicados. El proveedor podrá ceder en forma parcial o total en favor de cualquiera otra persona física o moral los derechos de cobro de los contra recibos derivados del contrato, previo consentimiento del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Chiapas.
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Sources: Licitación Pública
PAGOS. El CLIENTE concursante ganador deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago entregar los documentos que evidencien la correcta ejecución de cuotas mensualeslos servicios realizados, en al área usuaria responsable de la oportunidad prevista en supervisión de los trabajos de la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, dicha documentación deberá ser proporcionada posterior a la fecha de prestación del servicio y los seguros opcionales, esta debe acreditar la procedencia de haber sido contratados su pago: La documentación que se deberá adjuntar a la factura consistirá en:
1.- Oficio de autorización de la fianza por el Clienteárea Jurídica de CFE Distribución (para la primera estimación), el Departamento de Trafico Divisional depositara en My SAP los archivos para que sean descargados por el área de administración encargada del pago. El CLIENTE podrá realizar 2.- Archivos de facturación electrónica en los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega formatos XML y PDF al correo electrónico correspondiente de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en la Zona Villahermosa ▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇@▇▇▇.▇▇▇.▇▇, al momento en que envié físicamente su documentación soporte. Entregado lo anterior al área usuaria responsable de la supervisión de los trabajos, esta cuenta con un plazo máximo de 03 días hábiles para su verificación, en su caso solicitud de corrección al proveedor y en su caso autorización, una vez autorizada la documentación, el área usuaria adicionará a lo proporcionado por el proveedor la documentación que se relaciona a continuación para ser entregada a la Administración de la Zona y así iniciar el trámite de pago:
1.- Control de pago y recepción de estimaciones autorizadas por el responsable de la supervisión de la correcta ejecución de los servicios adjudicados en la ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇. (NO APLICA)
2.- Formato de autorización para el pago de estimaciones autorizadas por el responsable de la supervisión de la correcta ejecución de los servicios adjudicados en la ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇. (NO APLICA)
3.- Cálculo de deducciones y penalizaciones en caso de que apliquen, debiendo estar autorizadas por el responsable de la supervisión de la correcta ejecución de los servicios adjudicados en la ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta
4.- Formato de pago oportuno, parcial o total, acta de una cuota o más, generará entrega recepción de servicios ejecutados autorizadas por el responsable de la obligación supervisión de pagar una penalidad por pago fuera la correcta ejecución de fecha, según lo pactado los servicios adjudicados en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇. Se realizara una minuta de Entrega-Recepción en base al alcance de los servicios solicitados, dicha minuta debe ser firmada por el jefe de la Oficina de Control de Zona y el Proveedor quien deberá presentarla anexa a la factura para el pago correspondiente El importe de los servicios recibidos será pagado con recursos de CFE DISTRIBUCIÓN a los 15 días naturales contados a partir de la aceptación de la factura y documentación soporte por el Departamento de Administración de la ▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇. En el caso de financiamientoque las facturas entregadas por los proveedores para su pago, señalada en la Solicitud; sin embargopresenten errores o deficiencias, el BANCO aceptará Departamento de Administración de la ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, regresará las facturas al proveedor, indicando las deficiencias que deberá corregir, el periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el proveedor presente las correcciones no se computará para efectos de pago. El pago a los proveedores se realizará, vía transferencia electrónica de fondos, por lo que los concursantes deberán de solicitar al Departamento de Administración de la ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, mediante el llenado del formato del ANEXO 9.3, su inclusión en el sistema de pago interbancario, para lo cual indicarán la institución bancaria y el número de cuenta a la que requieren se establezca el pago de las cuotas en Dólares Americanosobligaciones derivadas de los contratos; la misma podrá ser modificada a petición del proveedor, siempre y cuando dicha modificación se solicite al tipo Departamento de cambio compra vigente Administración de la ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ a más tardar en la fecha de entrega de la factura. CFE Distribución no asume ninguna responsabilidad por el tiempo que se tomen las instituciones bancarias en realizar la transferencia. Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el proveedor, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme a la tasa de interés que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición CFE Distribución. Para el caso de falta de pago oportuno de las facturas, CFE DISTRIBUCIÓN, a solicitud de EL PROVEEDOR, deberá pagar gastos financieros conforme a la tasa contemplada por la Ley de Ingresos de la Federación, como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos gastos se calcularán sobre las cantidades no pagadas y se computarán por días naturales, desde que se venció el plazo hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de EL PROVEEDOR. En caso que el proveedor incurra en atraso en la entrega de Insumos o prestación de servicios o incurra en algún supuesto que amerite penalizaciones al pago, acepta que CFE Distribución descuente la pena convencional, deducción correspondiente o pago en exceso de las facturas que presente para cobro, respecto del contrato derivado o de otros contratos, en cualquier área de CFE DISTRIBUCIÓN. El proveedor deberá presentar las facturas para su revisión y trámite de pago de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas en el Departamento de Administración de ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ en la dirección ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ NO.400 ESQ. ▇▇▇▇▇ ▇. ▇▇▇▇▇▇▇▇, COLONIA CENTRO, VILLAHERMOSA,TABASCO.- C.P.86000, Tel. ▇▇ ▇▇▇▇▇-▇▇▇▇▇ EXT. 27500 Y 27501. Así mismo el concursante ganador acepta realizar las siguientes aportaciones: 2 al Millar de aportación al FIDE (dicha aportación es voluntaria pero deberá manifestarse por escrito la aceptación o no aceptación de dicha deducción, de no manifestarse nada no se aplicará dicha deducción). En el alcance de la prestación de servicios de cada partida se considerará de manera adicional lo siguiente: Impuestos que se generen por la ejecución de los servicios objeto de este procedimiento de contratación, en los términos y condiciones establecidas en la Legislación Federal, Estatal o Municipal según aplique.
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Sources: Contract for Services
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar A continuación se describe el Préstamo otorgado por calendario de pagos: Los pagos correspondientes al servicio objeto de esta licitación, serán en una sola exhibición en moneda nacional y se harán exigibles una vez entregadas las pólizas a entera satisfacción de la Dirección de Recursos Materiales, previa instrucción de pago que efectúe el BANCO INBAL, a la Tesorería de la Federación mediante transferencia bancaria a la cuenta que para tal efecto señale el pago licitante ganador, a través del Sistema Integral de cuotas mensualesAdministración Financiera Federal (SIAFF) que opera la Tesorería de la Federación, para tal efecto el proveedor deberá, sin excepción alguna, presentar la documentación requerida en la oportunidad prevista Subdirección de Administración de la Dirección de Recursos Materiales, sita en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇▇▇. ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇ ▇▇▇.▇ No. 130, 2° piso, Col. Transito, Del. ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, C.P. 06820, en México, D.F., en un horario comprendido de 9:00 a 15:00 horas, consistente en: Factura y/o recibo de cada póliza de seguro que emite el proveedor. Para efectos de la presente licitación se establece la condición de pronto pago a favor de los proveedores que resulten adjudicados, mismo que operara conforme se establece en el artículo 61 del Reglamento. En caso de que las facturas entregadas por el proveedor para su pago, presenten errores o deficiencias, el INBAL, dentro de los tres días naturales siguientes al de su recepción indicara por escrito al proveedor las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el proveedor presente las correcciones, no se computara para efectos del artículo 51 de la Ley. La Tesorería de la Federación, realizará el pago de los servicios hasta por un plazo de 45 días naturales siguientes de recibida la documentación requerida por la Subdirección de Administración de la Dirección de Recursos Materiales, a su entera satisfacción, en el entendido que este quedará condicionado proporcionalmente, al pago que el proveedor deba efectuar en su caso, por concepto ▇.▇ ▇▇▇▇▇ convencionales. El proveedor ganador podrá ceder únicamente los derechos de cobro a favor de una persona física ó moral. El proveedor podrá, a su elección, adherirse al Programa ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Productivas del Gobierno Federal, conforme se establece en el artículo 17 del Presupuesto de Egresos de la Federación: Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2007, y el último párrafo del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, con el propósito de obtener capacitación y asistencia técnica, así como el acceso a la liquidez mediante financiamiento oportuno con tasas de interés preferencial y garantías mínimas, sobre facturas en trámite de pago, para mayor información consultar la pagina: ▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇.▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas /?/▇▇▇ ▇▇▇▇=▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse & No se aceptarán condiciones de pago diferentes a las establecidas anteriormente y no se otorgará anticipo alguno. Las facturas que se presenten deberán cumplir con los requisitos que establece el Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29 A. Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el proveedor se estará a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 51 de la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagoLey.
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Sources: Licitación Pública Nacional
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado adjudicatario tendrá derecho al abono del importe inicial una vez se encuentren los dispositivos efectivamente instalados y formalmente recibidos por el BANCO mediante el pago de cuotas mensuales, la empresa Municipal Samset en la oportunidad forma prevista en el pliego de condiciones técnicas, procediendo a realizar la Hoja Resumen y en el Cronograma facturación mensual por mes vencido, siendo la cuota a pagar, la parte del importe de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo adjudicación. 2020/10/02 07:43:54 UTC Firmado por: ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇ Están facultadas para licitar todas las personas, naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar según el artículo 65 y siguientes, y los seguros opcionalesque no estén incursas en una prohibición de contratar de conformidad con el artículo 71, 85 y concordantes de haber sido contratados por el Clientela Ley 9/2017. El CLIENTE podrá realizar los pagos Código Seguro de verificación: MA0010TQL0A9Z08FF4M43EC2F6J80C0057 permite la verificación de la integridad de una copia de este documento electrónico en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en la direccion ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado :▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento . Este documento incorpora firma electronica reconocida de incumplimientoacuerdo a la ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electronica URL de validación: ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇:▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇ CSV : MA0010TQL0A9Z08FF4M43EC2F6J80C0057 Pag. 5 / 20 Podrán también celebrar este contrato las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente a ese efecto. La unión de empresarios no tendrá que constituirse hasta que se haya producido la misma que consta en adjudicación del contrato a su favor. Si la Hoja unión no se ha constituido antes de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fechala adjudicación, los gastos empresarios que deseen concurrir integrados en unión temporal deberán indicar los nombres y comisionescircunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, luego así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente frente a los intereses la Administración y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° deberán nombrar un representante o apoderado único de la Ley General unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del Sistema Financiero y Orgánica contrato se deriven hasta su extinción, sin perjuicio de la Superintendencia existencia de Bancapoderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración de la unión temporal coincidirá, Seguros y AFPal menos, haga suya cualquier suma de dinero que con el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigiblescontrato hasta su extinción. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas 2020/10/02 07:43:54 UTC Firmado por: ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse Código Seguro de verificación: MA0010TQL0A9Z08FF4M43EC2F6J80C0057 permite la verificación de la integridad de una copia de este documento electrónico en la moneda direccion ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇:▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇ . Este documento incorpora firma electronica reconocida de financiamientoacuerdo a la ley 59/2003, señalada en de 19 de diciembre, de firma electronica URL de validación: ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇:▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇ CSV : MA0010TQL0A9Z08FF4M43EC2F6J80C0057 Pag. 6 / 20 No resulta necesario acreditar ni la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en solvencia técnica o profesional ni la fecha de pagosolvencia económica y financiera.
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Sources: Suministro, Instalación Y Mantenimiento De Un Sistema De Videovigilancia E Intrusión
PAGOS. D.1 El CLIENTE deberá cancelar Cliente se compromete a pagar a Jisha rentals:
a) La cantidad resultante de la aplicación de la Tarifa General Vigente y el Préstamo otorgado precio inicial pactado en el contrato de alquiler según la tarifa seleccionada, correspondiente a duración, así como los impuestos y tasas aplicables.
b) La cantidad correspondiente a las multas o sanciones correspondientes a cualquier infracción de la legislación vigente, en que pudiera incurrir el Cliente derivado del uso de Vehículo objeto del contrato de alquiler, así como los recargos corres- pondientes por el BANCO mediante retraso en el pago por parte del Cliente y los gastos judiciales o extrajudiciales en los que hubiera podido incurrir el Jisha rentals como consecuencia de cuotas mensualeslo anterior. En caso de multa, se procederá a un cobro al cliente por las gesti- ones administrativas correspondientes que se le cargará directamente en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma tarjeta de Pagos que forman parte integrante crédito del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera cliente.
c) La cantidad de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo 50€ si un empleado ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados ▇ rentals debe desplazarse a un depósito municipal para recuperar el vehículo que fue retirado por el responsabilidad del Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en Así mismo será también responsable del pago de la multa derivada im- puesta por las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los autoridades locales que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado se le cargará directamente en la Hoja Resumen y tarjeta de acuerdo crédito del cliente.
d) El importe que, pudiera derivarse por cualquier circunstancia causando el Cliente perjuicios a lo señalado ▇▇▇▇terceros o a Jisha rentals. En el supuesto de que ya estuviera asegurado, cuando ▇▇▇▇▇ vigente rentals perciba de la aseguradora el importe del perjuicio o daño lo devolverá al momento Cliente lo que le hubiera cobrado por tal concepto.
D.2 El pago de incumplimientolos importes reseñados en el apartado D.1 anterior deberá ser realizado en metálico, con tarjeta de crédito o transferencia bancaria. Los importes adicionales se podrán cobrar directamente de la misma que consta fianza y si éstos superaran el importe de la fianza, Jisha rentals cargará el exceso en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° cuenta de la Ley General tarjeta de crédito del Sistema Financiero y Orgánica cliente. Si el cliente no paga en 24 horas Jisha rentals podrá deducir dicho pago de la Superintendencia de Banca, Seguros fianza o depósito y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado reclamarlos por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). vía judicial o extrajudicial sin más trámite previo.El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en cliente autoriza dicha operación mediante la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagofirma del presente contrato.
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Sources: Rental Agreement
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado La convocante realizara los pagos de los servicios objeto de esta invitación, de conformidad con los costos ofertados por el BANCO o los licitantes ganadores y contra entrega de los servicios requeridos en diversas exhibiciones, de conformidad a la partida adjudicada. - Para la partida 1 se realizara en forma mensual el costo de los mantenimientos preventivos establecidos, independientemente de los mantenimientos correctivos que se realicen, por lo que existe un propuesto sobre montos máximos y mínimos que se respetara. - Para la partida 2 se realizaran en 4 exhibiciones cada una contra entrega del 25 % de avance de los servicios y corresponderá al 25% del monto total ofertado. Dichos pagos se realizaran en apego al programa ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ PRODUCTIVAS por lo que el monto se pagará en moneda nacional, se harán posteriores a la aceptación de la (s) factura (s) debidamente requisitada (s) con su respectivo contra recibo a entera satisfacción del COLPOS de conformidad con lo establecido en la LAASSP, siempre que cumplan con los requisitos fiscales correspondientes. En caso que las facturas y/o documentación anexa presente errores se suspenderá su revisión y se devolverá la documentación al PROVEEDOR para que sea corregida y la presente posteriormente para reiniciar el trámite de pago, cuyo plazo para realizarse se computará a partir de la fecha de la presentación de la información corregida. Página22 El pago lo efectuará el COLPOS mediante cheque o transferencia bancaria. Una vez cumplido lo anterior, el pago se realizara a más tardar dentro de cuotas mensualeslos veinte (20) días naturales, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y conforme a lo estipulado en el Cronograma artículo 51 de Pagos la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público, contados a partir de la fecha de la entrega de la factura respectiva, previa entrega de la totalidad de los servicios en los términos del contrato que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando se celebre. Los trámites relativos se efectuarán en el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇. ▇▇.▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇ ▇▇▇.▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇-▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇.▇. ▇▇▇▇▇. El pago de los servicios quedará condicionado proporcionalmente al pago que el proveedor deba efectuar en su caso por concepto ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales. Lo anterior, sin perjuicio de que el Colegio de Postgraduados pueda proceder al cobro de las penas convencionales previo al pago correspondiente o descuento de la moneda penalización, conforme a lo estipulado en el contrato. Es requisito indispensable para el pago que el proveedor realice la entrega de financiamientola garantía de cumplimiento del contrato de los servicios adjudicados. El proveedor podrá ceder en forma parcial o total en favor de cualquiera otra persona física o moral los derechos de cobro de los contra recibos derivados del contrato, señalada en la Solicitud; sin embargoprevio consentimiento del Colegio de Postgraduados. En virtud de que el Colegio de Postgraduados está incorporado al Programa ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, el BANCO aceptará el pago proveedor podrá ceder sus derechos de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo cobro a favor de cambio compra vigente en un Intermediario Financiero que esté incorporado a la fecha Cadena Productiva del Colegio de pagoPostgraduados mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico.
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Sources: Contract for Services
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar pago de la prestación del Servicio objeto de la presente licitación, será cubierto previa recepción y aceptación del mismo por parte de “el Préstamo otorgado organismo”, en Moneda Nacional, estableciéndose que el precio será fijo de conformidad con el anexo 2 de estas bases. Las facturas para pago, deberán estar debidamente selladas y firmadas por el BANCO mediante Servidor Público responsable de la verificación y aceptación del servicio, asimismo, deberán expedirse a nombre de Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, con la leyenda “(recurso asignado)”, apegándose a lo señalado en el anexo 2 de estas bases. El proveedor deberá acudir a la ventanilla de fiscalización de la Subdirección de Finanzas a fin de dar de alta su Clabe Bancaria, y ésta pueda realizar el pago a través de cuotas mensualestransferencia electrónica, para lo cual “El Proveedor” requisitará el Formato de la Línea Electrónica a través de la página de la Secretaría de Finanzas ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇, en el apartado de proveedores, ya que haya realizado el alta; deberá generar el comprobante denominado "Información para Depósito Interbancario en Cuenta de Cheques”, y una vez impreso este formato “el proveedor” deberá acudir a la oportunidad prevista Institución Bancaria correspondiente con el ejecutivo, con la finalidad de que firme, anote su número confidencial y estampe el sello de validación. Conforme al oficio número DAF/097/2016, de fecha 10 de noviembre de 2016, emitido por la Dirección de Administración y Finanzas de “El Organismo”, para realizar el trámite correspondiente a la liberación de facturas, “el proveedor” deberá cubrir los siguientes requisitos y acudir a la ventanilla de “Recepción de Facturas”, ubicada en la Hoja Resumen y en el Cronograma Licitación Pública Nacional EA-909007972-N6-19 Contratación del “Servicio Profesional de Pagos que forman parte integrante del presente ContratoLimpieza Integral” calle de Xocongo No. 65, cancelando el importe indicado en dichos documentosCuarto Piso, lo cual incluirá el capitalColonia Tránsito, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo Alcaldía ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, C.P. 06820, en la Ciudad de México; en un horario de 9:00 am a 14:30 horas: Factura en formato PDF y archivo XML impresos que correspondan a la entrega de los seguros opcionalesbienes contratados (Especificando Número de Contrato, Partida Presupuestal, Fuente de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar Financiamiento y la Descripción de los pagos Bienes en forma directa estricto apego al “Anexo 2” de los contratos o en su caso, a la descripción contenida en las cajas del BANCO, mediante entrega órdenes de dinero en efectivo o cheque compra). Comprobante de gerencia; así como a través envío de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse Archivos Electrónicos (Factura en PDF y XML) al correo electrónico: ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado @▇▇▇▇▇▇.▇▇▇ vigente al momento Entregar verificación de incumplimientocomprobantes fiscales del SAT Además, debe presentar la misma que consta Forma Única de Beneficiarios en original y copia, así como una copia de su Estado de Cuenta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° Jefatura de la Ley General Unidad Departamental de Compras y Control de Materiales de “El Organismo”. Dicha documentación comprobatoria del Sistema Financiero y Orgánica gasto deberá ser presentada en un plazo máximo de quince días naturales posteriores a la Superintendencia entrega de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anteriorlos bienes, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción pago correspondiente se tramitará por “El Organismo” dentro de dichas decisión, identificando la(slos 20 (veinte) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en días naturales posteriores a la fecha de pagola aceptación de las facturas debidamente requisitadas; en caso de no cumplir con lo citado, no se podrá definir la fecha para realizar el pago correspondiente de los servicios realizados.
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Sources: Contratación Del Servicio Profesional De Limpieza Integral
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago Los pagos se efectuarán en moneda nacional, dentro de cuotas mensualeslos 15 días hábiles siguientes a la presentación de la factura, a través de cheque nominativo, que será entregado en la oportunidad prevista Tesorería del Tribunal Electoral, ubicada en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇, cancelando el importe indicado en dichos documentos▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, dentro del horario de las 9:00 a 16:00 horas. El Tribunal Electoral realizará el pago que corresponda, previa presentación de la factura correspondiente que cumpla con los requisitos fiscales y administrativos que se requieran, dentro de los quince días hábiles posteriores, después de recibidos los servicios solicitados de conformidad con lo establecido en el ANEXO T1 de estas bases, a entera satisfacción de la Dirección General de Mantenimiento y Servicios Generales. El plazo no incluye aclaraciones o demoras atribuibles al o a los proveedores, o por la carencia de documentos comprobatorios para la emisión del pago. En la factura se deberá realizarse indicar costo unitario y costo total de los litros suministrados y de los servicios prestados, importe total y, el impuesto al valor agregado por separado. La cantidad a pagar será la que resulta de los litros de Gas LP que se haya suministrado, conforme al precio por litro registrado, al momento del suministro, ante la Comisión Reguladora de Energía para la delegación Coyoacán, adjuntando el formato de acuse de notificación del precio ante la mencionada Comisión y, en su caso, más el costo del servicio y/o el descuento o bonificación que otorgue el proveedor. Las facturas que presente el prestador de servicios, deberán reunir los requisitos fiscales ▇▇ ▇▇▇, y contener sin abreviaturas NOMBRE COMPLETO, DOMICILIO FISCAL Y REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES, como a continuación se señala: Asimismo, las facturas que amparen el importe de los servicios adjudicados deberán contener la descripción completa de los mismos, los que estarán indicados en la moneda Cláusula Primera del instrumento legal que se formalice, así como, costo unitario y el monto total con desglose de financiamientoI.V.A., señalada en y los datos del proveedor. Las facturas arriba mencionadas deberán estar acompañadas de los siguientes documentos:
1. El registro de cuenta de litros debidamente requisitado, que contenga como mínimo: fecha y hora de descarga, cantidad de litros suministrados, nombre y firma de quien recibe la Solicitudcarga, lo anterior para que sean corroborados los datos de la factura que se presente al titular de la Dirección de Mantenimiento adscrita a la Dirección General de Mantenimiento y Servicios Generales; sin embargoy
2. El formato de acuse de notificación ante la Comisión Reguladora de Energía del precio o del cambio del mismo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en a la fecha de suministro del Gas L.P. En el caso de que alguna de las facturas entregadas por el prestador de servicios para su trámite de pago, no coincida con los conceptos, además de las especificaciones del servicio suministrado o que, en su caso, presenten errores o deficiencias, la Dirección General de Recursos Financieros, dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de su recepción, lo indicará por escrito a la Dirección General de Mantenimiento y Servicios Generales, para que ésta a su vez notifique al prestador de servicios, las deficiencias que deberá corregir.
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Sources: Public Procurement Agreement
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago Agente de cuotas mensuales, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente será el encargado de realizar todos los cálculos y determinar las sumas que se deberán pagar en cada caso, incluyendo las sumas que corresponda pagar en cada una de las Fechas de Pago de Intereses, las Fechas de Vencimiento, las fechas de rescate y las fechas en las que se subsane cualquier incumplimiento. La Compañía deberá informar a los Tenedores mediante la publicación en la Página web de la CNV, en el Boletín Diario y en el Boletín Electrónico, de un aviso de pago de servicios, los importes a ser abonados bajo las Obligaciones Negociables en cada fecha en que corresponda realizar un pago bajo éstas, discriminando los conceptos. El aviso de pago de servicios se publicará con al momento menos 5 (cinco) Días Hábiles de incumplimientoanticipación a la fecha prevista para el pago en cuestión. Los pagos de capital, intereses, montos adicionales (los “Montos Adicionales”) y/u otros montos adeudados en virtud de las Obligaciones Negociables serán efectuados directamente por la Compañía mediante transferencia electrónica de los montos correspondientes a la cuenta de Caja de Valores para su acreditación en las cuentas y/o subcuentas, según sea el caso, de los Tenedores con derecho a cobro, de acuerdo a la posición existente al cierre del Día Hábil inmediato anterior a la fecha correspondiente a cada vencimiento. Las obligaciones de pago bajo las Obligaciones Negociables se considerarán cumplidas y liberadas en la medida que la Compañía ponga a disposición de Caja de Valores los fondos correspondientes al pago en cuestión. Si cualquier día de pago de cualquier monto bajo las Obligaciones Negociables no fuera un Día Hábil, dicho pago será efectuado en el Día Hábil inmediatamente posterior. Cualquier pago adeudado bajo las Obligaciones Negociables efectuado en dicho Día Hábil inmediatamente posterior tendrá la misma validez que consta si hubiera sido efectuado en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse fecha en la moneda de financiamientocual vencía el mismo, señalada en la Solicitud; y no se devengarán intereses durante el período comprendido entre dicha fecha y el Día Hábil inmediato posterior, estableciéndose, sin embargo, que si la Fecha de Vencimiento fuera un día inhábil, se devengarán intereses durante el BANCO aceptará período comprendido entre dicha fecha y el pago Día Hábil inmediato posterior. Rescate por Cuestiones Impositivas: Las Obligaciones Negociables podrán ser rescatadas total o parcialmente a opción de la Compañía, en los casos y en las condiciones que se detallan en “Descripción de la Oferta y Negociación de las cuotas en Dólares AmericanosObligaciones Negociables– Rescate por Cuestiones Impositivas” del presente. Rescate Opcional de la En cualquier momento la Emisora tendrá el derecho, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pago.a su sola opción, de
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Sources: Obligaciones Negociables
PAGOS. El CLIENTE pago se efectuará en Moneda Nacional en cada Área Médica de Gestión Desconcentrada, que corresponda en el horario de 09:00 a 14:00 horas, por mensualidades vencidas a los 15 (quince) días naturales posteriores a la entrega por parte del proveedor, de original y copia de la factura en la que se indique el servicio otorgado que reúna además de los requisitos fiscales respectivos, los internos que a continuación se detallan: número de contrato, número de fianza y nombre de la Afianzadora, número de proveedor, así como la firma de cada uno de los Directores de las Áreas Médicas, con el sello, nombre, firma y cargo de quien recibe los servicios. Para tal efecto el Prestador de servicios presentará dentro de los 5 (cinco) días naturales siguientes al término de la quincena de que se trate, la facturación ante los Directores de Unidad que corresponda, para su revisión y sanción, misma a la que deberá cancelar adjuntar la documentación que acredite los Servicios realizados. Asimismo, el Préstamo otorgado Instituto se obliga a revisar y confrontar la documentación presentada por el BANCO mediante Licitante adjudicado y a emitir el reporte con la pena convencional o deducción correspondiente en un plazo no mayor de 15 (Quince) días naturales, contados a partir de la recepción de las facturas y demás documentos. En el supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas que no puedan ser autorizadas durante ese plazo, estas se resolverán e incorporarán en la siguiente factura. En caso de que el licitante adjudicado presente su factura con errores o deficiencias, el plazo de pago se ajustará en términos del Artículo 62 del Reglamento. El licitante adjudicado podrá optar porque el Instituto efectúe el pago de cuotas mensualesdel servicio prestado a través del esquema electrónico intrabancario, que el IMSS tiene en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen operación con las instituciones bancarias siguientes: Banamex, S. A., BBVA, Bancomer, Banorte, S. A. y Scotiabank Inverlat, S. A., para tal efecto deberá presentar en el Cronograma Departamento Delegacional de Pagos que forman parte integrante del presente ContratoTesorería, cancelando el importe indicado en dichos documentossito ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇ ▇▇. ▇▇▇, lo cual incluirá el capital▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera C. P. 94300 de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo la Ciudad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, en el horario de 09:00 a 15:00 horas, petición escrita indicando: razón social, domicilio fiscal, número telefónico y fax, nombre completo del apoderado legal con facultades de cobro y su firma, número de cuenta de cheques, sucursal y plaza, así como, número de proveedor asignado por el IMSS. Anexo a la solicitud deberá el proveedor, presentar original y copia de la cédula del Registro Federal de Contribuyentes, Poder Notarial e identificación oficial; los originales se solicitan únicamente para cotejar los datos y les serán devueltos en el mismo acto. En caso de que el proveedor solicite el abono en una cuenta contratada en un banco diferente a los antes citados (interbancario), el IMSS realizará la instrucción de pago en la fecha de vencimiento del contra-recibo y su aplicación se llevará a cabo al día hábil siguiente, de acuerdo con el mecanismo establecido por CECOBAN. Anexo a la solicitud de pago electrónico (intrabancario e interbancario) el proveedor deberá presentar original y copia de la cédula del Registro Federal de Contribuyentes, Poder Notarial e identificación oficial; los originales se solicitan únicamente para cotejar los datos y les serán devueltos en el mismo acto. Asimismo, los proveedores podrán solicitar que apliquen las cuentas por liquidar a su cargo, liquidas y exigibles, contra los adeudos que, en su caso, tuviera por concepto de cuotas obrero patronales, conforme a lo previsto en el Artículo 40 B, de la Ley del Seguro Social. Los proveedores que entreguen bienes al Instituto, y que celebren contratos de cesión de derechos de cobro, deberán notificarlo al Instituto, con un mínimo de 5 (cinco) días naturales anteriores a la fecha de pago programada, entregando invariablemente una copia de los seguros opcionalescontra-recibos cuyo importe se cede, además de los documentos sustantivos de dicha cesión, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar igual forma los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega que celebren contrato de dinero en efectivo o cheque cesión de gerencia; así como derechos de cobro a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente factoraje financiero conforme al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇Programa ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Productivas de Nacional Financiera, S. N. C., institución de Banca de Desarrollo. El pago de la prestación del servicio, quedará condicionado proporcionalmente al pago que el proveedor deba efectuar por concepto ▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pago▇▇▇▇▇ convencionales por atraso.
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Sources: Contract for Services
PAGOS. {En procesos que requieran pagos parciales por estimaciones de ejecución (Ejemplo: obra civil), se debe colocar lo siguiente} El CLIENTE CONTRATISTA podrá solicitar pagos parciales por estimaciones, entregando al supervisor un Proyecto de Estimación y éste, dentro de los siguientes cinco días de haberlo recibido, lo revisará y lo aprobará conciliando cualquier diferencia. Para que se le hagan efectivos los pagos, el CONTRATISTA deberá cancelar el Préstamo otorgado entregar a [Departamento en donde debe entregar la documentación] los siguientes documentos: a) certificación o fotocopia certificada del acta de estimación suscrita por el BANCO mediante Supervisor y el CONTRATISTA, en donde el Supervisor aprueba el Proyecto de Estimación; b) factura del CONTRATISTA, conforme a las regulaciones tributarias vigentes. El monto a pagar será la suma de las multiplicaciones de cada renglón contratado reportado y aceptado por su precio unitario. {En procesos que requieran pagos periódicos (Ejemplo: mensuales), se debe colocar lo siguiente} Para que se le haga efectivo el pago de cuotas mensualesdel período ejecutado, el CONTRATISTA deberá entregar a [Departamento en donde debe entregar la documentación] los siguientes documentos: a) certificación o fotocopia certificada del Acta Administrativa suscrita por el Supervisor y el CONTRATISTA, en donde conste la oportunidad prevista satisfacción de lo recibido; b) factura del CONTRATISTA, conforme a las regulaciones tributarias vigentes. El monto a pagar será la suma de los precios [periodicidad] de cada renglón contratado. {En procesos de adquisición de bienes (no instalados) que requieran entregas parciales, se debe colocar lo siguiente} Para que se le haga efectivo el pago por la entrega parcial, el CONTRATISTA deberá entregar al [Departamento en donde debe entregar la documentación] los siguientes documentos: a) Constancia de Ingreso a Almacén [e Inventario]; factura del CONTRATISTA, conforme a las regulaciones tributarias vigentes; c) {A excepción de procesos que por su naturaleza no requieran esta garantía, se debe colocar el siguiente literal} Garantía de Calidad o Funcionamiento con las siguientes características: formalizada mediante fianza extendida a favor de [Unidad Ejecutora] por una institución afianzadora debidamente autorizada para operar en la Hoja Resumen República de Guatemala, vigente durante dieciocho (18) meses a partir de la fecha del ingreso a almacén [e inventario], constituida por una suma equivalente al quince por ciento (15%) del monto original del Contrato, efectiva total o parcialmente, de acuerdo con un dictamen elaborado por comisión nombrada por la [autoridad que nombra] para el efecto y en función con el Cronograma desperfecto percibido. {En procesos que requieren supervisión, hay recepción final y un último pago (Ejemplo: obra civil, reparaciones de Pagos equipo, adquisiciones de bienes instalados), se debe colocar lo siguiente} Para que forman parte integrante se le haga efectivo el último pago, el CONTRATISTA deberá entregar a [Departamento en donde debe entregar la documentación] los siguientes documentos: a) informe pormenorizado del presente Supervisor; b) certificación o fotocopia certificada del Acta de Recepción suscrita por la Comisión Receptora, el Supervisor y el CONTRATISTA; c) factura del CONTRATISTA, conforme a las regulaciones tributarias vigentes; d) {En procesos de adquisiciones de bienes instalados, se debe colocar lo siguiente} constancia de ingreso a almacén e inventario; e) [“Garantía de Calidad o Funcionamiento” o “Conservación de Obra”] con las siguientes características: formalizada mediante fianza extendida a favor de [nombre de la Unidad Ejecutora] por una institución afianzadora debidamente autorizada para operar en la República de Guatemala, vigente durante dieciocho (18) meses a partir de la fecha del ingreso a almacén [e inventario], constituida por una suma equivalente al quince por ciento (15%) del monto original del Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fechaefectiva total o parcialmente, de ser acuerdo con un dictamen elaborado por comisión nombrada por [nombre del puesto de la autoridad que nombra] para el casoefecto y en función con el desperfecto percibido. El vencimiento del tiempo de responsabilidad previsto anteriormente no exime al CONTRATISTA de las responsabilidades por destrucción o deterioro de la obra debido a dolo o culpa de su parte, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega plazo de dinero en efectivo o cheque cinco años a partir de gerencia; así como a través la recepción definitiva de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° obra (Artículo 67 de la Ley General de Contrataciones del Sistema Financiero y Orgánica Estado); f) Garantía de Saldos Deudores{aplica únicamente en procesos de construcción de obra} con las características siguientes: formalizada mediante fianza extendida a favor de [nombre de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado Unidad Ejecutora] por cualquier concepto, una institución afianzadora debidamente autorizada para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse operar en la moneda República de financiamientoGuatemala, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago vigente a partir de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagola recepción de lo ejecutado hasta que se determine la inexistencia de saldos deudores después de la aprobación de la liquidación, constituida por una suma equivalente al cinco por ciento (5%) del monto original del Contrato, efectiva en el caso que se determine saldos deudores del CONTRATISTA; esta garantía debe otorgarse simultáneamente con la de conservación de obra como requisito previo para la recepción de obra, bien o suministro, aprobada la liquidación, si no hubiera saldos deudores, se cancelará esta garantía (Artículo 68 Ley de Contrataciones del Estado). g) {En todos los procesos colocar lo siguiente} Los pagos serán con cargo a la Partida Presupuestaria número [partida presupuestaria], [nombre de la partida presupuestaria], de la unidad ejecutora [nombre de la unidad ejecutora] del presupuesto de ingresos y egresos del Estado del año [año].
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Sources: Contrato Administrativo
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar Municipio se obliga a pagar al Banco, el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago de cuotas mensuales, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y monto dispuesto con base en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado más los intereses correspondientes, mediante amortizaciones mensuales integradas con pagos mensuales, crecientes al 1.3% (uno punto tres por ciento) predeterminados y consecutivos de principal , en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera un plazo de fecha, hasta [•] ([•]) meses contados a partir de ser el caso, y los seguros obligatoriosla única disposición, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado se establece en la Hoja Resumen y tabla de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente amortización que se acompaña al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a quepresente Contrato como Anexo 6, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta entendido que el pago de principal se realizará junto con los intereses correspondientes calculados sobre saldos insolutos, en cada Fecha de Pago. Se adjunta como Anexo 6, de manera ejemplificativa, la tabla de amortización considerando el monto total del Crédito, la cual será sustituida por la tabla de amortización que se adjunte a la Solicitud de Disposición, de acuerdo con el monto efectivamente dispuesto. Los pagos que el Municipio realice al Banco, directamente o a través del Fideicomiso, serán aplicados en el siguiente orden de prelación: A los gastos en que haya incurrido el Banco para la recuperación del Crédito, más los impuestos que, en su caso, se generen conforme a las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá disposiciones fiscales vigentes. A los intereses moratorios, más los impuestos que, en su caso, se generen conforme a las disposiciones fiscales vigentes. A los intereses ordinarios vencidos y no pagados, más los impuestos que, en su caso, se generen conforme a las disposiciones fiscales vigentes. Al principal vencido y no pagado. A los intereses ordinarios, más los impuestos que, en su caso, se generen conforme a las disposiciones fiscales vigentes. A la amortización de principal del Periodo de Pago correspondiente, y A la amortización anticipada del principal, no vencido, en orden inverso al vencimiento de las amortizaciones respectivas, en el entendido que las cantidades pagadas tienen que ser suficientes para cubrir la mensualidad anticipada correspondiente, en términos de la Cláusula Séptima siguiente. Todos los pagos realizados por el Municipio al Banco conforme al presente Contrato o al Fideicomiso, deberán realizarse sin compensación o deducción de ninguna especie. Dichos pagos deberán ser realizados sin retención alguna respecto de cualesquiera impuestos, gravámenes, contribuciones, derechos, tarifas o cualesquier otras cargas, presentes o futuras, impuestas por cualquier autoridad gubernamental respecto de dichos pagos, así como cualesquier recargos, multas, actualizaciones u otros accesorios en la moneda relación con los pagos mencionados (conjuntamente, los “Impuestos”). En caso de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargoque se causen o se generen Impuestos sobre los pagos efectuados por el Municipio al Banco y, el BANCO aceptará resultado de lo anterior, sea incrementar el pago costo al Banco, reducir los ingresos a ser percibidos por el Banco o causar un gasto al Banco en relación con el presente Contrato y siempre y cuando dichos Impuestos: (i) no se traten de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente impuestos federales; (ii) no hayan existido en la fecha de pagocelebración del presente Contrato; o (iii) no hayan sido consecuencia de la cesión del presente Contrato a favor de un tercero, el cual se encuentre sujeto a obligaciones fiscales más gravosas que las del Banco, el Municipio conviene en pagar el monto de dicho incremento en costo, reducción en ingresos o gasto adicional derivado de dichos impuestos a fin de que los pagos efectuados por el Municipio al Banco de conformidad con el presente Contrato o bajo el Fideicomiso, después de efectuar la retención o deducción de que se trate, no resulten inferiores al monto que el Municipio debe pagar al Banco en términos del presente Contrato o del Fideicomiso.
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PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante Cuando el pago de cuotas mensualeslas importaciones de bienes se efectúe dentro de un plazo igual o inferior a un (1) mes, contado a partir de la fecha del documento de transporte, independientemente del plazo y monto financiado, debe suministrarse la información de los datos mínimos de las operaciones de cambio por importaciones de bienes (Declaración de Cambio), utilizando el numeral cambiario 2015 “Giro por importaciones de bienes ya embarcados en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen un plazo inferior a un (1) mes y por importaciones de bienes pagados con tarjeta de crédito emitida en el Cronograma exterior o en Colombia cobrada en divisas”. Para efectos de Pagos que forman parte integrante la contabilización del presente Contratoplazo, cancelando se deberá tener en cuenta lo previsto en el importe indicado numeral 3.2. de este Capítulo.
3.1.1. Pago de importaciones de bienes en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como moneda legal
a. Canalizando a través de los canales electrónicos, páginas web y/IMC mediante abono a las cuentas en moneda legal colombiana abiertas por los proveedores del exterior o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o totalpor otros no residentes, de una cuota o más, generará la obligación conformidad con lo previsto en el numeral 10.4.2.1 del Capítulo 10 de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimientoesta Circular. En este caso, la misma que consta información de los datos mínimos de las operaciones de cambio por importaciones de bienes (Declaración de Cambio) deberá ser suministrada por el importador al IMC donde se efectúa el abono en cuenta de los recursos para pagar la Hoja de Resumenimportación. El Modificado con el Boletín del Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General República: No. 006 (Feb. 14/2012) [CRE DCIN-83 Feb.13/2012] Modificado con el Boletín del Sistema Financiero y Orgánica Banco de la Superintendencia República: No. 38 (Sep. 2/2016) [CRE DCIN-83 Sep.2/2016] Modificado con el Boletín del Banco de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma la República: No. 45 (Oct.28/2016) [CRE DCIN-83 Oct.27/2016]
b. Mediante el giro de dinero que el Cliente le hubiese entregado cheque para cobro por cualquier concepto, para que lo aplique al pago ventanilla a nombre del proveedor del exterior cuando éste no tenga cuenta corriente o de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigiblesahorros en moneda legal colombiana. En atención a lo señalado este caso, la información de los datos mínimos de las operaciones de cambio por importaciones de bienes (Declaración de Cambio) deberá ser suministrada por el importador al IMC donde tiene su cuenta. Los no residentes podrán adquirir divisas en el párrafo anteriormercado cambiario con el producto en moneda legal colombiana recibida por sus exportaciones. Para tal efecto, la compra de divisas con el BANCO comunicará IMC se efectuará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron el suministro de la adopción información de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago los datos mínimos de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo operaciones de cambio compra vigente por servicios, transferencias y otros conceptos (Declaración de Cambio), utilizando el numeral cambiario 2910 “Donaciones, transferencias y remesas de trabajadores no residentes que no generan contraprestación”.
3.1.2. Pago de importaciones de bienes con tarjetas de crédito internacional
3.1.2.1. Pagos con tarjeta de crédito internacional emitida en la fecha Colombia cobrada en moneda legal colombiana
3.1.2.2. Pagos con tarjeta de pago.crédito internacional emitida en el exterior o en Colombia cobrada en divisas
3.1.3. Pagos anticipados al embarque
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Sources: Declaración De Cambio
PAGOS. ANTICIPADOS.- El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago de cuotas mensuales, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos alguna Entidad de conformidad con la circular 16/2007 (dieciséis diagonal dos mil siete) del Banco de México, podrán pagar por anticipado, total o parcialmente la suma dispuesta de la línea de crédito otorgada al CLIENTE sin penalización alguna, siempre y cuando, esté al corriente en los pagos a que se refiere esta Solicitud-Contrato y el BANCO suscriba convenios importe del pago anticipado sea por una cantidad igual o mayor al pago que deba realizarse en el periodo correspondiente sin que ese hecho lo exima de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar efectuar los pagos inmediatos siguientes. En caso de que el pago sea realizado por una penalidad Entidad, ésta última debe de cumplir con los requisitos establecidos por INBURSA y debe de realizar el pago fuera por el total del saldo insoluto de fechala suma dispuesta de la línea de crédito otorgada al CLIENTE y, según en este caso INBURSA le cederá todos sus derechos derivados del mismo. INBURSA deberá entregar al CLIENTE, un comprobante del monto del pago anticipado realizado por el CLIENTE cada vez que éste lo realice, en el caso de los pagos anticipados dicho monto se aplicará en forma exclusiva al saldo insoluto de la suma dispuesta de la línea de crédito otorgada al CLIENTE. Cuando el importe de los pagos anticipados no fuere suficiente para pendientes, salvo cuando se pacte con el CLIENTE que se disminuya el número de pagos a realizar. En caso de que el CLIENTE, solicite efectuar un pago anticipado, INBURSA le deberá informar el saldo insoluto de la suma dispuesta de la línea de crédito otorgada al CLIENTE, dicha información deberá darse por escrito y una vez que sea realizado el pago anticipado y este sea parcial, INBURSA le entregará por escrito, el nuevo saldo insoluto de la suma dispuesta de la línea de crédito otorgada al CLIENTE, la cual le será entregada al recibir el pago anticipado o bien, por el medio pactado en la Hoja Resumen y presente Solicitud- Contrato para la entrega de acuerdo los estados de cuenta, a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente más tardar en la fecha que le entregue el estado de pagocuenta correspondiente al periodo inmediato siguiente al que se realizó dicho pago anticipado.
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Sources: Contrato De Tarjeta De Crédito
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar 5.1 A menos que se acuerde lo contrario por escrito, el Préstamo otorgado por Cliente pagará el BANCO mediante precio de compra íntegro, o el pago de cuotas mensualesresto del mismo, en la oportunidad prevista el caso de un pago por adelantado, dentro del período de pago establecido en la Hoja Resumen y en el Cronograma factura a discreción de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados mediante transferencia o ingreso en una cuenta indicada por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇, sin ninguna deducción, descuento o compensación. La presentación de una queja no suspenderá en modo alguno la obligación de pago del Cliente.
5.2 En caso de una orden permanente recurrente, ▇▇▇▇▇▇ facturará la entrega parcial y periódica de la orden a servier por adelantado cada mes, a menos que se acuerde lo contrario por escrito.
5.3 Si el Cliente no paga dentro del plazo de pago indicado en la factura, el Cliente se considerará que ha incumplido su obligación de pago, y todas los demás importes y vencimientos pendientes de cobro por ▇▇▇▇▇▇ se considerarán totalmente vencidos y pagaderos de inmediato. En ese caso, ▇▇▇▇▇▇, además de cualquier otro derecho y posibilidad que ▇▇▇▇▇▇ pueda tener conforme a la ley aplicable con respecto al importe pendiente hasta la fecha de pago íntegra. El importe sujeto a este interés estatutario acordado, según sea el caso, se calculará a final de cada año y se incrementará por el interés adeudado durante dicho año. Además, ▇▇▇▇▇▇ tendrá derecho suspender, retrasar o cancelar cualquier entrega o cualquier otra actuación pendiente. Dicho derecho lo será sin perjuicio de cualesquiera otros así como los dispuestos en virtud de la ley aplicable. ▇▇▇▇▇▇ tendrá derecho a reclamar cualquier gasto extra de forma judicial así como a la compensación de las costas judiciales en que incurra, aunque su exigencia no fuera preceptiva.
5.4 ▇▇▇▇▇▇ aplicará primero cualquier pago realizado por el Cliente para la liquidación de todos los intereses y gastos devengados por el incumplimiento con carácter previo a aplicar el pago al principal pendiente, las cuales se liquidarán en orden cronológico de más antigua a más reciente.
5.5 En caso de retraso en el pago, ▇▇▇▇▇▇ tendrá derecho a la compensación de todos los costes extrajudiciales, incluidos, entre otros, los gastos incurridos en el envío de recordatorios de pago, uno o más requerimientos de incumplimiento o avisos de demanda, gastos que en todo caso se establece que supondrán el quince por ciento (15%) del importe total a pagar, sin perjuicio de cualquier otro derecho que asista a ▇▇▇▇▇▇.
5.6 El cliente no tendrá derecho a asignar ningún derecho u obligación en virtud de un acuerdo con ▇▇▇.▇▇. La falta ▇ sin el consentimiento previo por escrito de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero Cliente no tendrá derecho a penalidad retener o reducir ningún pago ni a compensar requerimientos o reclamaciones existentes y futuras contra cualquier pago adeudado por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda o sus afiliados.
5.7 Las quejas sobre facturas deben enviarse por escrito a ▇▇▇▇▇▇ dentro de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago los 8 (ocho) días posteriores al día de envío de las cuotas facturas. Dicha reclamación no suspenderá en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha modo alguno el plazo de pago.
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Sources: Términos Y Condiciones De Venta, Entrega Y Servicios
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago Pliego Particular establecerá las condiciones y formas de cuotas mensuales, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Clientepago. El CLIENTE podrá realizar En todos los pagos en forma directa en las cajas la Administración podrá deducir del BANCOmonto a pagar, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como la suma correspondiente a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los cualquier deuda que el BANCO suscriba convenios contratista mantenga con el organismo contratante, relativa al contrato. ANEXO I -Modelo de recaudaciónDeclaración para BIENES que califican como nacionales El que suscribe (NOMBRE DE QUIEN FIRME Y TENGA PODERES SUFICIENTES PARA REPRESENTAR A LA EMPRESA OFERENTE) en representación de...................... (NOMBRE DE LA EMPRESA OFERENTE) declara que los bienes integrantes de la oferta que se detallan a continuación califican como nacionales de acuerdo a la normativa vigente. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse Por lo tanto, solicita la aplicación del beneficio que consagra el art. 58 del TOCAF. Firma autorizada ANEXO II -Modelo de Declaración para SERVICIOS (CON Suministro de bienes) que califican como nacionales (Decreto N° 13/009) El que suscribe (NOMBRE DE QUIEN FIRME Y TENGA PODERES SUFICIENTES PARA REPRESENTAR A LA EMPRESA OFERENTE) en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta representación de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y ..................... (NOMBRE DE LA EMPRESA OFERENTE) declara que su oferta califica como nacional de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento dispuesto en el art. 8 del Decreto N° 13/009. Declara, asimismo, que el/los servicio/s que ofrece incluye/n el suministro de incumplimientobienes y los que NO CALIFICAN COMO NACIONALES representan el XX % del precio ofrecido (si se trata de varios servicios ofrecidos se deberá detallar el porcentaje en cada caso). Por lo tanto, solicita la misma aplicación del beneficio que consta consagra el art. 58 del TOCAF. Firma autorizada ANEXO III -Pliego De Condiciones Particulares: Cláusulas Necesarias El Pliego de Bases y Condiciones Generales, deberá ser complementado por un Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el que contendrá necesariamente las cláusulas siguientes:
1. El objeto del contrato y las condiciones especiales o técnicas requeridas.
2. Cotización:
a) Modalidad (plaza, exterior, o ambas, aclarando en caso de ser exterior los Incoterms -Cámara de Comercio Internacional (CCI)-aplicables en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad versión vigente).
b) Forma (precios unitarios o totales, parciales o globales, c) Escalonados por pago fuera de fechacantidad, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(setc.). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pago.
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Sources: Licitación Abreviada Ampliada
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado Los pagos se realizarán contra facturas mensuales, debidamente conformadas por el BANCO mediante Técnico Director, por la parte proporcional del contrato. El período mensual facturado se computará desde el día de inicio de la ejecución del contrato. Los pagos corresponderán a períodos vencidos y por tanto no se efectuará ningún pago por adelantado. El adjudicatario presentará el primer día hábil de cuotas mensualescada período la factura correspondiente a los servicios prestados durante el período mensual anterior. En la factura se indicará el número y nombre de las personas adscritas, lugares, fechas y horario en que se llevaron a cabo los servicios. En cada factura mensual se indicarán las horas consumidas de la oportunidad bolsa de horas prevista en la Hoja Resumen cláusula 18.2 y el saldo de horas restante. 23 Las horas consumidas de la bolsa de horas ofertada por el adjudicatario están incluidas en el Cronograma precio del contrato; en consecuencia, no podrá facturarse cantidad alguna por este concepto. Los pagos requerirán informe favorable de Pagos los Servicios Técnicos correspondientes, sin perjuicio de las facultades de seguimiento contractual que forman parte integrante corresponden a la Concejalía delegada en materia de Servicios. De conformidad con lo establecido en la Disposición adicional trigésimo tercera del presente ContratoTRLCSP introducida por el Real Decreto Ley 4/2013 el contratista tendrá la obligación de presentar la factura en el Registro General del Ayuntamiento; en dicha factura deberá incluir, cancelando el importe indicado además de los datos establecidos en dichos documentosla normativa de facturas, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo siguientes datos: Destinatario: Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇ CIF: ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud Código DIR3: L01150597 Órgano decisorio/gestor: Alcalde -Presidente del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ Código DIR3: L01150597 Unidad contable: Servicio de Contabilidad Código DIR3: L01150597 Unidad tramitadora: Alcaldía Código DIR3: L01150597 En cuanto a los plazos y trámites de pago se estará a lo dispuesto en el artículo 216 del TRLCSP Si la persona física o jurídica que emite la factura no figura inscrita en el Registro de terceros del Ayuntamiento deberá realizarse aportar la certificación de la entidad financiera en la moneda que se recoja el código IBAN de financiamiento, señalada la cuenta en la Solicitud; sin embargo, que debe hacerse efectivo el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pago.
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Sources: Contract for Cleaning Services
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar pago se realizará mediante cargos que efectuará la Compañía en la cuenta motivo del seguro. En caso de que la Compañía no pueda realizar el Préstamo otorgado cargo por el BANCO mediante causas imputables al Asegurado, éste se encuentra obligado a realizar directamente el pago de cuotas mensualesla prima correspondiente en las oficinas de la Compañía, o abonando en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en cuenta que le indique esta última, cuyo comprobante o ficha de pago acreditará el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contratocumplimiento. Si el Asegurado omite dicha obligación, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá seguro cesará sus efectos una vez transcurrido el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo periodo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇. Comisión o Compensación Directa. Durante la vigencia de la Póliza el Contratante podrá solicitar por escrito a la Institución, y los seguros opcionalesle informe el porcentaje de la prima que, por concepto de haber sido contratados comisión o compensación directa, corresponda al intermediario o persona moral por el Clientesu intervención en la celebración de este contrato. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCOLa institución proporcionará dicha información, mediante entrega de dinero en efectivo por escrito o cheque de gerencia; así como a través de los canales por medios electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los en un plazo que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇no excederá ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la solicitud. Moneda. Todos los pagos relativos a este Contrato por parte del Asegurado a la Compañía, o de ésta al Asegurado, deberán efectuarse en moneda nacional conforme a la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra Ley Monetaria vigente en la fecha del pago. Suicidio. En caso de pagomuerte por suicidio del Asegurado, ocurrido dentro de los dos primeros años de vigencia de este Contrato, cualquiera que haya sido la causa y el estado mental y físico del Asegurado, la Compañía solamente cubrirá el importe de la reserva matemática que corresponda a la fecha en que ocurra el fallecimiento.
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Sources: Póliza De Seguro
PAGOS. 4.1 El CLIENTE deberá cancelar Arrendatario se compromete a pagar al Arrendador:
a) La cantidad resultante de la aplicación de la Tarifa General Vigente y el Préstamo otorgado precio pac- tado en el contrato de alquiler, correspondiente a duración, seguros, exenciones opcionales, equipamiento adicional y servicios complementarios, según las condi- ciones estipuladas, así como los impuestos y tasas aplicables.
b) El importe de los daños y / o sustracciones sufridas total o parcialmente en el Vehí- culo no amparados por las Exenciones Opcionales (ver art. 7) contratadas por el BANCO mediante Arrendatario, así como cuando la exención aplicable en cada caso no hubiere sido contratada por el Arrendatario, así como los daños y perjuicios derivados, en su caso, del incumplimiento del artículo 1) de las presentes Condiciones Generales. El cargo que se facture al Arrendatario por los daños causados al Vehículo se cal- culará según el baremo de “Precios Promedios de Recambios” y / o el de “Precios Promedios de Reparación (chapa)” certificado por el gabinete pericial Asistencia y Peritaciones o por perito externo alternativo (copias de ambos baremos están a dis- posición del Arrendatario en todas las oficinas de EUROPCAR). Cuando por la enti- dad de los daños, no sea posible realizar dicha cuantificación a priori, el Arrenda- tario abonará la cuantía que resulte del presupuesto emitido por el taller externo contratado al efecto por EUROPCAR. La indemnización a pagar por el Arrendatario por pérdida de beneficio por la inmovilización del Vehículo, será calculada sobre el número de días que sea necesario invertir en la reparación del Vehículo, según los plazos promedio que constan en el baremo de “Precios Promedios de Reparación (chapa)” certificado por el mencionado gabinete pericial o por perito externo alter- nativo o, una vez realizada la reparación, computando un día por cada ocho horas de trabajo invertidas por el taller reparador, y utilizando como base de cuantifica- ción la tarifa diaria de ocupación contratada. La responsabilidad máxima del Arren- datario será el valor del Vehículo en el mercado, según el precio máximo estableci- do en la guía Ganvam vigente en el momento del incidente.
c) El importe del traslado y / o la reparación de los daños del Vehículo motivados por uso de combustible inadecuado, contraviniendo lo señalado en el artículo 10 de las presentes Condiciones Generales. El cálculo de dicho importe se realizará de con- formidad con el apartado b) anterior.
d) La cantidad correspondiente a las multas por cualquier infracción de la legislación vigente, especialmente del Código de Circulación, en que incurra el Arrendatario en el uso del Vehículo, así como los recargos por el retraso en el pago por parte del Arrendatario y los gastos judiciales o extrajudiciales en que incurra el Arrendador como consecuencia de cuotas mensualeslo anterior.
e) Los gastos de la obtención de un duplicado y / o envío, del juego de llaves del Vehículo a la oficina correspondiente, en los casos de pérdida, rotura, entrega de las llaves del Vehí- culo en una oficina distinta a la oportunidad prevista de devolución efectiva del vehículo, o cualquier otra situa- ción por la que se paralice el vehículo por motivos achacables al arrendatario. Asimis- mo, se podrá cargar el precio de alquiler correspondiente a un día extra por el coste de la paralización del Vehículo ocasionado en la Hoja Resumen y cada caso por cualquiera de las incidencias antedichas.
f) El importe de 15,03 € más el Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable, o impuesto equivalente en vigor, en el Cronograma caso de Pagos que forman parte integrante del presente Contratodevolver el Vehículo sin la pareja de triángulos de emergencia.
g) El importe de 10 € más el Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇impuesto equi- ▇▇▇▇▇▇▇ vigente al en vigor, en el caso de devolver el Vehículo sin la documentación (foto- copia compulsada del permiso de circulación, fotocopia compulsada de la ficha técnica del vehículo y seguro de vehículo / carta verde).
h) El importe de 12,01 € más el Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable, o impuesto equivalente en vigor, en el caso de devolver el Vehículo sin el chaleco reflectante de seguridad.
i) Los daños y perjuicios de toda índole acreditatos por el Arrendador y derivados del incumplimiento del artículo 1) de las presentes Condiciones Generales por parte del Arrendatario.
4.2 El pago de los importes reseñados en el apartado 4.1 anterior deberá ser realizado con tar- jeta de crédito, forma de pago Europcar o en metálico. En los pagos mediante tarjeta de cré- dito, el Arrendador solicitará antes del comienzo del alquiler una autorización a la entidad emisora de la tarjeta de crédito un importe en garantía de las obligaciones de pago del Arrendatario que se determinará multiplicando la tarifa por el período de alquiler reserva- do por el Arrendatario y añadiendo, en su caso, la tarifa de otros servicios suplementarios contratados por el Arrendatario. Esta cantidad estará disponible a solicitud del Arrendador en el momento de incumplimientola reserva. Cuando el Vehículo sea devuelto, la misma que consta cantidad facturada será cargada a la tarjeta de crédito facilitada por el Arrendatario si éste no presentase otro medio de pago. Cuando el pago se haga con tarjeta de crédito domiciliada en la Hoja cuenta bancaria de Resumen. El Banco imputará los pagos primero divisa dis- tinta a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° cualquiera de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anteriorlos Estados UE, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron Arrendador emitirá la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse factura en la moneda de financiamientoesa cuenta bancaria, señalada en la Solicitud; sin embargo, aplicando el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en determinado por el Interbank Cardsche- mes más un cargo adicional de un 2,5% por la fecha de pagogestión.
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Sources: Rental Agreement
PAGOS. 7.1 El CLIENTE deberá cancelar Suscriptor se obliga a pagar al Proveedor los cargos que se generen por los bienes y los Servicios, este desde la fecha en que su prestación, así como los servicios adicionales que posteriormente contrate con el Préstamo otorgado por Proveedor; cualquier cargo administrativo derivado del cumplimiento del presente Contrato; además de los Servicios de Terceros, que el BANCO mediante el pago Suscriptor haya consentido con cargo a su Factura. Cualquier cargo del Servicio, inicia a partir de cuotas mensuales, la fecha en la oportunidad prevista en que efectivamente inició la Hoja Resumen prestación del Servicio. El Suscriptor acepta que existe un desfase de tiempo entre el momento del uso efectivo de determinado Servicio prestado mediante terceros (Servicios de Larga Distancia Internacional y/o Roaming, entre otros) y en el Cronograma que el Proveedor se hace sabedor del cargo, por lo que dicho cargo podrá ser realizado en un plazo no mayor a tres ciclos de Pagos facturación.
7.2 El Proveedor enviará de manera mensual al Suscriptor a su domicilio o correo electrónico proporcionado, una Factura la cual incluye un Estado de cuenta en el que forman parte integrante del presente Contratose detallan los Servicios efectivamente utilizados, cancelando el importe indicado en dichos documentoscorrespondientes al Ciclo de Facturación anterior, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo la Fecha ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados el monto adeudado por el ClienteSuscriptor, la Renta, el monto adeudado por el Equipo, Servicios de Terceros y demás conceptos facturables, la Fecha Límite de Pago, lugares de pago, formas de pago, entre otros datos. El CLIENTE podrá realizar los pagos Proveedor pondrá a disponibilidad el Suscriptor la Factura para su consulta de manera gratuita en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web la aplicación Mi ATT y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇la página ▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento / por lo menos 10 (diez) días naturales antes de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja fecha pago de Resumenlos servicios contratados. El Banco imputará los pagos primero a penalidad hecho de que el Suscriptor no reciba la Factura por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente cuestiones ajenas al capital. El CLIENTE autoriza proveedor no libera al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° mismo de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica obligación de pago de los Servicios dentro de la Superintendencia Fecha Límite de BancaPago establecida al efecto, Seguros y AFPsiendo su responsabilidad solicitar su saldo en un TDA, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique llamando al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado *611 desde su Equipo o al 800 1010 288 o en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇.▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse ▇/ o en la moneda de financiamiento, señalada aplicación Mi ATT y efectuar el pago oportuno del mismo.
7.3 Todos los cargos aplicables deberán ser pagados por el Suscriptor a más tardar en la Solicitud; sin embargoFecha Límite de Pago, salvo aquellos cargos que deberán ser pagados al momento de la contratación de los Servicios y las recargas de saldo cuando apliquen.
7.4 Cuando el BANCO aceptará Suscriptor no haya liquidado el pago de la Factura en la Fecha Límite de Pago dentro de las cuotas en Dólares Americanos3 (tres) Facturas siguientes o cuando la Garantía otorgada por el Suscriptor para el cumplimiento de sus obligaciones de pago, al tipo de cambio compra vigente en no cubra el total del adeudo a la fecha de cobro, el Proveedor podrá (i) suspender la prestación de los Servicios, (ii) exigir en una sola exhibición el pago total del adeudo y/o (iii) restringir remotamente algunas funcionalidades técnicas del Equipo en el caso de adeudo de Equipo. Esta restricción no se considerará una falla del Servicio ni defecto del Equipo y será eliminada en cuanto el Suscriptor pague los adeudos pendientes en un plazo no mayor a 24 (veinticuatro) horas a que se realice el pago. El Suscriptor podrá consultar su saldo de forma gratuita en el TDA, en los teléfonos que se detallan en la Carátula y en su Factura o a través del portal ▇▇▇.▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇/, así como en la aplicación Mi ATT. Durante la suspensión del Servicio establecida en el párrafo anterior, el Suscriptor no deberá cubrir servicios no prestados, se continuará con el cobro del costo mensual por Equipo y el Proveedor podrá realizar el cobro por reconexión el cual no excederá del 20% del monto del Plan Tarifario contratado. En caso de que el Servicio se haya suspendido y el Suscriptor pague los adeudos pendientes el Proveedor reiniciará la prestación de los Servicios en un plazo no mayor a 24 (veinticuatro) horas.
7.5 El Proveedor prestará al Suscriptor los Servicios de Larga Distancia Internacional en forma directa o mediante el acceso a redes de concesionarios que estén autorizados, y con los que el Proveedor tenga celebrados acuerdos para tales efectos. El Suscriptor cubrirá los cargos correspondientes a los Servicios de Larga Distancia Internacional y Roaming conforme a los registros que se generen en el sistema del Proveedor y la aplicación de las tarifas correspondientes a dichos eventos, previamente registradas ante el IFT.
7.6 El Suscriptor deberá reportar al TDA o al CAT cualquier cargo en la Factura que no reconozca dentro del Plazo de 2 (dos) ciclos de facturación, contados a partir de la Fecha Límite de Pago. En caso de que la reclamación hecha por el Suscriptor conforme a lo establecido en el presente Contrato sea procedente, el Proveedor deberá efectuar la compensación a través de la devolución de los cargos que realice de forma indebida a su Factura, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes, además de abonar al Suscriptor una bonificación de por lo menos 20% a su favor, realizando el ajuste correspondiente en su Factura en el siguiente Ciclo de Facturación. Los términos anteriores serán sin perjuicio del derecho del Suscriptor de interponer ante PROFECO su queja en contra del Proveedor para reclamar el cargo indebido en el término de un año.
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Sources: Contrato De Prestación De Servicios en Materia De Telecomunicaciones
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago de cuotas mensuales, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo licitante adjudicado podrá incorporarse al programa ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ Productivas de NACIONAL Financiera S.N.C Institución de Banca de Desarrollo, y los seguros opcionalescon el objeto de acceder al factoraje o descuento electrónico de documentos para cobrar, de haber sido contratados en apego a las disposiciones vigentes. Si el solicitante adjudicado opta por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇beneficio ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en productivas, su pago lo realizar el banco intermediario Elegido por el proveedor adjudicado. En caso de que el licitante adjudicado decida no hacer uso del sistema antes mencionado y opte por su pago directamente por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargoFamilia, el BANCO aceptará pago será cubierto dentro de los -20---- días naturales contados a partir de la fecha de recepción y revisión de la documentación, previa la prestación del servicio, lo anterior con fundamento en el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. El licitante adjudicado deberá de emitir la factura correspondiente al mes del servicio devengado y presentartla dentro d elos cinco días hábiles de cada mes posterior al mes del servicio prestado. Todo servicio proporcionado por el licitante adjudicado deberá estar soportado con la documentación que acredite que el servicio fue prestado, con la finalidad de obtener el pago correspondiente No se cobrarán rentas por adelantado por el servicio, el pago es a mes vencido, se pagará previa recepción de la factura y el período de facturación deberá ser del 1º al último día del mes. Los pagos del servicio se harán contra servicios prestados que estén previamente validados por la Subdirección de Mantenimiento y Soporte Técnico al Usuario y se realizarán en moneda nacional. No será imputable el atraso de los pagos al SNDIF, en el entendido que el licitante adjudicado entregue los reportes con tachaduras, datos remarcados, sobrescritos, ilegibles o datos erróneos incluyendo a las copias, mismos que serán devueltos para su corrección. La factura que presente el licitante adjudicado del servicio para su pago deberá incluir el desglose de los servicios prestados para que la Subdirección de Mantenimiento y Soporte Técnico al Usuario los valide y apruebe para su pago. Una vez validada y aprobada será turnada para su gestión de pago ante la Coordinación Administrativa de la Jefatura d Unidad de Finanzas. El licitante adjudicado, deberá anexar a su documentación para efectos del primer pago, copia de los resguardos de la garantía de cumplimiento de contrato y de la póliza de responsabilidad civil- actividades. Solo se tramitará el pago de la factura que cumpla con todos los requisitos fiscales aplicables vigentes, además deberá contener los siguientes datos: número de contrato; descripción del servicio; registro federal de contribuyentes del Sistema Nacional Para el Desarrollo Integral de la Familia: SND 770113 4L0 (“ese”, “ene”, “de”, siete, siete, cero, uno, uno, tres, cuatro, “ele”, cero.) Y considerar las cuotas en Dólares Americanos, al tipo siguientes claves: Clave de cambio compra vigente en la fecha forma de pago: 99, concepto: por definir. Clave del método de pago: ppd, método de pago: pago en parcialidades o diferido. El licitante deberá cumplir al menos con los siguientes requerimientos: En papel membretado curriculum de la empresa Presentar una carta en papel membretado firmada por su representante legal, mediante la cual manifieste que cuenta con el personal requerido para otorgar los Servicios de Especialistas de Infraestructura para Soporte Técnico y estarán disponibles para el SNDIF en el momento que sean solicitados. Hoja membretada firmada por el representante legal indicando que las instalaciones deberán estar ubicadas dentro de la República Mexicana. Hoja membretada firmada por el representante legal indicando que la mesa de ayuda opera físicamente dentro de sus instalaciones, proporcionar el domicilio. El SNDIF podrá visitar las instalaciones de la mesa de ayuda para comprobar su existencia y actividad operativa, durante el proceso de evaluación y durante la vigencia del contrato. Los licitantes para respaldar el esquema operativo de la mesa de ayuda deberán presentar como parte de su propuesta, copia de la documentación de cada uno de los procesos mencionados, misma que debe contener: Descripción del proceso por etapas o ciclo de vida. Diagrama de flujo del proceso. Definición de roles.
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Sources: Contratación Del Servicio De Cómputo Mayor Bajo Demanda
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado Los pagos se realizarán contra facturas mensuales, debidamente conformadas por el BANCO mediante Técnico Director, por la parte proporcional del contrato. El período mensual facturado se computará desde el día de inicio de la ejecución del contrato. Los pagos corresponderán a períodos vencidos y por tanto no se efectuará ningún pago por adelantado. El adjudicatario presentará el primer día hábil de cuotas mensualescada período la factura correspondiente a los servicios prestados durante el período mensual anterior. En la factura se indicará el número y nombre de las personas adscritas, lugares, fechas y horario en que se llevaron a cabo los servicios. En cada factura mensual se indicarán las horas consumidas de la oportunidad bolsa de horas prevista en la Hoja Resumen cláusula 18.2 y el saldo de horas restante. Las horas consumidas de la bolsa de horas ofertada por el adjudicatario están incluidas en el Cronograma precio del contrato; en consecuencia, no podrá facturarse cantidad alguna por este concepto. Los pagos requerirán informe favorable de Pagos los Servicios Técnicos correspondientes, sin perjuicio de las facultades de seguimiento contractual que forman parte integrante corresponden a la Concejalía delegada en materia de Servicios. De conformidad con lo establecido en la Disposición adicional trigésimo tercera del presente ContratoTRLCSP introducida por el Real Decreto Ley 4/2013 el contratista tendrá la obligación de presentar la factura en el Registro General del Ayuntamiento; en dicha factura deberá incluir, cancelando el importe indicado además de los datos establecidos en dichos documentosla normativa de facturas, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo siguientes datos: Destinatario: Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇ CIF: ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud Código DIR3: L01150597 Órgano decisorio/gestor: Alcalde -Presidente del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ Código DIR3: L01150597 Unidad contable: Servicio de Contabilidad Código DIR3: L01150597 Unidad tramitadora: Alcaldía Código DIR3: L01150597 En cuanto a los plazos y trámites de pago se estará a lo dispuesto en el artículo 216 del TRLCSP Si la persona física o jurídica que emite la factura no figura inscrita en el Registro de terceros del Ayuntamiento deberá realizarse aportar la certificación de la entidad financiera en la moneda que se recoja el código IBAN de financiamiento, señalada la cuenta en la Solicitud; sin embargo, que debe hacerse efectivo el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pago.
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Sources: Contract for Services
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago de cuotas mensuales7.3.1 Salvo estipulación expresa en contrario, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando Empresa pagará al Contratista el importe indicado adeudado en dichos documentosun plazo de 30 días subsiguientes a la recepción de la factura. La Empresa tiene derecho a deducir del pago:
(i) la parte del importe facturado que la Empresa notifique al Contratista como insuficientemente documentada o impugnada de otro modo, lo cual incluirá especificando los motivos, o
(ii) cualquier otro importe que el capitalContratista adeude a la Empresa, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera siempre que la Empresa tenga derecho a efectuar dichas deducciones de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web acuerdo con la legislación aplicable y/o establecimientos con los presentes términos. En el caso de facturas impugnadas, si posteriormente se establece que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la Empresa tenía la obligación de pagar una penalidad por pago fuera el importe deducido, la Empresa pagará intereses de fecha, según lo pactado demora sobre dicho importe de acuerdo con la Tasa Activa BNA para Descubiertos en Cuenta Corriente No Solicitados Previamente computados a partir del vencimiento indicado y hasta la efectiva acreditación de los fondos en la Hoja Resumen y cuenta del Contratista.
7.3.2 La Empresa tiene derecho a devolver las facturas que no cumplan los requisitos establecidos en el Contrato. La Empresa notificará a la otra parte antes de devolver facturas. Además, la Empresa tiene derecho a realizar deducciones de acuerdo con la legislación aplicable.
7.3.3 La Empresa deducirá de los pagos adeudados al Contratista en virtud del Contrato, los importes obligatorios a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al pagar conforme las normas de las autoridades estatales.
7.3.4 La propiedad de cualquier Objeto del Contrato se transmitirá a la Empresa en el momento de incumplimientola entrega, o cuando la misma Empresa abone el precio, si el pago se ha efectuado con anterioridad. Cuando la propiedad pase a la Empresa, el Objeto del Contrato estará libre de gravámenes distintos de aquellos de los que consta en la Hoja Empresa sea responsable.
7.3.5 El Contratista será responsable del pago de Resumen. El Banco imputará todos los pagos primero a penalidad por pago fuera impuestos, derechos, gravámenes, cargas y contribuciones (así como de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. sanciones correspondientes) de los que el Contratista sea responsable, fijados por cualquier autoridad gubernamental competente, y mantendrá indemne a la Empresa frente a todos los impuestos, derechos y otros costos de los que el Contratista sea responsable.
7.3.6 El CLIENTE autoriza al BANCO Contratista proporcionará a quela Empresa toda la información impositiva y demás información, en virtud a su facultad de compensación normada relación con las actividades realizadas en virtud del artículo 132° Contrato, que sea necesaria para permitir a la Empresa cumplir con los requisitos legales obligatorios establecidos por autoridades gubernamentales competentes.
7.3.7 El Contratista garantiza que conoce y cumplirá con todos los requisitos de presentación de informes a las autoridades en virtud de la Ley General del Sistema Financiero legislación aplicable relacionada con el Trabajo, lo que incluye, a título meramente enunciativo y Orgánica no limitativo, las autoridades de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagoadministración tributaria.
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Sources: General Conditions of Contract
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar Municipio se obliga a pagar al Banco, el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago de cuotas mensuales, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y monto dispuesto con base en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando más los intereses correspondientes, mediante amortizaciones mensuales integradas con pagos con el importe indicado perfil específico,mensuales, crecientes al 1.3% (uno punto tres por ciento) predeterminados y consecutivos de principal , en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera un plazo de fecha, hasta [•] ([•]) meses contados a partir de ser el caso, y los seguros obligatoriosla única disposición, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado se establece en la Hoja Resumen y tabla de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente amortización que se acompaña al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a quepresente Contrato como Anexo 6, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta entendido que el pago de principal se realizará junto con los intereses correspondientes calculados sobre saldos insolutos, en cada Fecha de Pago. Se adjunta como Anexo 6, de manera ejemplificativa, la tabla de amortización considerando el monto total del Crédito, la cual será sustituida por la tabla de amortización que se adjunte a la Solicitud de Disposición, de acuerdo con el monto efectivamente dispuesto. Los pagos que el Municipio realice al Banco, directamente o a través del Fideicomiso, serán aplicados en el siguiente orden de prelación:
6.1 A los gastos en que haya incurrido el Banco para la recuperación del Crédito, más los impuestos que, en su caso, se generen conforme a las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá disposiciones fiscales vigentes.
6.2 A los intereses moratorios, más los impuestos que, en su caso, se generen conforme a las disposiciones fiscales vigentes.
6.3 A los intereses ordinarios vencidos y no pagados, más los impuestos que, en su caso, se generen conforme a las disposiciones fiscales vigentes.
6.4 Al principal vencido y no pagado.
6.5 A los intereses ordinarios, más los impuestos que, en su caso, se generen conforme a las disposiciones fiscales vigentes.
6.6 A la amortización de principal del Periodo de Pago correspondiente, y
6.7 A la amortización anticipada del principal, no vencido, en orden inverso al vencimiento de las amortizaciones respectivas, en el entendido que las cantidades pagadas tienen que ser suficientes para cubrir la mensualidad anticipada correspondiente, en términos de la Cláusula Séptima siguiente. Todos los pagos realizados por el Municipio al Banco conforme al presente Contrato o al Fideicomiso, deberán realizarse sin compensación o deducción de ninguna especie. Dichos pagos deberán ser realizados sin retención alguna respecto de cualesquiera impuestos, gravámenes, contribuciones, derechos, tarifas o cualesquier otras cargas, presentes o futuras, impuestas por cualquier autoridad gubernamental respecto de dichos pagos, así como cualesquier recargos, multas, actualizaciones u otros accesorios en la moneda relación con los pagos mencionados (conjuntamente, los “Impuestos”). En caso de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargoque se causen o se generen Impuestos sobre los pagos efectuados por el Municipio al Banco y, el BANCO aceptará resultado de lo anterior, sea incrementar el pago costo al Banco, reducir los ingresos a ser percibidos por el Banco o causar un gasto al Banco en relación con el presente Contrato y siempre y cuando dichos Impuestos: (i) no se traten de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente impuestos federales; (ii) no hayan existido en la fecha de pagocelebración del presente Contrato; o (iii) no hayan sido consecuencia de la cesión del presente Contrato a favor de un tercero, el cual se encuentre sujeto a obligaciones fiscales más gravosas que las del Banco, el Municipio conviene en pagar el monto de dicho incremento en costo, reducción en ingresos o gasto adicional derivado de dichos impuestos a fin de que los pagos efectuados por el Municipio al Banco de conformidad con el presente Contrato o bajo el Fideicomiso, después de efectuar la retención o deducción de que se trate, no resulten inferiores al monto que el Municipio debe pagar al Banco en términos del presente Contrato o del Fideicomiso.
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PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO Banco tendrá a su cargo informar a los tenedores de Obligaciones Negociables Clase D mediante el pago de cuotas mensuales, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y publicación en el Cronograma sitio web de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇la CNV (▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta ▇.▇▇), en el BYMA, a través del Boletín Diario de la BCBA, en virtud del ejercicio de la facultad delegada por BYMA a la BCBA y en el Boletín Electrónico del MAE, de un aviso de pago oportunode servicios, parcial o totallos importes a ser abonados bajo las Obligaciones Negociables Clase D en cada fecha en que corresponda realizar un pago bajo éstas, discriminando los conceptos. El aviso de pago de servicios se publicará con al menos cinco Días Hábiles de anticipación a la fecha prevista para el pago en cuestión. Los pagos de capital, intereses, montos adicionales y/u otros montos adeudados en virtud de las Obligaciones Negociables Clase D serán efectuados por el Emisor mediante transferencia electrónica de los montos correspondientes a la cuenta que indique Caja de Valores, como depositaria del certificado global, de una cuota manera que esté disponible para su acreditación en las cuentas y/o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fechasubcuentas, según lo pactado en la Hoja Resumen y sea el caso, de los tenedores de las Obligaciones Negociables Clase D con derecho a cobro, de acuerdo a lo señalado la posición existente en el registro de tenedores de las Obligaciones Negociables Clase D llevado por Caja de Valores al cierre del Día Hábil inmediato anterior a la fecha correspondiente a cada vencimiento. Si cualquier día de pago de cualquier monto bajo las Obligaciones Negociables Clase D no fuera un Día Hábil, dicho pago será efectuado en el Día Hábil inmediatamente posterior. Cualquier pago adeudado bajo las Obligaciones Negociables Clase D efectuado en dicho Día Hábil inmediatamente posterior tendrá la misma validez que si hubiera sido efectuado en la fecha en la cual vencía el mismo, y no se devengarán intereses durante el período comprendido entre dicha fecha y el Día Hábil inmediato posterior, estableciéndose, sin embargo, que si la Fecha de Vencimiento fuera un día inhábil, se devengarán intereses durante el período comprendido entre dicha fecha y el Día Hábil inmediato posterior. “Día Hábil” significa cualquier día que no sea ▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta o cualquier otro día en el cual los bancos comerciales en la Hoja Ciudad Autónoma de Resumen. El Banco imputará Buenos Aires y/o los pagos primero mercados de valores autorizados estuvieran autorizados o requeridos por las disposiciones legales vigentes a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a cerrar o que, de otra forma, no estuvieran abiertos para operar o tuvieran alguna restricción para operar dispuesta por el BCRA. Ley Aplicable. Todas las cuestiones relacionadas con las Obligaciones Negociables Clase D se regirán por, y deberán serán interpretadas exclusivamente de conformidad con, las leyes de la Argentina. Jurisdicción. Toda controversia que se suscite entre el Banco por un lado, y los obligacionistas, por otro lado, en relación a las Obligaciones Negociables Clase D (incluyendo, sin limitación, sobre la existencia, validez, calificación, interpretación, alcance o cumplimiento de las Obligaciones Negociables Clase D), será resuelta por el Tribunal de Arbitraje General de la BCBA en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica delegación de facultades otorgadas por el BYMA a la BCBA en materia de constitución de Tribunales Arbitrales, o el tribunal arbitral que en el futuro lo reemplace, de conformidad con el Artículo 46 de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse de Capitales. No obstante lo anterior, los inversores tendrán el derecho de optar por acudir a los tribunales judiciales competentes a los que también podrá acudir el Emisor en la moneda de financiamiento, señalada caso que dichos tribunales arbitrales cesen en la Solicitud; sin embargo, sus funciones y no sean reemplazados por un tribunal arbitral permanente perteneciente a otro mercado. La sentencia que dicte el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagotribunal arbitral correspondiente se encontrará sujeta a los recursos que se encuentren disponibles.
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Sources: Obligaciones Negociables
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante Por YPFB CHACO:
14.1 YPFB CHACO hará efectivo el pago de cuotas mensualesla facturación al CONTRATISTA a los 30 Días de recibida la factura, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y cuenta que se especifica en el Cronograma Anexo “C” del Contrato.
14.2 En el caso de Pagos que forman parte integrante del presente ContratoYPFB CHACO objete una factura, cancelando YPFB CHACO deberá pagar el importe indicado porcentaje de la factura que no fue objetado y notificará al CONTRATISTA, sobre los ítems que no cuentan con su aprobación.
14.3 El pago que realiza YPFB CHACO no presume la aceptación de que la facturación sea correcta y el pago no representa la renuncia, la pérdida o el menoscabo de cualquier derecho o acción que corresponda a YPFB CHACO en dichos documentosvirtud de este Contrato o conforme a las normas aplicables o a la equidad.
14.4 El CONTRATISTA no acordará con sus contratistas o subcontratistas dentro de sus contratos u órdenes de compra respectivos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar que los pagos en forma directa en las cajas del BANCOque efectúe el CONTRATISTA a sus contratistas, mediante subcontratistas o proveedores, estén condicionados a recibir el pago previo de YPFB CHACO (por ejemplo, no habrán cláusulas de “pagar cuando se haya recibido pago”).
14.5 YPFB CHACO podrá, a su solo criterio, retener el total o parte de cualquier suma que deba ser pagada al CONTRATISTA cuando sea necesario para YPFB CHACO prevenir o precautelarse de pérdidas eventuales u ocasionadas, a causa de:
(a) Trabajos defectuosos no subsanados.
(b) Reclamos o evidencias que indican que probablemente se registren reclamos.
(c) Presentarse la razonable certeza de que los Trabajos no se completarán hasta la fecha de entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con para el momento que deban finalizar los Trabajos de acuerdo al balance no pagado hasta ese momento. Por CONTRATISTA:
(d) Daños a cualquiera de los miembros del Grupo YPFB CHACO u otros, según se define este término más adelante.
(e) Montos adeudados o que pudieran adeudarse a YPFB CHACO por parte del CONTRATISTA.
(f) Incumplimiento en la conclusión de los Trabajos.
(g) Que YPFB CHACO considere que el BANCO suscriba convenios CONTRATISTA no ha cumplido con cualquiera de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇las cláusulas del Contrato.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇
(h) Cualquier otra obligación del CONTRATISTA dispuesta por el Contrato y/o que pueda de otra manera ser prevista, requerida o dispuesta por las leyes aplicables.▇▇▇.▇▇. La falta
14.6 En caso de pago oportunoque dichos montos sean retenidos por YPFB CHACO, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de estos se harán al CONTRATISTA puntualmente una vez que se hayan reparado y subsanado por completo las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse observaciones motivos de la retención.
14.7 Asimismo, las Partes reconocen que cualquier cargo que no esté estipulado en la moneda de financiamientoel Contrato o por una enmienda debidamente firmada, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagoserá rechazado.
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Sources: Master Services Agreement
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar Titular, a fin de pagar a Afirme las cantidades adeudadas, podrá optar por alguna de las siguientes opciones:
a) Saldo Deudor. - Pagar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago de cuotas mensualessaldo deudor del crédito, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo fecha ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ del último Periodo Mensual, y los seguros opcionales, que estará compuesto por la suma de: El saldo deudor del último Periodo Mensual se consignará en el estado de haber sido contratados por el Clientecuenta mensual (en lo sucesivo "SALDO NUEVO"). El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega En caso de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial Titular pague a Afirme el importe total del saldo deudor o total, de una cuota o más, generará "SALDO NUEVO" que hubiere a la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇fecha ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse del último Periodo Mensual, dentro del mismo Periodo Mensual o hasta la Fecha Límite de Pago señalada en el estado de cuenta mensual respectivo, Afirme no hará al Titular cargo alguno por concepto de intereses.
b) Pago mínimo mensual. - Pagar parcialmente el saldo deudor o "SALDO NUEVO" del último Periodo Mensual, liquidando la cantidad que como pago mínimo se señale en el estado de cuenta mensual correspondiente a más tardar en la moneda Fecha Límite de financiamiento, señalada Pago. En el supuesto indicado en la Solicitud; sin embargoel presente inciso, el BANCO aceptará Titular se obliga a pagar mensualmente a Afirme intereses ordinarios sobre el pago Saldo Promedio de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo disposiciones del crédito realizadas durante el Periodo Mensual de cambio compra vigente en la fecha de pagoque se trate.
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Sources: Contrato De Apertura De Crédito en Cuenta Corriente
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago Todos los Arrendamientos contemplan la realización de cuotas mensuales, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo pagos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇. Adicionalmente, se contempla la realización de pagos por concepto de monto por servicios y costos de conservación, mismos que se especifican en cada contrato específico de arrendamiento. Los pagos ▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ vigente y accesorios se realizan generalmente de manera mensual. Los pagos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ incluyen un componente de rendimiento financiero. Con respecto a los Arrendamientos Financieros y los Arrendamientos Operativos con opción a compra, al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a queterminación del mismo, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero caso que el Cliente le hubiese entregado arrendatario opte por cualquier conceptoadquirir el Equipo de Transporte, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que este deberá realizar el pago de las cuotas ▇una renta complementaria calculada conforme a lo indicado en el contrato de arrendamiento respectivo. Dicha renta complementaria es equiparable al pago del valor residual, en el entendido que el monto podrá ser distinto, ya que en el caso de Arrendamiento Operativos con opción a compra, se calculan conforme al valor ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ respectivo. Por otro lado, los Créditos originados por los Fideicomitentes contemplan pagos mensuales de intereses y de principal. Los Créditos se amortizan bajo un esquema de calendario de pagos con intereses. Adicionalmente, los Créditos pueden contemplar la realización de pagos por concepto de comisión por gastos de administración y una reserva para gastos, misma que se reembolsa al cliente, sin intereses, dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que el acreditado correspondiente haya efectuado el último pago y sujeto a que dicho acreditado haya cumplido con todas y cualesquiera de sus obligaciones bajo el contrato de crédito. El atraso en la realización de los pagos ▇▇ deberá realizarse ▇▇▇▇▇▇ o principal generan intereses moratorios calculados con base en la moneda fórmula contenida en los contratos que evidencian los Arrendamientos o Créditos. Los intereses moratorios típicamente se calculan anualmente sobre una base de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagotasa fija.
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Sources: Prospectus
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar Municipio se obliga a pagar al Banco, el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago de cuotas mensuales, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y monto dispuesto con base en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando más los intereses correspondientes, mediante amortizaciones mensuales integradas con pagos con el importe indicado perfil específico, predeterminados y consecutivos de principal, en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera un plazo de fecha, hasta [•] ([•]) meses contados a partir de ser el caso, y los seguros obligatoriosla única disposición, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado se establece en la Hoja Resumen y tabla de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente amortización que se acompaña al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a quepresente Contrato como Anexo 6, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta entendido que el pago de principal se realizará junto con los intereses correspondientes calculados sobre saldos insolutos, en cada Fecha de Pago. Se adjunta como Anexo 6, de manera ejemplificativa, la tabla de amortización considerando el monto total del Crédito, la cual será sustituida por la tabla de amortización que se adjunte a la Solicitud de Disposición, de acuerdo con el monto efectivamente dispuesto. Los pagos que el Municipio realice al Banco, directamente o a través del Fideicomiso, serán aplicados en el siguiente orden de prelación:
6.1 A los gastos en que haya incurrido el Banco para la recuperación del Crédito, más los impuestos que, en su caso, se generen conforme a las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá disposiciones fiscales vigentes.
6.2 A los intereses moratorios, más los impuestos que, en su caso, se generen conforme a las disposiciones fiscales vigentes.
6.3 A los intereses ordinarios vencidos y no pagados, más los impuestos que, en su caso, se generen conforme a las disposiciones fiscales vigentes.
6.4 Al principal vencido y no pagado.
6.5 A los intereses ordinarios, más los impuestos que, en su caso, se generen conforme a las disposiciones fiscales vigentes.
6.6 A la amortización de principal del Periodo de Pago correspondiente, y
6.7 A la amortización anticipada del principal, no vencido, en orden inverso al vencimiento de las amortizaciones respectivas, en el entendido que las cantidades pagadas tienen que ser suficientes para cubrir la mensualidad anticipada correspondiente, en términos de la Cláusula Séptima siguiente. Todos los pagos realizados por el Municipio al Banco conforme al presente Contrato o al Fideicomiso, deberán realizarse sin compensación o deducción de ninguna especie. Dichos pagos deberán ser realizados sin retención alguna respecto de cualesquiera impuestos, gravámenes, contribuciones, derechos, tarifas o cualesquier otras cargas, presentes o futuras, impuestas por cualquier autoridad gubernamental respecto de dichos pagos, así como cualesquier recargos, multas, actualizaciones u otros accesorios en la moneda relación con los pagos mencionados (conjuntamente, los “Impuestos”). En caso de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargoque se causen o se generen Impuestos sobre los pagos efectuados por el Municipio al Banco y, el BANCO aceptará resultado de lo anterior, sea incrementar el pago costo al Banco, reducir los ingresos a ser percibidos por el Banco o causar un gasto al Banco en relación con el presente Contrato y siempre y cuando dichos Impuestos:
(i) no se traten de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente impuestos federales; (ii) no hayan existido en la fecha de pagocelebración del presente Contrato; o (iii) no hayan sido consecuencia de la cesión del presente Contrato a favor de un tercero, el cual se encuentre sujeto a obligaciones fiscales más gravosas que las del Banco, el Municipio conviene en pagar el monto de dicho incremento en costo, reducción en ingresos o gasto adicional derivado de dichos impuestos a fin de que los pagos efectuados por el Municipio al Banco de conformidad con el presente Contrato o bajo el Fideicomiso, después de efectuar la retención o deducción de que se trate, no resulten inferiores al monto que el Municipio debe pagar al Banco en términos del presente Contrato o del Fideicomiso.
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PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago de cuotas mensuales7.3.1 Salvo estipulación expresa en contrario, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando Empresa pagará al Contratista el importe indicado adeudado en dichos documentosun plazo de 30 días subsiguientes a la recepción de la factura. La Empresa tiene derecho a deducir del pago:
(i) la parte del importe facturado que la Empresa notifique al Contratista como insuficientemente documentada o impugnada de otro modo, lo cual incluirá especificando los motivos; o
(ii) cualquier otro importe que el capitalContratista adeude a la Empresa, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera siempre que la Empresa tenga derecho a efectuar dichas deducciones de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web acuerdo con la legislación aplicable y/o establecimientos con los presentes términos. En el caso de facturas impugnadas, si posteriormente se establece que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la Empresa tenía la obligación de pagar una penalidad por pago fuera el importe deducido, la Empresa pagará intereses de fecha, según lo pactado demora sobre dicho importe de acuerdo con la Tasa Activa BNA para Descubiertos en Cuenta Corriente No Solicitados Previamente computados a partir del vencimiento indicado y hasta la efectiva acreditación de los fondos en la Hoja Resumen y cuenta del Contratista.
7.3.2 La Empresa tiene derecho a devolver las facturas que no cumplan los requisitos establecidos en el Contrato. La Empresa notificará a la otra parte antes de devolver facturas. Además, la Empresa tiene derecho a realizar deducciones de acuerdo con la legislación aplicable.
7.3.3 La Empresa deducirá de los pagos adeudados al Contratista en virtud del Contrato, los importes obligatorios a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al pagar conforme las normas de las autoridades estatales.
7.3.4 La propiedad de cualquier Objeto del Contrato se transmitirá a la Empresa en el momento de incumplimientola entrega, o cuando la misma Empresa abone el precio, si el pago se ha efectuado con anterioridad. Cuando la propiedad pase a la Empresa, el Objeto del Contrato estará libre de gravámenes distintos de aquellos de los que consta en la Hoja Empresa sea responsable.
7.3.5 El Contratista será responsable del pago de Resumen. El Banco imputará todos los pagos primero a penalidad por pago fuera impuestos, derechos, gravámenes, cargas y contribuciones (así como de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. sanciones correspondientes) de los que el Contratista sea responsable, fijados por cualquier autoridad gubernamental competente, y mantendrá indemne a la Empresa frente a todos los impuestos, derechos y otros costos de los que el Contratista sea responsable.
7.3.6 El CLIENTE autoriza al BANCO Contratista proporcionará a quela Empresa toda la información impositiva y demás información, en virtud a su facultad de compensación normada relación con las actividades realizadas en virtud del artículo 132° Contrato, que sea necesaria para permitir a la Empresa cumplir con los requisitos legales obligatorios establecidos por autoridades gubernamentales competentes.
7.3.7 El Contratista garantiza que conoce y cumplirá con todos los requisitos de presentación de informes a las autoridades en virtud de la Ley General del Sistema Financiero legislación aplicable relacionada con el Trabajo, lo que incluye, a título meramente enunciativo y Orgánica no limitativo, las autoridades de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagoadministración tributaria.
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Sources: General Conditions of Contract
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el La obligación del Fiduciario respecto del pago de cuotas mensualescada uno de los Títulos y Certificados es una obligación de dar cantidades de cosas en los términos del artículo 606 y siguientes del Código Civil. Ello así, en razón de que cada pago respecto de tales Títulos y Certificados será efectuado mediante la oportunidad prevista entrega de Terneros, conforme se los caracteriza en el Anexo I al presente. Cada una de las Series emitidas será independiente. Para la cancelación de los Títulos de Deuda y Certificados de Participación de una determinada Serie se aplicarán los ingresos generados a partir de los Contratos de Capitalización suscriptos sobre la Hacienda obtenida a partir de la integración de cada Serie. La entrega de los Terneros a los titulares de Títulos de Deuda y Certificados de Participación se efectuará en la Hoja Resumen balanza pública más cercana al campo del Productor, a elección de éste, lugar que oportunamente será previsto en cada Contrato de Capitalización. El Operador del Fideicomiso podrá ofrecer el servicio de venta de Terneros a los Beneficiarios que se lo requieran. En tales casos, las ventas se realizarán por cuenta y orden de los Beneficiarios y en el Cronograma de Pagos las condiciones que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Clientepudieren acordar. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega Fiduciario y el Fideicomiso no tendrán responsabilidad alguna por esta gestión de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web venta y/o establecimientos con sus resultados. Si habiendo sido debidamente informados, los Beneficiarios no retiraran los Terneros que en cada caso corresponda, el BANCO suscriba convenios Organizador podrá disponer la venta de recaudaciónlos mismos por su cuenta y orden, debiendo en tales casos transferirse a los Beneficiarios las sumas obtenidas por la venta, netas de los gastos que resulten aplicables. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta Desde la salida de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fechabalanza pública, los gastos de traslado de los Terneros ya pesados por el Productor, correrán exclusivamente por cuenta de cada Beneficiario. Contra la entrega de los Terneros por cada pago efectuado bajo los Títulos y comisionesCertificados, luego cada Beneficiario suscribirá un recibo dando conformidad por lo percibido. Todas las notificaciones deberán ser realizadas de acuerdo con el procedimiento previsto en la Cláusula 19.1. Por los saldos que surjan de la entrega de Terneros, el Fideicomiso no amortizará el capital correspondiente a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagodecimales.
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Sources: Fideicomiso Financiero
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado pago se efectuará en Moneda Nacional, dentro de los 30 días naturales posteriores a la entrega por el BANCO mediante el pago parte del proveedor, de cuotas mensualeslos siguientes documentos: Original y copia de la factura que reúna los requisitos fiscales respectivos, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen que se indique los bienes entregados y en el Cronograma número de Pagos contrato que forman parte integrante del presente Contratoamparan dichos bienes, cancelando sellada por el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo área ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través acta(s) de entrega – recepción que acredite en su caso el cumplimiento de la instalación, capacitación y puesta en operación de los canales electrónicosbienes, páginas web y/o establecimientos con los mismos que deberán ser entregados en el BANCO suscriba convenios Departamento de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.presupuestos, contabilidad y erogaciones, ubicado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda ▇▇▇▇ No. 803, Col. Reforma, Oaxaca de financiamientoJuárez, señalada en la Solicitud; sin embargoOax. En horario de 9:00 a 13:00 horas En caso de que el proveedor presente su factura con errores o deficiencias, el BANCO aceptará plazo de pago se ajustará en términos del artículo 62 del Reglamento. El proveedor podrá optar porque el Instituto efectúe el pago de los bienes suministrados a través del esquema electrónico intrabancario, que el IMSS tiene en operación con las instituciones bancarias siguientes: BBVA Bancomer S. A. Banamex, S.A., Banorte, S.A. y Scotiabank Inverlat, S.A., para tal efecto deberá presentar en Departamento de tesorería ubicado ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ No. 803, Col. Reforma, Oaxaca de Juárez, Oax. En el horario de 9:00 a 13:00 horas de Lunes a Viernes , petición escrita indicando: razón social, domicilio fiscal, número telefónico y fax, nombre completo del apoderado legal con facultades de cobro y su firma, número de cuenta de cheques, sucursal y plaza, así como, número de proveedor asignado por el IMSS. Anexo a la solicitud deberá el proveedor, presentar original y copia de la cédula del Registro Federal de Contribuyentes, Poder Notarial e identificación oficial; los originales se solicitan únicamente para cotejar los datos y les será devueltos en el mismo acto. Los proveedores en su caso podrán solicitar que apliquen las cuentas por liquidar a su cargo, liquidas y exigibles, contra los adeudos que, en su caso, tuviera por concepto de cuotas obrero patronales, conforme a lo previsto en Dólares Americanosel artículo 40 B, de la Ley del Seguro Social. Los proveedores que entreguen bienes al tipo Instituto, y que celebren contratos de cambio compra vigente en la fecha cesión de pagoderechos de cobro a través del factoraje financiero, deberán notificarlo al Instituto, con un mínimo de 5 (cinco) días naturales anteriores a su vencimiento, entregando invariablemente una copia de los contra-recibos cuyo importe se cede, además de los documentos sustantivos de dicha cesión. El pago de los bienes quedará condicionado proporcionalmente al pago que el proveedor deba efectuar por concepto ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales.
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Sources: Licitación Pública Internacional
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar TARJETAHABIENTE se obliga a pagar a EL EMISOR en la moneda, forma y fecha indicadas en el Préstamo otorgado estado de cuenta, lo siguiente:
a. El importe derivado de los usos de la tarjeta en los comercios y cajeros afiliados,dentro o fuera del territorio nacional, en caso de que la tarjeta tenga uso internacional.
b. Los cargos previstos en este contrato y/o en sus anexos.
c. Intereses corrientes, descritos en la presente cláusula y en la cláusula XXXIV del presente contrato así como sus anexos
d. Intereses moratorios, descritos en la presente cláusula y en la cláusula XXXIV así como sus anexos.
e. Los cargos por membresías y reposiciones de tarjetas, tanto de titulares como de adicionales y sus reposiciones por deterioro, pérdida y/o robo según se detalla en la cláusula XXXIV del presente contrato.
e.1. Por cheque devuelto, corresponde al cargo que efectuará el emisor en caso que el cheque con el que se reciba el pago o amortización a la tarjeta, que se indican en la cláusula XXXI.
f. Los cargos por gestiones de cobro administrativo que realice EL EMISOR, los cuales se efectuarán según el plazo de la ▇▇▇▇ del TARJETAHABIENTE sea de 30 días, 60 días, 90 días ó 120 días ó más, según se indica en la cláusula XXX de este contrato.
g. El costo de las consultas que se originen por transacciones efectuadas, tanto en territorio nacional como en el exterior.
h. Una comisión fijada por EL EMISOR cuando en cualquier momento el saldo del TARJETAHABIENTE presente sobregiro del límite de crédito, y que podrá cobrarse por el BANCO mediante el pago de cuotas mensualessólo hecho del sobregiro, en aún cuando a la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo fecha ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ el sobregiro no se mantenga.
i. Comisiones o tributos que establezcan en el futuro la franquiciante de la marca Visa Internacional o cualquier autoridad política, y administrativa o jurisdiccional competente.
j. Cargos por comisiones por compras, retiros o avances de efectivo, que comprende las siguientes:
j.1. Cargos o comisiones por adelanto de efectivo: la comisión que cobra el emisor por los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los retiros que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado TARJETAHABIENTE realice en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇República ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse Rica o fuera de ella según lo establecido en el tarifario vigente a la moneda fecha.
j.2. Tasación por Servicio Internacional, (Cuota ISA), será aquella comisión establecida en el tarifario vigente al momento de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagotransacción.
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Sources: Credit Line Agreement
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante 13.1 YPFB CHACO hará efectivo el pago de cuotas mensualesla facturación al CONTRATISTA a los 30 Días de recibida la factura, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y cuenta que se especifica en el Cronograma Anexo “C” del Contrato.
13.2 En el caso de Pagos que forman parte integrante del presente ContratoYPFB CHACO objete una factura, cancelando YPFB CHACO deberá pagar el importe indicado porcentaje de la factura que no fue objetado y notificará al CONTRATISTA, sobre los ítems que no cuentan con su aprobación.
13.3 El pago que realiza YPFB CHACO no presume la aceptación de que la facturación sea correcta y el pago no representa la renuncia, la pérdida o el menoscabo de cualquier derecho o acción que corresponda a YPFB CHACO en dichos documentosvirtud de este Contrato o conforme a las normas aplicables o a la equidad.
13.4 El CONTRATISTA no acordará con sus contratistas o subcontratistas dentro de sus contratos u órdenes de compra respectivos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar que los pagos en forma directa en las cajas del BANCOque efectúe el CONTRATISTA a sus contratistas, mediante subcontratistas o proveedores, estén condicionados a recibir el pago previo de YPFB CHACO (por ejemplo, no habrán cláusulas de “pagar cuando se haya recibido pago”).
13.5 YPFB CHACO podrá, a su solo criterio, retener el total o parte de cualquier suma que deba ser pagada al CONTRATISTA cuando sea necesario para YPFB CHACO prevenir o precautelarse de pérdidas eventuales u ocasionadas, a causa de:
(a) Servicios defectuosos no subsanados.
(b) Reclamos o evidencias que indican que probablemente se registren reclamos.
(c) Presentarse la razonable certeza de que los Servicios no se completarán hasta la fecha de entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con para el momento que deban finalizar los Servicios de acuerdo al balance no pagado hasta ese momento.
(d) Daños a cualquiera de los miembros del Grupo YPFB CHACO u otros, según se define este término más adelante.
(e) Montos adeudados o que pudieran adeudarse a YPFB CHACO por parte del CONTRATISTA.
(f) Incumplimiento en la conclusión de los Servicios.
(g) Que YPFB CHACO considere que el BANCO suscriba convenios CONTRATISTA no ha cumplido con cualquiera de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇las Cláusulas del Contrato.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇
(h) Cualquier otra obligación del CONTRATISTA dispuesta por el Contrato y/o que pueda de otra manera ser prevista, requerida o dispuesta por las leyes aplicables.▇▇▇.▇▇. La falta
13.6 En caso de pago oportunoque dichos montos sean retenidos por YPFB CHACO, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de estos se harán al CONTRATISTA puntualmente una vez que se hayan reparado y subsanado por completo las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse observaciones motivos de la retención.
13.7 Asimismo, las Partes reconocen que cualquier cargo que no esté estipulado en la moneda de financiamientoel Contrato o por una enmienda debidamente firmada, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagoserá rechazado.
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Sources: Contract for Technical Services
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado La convocante realizará los pagos de los servicios objeto de esta invitación, de conformidad con los costos ofertados por el BANCO mediante licitante ganador y contra entrega de los servicios requeridos por el pago de cuotas mensuales, área usuaria. Dichos pagos se realizarán en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo apego al programa ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ PRODUCTIVAS, por lo que el monto se pagará en moneda nacional, y se harán posteriores a la aceptación del CFD (Comprobante Fiscal Digital), con el respectivo archivo xml, a entera satisfacción del COLPOS, de conformidad con lo establecido en la Ley, siempre que cumplan con los requisitos fiscales correspondientes. En caso que el CFD y/o documentación anexa, presente errores, se suspenderá su revisión y se devolverá la documentación al proveedor para que sea corregida y la presente posteriormente para reiniciar el trámite de pago, cuyo plazo para realizarse se computará a partir de la fecha de la presentación de la información corregida. Una vez cumplido lo anterior, el pago se realizará mediante cheque o transferencia bancaria, a más tardar dentro de los veinte (20) días naturales contados a partir de la fecha de la entrega de la factura respectiva, previa entrega de la totalidad de los servicios en los términos del contrato, conforme a lo estipulado en el artículo 51 de la Ley. Los trámites relativos se efectuarán en el Departamento de Adquisiciones y Contratos, ubicado en el primer nivel del Edificio ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, con domicilio en el Km. 36.5 de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en la ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇-▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇.▇. ▇▇▇▇▇. El pago de los servicios quedará condicionado proporcionalmente al pago que el proveedor deba efectuar (en su caso) por concepto ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales. Lo anterior, sin perjuicio de que el Colegio de Postgraduados pueda proceder al cobro de las penas convencionales previo al pago correspondiente o descuento de la moneda penalización, conforme a lo estipulado en el contrato. El proveedor podrá ceder en forma parcial o total en favor de financiamientocualquiera otra persona física o moral los derechos de cobro derivados del contrato, señalada en la Solicitud; sin embargoprevio consentimiento por escrito del representante legal del Colegio de Postgraduados. En virtud de que el Colegio de Postgraduados está incorporado al Programa ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, el BANCO aceptará proveedor podrá ceder sus derechos de cobro a favor de un Intermediario Financiero que esté incorporado a la Cadena Productiva del Colegio de Postgraduados mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, de lo anterior deberán atender lo establecido en el pago ANEXO INFORMATIVO 8 de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagopresente convocatoria.
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PAGOS. 6.1 El CLIENTE deberá cancelar Suscriptor se obliga a pagar al Proveedor los cargos que se generen por los bienes y los Servicios desde la fecha en que comience su prestación, así como los Servicios Adicionales que posteriormente contrate con el Préstamo otorgado por Proveedor; cualquier cargo administrativo derivado del cumplimiento del presente Contrato; también de los Servicios de Terceros que el BANCO mediante el pago Suscriptor haya consentido con cargo a su Factura. Cualquier cargo del Servicio inicia a partir de cuotas mensuales, la fecha en la oportunidad prevista en que efectivamente inició la Hoja Resumen prestación del Servicio. El Suscriptor acepta que puede existir un desfase de tiempo entre el momento del uso efectivo de determinado Servicio prestado mediante terceros y en el Cronograma que aparece reflejado en su Factura, por lo que dicho cargo podrá ser realizado en un plazo no mayor a tres ciclos de Pagos facturación.
6.2 El Proveedor enviará de manera mensual al Suscriptor a su domicilio o correo electrónico proporcionado, si así lo acepta el consumidor, con por lo menos 10 (diez) días naturales antes de la Fecha Límite de Pago, una Factura la cual incluye un Estado de Cuenta en el que forman parte integrante del presente Contratose detallan los Servicios efectivamente utilizados, cancelando el importe indicado en dichos documentoscorrespondientes al Ciclo de Facturación anterior, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo la Fecha ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados el monto adeudado por el ClienteSuscriptor, la Renta, el monto adeudado por el Equipo Provisto, el Cargo Mensual por Equipo, si es aplicable Servicios de Terceros y demás conceptos facturables, la Fecha Límite de Pago, lugares de pago y formas de pago, entre otros datos. El CLIENTE Proveedor podrá realizar los pagos poner a disposición del Suscriptor la Factura para su consulta de manera gratuita en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web la aplicación que para tal efecto cree y/o establecimientos con en el sitio web que indique al Suscriptor por lo menos 10 (diez) días naturales antes de la Fecha Límite de Pago de los servicios contratados. El hecho de que el BANCO suscriba convenios Suscriptor no reciba la Factura por cuestiones ajenas al Proveedor no libera al mismo de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fechalos Servicios dentro de la Fecha Límite de Pago establecida al efecto, según lo pactado siendo su responsabilidad solicitar su saldo en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado un TDA, llamando al ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ vigente ▇▇▇ o en cualquier otro medio electrónico o aplicación que haga disponible el Proveedor y efectuar el pago oportuno del mismo.
6.3 Todos los cargos aplicables deberán ser pagados por el Suscriptor a más tardar en la Fecha Límite de Pago, salvo aquellos cargos que deberán ser pagados al momento de incumplimiento, la misma que consta contratación de los Servicios y las recargas de saldo cuando apliquen.
6.4 Cuando el Suscriptor no haya liquidado el pago de la Factura en la Hoja Fecha Límite de ResumenPago, siempre y cuando se haya agotado el monto dejado en garantía de cumplimiento, según sea el caso el Proveedor podrá (i) suspender la prestación de los Servicios, (ii) exigir en una sola exhibición el pago total del adeudo, y/o (iii) restringir remotamente algunas funcionalidades técnicas del Equipo Provisto en el caso de adeudo de Equipo Provisto. Esta restricción no se considerará una falla del Servicio ni defecto del Equipo Provisto y será eliminada en un plazo no mayor a 24 (veinticuatro) horas a que se realice el pago de los adeudos pendientes. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera Suscriptor podrá consultar su saldo de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a queforma gratuita en el TDA, en virtud los teléfonos que se detallan en la Carátula y en su Factura o a su facultad de compensación normada través del portal que indique el Proveedor, así como en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero aplicación que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, Proveedor haga disponible para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigiblestal efecto. En atención a lo señalado Durante la suspensión del Servicio establecida en el párrafo anterior, el BANCO comunicará Suscriptor no deberá cubrir servicios no prestados, se continuará con posterioridad el cobro del Costo Mensual por Equipo, cuando sea aplicable, y el Proveedor podrá realizar el cobro por reconexión equivalente al CLIENTE las razones que motivaron 20% del monto de la adopción Renta del Plan Tarifario contratado. En caso de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago Servicio se haya suspendido y el Suscriptor pague los adeudos pendientes, el Proveedor reiniciará la prestación de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ los Servicios en un plazo no mayor a 24 (veinticuatro) horas.
6.5 El Suscriptor deberá realizarse reportar al TDA o al CAT cualquier cargo en la moneda Factura que no reconozca dentro del plazo de financiamiento2 (dos) ciclos de facturación, señalada contados a partir de la Fecha Límite de Pago. En caso de que la reclamación hecha por el Suscriptor conforme a lo establecido en la Solicitud; sin embargoel presente Contrato sea procedente, el BANCO aceptará Proveedor deberá efectuar la compensación a través de la devolución de los cargos que realice de forma indebida a su Factura, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes, además de abonar al Suscriptor una bonificación de por lo menos 20% a su favor, realizando el pago ajuste correspondiente en su Factura en el siguiente Ciclo de las cuotas Facturación. Los términos anteriores serán sin perjuicio del derecho del Suscriptor de interponer ante PROFECO su queja en Dólares Americanos, al tipo contra del Proveedor para reclamar el cargo indebido en el término de cambio compra vigente en la fecha de pagoun año.
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Sources: Contrato De Prestación De Servicios en Materia De Telecomunicaciones
PAGOS. EL TARJETAHABIENTE se obliga a pagar al menos, el Pago Mínimo en cada moneda presentado en el Estado de Cuenta. Cuando el Titular opte por realizar el Pago Mínimo, está aceptando el financiamiento que LA TARJETA de Crédito le ofrece a través y por efecto de este contrato, sin perjuicio de que EL EMISOR pueda excluir del sistema de financiamiento determinados bienes y/o servicios, según manifieste en forma expresa. El CLIENTE pago mínimo se construye de la siguiente manera: Se toma el Saldo Capital al corte anterior, se suma las compras y retiros de efectivo y se resta los abonos al capital, este resultado se divide entre el Plazo en meses, el resultado de esta división se suma los Intereses, más los importe vencidos, más el sobregiro más los Débitos No Financiables, más las cuotas de los Intrafinanciamientos o extrafinanciamientos = Pago Mínimo. En caso de que el Titular no opte por el financiamiento de las compras del periodo, deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el rubro identificado como “Pago de Contado” Este pago no incluye los intereses corrientes del período con respecto a los consumos realizados durante ese mismo período. El pago de cuotas mensuales, en contado se determina de la oportunidad prevista en siguiente forma: Saldo del principal adeudado a la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo fecha ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ del estado de cuenta, más los intereses de financiamiento y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web comisiones y/o establecimientos con cargos cuando correspondan, las cuotas correspondientes a intrafinanciamientos y extrafinanciamientos, si los que el BANCO suscriba convenios hubiere, gastos de recaudacióncobranza, recargos y cualquier otro cargo no financiable. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La Ante la falta de pago oportunooportuno del pago mínimo establecido en el estado de cuenta, parcial EL EMISOR queda facultado para cobrar intereses moratorios y para dar por vencida y exigible la totalidad de la obligación, así como cuando EL TARJETAHABIENTE incumpla cualquiera de las obligaciones impuestas en el presente contrato. La decisión u omisión de EL EMISOR de no cobrar intereses moratorios, o total, alguno de los cargos y comisiones establecidos no implica en modo alguno una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud renuncia a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Bancalegítimo derecho, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que por lo cual el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra mismo se mantendrá vigente en la fecha tanto existan saldos de pagocapital o consumos de EL TARJETAHABIENTE que justifiquen su cobro en estados de cuenta posteriores.
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Sources: Apertura De Línea De Crédito, Emisión Y Uso De Medios De Pago
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago de cuotas mensuales, Las Parcialidades están indicadas en la oportunidad prevista en tabla de amortización, EL ACREDITADO Y GARANTE HIPOTECARIO pagará a LA CAJA la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos parcialidad que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como corresponda a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pago:
a) Mediante depósito en efectivo que se haga dentro de las instalaciones de LA CAJA cuyo domicilio es del dominio y conocimiento pleno de EL ACREDITADO Y GARANTE HIPOTECARIO, o transferencia interbancaria previamente autorizada por el funcionario designado de LA CAJA.
b) LA CAJA por cada pago realizado extenderá a favor de EL ACREDITADO Y GARANTE HIPOTECARIO un recibo de pago que deberá estar debidamente firmado por los funcionarios autorizados y tener el sello de LA CAJA.
c) LA CAJA deberá efectuar el registro del pago en la libreta de control que para tal efecto le otorgue a EL ACREDITADO Y GARANTE HIPOTECARIO.
d) La fecha límite de pago se indican en la tabla de amortización en la cual EL ACREDITADO Y GARANTE HIPOTECARIO podrá consultarla. Cuando la fecha límite de pago sea en día inhábil, el pago correspondiente deberá hacerse el día hábil siguiente sin que proceda el cobro de intereses moratorios.
e) Se manifiesta que durante la vigencia del crédito no se pueden establecer nuevas comisiones, incrementar su monto, ni modificar las tasas de interés, salvo el caso de restructuración previo consentimiento de EL ACREDITADO.
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Sources: Contrato De Crédito
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO Banco tendrá a su cargo informar a los tenedores de Obligaciones Negociables Clase E mediante el pago de cuotas mensuales, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y publicación en el Cronograma sitio web de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇la CNV (▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta ▇.▇▇), en el BYMA, a través del Boletín Diario de la BCBA, en virtud del ejercicio de la facultad delegada por BYMA a la BCBA y en el Boletín Electrónico del MAE, de un aviso de pago oportunode servicios, parcial o totallos importes a ser abonados bajo las Obligaciones Negociables Clase E en cada fecha en que corresponda realizar un pago bajo éstas, discriminando los conceptos. El aviso de pago de servicios se publicará con al menos cinco Días Hábiles de anticipación a la fecha prevista para el pago en cuestión. Los pagos de capital, intereses, montos adicionales y/u otros montos adeudados en virtud de las Obligaciones Negociables Clase E serán efectuados por el Emisor mediante transferencia electrónica de los montos correspondientes a la cuenta que indique Caja de Valores, como depositaria del certificado global, de una cuota manera que esté disponible para su acreditación en las cuentas y/o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fechasubcuentas, según lo pactado en la Hoja Resumen y sea el caso, de los tenedores de las Obligaciones Negociables Clase E con derecho a cobro, de acuerdo a lo señalado la posición existente en el registro de tenedores de las Obligaciones Negociables Clase E llevado por Caja de Valores al cierre del Día Hábil inmediato anterior a la fecha correspondiente a cada vencimiento. Si cualquier día de pago de cualquier monto bajo las Obligaciones Negociables Clase E no fuera un Día Hábil, dicho pago será efectuado en el Día Hábil inmediatamente posterior. Cualquier pago adeudado bajo las Obligaciones Negociables Clase E efectuado en dicho Día Hábil inmediatamente posterior tendrá la misma validez que si hubiera sido efectuado en la fecha en la cual vencía el mismo, y no se devengarán intereses durante el período comprendido entre dicha fecha y el Día Hábil inmediato posterior, estableciéndose, sin embargo, que si la Fecha de Vencimiento fuera un día inhábil, se devengarán intereses durante el período comprendido entre dicha fecha y el Día Hábil inmediato posterior. “Día Hábil” significa cualquier día que no sea ▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta o cualquier otro día en el cual los bancos comerciales en la Hoja Ciudad Autónoma de Resumen. El Banco imputará Buenos Aires y/o los pagos primero mercados de valores autorizados estuvieran autorizados o requeridos por las disposiciones legales vigentes a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a cerrar o que, de otra forma, no estuvieran abiertos para operar o tuvieran alguna restricción para operar dispuesta por el BCRA. Ley Aplicable. Todas las cuestiones relacionadas con las Obligaciones Negociables Clase E se regirán por, y deberán serán interpretadas exclusivamente de conformidad con, las leyes de la Argentina. Jurisdicción. Toda controversia que se suscite entre el Banco por un lado, y los obligacionistas, por otro lado, en relación a las Obligaciones Negociables Clase E (incluyendo, sin limitación, sobre la existencia, validez, calificación, interpretación, alcance o cumplimiento de las Obligaciones Negociables Clase E), será resuelta por el Tribunal de Arbitraje General de la BCBA en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica delegación de facultades otorgadas por el BYMA a la BCBA en materia de constitución de Tribunales Arbitrales, o el tribunal arbitral que en el futuro lo reemplace, de conformidad con el Artículo 46 de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse de Capitales. No obstante lo anterior, los inversores tendrán el derecho de optar por acudir a los tribunales judiciales competentes a los que también podrá acudir el Emisor en la moneda de financiamiento, señalada caso que dichos tribunales arbitrales cesen en la Solicitud; sin embargo, sus funciones y no sean reemplazados por un tribunal arbitral permanente perteneciente a otro mercado. La sentencia que dicte el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagotribunal arbitral correspondiente se encontrará sujeta a los recursos que se encuentren disponibles.
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Sources: Obligaciones Negociables
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar importe del contrato será pagado en una sola exhibición con recursos de CFE, contra recepción de los entregables y dentro de los 15 días naturales posteriores a la aceptación de la factura, momento a partir del cual se hará exigible la obligación de pago. El pago a los proveedores se realizará, preferentemente, vía transferencia electrónica de fondos o depósito en cuenta de cheques, por lo que los licitantes podrán optar por alguna de estas formas de pago, solicitando a CFE, mediante el Préstamo otorgado por llenado del formato del anexo 25, su inclusión en el BANCO mediante sistema de pago interbancario o depósito en cuenta de cheques, para lo cual indicarán la institución bancaria y el número de cuenta a la que requieren se establezca el pago de cuotas mensualeslas obligaciones derivadas de los contratos; la misma podrá ser modificada a petición del proveedor, siempre y cuando dicha modificación se solicite al área de finanzas a más tardar en la fecha de entrega de la factura correspondiente. En caso de que el pago se realice mediante transferencia bancaria, porque así lo haya solicitado el proveedor, CFE no asume ninguna responsabilidad por el tiempo que se tomen las instituciones bancarias en realizar la transferencia. Los proveedores podrán solicitar a CFE la condición de pronto pago, misma que operará en caso de existir disponibilidad presupuestaria y calendarios autorizados, y la aceptación, del propio proveedor del descuento a efectuar en la factura por el adelanto en el pago con relación a la fecha pactada. El proveedor deberá solicitar esta condición por escrito, una vez que se realice la entrega y se presente el documento o la factura en la que se refleje el descuento por el pronto pago o aceptará, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el su caso, el descuento que determine la Gerencia de Operación Financiera a su solicitud. El proveedor debe presentar las facturas para su autorización, revisión y los seguros obligatorios, según tipo trámite de pago en ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇. ▇▇▇, ▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇, Delegación Xochimilco; ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇.▇. ▇▇▇▇▇ de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 horas. En el caso de que las facturas entregadas por los proveedores para su pago, presenten errores o deficiencias, CFE, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, regresará las facturas al proveedor, indicando las deficiencias que deberá realizarse corregir. Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el proveedor, éste debe reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme a la moneda tasa de financiamientointerés que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de las cuotas créditos fiscales. Con la finalidad de evitar contratiempos, pérdida de materiales o documentos, los licitantes ganadores, se abstendrán de utilizar el servicio de mensajería para la entrega de los bienes en Dólares Americanoslos diferentes Almacenes de la División ▇▇▇▇▇ de México Sur., al tipo considerando para ello lo necesario en sus respectivas propuestas. De igual forma, lo mismo procederá para el caso de cambio compra vigente entrega de facturación a cobro en los diferentes centros de pagos de la División ▇▇▇▇▇ de México Sur. Ante la omisión por parte de los licitantes a esta condición de convocatoria, la Comisión Federal de Electricidad, no es responsable de la pérdida de bienes, documentación o tiempo perdido en la fecha gestión de pagolos trámites para entrega de bienes o documentación por parte de los licitantes ganadores.
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Sources: Invitation to Bid
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar Acreditado se obliga a pagar a Crédito Familiar, sin necesidad de requerimiento, notificación o aviso previo alguno, por cualquiera de los medios establecidos en la Cláusula Octava, los siguientes conceptos en moneda nacional:
(i) Principal Dispuesto: el Préstamo otorgado monto del Crédito dispuesto, el cual será pagadero mediante amortizaciones
(ii) Intereses: ordinarios y moratorios. La tasa de interés ordinaria anual aplicable será una tasa fija de % ( por ciento) y; La tasa de interés moratoria anual aplicable será una tasa fija de % ( por ciento). El saldo insoluto de la disposición del Crédito, devengará intereses ordinarios, los cuales se calcularán multiplicando el monto del saldo insoluto por la tasa de interés aplicable. Ésta se obtendrá de multiplicar el número de días efectivamente transcurridos que comprenda el Periodo de Intereses por el BANCO mediante resultado de la división de la tasa de interés ordinaria anual, entre trescientos sesenta (360). Para efectos del presente Contrato se entenderá por Periodo de Intereses, el pago de cuotas mensualeslapso con base en el cual se calcularán los intereses que devengue el saldo insoluto del Crédito, en la oportunidad prevista el entendido de que (i) el primer Periodo de Intereses comenzará en la Hoja Resumen fecha de disposición del Crédito (en términos de lo señalado en la Cláusula Tercera de este Contrato) y terminará el día que se señale en el Cronograma la Carátula del Contrato como fecha ▇▇ ▇▇▇▇▇ (en adelante “Primer Periodo de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, Intereses” y los seguros obligatorios, según tipo “Fecha ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇” respectivamente), (ii) los Periodos de Intereses subsecuentes comenzarán a computarse a partir del día siguiente del Periodo de Intereses inmediato anterior y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado terminarán en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇Fecha ▇▇ ▇▇▇▇▇ siguiente; pudiendo el Acreditado consultar la fecha de cálculo de cada periodo de intereses en el Estado de Cuenta del Crédito. Para efectos del presente Contrato, la Fecha ▇▇ ▇▇▇▇▇ deberá realizarse es la que se indica en la moneda Carátula de financiamientoeste Contrato. Los intereses ordinarios serán pagaderos por cada Periodo de Intereses, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará las mismas fechas establecidas para el pago de las cuotas principal, con la periodicidad descrita, en Dólares Americanosel entendido de que para efectos del cálculo de intereses, siempre se tomarán como base Periodos de Intereses de días efectivamente transcurridos, conforme al tipo párrafo inmediato anterior. Los intereses moratorios se generarán en caso de cambio compra vigente que el Acreditado no pague en tiempo y forma a Crédito Familiar el importe del principal, exigible en su fecha de vencimiento respectiva conforme al presente Contrato, en cuyo caso, el importe del principal no pagado devengará intereses moratorios desde la fecha de pagosu vencimiento y hasta la fecha en que quede totalmente pagada, conforme a lo siguiente: Con fundamento en el artículo 87-I de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, las partes pactan que los intereses se capitalizarán de la siguiente forma: en caso ▇▇ ▇▇▇▇ en el pago puntual de cada amortización del Crédito, los intereses moratorios se generarán, sobre la base del importe del capital de la cantidad vencida y no pagada y los intereses ordinarios vencidos no pagados correspondientes capitalizándose e incrementándose así el capital y por tanto la base de cálculo de los intereses moratorios. Los intereses moratorios se calcularán multiplicando el monto de los conceptos indicados capitalizados por la tasa de interés aplicable. Ésta se obtendrá de multiplicar el número de días que comprenda la ▇▇▇▇ por el resultado de la división de la tasa de interés moratoria anual, entre trescientos sesenta (360). Los intereses moratorios serán pagaderos a la vista, sin perjuicio de que Crédito Familiar dé por vencido anticipadamente el plazo otorgado para el pago del Crédito y de las cantidades adeudadas con fundamento en el presente Contrato, caso en el cual, a partir de la fecha del vencimiento anticipado, los intereses moratorios se generarán sobre el saldo insoluto de principal y los intereses ordinarios capitalizados. Todos los intereses ordinarios y moratorios previstos en el presente Contrato, serán calculados sobre la base de un año de 360 (trescientos sesenta) días. Los intereses ordinarios se cobrarán tomando en cuenta los días efectivamente transcurridos del Periodo de Intereses correspondiente. Los intereses moratorios se cobrarán tomando en cuenta los días efectivamente transcurridos desde la fecha de incumplimiento en el pago y hasta que éste se haya realizado en su totalidad. El pago de los intereses no podrá ser exigido por adelantado, sino únicamente por períodos vencidos. El Acreditado podrá consultar las Fechas ▇▇ ▇▇▇▇▇ en los Estados de Cuenta, para efectos del cómputo de intereses.
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PAGOS. El REV 11 / 23 ▇▇ ▇▇▇▇▇ DE 2019
5.1. EL CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago de cuotas mensualespagará la suma a su cargo, a más tardar, en la oportunidad prevista fecha de pago indicada y en los lugares habilitados para dicho efecto y por los medios y mecanismos determinados por EL BANCO.
5.2. Cuando EL CLIENTE desee acogerse al crédito diferido que le conceda EL BANCO deberá cancelar por lo menos el valor mínimo que para tal efecto se indique en el estado de cuenta, el cual no podrá ser inferior al indicado en las disposiciones legales. En consecuencia, si oportunamente no cancela la cuota correspondiente, EL BANCO le podrá exigir el pago total a su cargo, junto con los intereses ▇▇ ▇▇▇▇, corrientes y cualquier otra suma que se liquide a las tasas que para estos efectos establezca EL BANCO, dentro de los límites permitidos por la autoridad competente y por la ley, así como los valores por concepto de servicios establecidos en la Hoja Resumen y Cláusula 7.
5.3. Cuando EL CLIENTE desee acogerse al crédito diferido que le conceda EL BANCO deberá cancelar por lo menos el valor mínimo que para tal efecto se indique en el Cronograma estado de Pagos que forman parte integrante del presente Contratocuenta, cancelando el importe cual no podrá ser inferior al indicado en dichos documentoslas disposiciones legales. En consecuencia, lo cual incluirá si oportunamente no cancela la cuota correspondiente, EL BANCO le podrá exigir el capitalpago total a su cargo, junto con los intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇, corrientes y cualquier otra suma que se liquide a las tasas que para estos efectos establezca EL BANCO, dentro de los límites permitidos por la autoridad competente y por la ley, así como los valores por concepto de servicios establecidos en la Cláusula 7.
5.4. El pago por la utilización del cupo de crédito con la Tarjeta en moneda extranjera (I) no podrá diferirse a un plazo superior a veinticuatro (24) meses mediante cuotas sucesivas mensuales, sin perjuicio de lo que en el futuro disponga EL BANCO y (II) Las compras realizadas en el exterior con Tarjetas de Crédito MasterCard emitidas por Banco ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionalesse liquidarán por la franquicia respectiva, realizando la conversión de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega la moneda original de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como la transacción a través dólares de los canales electrónicosEstados Unidos de América. Luego dicha suma será convertida a la moneda legal colombiana a la tasa de conversión utilizada por Redeban Multicolor S.A. o la red que haga sus veces. Dichas conversiones varían dependiendo de algunos factores como son: tasa de compra, páginas web tasa de conversión, tasa de apertura ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y tasa de negociación de la divisa, entre otros.
5.5. La utilización de la Tarjeta en moneda legal colombiana se diferirá en cuotas mensuales en los plazos autorizados que indique EL CLIENTE en el comprobante de utilización, las cuales no podrán exceder los plazos máximos señalados por EL BANCO o por autoridad competente. Si EL CLIENTE no lo señala, el pago de las utilizaciones no serán diferidas, sin perjuicio de los que en el futuro disponga EL BANCO y/o establecimientos con los de lo que establezcan las disposiciones legales aplicables.
5.6. Los pagos realizados por EL CLIENTE serán aplicados en el BANCO suscriba convenios orden que se señala a continuación: • Gastos de recaudación. La información sobre éstos últimos cobranza • Impuestos (4 x 1.000) (de existir) • Comisiones (Cuota de manejo, Comisión de avances y todas aquellas establecidas en el tarifario que podrá encontrarse ser consultado en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s.) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇• Intereses ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse (de existir) • Intereses corrientes • Capital facturado • Abono a Cuenta de Ahorros PAC Premio (de existir) • Capital compras y/o avances en la moneda orden de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pago.antigüedad
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Sources: Tarjeta De Crédito
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago Derivado de cuotas mensuales, que se cuenta con disponibilidad presupuestaria en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contratopartida correspondiente, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos se efectuarán a mes vencido en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como moneda nacional a través de transferencia electrónica, a los canales electrónicos, páginas web (20) veinte días naturales posteriores a la fecha de la entrega de la factura impresa y/o establecimientos factura electrónica de conformidad con lo establecido en el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, previa entrega de la lista de asistencia, constancias y/o certificaciones respectivas, validada y autorizada por la Subdirección de Servicios Generales y Obra Pública, la factura deberá reunir los requisitos fiscales que establece la legislación vigente en la materia, misma que deberá presentar en la Subdirección de Servicios Generales y Obra Pública , ubicada en el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse segundo piso ala norte del edificio sita en ▇▇▇.. ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇.▇▇ ▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno▇ ▇▇▇▇, parcial o total▇▇▇▇▇▇▇ Crédito Constructor, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ , C.P. 03940, México, D.F. Cabe señalar que, el proveedor deberá realizarse proporcionar copia del estado de cuenta bancario firmado por el Representante Legal, conteniendo los siguientes datos: nombre del banco, número de cuenta, clave bancaria estandarizada =clabe 18 dígitos=, sucursal y plaza; salvo que a solicitud escrita del proveedor, manifieste que el pago se realice a través de cheque, por lo que tendrá que pasar por su contrarecibo a la Subdirección de Soporte Funcional de Procesos Sustantivos y posteriormente recogerlo en la moneda caja general del CONACYT ubicada en el tercer piso ala norte del edificio sede, dentro del horario de financiamiento9:30 a 13:30 hrs., señalada los días martes y jueves. A dichos pagos se les efectuarán las retenciones que las disposiciones legales establecen. En caso de que el proveedor no presente en tiempo y forma la Solicitud; sin embargodocumentación requerida para el trámite de pago, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagopago se correrá el mismo número de días que dure el retraso. En caso de considerar la aplicación de deducciones por incumplimiento parcial o deficiente, se establece que no podrá ser superior al 10% del monto total antes de I.V.A. del contrato, a partir del cual se podrán cancelar total o parcialmente las partidas o conceptos no entregados, o bien rescindir el contrato (Artículo 53 Bis, de la LAASSP). Se hace extensa la invitación a los licitantes a afiliarse al Programa ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Productivas del Gobierno Federal, por lo que el formato de promoción se incorpora al Anexo XIII.
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PAGOS. La BCN pagará al contratista contra recepción conforme en tiempo y forma de Ios trabajos requeridos. El CLIENTE contratista, una vez recepcionados Ios trabajos, deberá cancelar emitir factura o boleta de servicios por Ios montos previamente ofertados según Anexo N°1 " Tarifas de Convenio" del presente contrato y que se entiende parte integrante de éste para todos Ios efectos legales. La contraparte técnica BCN dará visto bueno y conformidad a Ia factura luego de realizada Ia prestación, emitiendo además un informe respecto de Ia ejecución del servicio y de conformidad con el Préstamo otorgado mismo, informe que contendrá, cuando corresponda el detalle de multas que se cobren en razón de atrasos y/o incumplimientos. La contraparte BCN será el Jefe deI Área de Desarrollo e Infraestructura o quién Io subrogue. El contratista deberá acreditar a Ia Biblioteca, al momento del pago, que no registra pagos pendientes respecto de sus trabajadores dependientes (si Ios tuviere) saldos insolutos de remuneraciones ni de cotizaciones de seguridad social. En mérito de Io anterior el contratista, al presentar factura por el BANCO mediante valor de ▇▇▇ servicios contratados, deberá acompañar comprobante de pago de sueldos (liquidaciones) y Ias últimas cotizaciones al día de sus trabajadores del mes que corresponde a Ia prestación del servicio. Además, deberá acompañar en el primer pago y semestralmente certificado emitido por Ia Inspección del Trabajo en el que conste que no existen reclamos en su contra. Sólo si estos antecedentes se ajustan a derecho y no dan cuenta de deudas pendientes, se procederá a visar el pago respectivo. En el caso de cuotas mensuales, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como no tuviere trabajadores dependientes deberá informar esta circunstancia a Ia Biblioteca a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pago.C.T.
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Sources: Contrato De Prestación De Servicios
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar se obliga a pagar al INSTITUTO FONACOT los conceptos que se mencionan a continuación:
a) El importe de capital autorizado que conste en el Préstamo otorgado pagaré aceptado por el BANCO mediante INSTITUTO FONACOT.
b) Una comisión por apertura de crédito, cuyo porcentaje estará determinado por el pago de cuotas mensuales, INSTITUTO FONACOT en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y Autorización del Crédito.
c) Los intereses por diferimiento en el Cronograma cobro, mismos que se calcularán tomando en consideración el importe ejercido más la comisión por apertura con el Impuesto al Valor Agregado (IVA), multiplicados por la tasa de interés ordinaria entre 360 (trescientos sesenta) días y multiplicados por 90 (noventa) días.
d) El importe de la aportación única para cada CRÉDITO FONACOT que contrate EL CLIENTE, destinada al Fondo de Protección de Pagos INFONACOT (FONDO) que forman parte integrante cubre la pérdida del presente Contratoempleo, cancelando el importe indicado en dichos documentosfallecimiento, lo cual incluirá el capitalinvalidez o incapacidad permanente total, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados financiado por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCOINSTITUTO FONACOT, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento la Cláusula DÉCIMA PRIMERA de incumplimiento, este CONTRATO DE CRÉDITO.
e) Intereses ordinarios a razón de la misma que consta tasa anual estipulada en la Hoja Autorización de ResumenCrédito sobre saldos insolutos con pagos periódicos, cuya suma de capital e intereses serán iguales. La tasa de interés se multiplicará por el saldo insoluto del crédito (integrado por los incisos a), b), c) y d) de esta cláusula SEXTA al inicio del cada periodo de pago de intereses, y el resultado se dividirá entre 360 (trescientos sesenta) días, multiplicando el producto por 30 (treinta). A los intereses ordinarios se le adicionarán los impuestos correspondientes. El Banco imputará los pagos primero a penalidad cobro de intereses ordinarios no será exigido por pago fuera de fechaadelantado, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado únicamente será por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagoperiodos vencidos.
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Sources: Contrato De Crédito
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago de cuotas mensuales, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente máximo El Contratante pagará al momento Consultor una suma no superior a [insertar cantidad máxima] por los Servicios prestados conforme a lo indicado en el Anexo A. Dicha suma ha sido establecida en el entendido de incumplimientoque incluye todos los costos y utilidades para el Consultor, la misma así como cualquier obligación tributaria a que consta en la Hoja de Resumenéste pudiera estar sujeto. El Banco imputará los Los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada que se efectuarán en virtud del artículo 132° Contrato comprenden la remuneración del Consultor, definida a continuación en el subpárrafo B, así como los gastos reembolsables que se definen en el subpárrafo C. Los pagos se efectuaran a la cuenta del banco del Consultor [insertar detalles de la Ley General cuenta de Banco. Si el pago no se puede efectuar por medio de una transacción electrónica, se debe obtener una aprobación del Sistema Financiero Banco para realizar el pago en efectivo]_______ B. Remuneración El Contratante pagará al Consultor, por concepto de los Servicios prestados, la o las tarifas por persona/mes1 (o por día, o por hora, trabajada con un máximo de ocho horas por día), de conformidad con las tarifas convenidas y Orgánica especificadas en el Anexo C, “Estimación del precio de los Servicios, lista del personal y tarifas”. C. Gastos reembolsables El Contratante pagará al Consultor por gastos reembolsables que consistirán y estarán limitados a: (i) los gastos normales y acostumbrados por concepto de viaje oficial, alojamiento, impresión de documentos y comunicaciones telefónicas; el reembolso de los gastos de viaje oficial se hará por el costo de transporte en una clase inferior a primera clase48 y deberá ser autorizado por el Coordinador del Contratante; (ii) otros gastos aprobados previamente por el Coordinador del Contratante49. D. Condiciones de pago Los pagos se efectuarán en [indicar la moneda], dentro de los 30 días contados a partir de la Superintendencia presentación por el Consultor de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique las facturas en duplicado al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado Coordinador designado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pago4.
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Sources: Solicitud Estándar De Propuestas
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago de cuotas mensualesdel servicio se hará en moneda nacional, en los lugares establecidos en el Anexo 04 (cuatro) de la oportunidad prevista presente convocatoria.
A) El pago se hará en la Hoja Resumen una sola exhibición y en moneda nacional, a más tardar a los veinte días de haberse recibido a satisfacción, la(s) factura(s) de cobro, debiendo emitir el Cronograma proveedor, una factura por la Póliza de Pagos que forman parte integrante del presente Servicios de Mantenimiento Preventivo y Correctivo, para los Equipos de Teleradiología, correspondiente a los equipos señalados en el requerimiento de esta licitación, para lo cual se deberá facturar a nombre de: La factura deberá de indicar el No. de Procedimiento de Licitación, el número de Contrato, cancelando el importe indicado número de la Póliza de Servicios de Mantenimientos que se expide, el número de Fianza de Garantía y los datos de la Afianzadora que la emitió. En caso de que la factura de cobro presente errores o deficiencias, el plazo de pago se ajustara a partir de que se reciba a satisfacción de los Servicios de Salud de Zacatecas, la factura ya corregida y con los documentos que deben acompañarla.
B) La Póliza de Servicios de Mantenimiento Preventivo y Correctivo, para los Equipos de Teleradiología, correspondiente al requerimiento de esta licitación, en dichos documentosdonde se detallen como mínimo las obligaciones y responsabilidades del proveedor, lo cual incluirá el capitalvalor de la póliza contratada, intereses compensatorioslos datos del equipo amparado, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera las condiciones de fecha, prestación de ser el casolos servicios de mantenimiento preventivo y correctivo, y los seguros obligatoriosvigencia de la misma.
C) Copia del Contrato autorizado, según tipo ▇▇ ▇tratándose del primer pago.
D) Copia de la Fianza de Garantía de Cumplimiento del contrato otorgado, tratándose del primer pago
E) Nota de ▇▇▇▇▇▇▇, y en su caso, conteniendo los seguros opcionalessiguientes datos: Números de Contrato, de haber sido contratados por la factura a la que se aplica.
1.- El usuario deberá entrar al siguiente sitio ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ en la pestaña de acceso a almacenamiento.
2.- Deberá introducir usuario y contraseña para visualizar las facturas que están validadas. Nota: en caso de no contar con usuario y contraseña puede darle clic en el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos botón que se encuentra en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega la página de dinero en efectivo o cheque inicio.
3.- Los proveedores deberán enviar sus archivos pdf y xml de gerencia; así como sus facturas a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en la siguiente dirección: ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta .
4.- Recibirán un acuse de pago oportuno, parcial o total, recibido en un tiempo estimado de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo 3 minutos a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles5 horas. En atención a lo señalado en el párrafo anteriorun lapso de 48 horas, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción recibirá su acuse de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagovalidación.
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Sources: Contract for Maintenance Services
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante 14.1 YPFB CHACO hará efectivo el pago de cuotas mensualesla facturación al CONTRATISTA a los 30 Días de recibida la factura, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y cuenta que se especifica en el Cronograma Anexo “C” del Contrato.
14.2 En el caso de Pagos que forman parte integrante del presente ContratoYPFB CHACO objete una factura, cancelando YPFB CHACO deberá pagar el importe indicado porcentaje de la factura que no fue objetado y notificará al CONTRATISTA, sobre los ítems que no cuentan con su aprobación.
14.3 El pago que realiza YPFB CHACO no presume la aceptación de que la facturación sea correcta y el pago no representa la renuncia, la pérdida o el menoscabo de cualquier derecho o acción que corresponda a YPFB CHACO en dichos documentosvirtud de este Contrato o conforme a las normas aplicables o a la equidad.
14.4 El CONTRATISTA no acordará con sus contratistas o subcontratistas dentro de sus contratos u órdenes de compra respectivos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar que los pagos en forma directa en las cajas del BANCOque efectúe el CONTRATISTA a sus contratistas, mediante subcontratistas o proveedores, estén condicionados a recibir el pago previo de YPFB CHACO (por ejemplo, no habrán cláusulas de “pagar cuando se haya recibido pago”).
14.5 YPFB CHACO podrá, a su solo criterio, retener el total o parte de cualquier suma que deba ser pagada al CONTRATISTA cuando sea necesario para YPFB CHACO prevenir o precautelarse de pérdidas eventuales u ocasionadas, a causa de:
(a) Trabajos defectuosos no subsanados.
(b) Reclamos o evidencias que indican que probablemente se registren reclamos.
(c) Presentarse la razonable certeza de que los Trabajos no se completarán hasta la fecha de entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con para el momento que deban finalizar los Trabajos de acuerdo al balance no pagado hasta ese momento.
(d) Daños a cualquiera de los miembros del Grupo YPFB CHACO u otros, según se define este término más adelante.
(e) Montos adeudados o que pudieran adeudarse a YPFB CHACO por parte del CONTRATISTA. Por YPFB CHACO:
(f) Incumplimiento en la conclusión de los Trabajos.
(g) Que YPFB CHACO considere que el BANCO suscriba convenios CONTRATISTA no ha cumplido con cualquiera de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇las cláusulas del Contrato.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇
(h) Cualquier otra obligación del CONTRATISTA dispuesta por el Contrato y/o que pueda de otra manera ser prevista, requerida o dispuesta por las leyes aplicables.▇▇▇.▇▇. La falta
14.6 En caso de pago oportunoque dichos montos sean retenidos por YPFB CHACO, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de estos se harán al CONTRATISTA puntualmente una vez que se hayan reparado y subsanado por completo las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse observaciones motivos de la retención.
14.7 Asimismo, las Partes reconocen que cualquier cargo que no esté estipulado en la moneda de financiamientoel Contrato o por una enmienda debidamente firmada, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagoserá rechazado.
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Sources: Master Services Agreement
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago Los pagos que se realicen a través de cuotas mensuales, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo LOS SERVICIOS ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ELECTRÓNICOS se harán mediante un débito a la cuenta designada por EL CLIENTE, y los seguros opcionalespor la cantidad indicada por éste. BANCO ALIADO enviará las sumas correspondientes al acreedor designado por EL CLIENTE, de haber sido contratados por el Clientesegún acuerdo con terceros. El EL CLIENTE podrá realizar deberá solicitarle a BANCO ALIADO que proceda con los pagos deseados con al menos dos (2) días hábiles antes de la fecha de vencimiento del pago de que se trate. No obstante, lo anterior, en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los ningún caso BANCO ALIADO garantiza que el pago pueda procesarse, transferirse o enviarse antes de la fecha de vencimiento correspondiente. Las partes acuerdan que BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportunoALIADO no será responsable por cargos, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento o penalidades que un acreedor le imponga a EL CLIENTE por daños y perjuicios sufridos como consecuencia de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja pagos realizados a través de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇LOS SERVICIOS ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ELECTRÓNICOS, luego de su fecha de vencimiento si dicha tardanza es provocada por notificación tardía de EL CLIENTE. EL CLIENTE podrá además ordenar a través de LOS SERVICIOS ▇▇ deberá realizarse en ▇▇▇▇▇▇▇ ELECTRÓNICOS la moneda suspensión de financiamientopagos de cheques girados contra una de sus Cuentas, señalada en la Solicitud; sin embargo, las cuales se regirán por el reglamento de Cuenta Corriente de BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra ALIADO vigente en la fecha en que expida la orden de pagosuspensión de pago y el contrato de cuenta corriente suscrito entre las partes.
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Sources: Banking Services Agreement
PAGOS. El CLIENTE Los pagos que se generen con motivo de la adjudicación de la presente Licitación, se efectuarán de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas en la caja del Departamento de Tesorería, dentro de los 20 días naturales posteriores a la presentación de la factura, misma que deberá cancelar el Préstamo otorgado de contar con los requisitos establecidos por el BANCO mediante el artículo 29 “A” del Código Fiscal de la Federación, como se indica: La facturación para pago de cuotas mensualesdeberá ser aprobada en un plazo no mayor a tres días hábiles, en caso de que las facturas entregadas por el proveedor presenten errores o deficiencias, la oportunidad prevista “Subdirección”, dentro de los tres días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito al proveedor las anomalías que deberá corregir de acuerdo con el artículo 62 del “Reglamento”. Los pagos respectivos se efectuarán en moneda nacional, por cheque o transferencia electrónica. En caso de que el licitante adjudicado requiera su pago vía transferencia bancaria, tendrá que anexar a su factura carta con su solicitud, agregando los datos para realizar dicha operación. La(s) factura(s) deberán expedirse con los siguientes datos: El concepto de la Hoja Resumen y factura deberá estar desglosado considerando los renglones que se especifican en el Cronograma Anexo Técnico 1. Los pagos se incorporarán al Programa de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., y los seguros opcionalesse dará de alta en el mismo la totalidad de cuentas por pagar del licitante ganador, de haber sido contratados por para ello la factura aceptada se registrará en dicho programa a más tardar 09 días posteriores a su recepción, misma que podrá ser consultada en el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en portal ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta ▇ a efecto de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier conceptocontratista ganador pueda ejercer la cesión de derechos de cobro al intermediario financiero. Nacional Financiera, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anteriorS.N.C., el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que cubrirá el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse los servicios en Moneda Nacional de la moneda siguiente manera: Los pagos serán mensuales devengados y se efectuarán antes de financiamiento, señalada los 20 (veinte) días naturales o en la Solicitud; sin embargocaso de que el vencimiento del vigésimo primer día sea inhábil, el BANCO aceptará pago se efectuará el pago día hábil inmediato posterior a éste, contados a partir de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo la entrega de cambio compra vigente en la fecha factura debidamente requisitada y recibidos los servicios a entera satisfacción de pagola dependencia o entidad.
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Sources: Licitación Pública Nacional
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante EL COMPRADOR realizará el pago de cuotas mensualesa EL VENDEDOR en pesos colombianos, a menos que las Partes acuerden algo diferente en concordancia con la oportunidad prevista en la Hoja Resumen ley aplicable y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante dentro del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según plazo establecido dependiendo del tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ (regulado o no regulado). EL COMPRADOR se obliga a realizar el pago de la factura mediante transferencia electrónica de fondos, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos Pagos Seguros en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como Línea (PSE) a través de los canales electrónicos, páginas la página web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en Ecopetrol ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo previo registro del COMPRADOR a lo señalado través del siguiente link: ▇▇▇▇▇://▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇.▇▇?▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇=▇▇▇▇▇, la misma o consignación en las cuentas que consta en la Hoja de ResumenEL VENDEDOR indique a EL COMPRADOR. El Banco imputará pago se entenderá efectivamente realizado cuando los pagos primero a penalidad por pago fuera fondos se encuentren disponibles en las cuentas bancarias de fecha, los gastos EL VENDEDOR y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capitaleste haya sido notificado. El CLIENTE autoriza día en que EL COMPRADOR realice el pago deberá enviar a EL VENDEDOR, copia del (los) comprobante (s) de pago a la Coordinación de ▇▇▇▇▇▇▇ y Recaudo de EL VENDEDOR, correo electrónico: ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ identificando el número de factura y el contrato al BANCO cual corresponde, el pago se entenderá como no realizado hasta tanto se confirme el recibido. PARÁGRAFO PRIMERO: EL COMPRADOR deberá realizar todas sus transacciones a quetravés de las cuentas que se encuentren bajo su nombre e identificación. En consecuencia, no se permitirá transacciones a través de terceros, esto en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado establecido en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron Manual para la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇Administración del Riesgo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Activos y Financiación del Terrorismo de EL VENDEDOR. El incumplimiento de la anterior obligación es causal de terminación anticipada del Contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: Si EL COMPRADOR no cumple con sus obligaciones de pago en las fechas establecidas, ya sea total o parcialmente, conforme con las disposiciones de este Contrato, pagará la Tasa por ▇▇▇▇ definida por la Superintendencia Financiera de Colombia, que se aplicará sobre los saldos insolutos y proporcionalmente al tiempo transcurrido desde la fecha en que el pago debió haber sido efectuado, de acuerdo con lo aquí estipulado, hasta la fecha en que efectivamente se realizó. EL COMPRADOR deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará realizar el pago de las cuotas en Dólares Americanoslos intereses ▇▇ ▇▇▇▇ dentro del plazo establecido para tal fin, una vez estos le sean liquidados por parte de EL VENDEDOR. PARÁGRAFO TERCERO: Si al tipo de cambio compra vigente en día siguiente a la fecha límite de pagopago EL COMPRADOR presenta ▇▇▇▇ en cualquiera de sus obligaciones con EL VENDEDOR, éste a su entera discreción podrá suspender las entregas del producto hasta tanto EL COMPRADOR cumpla con la(s) obligación(es) incumplidas y así mismo, podrá ejecutar la(s) garantía(s) existente(s) o tomar las acciones pertinentes para el cobro de las mismas. El reinicio de las entregas se hará una vez sean efectuados los pagos a que hubiere lugar. PARÁGRAFO CUARTO: Los pagos que realice EL COMPRADOR se aplicarán primero a la cancelación de intereses ▇▇ ▇▇▇▇ y luego al valor de capital, considerando la antigüedad de los vencimientos, de conformidad con el artículo 881 del Código de Comercio.
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PAGOS. El CLIENTE concursante ganador deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago entregar los siguientes documentos al encargado de cuotas mensualesServicios Generales de la División Comercial Sureste y de las Zonas Comerciales, en dicha documentación deberá ser proporcionada dentro de los 5 días naturales siguientes a la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo fecha ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionalesla cuál será el último día de cada mes, de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas.
1.- Evidencia de haber sido contratados realizado los servicios conforme a especificaciones (formato firmado y avalado por el ClienteAdministrador del Contrato y el representante en sitio del concursante ganador). El CLIENTE podrá realizar Con esta documentación, el administrador del contrato elaborará los pagos siguientes documentos:
a.- Cálculo de deducciones y penalizaciones en forma directa caso de que apliquen, debiendo estar autorizadas por el encargado de Servicios Generales de la División Comercial Sureste o de la Zona Comercial que corresponda, dicho formato será integrado a la estimación únicamente cuando apliquen deducciones o penalizaciones.
b.- Formato de autorización para el pago de estimaciones autorizadas por el encargado de Servicios Generales de la División Comercial Sureste o de la Zona Comercial que corresponda.
c.- Formato de acta de entrega recepción de servicios ejecutados (al finalizar los servicios término del contrato, es decir en las cajas del BANCO, mediante entrega la última estimación conforme al plazo de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través ejecución de los canales electrónicostrabajos) autorizada por el encargado de Servicios Generales de la División Comercial Sureste o de la Zona Comercial que corresponda.
1.- Oficio de autorización de la fianza de cumplimiento por el área Jurídica de CFE SUMINISTRADOR DE SERVICIOS BÁSICOS (únicamente para la primera estimación), páginas web y/o establecimientos con la Oficina de Procura depositará en My SAP los archivos para que sean descargados por el BANCO suscriba convenios área de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse administración encargada del pago.
2.- Archivos de facturación electrónica en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta los formatos XML y PDF al correo electrónico correspondiente a cada centro de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y las partidas adjudicadas de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente la siguiente tabla, al momento en que nos envié físicamente su documentación soporte. 3.-Original de incumplimientocarta de datos bancarios firmada por el Representante Legal (Anexo 9.4) (únicamente para la primera estimación y en caso de que el concursante ganador solicite un cambio en las cuentas de pago) En el caso de que las facturas entregadas por los proveedores para su pago, presenten errores o deficiencias, el administrador del contrato dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, regresará las facturas al proveedor, indicando las deficiencias que deberá corregir, el periodo que transcurra a partir de la misma entrega del citado escrito y hasta que consta en la Hoja el proveedor presente las correcciones no se computará para efectos de Resumenpago. El Banco imputará los pagos primero Departamento de Finanzas para Oficinas Divisionales o a penalidad por pago fuera la Oficina de fechaTesorería de Zona Comercial correspondiente, los gastos y comisiones, luego enviará a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a queAdministradores de los contratos los contra-recibos de pago, en virtud a su facultad de compensación normada donde se indique la fecha en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que será cubierto el pago de la estimación al proveedor. El concursante ganador deberá tomar en cuenta que los servicios que no se ajusten a las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse especificaciones de CFE Suministrador de Servicios Básicos, se tomarán como no prestados o no ejecutados por lo que no procederá pago alguno por esos servicios. En caso que el proveedor incurra en atraso en la moneda entrega de financiamientoInsumos o prestación de servicios o incurra en algún supuesto que amerite deducciones al pago, señalada acepta que CFE Suministrador de Servicios Básicos descuente la pena convencional, deducción correspondiente o pago en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago exceso de las cuotas facturas que presente para cobro, respecto del contrato derivado o de otros contratos, en Dólares Americanoscualquier área de CFE y sus Empresas Productivas Subsidiarias. 2 al Millar de aportación al FIDE (dicha aportación es voluntaria pero deberá manifestarse por escrito la aceptación o no aceptación de dicha deducción, al tipo de cambio compra vigente en no manifestarse nada no se aplicará dicha deducción). 2% de cuota sindical sobre la fecha mano de pagoobra. Impuesto sobre nómina conforme a la legislación estatal.
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Sources: Concurso Abierto Simplificado
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar Los pagos correspondientes al servicio objeto de esta licitación, se efectuarán a mes vencido y en moneda nacional previa instrucción de pago que efectúe el Préstamo otorgado por INBAL, a la Tesorería de la Federación mediante transferencia bancaria a la cuenta que para tal efecto señale el BANCO mediante licitante ganador, a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF) que opera la Tesorería de la Federación, lo anterior, una vez que se cuente con la aprobación de los titulares y/o administración del INBAL, relativo a la prestación y aceptación del servicio, para tal efecto el pago de cuotas mensualesproveedor deberá, sin excepción alguna, presentar la documentación requerida en la oportunidad prevista Subdirección de Administración de la Dirección de Recursos Materiales, sita en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇▇▇. ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇ ▇▇▇.▇ No. 130, 2° piso, Col. Transito, Del. ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, C.P. 06820, en México, D.F., el día 5 de cada mes o el día hábil siguiente, relativos a los servicios prestados durante el mes anterior, en un horario comprendido de 9:00 a 15:00 horas, consistente en: Una sola factura por la totalidad del servicio la cual deberá describir el servicio, número de elementos, precios unitarios, importe total, desglosando el impuesto al valor agregado, mes que se está facturando y el número del contrato, así como en su caso, la nota de crédito por faltas de personal del mes correspondiente, para que los pagos procedan. Presentar debidamente conciliadas y validadas las listas de asistencia del personal con el servidor público designado por cada uno de los centros de trabajo del Instituto, en los que se preste el servicio objeto de la licitación y con la Subdirección de Seguridad y Vigilancia, las cuales se entregarán en original debidamente validadas y aprobadas por los Titulares y/o Administradores de los Centros de Trabajo del INBAL, en la Subdirección de Administración de la Dirección de Recursos Materiales, dentro de los cinco días hábiles posteriores al cierre de cada mes. En caso de que la factura entregada por el proveedor para su pago, presente errores o deficiencias, el INBAL, dentro de los tres días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito al proveedor las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el proveedor presente las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la ley. La Tesorería de la Federación, realizará el pago de los servicios hasta por un plazo de 45 días naturales siguientes de recibida la documentación requerida por la Subdirección de Administración de la Dirección de Recursos Materiales, a su entera satisfacción, en el entendido que este quedará condicionado proporcionalmente, al pago que el proveedor deba efectuar en su caso, por concepto ▇.▇ ▇▇▇▇▇ convencionales. El proveedor podrá, a su elección, adherirse al Programa ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Productivas del Gobierno Federal, conforme se establece en el artículo 17 del Presupuesto de Egresos de la Federación: Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2007, y el último párrafo del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, con el propósito de obtener capacitación y asistencia técnica, así como el acceso a la liquidez mediante financiamiento oportuno con tasas de interés preferencial y garantías mínimas, sobre facturas en trámite de pago, para mayor información consultar la pagina: ▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇.▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas /?/▇▇▇ ▇▇▇▇=▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse & No se aceptarán condiciones de pago diferentes a las establecidas anteriormente y no se otorgará anticipo alguno y las facturas que se presenten deberán cumplir con los requisitos que estipula el Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29 A. Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el proveedor se estará a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 51 de la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagoLey.
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Sources: Licitación Pública Nacional
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago de cuotas mensuales, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.. Pago Mediante la Entrega de Bonos Convertibles. /a/ El Deudor pagará en la Fecha de Vencimiento o en forma anticipada, sin costo adicional para el Deudor, la totalidad del capital adeudado bajo el Financiamiento y de los intereses devengados y que se capitalizan en la Fecha del Prepago, de la siguiente forma: /i/ mediante la entrega a cada Acreedor de Bonos Convertibles D no colocados durante el periodo de oferta preferente, en una cantidad de bonos equivalente a la necesaria para prepagar el saldo insoluto de capital e intereses de los prestamos cursados con cargo al presente Contrato /el “Monto del Prepago”/, considerando para estos efectos efectos el valor nominal ▇▇▇ ▇▇▇▇ Convertible D, el cual en ningún caso podrá ser a valores inferiores o en condiciones más ventajosas que las ofrecidas accionistas durante el período de oferta preferente; y /ii/ en caso de existir un saldo de Monto de Prepago pendiente de prepago luego de aplicar lo señalado en el literal /i/ anterior, con el producto de la suscripción y pago de los Bonos Convertibles D que hubieren sido adquiridos durante su período de oferta preferente por los accionistas de Sociedad, hasta completar el Monto de Prepago; todo lo anterior, a prorrata de la participación de los Acreedores en los montos desembolsados con cargo al presente Contrato. La falta Seis.Dos. Forma Pago. Sin perjuicio de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado señalado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado Sección ▇▇▇▇.▇▇▇ precedente, los pagos de capital e intereses adeudados en virtud del Financiamiento, se efectuarán a cada Acreedor, mediante la entrega de fondos de disponibilidad inmediata, en Pesos, sin necesidad de requerimiento alguno, a más tardar, a las dieciséis horas de la fecha en que deba efectuarse el pago conforme a los términos del presente Contrato. Seis.Tres. Imputación al Pago. El Deudor declara y acepta que los pagos que efectúe a los Acreedores conforme al presente Contrato, en caso de existir, se imputarán a las deudas vencidas conforme al siguiente orden: /a/ comisiones; /b/ intereses moratorios; /c/ indemnizaciones establecidas por sentencia judicial ejecutoriada y asociadas directamente con este Contrato; /d/ impuestos; /e/ gastos; /f/ costas judiciales establecidas por sentencia judicial ejecutoriada y asociadas directamente con este Contrato; /g/ intereses ordinarios; y /h/ capital. Seis.Cuatro. Pagos por ▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇. Todas las cantidades que el Deudor deba pagar en virtud de este Contrato, se enterarán en su totalidad, netas, sin deducción o retención alguna, sea por impuestos /como por ejemplo, el impuesto a los intereses establecido en la Ley de Impuesto a la Renta de Chile u otros, presentes o futuros/ o por cualquier costo o gasto, incluyendo los costos de transferencia electrónica por algún sistema de pagos de alto valor de los autorizados por el Banco Central, y serán de cargo exclusivo del Deudor. Seis.Cinco. Interés Moratorio. Seis.Seis. Pagos Anticipados Voluntarios. La Sociedad no podrá efectuar pagos anticipados voluntarios en dinero de los préstamos cursados con cargo al presente Contrato, distintos de los casos indicados en la Sección ▇▇▇▇.▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagoesta Cláusula Sexta.
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Sources: Financing Agreement
PAGOS. Los valores serán depositados en una cuenta que el Contratista abrirá en una institución financiera establecida en el Ecuador. El CLIENTE deberá cancelar Contratista autoriza expresamente a que se levante el Préstamo sigilo bancario de la cuenta en la que serán depositados los valores. El gerente de obra /administrador del contrato designado por la Contratante verificará que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente al proceso de ejecución contractual. Los valores que la Contratante haya otorgado por el BANCO mediante el al Contratista para la ejecución de la obra objeto de este contrato no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación y no podrá remitirse al extranjero, salvo que se trate en concepto de pago de cuotas mensuales, en equipos o bienes destinados a la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentosobra, lo cual incluirá deberá ser autorizado por el capitalgerente de obra/Administrador del Contrato. De requerirlo el Contratante, intereses compensatoriosel Contratista deberá demostrar que ha utilizado los valores para tales fines mediante la presentación de copias de las facturas u otros documentos al gerente de obra/Administrador del Contrato. La contratista mediante el presente instrumento, comisiones aplicablesautoriza expresamente a la contratante, penalidad el levantamiento del sigilo bancario de la cuenta corriente No. XXXXXX, del Banco XXXXXX en la que será depositado el anticipo recibido por pago fuera parte de fechala entidad. El administrador del contrato/gerente de obra, verificará que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente a la ejecución contractual.
CGC 45.1 Impuestos Se agrega el siguiente párrafo: La Contratante efectuará a la Contratista las retenciones que dispongan las leyes tributarias: actuará como agente de retención del Impuesto a la Renta, de ser acuerdo a la Ley de Régimen Tributario Interno que señala: Toda persona jurídica, pública o privada, la sociedades y las empresas o personas naturales obligadas a llevar contabilidad que paguen o acrediten en cuenta cualquier otro tipo de ingresos que constituyan rentas gravadas para quien lo recibe, actuará como agente de retención del impuesto a la Renta, con relación al Impuesto al Valor Agregado, procederá conforme a la legislación tributaria vigente. La Contratante, retendrá el caso, valor de los descuentos que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social ordenase y los seguros obligatorios, según tipo ▇que corresponda ▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ patronal, por obligaciones con el Seguro Social provenientes de servicios personales para la ejecución del contrato.
CGC 46.1 Monedas La moneda del País del Contratante es: Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica.
CGC 47.1 Ajustes de Precios El Contrato no está sujeto a ajuste de precios de conformidad con la Cláusula 47 de las CGC, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos consecuentemente la siguiente información en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos relación con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇coeficientes NO APLICA.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pago.
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Sources: Licitación Pública Nacional
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar Crédito 20 días naturales, después de la entrega total de los bienes y de las facturas originales selladas a entera satisfacción del Consejo de la Judicatura del poder Judicial del Estado de Chiapas. La gestión del pago surtirá efecto una vez que se cuente con la aprobación del Director General de Desarrollo e Infraestructura Tecnológica del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Chiapas a la entrega de los bienes y servicios objeto de la licitación de conformidad con el Préstamo otorgado por punto 8 de la presente convocatoria. Las facturas deberán ser tradicionales (en papel) y presentarse debidamente requisitadas ante el BANCO mediante el pago de cuotas mensuales, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo Departamento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Chiapas, y los seguros opcionales, al momento de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante la entrega de dinero los bienes; posteriormente deberá presentar éstas para su trámite de pago en efectivo o cheque la Dirección de gerencia; así como a través de los canales electrónicosRecursos Materiales y Servicios Generales, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse sita en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇ ▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento▇▇. ▇▇▇▇, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en “B”, Fraccionamiento el Bosque, C.P. 29049, Tuxtla ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, Chiapas, del Consejo de la moneda Judicatura del Poder Judicial del Estado de financiamientoChiapas. Las facturas deberán estar elaboradas a entera satisfacción de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales y el pago procederá previa verificación de la entrega de los bienes, señalada en objeto de este contrato y aceptación del Director General de Desarrollo e Infraestructura Tecnológica del Consejo de la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará Judicatura del Poder Judicial del Estado de Chiapas. El cómputo de días para realizar el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo facturas será a partir de cambio compra vigente su presentación en la fecha Dirección de pagoRecursos Materiales y Servicios Generales del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Chiapas, y dependerá del momento de la recepción del documento ya que si se recibe de lunes a viernes hasta las 15:00 horas, el cómputo de los días será a partir del día hábil siguiente al de su recepción y si las facturas se reciben después de las 15:00 horas el cómputo de los días será a partir del segundo día hábil siguiente al de su recepción. En caso de que las facturas entregadas para su pago presenten errores o deficiencias, el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Chiapas, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al proveedor las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el proveedor presente las correcciones no se computará para efectos del plazo de pago estipulado. El pago de los bienes y servicios quedará condicionado proporcionalmente al pago que el proveedor deba efectuar, en su caso, por concepto ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales. Lo anterior, sin perjuicio de que el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Chiapas, pueda proceder al cobro de las penas convencionales previo al pago correspondiente conforme a lo estipulado en el contrato. En el caso de deductivas se podrá realizar el descuento o el proveedor presentar la nota de crédito correspondiente. Es requisito indispensable para el pago que el proveedor realice la entrega de la garantía de cumplimiento del contrato de los bienes adjudicados. El proveedor podrá ceder en forma parcial o total en favor de cualquiera otra persona física o moral los derechos de cobro de los contra recibos derivados del contrato, previo consentimiento del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Chiapas.
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Sources: Licitación Pública
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado pago de las facturas que hayan sido presentadas o se presenten al cobro por proveedores de bienes y servicios cumplidos, se realizará por transferencia a cuentas en la institución de intermediación financiera autorizada por el BANCO mediante BCU, elegida por el pago proveedor o acreedor. A tales efectos los proveedores deberán, suscribir el “Contrato de cuotas mensualesAdhesión a sistema de pagos por transferencia bancaria” y el “Complemento obligatorio para la IM”, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y ambos documentos incluídos en el Cronograma instructivo de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando inscripción en el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento .- En caso de incumplimientono haber cumplido con lo establecido en el apartado anterior el pago será retenido no siendo responsabilidad de la IM la demora que dicho atraso ocasione.-
a) Los trabajos ordinarios y extraordinarios serán liquidados mensualmente, según los valores que surjan de los precios unitarios del Formulario de Precios, ajustados por el porcentaje cotizado, previa conformidad del técnico responsable del Municipio.
b) Los árboles que hayan sido apeados sin una correcta extracción de la misma cepa cuando corresponda, no serán tenidos en cuenta para el pago. Será el técnico del Municipio quien establezca en cada caso si la cepa fue extraída correctamente.
c) El pago de los trabajos se efectuará de acuerdo a la tarea efectivamente realizada, lo que consta será controlado por los técnicos del Municipio que el Director de Obras designe en la Hoja cada caso, a cuyo cargo quedarán las correspondientes recepciones provisorias parciales.
d) El contratista realizará mensualmente solicitudes de Resumenpago por el servicio prestado durante ese período. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera ajuste de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, precios deberá facturarse en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° forma separada de la Ley General factura principal y presentarse dentro de los diez primeros días hábiles del Sistema Financiero y Orgánica mes que corresponde el reajuste.
e) Las facturas conformadas deberán presentarse en Contaduría General. La IM abonará en un plazo de 30 (treinta días) calendario, contados a partir de la Superintendencia presentación de Bancala factura en Contaduría. La IM podrá realizar el mismo con cheque de pago diferido, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma acordándose en su momento con el adjudicatario las condiciones de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibleslos mismos. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta caso que el pago en moneda nacional se realice pasados los treinta (30) días calendario, contados desde la presentación de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse la factura en la Contaduría General, se aplicará el 50% de la tasa media de interés para empresas grandes y medianas, moneda nacional no reajustable, para operaciones con plazos menores de financiamientoun año, señalada en la Solicitud; sin embargo, publicada por el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra Banco Central del Uruguay vigente en la fecha el mes de pagovencimiento de los antes referidos treinta días y solamente por los días que superen dicho plazo.
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Sources: Licitación Abreviada
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante 14.1 YPFB CHACO hará efectivo el pago de cuotas mensualesla facturación al CONTRATISTA a los 30 Días de recibida la factura, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y cuenta que se especifica en el Cronograma Anexo “C” del Contrato.
14.2 En el caso de Pagos que forman parte integrante del presente ContratoYPFB CHACO objete una factura, cancelando YPFB CHACO deberá pagar el importe indicado porcentaje de la factura que no fue objetado y notificará al CONTRATISTA, sobre los ítems que no cuentan con su aprobación.
14.3 El pago que realiza YPFB CHACO no presume la aceptación de que la facturación sea correcta y el pago no representa la renuncia, la pérdida o el menoscabo de cualquier derecho o acción que corresponda a YPFB CHACO en dichos documentosvirtud de este Contrato o conforme a las normas aplicables o a la equidad. Por YPFB CHACO:
14.4 El CONTRATISTA no acordará con sus contratistas o subcontratistas dentro de sus contratos u órdenes de compra respectivos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar que los pagos en forma directa en las cajas del BANCOque efectúe el CONTRATISTA a sus contratistas, mediante subcontratistas o proveedores, estén condicionados a recibir el pago previo de YPFB CHACO (por ejemplo, no habrán cláusulas de “pagar cuando se haya recibido pago”).
14.5 YPFB CHACO podrá, a su solo criterio, retener el total o parte de cualquier suma que deba ser pagada al CONTRATISTA cuando sea necesario para YPFB CHACO prevenir o precautelarse de pérdidas eventuales u ocasionadas, a causa de:
(a) Trabajos defectuosos no subsanados.
(b) Reclamos o evidencias que indican que probablemente se registren reclamos.
(c) Presentarse la razonable certeza de que los Trabajos no se completarán hasta la fecha de entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con para el momento que deban finalizar los Trabajos de acuerdo al balance no pagado hasta ese momento.
(d) Daños a cualquiera de los miembros del Grupo YPFB CHACO u otros, según se define este término más adelante.
(e) Montos adeudados o que pudieran adeudarse a YPFB CHACO por parte del CONTRATISTA.
(f) Incumplimiento en la conclusión de los Trabajos.
(g) Que YPFB CHACO considere que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará CONTRATISTA no ha cumplido con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago cualquiera de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda cláusulas del Contrato.
(h) Cualquier otra obligación del CONTRATISTA dispuesta por el Contrato y/o que pueda de financiamientootra manera ser prevista, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de requerida o dispuesta por las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagoleyes aplicables.
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Sources: Services Agreements
PAGOS. a) Del empleado de LA FUNDACIÓN al conductor del Contratista. El CLIENTE empleado de LA FUNDACIÓN entregará al conductor del vehículo designado por El Contratista un documento tipo vale que consta de original y copia, numerados por orden consecutivo el cual deberá cancelar el Préstamo otorgado ser provisto por el BANCO mediante Contratista. Con dicho vale se pretende identificar todas las características del servicio, tales como: Nombre y cargo del empleado o usuario. Empresa y centro de costos Fecha y recorrido. Tiempo de espera y número de horas. Valor del servicio en pesos y letras. Nombre del conductor, número de móvil, placa. Firma autorizada por LA FUNDACIÓN y del conductor. El usuario se compromete a diligenciar el pago vale sin enmendaduras ni tachones, de cuotas mensuales, en igual forma a registrar la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y información en el Cronograma vale de Pagos manera clara y legible, para que forman parte integrante no haya lugar a valores errados en el costo del servicio. En caso de registrar peaje en el desplazamiento (a excepción de la tarifa de desplazamiento al aeropuerto JMC) este deberá ser incluido en el valor total y discriminado en el mismo documento.
b) De LA FUNDACIÓN a El Contratista Durante la vigencia del presente Contratocontrato, cancelando el importe indicado en dichos documentoscada quince (15) días, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo con fecha ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ quince (15) y treinta (30) o treinta y uno (31) según el mes, el Administrador de la Central de Servicio de Taxi de El Contratista, verificará con el interventor del presente contrato, los servicios prestados. El pago se realizará mediante consignación a una cuenta bancaria que debe figurar a nombre del beneficiario del documento de cobro previa aprobación de los documentos requeridos. Los pagos a realizar comprenden los valores que quincenalmente el contratista reporte al interventor del contrato en el archivo destinado para ello, quien realizará la verificación de los vales del servicio que deberán corresponder al número de servicios solicitados y los seguros opcionales, de haber sido contratados realmente ejecutados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen contratista y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente las tarifas de cada servicio, es decir, conforme al momento valor marcado por el taxímetro del automotor a la finalización del desplazamiento o de incumplimientoacuerdo a las tarifas emitidas por la autoridad competente de fijarlas. Los pagos se realizarán dentro de los treinta (30) días siguientes a la presentación de la factura y solo se efectuarán cuando haya aprobación por parte del interventor del contrato. La Factura debe cumplir, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fechacomo mínimo, los gastos y comisionesrequisitos de las normas fiscales establecidas en el artículo 617 del Estatuto Tributario, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad soportes de compensación normada en virtud del artículo 132° pago de seguridad social de los empleados de la Ley General del Sistema Financiero empresa y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇certificación ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ y salvo a la seguridad social y parafiscales de la empresa expedido por el revisor fiscal, contador o en su defecto por su representante legal, se deberá realizarse también adjuntar la copia del documento de identidad del Revisor Fiscal o del contador según sea el caso. La fecha de la factura debe corresponder al mes de su elaboración, y en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargoella constará el número del contrato, el BANCO aceptará concepto del bien o servicio que se está cobrando, la dependencia responsable y el pago nombre del interventor designado. Es obligación del contratista facturar los servicios efectivamente prestados a tiempo; los sobrecostos, multas, perdidas de descuentos tributarios y en general la sanciones en que incurra LA FUNDACIÓN por no facturar a tiempo los servicios por parte del el Contratista, serán imputados a este último. LA FUNDACIÓN deducirá del pago, las cuotas deducciones y retenciones a que haya lugar de acuerdo con la Ley y las estipulaciones contenidas en Dólares Americanos, al tipo este documento. En ningún caso se concederá anticipo. Los pagos se efectuarán de cambio compra vigente en la fecha siguiente forma:
1.13.1. Vigencia de pago.los vales
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Sources: Términos De Referencia
PAGOS. 4.1 El CLIENTE deberá cancelar Arrendatario se compromete a pagar al Arrendador:
a) La cantidad resultante de la aplicación de la Tarifa General Vigente y el Préstamo otorgado precio pactado en el contrato de alquiler, correspondiente a duración, seguros, exenciones opcionales, equipamiento adicional y servicios complementarios, según las condiciones estipuladas, así como los impuestos y tasas aplicables.
b) El importe de los daños y/o sustracciones sufridas total o parcialmente en el Vehículo no amparados por las Exenciones Opcionales (ver arts. 7 y 8) contratadas por el BANCO mediante Arrendatario o cuando la exención aplicable en cada caso no hubiere sido contratada por el pago Arrendatario, así como daños y perjuicios por pérdida de cuotas mensualesbeneficio por inmovilización del vehículo y los daños y perjuicios derivados, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el su caso, del incumplimiento del artículo 1 de las presentes Condiciones Generales. El cargo que se efectúe al Arrendatario por los daños causados al Vehículo se calculará según el baremo de “Precios Promedios de Reparación y Recambios” certificado por TECNOLÓGICA DE TASACIONES TASARIA S.L. (copia del baremo está a disposición del Arrendatario en todas las oficinas de Europcar) o por perito externo alternativo, baremo que incluye la indemnización a pagar por el Arrendatario por pérdida de beneficio por la inmovilización del Vehículo. Cuando por la entidad de los seguros obligatoriosdaños, según tipo ▇no sea posible realizar dicha cuantificación a priori, el Arrendatario abonará la cuantía que resulte del presupuesto emitido por un taller ▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales▇ externo contratado al efecto por EUROPCAR más la indemnización que corresponda por pérdida de beneficio por la inmovilización del vehículo, de haber sido contratados por acuerdo con la cantidad diaria establecida en el Clientecitado baremo. La responsabilidad máxima del Arrendatario será el valor del Vehículo en el mercado, según el precio máximo establecido en la guía Ganvam vigente en el momento del incidente.
c) El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas importe del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web traslado y/o establecimientos con la reparación de los que el BANCO suscriba convenios daños del Vehículo motivados por uso de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportunocombustible inadecuado, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a contraviniendo lo señalado en el párrafo artículo 10 de las presentes Condiciones Generales. El cálculo de dicho importe se realizará de conformidad con el apartado b) anterior.
d) La cantidad correspondiente a las multas por cualquier infracción de la legislación vigente, especialmente del Código de Circulación, en que incurra el BANCO comunicará con posterioridad Arrendatario en el uso del Vehículo, así como los recargos por el retraso en el pago por parte del Arrendatario y los gastos judiciales o extrajudiciales en que incurra el Arrendador como consecuencia de lo anterior.
e) Los gastos de la obtención de un duplicado y/o envío, del juego de llaves del Vehículo a la oficina correspondiente, en los casos de pérdida, rotura, entrega de las llaves del Vehículo en una oficina distinta a la de devolución efectiva del Vehículo, o cualquier otra situación por la que se paralice el Vehículo por motivos achacables al CLIENTE Arrendatario. Asimismo, se podrá cargar el precio de alquiler correspondiente a un día extra por el coste de la paralización del Vehículo ocasionado en cada caso por cualquiera de las razones que motivaron incidencias antedichas.
f) El importe de 15,03 € más el Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable, o impuesto equivalente en vigor, en el caso de devolver el Vehículo sin la adopción pareja de dichas decisióntriángulos de emergencia
g) El importe de 10 € más el Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable o impuesto equivalente en vigor, identificando la(sen el caso de devolver el Vehículo sin la documentación (fotocopia compulsada del permiso de circulación, fotocopia compulsada de la ficha técnica del Vehículo y seguro de Vehículo/carta verde).
h) obligación(esEl importe de 12,01 € más el Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable o impuesto equivalente en vigor, en el caso de devolver el Vehículo sin el chaleco reflectante de seguridad.
i) respectiva(sEl importe de 30 € más el Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable, o impuesto equivalente en vigor, en concepto de cargo por Gestión de Sanciones de Tráfico (multas). Dicho cargo se devengará por cada boletín o expediente sancionador instruido por la autoridad competente en relación con el vehículo arrendado y por hechos acaecidos durante la vigencia del arrendamiento. Este cargo no será de aplicación al Arrendatario que hubiera contratado el seguro FAW, de conformidad con la estipulación 6.4 siguiente.
j) El CLIENTE acepta importe de 30 € más el Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable, o impuesto equivalente en vigor, en concepto de cargo por Gestión de Expedientes de Daños. Dicho cargo se devengará en el caso de que el pago vehículo presentase daños materiales que se hubiesen producido durante el periodo de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse arrendamiento, cualesquiera fuere su grado, su causa e independientemente de la eventual contratación de Exenciones Opcionales definidas en los artículos 7 y 8. El presente cargo se devengará por cada incidente que diera lugar a los daños.
k) El importe de 80 € más el impuesto sobre el Valor Añadido aplicable, o impuesto equivalente en vigor, en concepto de cargo por Gestión de Asistencia en Carretera. Dicho cargo se devengará en el caso de que la moneda Compañía de financiamientoAsistencia en Carretera concertada por el arrendador hubiese prestado servicios durante la vigencia del arrendamiento para atender incidencias con ocasión de: (I) error, señalada negligencia o mal uso del vehículo por parte del Arrendatario, (II) pérdida de llaves, rotura o abandono dentro del vehículo cerrado, (III) falta de combustible o repostaje de combustible no adecuado,(IV) rescate de vehículos en lugares o vías no aptas para la Solicitud; sin embargo, conducción o no pavimentadas,(V) defectuosa colocación de accesorios en el BANCO aceptará vehículo por el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagoArrendatario.
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Sources: Rental Agreement
PAGOS. 4.1 El CLIENTE deberá cancelar Arrendatario se compromete a pagar con carácter enunciativo y no exhaustivo al Arrendador: a) La cantidad resultante de la aplicación de la Tarifa General Vigente y e1 precio pactado en e1 contrato de alquiler; b) El importe de los daños y/o sustracciones sufridas total o parcialmente en el Préstamo otorgado Vehículo y que no estén amparadas por las exenciones contratadas por el BANCO mediante Arrendatario; c) El importe del traslado y/o la reparación de los daños del Vehículo motivados por uso de combustible inadecuado; d) La cantidad de las multas por cualquier infracción a la legislación vigente y los recargos por el retraso en el pago por parte del Arrendatario y los gastos judiciales o extrajudiciales en que incurra el Arrendador como consecuencia de cuotas mensualeslo anterior; e) Los gastos ocasionados por la pérdida o rotura de la llave del Vehículo (realización de una nueva copia de llave, traslado de la llave doble al lugar de la pérdida, etc). También correrán a cargo del Arrendatario todos los gastos ocasionados por el olvido de la llaves dentro del Vehículo cerrado. Se podrá cargar además el coste de alquiler correspondiente a un día extra por el coste de la paralización del Vehículo ocasionado por las incidencias antedichas, f) La cantidad que el Arrendatario deja como garantía cuando la opción elegida es con franquicia; g) Cuando al devolver el vehículo éste necesite una limpieza intensiva, debido al estado en que se entrega, el Arrendador podrá cobrar hasta 250 euros en concepto de Limpieza Especial; h) El precio indicado en la oportunidad prevista tarifa general vigente en caso de devolver el Vehículo sin la Hoja Resumen y pareja de triángulos de emergencia, sin la documentación del Vehículo o sin el chaleco reflectante de seguridad; i) El importe de 30 euros en el Cronograma concepto de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el cargo por gestión de sanciones de tráfico. j) El importe indicado según tarifa general vigente en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad concepto de tramitación de partes por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo daños en vehículo así como por gastos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ y traslado del vehículo accidentado, y independientemente de la contratación de los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Clienteopcionales del Art 6. El CLIENTE podrá realizar Arrendatario consiente en que el Arrendador le cobre con posterioridad a la finalización del alquiler del Vehículo por medio de sistemas de pago electrónicos o cualquier otro sistema de cobro sin su autorización los pagos en forma directa gastos enunciados en las cajas del BANCO, mediante entrega letras e) a j) (ambas inclusive) de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través este artículo.
4.2 El pago de los canales electrónicos, páginas web y/importes reseñados supra deberá ser realizado con tarjeta de crédito o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇metálico.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pago.
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Sources: Rental Agreement
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado contrato será único y pagadero en parcialidades, por el BANCO mediante el pago de cuotas mensuales, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y los montos erogados en el Cronograma mes anterior a la fecha de Pagos que forman parte integrante del presente Contratopresentación de la factura, cancelando el importe indicado con pago en dichos documentos, las instalaciones de los Servicios de Salud de Zacatecas. Para lo cual incluirá el capitallicitante ganador, intereses compensatorioshará un corte cada día último, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado servicios prestados en el párrafo anteriormes calendario, debiendo presentar a más tardar el BANCO comunicará con posterioridad día 05 del mes posterior al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ , la factura de cobro correspondiente. El pago del servicio de limpieza devengado se realizará en los lugares establecidos en el Anexo Número 04 (cuatro) de la presente convocatoria. Se deberá realizarse facturar a nombre de: El pago se efectuará en pesos mexicanos, a los 20 días naturales posteriores a la entrega por parte del proveedor, de los siguientes documentos:
a. Dos Juegos en original de la factura y de la respuesta emitida por el Sistema REPOBOX, que reúna los requisitos fiscales respectivos, en la moneda que se indiquen los servicios prestados, número de financiamientocontrato, señalada numero de licitación, número de fianza y denominación social de la afianzadora, misma que deberá ser entregada en la Solicitud; sin embargoSubdirección de Recursos Materiales de la Servicios de Salud de Zacatecas.
b. Los Servicios de Salud de Zacatecas, el BANCO aceptará efectuara el pago de las cuotas en Dólares Americanoslos servicios suministrados, al tipo a través de cambio compra vigente transferencia bancaria o deposito electrónico a favor del proveedor, para lo cual, este deberá presentar en la fecha Subdirección de pagoRecursos Financieros de los Servicios de Salud de Zacatecas, petición escrita indicando: razón social, domicilio fiscal, número telefónico y correo electrónico, nombre completo del apoderado legal con facultades de cobro y su firma, número de cuenta de cheques (número de clave bancaria estandarizada), banco, sucursal y plaza.
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Sources: Licitación Pública
PAGOS. El CLIENTE SUSCRIPTOR se obliga a pagar a IUSACELL por los SERVICIOS, las cantidades que correspondan de conformidad con los SERVICIOS indicados en la CARÁTULA o que hayan sido contratados posteriormente y de conformidad a las tarifas, montos, precios, fecha, forma y lugar de pago señalados en la CARÁTULA y que en forma enunciativa más no limitativa incluyen:
a) El cargo inicial de programación o un diferencial en el valor del EQUIPO, el cual se pagará por una sola vez al momento de la firma del presente contrato, conforme a la tarifa que se encuentre vigente a la fecha de contratación. La RENTA MENSUAL por adelantado, cuya tarifa deberá cancelar ser previamente registrada ante la COFETEL.
b) El uso del SERVICIO CONCESIONADO que incluye todas las llamadas o comunicaciones que el Préstamo otorgado SUSCRIPTOR realice.
c) Las cuotas por SERVICIOS ADICIONALES. Las cuotas por SERVICIOS DE LARGA DISTANCIA y ROAMING.
d) Los cargos por adelantado que correspondan por concepto de PAQUETE. Las tarifas, montos, precios, gastos de cobranza, fecha, forma y lugar de pago señalados en la CARÁTULA podrán ser consultados por el BANCO mediante el pago de cuotas mensuales, SUSCRIPTOR en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en página ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta Por lo que hace al cobro de pago oportunolos servicios de telecomunicaciones los mensajes escritos o SMS se cobrarán por mensaje enviado, parcial o totallos datos por kilobyte (KB) y se redondearán a megabyte (MB) al final de la sesión, las llamadas se miden en segundos y se redondean a minutos al final de cada comunicación (solamente se cobran las llamadas que son contestadas). En algunos paquetes (por ejemplo “El que recibe paga”) y escenarios (“Roaming”) pueden existir cobros por llamadas y mensajes recibidos. En caso de que exista un cambio de tarifas con el que el SUSCRIPTOR no esté de acuerdo, éste podrá cancelar el contrato sin penalidad, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado conformidad con el procedimiento indicado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumencláusula tercera. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud SUSCRIPTOR sólo podrá solicitar la cancelación del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado contrato en el párrafo anteriorsupuesto de que la modificación de tarifas sea en su perjuicio, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE toda vez que si se tratara de un descuento a las razones que motivaron la adopción mismas no procederá cancelación alguna. Las modificaciones de dichas decisióntarifas derivadas de disposiciones fiscales aplicables, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago no se considerarán cambios de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagotarifas.
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Sources: Telecommunications
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante 14.1 YPFB CHACO hará efectivo el pago de cuotas mensualesla facturación al CONTRATISTA a los 30 Días de recibida la factura, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y cuenta que se especifica en el Cronograma Anexo “C” del Contrato.
14.2 En el caso de Pagos que forman parte integrante del presente ContratoYPFB CHACO objete una factura, cancelando YPFB CHACO deberá pagar el importe indicado porcentaje de la factura que no fue objetado y notificará al CONTRATISTA, sobre los ítems que no cuentan con su aprobación.
14.3 El pago que realiza YPFB CHACO no presume la aceptación de que la facturación sea correcta y el pago no representa la renuncia, la pérdida o el menoscabo de cualquier derecho o acción que corresponda a YPFB CHACO en dichos documentosvirtud de este Contrato o conforme a las normas aplicables o a la equidad.
14.4 El CONTRATISTA no acordará con sus contratistas o subcontratistas dentro de sus contratos u órdenes de compra respectivos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar que los pagos en forma directa en las cajas del BANCOque efectúe el CONTRATISTA a sus contratistas, mediante subcontratistas o proveedores, estén condicionados a recibir el pago previo de YPFB CHACO (por ejemplo, no habrán cláusulas de “pagar cuando se haya recibido pago”).
14.5 YPFB CHACO podrá, a su solo criterio, retener el total o parte de cualquier suma que deba ser pagada al CONTRATISTA cuando sea necesario para YPFB CHACO prevenir o precautelarse de pérdidas eventuales u ocasionadas, a causa de:
(a) Trabajos defectuosos no subsanados. Por YPFB CHACO:
(b) Reclamos o evidencias que indican que probablemente se registren reclamos.
(c) Presentarse la razonable certeza de que los Trabajos no se completarán hasta la fecha de entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con para el momento que deban finalizar los Trabajos de acuerdo al balance no pagado hasta ese momento.
(d) Daños a cualquiera de los miembros del Grupo YPFB CHACO u otros, según se define este término más adelante.
(e) Montos adeudados o que pudieran adeudarse a YPFB CHACO por parte del CONTRATISTA.
(f) Incumplimiento en la conclusión de los Trabajos.
(g) Que YPFB CHACO considere que el BANCO suscriba convenios CONTRATISTA no ha cumplido con cualquiera de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇las cláusulas del Contrato.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇
(h) Cualquier otra obligación del CONTRATISTA dispuesta por el Contrato y/o que pueda de otra manera ser prevista, requerida o dispuesta por las leyes aplicables.▇▇▇.▇▇. La falta
14.6 En caso de pago oportunoque dichos montos sean retenidos por YPFB CHACO, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de estos se harán al CONTRATISTA puntualmente una vez que se hayan reparado y subsanado por completo las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse observaciones motivos de la retención.
14.7 Asimismo, las Partes reconocen que cualquier cargo que no esté estipulado en la moneda de financiamientoel Contrato o por una enmienda debidamente firmada, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagoserá rechazado.
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Sources: Master Services Agreement
PAGOS. El CLIENTE pagará cada factura en el lugar y forma que el OPERADOR DE LICUEFACCIÓN designe para tal efecto, en pesos, a más tardar xxx (xx) días hábiles después de la emisión de la factura. El vencimiento de cada factura será el xxx día hábil posterior a la entrega de la misma factura, siempre y cuando ésta se emita una vez se haya agotado el procedimiento establecido en esta cláusula. Para el efecto, al finalizar el día del vencimiento, EL OPERADOR DE LICUEFACCIÓN deberá cancelar tener disponibles y efectivos los recursos de los pagos efectuados por EL CLIENTE; en caso contrario se entenderá que EL CLIENTE no ha realizado el Préstamo otorgado por pago. EL CLIENTE deberá utilizar los procedimientos de pago que indique EL OPERADOR DE LICUEFACCIÓN y suministrar vía correo o medio electrónico, la información completa del pago efectuado, a más tardar el BANCO mediante día hábil siguiente a la fecha de pago. Si el pago no se realiza dentro del plazo estipulado, EL CLIENTE incurrirá en incumplimiento de cuotas mensualessus obligaciones y EL OPERADOR DE LICUEFACCIÓN podrá ejecutar la garantía establecida en este Contrato. Cuando la garantía no sea suficiente para pagar las obligaciones del CLIENTE correspondientes al Servicio de Licuefacción de Gas Natural en Firme prestado conforme a este contrato, en EL OPERADOR DE LICUEFACCIÓN podrá cobrar la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma tasa de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo interés ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ sobre los montos faltantes. EL CLIENTE deberá pagar, dentro del plazo de la factura expedida según lo dispuesto en el Artículo 18 de la Resolución CREG 123 del 2013 o la resolución vigente aplicable, las sumas que no son motivo de objeción o, de lo contrario, EL OPERADOR DE LICUEFACCIÓN podrá hacer efectiva la garantía que ampara el presente Contrato hasta por el valor correspondiente a las sumas que no son objetadas. Una vez EL OPERADOR DE LICUEFACCIÓN resuelva la diferencia que motiva la objeción, y los seguros opcionalessi existieran valores faltantes, EL CLIENTE deberá cancelarlos reconociendo la tasa de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇interés ▇▇ ▇▇▇▇ si la objeción no es aceptada. En caso contrario, la DTF vigente al momento del vencimiento de la factura expedida según lo dispuesto en el Artículo 18 de la Resolución CREG 123 del 2013. Los pagos que realicen los comercializadores y los usuarios no regulados se aplicarán primero a la cancelación de intereses ▇▇ ▇▇▇▇ deberá realizarse y luego al valor de capital, considerando la antigüedad de los vencimientos, de conformidad con el artículo 881 del Código de Comercio. PARÁGRAFO 1. El retraso en la moneda emisión de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago factura por parte de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo EL OPERADOR DE LICUEFACCIÓN no afectará la vigencia o los valores de cambio compra vigente en la fecha de pagogarantía presentada por EL CLIENTE.
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PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago importe del contrato será pagado en una sola exhibición con recursos de cuotas mensualesCFE, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través contra recepción de los canales electrónicosentregables y a los 15 días naturales posteriores a la aceptación de la factura, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará momento a partir del cual se hará exigible la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumenpago. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO proveedores se realizará, preferentemente, vía transferencia electrónica de fondos o depósito en cuenta de cheques, por lo que los licitantes podrán optar por alguna de estas formas de pago, solicitando a queCFE, mediante el llenado del formato del anexo 20, su inclusión en virtud a su facultad el sistema de compensación normada pago interbancario o depósito en virtud del artículo 132° cuenta de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier conceptocheques, para lo cual indicarán la institución bancaria y el número de cuenta a la que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que requieren se establezca el pago de las cuotas obligaciones derivadas de los contratos; la misma podrá ser modificada a petición del proveedor, siempre y cuando dicha modificación se solicite al área de finanzas a más tardar en la fecha de entrega de la factura correspondiente. En caso de que el pago se realice mediante transferencia bancaria, porque así lo haya solicitado el proveedor, CFE no asume ninguna responsabilidad por el tiempo que se tomen las instituciones bancarias en realizar la transferencia. Los proveedores podrán solicitar a CFE la condición de pronto pago, misma que operará en caso de existir disponibilidad presupuestaria y calendarios autorizados, y la aceptación, del propio proveedor del descuento a efectuar en la factura por el adelanto en el pago con relación a la fecha pactada. El proveedor deberá solicitar esta condición por escrito, una vez que se realice la entrega y se presente el documento o la factura en la que se refleje el descuento por el pronto pago o aceptará, en su caso, el descuento que determine la Gerencia de Operación Financiera a su solicitud. El proveedor debe presentar las facturas para su autorización, revisión y trámite de pago en Departamento Divisional de presupuestos con domicilio en Blvd. ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ y ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, No 2098, Fracc. Residencias, CP. 21280, Mexicali BC., de lunes a viernes, en horario de 8:30 a 13:00horas. En el caso de que las facturas entregadas por los proveedores para su pago, presenten errores o deficiencias, CFE, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, regresará las facturas al proveedor, indicando las deficiencias que deberá realizarse corregir. Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el proveedor, éste debe reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme a la moneda tasa de financiamientointerés que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagocréditos fiscales.
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Sources: Invitation to Bid
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar Estado se obliga a pagar al Acreditante, el Préstamo otorgado por el BANCO monto dispuesto del Crédito, más los intereses correspondientes, en un plazo de hasta [●] ([●])1619 meses, equivalentes a [●] ([●]) Días, contados a partir de la primera Disposición del Crédito, sin exceder la vigencia máxima del presente Contrato señalada en la Cláusula Quinta, mediante el pago de cuotas amortizaciones mensuales, en integradas con pagos consecutivos de acuerdo con la oportunidad prevista en la Hoja Resumen tabla de amortización [y en el Cronograma de Pagos que forman formará parte integrante del Pagaré correspondiente] 1720 que se acompaña al presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; Contrato como Anexo 5 así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de capital se realizará junto con los intereses correspondientes calculados sobre saldos insolutos, en cada Fecha de Pago. Los pagos que el Estado realice al Acreditante, directamente o a través del Fideicomiso Maestro, serán aplicados en el siguiente orden de prelación:
6.1 A los gastos en que haya incurrido el Acreditante para la recuperación del Crédito, más los impuestos que, en su caso, se generen conforme a las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse disposiciones f iscales vigentes.
6.2 A los intereses moratorios, más los impuestos a cargo del Acreditado que, en su caso, se generen conforme a las disposiciones f iscales vigentes.
6.3 A los intereses ordinarios vencidos y no pagados, más los impuestos a cargo del Acreditado que, en su caso, se generen conforme a las disposiciones f iscales vigentes.
6.4 Al capital vencido y no pagado partiendo de la moneda amortización más antigua a la más reciente.
6.5 A los intereses ordinarios, más los impuestos a cargo del Acreditado que, en su caso, se generen conforme a las disposiciones f iscales vigentes.
6.6 A la amortización del capital del Periodo de financiamientoPago correspondiente, señalada y
6.7 A la amortización anticipada del capital, no vencido, en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago orden inverso al vencimiento de las cuotas amortizaciones respectivas, en Dólares Americanosel entendido que las cantidades pagadas tienen que ser suficientes para cubrir la mensualidad anticipada correspondiente, en términos de la Cláusula Séptima siguiente. [Si el remanente no es suficiente para cubrir una determinada amortización se debe registrar en una cuenta acreedora para ser aplicado al tipo vencimiento del pago inmediato siguiente, salvo que se trate de cambio compra vigente una amortización anticipada resultado de la aceleración del Crédito, caso en el cual, la fecha cantidad correspondiente se aplicará al pago parcial de pagola amortización antes señalada.] 1821 Todos los pagos realizados por el Estado al Acreditante conforme al presente Contrato deberán realizarse sin compensación o deducción de ninguna especie, sin retención alguna respecto de cualesquiera impuestos, gravámenes, contribuciones, derechos, 1619 Idem. 1720 Según lo requiera la Institución Financiera que corresponda. 1821 Se podrá incluir a solicitud del Licitante Ganador. tarifas o cualesquier otras cargas, presentes o futuras, impuestas por cualquier autoridad gubernamental respecto de dichos pagos, así como cualesquier recargos, multas, actualizaciones u otros accesorios en relación con los pagos mencionados.
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Sources: Contrato De Apertura De Crédito
PAGOS. 3.1 El CLIENTE deberá cancelar Cliente se compromete a pagar a Cooltra:
a) La Fianza, en el Préstamo otorgado mismo momento de la firma del Con- trato, y que en todo caso será cargada en la cuenta corriente o tarjeta del cliente.
b) La cantidad resultante de la aplicación de la Tarifa Gen- eral Vigente y el precio inicial pactado en el contrato de alquiler según la tarifa seleccionada, correspondiente a duración, seguros adicionales, equipamiento adicional y servicios complementarios, según las condiciones estipuladas, así como los impuestos y tasas aplicables.
c) La cantidad correspondiente a las multas o sanciones derivadas de cualquier infracción de la legislación vigente, en que pudiera incurrir el Cliente derivado del uso de Vehículo, así como los intereses y recargos correspondientes y los gastos judiciales o extrajudiciales que genere.
d) En caso de multa, Cooltra procederá al cobro de 30€ al cliente por las gestiones administrativas correspondien- tes, cantidad que se cargará directamente en la tarjeta de crédito del cliente.
e) La cantidad de 50€ si un empleado de Cooltra debe de- splazarse a un depósito municipal para recuperar el BANCO mediante el ve- hículo que fue retirado por responsabilidad del Cliente.
f) Así mismo será también responsable del pago de cuotas mensualesla tasa o multa impuesta por las autoridades locales por la retirada del vehículo, y que se cargará directamente en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en tarjeta de crédito del cliente.
g) El importe que pudiera derivarse por cualquier circun- stancia causando el Cronograma Cliente perjuicios a terceros o a Cooltra. En el supuesto de Pagos que forman parte integrante del presente Contratoya estuviera asegurado, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ cuando ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, ▇ perciba de haber sido contratados la aseguradora el importe del perjuicio o daño lo devolverá al Cliente lo que le hubiera cobrado por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega tal concepto.
3.2 En caso de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios Cliente no satisfaga estos importes, Cooltra está legitimada a retenerlos de recaudaciónla Fianza y, en caso de que ésta sea insuficiente, Cooltra cargará el exceso en la cuenta de la tarjeta de crédito del cliente. La información sobre éstos últimos Si el cliente no paga en 24 horas Cooltra podrá encontrarse deducir dicho pago de la fianza o depósito y reclamarlos por la vía judicial o extrajudicial sin más trámite previo.
3.3 Con la firma del Contrato de Alquiler se entenderá que el Cliente autoriza expresamente el cobro directo de estos importes en ▇▇▇su cuenta o tarjeta de crédito.▇▇▇
3.4 El Cliente está obligado a llevar siempre consigo una copia del Contrato de ▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pago.
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Sources: Contrato De Arrendamiento
PAGOS. El 4.1. En virtud del contrato de condiciones uniformes para la prestación del servicio público de energía eléctrica, el CLIENTE deberá cancelar autoriza expresa e irrevocablemente a COLPATRIA, para realizar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago cobro de las cuotas mensualesdel crédito otorgado, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, con los intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo corrientes ▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen factura del servicio de energía eléctrica del que es beneficiario el CLIENTE correspondiente al Número de CLIENTE y que es proporcionado por CODENSA S. A. ESP o quien haga sus veces. En caso de acuerdo trasladarse de vivienda, el CLIENTE notificará a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier conceptoCOLPATRIA, para que lo aplique este realice el traslado de la deuda. La primera cuota será incluida para su pago en el siguiente ciclo de facturación del servicio de energía que corresponda al inmueble, inmediatamente siguiente a la fecha de utilización de la tarjeta. Si no fuere posible hacerlo en ese ciclo, su cobro se incluirá en la siguiente factura. El cobro incorporará los intereses remuneratorios sobre el saldo adeudado, por los días que transcurran entre la fecha de utilización de la tarjeta y la fecha de pago de alguna posible deuda existente generada la factura de energía en la que se facture el cobro. Las cuotas siguientes incorporarán intereses remuneratorios por obligaciones vencidas los días que transcurran entre la fecha de emisión de la anterior factura y plenamente exigiblesla fecha de emisión de la factura de energía en la que se realiza el cobro correspondiente. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará 4.2. Los pagos del crédito junto con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción factura de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que energía se deberán hacer dentro del plazo establecido para el pago de la respectiva factura del servicio público de energía, en los centros de atención al cliente de CODENSA S. A. ESP o en cualquiera de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse instituciones financieras o entidades en la moneda general, con quien CODENSA
S. A. ESP tenga convenio de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará recaudo para el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo la factura del servicio de cambio compra vigente energía eléctrica. Si la respectiva cuota del mes no fuere incluido en la fecha factura de pagoenergía, o la factura no fuere remitida por cualquier motivo, el CLIENTE deberá acercarse a cualquiera de los centros de atención al CLIENTE de CODENSA S.A. ESP. antes de finalizar el mes en vigencia para notificar formalmente esta inconsistencia, de manera que se verifique y se incluya su cobro en la siguiente facturación. 4.3. En caso que el CLIENTE que tenga el cupo de crédito con COLPATRIA sea un arrendatario o sea tenedor del inmueble correspondiente o cualquier otro título legitimo, éste estará obligado a notificarle al propietario del inmueble sobre la deuda que adquiere con COLPATRIA.
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Sources: Financing Agreement
PAGOS. El CLIENTE Pliego Particular establecerá las condiciones y formas de pago. En todos los pagos la Administración podrá deducir del monto a pagar, la suma correspondiente a cualquier deuda que el contratista mantenga con el organismo contratante, relativa al contrato. IM.P.O. El que suscribe (NOMBRE DE QUIEN FIRME Y TENGA PODERES SUFICIENTES PARAREPRESENTARALAEMPRESA OFERENTE) en representación de (NOMBRE DE LA EMPRESA OFERENTE) declara que los bienes integrantes de la oferta que se detallan a continuación califican como nacionales de acuerdo a la normativa vigente. Por lo tanto, solicita la aplicación del beneficio que consagra el art. 58 del TOCAF. ANEXO II - Modelo de Declaración para SERVICIOS (CON Suministro de bienes) que califican como nacionales (Decreto Nº 13/009) El que suscribe (NOMBRE DE QUIEN FIRME Y TENGA PODERES SUFICIENTES PARAREPRESENTARALAEMPRESA OFERENTE) en representación de (NOMBRE DE LA EMPRESA OFERENTE) declara que su oferta califica como nacional de acuerdo a lo dispuesto en el art. 8 del Decreto Nº 13/009. Declara, asimismo, que el/los servicio/s que ofrece incluye/n el suministro de bienes y los que NO CALIFICAN COMO NACIONALES representan el XX % del precio ofrecido (si se trata de varios servicios ofrecidos se deberá cancelar detallar el Préstamo otorgado porcentaje en cada caso). Por lo tanto, solicita la aplicación del beneficio que consagra el art. 58 del TOCAF. El Pliego de Bases y Condiciones Generales, deberá ser complementado por un Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el BANCO mediante el pago que contendrá necesariamente las cláusulas siguientes:
1. El objeto del contrato y las condiciones especiales o técnicas requeridas.
2. Cotización:
a) Modalidad (plaza, exterior, o ambas, aclarando en caso de cuotas mensuales, ser exterior los Incoterms -Cámara de Comercio Internacional (CCI)- aplicables en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y versión vigente).
b) Forma (precios unitarios o totales, parciales o globales, escalonados por cantidad, etc.).
c) Tipo (precios firmes, precios escalonados en el Cronograma tiempo, precios ajustables, etc.).
d) Aceptación de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ cotizaciones parciales.
e) ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, /s aceptada/s.
f) Para el caso de haber sido contratados aceptarse cotizaciones del exterior a importar por el Clienteorganismo, se deberán indicar las condiciones que deberá cumplir el oferente y adjudicatario a tal fin.
g) Mantenimiento de oferta: - Indicación de plazo mínimo. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega - Posibilidad de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇prórroga automática.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pago.
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Sources: Licitación
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar Por los servicios encomendados, Fundación Integra pagará al adjudicado las sumas que a continuación se detallan:
a) En el Préstamo otorgado caso de los proyectos de Gestión Completa, por cada estudio de títulos aprobado, incluyendo: a) certificado de dominio vigente de la propiedad y copia autorizada de inscripción conservatoria, b) certificado de hipotecas y gravámenes y de prohibiciones e interdicciones de enajenar, y c) certificado de avalúo fiscal emitido por el BANCO mediante el pago Servicio de cuotas mensualesImpuestos Internos, en se pagará la oportunidad prevista en suma de $100.000.- (cien mil pesos), impuestos incluidos.
b) Por cada aprobación de comodato se pagará la Hoja Resumen y suma de $100.000.- (cien mil pesos), impuestos incluidos, cuando se obtenga la comparecencia del propietario en el Cronograma comodato extendido por escritura pública o se cuente con el certificado municipal; y
c) Por la copia autorizada de Pagos la inscripción del comodato en el registro respectivo y de la matriz ingresada para inscripción con timbre de las anotaciones que forman parte integrante del presente Contratose hayan efectuado a su respecto, cancelando se pagará la suma de $300.000.- (trescientos mil pesos), impuestos incluidos.
d) Cuando se encomiende sólo el importe indicado en dichos documentosestudio de títulos, lo cual incluirá el capitalpor cada informe aprobado, intereses compensatoriosincluyendo: a) certificado de dominio vigente de la propiedad y copia autorizada de inscripción conservatoria, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera b) certificado de fecha, hipotecas y gravámenes y de ser el casoprohibiciones e interdicciones de enajenar, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, c) certificado de haber sido contratados avalúo fiscal emitido por el ClienteServicio de Impuestos Internos, se pagará la suma de $250.000.- (doscientos cincuenta mil pesos), impuestos incluidos. El CLIENTE podrá realizar pago por los pagos en forma directa en las cajas servicios será por mes vencido y se cursará previa emisión y envío por parte del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° adjudicatario de la Ley General factura correspondiente o la boleta de servicios respectiva y del Sistema Financiero y Orgánica reporte al que se alude en el N° 6 de estas bases. Las partes convienen que Fundación Integra tendrá un plazo de 8 días corridos, contados desde la recepción de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier conceptofactura, para que lo aplique al pago reclamar respecto de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagosu contendido.
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PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago de cuotas mensuales, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo -EL SUSCRIPTOR pagará a ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ vigente al momento ▇▇▇▇▇▇ por el servicio prestado, las cantidades que correspondan conforme a las tarifas establecidas, las cuales podrán variar de incumplimiento, la misma que consta tiempo en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que tiempo según lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas determine ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇. EL SUSCRIPTOR se obliga a pagar a ▇▇▇▇ deberá realizarse ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, los valores que consten en la moneda respectiva factura. El sistema de financiamiento, señalada pago para cubrir las cantidades amparadas en cada factura podrá ser cualquiera de los que a continuación se mencionan o cualquier otro que de tiempo en tiempo introduzca ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇.
▇.- ▇▇▇▇ a ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇: el cual el SUSCRIPTOR se obliga a realizar todos sus pagos mensuales y extraordinarios en el lugar que ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ le indique y hasta dentro del plazo que conste en la Solicitud; sin embargofactura.
B.- Cargo Automático: en el cual todos los pagos del SUSCRIPTOR son realizados mediante débitos a la cuenta bancaria en el respectivo banco o mediante el cargo a la tarjeta de crédito que señale el SUSCRIPTOR. En este caso, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pago será aquella en la cual ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ a través del banco correspondiente efectúe el débito de los valores respectivos o a través del emisor de la tarjeta de crédito del SUSCRIPTOR, cuando éste emita su estado de cuenta e incorporen el cargo por los consumos efectuados y que correspondan a los servicios del período de facturación de que se trate. Para efectuar el cargo automático a la cuenta bancaria o la tarjeta de crédito, el SUSCRIPTOR expresamente autoriza a ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ para que todos los pagos mensuales, ordinarios y extraordinarios que deba efectuar el SUSCRIPTOR a ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, se realicen mediante cargo automático a la cuenta bancaria o a la tarjeta de crédito indicadas en el anexo "A" para lo cual, conjuntamente con la firma de este contrato, el SUSCRIPTOR también suscribe la orden de débito y autorización dirigida a la institución con quien tiene celebrado el contrato de cuenta bancaria o de uso de la tarjeta de crédito. En consecuencia, el SUSCRIPTOR, con la firma de este contrato, da su consentimiento expreso a ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ para que los cargos que correspondan sean cargados y cobrados a través de la cuenta bancaria o de la tarjeta de crédito del SUSCRIPTOR, señalados en el Anexo "A". Si por cualquier causa la cuenta bancaria o la tarjeta de crédito, señaladas por el SUSCRIPTOR fuera cerrada o boletinada, respectivamente, el SUSCRIPTOR deberá dar aviso a ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de inmediato, señalando la nueva cuenta bancaria o tarjeta de crédito a la cual se cargarán todos sus adeudos y los valores que se originen en el futuro. Si el SUSCRIPTOR no hiciere lo señalado anteriormente, ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ tendrá derecho a rescindir el presente contrato, y, además, en caso de existir deudas pendientes por parte del SUSCRIPTOR, ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ podrá proceder al cobro de dichos valores conforme lo prevé este contrato. Los cargos que aparezcan en el estado de cuenta de la cuenta bancaria o de la tarjeta de crédito del SUSCRIPTOR serán considerados como obligaciones ejecutivas. Consecuentemente, el estado de cuenta emitido por el Banco con quien el SUSCRIPTOR ha celebrado el contrato de cuenta bancaria o emitido por la compañía emisora de la tarjeta de crédito, tienen el valor y el mérito de títulos ejecutivos ya que el SUSCRIPTOR expresamente acepta que las obligaciones para con ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ por los servicios prestados son obligaciones dinerarias, puras, líquidas y determinadas, por lo que al vencimiento de su plazo podrán ser demandadas por la Vía ejecutiva; y además, aún antes de su vencimiento, podrán ser cedidas a cualquier título, liberando a ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de la obligación de efectuar notificación previa de la cesión, la cual el SUSCRIPTOR expresamente declara aprobarla desde ya en todas sus partes. C) Pago en su Banco: en el cual el SUSCRIPTOR se obliga a realizar todos los pagos mensuales, ordinarios y extraordinarios en cualquiera de los bancos que ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ le indique, a más tardar el día que se establezca en cada factura que ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ le envíe. Dicha fecha límite será considerada como la fecha de pago de este sistema de pago. Cualquiera que sea el sistema de pago escogido en los términos de las cláusulas anteriores, el SUSCRIPTOR expresamente declara y acepta, sin reservas de ninguna naturaleza y renunciando a cualquier excepción que pudiere favorecerle en juicio, que las obligaciones de pago del servicio prestado por ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, así como de los impuestos, tasas, tarifas, y adicionales a los mismos, constituyen obligación pura, líquida y determinada, las que a partir de la fecha de pago se considerarán de plazo vencido, otorgando al estado de cuenta mensual que emite ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ y que contiene el detalle de estas obligaciones, el valor de prueba plena de los consumos efectuados por el SUSCRIPTOR y del servicio prestado por ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇. Consecuentemente, EL SUSCRIPTOR renuncia expresamente fuero y domicilio y se somete a la vía y al trámite ejecutivo para cualquier litigio derivado del incumplimiento de sus obligaciones contractuales con ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, liberando a ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del trámite de notificación previa en caso de cesión de sus derechos, cualquier título, y aprobándola desde ya en todas sus partes. ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ podrá modificar o sustituir en cualquier tiempo el sistema de pago por cualquiera de los otros sistemas contenidos en el presente contrato o por aquellos otros que de tiempo en tiempo determina ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, mediante simple notificación por escrito al SUSCRIPTOR, con tres días de anticipación. ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ se reserva el derecho de elegir la forma de pago que estime más conveniente a sus intereses. Los sistemas de pago previstos en el presente contrato no constituyen una obligación para ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ si no que tienen el carácter de facultativo para ésta, a sugerencia del SUSCRIPTOR. Así mismo, ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ estará facultado, en caso de que el sistema de pago sea cargo o débito automático, a realizar el cobro correspondiente a través de dicho procedimiento, en cualquier momento. Si el SUSCRIPTOR no hiciere reclamación alguna dentro de los diez días siguientes contados desde la fecha en que terminó el período al que se refiere al cobro, se presume que está conforme con la respectiva factura. En caso de que el SUSCRIPTOR no cubra a ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ la totalidad de la cantidad constante en la factura de cada mes, la cantidad insoluta causará intereses a partir del día siguiente a aquel establecido como fecha de pago y hasta el día en el cual se efectúe la cancelación total, a la tasa activa promedio máximo de libre contratación de los cinco bancos más grandes del país, más el recargo por ▇▇▇▇ que para el sistema financiero determinare la autoridad monetaria. La reactivación del servicio que fue objeto de suspensión se la realizara en aproximadamente 4 horas después de confirmado el pago.
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Sources: Service Agreement
PAGOS. 6.1 El CLIENTE deberá cancelar Suscriptor se obliga a pagar al Proveedor los cargos que se generen por los Servicios desde la fecha en que se active el Préstamo otorgado por Servicio, así como los servicios adicionales que posteriormente contrate con el BANCO Proveedor; así como cualquier cargo de Servicios de Terceros, que el Suscriptor haya consentido con cargo a su Estado de Cuenta y/o Factura; el consentimiento que otorgue al Proveedor será a través de los medios disponibles al momento de la contratación, incluidos los electrónicos. El Suscriptor acepta que existente entre el momento del uso efectivo de determinado Servicio prestado mediante el pago terceros (Servicios de cuotas mensualesLarga Distancia Internacional y/o Roaming, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen entre otros) y en el Cronograma que el Proveedor se hace sabedor del cargo, por lo que dicho cargo podrá ser realizado en un plazo no mayor a tres ciclos de Pagos facturación.
6.2 El proveedor entregará al suscriptor un Estado de cuenta en el que forman parte integrante del presente Contratose detallan los Servicios efectivamente utilizados, cancelando el importe indicado en dichos documentoscorrespondientes al Ciclo de Facturación anterior, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo la Fecha ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados el monto adeudado por el ClienteSuscriptor, la Renta, el monto adeudado por el Equipo y demás conceptos facturables, la Fecha Límite de Pago, entre otros datos y que se le dará a conocer por lo menos 10 (diez) días antes de la fecha de vencimiento del plazo para el pago de los servicios contratados. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega hecho de dinero en efectivo o cheque que el Suscriptor no reciba la Factura por cuestiones ajenas al proveedor no libera al mismo de gerencia; así como a través la obligación de pago de los canales electrónicosServicios dentro de la Fecha Límite de Pago establecida al efecto, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.siendo su responsabilidad solicitar su saldo al CAP, llamando al ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇ o en ▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial ▇.▇▇ o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen aplicación Mi ATT y efectuar el pago oportuno del mismo.
6.3 Todos los cargos aplicables deberán ser pagados por el Suscriptor a más tardar en la Fecha Límite de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente Pago, salvo aquellos cargos que deberán ser pagados al momento de incumplimiento, la misma que consta contratación de los Servicios y las recargas de saldo.
6.4 Cuando el Suscriptor no haya liquidado el pago en la Hoja Fecha Límite de ResumenPago dentro de los 3 (tres) estados de cuenta siguientes o cuando la Garantía otorgada por el Suscriptor para el cumplimiento de sus obligaciones de pago, no cubra el total de lo adeudo por el Suscriptor a la fecha de cobro, el Proveedor podrá (i) suspender la prestación de los Servicios y/o (ii) exigir en una sola exhibición el pago total del adeudo. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera Suscriptor podrá consultar su saldo de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a queforma gratuita en el CAP, en virtud los teléfonos que se detallan en la Factura o a su facultad través del portal de compensación normada AT&T y/o en virtud la aplicación Mi ATT. Durante la suspensión del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado Servicio establecido en el párrafo anterior, el BANCO comunicará Suscriptor no deberá cubrir servicios no prestados, sino únicamente, el costo por reconexión y el costo mensual por equipo. En caso de que el Suscriptor pague los adeudos pendientes y el servicio se haya suspendido, el Proveedor reiniciará la prestación de los Servicios en veinticuatro horas.
6.5 El Proveedor prestará al Suscriptor los Servicios de Larga Distancia Internacional en forma directa o mediante el acceso a redes de concesionarios que estén autorizados, y con posterioridad al CLIENTE las razones los que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s)el Proveedor tenga celebrados acuerdos para tales efectos. El CLIENTE acepta Suscriptor cubrirá los cargos correspondientes a los Servicios de Larga Distancia Internacional y Roaming conforme a los registros que se generen en el sistema del Proveedor y la aplicación de las tarifas correspondientes a dichos eventos, previamente registradas ante el IFT. Lo anterior con independencia de los cargos de tiempo aire, Roaming y cualesquiera otros que se generen o que puedan generarse en forma paralela.
6.6 El Suscriptor deberá reportar al CAP o al CAT cualquier cargo en la Factura que no reconozca dentro del Plazo de 2 (dos) ciclos de facturación, contados a partir de la Fecha Límite de Pago. En caso de que la reclamación hecha por el Suscriptor conforme a lo establecido en el presente Contrato sea procedente, el Proveedor deberá abonar al Suscriptor la diferencia y bonificación de por lo menos 20% a su favor en el siguiente Ciclo de Facturación. Lo términos anteriores serán sin perjuicio del derecho del Suscriptor de interponer ante PROFECO su queja en contra del Proveedor para reclamar el cargo indebido en el término de un año.
6.7 En caso de que el pago Suscriptor pague con cheque y éste sea devuelto por el banco por causa imputable a éste, deberá pagar al Proveedor en adición al monto adeudado conforme al Estado de Cuenta, el 20% (veinte por ciento) del importe del cheque devuelto de conformidad con lo dispuesto por el artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Asimismo, el Proveedor podrá solicitar al Suscriptor un aumento en el monto de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse garantías y requerir pagos en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagoefectivo.
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Sources: Telecommunications
PAGOS. 1. El CLIENTE deberá cancelar pago de todas las cuentas se realizará dentro del plazo indicado en la factura, sin ningún descuento o deducción por ningún motivo, salvo si se acuerda lo contrario por escrito. Si el Préstamo otorgado por el BANCO mediante Comprador no realiza el pago dentro de cuotas mensualeseste plazo, el Comprador incurrirá en incumplimiento de conformidad con la oportunidad prevista ley sin que se requiera ningún aviso de incumplimiento. Se considerará que la fecha valor indicada en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo extractos bancarios ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas ▇ constituye la fecha efectiva del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇pago.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles
2. En atención a lo señalado el caso de incumplimiento en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de una factura tras la fecha de vencimiento, el Comprador incurrirá en incumplimiento y todas las cuotas ▇reclamaciones del Comprador serán totalmente vencidas y pagaderas de inmediato. En tal caso, y sin perjuicio del derecho ▇▇ ▇▇▇▇▇ en virtud de cualquier contrato ▇ ▇▇▇, ▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamientotendrá derecho a (i) suspender (más) entregas y/o (ii) cobrar intereses sobre el importe vencido a una tasa del 5 % (cinco por ciento) anual por encima del índice Eonia, señalada en la Solicitud; sin embargosujeto a un mínimo del 0 % (cero por ciento) según lo publicado por el Banco Central Europeo periódicamente, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en hasta la fecha de pagorecepción de todos los pagos pendientes.
3. En el momento y tras la celebración de un Contrato, el Comprador estará obligado a proporcionar, cuando ▇▇▇▇▇ lo solicite, una garantía adecuada para el cumplimiento de su pago y otras obligaciones en virtud del Contrato. Una garantía bancaria o una carta de crédito serán los únicos tipos de garantía aceptables. ▇▇▇▇▇ puede suspender el cumplimiento de cualquier obligación, incluida la entrega, hasta que se haya proporcionado la garantía solicitada.
4. Si ▇▇▇▇▇ entrega los Productos a plazos, las cuentas relacionadas con cada plazo se tratarán como cuentas separadas y serán pagaderas de acuerdo con las condiciones de pago aplicables a todo el Contrato.
5. Todos los pagos que le haga el Comprador ▇ ▇▇▇▇▇ se usarán primero para cancelar los intereses y/o costes pendientes adeudados por el Comprador y luego para cancelar los importes adeudados de las facturas pendientes, comenzando por las adeudadas durante más tiempo.
6. El Comprador pagará todos los costes, incluidos los honorarios legales y los costes extrajudiciales, incurridos en el cobro de cualquier deuda de un Comprador.
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Sources: Condiciones Generales De Venta
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar se obliga a devolver el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago de cuotas mensualesimporte del Crédito otorgado, más los intereses compensatorios, intereses moratorios o penalidades y las comisiones, en la moneda, periodicidad, oportunidad prevista de pago y plazo que se detallan en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo Pagos. EL BANCO podrá conceder al CLIENTE períodos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por ▇ para el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas pago del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web Crédito y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que diferir el pago de las cuotas ▇próximas a vencer, en casos excepcionales, o a solicitud del CLIENTE. Los intereses que se generen durante dichos períodos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ serán capitalizados. Los pagos que realice el CLIENTE se imputarán en el orden siguiente: a) gastos y comisiones; b) interés moratorio o penalidad por incumplimiento, de corresponder, en caso los pagos se efectúen en fecha de vencimiento distinta a la establecida; c) intereses compensatorios; d) capital. El saldo del Crédito devengará diariamente el interés compensatorio a la tasa efectiva detallada en la Hoja Resumen. Adicionalmente, en caso existan una o más cuotas vencidas – parcial o total- , EL BANCO podrá aplicar sobre el importe no cancelado oportunamente el interés moratorio o la penali- dad indicada en la Hoja Resumen. En estos casos, El CLIENTE incurrirá en ▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda forma automáti- ca, sin necesidad de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago requerimiento por parte de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagoEL BANCO.
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PAGOS. 4.1. El CLIENTE deberá cancelar Usuario podrá abonar la Cuota de Admisión/Admission Fee, el Préstamo otorgado por costo del Curso (el BANCO mediante “Precio del Curso/Tuition Fee”) y cualquier otro importe comprometido al pago, a través de transferencia o depósito bancario, tarjeta de crédito o débito. Las opciones de financiación del Precio del Curso/Tuition Fee estarán disponibles en el Sitio.
4.2. El Usuario autoriza a que doinGlobal recurra a un tercero a fin de procesar los pagos de la Cuota de Admisión/Admission Fee y del Precio del Curso/Tuition Fee y de cualquier otro importe comprometido al pago, y acepta la divulgación de su información de pago a dicho operador.
4.3. Si el Curso ya hubiese comenzado, el pago de cuotas mensuales, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en primera cuota y/o el Cronograma de Pagos que forman parte integrante pago total del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatoriosPrecio del Curso/Tuition Fee, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇corresponda, y será abonado dentro de los seguros opcionales30 días posteriores al pago de la Cuota de Admisión/Admission Fee. En el caso de que se hubiera abonado la Cuota de Admisión/Admission Fee pero el Curso no hubiese dado inicio, el pago de haber sido contratados la primera cuota y/o el pago total del Precio del Curso/Tuition Fee, según corresponda, será abonado dentro de los 30 días posteriores al inicio del mismo.
4.4. doinGlobal podrá suspender y/o finalizar el acceso del Usuario a las Plataformas y/o el acceso al Curso si el Usuario debiera alguna cuota del Curso por el Clientemás de 30 días corridos, sin que ello genere derecho a reclamo alguno por parte del Usuario.
4.5. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como Usuario autoriza a que doinGlobal lo contacte a través de los canales electrónicos, páginas web correo electrónico y/o establecimientos telefónicamente en relación con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda Cuota de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago Admisión/Admission Fee o del Precio del Curso/Tuition Fee o de las cuotas en Dólares Americanos, cualquier otro importe comprometido al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pago.
4.6. doinGlobal podrá tomar todas las medidas judiciales y/o extrajudiciales que estime pertinentes en aquellos casos que se registren deuda por parte del Usuario.
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Sources: Términos Y Condiciones Generales
PAGOS. 4.1 El CLIENTE Suscriptor se obliga a pagar a Nextel los cargos que se generen por los Servicios que queden establecidos en la Carátula, así como los que posteriormente contrate con Nextel. Los pagos deberá cancelar hacerlos en la forma y lugares señalados en la Factura.
4.2 El Suscriptor conoce y acepta que el Préstamo otorgado Plan Tarifario está sujeto a las modificaciones que la Concesionaria determine previo registro de las mismas ante la Cofetel.
4.3 Salvo por los cargos que deberán ser pagados al momento de la contratación de los Servicios, todos los cargos aplicables por los Servicios u otros conceptos deberán ser pagados por el BANCO mediante Suscriptor a más tardar en la Fecha Límite de Pago. Cuando el Suscriptor incumpla en el pago de cuotas mensualeslos conceptos establecidos en la Factura en la Fecha Límite de Pago, las Facturas subsecuentes ya no incluirán una Fecha Límite de Pago sino que éstas consignarán la leyenda de “Pago Inmediato”, debiendo llevar a cabo el Suscriptor el pago correspondiente de forma inmediata.
4.4 Si el Suscriptor no efectúa el pago correspondiente a más tardar en la Fecha Límite de Pago, deberá pagar a Nextel intereses moratorios a partir del día siguiente de dicha fecha y hasta el día en que efectivamente realice dicho pago. Los intereses moratorios se calcularán aplicando al monto adeudado el factor que resulte de multiplicar por 3 (tres) el Costo Porcentual Promedio de Captación (CPP) que mensualmente publica el Banco de México, durante el periodo de incumplimiento. En caso, de que en el momento de hacer la cuantificación de intereses, el Banco de México no hubiere aún publicado el CPP del mes, se tomará el CPP publicado del mes anterior.
4.5 En caso de que el Suscriptor pague con cheque y éste sea devuelto por el banco por cualquier causa, el Suscriptor deberá pagar a Nextel, en adición al monto adeudado conforme a la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en Factura, el Cronograma 20% (veinte por ciento) del importe del cheque devuelto de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, conformidad con lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados dispuesto por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. La Concesionaria podrá suspender el Servicio en caso de que sean devueltos 3 (tres) o más cheques del Sistema Financiero Suscriptor. Asimismo, Nextel podrá solicitar al Suscriptor un aumento en el monto de las garantías y Orgánica requerir pagos en efectivo.
4.6 El Suscriptor no podrá cambiar de Plan Tarifario por otro distinto durante el Plazo Mínimo, salvo con el consentimiento de Nextel de conformidad con el Código.
4.7 El Suscriptor deberá contratar un seguro para proteger el Equipo. En caso de que el seguro se contrate a través de Nextel, los términos y condiciones de la Superintendencia póliza de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado seguro incluidos en el párrafo anterior“Alcance de la Póliza de Seguro” serán los que prevalecerán, siendo responsable de cualquier reclamación relacionada con la misma la Compañía de Seguros correspondiente, liberando el BANCO comunicará Suscriptor a Nextel de cualquier responsabilidad relacionada con posterioridad el citado seguro.
4.8 El Suscriptor deberá reportar al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse CAP cualquier cargo en la moneda Factura que no reconozca dentro del plazo de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago 30 (treinta) días naturales contados a partir de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagoemisión de la misma. El Suscriptor deberá pagar el monto total de la Factura a más tardar en la Fecha Límite de Pago y presentar su reclamación por escrito respecto a los cargos no reconocidos en el CAP a más tardar en la Fecha Límite de Pago. Se entenderán reconocidos los cargos asentados en la Factura, si el Suscriptor no presenta dicha reclamación a más tardar en el término establecido en la presente cláusula. En caso de que la reclamación hecha por el Suscriptor conforme a lo establecido en el presente Contrato sea procedente, Nextel deberá bonificar al Suscriptor la diferencia a favor del Suscriptor en el siguiente Ciclo de Facturación.
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Sources: Contrato De Prestación De Servicios De Telecomunicaciones
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado EL SOCIO DINERS queda obligado a pagar los importes que figuran en los Estados de Cuenta con una frecuencia no mayor a la mensual a lo correspondiente por el BANCO mediante el pago de cuotas mensuales, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad los consumos por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web bienes y/o establecimientos servicios o de disposición de efectivo, tanto de él como el de Los Usuarios, que se hayan realizado con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial la Tarjeta o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigiblesTarjetas Adicionales. En atención a lo señalado el caso exista facturación en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas Soles y en Dólares Americanos, EL SOCIO DINERS deberá pagar los importes en ambas monedas. El pago que deba hacer, será en efectivo o con cargo en la cuenta que señale EL SOCIO DINERS, por los montos correspondientes al: (a) Mínimo Mes: No será menor al tipo señalado por las disposiciones legales vigentes, (b) Total Mes: Deuda total que EL SOCIO DINERS mantiene al cierre de cambio compra vigente la facturación de su estado de cuenta en la modalidad o en el plan revolvente, más las cuotas que vencen en el período facturado, comisiones, gastos e intereses (c) Deuda Total: Deuda total que EL SOCIO DINERS mantiene al cierre de la facturación de su estado de cuenta más el capital de las cuotas por vencer, comisiones, gastos e intereses. No incluye cargos, tales como compras y/o disposiciones de efectivo, ni intereses ni comisiones asociadas a las mismas, generados entre la fecha de pago.la facturación y la fecha en que realice la Deuda Total. En caso que la fecha de pago coincida con un día domingo o feriado, ésta se pasará para el día útil anterior. En caso EL SOCIO DINERS haya dado instrucciones para el pago con cargo en cuenta, ya sea para el Deuda Total, o
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Sources: Contrato De Tarjeta De Crédito
PAGOS. 1. Los pagos que se generen con motivo de la adjudicación de la presente Licitación, se efectuarán por bienes entregados a entera satisfacción del “área solicitante”. El CLIENTE proveedor deberá cancelar presentar la facturación correspondiente en el Préstamo otorgado almacén de la “Convocante”, a fin de que conste en la misma el sello de ingreso, así como el visto bueno del “área solicitante” y/o “área técnica”.
2. El plazo para realizar el pago no podrá exceder de 20 días naturales contados a partir de la fecha en que se haga exigible la obligación a cargo de la Convocante, siempre y cuando las facturas reúnan todos los requisitos establecidos por el BANCO mediante artículo 29 “A” del Código Fiscal de la Federación.
3. Las facturas entregadas por el proveedor para pago serán aprobadas en un plazo no mayor a tres días hábiles y en caso que presenten errores o deficiencias, la “Subdirección”, dentro de cuotas mensualeslos tres días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito al proveedor las correcciones que deberán realizarse de acuerdo con el artículo 89 y 90 del “Reglamento”.
4. Los pagos respectivos se efectuarán en moneda nacional, por transferencia electrónica, a la cuenta que previamente designe el licitante ganador. El licitante adjudicado tendrá que anexar a su factura carta con los datos para realizar dicha operación.
5. La(s) factura(s) deberán expedirse con los siguientes datos:
6. El concepto de la factura deberá estar desglosado considerando lo especificado en el Anexo Técnico 1. La factura podrá venir acompañada de un anexo, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y el que se detallen las especificaciones técnicas solicitadas en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo anexo.
7. Los pagos se incorporarán al Programa ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., y los seguros opcionalesse dará de alta en el mismo la totalidad de cuentas por pagar del licitante ganador, de haber sido contratados por para ello la factura aceptada se registrará en dicho programa a más tardar 09 (nueve) días posteriores a su recepción, misma que podrá ser consultada en el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en portal ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta ▇ a efecto de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique contratista ganador pueda ejercer la cesión de derechos de cobro al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pago.intermediario financiero,
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Sources: Licitación Pública Internacional
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar se obliga a pagar al INSTITUTO FONACOT los conceptos que se mencionan a continuación, cuando apliquen:
a) El importe de capital autorizado que conste en el Préstamo otorgado pagaré aceptado por el BANCO mediante INSTITUTO FONACOT.
b) Una comisión por apertura de crédito, cuyo porcentaje estará determinado por el pago de cuotas mensuales, INSTITUTO FONACOT en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y Autorización del Crédito.
c) Los intereses por diferimiento en el Cronograma de Pagos cobro, mismos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando se calcularán tomando en consideración el importe indicado ejercido más la comisión por apertura con el Impuesto al Valor Agregado (IVA), multiplicados por la tasa de interés ordinaria entre 360 (trescientos sesenta) días y multiplicados por 90 (noventa) días. Para el caso de programas de crédito temporales, aprobados por el INSTITUTO FONACOT, pudiera aplicarse un diferimiento en dichos documentosel cobro sin cargo de intereses por este concepto, lo cual incluirá el capitalEL CLIENTE verá reflejado en la Autorización de Crédito.
d) El importe de la aportación única para cada CRÉDITO FONACOT que contrate EL CLIENTE, intereses compensatoriosdestinada al Fondo de Protección de Pagos INFONACOT (FONDO) que cubre la pérdida del empleo, comisiones aplicablesfallecimiento, penalidad por pago fuera de fechainvalidez o incapacidad permanente total, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados financiado por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCOINSTITUTO FONACOT, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento la Cláusula DÉCIMA PRIMERA de incumplimiento, este CONTRATO DE CRÉDITO.
e) Intereses ordinarios a razón de la misma que consta tasa anual estipulada en la Hoja Autorización de ResumenCrédito sobre saldos insolutos con pagos periódicos, cuya suma de capital e intereses serán iguales. La tasa de interés se multiplicará por el saldo insoluto del crédito (integrado por los incisos a), b), c) y d) de esta cláusula SEXTA al inicio del cada periodo de pago de intereses, y el resultado se dividirá entre 360 (trescientos sesenta) días, multiplicando el producto por 30 (treinta). A los intereses ordinarios se le adicionarán los impuestos correspondientes. El Banco imputará los pagos primero a penalidad cobro de intereses ordinarios no será exigido por pago fuera de fechaadelantado, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado únicamente será por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagoperiodos vencidos.
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Sources: Contrato De Crédito
PAGOS. El pago de las rentas quincenales deberá efectuarse en el plazo establecido en las correspondientes Condiciones Particulares, que el CLIENTE deberá cancelar cancelará en el Préstamo otorgado domicilio de PALGO, o en la cuenta bancaria que este último indique por escrito. El plazo para reclamar el contenido de la boleta o factura será dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la recepción de la misma o a la fecha en la carta de falta de recepción de la boleta o factura conforme al numeral precedente. Transcurrido este plazo, se entenderá aceptada irrevocablemente la factura o boleta. Si existieran diferencias o discrepancias con respecto a los montos cobrados por los servicios, éstas serán analizadas y si Lima, …. de de 20 …. correspondiere realizar algún ajuste a lo facturado, este será formalizado vía nota de crédito o nota de débito según corresponda. La constitución en ▇▇▇▇ ante cualquier incumplimiento por parte del CLIENTE de cualquiera de sus obligaciones de pago que emanan del presente contrato es automática, de conformidadcon lo establecido por el BANCO mediante el pago de cuotas mensuales, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante artículo 1333° del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo Código Civil. En caso ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, se devengará un interés moratorio a una tasa de haber sido contratados 10% mensual sobre las sumas adeudadas o a la tasa de interés moratorio en moneda extranjera más alta permitida por el ClienteBanco Central de Reserva del Perú para las operaciones entre personas ajenas al sistema financiero. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas interés moratorio se aplicará desde el día inmediatamente posterior al del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta vencimiento del plazo de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará respectivo hasta la obligación de pagar una penalidad por fecha en que tenga lugar el pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud efectivo del artículo 132° total de la Ley General deuda. Los intereses moratorios que se generen por el no pago oportuno se sumarán a la facturación del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagoperíodo siguiente.
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Sources: Contrato De Arrendamiento
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar Municipio se obliga a pagar al Banco, el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago de cuotas mensuales, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y monto dispuesto con base en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando más los intereses correspondientes, mediante amortizaciones mensuales integradas con pagos con el importe indicado perfil específico, predeterminados y consecutivos de principal, en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera un plazo de fecha, hasta [•] ([•]) meses contados a partir de ser el caso, y los seguros obligatoriosla única disposición, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado se establece en la Hoja Resumen y tabla de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente amortización que se acompaña al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a quepresente Contrato como Anexo 6, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta entendido que el pago de principal se realizará junto con los intereses correspondientes calculados sobre saldos insolutos, en cada Fecha de Pago. Se adjunta como Anexo 6, de manera ejemplificativa, la tabla de amortización considerando el monto total del Crédito, la cual será sustituida por la tabla de amortización que se adjunte a la Solicitud de Disposición, de acuerdo con el monto efectivamente dispuesto. Los pagos que el Municipio realice al Banco, directamente o a través del Fideicomiso, serán aplicados en el siguiente orden de prelación: A los gastos en que haya incurrido el Banco para la recuperación del Crédito, más los impuestos que, en su caso, se generen conforme a las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá disposiciones fiscales vigentes. A los intereses moratorios, más los impuestos que, en su caso, se generen conforme a las disposiciones fiscales vigentes. A los intereses ordinarios vencidos y no pagados, más los impuestos que, en su caso, se generen conforme a las disposiciones fiscales vigentes. Al principal vencido y no pagado. A los intereses ordinarios, más los impuestos que, en su caso, se generen conforme a las disposiciones fiscales vigentes. A la amortización de principal del Periodo de Pago correspondiente, y A la amortización anticipada del principal, no vencido, en orden inverso al vencimiento de las amortizaciones respectivas, en el entendido que las cantidades pagadas tienen que ser suficientes para cubrir la mensualidad anticipada correspondiente, en términos de la Cláusula Séptima siguiente. Todos los pagos realizados por el Municipio al Banco conforme al presente Contrato o al Fideicomiso, deberán realizarse sin compensación o deducción de ninguna especie. Dichos pagos deberán ser realizados sin retención alguna respecto de cualesquiera impuestos, gravámenes, contribuciones, derechos, tarifas o cualesquier otras cargas, presentes o futuras, impuestas por cualquier autoridad gubernamental respecto de dichos pagos, así como cualesquier recargos, multas, actualizaciones u otros accesorios en la moneda relación con los pagos mencionados (conjuntamente, los “Impuestos”). En caso de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargoque se causen o se generen Impuestos sobre los pagos efectuados por el Municipio al Banco y, el BANCO aceptará resultado de lo anterior, sea incrementar el pago costo al Banco, reducir los ingresos a ser percibidos por el Banco o causar un gasto al Banco en relación con el presente Contrato y siempre y cuando dichos Impuestos: (i) no se traten de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente impuestos federales; (ii) no hayan existido en la fecha de pagocelebración del presente Contrato; o (iii) no hayan sido consecuencia de la cesión del presente Contrato a favor de un tercero, el cual se encuentre sujeto a obligaciones fiscales más gravosas que las del Banco, el Municipio conviene en pagar el monto de dicho incremento en costo, reducción en ingresos o gasto adicional derivado de dichos impuestos a fin de que los pagos efectuados por el Municipio al Banco de conformidad con el presente Contrato o bajo el Fideicomiso, después de efectuar la retención o deducción de que se trate, no resulten inferiores al monto que el Municipio debe pagar al Banco en términos del presente Contrato o del Fideicomiso.
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PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado Los costes de gestión serán abonados por el BANCO mediante promotor a la firma del presente contrato y con anterioridad al inicio del estudio. El resto de los pagos serán trimestrales y se realizarán en los primeros 15 días de cada trimestre del año natural, tras emisión de las correspondientes facturas por la entidad gestora para los pagos correspondientes a la Oficina de Gestión del ISPA (la FINBA) y por el pago SESPA para el resto de cuotas mensualeslos pagos. A tales efectos, el promotor informará a la entidad gestora y al centro sanitario del SESPA sobre la evolución del estudio, el número de pacientes que se vayan reclutando, visitas realizadas y las cantidades y conceptos a facturar. (*) Para que los beneficiarios puedan emitir las facturas correspondientes a los costes detallados en la oportunidad prevista Memoria Económica, el PROMOTOR/CRO deberá comunicar por escrito a SESPA y FINBA el importe total que proceda facturar, detallando el desglose de las visitas y procedimientos que se hayan realizado. Para ello, remitirá un mail a las direcciones de correo electrónico indicados a continuación en los datos de los beneficiarios SESPA y FINBA (**) SESPA y FINBA no se encargarán en ningún caso de acceder a plataforma para registrarse, subir documentación o facturas emitidas (***) Si es necesario incluir un número de pedido u orden de compra en las facturas, es preciso indicarlo Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación de las facturas anteriores, a la que se le aplicará el IVA de acuerdo con la normativa vigente en la Hoja Resumen y en el Cronograma fecha de Pagos que forman parte integrante emisión de las mismas: Los datos fiscales de SESPA son los siguientes: Nombre: Servicio de Salud del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo Principado ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ CIF: Q8350064-E Domicilio: ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente▇/▇. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇ ▇▇▇▇▇▇. Los pagos al SESPA se realizarán por transferencia bancaria, con los gastos a cargo del ordenante, a: UNICAJA BANCO, S.A. IBAN: SWIFT: ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° Correo Electrónico: Los datos fiscales de la Ley General entidad de gestión (FINBA) son los siguientes: Nombre: Fundación para la Investigación e Innovación Biosanitaria del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇Principado ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en CIF.: ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ Domicilio: Avda. Hospital Universitario, s/n. 33011 Oviedo. Los pagos a la moneda entidad gestora se realizarán por transferencia bancaria, con los gastos a cargo del ordenante, a: CAJA RURAL ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ IBAN: ▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇ SWIFT: ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ Correo Electrónico: ▇▇▇@▇▇▇▇▇.▇▇ Los pagos realizados por el promotor/CRO a la FINBA y/o al SESPA serán plenamente liberatorios para el primero. DATOS DEL DESTINARIO DE LA FACTURACIÓN Razón Social: Dirección: CIF: Correo electrónico: Costes directos extraordinarios ocasionados a participantes (transporte, etc…) - Ni FINBA ni SESPA gestionan gastos por este concepto. Será a través de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, Bonotaxi o empresa externa contratada por el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagoPromotor o CRO.
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PAGOS. EL ACREDITADO O TARJETA-HABIENTE se obliga a pagar a EL ACREDITANTE O EL EMISOR lo siguiente:
A) El CLIENTE deberá cancelar el Préstamo otorgado importe por el BANCO mediante el pago los usos de cuotas mensualesla tarjeta en cualquiera de sus modalidades, sea córdobas o dólares.
B) Los cargos previstos en este contrato o sus anexos, que expresamente ha autorizado EL ACREDITADO O TARJETA-HABIENTE.
C) La tasa de interés corriente anual fija en moneda córdobas y dólares serán las tasas reflejadas en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen tabla de costo vigente al momento de celebración del presente contrato, tabla de costo que será anexada al presente contrato y en el Cronograma de Pagos que forman firmada por las partes, pasando a formar parte integrante del presente Contrato, cancelando contrato. Tasas de interés que cubrirán los cargos ordinarios de EL ACREDITANTE O EL EMISOR sobre saldos a partir de la fecha de utilización de la tarjeta y hasta que se realice el importe indicado en pago efectivo de dichos documentossaldos, lo cual incluirá el capitalcual, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de deberá hacerse en la fecha, plazo y forma de ser pago, que se indiquen en el casoestado de cuenta.
D) La tasa de interés moratoria, será la tasa reflejada en la tabla de costo vigente al momento de la suscripción del presente contrato, siendo esta adicional a la tasa de interés corriente pactada y los seguros obligatorioscalculada sobre el saldo vencido. La ▇▇▇▇ se producirá por el simple retardo de EL ACREDITADO O TARJETA-HABIENTE en el cumplimiento de las obligaciones a su cargo. EL ACREDITANTE O EL EMISOR no podrá modificar la tasa de interés corriente durante la vigencia del contrato; no obstante, según tipo al menos con treinta días de anticipación al vencimiento de éste, EL ACREDITANTE O EL EMISOR notificará a EL TARJETA-HABIENTE la modificación de la tasa, misma que será aplicable para el nuevo plazo del contrato. Para tales efectos, EL ACREDITANTE O EL EMISOR notificará a EL TARJETA-HABIENTE en el estado de cuenta el medio de comunicación social escrito y fecha en el que se publicó la modificación a la tasa de interés. EL TARJETA-HABIENTE estará facultado para rechazar las modificaciones comunicándole a EL ACREDITANTE O EL EMISOR por escrito o por otro medio verificable, en el plazo de treinta días calendarios a partir de la fecha ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ del Estado de Cuenta en que se le anunció el cambio de la tasa de interés. Para ello, el TARJETA-HABIENTE podrá dirigir su comunicación a cualquiera de las sucursales de EL ACREDITANTE O EL EMISOR cuyas direcciones, teléfono, número de fax y los seguros opcionalesdirección electrónica serán difundidas tanto en las instalaciones de dichas sucursales como en la página web. Si el TARJETA-HABIENTE no acepta las modificaciones del contrato, EL ACREDITANTE O EL EMISOR podrá suspender el uso de haber sido contratados la línea de crédito de EL TARJETAHABIENTE, pero para el pago del saldo adeudado deberá respetar la tasa de interés y las demás condiciones contenidas en el contrato vigente antes de la modificación realizada. El interés corriente se calculará multiplicando la tasa de interés corriente diaria por el Clientesaldo del principal (neto de los pagos realizados por EL TARJETA-HABIENTE en el ciclo) por los días que corresponda. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega interés moratorio se calculará aplicando la tasa de dinero en efectivo o cheque interés moratoria diaria al saldo de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse principal en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad ▇ por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇los ▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse . La Tabla de Costos se considera parte integrante del contrato de tarjeta de crédito y no podrá ser modificada durante dos trimestres consecutivos. Podrá variarse cualquiera de los rubros de la Tabla de Costos al inicio del subsiguiente trimestre; en tal caso, no se requerirá de la previa autorización del Superintendente debiendo EL ACREDITANTE O EL EMISOR notificar a EL TARJETA-HABIENTE en el estado de cuenta el medio de comunicación social escrito y fecha en la moneda que publicó la modificación a uno o más rubros de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago mencionada Tabla de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagoCostos.
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Sources: Contrato De Apertura De Crédito en Cuenta Corriente Y Emisión Y Uso De Tarjeta De Crédito
PAGOS. La convocante realizara los pagos de los servicios objeto de esta licitación, de conformidad con los costos ofertados por los licitantes ganadores y contra entrega de los servicios requeridos en diversas exhibiciones: Dichos pagos se realizaran en apego al programa ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ PRODUCTIVAS por lo que el monto se pagará en moneda nacional, se harán posteriores a la aceptación de la (s) factura (s) debidamente requisitada (s) con su respectivo contra recibo a entera satisfacción del COLPOS de conformidad con lo establecido en la LAASSP, siempre que cumplan con los requisitos fiscales correspondientes. En caso que las facturas y/o documentación anexa presente errores se suspenderá su revisión y se devolverá la documentación al PROVEEDOR para que sea corregida y la presente posteriormente para reiniciar el trámite de pago, cuyo plazo para realizarse se computará a partir de la fecha de la presentación de la información corregida. El CLIENTE deberá cancelar pago lo efectuará el Préstamo otorgado por el BANCO COLPOS mediante cheque o transferencia bancaria. Una vez cumplido lo anterior, el pago se realizara a más tardar dentro de cuotas mensualeslos veinte (20) días naturales, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y conforme a lo estipulado en el Cronograma artículo 51 de Pagos la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público, contados a partir de la fecha de la entrega de la factura respectiva, previa entrega de la totalidad de los servicios en los términos del contrato que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando se celebre. Los trámites relativos se efectuarán en el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇. ▇▇.▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇ ▇▇▇.▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇-▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇.▇. ▇▇▇▇▇. Página24 El pago de los servicios quedará condicionado proporcionalmente al pago que el proveedor deba efectuar en su caso por concepto ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales. Lo anterior, sin perjuicio de que el Colegio de Postgraduados pueda proceder al cobro de las penas convencionales previo al pago correspondiente o descuento de la moneda penalización, conforme a lo estipulado en el contrato. Es requisito indispensable para el pago que el proveedor realice la entrega de financiamientola garantía de cumplimiento del contrato de los servicios adjudicados. El proveedor podrá ceder en forma parcial o total en favor de cualquiera otra persona física o moral los derechos de cobro de los contra recibos derivados del contrato, señalada en la Solicitud; sin embargoprevio consentimiento del Colegio de Postgraduados. En virtud de que el Colegio de Postgraduados está incorporado al Programa ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, el BANCO aceptará el pago proveedor podrá ceder sus derechos de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo cobro a favor de cambio compra vigente en un Intermediario Financiero que esté incorporado a la fecha Cadena Productiva del Colegio de pagoPostgraduados mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico.
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Sources: Contract for Travel Agency Services
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar arrendatario se compromete expresamente a pagar a R.A.V S.L:
a) El cargo correspondiente por tiempo, kilometraje y kilometraje excedido calculado según la tarifa reflejada en la página frontal de este contrato o según tarifa en vigor. Si el Préstamo otorgado alquiler debe cargarse en una tarjeta de crédito o de cargo, su firma en el "acepta" correspondiente a tal efecto del contrato de alquiler en la página frontal de este documento, autoriza al arrendador para que cargue el importe contra su cuenta con la entidad emisora de la tarjeta, y se considerará como hecha en la nota de cargo de dicha entidad.
b) Los cargos que corresponden por relevo al arrendatario de la responsabilidad total o parcial por daños causados al vehículo derivados de colisión, por relevo total o parcial de responsabilidad respecto a robo o hurto del vehículo, por cargo adicional del Seguro de daños Corporales, y de robo de efectos personales.
c) Gastos incurridos por R.A.V S.L en la reclamación de las cantidades adeudadas por el BANCO mediante Arrendatario en virtud del presente contrato.
d) El importe de toda clase de multas, gastos judiciales y extrajudiciales, derivados de aparcamientos indebidos, infracciones de Tráfico y normas de transporte o de cualquier otra clase, que sean dirigidas contra el vehículo, el arrendatario o arrendador durante el tiempo de vigencia del contrato a no ser que se haya originado por culpa del arrendador.
e) Los costos de reparación de daños ocasionados por colisión o vuelco de dicho vehículo, o los perjuicios al arrendador por robo o hurto del vehículo.
f) El importe o diferencia del valor de toda rueda de repuesto, neumático, herramienta, accesorio o equipo de radio que al término del alquiler falte del vehículo o haya sido sustituido por otro, aclarándose expresamente que cualquier falta o sustitución no está cubierta por ninguna póliza de seguro, siendo el arrendatario responsable de la misma y de los gastos ocasionados. Asimismo, la pérdida de llaves del vehículo, así como el extravío de la documentación, tendrá los cargos correspondientes a los daños y perjuicios efectivamente ocasionados a R.A.V S.L
g) Las cantidades correspondientes a COMBUSTIBLE.
h) Los gastos de traslado y reparación del vehículo motivados por el uso de combustible inadecuado.
i) Los costes de reparación o sustitución de los daños excluidos de todas las coberturas. Son exclusiones de todas las coberturas los daños en bajos, techos, interiores, desde el interior y todo faltante o elemento sustituido o alterado y cualquier daño o desperfecto cuando se incumplan las condiciones generales o la normativa o legislación vigente,
j) Todos los impuestos de cualquier naturaleza que graven los alquileres.
l) Los gastos calculados sobre tarifa por kilómetro excedido. 4.- SEGUROS:
a) Las tarifas de alquiler incluyen las coberturas del seguro obligatorio del automóvil y el complementario de responsabilidad civil de las garantías por daños frente a terceros derivados del uso y circulación de vehículos. Estas coberturas quedan garantizadas por el asegurador con el que el arrendador tenga concertada la correspondiente póliza de seguros, y quedan sujetos a lo pactado en el condicionado general y particular de la misma.
b) El seguro quedará sin efecto si se conduce bajo los efectos del alcohol o droga y todos los daños serán por cuenta del arrendatario.
c) Esta póliza no cubre los daños, pérdidas ni cualquier otro perjuicio sufrido en los equipajes, mercancías u objetos personales transportados en el vehículo, ni la pérdida total o parcial en el vehículo por robo y/o vandalismo y/o accidente de circulación.
d) El suplemento cobertura franquicia es un servicio opcional prestado directamente por el arrendador que exime al arrendatario de la responsabilidad económica únicamente por los daños causados al vehículo con motivo del accidente de circulación además de la indemnización por inmovilización.
e) La no contratación del suplemento cobertura franquicia en caso de accidente implica al arrendatario el pago de cuotas mensualesla Franquicia y la indemnización por inmovilización del vehículo estimada con el número de días necesarios para la reparación del mismo, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y función del certificado del taller reparador a razón del precio estipulado en el Cronograma contrato.
f) La contratación de Pagos la franquicia o del suplemento cobertura franquicia no cubre en ningún caso los daños causados en los bajos del vehículo ni en los neumáticos y llantas, cualquiera que forman parte integrante del presente Contratosea su categoría cuando se produzcan como consecuencia de conducir el vehículo sobrecargado, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través encima de los canales electrónicos, páginas web límites autorizados en el permiso de circulación y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen ficha técnica del vehículo o por conducir éste por sitios tales como playas, caminos inapropiados, caminos forestales o de montaña etc. que no sean carreteras autorizadas y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagopavimentadas.
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Sources: Vehicle Rental Agreement
PAGOS. 4.1 El CLIENTE deberá cancelar Arrendatario se compromete a pagar con carácter enunciativo y no exhaustivo al Arrendador: a) La cantidad resultante de la aplicación de la Tarifa General Vigente y el Préstamo otorgado precio pactado en el contrato de alquiler; b) El importe de los daños y/o sustracciones sufridas total o parcialmente en el Vehículo y que no estén amparadas por las exenciones contratadas por el BANCO mediante Arrendatario; c) El importe del traslado y/o la reparación de los daños del Vehículo motivados por uso de combustible inadecuado; d) La cantidad de las multas por cualquier infracción a la legislación vigente y los recargos por el retraso en el pago por parte del Arrendatario y los gastos judiciales o extrajudiciales en que incurra el Arrendador como consecuencia de cuotas mensualeslo anterior; e) Los gastos ocasionados por la pérdida o rotura de la llave del Vehículo, se podrá cargar además el coste de alquiler correspondiente a un día extra por el coste de la paralización del Vehículo ocasionado por las incidencias antedichas, f) La cantidad que el Arrendatario deja como garantía cuando la opción elegida es con franquicia; g) Cuando al devolver el vehículo éste necesite una limpieza intensiva, el Arrendador podrá cobrar hasta 100 euros en concepto de Limpieza Especial; h) El precio indicado en la oportunidad prevista tarifa general vigente en caso de devolver el Vehículo sin elementos del mismo, sin la Hoja Resumen y documentación del Vehículo o sin cualquier accesorio de seguridad; i) El importe de 30 euros en el Cronograma concepto de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el cargo por gestión de sanciones de tráfico; j) El importe indicado según tarifa general vigente en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad concepto de tramitación de partes por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo daños en vehículo así como por gastos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ y traslado del vehículo accidentado, y independientemente de la contratación de los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Clienteopcionales del Art 6. El CLIENTE podrá realizar Arrendatario consiente en que el Arrendador le cobre con posterioridad a la finalización del alquiler del Vehículo por medio de sistemas de pago electrónicos o cualquier otro sistema de cobro sin su autorización los pagos en forma directa gastos enunciados en las cajas del BANCO, mediante entrega letras e) a j) (ambas inclusive) de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través este artículo.
4.2 El pago de los canales electrónicos, páginas web y/importes reseñados supra deberá ser realizado con tarjeta de crédito o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇metálico.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pago.
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Sources: Rental Agreement
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar La Gerencia Técnica revisará antes de efectuar el Préstamo otorgado pago, el Reembolso preparado por el BANCO mediante Supervisor en los formatos indicados por Fondo Vial con los soportes correspondientes, aprobados por el Coordinador del Fondo Vial, la no presentación en el formato correspondiente será causal para no dar ingreso a la solicitud de pago. El Fondo Vial reconocerá intereses a la tasa promedio correspondiente al mes en que se efectúe el pago para operaciones activas del sistema bancario nacional, cuando se produzcan atrasos en el pago de cuotas mensualessus obligaciones por causas que le fueren imputables, por más de cuarenta y cinco (45) días calendario contados a partir del ingreso respectivo al Sistema de Administración Financiera (SIAFI), entendiéndose que el ingreso al sistema es hasta que se le haya comunicado al Supervisor la aceptación correcta de la documentación por la Gerencia Administrativa. El pago de intereses, se hará a más tardar en la oportunidad prevista fecha del siguiente pago parcial contra recibo de cobro presentado por el contratista de acuerdo al formato proporcionado por el Fondo Vial. El Supervisor no podrá alegar incumplimiento del Fondo Vial y solicitar el pago de los intereses mencionados en el párrafo anterior, si ha presentado en forma incorrecta los documentos de cobro, tal como se señala en la Hoja Resumen Ley de Contratación del Estado y su reglamento; tampoco podrán hacerlo quienes incurran en atrasos que les fueren atribuibles durante la ejecución del contrato, ocasionando con ello atrasos en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado desembolso presupuestado para determinado período fiscal y la subsiguiente demora en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el casolos siguientes ejercicios, y si incurre en cualquier otra conducta determinante del retraso. El Supervisor recibirá su pago al final del periodo de ejecución, Treinta (30) Días contados a partir de la fecha de orden de inicio, condicionando el pago a la aprobación por parte de la Gerencia Técnica del Informe Final de conformidad a los seguros obligatorioslineamientos establecidos, según tipo ▇▇ a la Memoria de Cálculo de la Obra ejecutada por el contratista en ese mismo período, a las Ordenes de Cambio del mes procesadas y cualquier otra información que haya sido solicitada mediante Circular. El Supervisor deberá mantener el personal y equipo que se indica en el cuadro anterior “Estimado de ▇▇▇▇▇▇▇▇”, caso contrario se le deducirá del pago mensual el pago del personal y los seguros opcionalesequipo que no se encuentre en el proyecto, una vez realizada la verificación por parte de haber sido contratados la Gerencia Técnica del Fondo Vial y si esta situación persistiera, dará lugar a la rescisión del Contrato por el Clienteincumplimiento. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que Gobierno retendrá el pago de e impondrá las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse multas correspondientes al Consultor por incumplimiento en la moneda de financiamientolos servicios especificados en este Contrato, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagohasta que se haya subsanado tal incumplimiento.
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Sources: Consultancy Agreement
PAGOS. El CLIENTE Pliego Particular establecerá las condiciones y formas de pago. En todos los pagos la Administración podrá deducir del monto a pagar, la suma correspondiente a cualquier deuda que el contratista mantenga con el organismo contratante, relativo al contrato. El que suscribe (NOMBRE DE QUIEN FIRME Y TENGA PODERES SUFICIENTES PARA REPRESENTAR A LA EMPRESA OFERENTE) en representación de (NOMBRE DE LA EMPRESA OFERENTE) declara que los bienes integrantes de la oferta que se detallan a continuación califican como nacionales de acuerdo a la normativa vigente. Por lo tanto, solicita la aplicación del beneficio que consagra el art. 58 del TOCAF. El que suscribe (NOMBRE DE QUIEN FIRME Y TENGA PODERES SUFICIENTES PARA REPRESENTAR A LA EMPRESA OFERENTE) en representación de (NOMBRE DE LA EMPRESA OFERENTE) declara que su oferta califica como nacional de acuerdo a lo dispuesto en el art. 8 del Decreto Nº 13/009. Declara, asimismo, que el/los servicio/s que ofrece incluye/n el suministro de bienes y los que NO CALIFICAN COMO NACIONALES representan el XX % del precio ofrecido (si se trata de varios servicios ofrecidos se deberá cancelar detallar el Préstamo otorgado porcentaje en cada caso). Por lo tanto, solicita la aplicación del beneficio que consagra el art. 58 del TOCAF. El Pliego de Bases y Condiciones Generales, deberá ser complementado por un Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el BANCO mediante el pago que contendrá necesariamente las cláusulas siguientes:
1. El objeto del contrato y las condiciones especiales o técnicas requeridas.
2. Cotización:
a) Modalidad (plaza, exterior, o ambas, aclarando en caso de cuotas mensuales, ser exterior los Incoterms -Cámara de Comercio Internacional (CCI)- aplicables en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y versión vigente).
b) Forma (precios unitarios o totales, parciales o globales, escalonados por cantidad, etc.).
c) Tipo (precios firmes, precios escalonados en el Cronograma tiempo, precios ajustables, etc.).
d) Aceptación de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo ▇▇ cotizaciones parciales.
e) ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, /s aceptada/s.
f) Para el caso de haber sido contratados aceptarse cotizaciones del exterior a importar por el Clienteorganismo, se deberán indicar las condiciones que deberá cumplir el oferente y adjudicatario a tal fin.
g) Mantenimiento de oferta: - Indicación de plazo mínimo. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega - Posibilidad de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇prórroga automática.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pago.
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Sources: Licitación Pública
PAGOS. El CLIENTE PARA EL IMSS PARA EL ISSSTE
1. Entregar la documentación a través de una “RELACIÓN DE DOCUMENTOS”: Este formato, la guía e instructivo de llenado, deberán solicitarlos directamente en la “Ventanilla de Recepción Documental” de la Coordinación Administrativa de la Dirección Médica.
2. Factura original: No deberá cancelar contener en el Préstamo otorgado anverso o reverso de la misma, condiciones de pago, vencimiento, devolución de bienes o leyendas en general que impliquen condiciones distintas a las estipuladas en estos Términos o en el contrato;
3. Cuando se expidan comprobantes fiscales y utilicen varios folios que amparen un solo acto u operación, deberán asentar en cada uno de ellos, el número de los folios en que se haga constar el mismo acto u operación, se sugiere la siguiente leyenda: “Los comprobantes con número de folio , amparan el mismo acto u operación”;(sólo aplica para facturas impresas)
4. Remisión (es) del contrato original (es): Utilizar y requisitar el formato oficial de acuerdo al instructivo. Deberá contener sellos originales, fecha de recepción; así como nombres, firmas autógrafas y cargo de los servidores públicos facultados por el BANCO mediante el pago la Subdirección de cuotas mensualesAlmacenes para la recepción de los insumos médicos.
5. Contrato original: ▇▇▇▇▇▇▇ presentarse debidamente formalizado, en la oportunidad prevista primer entrega y en las posteriores, en su caso, una copia;
6. Convenio modificatorio original (en su caso): Deberá presentarse debidamente formalizado, en la Hoja Resumen primera entrega y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contratolas posteriores, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el su caso, una copia.
7. Orden de Suministro original y copia del oficio de solicitud de entregas complementarias el cual, deberá entregar legible y suscrito por el Servidor Público facultado.
8. Copia de Garantía de Cumplimiento del Contrato: Deberá entregar una copia legible con sello de recibido por la Unidad Compradora del ISSSTE; que corresponda a la documentación que presente a revisión.
9. Copia de Endoso de la Garantía de Cumplimiento del Contrato (en su caso), deberá entregar una copia legible con sello de recibido por la unidad compradora del ISSSTE, que corresponda a la documentación que presente a revisión;
10. Recibo original emitido por la Tesorería General del Instituto derivado del incumplimiento (en su caso) se presentara por parte de la empresa en los seguros obligatoriossupuestos considerados en el Art. 100 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, según Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Con objeto de garantizar la recepción y aceptación de la documentación anteriormente señalada, deberá elaborar la “RELACIÓN DE DOCUMENTOS” en hojas membretadas de la Empresa y estar firmadas por el representante legal de la misma, en las cuales detallará el tipo ▇▇ y número de los documentos que entrega a revisión, especificando si es original o copia. Este formato, la guía e instructivo de llenado, deberán solicitarlos, directamente a la Coordinación Administrativa de la Dirección Médica o al correo electrónico ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇; Asimismo, deberá presentar la documentación en comento, en original y cuatro juegos de copias iguales al original, en caso de entregar el contrato, convenio modificatorio u oficio originales deberá presentar dos copias adicionales legibles y completas de cada documento entregado en original, para otorgarle el sello de recibido. La falta Coordinación Administrativa de la Dirección Médica a través de la Ventanilla de Recepción Documental llevará a cabo la revisión de las facturas o los documentos que el proveedor presente para el trámite de pago oportuno, parcial en apego a la normatividad aplicable vigente así como aquellos de aceptación del insumo médico que ampare. En el caso de existir errores o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado deficiencias en la Hoja Resumen factura o en los documentos presentados será comunicada vía correo electrónico al proveedor por el titular del dicha Ventanilla dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la documentación correspondiente, siendo responsabilidad del proveedor subsanarlos y presentarlos nuevamente en el menor tiempo posible, debiendo corresponder la documentación a la presentada originalmente. Dentro del plazo señalado en el primer párrafo del rubro de acuerdo a Condiciones de Pago, el ISSSTE realizará el cálculo y determinará las penas convencionales por lo señalado que no podrá suspender la aceptación de la factura o documentos que reúnen los requisitos fiscales correspondientes o ampliar el plazo para el pago por tal motivo. El pago de los bienes, quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el proveedor deba efectuar por concepto ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ vigente convencionales por atraso, en el entendido de que si el contrato es rescindido, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al momento hacer efectiva la garantía de incumplimientocumplimiento La Subgerencia de Finanzas de la Subdirección de Servicios de Salud, será la responsable de autorizar los pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos, previa verificación del cumplimiento de los bienes en términos del contrato, la misma que consta podrá estar sustentada en la Hoja constancia que acredite la recepción de Resumenlos bienes. El Banco imputará La firma en la bóveda electrónica permitirá la generación de una notificación electrónica al proveedor para que genere la factura electrónica o documental, según corresponda. La(s) factura(s) serán consecuencia de la autorización de los pagos primero por parte de la(s) persona(s) designada(s) para tal efecto. Cuando el proveedor emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° través de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica bóveda electrónica de PEMEX, mediante el uso de la Superintendencia de Bancacontraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada. Cuando el proveedor emita facturación documental, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado deberá presentar la factura en la ventanilla única situada en el párrafo anteriorprimer piso del Edifico “C”, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s)ubicado en ▇▇. El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇° ▇▇▇ ▇-▇, ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, en un horario de 09:00 a 13:00 horas de lunes a viernes, en días hábiles, en original y dos copias, mismas que deberán ser presentadas en un plazo máximo de 7 (siete) días naturales posteriores a la recepción de los bienes en los términos de este contrato. El proveedor, al momento de facturar, deberá realizarse hacer referencia a este contrato, a la orden, a los bienes proporcionados de acuerdo a la (partida/posición) correspondiente y al precio unitario de los mismos. En caso de que las facturas entregadas por el proveedor para su pago, presenten errores o deficiencias, PEMEX dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al proveedor las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el proveedor presente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido para el pago. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo antes mencionado. PEMEX pagará al proveedor el importe de los bienes entregados y aceptados que ampare cada ORDEN a los 20 (veinte) días naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura. El pago al proveedor se efectuará a través de depósito bancario en la moneda cuenta que para tal efecto designe el mismo en el momento de financiamiento, señalada darse de alta en la SolicitudVentanilla Única de PEMEX. El plazo que transcurra entre la notificación electrónica de rechazo de una factura y la fecha en que el proveedor presente ésta corregida, no se computará para efectos de reprogramación del plazo de ejecución. Una vez realizado el pago al proveedor, éste tendrá 10 (diez) días hábiles para solicitar aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin embargoque se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación. Los pagos que al respecto procedan, se realizarán de acuerdo a lo dispuesto en esta cláusula y estarán sujetos a lo establecido en el segundo y tercer párrafo del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público para el caso de atraso en los pagos y pagos en exceso que se realicen. El proveedor, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los bienes hayan sido entregados conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 (veintiocho) días, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con dos días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el BANCO aceptará porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el proveedor solicite el adelanto del pago. Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos, con 3 (tres) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”, y presentar Nota de ▇▇▇▇▇▇▇ a favor de PEMEX bajo el concepto de “descuento por pronto pago” misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX. La SEDENA se obliga a pagar en pesos mexicanos, a través del esquema electrónico interbancario o mediante cheque, en la forma siguiente: El importe será cubierto en pagos parciales de conformidad al programa de entregas pactado, en un tiempo máximo de 20 días naturales, contados a partir de que se acepten las facturas originales en la Subdirección de Adquisiciones de la Dirección General de Administración, debidamente selladas y firmadas con la fecha correspondiente por la persona que recibió lo adquirido y el titular de la unidad, dependencia o instalación, que acredite la total recepción a entera satisfacción de la SEDENA Las facturas se expedirán a nombre de: Secretaria de la Defensa Nacional, con domicilio en: ▇▇. ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇/▇, ▇▇▇▇▇▇▇ con ▇▇▇▇. ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, Col. ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, Delegación ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, C.P. 11640, México, D.F., con R.F.C. SDN-850101-4D2; asimismo asentará en la factura comercial que ampare la mercancía el numero de contrato, clave del producto, numero ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, descripción, cantidad, precio unitario, precio total, numero de lote, fecha de caducidad, así como su clave de identificación fiscal, toda vez que el importe de las multas que se originen por falta de observancia a esta disposición, será imputable al proveedor En caso de que presente la factura errores o deficiencias, el plazo de pago se ajustará en términos de los artículos 89 y 90 del reglamento de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público. El pago de los bienes quedara condicionado proporcionalmente al pago que el proveedor deba efectuar por concepto ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales por atraso. El pago se efectuará dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores a la recepción de la factura original en el Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales del ISESALUD, ubicado en Calle Circuito de las Misiones ▇▇▇▇▇▇▇ # ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇.▇. ▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇. Tel. (686) 559-58-00 ext. 4536 y 4530 con horario de atención de las 08:00 a las 14:00 horas, previa entrega de los bienes objeto de la licitación bajo las condiciones aquí establecidas. El pago se efectuará en moneda nacional, la factura deberá estar debidamente requisitada, con el sello y firma del Almacenista y Administrador de los puntos de entrega definidos en la que se realice la entrega de los bienes objeto de esta licitación y de la orden de reposición o pedido respectivo. El ISESALUD realizará los trámites correspondientes para el pago de las cuotas facturas. Los pagos se efectuarán al proveedor vía electrónica, para lo cual deberá inscribirse al Programa de Pago Electrónico por conducto del ISESALUD debiendo cumplir con los siguientes requisitos: Carta / Aceptación del beneficiario dirigido a la Secretaría de Planeación y Finanzas del Gobierno del Estado, indicando número de cuenta, CLABE (clave bancaria estandarizada de 18 dígitos), número y dirección de la sucursal bancaria (plaza, nombre del beneficiario) y agregando al calce, sello de confirmación bancaria en Dólares Americanossu defecto, al tipo carta de cambio compra vigente en certificación del banco, validando la fecha de pagoinformación anterior.
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PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar De conformidad con el Préstamo otorgado artículo 51 de la Ley, para las partidas 1, 2, 3 y 4 el pago se realizará a mes vencido por un importe fijo mensual en moneda nacional durante toda la vigencia del servicio, para el caso de que la prestación del servicio sea por una fracción de mes calendario, para efectos del pago a mes vencido se considerará la parte proporcional de los días efectivamente devengados de este servicio por la Secretaria, con relación al importe fijo mensual de la propuesta presentada por el BANCO proveedor. El pago se hará a mes vencido diez días hábiles contados a partir de presentada la factura debidamente requisitada y previa instrucción de ejecución de pago que efectúe la SFP a la Tesorería de la Federación (TESOFE), mediante transferencia electrónica de fondos a la cuenta bancaria que para tal efecto señale el proveedor, por conducto del sistema que opera la TESOFE, previa liberación de los servicios por parte de la Dirección General Adjunta de Infraestructura de Tecnologías de Información. La gestión del pago surtirá efecto una vez que se cuente con la aprobación del Administrador del Servicio de cuotas mensuales, la SFP con respecto a los servicios objeto de la contratación. Las facturas electrónicas invariablemente deberán presentarse para su cobro conteniendo los datos de las disposiciones aplicables a la operación debidamente requisitadas en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo dirección electrónica ▇▇ ▇▇▇▇_▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en _▇▇▇.@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta SFP podrá, de ser necesario, solicitar al proveedor que entregue la impresión del comprobante fiscal digital. Las facturas deberán indicar el número del contrato al que corresponde, nombre del proveedor, teléfono, cuatro últimos dígitos de la clabe interbancaria, forma de pago oportuno“Transferencia bancaria”; en su caso, parcial los montos de las retenciones correspondientes al Impuesto al Valor Agregado, al Impuesto Sobre la Renta y deberán estar elaboradas a entera satisfacción de la Dirección General de Programación y Presupuesto, previa verificación de los servicios objeto del contrato, así como la aceptación de los mismos y autorización para la liberación del pago por parte del Administrador del contrato. El cómputo de días para realizar el pago de las Facturas Electrónicas dependerá del momento de la recepción del documento, ya que si se recibe de lunes ▇ ▇▇▇▇▇▇▇ hasta las 15:00 horas, el cómputo de los días será a partir del día hábil siguiente al de su recepción y si las facturas se reciben después de las 15:00 horas el cómputo de los días será a partir del segundo día hábil siguiente al de su recepción. En caso de que las facturas entregadas para su pago presenten errores o totaldeficiencias, la SFP dentro de una cuota los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al proveedor las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el proveedor presente las correcciones no se computará para efectos del plazo de pago estipulado. Las constancias de recepción, para el caso de las facturas electrónicas o másel volante de devolución de las mismas, generará en su caso las recibirá el proveedor con correo de la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado dirección electrónica ▇▇▇▇▇_▇▇▇▇▇▇▇_▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento ▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La Dirección General de incumplimiento, Programación y Presupuesto de la misma que consta SFP podrá liquidar el pago con anticipación a la fecha estipulada reduciéndolo a siete días hábiles la solicitud presentada por escrito por el proveedor la cual deberá acompañarse de la nota de crédito por pronto pago o reflejarse el descuento en la Hoja de Resumenfactura correspondiente. El descuento por pronto pago será el resultado de aplicar al monto total de la facturación un porcentaje equivalente a una cuarta parte de la tasa de los Certificados de la Tesorería (CETES) a 28 días según la última subasta realizada por el Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capitalMéxico antes de la presentación de la solicitud. El CLIENTE autoriza pago de los servicios quedará condicionado proporcionalmente al BANCO a quepago que el proveedor deba efectuar, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° caso, por concepto ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales, previa presentación de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica constancia de pago de la Superintendencia penalización correspondiente. El proveedor podrá ceder en forma parcial o total en favor de Bancacualquiera otra persona moral los derechos de cobro de los contra recibos derivados del contrato, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma previo consentimiento de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigiblesla SFP. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad virtud de que la SFP está incorporada al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇Programa ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda Productivas de financiamientoNacional Financiera, señalada en la Solicitud; sin embargoS.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, el BANCO aceptará el pago proveedor podrá ceder sus derechos de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo cobro a favor de cambio compra vigente en un Intermediario Financiero que esté incorporado a la fecha Cadena Productiva de pagola dependencia que corresponda mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico.
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Sources: Licitación Pública
PAGOS. El 4.1. En virtud del contrato de condiciones uniformes para la prestación del servicio público de energía eléctrica, el CLIENTE deberá cancelar autoriza expresa e irrevocablemente a COLPATRIA, para realizar el Préstamo otorgado por el BANCO mediante el pago cobro de las cuotas mensualesdel crédito otorgado, en la oportunidad prevista en la Hoja Resumen y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contrato, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, con los intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo corrientes ▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, en la factura del servicio de energía eléctrica del que es beneficiario el CLIENTE correspondiente al Número de CLIENTE y que es proporcionado por CODENSA S. A. ESP. o quien haga sus veces. En caso de trasladarse de vivienda, el CLIENTE notificará a COLPATRIA, para que este realice el traslado de la deuda. La primera cuota será incluida para su pago en el siguiente ciclo de facturación del servicio de energía que corresponda al inmueble, inmediatamente siguiente a la fecha de utilización de la tarjeta. Si no fuere posible hacerlo en ese ciclo, su cobro se incluirá en la siguiente factura. El cobro incorporará los seguros opcionalesintereses remuneratorios sobre el saldo adeudado, por los días que transcurran entre la fecha de utilización de la tarjeta y la fecha de pago de la factura de energía en la que se facture el cobro. Las cuotas siguientes incorporarán intereses remuneratorios por los días que transcurran entre la fecha de emisión de la anterior factura y la fecha de emisión de la factura de energía en la que se realiza el cobro correspondiente. 4.2. Los pagos del crédito junto con la factura de energía se deberán hacer dentro del plazo establecido para el pago de la respectiva factura del servicio público de energía, en los centros de atención al CLIENTE de CODENSA S. A. ESP. o en cualquiera de las instituciones financieras o entidades en general, con quien CODENSA S. A. ESP tenga convenio de recaudo para el pago de la factura del servicio de energía eléctrica. Si la respectiva cuota del mes no fuere incluido en la factura de energía, o la factura no fuere remitida por cualquier motivo, el CLIENTE deberá acercarse a cualquiera de los centros de atención al CLIENTE de CODENSA S.A. ESP. antes de finalizar el mes en vigencia para notificar formalmente esta inconsistencia, de haber sido contratados por manera que se verifique y se incluya su cobro en la siguiente facturación. 4.3. En caso que el ClienteCLIENTE que tenga el cupo de crédito con COLPATRIA sea un arrendatario o sea tenedor del inmueble correspondiente o cualquier otro título legitimo, éste estará obligado a notificarle al propietario del inmueble sobre la deuda que adquiere con COLPATRIA. 4.4. El CLIENTE podrá realizar pagar anticipadamente la suma diferida, en cuyo caso deberá acercarse a los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como puntos autorizados para solicitar el documento a través de los canales electrónicosdel cual se realizará dicho abono. 4.5. En todo caso, páginas web y/o establecimientos con los el CLIENTE autoriza a COLPATRIA, para que al momento en que se debe verificar el pago por el CLIENTE sin que el BANCO suscriba convenios mismo se hubiere realizado, impute cualquier concepto al valor de recaudaciónla cuota vencida. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital4.6. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, junto con la presente solicitud suscribirá el pagaré en virtud a su facultad blanco con carta de compensación normada en virtud del artículo 132° instrucciones que le proporcione COLPATRIA como garantía de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago cumplimiento de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda de financiamiento, señalada en la Solicitud; sin embargo, el BANCO aceptará el pago de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha de pagoobligaciones del presente contrato.
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Sources: Financing Agreement
PAGOS. 7.1 El CLIENTE deberá cancelar Suscriptor se obliga a pagar al Proveedor los cargos que se generen por los bienes y los Servicios, así como los servicios adicionales que posteriormente contrate con el Préstamo otorgado por Proveedor; cualquier cargo administrativo derivado del cumplimiento del presente Contrato; además de los Servicios de Terceros, que el BANCO mediante el pago Suscriptor haya consentido con cargo a su Factura. Cualquier cargo del Servicio, inicia a partir de cuotas mensuales, la fecha en la oportunidad prevista en que efectivamente inició la Hoja Resumen prestación del Servicio. El Suscriptor acepta que existe un desfase de tiempo entre el momento del uso efectivo de determinado Servicio prestado mediante terceros (Servicios de Larga Distancia Internacional y/o Roaming, entre otros) y en el Cronograma que el Proveedor se hace sabedor del cargo, por lo que dicho cargo podrá ser realizado en un plazo no mayor a tres ciclos de Pagos facturación.
7.2 En caso de que forman parte integrante el Suscriptor haya elegido adquirir un Equipo en mensualidades por pagos diferidos, adicional a los cargos previstos en la cláusula 7.1, deberá cubrir el monto correspondiente a cada una de las mensualidades del presente ContratoEquipo, cancelando así como el importe indicado Cargo Anual por Equipo Diferido, el cual se verá reflejado en dichos documentossu Factura anualmente a partir de su adquisición y hasta que se realice el pago del Equipo en su totalidad.
7.3 El Proveedor enviará de manera mensual al Suscriptor a su domicilio o correo electrónico proporcionado, lo una Factura la cual incluirá incluye un Estado de cuenta en el capitalque se detallan los Servicios efectivamente utilizados, intereses compensatorioscorrespondientes al Ciclo de Facturación anterior, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera de fecha, de ser el caso, y los seguros obligatorios, según tipo la Fecha ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados el monto adeudado por el ClienteSuscriptor, la Renta, el monto adeudado por el Equipo, Servicios de Terceros y demás conceptos facturables, la Fecha Límite de Pago, lugares de pago, formas de pago, entre otros datos. El CLIENTE podrá realizar los pagos Proveedor pondrá a disponibilidad el Suscriptor la Factura para su consulta de manera gratuita en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web la aplicación Mi ATT y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇la página ▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento / por lo menos 10 (diez) días naturales antes de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja fecha pago de Resumenlos servicios contratados. El Banco imputará los pagos primero a penalidad hecho de que el Suscriptor no reciba la Factura por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente cuestiones ajenas al capital. El CLIENTE autoriza proveedor no libera al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° mismo de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica obligación de pago de los Servicios dentro de la Superintendencia Fecha Límite de BancaPago establecida al efecto, Seguros y AFPsiendo su responsabilidad solicitar su saldo en un TDA, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique llamando al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado *611 desde su Equipo o al 800 1010 288 o en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇.▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse ▇/ o en la moneda de financiamiento, señalada aplicación Mi ATT y efectuar el pago oportuno del mismo.
7.4 Todos los cargos aplicables deberán ser pagados por el Suscriptor a más tardar en la Solicitud; sin embargoFecha Límite de Pago, salvo aquellos cargos que deberán ser pagados al momento de la contratación de los Servicios y las recargas de saldo cuando apliquen.
7.5 Cuando el BANCO aceptará Suscriptor no haya liquidado el pago de la Factura en la Fecha Límite de Pago dentro de las cuotas en Dólares Americanos3 (tres) Facturas siguientes o cuando la Garantía otorgada por el Suscriptor para el cumplimiento de sus obligaciones de pago, al tipo de cambio compra vigente en no cubra el total del adeudo a la fecha de cobro, el Proveedor podrá (i) suspender o cancelar la prestación de los Servicios, (ii) exigir en una sola exhibición el pago total del adeudo y/o (iii) restringir remotamente algunas funcionalidades técnicas del Equipo en el caso de adeudo de Equipo. Esta restricción no se considerará una falla del Servicio ni defecto del Equipo y será eliminada en cuanto el Suscriptor pague los adeudos pendientes en un plazo no mayor a 24 (veinticuatro) horas a que se realice el pago. El Suscriptor podrá consultar su saldo de forma gratuita en el TDA, en los teléfonos que se detallan en la Carátula y en su Factura o a través del portal ▇▇▇.▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇/, así como en la aplicación Mi ATT. Durante la suspensión del Servicio establecida en el párrafo anterior, el Suscriptor no deberá cubrir servicios no prestados, se continuará con el cobro del costo mensual por Equipo y el Proveedor podrá realizar el cobro por reconexión el cual no excederá del 20% del monto del Plan Tarifario contratado. En caso de que el Servicio se haya suspendido y el Suscriptor pague los adeudos pendientes el Proveedor reiniciará la prestación de los Servicios en un plazo no mayor a 24 (veinticuatro) horas.
7.6 El Proveedor prestará al Suscriptor los Servicios de Larga Distancia Internacional en forma directa o mediante el acceso a redes de concesionarios que estén autorizados, y con los que el Proveedor tenga celebrados acuerdos para tales efectos. El Suscriptor cubrirá los cargos correspondientes a los Servicios de Larga Distancia Internacional y Roaming conforme a los registros que se generen en el sistema del Proveedor y la aplicación de las tarifas correspondientes a dichos eventos, previamente registradas ante el IFT.
7.7 El Suscriptor deberá reportar al TDA o al CAT cualquier cargo en la Factura que no reconozca dentro del Plazo de 2 (dos) ciclos de facturación, contados a partir de la Fecha Límite de Pago. En caso de que la reclamación hecha por el Suscriptor conforme a lo establecido en el presente Contrato sea procedente, el Proveedor deberá efectuar la compensación a través de la devolución de los cargos que realice de forma indebida a su Factura, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes, además de abonar al Suscriptor una bonificación de por lo menos 20% a su favor, realizando el ajuste correspondiente en su Factura en el siguiente Ciclo de Facturación. Los términos anteriores serán sin perjuicio del derecho del Suscriptor de interponer ante PROFECO su queja en contra del Proveedor para reclamar el cargo indebido en el término de un año.
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Sources: Contrato De Prestación De Servicios en Materia De Telecomunicaciones
PAGOS. El CLIENTE deberá cancelar pago se efectúa en línea por tarjeta de crédito en el Préstamo otorgado momento de la conclusión del contrato. El Cliente también tiene la posibilidad de realizar el pago por cheque a condición de que pertenezca a un establecimiento bancario situado en el territorio español (como consecuencia de los gastos elevados a nuestra carga) giro postal, transferencia, ingreso en efectivo y paypal. El Cliente elegirá el modo de pago que más le convenga para el servicio solicitado y a su plazo de ejecución. El servicio suscrito por el BANCO Cliente se ejecutará a partir de la recepción de la orden de pedido acompañada del pago del Cliente, bajo reserva de una eventual verificación por OVH HISPANO de los datos suministrados. OVH HISPANO informará de la correcta recepción de la orden de pedido y del pago e informará por correo electrónico de la puesta en marcha de la prestación encargada. Tras la verificación del pago, el Cliente tiene derecho a recibir la factura en papel, salvo que OVH HISPANO haya recabado su consentimiento expreso para la obtención de la factura de cualquier otra forma. El Cliente acepta acceder a la facturación de sus productos a través del Portal, mediante el pago enlace que OVH HISPANO, le proporcione al efecto tras la contratación de cuotas mensualescada servicio o producto. En todo caso, el Cliente, en su condición de destinatario de la oportunidad prevista en factura, podrá revocar el consentimiento prestado sobre la Hoja Resumen forma de acceso a su facturación, mediante comunicación expresa a las direcciones que a continuación se indican, con expresión de sus datos personales y en el Cronograma de Pagos que forman parte integrante del presente Contratocontacto, cancelando el importe indicado en dichos documentos, lo cual incluirá el capital, intereses compensatorios, comisiones aplicables, penalidad por pago fuera su voluntad inequívoca de fecha, modificar la forma de ser el casoobtención de la factura, y los seguros obligatoriosel nombre exacto del producto o servicio contratado, según tipo ▇▇ así como la fecha en que lo contrató y el número de referencia que le ha sido atribuido por OVH HISPANO, S.L.U. - Dirección postal: OVH HISPANO S.L.U ▇▇▇▇▇▇▇▇, y los seguros opcionales, de haber sido contratados por el Cliente. El CLIENTE podrá realizar los pagos en forma directa en las cajas del BANCO, mediante entrega de dinero en efectivo o cheque de gerencia; así como a través de los canales electrónicos, páginas web y/o establecimientos con los que el BANCO suscriba convenios de recaudación. La información sobre éstos últimos podrá encontrarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La falta de pago oportuno, parcial o total, de una cuota o más, generará la obligación de pagar una penalidad por pago fuera de fecha, según lo pactado en la Hoja Resumen y de acuerdo a lo señalado ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ vigente al momento de incumplimiento, la misma que consta en la Hoja de Resumen. El Banco imputará los pagos primero a penalidad por pago fuera de fecha, los gastos y comisiones, luego a los intereses y finalmente al capital. El CLIENTE autoriza al BANCO a que, en virtud a su facultad de compensación normada en virtud del artículo 132° de la Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, haga suya cualquier suma de dinero que el Cliente le hubiese entregado por cualquier concepto, para que lo aplique al pago de alguna posible deuda existente generada por obligaciones vencidas y plenamente exigibles. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, el BANCO comunicará con posterioridad al CLIENTE las razones que motivaron la adopción de dichas decisión, identificando la(s) obligación(es) respectiva(s). El CLIENTE acepta que el pago de las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberá realizarse en la moneda ▇▇; 2º Dcha ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ - Dirección de financiamientocorreo electrónico: ▇▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇.▇▇ OVH HISPANO, señalada en la Solicitud; sin embargono facturará a sus clientes, por el BANCO aceptará el pago uso de las cuotas en Dólares Americanos, al tipo de cambio compra vigente en la fecha cualesquiera medios de pago, cargos que superen el coste soportado por OVH por el uso de tales medios.
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Sources: Condiciones Generales De Servicio