PAGO Cláusulas de Ejemplo
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PAGO. SENDA pagará al contratista los meses de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio de la descripción realizada en este contrato, y particularmente en los documentos Anexos Técnicos de las bases de licitación, respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en la cláusula cuarta del presente contrato y que correspondan al tipo de plan contratado. SENDA sólo financiará atenciones a personas que sean beneficiarios del Sistema Público de Salud (beneficiarios del D.F.L. Nº 1, Libro II, de 2005 del Ministerio de Salud), o correspondan a los siguientes casos:
a) Personas que han infringido la ley bajo supervisión judicial, comprendidas dentro del programa de Tribunales de Tratamiento de Drogas, y que presentan consumo problemático de sustancias, y respecto de las cuales se ha decretado su ingreso a un programa de tratamiento, mediante la resolución judicial que aprueba la suspensión condicional del procedimiento. El tratamiento de estas personas se otorga a través de planes preferenciales, no exclusivos, en centros de tratamiento público y privados. Con todo, la preferencia de estos usuarios deriva de la orden judicial respectiva.
b) Personas que han sido condenadas a las penas de libertad vigilada o libertad vigilada intensiva, como penas sustitutivas a la privación de libertad, que presenten un consumo problemático de drogas o alcohol y, respecto de los cuales, el tribunal les haya impuesto la obligación de asistir a programas de tratamiento de rehabilitación en dichas sustancias, de acuerdo al artículo 17 bis de la Ley N° 20.603, que modifica la ley N°18.216. El tratamiento de estas personas podrá brindarse en modalidad ambulatoria o mediante su internación en centros especializados, quedando sujeto el cumplimiento de esta condición al control periódico del tribunal, mediante audiencias de seguimiento e informes elaborados por el delegado de Gendarmería de Chile, encargado de efectuar el control de la condena. El tratamiento de estas personas se otorga a través de planes preferenciales, no exclusivos, en centros de tratamiento públicos y privados. Con todo, se deja constancia que la preferencia de estos usuarios deriva de la orden judicial respectiva. El pago al adjudicatario de las prestaci...
PAGO. Salvo que el Vendedor acuerde otros términos en sentido contrario por escrito, los términos de pago son30 días naturales a partir de la fecha de envío de los Bienes o de la prestación de los Servicios. A menos que las partes acuerden lo contrario por escrito, todos los pagos deberán efectuarse en moneda de los Estados Unidos de América (Dólares de los E.U.A). Cuando surjan motivos razonables de inseguridad con respecto al cumplimiento pleno y oportuno del Comprador, el Vendedor podrá exigir condiciones de pago diferentes a las convenidas en este documento, y podrá solicitar una garantía del cumplimiento pleno y oportuno del Comprador. El Vendedor podrá, una vez presentada dicha solicitud, suspender la fabricación, producción, desarrollo, envío y/o entregas. Si, en el período establecido en dicha solicitud, el Comprador no acepta o se niega a aceptar dichas condiciones de pago diferentes y/o no otorga o se niega a otorgar una garantía suficiente del cumplimiento pleno y oportuno (conforme lo determine el Vendedor), el Vendedor podrá: (a) mediante un aviso al Comprador, considerar dicha falta o negativa a la aceptación como un rechazo por parte del Comprador de la parte de la transacción que no se hubiere completado plenamente a esa fecha, para lo cual, el Vendedor podrá cancelar todas las futuras fabricaciones, producciones, desarrollos, entregas y/o envíos, y cualquier montos pendientes de pago en virtud del presente instrumento se tendrán por vencidos y pagadero de inmediato, o (b) producir, realizar o cumplir con los envíos o las entregas bajo reserva de una garantía prendaria y exigir el pago anticipado contra la entrega de los Bienes o Servicios. Asimismo, el Vendedor podrá cobrar intereses sobre los importes pendientes o vencidos (incluidas sentencias), hasta el importe máximo permitido conforme a la ley aplicable, desde la fecha de vencimiento de dicho importe hasta que este, sumado a los intereses, sea pagado en su totalidad. El Comprador acepta pagar todos los costos y gastos de cobranza, incluyendo honorarios de abogados, que incurra el Vendedor si el Comprador no paga ningún tipo de cantidad, obligaciones o adeudos a su vencimiento. Toda extensión de crédito que realice al Comprador en relación con cualquier venta de Bienes y/o Servicios en virtud del presente se considerará realizada por cualquier Vendedor aplicable.
PAGO. 24.1.- El proveedor deberá ingresar sus facturas con la Contratante cubriendo los requisitos legales y administrativos vigentes, ya que será la responsabilidad del proveedor, los problemas que para su cobro representen. Las facturas deberán ser expedidas de acuerdo a lo siguiente: NOMBRE INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LOS PODERES DEL ESTADO DE PUEBLA R.F.C. ISS810211 CA0 (ISS, OCHO, UNO, CERO, DOS, UNO, UNO, C, A, CERO) DIRECCIÓN ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ NO. 810, COLONIA SAN ▇▇▇▇▇▇▇▇ CAMPECHE, PUEBLA, PUE., CÓDIGO POSTAL 72550
24.2.- La contratante no cubrirá factura que no esté validada en su totalidad, además no liberará el pago de las facturas correspondientes si éstas no cuentan con toda la documentación que ampare la total realización del servicio.
24.3.- El pago se realizará dentro de los 30 días naturales posteriores a la presentación de la factura, que cumpla con los requisitos fiscales.
24.4.- Para la presentación y validación de la programación de pago
A) Copia del reporte de dispensación
B) Recetas originales con firma de recibido del derechohabiente
C) Vales originales con firma de recibido del derechohabiente (sólo en las facturas por medicamento de acuerdo al Anexo 2 dispensado en farmacias de convenio).
D) Tanto las recetas como los vales originales, que corresponden a facturas por costo de producto y costo de dispensación y distribución se presentan una sola vez con ambas facturas, es decir, se presentan en paquete. • Al recibir las facturas, el departamento de servicios generales de la contratante validará la integridad de las recetas (número de recetas en reporte de dispensación vs número de recetas en físico) así como los montos de las facturas contra los reportes de dispensación que ambas partes acordaron como oficial y en los casos en que aplique, la integridad de los vales anexos (número ▇▇ ▇▇▇▇▇ físicos vs reporte). para todo ello, la contratante contará con el acceso en línea que le dará al licitante adjudicado. • El departamento de servicios generales, una vez validado el punto anterior deberá expedir un contra recibo que ampare la facturación realizada y mostrará la fecha de pago. • En caso de que existan recetas faltantes o aclaraciones por montos de facturas, servicios generales informará al licitante en un plazo de 24 horas, y éste tendrá 24 horas para presentar la aclaración. de no quedar aclarado en ese plazo, el licitante podrá presentar de nuevo esas facturas en la quincena s...
PAGO. 11.1. Salvo que se acuerde de otro modo por escrito, el pago se realizará en el plazo de 14 días desde la fecha de facturación, sin descuentos ni compensaciones, y en la moneda indicada en la factura.
11.2. Si no se realiza el pago íntegro en el plazo fijado, el Comprador estará en demora en virtud de la ley y estará obligado a pagar intereses al tipo del 10 % anual sobre el importe pendiente desde la fecha de demora hasta el día en que se efectúe el pago íntegro. Si el tipo de interés de demora fijado en la Ley 3/2004 es superior al 10 %, el Comprador estará obligado a pagar el tipo de interés de demora según viene establecido en la Ley 3/2004.
11.3. El Comprador pagará íntegramente a IMCD sus costes judiciales y extrajudiciales reales, incluyendo los honorarios de los abogados, soportados como consecuencia del incumplimiento del Comprador de sus obligaciones derivadas del Contrato en su totalidad y/o a tiempo, mientras que, en cualquier caso, por dicho incumplimiento, el Comprador estará obligado a pagar a IMCD al menos lo costes extrajudiciales que ascenderán al 15 % del importe pendiente, con un mínimo de 125 €.
11.4. Sin perjuicio de lo dispuesto en la Cláusula 6.3, las reclamaciones acerca de la facturación únicamente podrán efectuarse dentro del plazo de pago. Las reclamaciones deben constar por escrito y su presentación no suspenderá la obligación de pago del Comprador.
11.5. Los pagos se deducirán en primer lugar de los costes judiciales, gastos de recaudación extrajudiciales e intereses pagaderos, y posteriormente de las sumas principales pendientes, comenzando por las sumas principales pendientes más antiguas, independientemente de las instrucciones en contrario del Comprador.
11.6. El Comprador no podrá compensar sumas adeudadas a IMCD con reclamaciones del Comprador frente a IMCD.
PAGO. EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 51 DE LA LAASSP EL PAGO POR LA PRESTACIÓN DE “EL SERVICIO” SE REALIZARÁ EN PAGOS PARCIALES, EN FUNCIÓN AL CUMPLIMIENTO DE LOS MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS Y CORRECTIVOS PROGRAMADOS, ADEMÁS DE LOS MANTENIMIENTOS CORRECTIVOS NO PROGRAMADOS QUE SE HAYAN EFECTUADO, MISMOS QUE SE PAGARÁN 20 DÍAS NATURALES POSTERIORES A LA PRESENTACIÓN Y ACEPTACIÓN DE LAS FACTURAS CORRESPONDIENTES. A EFECTO DE LO ANTERIOR, SE VERIFICARÁ EL SIGUIENTE PROCEDIMIENTO. “EL LICITANTE ADJUDICADO” Y EL “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” FORMALIZARÁN EL ACTA - ENTREGA O INICIO DE OPERACIONES POR LA PRESTACIÓN DE “EL SERVICIO”. “EL LICITANTE ADJUDICADO” DEBERÁ PRESENTAR LA FACTURA RESPECTIVA PARA SU VALIDACIÓN EN LAS OFICINAS QUE OCUPA UBICADAS EN ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇- ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇. ▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, DEMARCACIÓN TERRITORIAL TLALPAN, C.P 14388, CIUDAD DE MÉXICO, EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS DE LA COORDINACIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS EN UN HORARIO DE LUNES A VIERNES DE 09:00 A 15:00 HORAS, ASÍ COMO EL TELÉFONO (▇▇) ▇▇▇▇▇▇▇▇ EXT 53002 Y/O 53003., CON LOS SIGUIENTES DATOS FISCALES: NOMBRE DOMICILIO FISCAL R.F.C. GUARDIA NACIONAL BOULEVARD ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, NÚMERO 3648, COLONIA ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, ALCALDÍA ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇. GNA190327EJ0 EL “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” SOLICITARÁ A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE “LA GUARDIA NACIONAL” SE TRAMITE EL PAGO, REMITIENDO PARA TAL EFECTO LAS ACTAS ENTREGA Y FACTURAS DEBIDAMENTE VALIDADAS. DE NO SER ASÍ, INDICARÁ LOS INCUMPLIMIENTOS EN QUE HAYA INCURRIDO EL “LICITANTE ADJUDICADO”, ADJUNTANDO LOS DOCUMENTOS QUE LO ACREDITEN. EN CASO DE QUE LA(S) FACTURA(S) Y/O SU DOCUMENTACIÓN ANEXA PRESENTE ERRORES O DEFICIENCIAS, EL “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, DENTRO DE LOS TRES DÍAS HÁBILES SIGUIENTES AL DE SU RECEPCIÓN, INDICARÁ POR ESCRITO AL “LICITANTE ADJUDICADO” LAS DEFICIENCIAS QUE SE DEBERÁN CORREGIR Y DEVOLVERÁ LA DOCUMENTACIÓN AL “LICITANTE ADJUDICADO” PARA QUE SEA SUBSANADA Y LA PRESENTE NUEVAMENTE PARA REINICIAR EL TRÁMITE DE PAGO. EL PERIODO QUE TRANSCURRE A PARTIR DE LA ENTREGA DEL CITADO ESCRITO Y HASTA QUE EL “LICITANTE ADJUDICADO” PRESENTE SUS CORRECCIONES NO SE COMPUTARÁ PARA EFECTOS DEL ARTÍCULO 51 DE LA LAASSP. LO ANTERIOR, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 90 DEL REGLAMENTO DE LA LAASSP. EL PERIODO PARA QUE EL “LICITANTE ADJUDICADO” REMITA LA FACTURA YA CORREGIDA DE ACUERDO CON LAS OBSERVACIONES QUE LE HAYAN SIDO SEÑALADAS, ...
PAGO. El adjudicatario deberá presentar sus facturas conforme a lo que se determine en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, en el cual también se consignarán las condiciones de pago. INTERCARGO S.A.U. se reserva el derecho de observar las facturas presentadas, por inconsistencia con los bienes entregados, los servicios prestados o los precios facturados por el adjudicatario, como por cualquier otro concepto. En los casos de que la contratación contemple la posibilidad de otorgar un anticipo financiero, el mismo deberá estar respaldado por la garantía correspondiente.
PAGO. “LA EMPRESA” deberá presentar la factura y los descuentos que en su caso se otorguen a “EL AYUNTAMIENTO”, el pago se realizará dentro de los 20 días naturales posteriores a la presentación de la factura respectiva, previa al suministro de bienes en los términos del Contrato, esto considerando que no existan aclaraciones al importe o a los bienes facturados. “EL AYUNTAMIENTO” pagará el precio de los bienes suministrados realizado en pesos mexicanos moneda nacional mediante cheque nominativo o transferencia electrónica. Por lo anterior, es necesario que la factura que presente “LA EMPRESA” reúna los requisitos fiscales que establece la legislación vigente en la materia; en caso de que no sea así, “EL AYUNTAMIENTO” pospondrá los pagos a su favor, hasta en tanto se subsanen dichas omisiones. En caso de que “LA EMPRESA” no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago, la fecha de pago se correrá el mismo número de días que dure el retraso. Para el caso de que se presenten pagos en exceso, se estará a lo dispuesto por el artículo 51 párrafo tercero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
PAGO. El pago se efectuará a 40 días desde la fecha de factura, mediante transferencia. Las facturas deberán contemplar únicamente las prestaciones correspondientes a este contrato y deberán indicar el número de expediente que se indicará a la formalización del mismo. La factura será remitida por correo ordinario a la dirección calle General ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, 7 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, (entrada por C/▇▇▇▇▇▇▇ de Rozalejo) o al correo electrónico: ▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇.▇▇.
PAGO. 11.1 El pago de la cantidad total a pagar se debe en su totalidad en cada mes y puede ser facturado o cobrado por adelantado, si corresponde. Si el pago del Suscriptor no es recibido por ▇▇▇▇▇▇ antes de emitir la siguiente factura, el Suscriptor podrá recibir intereses sobre el saldo pendiente de pago, en la cantidad de un punto cinco por ciento (1.5%) por mes o la tasa máxima permitida por la ley aplicable (la que sea menor), prorrateada diariamente, de acuerdo con las disposiciones del artículo 93 de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor. ▇▇▇▇▇▇ puede (pero no estará obligado a) aceptar pagos parciales del Suscriptor. Si la Fecha de Activación no coincide con el inicio del ciclo de facturación, el Suscriptor deberá pagar la parte proporcional de la tarifa mensual, de acuerdo con el número de días que hayan transcurrido entre la Fecha de Activación y el final del ciclo de facturación actual. Si se realizan pagos parciales, se aplicarán al saldo de la cuenta, comenzando con el cargo con la fecha de vencimiento más reciente. Los métodos de pago aceptables incluyen, pero no se limitan, al pago con tarjeta de crédito.
11.2 Si el Suscriptor considera que un cargo es incorrecto o si requiere información adicional, debe ponerse en contacto con el servicio de atención al cliente escribiendo a la siguiente dirección de correo electrónico: ▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇, ingresando a la siguiente página web: ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇, o llamando a ▇-▇▇▇-▇▇▇-▇▇▇. El Suscriptor debe ponerse en contacto con nosotros antes de la fecha de vencimiento del pago para solicitar una corrección de la factura. El Suscriptor acepta que ▇▇▇▇▇▇ no será responsable de ningún gasto en el que él pueda incurrir como resultado de sobregiros en su cuenta bancaria o cualquier exceso de su línea de crédito como consecuencia de un cargo automático realizado bajo este Contrato. ▇▇▇▇▇▇ podrá suspender el Servicio una vez transcurridos treinta (30) días desde la fecha de vencimiento del pago del Servicio, sin que el Suscriptor haya realizado el pago total de la factura del Servicio.
11.3 Las tarifas o valores mensuales a ser cancelados por cada uno de los servicios contratados por el Suscriptor estará determinada en la ficha de cada servicio, que constan en el Anexo Técnico y el pago se realizará de la siguiente forma: Forma de pago: SÍ NO Pago directo en cajas del prestador del servicio Débito Automático cuenta de ahorro o corriente Pago en ventanilla de locales autorizados Débito con tarjeta de ...
PAGO. 13.1 El pago de los Bienes se realizará únicamente al presentar una factura precisa que incluya la referencia de la Orden de compra correspondiente y de conformidad con las condiciones de pago de la Sociedad, en un plazo de 60 días desde la fecha de emisión de la factura o según lo acordado por escrito por un signatario autorizado de la Sociedad. La Sociedad tendrá derecho a retener el pago si no se reciben los extractos de cuenta.
13.2 Si la Sociedad impugna alguna de las sumas establecidas en una factura, lo notificará por escrito al Proveedor antes de la fecha de vencimiento del pago y pagará las sumas establecidas en esa factura en la medida en que no se impugnen. La Sociedad y el Proveedor se reunirán como máximo en el plazo de 14 días tras la recepción de una notificación por escrito de la Sociedad con arreglo a esta Cláusula para intentar solventar la controversia.
13.3 El pago del importe se realiza sin perjuicio de las reclamaciones o derechos que la Sociedad pueda tener contra el Proveedor y no constituye una aceptación de los Bienes. La Sociedad se reserva el derecho de compensar cualquier cantidad que deba con cualquier cantidad que el Proveedor le deba y de retener cualquier pago en la medida en que los Bienes no se hayan suministrado a satisfacción razonable de la Sociedad.
13.4 La Sociedad no asume ninguna obligación de pago además de las contenidas en el Contrato por aquellos bienes suministrados en una cantidad o con una especificación superior a los Bienes solicitados en la Orden de compra, salvo que la Sociedad haya acordado por escrito el suministro de dichos bienes.
