Obligaciones de la Etapa Cláusulas de Ejemplo

Obligaciones de la Etapa. 2 • Realizar los Estudios Mínimos que se enuncian de manera expresa en el Apéndice Técnico para complementar la información física, biótica, antrópica y demás que sea necesaria para acometer la Etapa 3 de diseños definitivos de la alternativa de solución seleccionada. • Formular el Plan de Manejo Ambiental del Proyecto integrando todos los procesos de ordenamiento territorial de la ecorregión (Resolución 2749 de 2010); obtener su aprobación por parte de las minorías étnicas afectadas (indígenas y negras) e iniciar el trámite del licenciamiento ambiental (Decreto 2820 de 2010). Obligaciones de la Etapa 3 • En la Etapa 3 del Contrato, elaborar los estudios y diseños definitivos de las obras que conforman la solución seleccionada para el Plan de Manejo Hidrosedimentológico y Ambiental del Sistema del Canal del Dique para la Mitigación de los Efectos Asociados al Fenómeno de la Niña, hasta completar los planos constructivos, las cantidades de obra definitivas, los presupuestos, especificaciones y documentos técnicos necesarios para el proceso de contratación de la construcción y puesta en marcha de la Fase 2 del Proyecto. • Realizar los manuales de operación y mantenimiento de las obras diseñadas y recomendadas, al igual que los demás productos y servicios previstos en el Apéndice Técnico para la Etapa 3. • Obtención de la licencia ambiental y demás permisos requeridos para acometer la Fase 2 del Proyecto. • Xxxxxxx apoyo técnico al equipo evaluador cuando xxxxxx dudas con respecto a las posibles propuestas en el momento de la licitación de la obras. • Prestar asesoría para la interpretación y alcance de los diseños definitivos para construcción de las obras del Proyecto. • Prestar asesoría para las soluciones de ingeniería a problemas técnicos que puedan presentarse durante la ejecución de las obras, o para ajustarlos a las características de los equipos o a condiciones del terreno, por circunstancias que no pudieron ser previstas en los estudios y diseños definitivos para construcción elaborados por EL CONSULTOR. • Participar, cada vez que se solicite, en los comités técnicos durante la fase de construcción del proyecto con el personal requerido de tal manera que los diseños, especificaciones y demás aspectos que fueron aprobados en las etapas 1, 2 y 3 respondan plenamente a las consideraciones que pueden ser presentadas durante la ejecución de obras. • Apoyo técnico a la Interventoría y al Fondo Adaptación, en las pruebas y recibos de equipos necesarios par...
Obligaciones de la Etapa 

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.