Object Cláusulas de Ejemplo

Object. These general conditions for contracting constitute the terms and provisions governing the relationship of rendering services resulting from contracting the service called PERSONAL LEGAL PROTECTION + PERSONAL S.L. (hereinafter LLL). In accordance with the above, these conditions define and establish the full and closed frame of the terms governing the rendering of the service PERSONAL LEGAL PROTECTION + PERSONAL LAWYER by Legal Lifeline, S.L. Any clause, term or condition that is not covered by this statement of conditions shall be deemed invalid. Legal Lifeline Spain, S.L. shall have no obligations not expressly appearing in this statement of conditions, committed by third parties or themselves not having enough powers. Service Definition. The Legal Service provided by Lifeline Spain SL, named the delivery of information of legal nature to the client, providing legal advice and aid he demands in matters of Spanish law. Legal Lifeline remotely provides said information, assistance and legal advice service, exclusively via telephone and/ or electronic means and, in any case, by Spanish practising lawyers members of the Bar who directly provide these to the Client. The service is provided in the English and Spanish language. The information, assistance and advice, are provided by LLL in Spain and from Spain, wherever the contracting or adhering Client may be contacting from.
Object. The platform has been designed to make known the services offered by Andjoy, which consist of the provision of a service (hereinafter “the Service”) to contract the access to centres with sport facilities, hotels, sport clubs, spas, yoga, pilates, dance, crossfit facilities or swimming pools, amongst others (hereinafter “the Centre”). The service also includes the possibility of managing bookings of sport sessions or classes for the Clubbers through the platform.
Object. 2.1. Renting a Property space for an Event
Object. The object of this announcement is to give notice of the selection process to fill the position of Co-Leader of the Symphony Orchestra of Castilla y León (hereinafter, OSCyL) for an unlimited job contract. The workplace will be the Xxxxxx Xxxxxxx Cultural Centre in Valladolid. The gross annual salary will be as set in the collective agreement of Fundación Siglo for the position of Co-Leader, which for the year 2016, is EUR 43,074.48 for all salary items. On completion of the procedure, an open-ended contract will be signed so that the successful candidate can join the orchestra in September 2017.
Object. The PECUNPAY card, under its different modes (hereinafter “card”) is a prepaid UNIONPAY card that allows the HOLDER to obtain goods and professional services in establishments that accept UNIONPAY cards and that also have a Point of Sale Terminal (POS) device. This card also allows the HOLDER to shop on the Internet, as long as the web site browsed accepts that means of payment, in which case, it shall be subject to the conditions established there. Under no case shall the balance of the card accrue interest or any other kind of remuneration in favor of the HOLDER. XXXXXXXX holds the ownership of the cards it issues with personal status. Their HOLDER shall be a natural or legal person whose identity must be recorded on the actual card, except if the product subscribed is an instant or virtual gift card. The HOLDER authorizes XXXXXXXX to issue a financial card linked to a payment account assigned to the HOLDER, except if the product subscribed is an instant or virtual gift card. The payment account is linked to the card and to other electronic media, so all operations performed by those means shall be recorded in the account. If the HOLDER were to request additional cards, each card shall be linked to a new payment account. Application by the HOLDER for one or various additional cards shall amount to their consent in relation to the charges that XXXXXXXX performs in its payment account as a consequence of the transactions and withdrawals performed with such additional cards. The card shall have a limited validity up to the expiry date it bears. By filling in the form and making payment, and once our internal checks have been passed, the user will receive the card within an estimated term of 10 working days. In the case of renewal of the card, once its expiry date falls due, thirty calendar days prior to that date the client shall be sent a new card, applying the renewable conditions applicable in the particular conditions in each case. The renewed card shall be issued with a new card number, that shall retain the same link to the original payment account and, thus, shall maintain its conditions of use and balance available in that account. Without prejudice to the foregoing, PECUNPAY reserves the right to cancel or amend the validity date of the cards during their term in force, as well as not to proceed to renew them on expiry, the HOLDER thus forfeiting all rights related to their use. The card shall be used according to the instructions for use establish...

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  • Software (i) Si durante el plazo de noventa (90) días posteriores a la entrega del Software a usted (el "Periodo de garantía"), el Software, según lo haga disponible RIM o cualquier distribuidor autorizado de RIM, no fuera capaz de realizar las funciones descriptas en la Documentación habitual del usuario final para ese elemento del Software ("Especificaciones") al usarse según lo indica RIM en la Documentación aplicable al tipo y versión específica del Software junto con otras partes no alteradas de Su Solución BlackBerry, RIM, a su opción y criterio exclusivo, realizará esfuerzos razonables para corregir o proporcionarle a usted una solución al problema correspondiente (y esa reparación o solución se la puede proporcionar RIM a Usted a criterio razonable de RIM de un modo entre una variedad de modos, inclusive, en el transcurso de un soporte telefónico o por correo electrónico, en un software generalmente disponible para lanzar reparaciones, en el sitio web de RIM o de cualquier otro modo por el cual RIM le informa a Usted) o le proporcionará a Usted un reembolso por los cargos pagados por única vez por el Software correspondiente si Usted deja de usar el Software y el medio en el que le fue proporcionado el Software y devuelve a RIM todo el embalaje relacionado con aquél, de acuerdo con Su mecanismo de devolución de garantía habitual (que puede ser a través de Su Proveedor de servicio de tiempo de conexión, si corresponde, o del punto de venta) dentro del Periodo de garantía junto con la constancia de compra.

  • Empate En caso de empate en las ofertas, ostentará preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas públicas o privadas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 %. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 %, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. Asimismo tendrán preferencia en caso de empate, aquellas empresas dedicadas específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social. Por último si hubiera empate entre ofertas de empresas en que concurrieran las circunstancias del primer párrafo y xxx xxxxxxx tendrán preferencia en la adjudicación las empresas dedicadas a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social. En defecto de todo ello se resolverá por sorteo. Se estará a lo dispuesto en el artículo 152 del TRLCSP en relación con la letra I.3 del cuadro de características del contrato.

  • ADJUDICACIÓN PROVISIONAL En el procedimiento con varios criterios de adjudicación, esta recaerá en el licitador que en su conjunto haga la proposición más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios y su ponderación establecidos en la cláusula número 10 de la Hoja Resumen de este Pliego, El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. El órgano de Contratación, clasificará las proposiciones presentadas por orden decreciente, atendiendo a los criterios de adjudicación, previa solicitud de cuantos informes técnicos considere convenientes, y adjudicará provisionalmente el contrato al licitador que haya presentado la que resulte económicamente más ventajosa. El plazo máximo para efectuar la adjudicación provisional será de dos meses, contados desde la apertura de las proposiciones. Este plazo se podrá ampliar en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites de justificación de ofertas con valores anormales o desproporcionados. De no producirse la adjudicación provisional dentro de los plazos señalados los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. De conformidad con lo dispuesto por la disposición adicional sexta de la LCSP, se establece la preferencia en la adjudicación de este contrato para las proposiciones presentadas por aquellas empresas públicas o privadas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por ciento, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a la más ventajosa desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base a la adjudicación.

  • Cooperación A petición del Cliente, SAP cooperará de forma razonable con el Cliente y con los Responsables a atender las solicitudes de los Titulares o de autoridades supervisoras con respecto al tratamiento de Datos Personales por parte de SAP o en caso de Brecha de los Datos Personales. SAP notificará al Cliente tan pronto como le sea posible, cualquier solicitud que reciba de un Titular en relación con el tratamiento de los Datos Personales y no responderá a dicha solicitud antes de recibir instrucciones adicionales del Cliente, si estas son aplicables. SAP proporcionará funcionalidades que ayuden al Cliente a corregir o eliminar los Datos Personales del Servicio Cloud, o a restringir su tratamiento de conformidad con la Ley de Protección de Datos. Donde no se proporcione esta funcionalidad, SAP corregirá o eliminará dichos Datos Personales, o restringirá su tratamiento, de conformidad con las instrucciones del Cliente y la Ley de Protección de Datos.

  • FORMATOS Para facilitar la presentación de la documentación solicitada, se adjuntan a la presente convocatoria los formatos que sirven de guía para el cumplimiento de los requisitos solicitados, los licitantes podrán elaborar sus propios documentos siempre y cuando cumplan con todos los requisitos señalados en la presente convocatoria.

  • ADJUDICACIÓN Una vez realizada la previa calificación de los documentos requeridos en el sobre A, presentados por los licitadores en tiempo y forma, y decidida por la Mesa de Contratación con pronunciamiento expreso la admisión a la licitación, el rechazo y las causas de éste, se procederá, en acto público, y en el día y hora señalados en el anuncio, a la apertura de las proposiciones económicas que hayan sido admitidas. La Mesa de Contratación podrá solicitar al licitador cuantos informes técnicos considere necesarios y se relacionen con el objeto del Contrato, así como requerir a los licitadores para que precisen o aclaren el contenido de sus ofertas. Hecho lo anterior, si fuese oportuno, y tras la consideración del informe de valoración realizado por el Área Técnica de la Sociedad, la Mesa de Contratación elevará, con el Acta correspondiente, la propuesta de adjudicación que estime pertinente, al órgano competente de ACUAMED. El órgano competente de ACUAMED, a la vista de la propuesta de la Mesa de Contratación, tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el Contrato a la proposición más ventajosa en su conjunto, definida como aquella que reúna en mejor medida las circunstancias que se señalan como criterios de adjudicación en este Pliego, sin atender necesariamente al valor económico de la misma, o declarar desierto el concurso mediante decisión motivada. La adjudicación del Contrato deberá ser hecha en el plazo máximo de tres (3) meses a contar desde la fecha de apertura de las proposiciones. La adjudicación se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas1. Los gastos de publicidad serán abonados por el adjudicatario. Previa a la adjudicación definitiva, se exigirá al licitador propuesto como adjudicatario la justificación acreditativa de las condiciones en que se encuentra con relación a los conceptos que se relacionan a continuación, concediéndosele un plazo de cinco (5) días hábiles, a contar desde la fecha de requerimiento, para la presentación de la documentación que faltase o para la corrección de la presentada.

  • Adjudicatario Fallido En caso de que el adjudicatario no celebrare el contrato dentro del término previsto, por causas que le sean imputables, la máxima autoridad de la entidad contratante le declarará adjudicatario fallido y una vez que notifique de esta condición al SERCOP, procederá de conformidad con los artículos 35 y 98 de la LOSNCP. Así mismo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 114 del Reglamento General de la LOSNCP, la entidad contratante llamará al oferente que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos para el oferente adjudicatario, incluyendo la obligación de mantener su oferta hasta la suscripción del contrato. Si el oferente llamado como segunda opción no suscribe el contrato, la entidad declarará desierto el proceso, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable al segundo adjudicatario fallido.

  • OBJETO Y ALCANCE ARTICULO 1: El presente contrato tiene por objeto otorgar en concesión a favor de la CONCESIONARIA la prestación en forma exclusiva del servicio público de distribución y comercialización de energía eléctrica y de alumbrado público dentro del AREA de CONCESION en los términos y condiciones establecidos en aquel, con la obligación de aplicar el régimen tarifario y cuadro tarifario mencionados en el art.33 y sig. del CONTRATO.

  • Adjudicación y notificación La máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, con base en el resultado de la evaluación de las ofertas, reflejado en el informe elaborado por los integrantes de la Comisión Técnica o el responsable de evaluar las propuestas, adjudicará el contrato a la propuesta más conveniente para los intereses institucionales, conforme a los términos establecidos en el numeral 18 del artículo 6 de la LOSNCP, mediante resolución motivada, y con sujeción al contenido de la Resolución emitida por el SERCOP para el efecto. La notificación de la adjudicación realizada en los términos antes referidos, se la publicará en el Portal de la Entidad Contratante.

  • CRITERIOS DE DESEMPATE En defecto de la previsión en la cláusula 23 de cláusulas específicas del contrato, el empate entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato se resolverá mediante la aplicación por orden de los siguientes criterios sociales, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas: A efectos de aplicación de estos criterios las licitadoras deberán acreditarlos, en su caso, mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social y cualquier otro documento admitido en derecho que acredite los criterios sociales anteriormente referidos.