Definición de Cooperación

Cooperación. Las Partes acuerdan celebrar cualquier documento adicional razonablemente necesario para finalizar y llevar a cabo los términos de este Convenio de Transacción. En caso de que un tercero o cualquier Persona que no sea una Parte impugne en cualquier momento cualquier término de este Convenio de Transacción o de la Transacción, incluido el Auto de Exclusión, las Partes acuerdan cooperar entre sí, incluso realizando esfuerzos razonables para poner a disposición los documentos o el personal que sean necesarios para defender dicha impugnación. Además, las Partes cooperarán razonablemente para defender y hacer cumplir el Auto de Exclusión exigida en virtud del Párrafo 20 del presente Convenio de Transacción.
Cooperación. Las Partes acuerdan suscribir cualesquiera documentos adicionales necesarios de manera razonable para finalizar y llevar a cabo los términos de este Convenio. En caso de que un tercero o cualquier Persona que no sea una Parte en cualquier momento impugne cualquier término de este Convenio o la Transacción Judicial, incluyendo el Auto de Exclusión y el Auto de Exclusión y la Resolución, las Partes acuerdan cooperar mutuamente, incluyendo realizar esfuerzos razonables para poner documentos o personal a disposición según se necesite para defender cualquier impugnación de esa índole. Asimismo, las Partes cooperarán de manera razonable para defender y hacer cumplir cada uno de los autos requeridos de conformidad con el párrafo 20 de este Convenio.
Cooperación. Unión con una o más aliados que efectúan aportes de capital en forma de recursos financieros, humanos, tecnológicos u otro tipo de activos para formar una nueva empresa. Parágrafo: Las anteriores definiciones son enunciativas y no taxativas, por lo tanto COMFATOLIMA podrá desarrollar su objeto social con el apoyo de entidades públicas o privadas de conformidad con el artículo 16 de la ley 789 de 2002 y suscribir las alianzas estratégicas que para estos efectos se requieran.

Examples of Cooperación in a sentence

  • En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.

  • Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.

  • En el plano internacional y como miembro de la organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.

  • Que, el objetivo principal del Convenio de Cooperación es la activa participación de las partes para la implementación del Programa de Ingreso Social con Trabajo en el territorio de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes.

  • Asimismo, tenemos conocimiento del contenido de la nota informativa de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE).

  • Los recursos que aporta la OIM están comprometidos en el presupuesto del Convenio de Cooperación [insertar código] celebrado entre la OIM y [insertar el nombre del donante].

  • Aprobación del Secretario de Estado de Cooperación Territorial (art.

  • Escrito bajo protesta de decir verdad, que conoce el contenido de la Nota informativa para licitantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.

  • Asimismo, que tiene conocimiento del contenido de la nota informativa de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE).

  • Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).


More Definitions of Cooperación

Cooperación. Las Partes acuerdan en celebrar cualesquier documentos adicionales que sean razonablemente necesarios para finalizar y llevar a cabo los términos del presente Convenio. En caso que un tercero o cualquier Persona distinta a las Partes impugne cualquier término del presente Convenio o de la Transacción Judicial, incluyendo el Auto de Exclusión y la Sentencia y Auto de Exclusión, las Partes acuerdan en cooperar entre ellas, incluyendo empleando los esfuerzos razonables para preparar los documentos y emplear a las personas que sean necesarias para defender dicha impugnación. Asimismo, las Partes deberán cooperar razonablemente para defender y hacer valer cada uno de los autos establecidos en el Párrafo 9 del presente Contrato.
Cooperación. Las partes acuerdan disponer de toda la cooperación y comunicación para lograr el mejor resultado de este trabajo. Tanto la Novia como el Novio estarán dispuestos a aceptar sugerencias de los Fotógrafos para alguna toma en particular las cuales lucirán el estilo propio del Fotógrafo. TIEMPO DEDICADO: El Fotógrafo se comprometen a asistir en la fecha y horas indicadas donde se cubrirá la esencia del evento, durante la reunión o recepción se avisará a los novios sobre el trabajo realizado y se acordará si son necesarias más tomas para proceder con ellas o retirarse del evento. REGLAS DE EVENTO: El Fotógrafo estarán limitados a las reglas del evento, La Iglesia o el lugar de recepción por lo tanto el cliente acepta los resultados técnicos de las imposiciones o limitaciones que tengan estos. La participación de otros fotógrafos profesionales no es aceptada por los fotógrafos, por lo tanto, el cliente se responsabiliza de que esto no ocurra especialmente en la Iglesia donde comúnmente aparecen fotógrafos que interfieren en las tomas, como también, si los invitados que pueden llevar sus cámaras fotográficas, al hacer las tomas no interrumpan o incomoden al trabajo del fotógrafo.
Cooperación. Es uno de los deberes básicos del agente. Implica el compromiso de ayuda para alcanzar las metas propuestas por el agenciado y aceptadas inicialmente por las partes.
Cooperación. La manera en la que trabaja en equipo con los clientes/usuarios para establecer los requisitos de la descripción de puesto y responsabilidades de la vacante a reclutar. GLOSARIO
Cooperación. Comercial •El AdA marca el inicio de una nueva etapa en las relaciones comerciales entre ambas

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  • MIPYMES Las micro, pequeñas y medianas empresas de nacionalidad mexicana a que hace referencia la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

  • Consulta Comunicación escrita, remitida por un Oferente/Proponente conforme al procedimiento establecido y recibida por el Comité de Compras y Contrataciones, solicitando aclaración, interpretación o modificación sobre aspectos relacionados exclusivamente con el Pliego de Condiciones Específica.

  • Procesador Intel Core i7 de Sexta Generación, de al menos las siguientes características: • Frecuencia básica del procesador: 2.5 GHz • Cantidad de núcleo: 4 • Subprocesos: 8 • Cache: 4MB • Soporte a virtualización • Soporte a la gestión fuera xx xxxxx como parte de la tecnología del procesador. • Con fecha de lanzamiento no menor al año 2015. Memoria de video Hasta 1 GB de memoria compartida con la memoria RAM. Memoria RAM 8 GB DDR3, 1600 MHz El equipo deberá tener la capacidad de crecimiento de la memoria RAM de manera interna, según las características del módulo de RAM requerido en los “Dispositivos informáticos adicionales”. Almacenamiento Disco de Estado Sólido (SSD) de 250GB Monitor/Pantalla • Integrado a chasis de 13.3” ó 14” en LED CARACTERÍSTICAS DESCRIPCIÓN • Anti reflejante • Resolución Nativa Mínima: 1366 x 768 (Resolución en pixeles:1;049,088, enunciar la resolución ofertada para 13.3”) • Cumplimiento de certificado Energy Star versión 5 o superior Puertos de I/O • Al menos 2 puertos USB 3.0 • 1 Puerto HDMI o Display Port con adaptador para HDMI (en este caso el adaptador debe ser entregado por el proveedor como parte de la entrega de los bienes) • Puerto para acoplarse en Base de acoplamiento (Docking station) • Lector de tarjeta SD/MicroSD interno (éste último a través de adaptador) Comunicaciones • 1 puerto Ethernet 100/1000 Mbps (RJ-45) interno • Wi-Fi 802.11 ac, compatible con g/n interno • Bluetooth v4.0 interno • Entradas para micrófono y audífonos separados, a través de los puertos analógicos (jacks) convencionales Chasis Portátil con ranura para candado tipo Kensington Multimedia • Cámara HD 720p integrada a chasis • Micrófono y bocinas integradas Peso No sobrepasa los 2.0 kg con batería y todos sus componentes internos. Unidad de disco multimedia Unidad CD-RW/DVD-RW/DVD+RW de al menos 8x (doble capa 4x) externo Suministros o Teclado integrado a chasis en Español/Latinoamericano de 85 teclas (o estándar) incluyendo 12 teclas de función integrado a chasis. o Touchpad integrado a chasis. o Batería incluida larga duración, integrada con equipo de al menos 360 minutos de uso estándar. o Cable UTP de fábrica (al menos 2 metros) categoría 6 o superior. o Incluir todos los cables y aditamentos requeridos para alimentación eléctrica del equipo de cómputo y su correcto funcionamiento. o Cable y candado adaptable al equipo ofertado, de tipo Kensington. o Maletín de transporte con dimensiones no mayores a lo requerido para una laptop con pantalla de 14” tipo portafolio. Tipo de equipo Escritorio “todo en uno” Procesador Intel core i7 sexta generación Sistema operativo Soporte a Windows 10 PRO de 64 bits en español. Se deberá proveer en los equipos de cómputo propuestos la licencia de Windows 10 preinstalada y soportada por el fabricante del equipo.

  • ACCESORIOS Componentes o partes, tales como cables, microfiltros u otros, que se incluyen dentro del KIT DE CONEXIÓN, necesarias para llevar a cabo la conexión del EQUIPO TERMINAL con el EQUIPO DE CÓMPUTO.

  • INVESTIGACIÓN XX XXXXXXX La verificación de la existencia de bienes, arrendamientos o servicios, de proveedores a nivel nacional o internacional y del precio estimado basado en la información que se obtenga en la propia dependencia o entidad, de organismos públicos o privados, de fabricantes de bienes o prestadores del servicio, o una combinación de dichas fuentes de información.

  • Hospital Establecimiento destinado al cuidado y tratamiento de personas enfermas o lesionadas, con facilidades organizadas para diagnóstico, cirugía mayor, servicio médico con profesionales legalmente titulados y servicio de enfermeras o enfermeros graduados. Todo ello operando legalmente de acuerdo con las normas legales vigentes aplicables.

  • COASEGURO Es cuando el Contrato de Xxxxxx se suscribe de una parte por el Asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda.

  • Vehículo Asegurado Es la unidad automotriz descrita en la carátula de esta póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante entrega originalmente para cada modelo y tipo específico que presenta al mercado. Cualquier otra parte, accesorio, rótulo, conversión, adaptación o modificación a la estructura, instalada a petición del comprador o propietario o por las agencias, distribuidoras, auto instalados o por terceros, no se considerará equipo entregado por el fabricante, por tanto, requerirá de cobertura especial y ser especificada en la carátula de esta póliza. Solo podrán ser objeto de este contrato, vehículos residentes. Se considera como camión de carga al vehículo automóvil grande y potente, que está constituido por una cabina en la que va el conductor y una gran caja o depósito y que está destinado al transporte de carga pesada. Se considera un camión de pasajeros al vehículo con capacidad para gran número de viajeros, destinados al transporte de personas.

  • Colusión un acuerdo secreto entre dos o más partes realizado con la intención de defraudar o causar daño a una persona o entidad o de obtener un fin ilícito. Si se presenta que se ha cometido un acto de fraude o corrupción vinculado con un proyecto financiado por el FCAS éste podrá: Decidir no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato o de un contrato adjudicado para la adquisición de bienes y/o servicios financiado por el FCAS; suspender en cualquier etapa los desembolsos de la cooperación para el proyecto; cancelar y/o acelerar la devolución de una parte de la donación relacionada inequívocamente con el contrato vinculado; El FCAS establece las siguientes condiciones básicas: El Beneficiario del Proyecto, el Beneficiario de la Subvención y demás organismos involucrados en la ejecución del proyecto exigirán tanto a su plantilla como los organismos ejecutores, contratistas y a todas las firmas, entidades o personas por participar o participando en proyecto financiados con los fondos, que no ofrezcan a terceros o acepten de terceros para ellos mismos o para otros, ningún regalo, remuneración, compensación o beneficio de ningún tipo, ya que podría ser interpretado como un acto/práctica de corrupción. El Beneficiario del Proyecto, el Beneficiario de la Subvención y demás organismos involucrados en la ejecución del proyecto deberán mantener al FCAS, a través de la OTC de la AECID en Ecuador, informada sobre cualquier incidente o sospecha que pueda surgir en el transcurso de las operaciones con respecto al uso inadecuado de los fondos. El FCAS o la persona que dicha oficina designe se reserva el derecho de efectuar auditorías, incluidas las auditorías documentales e in situ, sobre la utilización de los fondos por parte del Beneficiario del Proyecto, el Beneficiario de la Subvención y demás organismos involucrados en la ejecución del proyecto, así como todos los ejecutores, contratistas y subcontratistas que hayan recibido fondos españoles. Además, deberán autorizar explícitamente a las autoridades españolas para realizar controles e inspecciones in situ. Adicionalmente todos los involucrados en el proceso licitatorio, mencionados antes, deberán observar lo dispuesto en la legislación ecuatoriana sobre seguimiento, control y normas de fraude y corrupción en Contratos, para lo cual deberán proporcionar la información necesaria para el adecuado ejercicio de estas actividades y otorgar todas las facilidades para el desarrollo de las mismas. Las sanciones que de eventuales prácticas corruptivas o fraudulentas se deriven, se aplicarán de acuerdo a la legislación ecuatoriana y por las entidades competentes correspondientes. Cualquier evento de esta naturaleza debe ser informado al FCAS, a través de la OTC de la AECID en Ecuador, por el Beneficiario del Proyecto, el Beneficiario de la Subvención o por los demás organismos involucrados en la ejecución del proyecto.

  • Franquicia aquella suma de dinero, expresada en términos fijos o porcentuales, que en el momento de los desembolsos correspondientes a una Reclamación, corresponde al Asegurado, de conformidad con lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del presente seguro, y cuya cuantía se determina en las Condiciones Particulares del mismo.

  • Consultor es el oferente adjudicatario.

  • Suma Asegurada Es el límite máximo de responsabilidad a cargo de la Compañía para cada una de las coberturas contratadas, determinado desde el momento de contratación del seguro y especificado en la carátula de la póliza.

  • Salud – Calidad – Humanización En caso que el Consorcio o Unión Temporal sea adjudicatario de la contratación, debe proceder a abrir una única cuenta a nombre del Consorcio o Unión Temporal y presentar la certificación de la misma como requisito previo a la suscripción del contrato.  FOTOCOPIA REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO (RUT). El oferente nacional indicará su identificación tributaria e información sobre el régimen de impuestos al que pertenece, para lo cual aportará con la oferta copia del Registro Único Tributario RUT actualizado en su actividad mercantil; las personas jurídicas y/o naturales integrantes de un consorcio o unión temporal acreditarán individualmente éste requisito, cuando intervengan como responsables del impuesto sobre las ventas, por realizar directamente la prestación de servicios gravados con dicho impuesto. Lo anterior conforme el Artículo 368 del Estatuto Tributario, en concordancia con el Artículo 66 de la Ley 488 de 1998 que adicionó el Artículo 437 del mismo Estatuto.  FOTOCOPIA RESOLUCIÓN DE LA DIAN PARA FACTURAR VIGENTE. En caso que el Consorcio o Unión Temporal sea adjudicatario de la contratación, éste deberá presentarse a nombre de la Unión Temporal o Consorcio.  CERTIFICACION BANCARIA. Certificación bancaria expedida por la Entidad Bancaria con fecha de expedición no mayor a 30 días. Este aspecto no otorgará puntaje pero habilitará o inhabilitará la propuesta. Se evaluará con CUMPLE o NO CUMPLE. El Hospital Militar Central hará una evaluación de la información financiera registrada en el RUP, la cual deberá corresponder al corte 31 de diciembre de 2015. Los proponentes deberán acreditar su capacidad financiera y de su organización demostrando que la proponente cuenta con los indicadores de capacidad financiera contenidos en el artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015 y que en consecuencia, deben estar contenidos en el RUP a partir de 2015. Se tomaron como muestra siete (07) empresas registradas en el SIREM, y se halló el promedio de los indicadores financieros: RAZON SOCIAL TOTAL ACTIVO CORRIENT E TOTAL ACTIVO TOTAL PASIVO CORRIENT E TOTAL PASIVO TOTAL PATRIMONIO UTILIDAD OPERACI ONAL GASTOS DE INTERES LIQUIDEZ (Veces) ENDEUDA MIENTO (%) RAZON COBERTU RA INTERES (Veces) RENTABI LIDAD PATRIMO NIO (%) RENTABI LIDAD ACTIVO (%) EMPRESA 1 6.467.066 6.870.738 1.455.600 3.065.190 3.805.548 886.529 245.814 4,44 44,61 3,61 23,30 12,90 EMPRESA 2 355.525 479.680 86.339 86.339 393.341 120.425 0 4,12 18,00 #¡DIV/0! 30,62 25,11 EMPRESA 3 6.957.598 9.330.039 2.474.255 2.474.255 6.855.784 1.886.699 0 2,81 26,52 #¡DIV/0! 27,52 20,22 EMPRESA 4 9.409.042 11.599.610 3.931.078 9.450.604 2.149.006 1.236.267 10.695 2,39 81,47 115,59 57,53 10,66 EMPRESA 5 1.317.952 1.425.741 791.547 1.095.123 330.618 51.653 21.310 1,67 76,81 2,42 15,62 3,62 EMPRESA 6 475.801 537.465 88.080 95.125 442.340 28.357 1.240 5,40 17,70 22,87 6,41 5,28 EMPRESA 7 1.288.597 2.141.459 524.579 1.033.118 1.108.341 172.156 86.691 2,46 48,24 1,99 15,53 8,04 El comité económico establece los siguientes indicadores financieros para el presente proceso de contratación:

  • Asegurado Persona física o jurídica que en sí misma o en sus bienes está expuesta al riesgo. Es titular del interés objeto del seguro y que, en defecto del tomador, asume los derechos y las obligaciones derivadas del contrato.

  • Información Confidencial significa información relacionada al Cliente, a la Persona Controladora, a sus Afiliadas, o a sus representantes respectivos, que ha sido recibida por El Banco, afiliadas de El Banco y sus respectivos representantes en el curso de proveer cuentas y servicios al Cliente, incluyendo Información Personal del Cliente, detalles de cuentas bancarias del Cliente, información transaccional y cualquier otra información que haya sido designada por el Cliente como confidencial al momento de ser proporcionada o que una persona razonable la consideraría como confidencial o de una naturaleza exclusiva.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Hace saber Que en este Juzgado, se sigue los autos núm. 1270/2019, sobre Despidos/ Ceses en general, a instancia de XXXXX XXXXXXX XXXXXX contra 2008 LA XXXXX VIEJA SL, en la que con fecha 18.03.21 se ha dictado Sentencia nº 58/21 que sustancialmente dice lo siguiente: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº2 JEREZ DE LA FRONTERA AUTOS núm. 1270/19 SENTENCIA núm. 58/21 En Jerez de la Frontera, a dieciocho xx xxxxx de dos mil veintiuno. Xxx Xx Xxxxxxx Ortega Ugena, MAGISTRADO JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIAL NUM. 2 de Jerez de la Frontera, tras haber visto los presentes autos sobre DESPIDO seguidos a instancia de XXX XXXXX XXXXXXX XXXXXX contra 2008 LA XXXXX VIEJA SL, emplazado el FOGASA, EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA FALLO Que estimando la demanda respecto de la acción de despido formulada XXX XXXXX XXXXXXX XXXXXX contra 2008 LA XXXXX VIEJA SL, emplazado el FOGASA, debo declarar y declaro la improcedencia del despido, se tiene por efectuada la opción por la indemnización y se acuerda la extinción de la relación laboral con fecha del despido 12-11-19, condenando a la empresa al abono de la indemnización en cuantía de 1.452'66 ◻, sin pronunciamiento para el FOGASA. Notifíquese esta Sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular RECURSO DE SUPLICACION al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los CINCO días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que tiene abierta este Juzgado con el número en el Banco xx Xxxxxxxxx nº 1256 0000 65 1270 19, (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento), pudiendo sustituir la consignación mediante aval bancario en el que conste la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo deberá en el momento de anunciar el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito en la misma cuenta bancaria (haciendo constar también el número de procedimiento). Así por esta mi sentencia lo ordeno, mando y firmo. Y para que sirva de notificación en forma a 2008 LA XXXXX VIEJA SL, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia xx XXXXX, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

  • POBALINES POLÍTICAS, BASES Y LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE CORPORACIÓN MEXICANA DE INVESTIGACIÓN EN MATERIALES, S.A. DE C.V. G) PRECIO CONVENIENTE. ES AQUEL QUE SE DETERMINA A PARTIR DE OBTENER EL PROMEDIO DE LOS PRECIOS PREPONDERANTES QUE RESULTEN DE LAS PROPOSICIONES ACEPTADAS TÉCNICAMENTE EN LA LICITACIÓN, Y A ÉSTE SE LE RESTA EL PORCENTAJE QUE DETERMINA COMIMSA EN SUS POBALINES, EL CUAL NO PODRÁ SER INFERIOR AL CUARENTA POR CIENTO, ATENTO A LO SEÑALADO EN LA FRACCIÓN III DEL INCISO B. DEL TERCER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 51 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. H) PRECIO NO ACEPTABLE: ES AQUÉL QUE DERIVADO DE LA INVESTIGACIÓN XX XXXXXXX REALIZADA, RESULTE SUPERIOR EN UN DIEZ POR CIENTO AL OFERTADO RESPECTO DEL QUE SE OBSERVA COMO MEDIANA EN DICHA INVESTIGACIÓN O EN SU DEFECTO, EL PROMEDIO DE LAS OFERTAS PRESENTADAS EN LA LICITACIÓN.

  • Consorcio Uniones temporales de empresas que sin constituir una nueva persona jurídica se organizan para participar en un procedimiento de contratación.

  • Oferta Económica Se considera como Oferta Económica el valor del precio total ofertado, el cual será el resultado de multiplicar el precio de la unidad de medida por la cantidad ofertada.

  • Vehículo Medio de transporte terrestre impulsado o no por su propio motor, provisto o no de remolque, destinado al transporte de personas, materiales o equipos utilizados para labores agrícolas, o de construcción, etc.

  • Prácticas Coercitivas Es dañar o perjudicar, o amenazar con dañar o perjudicar directa o indirectamente a cualquier parte, o a sus propiedades para influenciar inapropiadamente la actuación de una parte.

  • Interés Asegurable Por interés asegurable se entiende la relación lícita de valor económico sobre un bien. Cuando esta relación se halla amenazada por un riesgo, es un interés asegurable.

  • VISTA La Xxx Xx. 000-00 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones del Estado, de fecha 18 xx xxxxxx de 2006, modificada por la Ley No. 449, de fecha 6 de diciembre de 2006;

  • Evaluación significa todas las actividades y operaciones llevadas a cabo por el Contratista después de un Descubrimiento para determinar los límites, caracterización y capacidad de producción de algún Descubrimiento, así como para determinar si el Descubrimiento en cuestión es un Descubrimiento Comercial, incluyendo, sin limitación: (i) actividades adicionales de Reconocimiento y Exploración Superficial y de Exploración; (ii) estudios geológicos y geofísicos; (iii) perforación xx Xxxxx de prueba; (iv) estudios de Reservas y similares, y (v) todas las operaciones auxiliares y actividades requeridas para optimizar las actividades anteriormente indicadas o las que sean resultado de éstas.

  • Empleados Es el personal que por sus conocimientos y/o experiencia realiza tareas administrativas, comerciales, organizativas, de informática, de laboratorio y, en general, las específicas de puestos de oficina, que permiten informar de la gestión, de la actividad económico-contable, coordinar labores productivas o realizar tareas auxiliares que comporten atención a las personas.