Notas Generales Cláusulas de Ejemplo

Notas Generales a) Los licitantes invariablemente deberán cumplir con todos y cada uno de los requisitos de estas bases.
Notas Generales. Excepto cuando se establezca lo contrario, las siguientes Notas Generales en la Lista de cada Parte se aplican sin excepción a este Capítulo, incluyendo a todas las secciones de este Anexo.
Notas Generales. Salvo que se especifique otra cosa, las siguientes Notas Generales aplicarán sin excepción al Capítulo 15 (Contratación Pública), incluyendo todas las secciones de esta Lista.
Notas Generales. Las siguientes Notas Generales aplicarán al Capítulo 15 (Contratación Pública), incluyendo las Secciones A a la F: PEMEX, CFE y Construcción para el Xxxxxx Xx-Xxxxxxxxxx
Notas Generales. A menos que se haya dispuesto lo contrario, las siguientes Notas Generales contenidas en los compromisos específicos de cada Parte se aplican sin excepción a este Capítulo, incluyendo a todas las Secciones de este Anexo.
Notas Generales. NOTA 1: Para el caso de las personas naturales extranjeras sin domicilio o de personas jurídicas extranjeras que no tenga establecida sucursal en Colombia, no se le exigirá el RUP. NOTA 2: Cuando el proponente sea un gobierno extranjero o alguna entidad estatal extranjera del orden nacional, no requerirá acreditar la capacidad patrimonial, siempre y cuando se anexe una carta emitida por el representante legal, bajo la gravedad de juramento, en la cual conste que no está obligado por ley a presentar los documentos financieros requeridos en el pliego de condiciones. NOTA 3: Los Oferentes cuyos gastos de intereses sean cero (0). En este caso el Oferente cumple el indicador. NOTA 4: Cuando en desarrollo de la verificación financiera requiera verificar información adicional del proponente, podrá solicitarse los documentos que se consideren necesarios para el esclarecimiento de la información, tales como Estados Financieros de años anteriores, anexos específicos o cualquier otro soporte. Así mismo, requerir las aclaraciones que se consideren necesarias, siempre que con ello no se violen los principios de igualdad y transparencia de la contratación, sin que las aclaraciones o documentos que el proponente xxxxxxx a solicitud de esta entidad puedan modificar, adicionar o complementar la propuesta. La verificación de los requisitos financieros se realizará de acuerdo con la información que aparezca reportada en el Registro Único de Proponentes, RUP. Para verificar la capacidad financiera se tendrá en cuenta la información correspondiente al año fiscal 2016, contenida en el RUP. Cuando el proponente no cumpla con los requisitos financieros mínimos establecidos, la propuesta será evaluada como NO CUMPLE FINANCIERAMENTE, lo que generará el rechazo de la misma.
Notas Generales. Este documento y el documento adjunto de la “Normativa de recepción de material audiovisual” pretenden ser una recopilación de todos los parámetros técnicos y normativas de contenidos que deben cumplir los materiales publicitarios que sean recepcionados en los centros de producción de Atresmedia Corporación, pudiendo ser rechazados todos aquellos que no cumplan, total o parcialmente, dicha normativa. Cuando por necesidades de las Centrales de Medios o Clientes tengan que modificar el nombre del Anunciante de un spot en emisión, por motivos técnicos, se tendrá que enviar de nuevo dicha creatividad con el nombre del anunciante nuevo. Un anunciante no puede repetir la clave de agencia, con el fin de garantizar su correcta emisión en cuanto al contenido. Los datos de anunciante, clave y producto, con los que efectúen la orden de compra, tienen que ser idénticos a los del fichero de video para su correcta identificación.
Notas Generales. Las siguientes Notas Generales aplicarán al Capítulo 13 (Contratación Pública), incluyendo las Secciones A a la E:
Notas Generales. Se denomina ETT a aquella empresa cuya actividad fundamental consiste en poner a disposición de otra empresa usuaria, con carácter temporal, trabajadores por ella contratados. Las empresas de trabajo temporal podrán, además, actuar como agencias de colocación cuando cumplan los requisitos establecidos en la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, y su normativa de desarrollo. Asimismo, podrán desarrollar actividades de formación para la cualificación profesional conforme a la normativa específica de aplicación, así como de asesoramiento y consultoría de recursos humanos. Para mayor información puede consultarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/ en el apartado de Empleo, el área de Empleo, Relaciones Laborales y Convenios Colectivos, que incluye información sobre las ETTs autorizadas en cada momento. La información sobre cesiones de trabajadores recoge un acumulado de los correspondientes datos mensuales, contabilizándose tantas veces a un mismo trabajador como meses en los que haya sido cedido, al no poderse ofrecer el número real de trabajadores cedidos en el año a partir de las relaciones mensuales de contratos de puesta a disposición. El contrato de puesta a disposición es el celebrado entre la ETT y la empresa usuarias teniendo por objeto la cesión del trabajador para prestar servicios en la empresa usuaria. Este tipo de contratos puede celebrarse en los mismos supuestos y bajo las mismas condiciones y requisitos en que la empresa usuaria podría celebrar un contrato de duración determinada conforme a lo dispuesto en el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores. Asimismo, también podrán celebrase contratos de puesta a disposición entre una empresa de trabajo temporal y una empresa usuaria en los mismos supuestos y bajo las mismas condiciones y requisitos en que la empresa usuaria podría celebrar un contrato en prácticas o un contrato para la formación y el aprendizaje conforme a lo dispuesto en el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores. Las cifras sobre trabajadores afiliados en ETTs reflejan el número de situaciones que generan obligación de cotizar, contabilizándose una misma persona tantas veces como situaciones de cotización tenga, ya sea porque tiene varias actividades laborales en un mismo régimen de Seguridad Social o en varios de ellos. Por ello las cifras ofrecidas no se corresponden estrictamente con el número de trabajadores. Los datos de actividad económica que figuran en el apartado se refieren a la Clasificación Nacional de Acti...
Notas Generales. SERVICIOS PRESTADOS DIVERSOS.