MONEDA DE CURSO LEGAL. Se conviene que todos los pagos que EL CONTRATANTE y/o ASEGURADO, deba hacer a LA COMPAÑIA, o los que ésta haga por cualquier concepto con motivo de este Contrato, se deberán efectuar en la moneda detallada en las condiciones particulares de la póliza.
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MONEDA DE CURSO LEGAL. Se conviene que todos los pagos que EL CONTRATANTE y/o ASEGURADO, deba hacer a LA COMPAÑIACOMPAÑÍA, o los que ésta haga por cualquier concepto con motivo de este Contrato, se deberán efectuar en la moneda detallada en las condiciones particulares la carátula de la póliza.
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MONEDA DE CURSO LEGAL. Se conviene que todos los pagos que EL CONTRATANTE y/o ASEGURADO, deba hacer a LA COMPAÑIACOMPAÑÍA, o los que ésta haga por cualquier concepto con motivo de este Contrato, se deberán efectuar en la moneda detallada en las condiciones particulares de la póliza.
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