MODIFICACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES Cláusulas de Ejemplo

MODIFICACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES. De manera oficiosa, como resultado de lo debatido en la audiencia para precisar el contenido y alcance xxx xxxxxx de condiciones y de revisión de asignación de riesgos, o como consecuencia de las observaciones presentadas por los interesados en el desarrollo del proceso, LA UNIVERSIDAD expedirá las modificaciones pertinentes al pliego. LA UNIVERSIDAD hará las modificaciones que considere necesarias desde la fecha de apertura y hasta en la fecha establecida en el cronograma del presente proceso de selección, a fin de que se realicen los ajustes a que haya lugar por parte de los interesados. Cualquier aclaración o modificación se hará mediante adendas numeradas consecutivamente; estos documentos formarán parte integral del presente pliego de condiciones; las adendas serán suscritas por la Jefe de la Oficina de bienes y suministros. Los documentos antes mencionados serán publicados en la página WEB de la UNIVERSIDAD para consulta de los interesados; por tanto, la entidad en virtud del principio de economía da por entendido que los interesados en participar en la presente Invitación tienen conocimiento de ellos. Las adendas posteriores modifican a las anteriores, en cuanto se refieran a un mismo asunto. Se entiende, que el Pliego de Condiciones y las adendas se complementan entre sí, cualquier mención, especificación o detalle que aparezca en uno de ellos y no esté contemplado en el otro, se tendrá como valedero para las condiciones del proceso. Las solicitudes de aclaraciones o modificaciones al contenido xxx Xxxxxx de Condiciones y su respuesta no producirán efecto suspensivo sobre el plazo de presentación de propuestas y en consecuencia, las condiciones xxx xxxxxx y las adendas respectivas, habrán de tomarse como se expidieron originalmente.
MODIFICACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES. Toda modificación se hará mediante ADENDAS numeradas en forma consecutiva, las cuales formarán parte integral xxx Xxxxxx de Condiciones Definitivo. Lo anterior, teniendo en cuenta el artículo 2.2.4 del Decreto 734 de 2012, las normas que lo modifiquen, adiciones, aclaren, sustituyan y/o regulen la materia.
MODIFICACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES. Solo mediante ADENDA expedida con anterioridad a la fecha de cierre del proceso, se podrán modificar los Pliegos de Condiciones. El FONDO DE DESARROLLO LOCAL XX XXXXXXX expedirá Adendas entre las 7:00 a.m. a las 7:00 p.m. de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.2.1 del Decreto 1082 de 2015. No obstante, lo anterior, la entidad podrá expedir adendas para modificar el cronograma una vez vencido el término para la presentación de las ofertas y antes de la adjudicación del contrato. Todas las Adendas serán publicadas en la página web del SECOP II. Las Adendas formarán parte de los pliegos de condiciones desde la fecha en que sean expedidas, y deberán ser tenidas en cuenta por los proponentes para la formulación de su Propuesta.
MODIFICACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES. Toda modificación se hará mediante ADENDAS numeradas, las cuales formarán parte integral xxx Xxxxxx de Condiciones. Todas las adendas y avisos que publique y envíe la Superintendencia de Industria y Comercio en relación con el pliego de condiciones, pasarán a formar parte integrante del mismo.
MODIFICACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES. Solo mediante ADENDA expedida con anterioridad a la fecha de cierre del proceso, se podrán modificar los Pliegos de Condiciones. El IDU podrá expedir Adendas, a más tardar, hasta el día hábil inmediatamente anterior al vencimiento del plazo para presentar ofertas a la hora fijada para tal presentación. No obstante lo anterior, la entidad podrá expedir adendas para modificar el cronograma una vez vencido el término para la presentación de las ofertas y antes de la adjudicación del contrato. Todas las Adendas serán publicadas en la página web del SECOP. Las Adendas formarán parte de los pliegos de condiciones desde la fecha en que sean expedidas, y deberán ser tenidas en cuenta por los proponentes para la formulación de su Propuesta.
MODIFICACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES. La Unidad de Información y Análisis Financiero expedirá ADENDAS en aquellos casos en que se requiera modificar, aclarar y/o adicionar el pliego de condiciones y/o prorrogar y/o modificar cualquiera de los plazos del presente proceso de selección. En el caso en que se requiera de la expedición de Xxxxxxx se seguirá lo establecido en el numeral 5 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 89 de la Ley 1474 de 2011, así como el procedimiento establecido en el artículo 2.2.4 del Decreto No. 734 de 2012, que señala: “ El plazo de la licitación o concurso, entendido como el término que debe transcurrir entre la fecha a partir de la cual se pueden presentar propuestas y la de su cierre, se señalará en los pliegos de condiciones o términos de referencia, de acuerdo con la naturaleza, objeto y cuantía del contrato. Las aclaraciones y/o adendas se podrán consultar en la página Web del Portal Único de Contratación - SECOP, dirección electrónica xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, ó en la página web de la entidad xxx.xxxx.xxx.xx Las adendas expedidas antes de la fecha prevista para la entrega de propuestas, deberán ser tenidas en cuenta por los proponentes para la presentación de las propuestas y harán parte integral de los documentos de la contratación.
MODIFICACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES. Solo mediante Adendas podrá modificarse el contenido y alcance xxx xxxxxx de condiciones. De conformidad con lo establecido en el artículo 89 de la Ley 1474 de 2011 y el artículo 2.2.1.1.2.2.1 del Decreto 1082 de 2015. NOTA 1: En caso de modificación xxx xxxxxx de condiciones, a través de adendas, se entenderá que también modifica los anexos y apartes xxx xxxxxx de condiciones que le sean contrarios. Lo anterior, en virtud del principio de interpretación sistemática, según el cual, “si no se logra la interpretación adecuada, se debe interpretar de manera sistemática e integral en la que se le da el sentido más razonable en términos de lograr el objetivo que persigue la Entidad previsto en el pliego de condiciones y que rigió el proceso de selección, toda vez que ha de preferirse una interpretación de las cláusulas de los pliegos que permitan producir algún efecto, frente a aquellas que no lo producen”. A modo de ejemplo: si a través de adenda se modifica una condición exigida en el pliego de condiciones, y ésta condición también se encuentra establecida en los anexos del mismo, se entenderá que dicha condición en el anexo o formato xxx xxxxxx se modificó en el mismo sentido y finalidad de la adenda.
MODIFICACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES. Toda modificación se hará mediante ADENDAS numeradas, las cuales formarán parte integral xxx Xxxxxx. Las adendas se entienden comunicadas por el hecho de su publicación electrónica en el medio de comunicación interactiva establecido en este Pliego de Condiciones, de conformidad con lo dispuesto en las normas legales vigentes sobre la materia, para lo cual los interesados deberán consultar permanentemente la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y/o xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
MODIFICACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES. Toda modificación se hará mediante ADENDAS numeradas, las cuales formarán parte integral xxx Xxxxxx. Las adendas se entienden comunicadas por el hecho de su publicación en la IEDLA y el medio de comunicación establecido en este Pliego de Condiciones.
MODIFICACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES. Toda modificación se hará mediante ADENDAS numeradas, las cuales formarán parte integral de las reglas de participación. Las adendas se entenderán comunicadas por el hecho de su publicación en la página xxx.xxx.xxx.xx de conformidad con lo dispuesto en las normas legales vigentes sobre la materia, para lo cual se reitera la obligación de los interesados durante todo el proceso de selección, de consultar permanentemente la página del sitio de comunicación electrónica.