LIQUIDACIÓN Y FORMA DE PAGO Cláusulas de Ejemplo

LIQUIDACIÓN Y FORMA DE PAGO. Dentro de los primeros diez (10) días de cada mes el CONTRATISTA presentará ante la AUTORIDAD DE APLICACIÓN la LIQUIDACIÓN -que se realizará con carácter de declaración jurada- correspondiente al porcentaje de la PRODUCCIÓN COMPUTABLE del mes anterior (conforme a lo indicado en los Artículos 7.1, 7.2 y 7.4).- El pago de los importes que surjan de la LIQUIDACIÓN deberá ser depositado en la cuenta corriente en pesos Nº 1.095/7 “XXXXXXXXX XX XX XXXXX - Xxxxxx Xxxxxxxxx”- xxx Xxxxx xx Xx Xxxxx SEM- Casa Central, dentro del plazo previsto para presentar la liquidación.- Este pago deberá ser acreditado por el CONTRATISTA al momento de la presentación de la LIQUIDACIÓN correspondiente. Todos los gastos y comisiones bancarias que puedan originarse en el pago a LA PROVINCIA estarán a cargo del CONTRATISTA.- En el supuesto que LA PROVINCIA observara la liquidación y/o pago de la misma, comunicará en forma fehaciente al CONTRATISTA tal situación para que, en el plazo xx xxxx (10) días computados a partir de la notificación, proceda a la corrección y/o al depósito de la suma no ingresada, si el pago hubiese sido realizado en menos.- Si el depósito hubiese sido realizado en exceso, previa intimación por parte del CONTRATISTA, LA PROVINCIA procederá al reintegro de las sumas mal ingresadas.- Vencido el plazo antes mencionado, sin que se hayan ingresado las sumas adeudadas, éstas generaran un interés igual a la tasa utilizada por el Gobierno de la Provincia de La Pampa para caso de incumplimientos tributarios, desde la fecha en que debieron ingresarse hasta la de su efectiva cancelación -aplicándose la misma metodología de cálculo-. Idéntico interés se aplicará a las sumas ingresadas fuera del plazo indicado en el primer párrafo del presente Artículo.-
LIQUIDACIÓN Y FORMA DE PAGO. El Jugador, JUGADOR A recibe de parte del CLUB C la suma de US$ 16,000,00 (DIECISEIS MIL 00/100 DOLARES), transacción legal que el jugador, JUGADOR A lo satisface, por lo tanto, declara expresamente que nada tiene que reclamar por remuneraciones anteriores actuales y futuras al CLUB C, ya que han sido canceladas en su oportunidad, así como primas, premios y cualquier otro adicional de carácter legal extraordinario, que con la terminación mutua y liquidación celebrada mediante la presente acta las partes determinan su conformidad.” “Ordenarle al CLUB C pagar en un plazo no mayor a treinta (30) días, los CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS DOLARES ($56.342) adeudados al jugador mas el 5% de interés anual contados desde la fecha en que se adeudan cada una de las sumas y hasta la fecha efectiva del pago; en la cuenta de ahorros
LIQUIDACIÓN Y FORMA DE PAGO. El Jugador, JUGADOR A recibe de parte del CLUB C la suma de US$ 16,000,00 (DIECISEIS MIL 00/100 DOLARES), transacción legal que el jugador, JUGADOR A lo satisface, por lo tanto, declara expresamente que nada tiene que reclamar por remuneraciones anteriores actuales y futuras al CLUB C , ya que han sido canceladas en su oportunidad, así como primas, premios y cualquier otro adicional de carácter legal extraordinario, que con la terminación mutua y liquidación celebrada mediante la presente acta las partes determinan su conformidad.”
LIQUIDACIÓN Y FORMA DE PAGO. Los conductores guardarán para sí, copia del justificante o duplicado del parte diario de recaudación. Manteniendo la costumbre establecida en este sector, las empresas, al recibir la recaudación según los correspondientes partes, entregarán al trabajador diariamente los conceptos xx xxxxxxx, incentivo y demás complementos salariales, debiendo ser consideradas tales entregas como a cuenta de la liquida- ción definitiva que al final de cada mes se practicará por la empresa en las hojas oficiales de salarios, siéndoles deducida en la misma las aportaciones que legalmente correspondan satisfacer al trabajador.

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  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.