Common use of LICITADORES Clause in Contracts

LICITADORES. a) Aptitud, Capacidad y Clasificación. Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 49 de la LCSP, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a lo establecido en los artículos 63, 64 y 67 de la LCSP, o, en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas. Asimismo, los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones de empresarios, se estará a lo dispuesto en los artículos 44, 47 y 48 de la LCSP, respectivamente. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Para La Contratación Por Procedimiento Abierto Y Regulacion Armonizada

LICITADORES. a) AptitudPodrá participar en la licitación cualquier persona física o jurídica, Capacidad y Clasificación. Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan con plena capacidad de obrarobrar de acuerdo con el Código Civil, no estén incursas que se encuentre al corriente en alguna el cumplimiento de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 49 de obligaciones tributarias y con la LCSPseguridad social, y acrediten su solvencia económicaque no incurran en ninguna situación de incompatibilidad según la normativa específica aplicable a este procedimiento público. No podrán participar aquellas personas físicas o jurídicas que hayan solicitado o estén declaradas en concurso, financiera y técnica hayan sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, estén sujetas a intervención judicial o profesional, hayan sido inhabilitadas conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. No se admitirán las ofertas presentadas por personas interpuestas, es decir, la persona del licitador y del posterior adjudicatario-arrendatario deberán coincidir, debiendo desarrollar directamente y por sí mismas la actividad que indiquen en la documentación presentada. Los licitadores en el momento de presentar sus ofertas deberán contar con todas las acreditaciones necesarias que conlleva la actividad objeto del contrato y cumplir con todas las obligaciones legales vigentes para desarrollar la misma, incluidas las medidas de seguridad y tratamiento de datos que sean oportunas. En base a lo establecido anterior, todos los licitadores en los artículos 63, 64 y 67 el momento de la LCSP, o, en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas. Asimismo, los empresarios presentación de sus ofertas deberán contar con la habilitación empresarial o profesional quede acuerdo al Título I del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, por lo que deberán estar debidamente autorizados por el Banco de España para prestar y ejecutar servicios con cajeros automáticos en territorio español. Dicha autorización deberá ser inscrita en el Registro Especial del Banco de España. Asimismo, conforme a la Disposición adicional segunda de la citada norma, deberá informar de las comisiones por la retirada de efectivo en la forma y con el contenido y periodicidad que determine el Banco de España. Todos los licitadores que participen en la presente oferta pública se comprometen mediante la Declaración Responsable (Anexo II) a que en el momento de presentación de sus ofertas cuentan con la habilitación anteriormente referida. La acreditación documental de la habilitación empresarial o profesional anteriormente mencionada, sólo se exigirá al licitador que conforme a los criterios de valoración previstos en el Pliego sea determinado como la mejor oferta debiendo aportar la acreditación en la forma indicada en el apartado de formalización del contrato (punto 9 del apartado 5.5 del presente Xxxxxx). Asimismo, tal y como se recoge en el referido apartado, la mejor oferta deberá contar con seguro propio. Asimismo, tal y como se recoge en el modelo de contrato, todos los permisos, licencias/comunicaciones previas, así como cualquier otra acreditación que pudiera, en su caso, sea exigible resultar necesaria, para la realización el objeto de la actividad o prestación serán solicitadas y sufragadas por el licitador (determinado como la mejor oferta) que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones de empresarios, se estará a lo dispuesto en los artículos 44, 47 y 48 de la LCSP, respectivamente. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contratoresulte finalmente adjudicatario.

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Samples: Pliego De Condiciones Económico Administrativas Y Técnicas De La “Oferta Pública Para Contrato De Arrendamiento De Espacio

LICITADORES. a) Aptitud, Capacidad y Clasificación. Están facultadas para contratar Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 49 de la LCSP, obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a lo establecido en los artículos 63, 64 y 67 de requisito este último que será sustituido por la LCSP, o, correspondiente clasificación en los casos en que así lo exija la Leysea exigible por el TRLCSP. En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se encuentren debidamente clasificadas. Asimismopodrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, los empresarios deberán contar con a efectos de acreditación de la habilitación empresarial solvencia económica, financiera y técnica o profesional queprofesional, o de la correspondiente clasificación, en su caso, sea exigible de la persona jurídica dominante, siempre y cuando éste acredite que efectivamente tiene a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro ejecución de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propioscontratos. Para Podrán asimismo presentar proposiciones las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones de empresarios, se estará a lo dispuesto en los artículos 44, 47 y 48 de la LCSP, respectivamente. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único se constituyan temporalmente al efecto de la unión conformidad con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que el artículo 59 del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio TRLCSP. Cada uno de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal compongan la agrupación, deberán indicar los nombres y circunstancias acreditar su capacidad de los que la constituyan obrar y la participación solvencia económica, financiera y técnica o profesional con la presentación de la documentación que hacen referencia las cláusulas siguientes. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción. La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Xxxxxx y la declaración responsable de que reúne todas y cada uno, así como que asumen una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. El plazo de presentación de proposiciones será de QUINCE DÍAS NATURALES (15) contados a partir del día siguiente a la publicación del correspondiente anuncio en el compromiso Boletín Oficial de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contratoBizkaia.

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Samples: www.durango-udala.eus

LICITADORES. a) Aptitud, Capacidad y Clasificación. Están facultadas para contratar Podrán presentar proposiciones a la presente licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna una prohibición de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 49 de la LCSPcontratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a lo establecido en los artículos 63, 64 y 67 de la LCSP, profesional o, en los casos en que así lo exija la esta Ley, se encuentren debidamente clasificadas. Asimismo, los Los empresarios deberán contar contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Para En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las empresas no comunitariassociedades pertenecientes al grupo, comunitarias a efectos de la acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o de la correspondiente clasificación, en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando ésta acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos. La Administración podrá, igualmente, contratar con uniones de empresariosempresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se estará haya efectuado la adjudicación del contrato a lo dispuesto su favor. La presentación de proposiciones diferentes por empresas vinculadas producirá los efectos que reglamentariamente se determinen en los artículos 44, 47 y 48 relación con la aplicación de ofertas con valores anormales o desproporcionados previsto en el Art. 136 de la LCSP, respectivamente. Los empresarios que concurran agrupados En ningún caso podrán contratar con la Diputación Xxxxx las personas en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 49 de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contratoLCSP.

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Samples: www5.gipuzkoa.net

LICITADORES. a) Aptitud, Capacidad y Clasificación. Están facultadas para contratar Podrán participar en el presente procedimiento negociado sin publicidad todas las personas naturales o y jurídicas, españolas o extranjerasextranjeras que, que tengan teniendo plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 49 de la LCSP, obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a lo establecido no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 60 del TRLCSP y acrediten su solvencia en los artículos 63, 64 términos y 67 de la LCSP, o, condiciones que se recogen en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas. Asimismo, los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contratolas cláusulas siguientes. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad o prestación que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Para Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional, que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. No podrán concurrir a la licitación empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado respecto del resto de licitadores. Las empresas no comunitariasespañolas de Estados miembros de la Unión Europea deberán reunir además, comunitarias y uniones de empresarios, se estará a lo dispuesto los requisitos establecidos en los artículos 4458 y 72.2 del TRLCSP. Las empresas extranjeras no comunitarias deberán reunir además, 47 los requisitos establecidos en los artículos 55 y 48 72.3 del TRLCSP. Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la LCSPformalización de las mismas en la escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. Los empresarios que estén interesados en formar las Uniones a las que se refiere el párrafo anterior podrán darse de alta en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, respectivamenteque especificará esta circunstancia. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos En las uniones temporales de la licitaciónempresarios, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias cada uno de los que la constituyan compone deberá acreditar su capacidad y solvencia acumulándose a efecto de la participación determinación de cada uno, así como que asumen el compromiso la solvencia de constituirse formalmente en la unión temporal las características acreditativas para cada uno de los integrantes de la misma, sin perjuicio de lo que para la clasificación se establece en caso de resultar adjudicatarios el artículo 52 del contratoRGLCAP y en el artículo 59.4 del TRLCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

LICITADORES. a) Aptitud, Capacidad y Clasificación. Están facultadas para contratar Podrán presentar proposiciones las personas naturales físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 49 de la LCSP, obrar y acrediten su solvencia económicael cumplimiento de los criterios de selección cualitativa que se determinan en esta licitación, financiera y técnica o profesional, conforme a de conformidad con lo establecido en los artículos 63, 64 y 67 el artículo 21 de la LCSP, o, en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas. Asimismo, los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contratoLSE. Las personas jurídicas sólo jurídicas, solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, que a tenor de sus propios estatutos Estatutos o reglas fundacionales, les fundacionales le sean propiospropias. Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones AQUANEX podrá contratar con licitadores o candidatos que participen conjuntamente. Esta participación se instrumentará mediante la aportación de empresariosun documento privado en el cual se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, se estará a lo dispuesto en los artículos 44, 47 indique el porcentaje de participación de cada uno de ellos y 48 de la LCSP, respectivamente. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar se designe un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes facultades para ejercitar ejercer los derechos y cumplir las obligaciones que derivadas del contrato se deriven hasta la extinción del mismo. Los contratistas que participen conjuntamente en un contrato responderán solidariamente ante AQUANEX de las obligaciones contraídas. La sociedad asumirá las responsabilidades de cobro, sin perjuicio pago y demás obligaciones económicas y fiscales derivadas del cumplimiento y extinción del contrato. En el caso de las empresas no españolas de Estados miembros de la existencia de poderes mancomunados Unión Europea o del Espacio Económico Europeo que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos la legislación del Estado respectivo exija la inscripción en un registro profesional o comercial, será suficiente la acreditación de la licitacióninscripción, los empresarios que deseen concurrir integrados en la presentación de una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias declaración jurada o un certificado de los previstos en el Anexo XI de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la constituyan Directiva 2004/18/CE, conforme a las condiciones previstas en el Estado miembro en el cual se encuentren establecidas. Las empresas de estados no pertenecientes a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo, además de acreditar su capacidad de obrar conforme la legislación de su Estado de origen y su solvencia económica y financiera, técnica o profesional, deberán justificar mediante informe de la respectiva representación diplomática española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite, a su vez, la participación de cada unoempresas españolas en la contratación con la Administración, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contratoforma sustancialmente análoga.

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Samples: www.aquanex.es