Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN Cláusulas de Ejemplo

Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN. La ESE realizará bajo su responsabilidad las prestaciones siguientes. - El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior. - Las regulaciones necesarias. - El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos. - La vigilancia general de las instalaciones. - Las rondas e inspecciones corrientes. El encendido y apagado de la INSTALACIÓN se realizará por la ESE en las distintas épocas del año de acuerdo con el horario que se establezca de común acuerdo entre las partes, no admitiéndose desviaciones del mismo superiores a cinco minutos (más o menos). En el plazo de dos semanas desde la fecha de inicio del contrato, la ESE deberá comprobar que no existen desviaciones entre los sistemas de encendido y apagado de la INSTALACIÓN, corrigiéndolos en caso contrario. La ESE emitirá un informe con el resultado de la inspección que entregará al Ayuntamiento xx Xxxx del Real. Para ello, y por zonas, se comprobará el encendido de las instalaciones de alumbrado durante un tiempo máximo de una hora, contada desde el momento del encendido teórico. Igualmente se actuará en la hora siguiente al apagado. Este informe se repetirá cada trimestre hasta la finalización del contrato. La ESE realizará a su coste la variación del horario de encendido o apagado de los cuadros de mando que se indiquen por parte del Ayuntamiento xx Xxxx del Real. El horario propuesto por el Ayuntamiento de Soto del Real podrá ser revisado por la ESE con el objetivo de conseguir una optimización energética. Para ello, y como parte de las obras de mejora, podrá presentar un nuevo horario que, sin desatender las necesidades de luz del público, presente una mayor eficiencia energética. Este horario será aprobado por el Ayuntamiento de Soto del Real antes de su puesta en funcionamiento. Para los sistemas de regulación de flujo, los horarios de entrada de funcionamiento de estos sistemas serán los siguientes: ✓ Invierno: entrarán en funcionamiento a las 23:00 h hasta la hora de apagado. ✓ Verano: entrarán en funcionamiento a las 00:00 h hasta la hora de apagado. Los sábados y las vísperas de festivos el horario de regulación de flujo será modificado a los siguientes valores: ✓ Invierno: entrarán en funcionamiento a las 01:00 h hasta la hora de apagado. ✓ Verano: entrarán en funcionamiento a las 02:00 h hasta la hora de apagado. Los sistemas de regulación de flujo reducirán los niveles de iluminación...
Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN. La ESE realizará bajo responsabilidad las prestaciones siguientes: − El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior. − El encendido y apagado de las instalaciones de climatización e iluminación de los edificios. − Las regulaciones necesarias. AYUNTAMIENTO − El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación de su correcto funcionamiento. − La vigilancia general de las instalaciones. − Las rondas e inspecciones corrientes. El adjudicatario será responsable del encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado, de acuerdo con las siguientes condiciones según los tipos de accionamiento: − Interruptores horarios: la conexión y desconexión del alumbrado se efectuará de acuerdo con el horario del orto y el ocaso. Será responsabilidad del adjudicatario la realización de las operaciones de ajuste necesarias en los interruptores horarios. − Accionamiento manual: en los casos en que subsista accionamiento manual o funcione provisionalmente así por razones de averías u otras, la conexión y desconexión de las instalaciones se efectuará de acuerdo con el horario que tiene establecido de orto y ocaso, admitiéndose una tolerancia en la realización de esta operación de hasta 10 minutos de adelanto no en retraso en el encendido, o retraso no adelanto en el apagado. Las incidencias que pudieran ocurrir en el proceso de accionamiento deberán ser comunicadas al Ayuntamiento por escrito con un plazo máximo de dos días. En el plazo de un mes desde la fecha de inicio del contrato, la ESE deberá comprobar que no existen desviaciones entre los sistemas de encendido y apagado de las instalaciones, corrigiéndolos en caso contrario. La ESE emitirá un informe con el resultado de la inspección que se entregará en el Ayuntamiento xx XXXXXXXXX DEL RIO. Para ello, y por zonas, se comprobará el encendido de las instalaciones de alumbrado durante un tiempo máximo de una hora, contada desde el momento del encendido teórico. Igualmente se actuará en la hora siguiente al apagado. Este informe se repetirá cada trimestre hasta la finalización del contrato. La ESE realizará a su coste la variación del horario de encendido o apagado de los cuadros de mando que se indiquen por parte del Ayuntamiento. El horario propuesto para el alumbrado público por el Ayuntamiento xx XXXXXXXXX DEL RIO podrá ser revisado por la ESE con el objetivo de conseguir una optimización energética. Para ello podrá presentar un nuevo horario que, ...
Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN. La Adjudicataria realizará, bajo su responsabilidad las prestaciones siguientes: • Comprobación del encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado. • Las regulaciones necesarias. • El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos. • La vigilancia general de las instalaciones. • Las rondas e inspecciones corrientes. •

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.