Common use of GARANTÍA DEFINITIVA Clause in Contracts

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de Contratación. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el presente Pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicación.

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Samples: www.contratacion.euskadi.eus

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere presentado presente la mejor oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva por importe del 5 por 100 del importe de adjudicación, IVA excluido, en el plazo de 10 xx xxxx días hábiles hábiles, a contar desde el día siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado del órgano de contratación. De no cumplir este requisito por causas imputables al mismo, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a tal efecto recabar la documentación necesaria al licitador siguiente por el Órgano de Contratación. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos orden en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitoshayan quedado clasificadas las ofertas. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, aquélla en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo incurriendo, en caso contrario contrario, en causa de resolución. Si, Cuando como consecuencia de una la modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificadogarantía, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el nuevo precio del contrato resultante de la modificación. A estos efectos, no se considerarán las variaciones de precio que se produzcan como consecuencia de una revisión de precios de conformidad con los artículos 89 y siguientes del TRLCSP. En lo no previsto todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 100 del TRLCSP. La garantía definitiva podrá prestarse en cualquiera de las formas previstas en el presente Pliegoartículo 96.1 del TRLCSP, será de aplicación y se ajustará a lo establecido dispuesto en los artículos 106 55, 56, 57 y siguientes 58 del RGLCAP. La constitución de la LCSPlas garantías se ajustará, en cada caso, a los modelos que a estos efectos se establecen como de aplicaciónindican en el RGLCAP.

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Samples: www.mdurango.org

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contratoprovisional, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva en el plazo de 10 15 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido se publique la adjudicación provisional en el requerimiento efectuado Perfil de Contratante del órgano de contratación, deberá constituir en la Caja de la Corporación la garantía definitiva por importe del 5% del importe de adjudicación, IVA excluido. En caso de incumplimiento de este requisito por causas imputables al adjudicatario provisional, el Ayuntamiento declarará decaída la adjudicación provisional a tal efecto por su favor, siendo de aplicación lo dispuesto en el Órgano artículo 135.5 de Contrataciónla LCSP. Está podrá constituirse Dicha garantía deberá ser constituida por cualquiera de los medios a que se refiere el artículo 84 de la LCSP. En caso de prestarse mediante aval o seguro de caución, las firmas deberán estar legalizadas y la verificación y bastanteo de los poderes de los firmantes será realizado por fedatario público, que adjuntará diligencia al dorso. La garantía definitiva responde de los conceptos establecidos en el artículo 108 88 de la LCSP LCSP. La devolución y cancelación de las garantías definitivas se efectuará de conformidad con lo que a estos efectos se establece como dispone el artículo 90 de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de DepósitosLCSP. En el caso supuesto de prestarse adjudicación a un empresario cuya proposición hubiera estado incursa inicialmente en forma presunción de avaltemeridad o fuere considerada desporporcionada o anormal, el mismo se ajustará exigirá al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de contratista la constitución de la una garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución complementaria del 5% del importe de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación adjudicación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el presente Pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicación.

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Samples: Contrato De Suministro De Señales Indicativas De Los Nombres Y Números De

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá estará obligado a constituir una garantía definitiva definitiva. Su cuantía será igual al 5 por un 100 del importe de 9.780 eurosadjudicación del contrato, IVA excluido, o en su caso, del presupuesto base de licitación. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la La constitución de la citada esta garantía definitiva deberá ser acreditada por el adjudicatario en el plazo de 10 días hábiles a contar hábiles, contados desde el siguiente a aquél en que hubiera se hubiese recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano del órgano de Contratacióncontratación. Está podrá constituirse por cualquiera En todo caso, la garantía definitiva responderá de los medios establecidos conceptos a que se refiere el art. 100 del TRLCSP. La garantía definitiva se constituirá de conformidad con lo preceptuado en los artículos 95-100 y 102 del TRLCSP, ajustándose al modelo que se establece en el artículo 108 Anexo 2. Se admite la posibilidad de que la LCSP que garantía definitiva pueda constituirse mediante retención en el precio, a estos cuyos efectos se establece el adjudicatario deberá cumplimentar el modelo establecido como anexo III. Este modelo deberá de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución ser presentado al órgano de contratación en la Caja General de Depósitosel plazo indicado en el párrafo anterior. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución El importe de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución hasta completar su cuantía, se detraerá de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de los primeros o siguientes abonos que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resoluciónrealicen a favor del contratista. Si, Cuando como consecuencia de una la modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse se reajustará la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince 15 días naturales naturales, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el nuevo precio del contrato resultante de la modificación, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución contractual. En el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas las penalidades o indemnizaciones el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución. A estos efectos, no se considerarán las variaciones de precio que se produzcan como consecuencia de una revisión del mismo conforme a lo no previsto en el presente Pliego, será de aplicación lo establecido señalado en los artículos 106 89 y siguientes del TRLCSP. Los avales deberán ir verificados por Notario x Xxxxxxxx de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicaciónComercio.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico Administrativas Que Han De Regir en La Contratación Del Suministro E Instalación De Equipamiento Informático

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere presentado presente la mejor oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución constituir a disposición del órgano de la citada contratación una garantía de un 5 por 100 del precio final ofertado por aquéllos, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. La garantía definitiva podrá prestarse en el plazo alguna o algunas de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de Contratación. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos las formas previstas en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos2017. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía definitiva podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución acreditación de la constitución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto definitiva por el licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar en el artículo 111 plazo conferido para la presentación de la LCSPdocumentación previa a la adjudicación. De no cumplir este requisito por causas a él imputables, la Administración no efectuará la adjudicación a su favor, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a estos efectos se establece como exigirle el importe del 3% del presupuesto base de aplicaciónlicitación, una vez transcurrido el plazo IVA excluido, en concepto de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractualespenalidad. En el caso de que Cuando se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatariocontratista, éste este deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. SiCuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en La garantía definitiva responderá de los conceptos a los que se refiere el presente Pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes artículo 110 de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicaciónLCSP 2017.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicio De Explotación Del Bar Cafetería Del Imd Sito en El Centro Deportivo De Kabiezes

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de Contratación. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación Resguardo acreditativo de la constitución de la una garantía podrá hacerse mediante medios electrónicosdel 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, a disposición del órgano de contratación. La devolución de la Esta garantía se realizará ha debido constituir en cualquiera de acuerdo con lo dispuesto las formas previstas en el artículo 111 96 del TRLCSP. Ayuntamiento podrá rehusar la admisión de avales y seguros de caución provenientes de entidades que se encuentren en situación xx xxxx frente a este Ayuntamiento como consecuencia de impago de obligaciones derivadas de la LCSPincautación de anteriores avales o seguros de caución, y que mantuvieron impagados los importes correspondientes a estos efectos avales o seguros de caución ya ejecutados 30 días naturales después de haberse recibido en la entidad el primer requerimiento de pago. Igualmente, y de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del precitado artículo 96, las garantías podrán constituirse en forma de retención del precio, a cuyo efecto se establece como descontará su importe de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractualesla primera factura que se emita para su cobro. En el caso de que ascendiesen a una a una cuantía superior al importe facturado, se hagan efectivas sobre retendrá dicha factura en su totalidad y se seguirán efectuando descuentos sucesivamente de las siguientes facturas hasta que las retenciones efectuadas alcancen el importe al que asciendan las garantías. En todo caso, la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía definitiva responderá de los conceptos a que corresponda, en se refiere el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resoluciónartículo 100 del TRLCSP. Si, Cuando como consecuencia de una la modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse se reajustará la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince 15 días naturales contados naturales, contado desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en , a efectos de que guarde la debida proporción con el presente Pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes precio del contrato resultante de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicaciónmodificación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del “Servicio De Gestión De Redes Sociales

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contratoLa empresa adjudicataria, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado obligada a constituir una garantía definitiva por un importe del 5% del precio de 9.780 eurosadjudicación total del contrato, excluido IVA. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de constituir la citada garantía definitiva en el plazo de 10 xx xxxx días hábiles a contar contados desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido reciba el requerimiento efectuado por FFTMH a tal efecto por el Órgano de Contrataciónefecto. Está podrá Podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 96 del TRLCSP. La acreditación de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitosgarantía no podrá hacerse mediante medios electrónicos. En el caso de prestarse presentarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx pliego como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicosXxxxx XXXX. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista la empresa adjudicataria todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatarioa la empresa adjudicataria, éste ésta deberá reponer o ampliar aquélla, aquélla en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el la presente PliegoCláusula, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 95 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicacióndel TRLCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico Administrativas Que Habrá De Regir La Licitación, Mediante Procedimiento Abierto, Para La Contratación Del Servicio De Limpieza Del Imh

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario estará obligado a constituir, a disposición del órgano de contratación, una garantía definitiva. Su cuantía será igual al 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 eurosIVA excluido. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la La constitución de la citada esta garantía definitiva deberá ser acreditada por el adjudicatario en el plazo de 10 días xx XXXX DÍAS hábiles a contar desde el siguiente a aquél aquel en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por que el Órgano órgano de Contratacióncontratación realizará al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa. Está podrá constituirse por cualquiera En todo caso, la garantía definitiva responderá de los medios establecidos conceptos a que se refiere el apartado 2 del artículo 100 del TRLCSP. La garantía definitiva se constituirá de conformidad con lo preceptuado en el artículo 108 96 TRLCSP y en cualquiera de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de las formas que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatarioestablecen en los artículos 55, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución56 y 57 del RGLCSP. Si, Cuando como consecuencia de una la modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse se reajustará la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince 15 días naturales naturales, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de la modificación, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución contractual. En lo no previsto el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas las penalidades o indemnizaciones el presente Pliegoadjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, será incurriendo, en caso contrario, en causa de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicaciónresolución.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Limpieza De Edificios Municipales

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contratoprovisional deberá acreditar, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva en el plazo de 10 15 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de Contratación. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicaciónhábiles, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicosdefinitiva por importe del 5% del Presupuesto de la inversión (I.V.A. excluido) reflejado por el licitador adjudicatario en su propuesta económica como justificación de la oferta presentada. La devolución No será precisa la constitución de la garantía se realizará de acuerdo reseñada en los párrafos anteriores cuando el adjudicatario hubiere constituido en el mismo plazo, o con lo dispuesto anterioridad al mismo, garantía global por importe suficiente ante la Administración contratante, en los términos previstos en el artículo 111 de la 86 del LCSP, que a estos efectos y dicha garantía se establece como encontrara vigente y efectiva. La garantía podrá constituirse en metálico, mediante aval, en valores públicos o en valores privados, por contrato de aplicaciónseguro de caución, una vez transcurrido el plazo o por retención de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquéllaparte del precio, en la cuantía que correspondaforma y condiciones establecidas en los artículos 55 y siguientes del Reglamento General de la LCAP, debiendo depositarse su importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en la Tesorería del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx. Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio, se reajustará la garantía en el plazo de quince días naturales desde la ejecucióndías, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el adjudicatario la resolución de modificación del contrato, de acuerdo de modificación. En con lo no previsto dispuesto en el presente Pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes artículo 87 de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicación.

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Samples: santander.es

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva equivalente al 5 por un 100 del importe de 9.780 euros. adjudicación, excluido el I.V.A. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar plazo para la constitución de la citada garantía definitiva en el plazo será de 10 quince días hábiles a contar desde el día siguiente a aquél en que hubiera recibido se publique la adjudicación provisional en el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano perfil de Contratación. Está contratante, y podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitosefectivo o mediante aval. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 90 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía desde la puesta en marcha del edificio y tras la liquidación del contrato de las obras y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales hábiles desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales hábiles contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el presente Pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 83 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico Administrativas Para La Contratación, Por Procedimiento Abierto, De La Gestión Integrada Del Proyecto Y Construcción Para La Renovación Arquitectónica De La Antigua Fábrica De Tabacos en San Sebastián, Para Su Transformación en Centro Cultural

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá estará obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 eurosequivalente al 5% del precio del contrato. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la La constitución de la citada esta garantía definitiva deberá ser acreditada por el adjudicatario en el plazo de 10 15 días hábiles hábiles, contados desde que se notifique la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a contar desde que se refiere el siguiente a aquél artículo 100 de la TRLCSP. La garantía definitiva se constituirá de conformidad con lo preceptuado en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano Capítulo I del Título IV del Libro I de Contratación. Está podrá constituirse por la LCSP y en cualquiera de los medios establecidos las formas que se establecen en el artículo 108 96 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicaciónTRLCSP, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos. En el caso de prestarse en forma de avalajustándose, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en la forma escogida, a los modelos que establece el artículo 111 Reglamento General de la LCSP, que a estos efectos se establece como Ley de aplicación, una vez transcurrido el plazo Contratos de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractualeslas Administraciones Públicas. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, Cuando como consecuencia de una la modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse se reajustará la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince 15 días naturales naturales, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el nuevo precio del contrato resultante de la modificación, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución contractual. En lo el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones, el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución. Aprobada la liquidación del contrato, y transcurrido el plazo de garantía de SEIS MESES, si no previsto en el presente Pliegoresultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, será se dictará acuerdo de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes devolución de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicaciónaquélla.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Han De Regir La Contratación Del Servicio De Conservación Y Mantenimiento De Las Zonas Verdes De Los Distritos Propiedad Del Ayuntamiento De Urduliz

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe equivalente al 10% del precio de 9.780 eurosadjudicación del contrato. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar plazo para la constitución de la citada garantía definitiva en el plazo de 10 será xx xxxx días hábiles a contar contados desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido reciba el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de Contratación. Está STTZ y podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP 96 del TRLCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicosXxxxx XXX. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince 15 días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase experimenta variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días 15 naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el presente Pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico‐administrativas Para La Contratación De La Sustitución De La Instalación Electrica De Alumbrado Y Fuerza en Las Galerías Y Salas De Control Del Embalse De Endara, Propiedad De Servicios De Txingudi

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contratoadjudicatario, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 5.500 euros. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de constituir la citada garantía definitiva en el plazo de 10 xx xxxx días hábiles a contar contados desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido reciba el requerimiento efectuado por DIPC a tal efecto por el Órgano de Contrataciónefecto. Está podrá Podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de 96 del TRLCSP. Si la LCSP que a estos efectos garantía se establece como de aplicaciónconstituye en metálico, sin que resulte necesaria su constitución se ingresará el importe en la Caja General cuenta corriente nº C/C: 2095 0611 01 1062134290 de DepósitosKutxabank. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía no podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista adjudicatario todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades penalizaciones o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el la presente PliegoCláusula, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 95 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicacióndel TRLCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico Administrativas Que Habrá De Regir La Licitación, Mediante Procedimiento Abierto, Para La Contratación Del Servicio De Agencia De Viajes

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contratoadjudicatario, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5% del valor del pedido realizado, IVA no incluido, cada vez que se efectúe un importe de 9.780 eurospedido. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar plazo para la constitución de la citada garantía definitiva en el plazo de 10 será xx xxxx días hábiles a contar contados desde el siguiente a aquél aquel en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de Contrataciónse notifique la realización del pedido. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía de los autobuses de cada pedido y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, se experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el presente Pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicación.

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Samples: www.contratacion.euskadi.eus

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 eurosdel 5 % del valor estimado del contrato, excluido el IVA. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar plazo para la constitución de la citada garantía definitiva en el plazo de 10 será xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido reciba el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de ContrataciónDIPC para aportar la misma. Está Dicha garantía podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos96 del TRLCSP. En el caso de prestarse presentarse en forma de aval, el mismo éste se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx Pliego como Anexo I. V. La acreditación de la constitución de la garantía no podrá hacerse mediante por medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades penalizaciones o indemnizaciones exigibles al adjudicatariocontratista, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el presente Pliegopliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 95 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicacióndel TRLCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico Administrativas Que Regirá La Contratación De Los Servicios Profesionales De Asesoramiento Permanente E Integral De Carácter Legal

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa estará obligado a constituir constituir, en el plazo de los diez días hábiles siguientes a aquel en que reciba el requerimiento, una garantía definitiva por un importe del 5 por 100 del presupuesto de 9.780 euroslicitación, IVA excluido, (5.650,00 €) de conformidad con lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSP. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva en el plazo de 10 indicado se reducirá a cinco (5) días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de Contratación. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre declare la tramitación urgente del expediente. La garantía se constituirá ante la Caja de la Corporación en metálico, aval bancario o por contrato de seguro de caución, debiendo estos últimos reunir los requisitos previstos en los arts. 56 y 57 del RGLCAP y adaptarse a los modelos establecidos en los anexos V y VI de dicho Reglamento. Cuando la adjudicación se realice en favor del empresario cuya proposición hubiera incluido valores considerados inicialmente anormales o desproporcionados, según los criterios que en su caso se hubiesen establecido en este pliego, se exigirá al mismo una garantía complementaria de un 5 por ciento del importe de adjudicación del contrato, hasta alcanzar la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatariototal un 10 por 100 del precio del contrato, éste deberá reponer o ampliar aquéllaIVA excluido. Cuando, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como a consecuencia de una la modificación del contrato, experimentase variación el precio valor del mismocontrato experimente variación, deberá reajustarse se reajustará la garantía constituida en la cuantía necesaria para que guarde se mantenga la debida proporción proporcionalidad con el nuevo precio modificado, . La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el plazo artículo 100 TRLCSP. La devolución y cancelación de quince días naturales contados desde la fecha en que las garantías definitivas se notifique al empresario el acuerdo efectuarán de modificación. En conformidad con lo no previsto en el presente Pliego, será de aplicación lo establecido dispuesto en los artículos 106 102 TRLCSP y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicación65.2 y 3 RGLCAP.

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Samples: Contrato De Servicios Procedimiento Abierto

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a deberá constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la constitución un 5 por ciento del importe de la citada garantía definitiva adjudicación, en el plazo de 10 xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por de documentación. De no cumplirse adecuadamente el Órgano de Contrataciónrequerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta. Está La garantía podrá constituirse por en cualquiera de las formas establecidas en el art. 96 TRLCSP, con los medios requisitos establecidos en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicaciónart. 55 y siguientes RTRLCAP, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de o mediante la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicosglobal con los requisitos establecidos en el art. 98 TRLCSP; de no cumplir este requisito por causas imputables al mismo, se declarará resuelto el contrato. La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el art. 100 TRLCSP. La devolución y cancelación de la garantía las garantías se realizará efectuará de acuerdo conformidad con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía art. 102 TRLCSP y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales65.2 y 3 RTRLCAP. Página16 En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste este deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. SiCuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en los términos establecidos en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificaciónart. 99.3 del TRLCSP. En lo no previsto en el presente Pliego, será apartado F.2 del CCC de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes este pliego se indica el importe de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicacióngarantía definitiva.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares, Que Regirá La Adjudicacion, Por Procedimiento Abierto, Con Varios Criterios De Adjudicacion, Del Contrato De Prestacion De Servicios De Abastecimiento

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 eurosdel 5 % del valor estimado del contrato, excluido el IVA. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar plazo para la constitución de la citada garantía definitiva en el plazo de 10 será xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido reciba el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de ContrataciónAK para aportar la misma. Está Dicha garantía podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos96 del TRLCSP. En el caso de prestarse presentarse en forma de aval, el mismo éste se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx Pliego como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. V. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatariocontratista, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el presente Pliegopliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 95 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicacióndel TRLCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico Administrativas Que Regirá La Contratación De Los Servicios Profesionales De Asesoramiento Permanente E Integral De Carácter Legal en Relación a Las Licitaciones Vinculadas a Las Obras De Remodelación Del Estadio De Anoeta en Donostia/San Sebastián

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario La garantía definitiva que figura en el apartado K del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento cuadro resumen podrá constituirse en cualquiera de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 eurosformas previstas en los artículos 96. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de Contratación. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos1 TRLCSP y 55 y siguientes del RGLCAP. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la esta garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, aquélla en la cuantía que corresponda, corresponda en el plazo de quince (15) días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, Cuando como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase contrato experimente variación el precio del mismosu precio, deberá reajustarse la garantía garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince (15) días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo La constitución de la garantía global a que se refiere el artículo 98 TRLCSP, eximirá de la constitución de la garantía definitiva, siempre que quede acreditada mediante certificación de la Tesorería de la Comarca del Bajo xx Xxxxxx, comprensiva de su existencia y suficiencia. El órgano de contratación no previsto podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el presente Pliego, será de aplicación lo establecido pliego. La renuncia a la celebración del contrato o el desistimiento del procedimiento en los artículos 106 y siguientes términos del artículo 155 TRLCSP sólo podrán acordarse por el órgano de contratación antes de la LCSPadjudicación, que notificándolo a estos efectos se establecen como de aplicaciónlos licitadores.

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Samples: www.bajoaragon.es

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario estará obligado a constituir, a disposición del órgano de contratación, una garantía definitiva. Su cuantía será igual al 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, a fin IVA excluido.( Comprende el importe total de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la duración mínima del contrato: tres años y sus tres prórrogas) La constitución de la citada esta garantía definitiva deberá ser acreditada por el adjudicatario en el plazo de 10 días xx XXXX DÍAS hábiles a contar desde el siguiente a aquél aquel en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por que el Órgano órgano de Contratacióncontratación realizará al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa. Está podrá constituirse por cualquiera En todo caso, la garantía definitiva responderá de los medios establecidos conceptos a que se refiere el apartado 2 del artículo 100 del TRLCSP. La garantía definitiva se constituirá de conformidad con lo preceptuado en el artículo 108 96 TRLCSP y en cualquiera de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de las formas que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatarioestablecen en los artículos 55, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución56 y 57 del RGLCSP. Si, Cuando como consecuencia de una la modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse se reajustará la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince 15 días naturales naturales, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de la modificación, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución contractual. En lo no previsto el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas las penalidades o indemnizaciones el presente Pliegoadjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, será incurriendo, en caso contrario, en causa de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicaciónresolución.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Limpieza De Edificios

GARANTÍA DEFINITIVA. El que resulte adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a contrato deberá constituir una garantía definitiva por un 3% del importe de 9.780 eurosadjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la constitución de la citada La garantía definitiva podrá prestarse en el plazo alguna o algunas de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de Contratación. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos las formas previstas en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos2017. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía definitiva podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución acreditación de la constitución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto definitiva por el licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar en el artículo 111 plazo conferido para la presentación de la LCSPdocumentación previa a la adjudicación. De no cumplir este requisito por causas a él imputables, la Administración no efectuará la adjudicación a su favor, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a estos efectos se establece como exigirle el importe del 3% del presupuesto base de aplicaciónlicitación, una vez transcurrido el plazo IVA excluido, en concepto de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractualespenalidad. En el caso de que Cuando se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatariocontratista, éste este deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. SiCuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo A estos efectos no previsto en el presente Pliego, será se considerarán las variaciones de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes precio que se produzcan como consecuencia de la LCSP, aprobación de la revisión de precios del contrato. La garantía definitiva responderá de los conceptos a los que a estos efectos se establecen como refiere el artículo 110 de aplicaciónla LCSP 2017.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Han De Regir El Contrato De Servicios De Organización Del Festival Internacional De Blues Cazorla Mediante Procedimiento Negociado Sin Publicidad, Oferta Económicamente Más Ventajosa

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva equivalente al 5 por un 100 del importe de 9.780 eurosadjudicación, excluido el IVA. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar plazo para la constitución de la citada garantía definitiva en el plazo de 10 será xx xxxx días hábiles a contar desde el día siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de Contratación. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de se publique la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución adjudicación provisional en la Caja General página Web de DepósitosBCC, pudiendo constituirse la misma en efectivo o mediante aval. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía en relación con la totalidad de las prestaciones objeto del contrato, y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades penalizaciones o indemnizaciones exigibles al adjudicatariocontratista, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el presente Pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 83 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico Administrativas Para La Contratación, Por Procedimiento Abierto, De La Gestión, Redacción Y Dirección De Proyecto Y Obra De Construcción De La Facultad De Ciencias Gastronómicas Y Centro De Investigación E Innovación en Ciencias

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva definitiva, en forma de aval bancario, ajustado al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo I, por un importe de 9.780 eurosdel 5% del valor estimado. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de constituir la citada garantía definitiva en el plazo de 10 xx xxxx días hábiles a contar contados desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido reciba el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de Contratación. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicosCICC. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 90 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el la empresa contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatarioa la empresa contratista, éste ésta deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. SiCuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía definitiva, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario a la empresa contratista el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el la presente PliegoCláusula, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 83 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico Administrativas Y De Prescripciones Técnicas Que Habrá De Regir La Licitación, Mediante Procedimiento Abierto, Para La Contratación De Servicios De Traducción De Documentos Y Publicaciones De Centro Internacional De Cultura Contemporánea, s.A.

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa estará obligado a constituir una garantía definitiva definitiva. Su cuantía será igual al 5 por un 100 del importe de 9.780 eurosadjudicación del contrato, IVA excluido. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la La constitución de la citada esta garantía definitiva deberá ser acreditada por el citado licitador en el plazo de 10 días hábiles a contar hábiles, contados desde el siguiente a aquél aquel en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto formulado por el Órgano órgano de Contratacióncontratación. Está podrá constituirse por En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 100 del TRLCSP. La garantía definitiva se constituirá de conformidad con lo preceptuado en el Capítulo I del Título IV del Libro I del TRLCSP y en cualquiera de los medios establecidos las formas que se establecen en el artículo 108 96.1 del TRLCSP, debiendo consignarse en la Tesorería Municipal. Si como consecuencia de la LCSP que a estos efectos modificación del contrato, éste experimente variación en el precio, se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de reajustará la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince 15 días naturales desde la ejecuciónnaturales, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de la modificación, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución contractual. En lo el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas las penalidades o indemnizaciones el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución. La garantía no previsto en será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el presente Pliegovencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato, será o hasta que se declare la resolución de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicaciónéste sin culpa del contratista.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 eurosdel 5% del precio del contrato, IVA no incluido. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar plazo para la constitución de la citada garantía definitiva en el plazo de 10 será xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél aquel en que hubiera recibido reciba el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de ContrataciónPOLYMAT para aportar la misma. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos96 del TRLCSP. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía no podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el presente Pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 95 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicacióndel TRLCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico Administrativas Que Habrá De Regir La Licitación, Mediante Procedimiento Negociado Con Publicidad, Para La Contratación Del Suministro De Mobiliario De Laboratorio E Instalaciones Necesarias

GARANTÍA DEFINITIVA. El propuesto adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva según descripción contenida en el plazo cuadro de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de Contratacióncaracterísticas del contrato. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de No será precisa la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de reseñada en el párrafo anterior cuando el adjudicatario hubiere constituido en el mismo plazo, o con anterioridad al mismo, garantía global por importe suficiente ante la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto administración en los términos previstos en el artículo 111 98 del TRLCSP, y dicha garantía se encontrara vigente y efectiva. La garantía podrá constituirse en metálico, mediante aval, en valores públicos o en valores privados, por contrato de la LCSPseguro de caución, que a estos efectos se establece como o por retención de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquéllaparte del precio, en la cuantía que correspondaforma y condiciones establecidas en los artículos 55 y siguientes del Reglamento General de la LCAP, debiendo depositar su importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en la Tesorería del Ayuntamiento. Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio, se reajustará la garantía en el plazo de quince días naturales desde la ejecucióndías, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario adjudicatario la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el acuerdo de modificaciónartículo 99 del TRLCSP. En lo no previsto el plazo de quince días, contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, el presente Pliegoadjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, será incurriendo, en caso contrario, en causa de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicaciónresolución.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Del Contrato De Concesion De Obra Publica

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere haya presentado la mejor oferta más ventajosa deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva en el plazo de 10 xx xxxx días hábiles hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado de presentación. El importe de la cuantía de la garantía definitiva ascenderá al 5% del importe total de adjudicación, excluido el IVA. En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a tal efecto por que se refiere el Órgano de Contrataciónartículo 100 del TRLCSP. Está podrá constituirse por La garantía definitiva se constituirá en cualquiera de los medios establecidos las formas que se establece en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación96 del TRLCSP, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos. En el caso de prestarse en forma de avalajustándose, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto la forma escogida, a los modelos que se establecen en el artículo 111 anexo 4 al presente pliego. Asimismo, la garantía definitiva podrá constituirse mediante retención en el precio en la primera factura. Cuando, como consecuencia de la LCSPmodificación del contrato, que a estos efectos experimente variación el precio del mismo, se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre reajustará la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecuciónnaturales, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de la modificación. En lo no previsto el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas las penalidades o indemnizaciones el presente Pliegoadjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, será incurriendo, en caso contrario, en causa de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicaciónresolución.

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Samples: www.museobilbao.com

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere presentado presente la mejor oferta oferta, deberá acreditar la constituir a disposición del órgano de contratación una garantía definitiva. Su cuantía, será igual al 5% del importe del precio final ofertado por el licitador, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. La constitución de la citada esta garantía definitiva deberá ser acreditada en el plazo de 10 siete días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano envío de Contrataciónla comunicación. Está podrá constituirse por cualquiera En todo caso, la garantía definitiva responderá de los medios establecidos conceptos a que se refiere el artículo 110 LCSP 2017. Dentro de dichos conceptos se incluye el incumplimiento por parte del contratista de la obligación de indemnizar los daños y perjuicios ocasionados a terceros como consecuencia de la incorrecta ejecución de las prestaciones objeto del contrato, prevista en el artículo 108 de la 196 LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos2017. La devolución garantía definitiva se constituirá en cualquiera de la garantía las formas que se realizará de acuerdo con lo dispuesto establecen en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales108.1 LCSP 2017. En el caso de que Cuando se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatariocontratista, éste este deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince 15 días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. SiCuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse se reajustará la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales 15 días, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en , a efectos de que guarde la debida proporción con el presente Pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes precio del contrato resultante de la LCSPmodificación, que a incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución. A estos efectos no se establecen considerarán las variaciones de precio que se produzcan como consecuencia de aplicaciónla aprobación de la revisión de precios del contrato.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario propuesto estará obligado a constituir, a disposición del órgano de contratación, una garantía definitiva. Su cuantía será igual al 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, a fin de garantizar IVA excluido, según lo previsto en el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la apartado 12 del anexo I. La constitución de la citada esta garantía definitiva deberá efectuarse por el adjudicatario en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél señalado en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de Contrataciónla cláusula 13.3 del presente pliego. Está podrá constituirse por cualquiera En todo caso, la garantía definitiva responderá de los medios establecidos en conceptos a que se refiere el artículo 108 100 del TRLCSP. La garantía definitiva se constituirá de la LCSP que conformidad con lo preceptuado en los artículos 95 a estos efectos 102 TRLCSP y 55, 56 y 57 del RCAP, en cuanto no se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución oponga a lo previsto en la Caja General de DepósitosLCSPdebiendo ser acreditada mediante el correspondiente resguardo. En el caso de prestarse en forma amortización o sustitución de avallos valores que integran la garantía, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de adjudicatario viene obligado a reponer la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicosen igual cuantía, siendo a su xxxxx el otorgamiento de los documentos necesarios a tal fin. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, Cuando como consecuencia de una la modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse se reajustará la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince 15 días naturales naturales, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de la modificación. En lo no previsto el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas las penalidades o indemnizaciones el presente Pliegoadjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, será incurriendo, en caso contrario, en causa de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicaciónresolución.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Las Obras De Urbanizacion Parcial Manzana Delimitada

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario La garantía definitiva equivalente al 5% del contratoimporte de la Adjudicación, a fin de garantizar el cumplimiento podrá constituirse en cualquiera de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva formas previstas en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de Contratación. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitosartículos 95.1 TRLCSP y 55 y siguientes del RGLCAP. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la esta garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, aquélla en la cuantía que corresponda, corresponda en el plazo de quince (15) días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, Cuando como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase contrato experimente variación el precio del mismosu precio, deberá reajustarse la garantía garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince (15) días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo La constitución de la garantía global a que se refiere el artículo 98 TRLCSP, eximirá de la constitución de la garantía definitiva, siempre que quede acreditada mediante certificación de la Tesorería de la Diputación General xx Xxxxxx, comprensiva de su existencia y suficiencia. El órgano de contratación no previsto podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el presente Pliego, será de aplicación lo establecido pliego. La renuncia a la celebración del contrato o el desistimiento del procedimiento en los artículos 106 y siguientes términos del artículo 155 TRLCSP sólo podrán acordarse por el órgano de contratación antes de la LCSP, que adjudicación notificándolo a estos efectos se establecen como los licitadores e informando también a la Comisión Europea cuando el contrato haya sido anunciado en el «Diario Oficial de aplicaciónla Unión Europea».

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Samples: www.circuitricardotormo.com

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contratoNotificada la adjudicación, la adjudicataria estará obligada a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídasconstituir, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva en el plazo de 10 quince (15) días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto una garantía definitiva del 5 por el Órgano ciento (5%) del importe de Contrataciónadjudicación, IVA excluido. Está La garantía podrá constituirse por en cualquiera de las formas establecidas en el Art. 84 de la LCSP, con los medios requisitos establecidos en el artículo 108 Art. 55 y siguientes del RGLCAP, de 1 xx xxxxx. De no cumplirse este requisito por causas imputables a la LCSP que a estos efectos adjudicataria, la Administración declarará resuelto el contrato. Cuando así se establece como de aplicaciónprevea en los pliegos, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse constituirse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará retención en el precio, de acuerdo con lo dispuesto señalado en el artículo 111 Art. 84.2 de la LCSP. La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el Art. 88 de la LCSP. Cuando a consecuencia de la modificación del contrato, que a estos efectos el precio del mismo experimente variación, se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre reajustará la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, constituida en la cuantía necesaria para que correspondase mantenga la debida proporcionalidad entre la garantía y el presupuesto del contrato vigente en cada momento, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En Conforme a lo no previsto dispuesto en el presente Pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes artículo 90 de la LCSPLCSP y 65.2 y 3 del RGLCAP, la devolución o cancelación de la garantía definitiva se realizará, una vez producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato, o hasta que se declare la resolución de éste por causas no imputables a estos efectos se establecen como de aplicaciónla contratista.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Servicios De Asesoramiento a Administraciones Locales Con Objeto De Desarrollar Planes De Infancia, Adolescencia Y Juventud Así Como La Promocion De La Participacion De La Infancia, Adolescencia Y Juventud De Gipuzkoa Mediante Procedimiento Abierto

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá está obligado a constituir una garantía definitiva por un o complementar la garantía provisional hasta alcanzar el importe del 5% del precio de 9.780 eurosadjudicación (excluido el IVA) en cualquiera de las formas previstas en el art. 96 del TRLCSP. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta adjudicatario deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva en el plazo de 10 días hábiles contados a contar desde el partir del siguiente a aquél aquel en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de Contratación. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de se le notifique la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicaciónadjudicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicosdefinitiva. La devolución El importe depositado como garantía definitiva responderá del cumplimiento de las condiciones especiales y obligaciones del adjudicatario a las que se sujeta la presente licitación de conformidad con lo establecido en el presente pliego y se aplicará, en su caso, para reintegrar a la Administración de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto penalización impuesta por demora en el artículo 111 cumplimiento de los plazos establecidos en el presente pliego de edificación y terminación de la LCSPpromoción de viviendas protegidas en el inmueble objeto de este contrato, que perdiéndola el adjudicatario a estos efectos se establece como favor de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el la Administración en caso de que se hagan efectivas sobre no solicitar la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en licencia de primera ocupación y la cuantía que corresponda, calificación definitiva de viviendas protegidas en el plazo reglamentario, o denegación de quince días naturales desde las mismas, por causas imputables al adjudicatario. Esta garantía definitiva será devuelta cuando se demuestre el cumplimiento de todas las obligaciones derivadas de la ejecuciónenajenación del inmueble, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el presente Pliego, será de aplicación lo establecido su correcta edificación en los artículos 106 plazos señalados y siguientes del otorgamiento de la LCSP, que a estos efectos se establecen como licencia de aplicaciónprimera ocupación y de la calificación definitiva de viviendas protegidas.

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Samples: www.granada.org

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere haya presentado la mejor oferta deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva está obligado a acreditar, en el un plazo de 10 xxxxxx xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por requerimiento, una garantía definitiva del 5% del importe de adjudicación, excluido el Órgano de ContrataciónIVA. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos. En el caso de prestarse en La forma de avalpresentación, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La responsabilidades y devolución de la garantía se realizará de acuerdo con ajustará a lo dispuesto establecido en el artículo 111 los artículos 107 a 114 LCSP. Quedarán exceptuadas de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo constitución de garantía y cumplidas definitiva las entidades que tengan reconocida esta excepción por las leyes estatales o las disposiciones autonómicas correspondientes, limitadas en este último supuesto al respectivo ámbito competencial. Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que valor del mismo, se hagan efectivas sobre reajustará la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince 15 días naturales desde la ejecuciónnaturales, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario a la adjudicataria la resolución de modificación del contrato. Durante el plazo de garantía el Contratista estará obligado a subsanar, a su xxxxx, todas las deficiencias que pudieren observarse en los servicios prestados, con independencia de las consecuencias que se pudieran derivar de las responsabilidades en que hubiere podido incurrir, de acuerdo de modificación. En a lo no previsto establecido en el presente Pliegopliego y en el artículo 311 LCSP. Una vez finalizada la ejecución del contrato y transcurrido el periodo de garantía, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes se procederá a la devolución de la garantía definitiva, siempre y cuando el contrato se haya cumplido satisfactoriamente, y si no resultaren responsabilidades que hubieran de ejecutarse sobre la garantía, de conformidad con el artículo 111 LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicación.

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Samples: Pliego De Condiciones Reguladoras Particulares Para El Contrato De Servicios De Seguridad Y Vigilancia

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contratoLa empresa adjudicataria, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado obligada a constituir una garantía definitiva por un importe del 5% del precio de 9.780 eurosadjudicación anual correspondiente a 2 años , excluido IVA. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de constituir la citada garantía definitiva en el plazo de 10 xx xxxx días hábiles a contar contados desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido reciba el requerimiento efectuado por KURSAAL a tal efecto por el Órgano de Contrataciónefecto. Está podrá Podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 96 del TRLCSP. Si la garantía se constituye en metálico, se ingresará el importe en la cuenta corriente nº C/C: 2101 0381 03 0010813616. La acreditación de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitosgarantía no podrá hacerse mediante medios electrónicos. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicosXxxxx XXX. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista la empresa adjudicataria todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatarioa la empresa adjudicataria, éste ésta deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el la presente PliegoCláusula, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 95 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicacióndel TRLCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico Administrativas Que Habrá De Regir La Licitación, Mediante Procedimiento Abierto, Para La Contratación De Los Servicios De Limpieza Del Palacio De Congresos Kursaal

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere presentado presente la mejor oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva por importe del 5 por 100 del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en el plazo de 10 xx xxxx días hábiles hábiles, a contar desde el día siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado del órgano de contratación. De no cumplir este requisito por causas imputables al mismo, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a tal efecto recabar la documentación necesaria al licitador siguiente por el Órgano de Contratación. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos orden en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitosxxxxx quedado clasificadas las ofertas. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, aquélla en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo incurriendo, en caso contrario contrario, en causa de resolución. Si, Cuando como consecuencia de una la modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificadogarantía, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el nuevo precio del contrato resultante de la modificación. A estos efectos, no se considerarán las variaciones de precio que se produzcan como consecuencia de una revisión de precios de conformidad con los artículos 89 y siguientes del TRLCSP. En lo no previsto todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 100 del TRLCSP. La garantía definitiva podrá prestarse en cualquiera de las formas previstas en el presente Pliegoartículo 96.1 del TRLCSP, será de aplicación y se ajustará a lo establecido dispuesto en los artículos 106 55, 56, 57 y siguientes 58 del RGLCAP. La constitución de la LCSPlas garantías se ajustará, en cada caso, a los modelos que a estos efectos se establecen como de aplicación.indican en el RGLCAP. 4

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Samples: Contrato De Servicios

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contratoLa empresa adjudicataria, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado obligada a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 eurosdel 10% del valor estimado anual, excluido IVA; esto es, 3.750 €. El licitador que hubiere hubiera presentado la mejor oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de constituir la citada garantía definitiva en el plazo de 10 xx xxxx días hábiles a contar contados desde el siguiente a aquél aquel en que hubiera recibido reciba el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de ContrataciónCICC. Está podrá Podrá constituirse por cualquiera cualquier de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos96 del TRLCSP. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo ANEXO I. La acreditación de la constitución de la garantía no podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo los dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista la empresa Contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatarioa la empresa Contratista, éste esta deberá reponer o ampliar aquéllaaquella, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el la presente PliegoCláusula, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 95 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicacióndel TRLCSP.

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Samples: www.tabakalera.eu

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 eurosdel 1% del valor estimado, IVA no incluido. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar plazo para la constitución de la citada garantía definitiva en el plazo de 10 será xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido reciba el requerimiento efectuado a tal efecto efectuado por el Órgano de Contratación. Está DONOSTIA TURISMO y podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos96 del TRLCSP. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el presente Pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 95 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicacióndel TRLCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico Administrativas Que Habrá De Regir La Licitación, Mediante Procedimiento Abierto, Para La Contratación De La Prestación De Servicios

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere presentado presente la mejor oferta deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva (5 % del precio ofertado, IVA excluido) en la Caja de Depósitos de la Tesorería General, o en cualquiera de las Tesorerías Territoriales de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León en el plazo de 10 xx xxxx (10) días hábiles o cinco (5) en caso de tramitación urgente, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto requerimiento, por el Órgano de Contratación. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos importe señalado en el artículo mismo. La constitución de la garantía se realizará de conformidad con lo establecido en los artículos 108 y 109 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución y en la Caja General de Depósitoslos artículos 55 y siguientes del RGLCAP. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía definitiva podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución En caso de concurrir conjuntamente a la licitación dos o más empresarios en unión temporal, la garantía definitiva podrá ser constituida por una o varias de las empresas participantes, siempre que en su conjunto se alcance la cuantía requerida en este Pliego, y garantice solidariamente a todos los integrantes de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractualesunión temporal. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. SiCuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince 15 días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo A estos efectos, no previsto en el presente Pliego, será se considerarán las variaciones de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes precio que se produzcan como consecuencia de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicaciónuna revisión del mismo.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Cuadro De Características

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 180 euros. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar plazo para la constitución de la citada garantía definitiva en el plazo de 10 será xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél aquel en que hubiera recibido reciba el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de Contrataciónla CTSS para aportar la misma. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos96 del TRLCSP. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. La acreditación de la garantía no podrá hacerse mediante medios electrónicos. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el presente Pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 95 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicacióndel TRLCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico Administrativas Y De Prescripciones Técnicas Que Ha De Regir La Licitación, Mediante Procedimiento Negociado Sin Publicidad, Para La Contratación De Los Servicios De Mantenimiento De Los Equipos De Aire Acondicionado De Las Instalaciones De La Compañía Del Tranvía De San Sebastián, Sociedad Anónima Unipersonal

GARANTÍA DEFINITIVA. El propuesto adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva en el dentro del plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de Contratación. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de descrito anteriormente la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicosdefinitiva por importe del 5 por 100 del precio del contrato (IGIC excluido). La devolución No será precisa la constitución de la garantía se realizará reseñada en los párrafos anteriores cuando el adjudicatario hubiere constituido en el mismo plazo, o con anterioridad al mismo, garantía global por importe suficiente ante el órgano de acuerdo con lo dispuesto contratación, en los términos previstos en el artículo 111 98 del TRLCSP, y dicha garantía se encontrara vigente y efectiva. Cuando, a consecuencia de la LCSPmodificación del contrato, que a estos efectos experimente variación su precio, se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre reajustará la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecucióndías, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario adjudicatario la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el acuerdo artículo 99 TRLCSP. Se procederá de modificaciónigual forma en los supuestos previstos en el artículo 100 TRLCSP. En el plazo de quince días, contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución. En caso que la oferta del propuesto adjudicatario contenga valores anormales o desproporcionados conforme a los parámetros objetivos fijados en este pliego deberá constituir una garantía complementaria del 5 por ciento del importe de adjudicación del contrato, rigiendo lo no previsto anteriormente en el presente Pliegocuanto a su constitución, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 actualización y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicacióncancelación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Particulares Que Ha De Regir La Contratación De La Ejecución De Las Obras Del “Proyecto De Sustitucion Y Ampliación Del Sistema De Control Del Centro Internacional De Ferias Y Congresos

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere haya presentado la mejor oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución constituir a favor del órgano de la citada contratación una garantía del 5% del importe de adjudicación de cada contrato derivado del presente Acuerdo Marco, excluido el impuesto sobre el valor añadido. La garantía definitiva en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de Contratación. Está podrá constituirse por cualquiera de las formas previstas en los medios establecidos artículos 96. 1 TRLCSP y 55 y siguientes del RGLCAP, incluida la retención en el artículo 108 precio de la LCSP cada uno de los contratos derivados que se formalicen. Este último será el medio a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por utilizar si el contratista todas sus obligaciones contractualesno manifiesta su preferencia por otro medio. En el caso de que se utilice un aval, podrá utilizarse el modelo que se adjunta a este Pliego como Anexo IV En el caso de que se utilice otra forma de constitución, deberán reflejarse las mismas condiciones de garantía que las expresadas en dicho modelo. En caso de que se hagan efectivas sobre la esta garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, aquélla en la cuantía que corresponda, corresponda en el plazo de quince (15) días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resoluciónresolución del contrato. Si, Cuando como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase contrato experimente variación el precio importe de adjudicación del mismocontrato, deberá reajustarse la garantía garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio importe modificado, en el plazo de quince (15) días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo La garantía no previsto en será devuelta o cancelada hasta que se haya cumplido satisfactoriamente el presente Pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicacióncontrato.

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Samples: www.jiloca.es

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contratolicitador que presente la oferta económicamente más ventajosa, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá estará obligado a constituir una garantía definitiva definitiva. Su cuantía será igual al 5 por un 100 del importe de 9.780 eurosadjudicación del contrato, IVA excluido. El La constitución de esta garantía deberá ser acreditada por el licitador que hubiere haya presentado la mejor oferta deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva económicamente más ventajosa en el plazo de 10 xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera se hubiese recibido el requerimiento efectuado del órgano de contratación. En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a tal efecto por que se refiere el Órgano artículo 100 del TRLCSP. La garantía definitiva se constituirá de Contratación. Está podrá constituirse por conformidad con lo preceptuado en el Capítulo I del Título IV del Libro I del TRLCSP y en cualquiera de los medios establecidos las formas que se establecen en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación96.1 del TRLCSP, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, Cuando como consecuencia de una la modificación del contrato, experimentase contrato experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse se reajustará la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince 15 días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el nuevo precio del contrato resultante de la modificación, incurriendo en caso contrario en causa de resolución contractual. En lo el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas las penalidades o indemnizaciones, el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Aprobada la liquidación del contrato, si no previsto resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva y transcurrido, en su caso, el plazo de garantía establecido en el presente Pliegopliego, será se dictará acuerdo de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes devolución de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicaciónaquélla.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Regula El Contrato Administrativo De Suministro Mediante Arrendamiento Financiero

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere presentado presente la mejor oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución constituir a disposición del órgano de la citada contratación una garantía de un 5 por 100 del precio final ofertado por aquéllos, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. La garantía definitiva podrá prestarse en el plazo alguna o algunas de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de Contratación. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos las formas previstas en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos2017. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución definitiva por el licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar en el plazo conferido para la presentación de la garantía documentación previa a la adjudicación. De no cumplir este requisito por causas a él imputables, la Administración no efectuará la adjudicación a su favor, se realizará entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3% del presupuesto base de acuerdo con lo dispuesto licitación, IVA excluido, en el artículo 111 concepto de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractualespenalidad. En el caso de que Cuando se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatariocontratista, éste este deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. SiCuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo A estos efectos no previsto en el presente Pliego, será se considerarán las variaciones de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes precio que se produzcan como consecuencia de la LCSP, aprobación de la revisión de precios del contrato. La garantía definitiva responderá de los conceptos a los que a estos efectos se establecen como refiere el artículo 110 de aplicaciónla LCSP 2017.

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Samples: www.nacimiento.es

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa estará obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva en la Tesorería de la Diputación, en el plazo de 10 xx xxxx (10) días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera hubiere recibido el requerimiento efectuado a tal efecto del órgano de contratación por el Órgano importe del 5 por 100 del importe de Contratación. Está podrá constituirse por cualquiera adjudicación, IVA excluido, de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo conformidad con lo dispuesto establecido en el artículo 111 de la LCSP, que los artículos 95 y siguientes del TRLCSP. El plazo indicado se reducirá a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En cinco (5) días hábiles en el caso de que se hagan efectivas sobre declare la tramitación urgente del expediente. La garantía se constituirá ante la Caja de la Corporación en metálico, aval bancario o por contrato de seguro de caución, debiendo estos últimos reunir los requisitos previstos en los arts. 56 y 57 del RGLCAP y adaptarse a los modelos establecidos en los anexos V y VI de dicho Reglamento. Cuando la adjudicación se realice en favor del empresario cuya proposición hubiera incluido valores considerados inicialmente anormales o desproporcionados, se exigirá al mismo una garantía complementaria de un 5 por ciento del importe de adjudicación del contrato, hasta alcanzar la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatariototal un 10 por 100 del precio del contrato, éste deberá reponer o ampliar aquéllaIVA excluido. Cuando, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como a consecuencia de una la modificación del contrato, experimentase variación el precio valor del mismocontrato experimente variación, deberá reajustarse se reajustará la garantía constituida en la cuantía necesaria para que guarde se mantenga la debida proporción proporcionalidad con el nuevo precio modificado, . La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el plazo artículo 100 TRLCSP. La devolución y cancelación de quince días naturales contados desde la fecha en que las garantías definitivas se notifique al empresario el acuerdo efectuarán de modificación. En conformidad con lo no previsto en el presente Pliego, será de aplicación lo establecido dispuesto en los artículos 106 102 TRLCSP y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicación65.2 y 3 RGLCAP.

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Samples: Contrato De Servicios Procedimiento Abierto Tramitación Ordinaria

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario La empresa adjudicataria del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado obligada a constituir una garantía definitiva por un importe del 10% del presupuesto máximo de 9.780 euroslicitación anual; esto es, de 18.200 €. El licitador que hubiere hubiera presentado la mejor oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de constituir la citada garantía definitiva en el plazo de 10 xx xxxx días hábiles a contar contados desde el siguiente a aquél aquel en que hubiera recibido reciba el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de ContrataciónCICC. Está podrá Podrá constituirse por cualquiera cualquier de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos96 del TRLCSP. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo ANEXO I. La acreditación de la constitución de la garantía no podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo los dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista la empresa Contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatarioa la empresa Contratista, éste esta deberá reponer o ampliar aquéllaaquella, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el la presente PliegoCláusula, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 95 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicacióndel TRLCSP.

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Samples: www.tabakalera.eu

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contratoprovisional está obligado, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva en el plazo máximo establecido en la cláusula anterior de este pliego, a constituir la garantía definitiva que figura en el apartado 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél del Cuadro-Resumen, de conformidad con lo establecido en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano los artículos 135.4 de Contrataciónla LCSP y 55 y siguientes del RGLCAP. Está Dicha garantía podrá constituirse por en cualquiera de los medios establecidos las formas previstas en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos 84. 1 LCSP. Si así se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución prevé en la Caja General de Depósitosel citado apartado del cuadro-resumen podrá constituirse mediante retención en el precio. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la esta garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, aquélla en la cuantía que corresponda, corresponda en el plazo de quince (15) días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, Cuando como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase contrato experimente variación el precio del mismosu precio, deberá reajustarse la garantía garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince (15) días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en La constitución de la garantía global a que se refiere el presente Pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes artículo 86 de la LCSP, eximirá de la constitución de la garantía definitiva, siempre que a estos efectos se establecen como quede acreditada mediante certificación de aplicaciónla Tesorería de la Comarca de Sobrarbe, comprensiva de su existencia y suficiencia.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Cuadro Resumen

GARANTÍA DEFINITIVA. El propuesto adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva en el dentro del plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de Contratación. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución descrito en la Caja General de Depósitos. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de disposición anterior la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicosdefinitiva por importe del 5 por 100 del valor estimado ofertado (IGIC excluido). La devolución No será precisa la constitución de la garantía se realizará de acuerdo reseñada en los párrafos anteriores cuando el adjudicatario hubiere constituido en el mismo plazo, o con lo dispuesto anterioridad al mismo, garantía global por importe suficiente ante la IFTSA en los términos previstos en el artículo 111 98 del TRLCSP, y dicha garantía se encontrara vigente y efectiva. La garantía podrá constituirse en metálico, mediante aval, en valores públicos o en valores privados, por contrato de la LCSPseguro de caución, que a estos efectos se establece como o por retención de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquéllaparte del precio, en la cuantía que correspondaforma y condiciones establecidas en los artículos 55 y siguientes del Reglamento General de la LCAP, debiendo depositar su importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en la Institución Ferial de Tenerife. Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio, se reajustará la garantía en el plazo de quince días naturales desde la ejecucióndías, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario adjudicatario la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el acuerdo de modificaciónartículo 99 del TRLCSP. En lo no previsto el plazo de quince días, contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, el presente Pliegoadjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, será incurriendo, en caso contrario, en causa de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicaciónresolución.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Del Contrato De Suministro De Un Escenario

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa por figurar así en la clasificación de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a ofertas deberá constituir una garantía definitiva por un del 5% del importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva en su oferta, excluido el plazo de 10 días hábiles a contar desde Impuesto sobre el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de Contratación. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que correspondaValor Añadido, en el plazo de quince los diez días naturales hábiles contados desde que fuera requerido por el órgano de contratación para la ejecuciónpresentación de la documentación necesaria para hacer efectiva la adjudicación del contrato. La garantía definitiva habrá de prestarse por el licitador preseleccionado en cualquiera de las formas señaladas en el artículo 96 TRLCSP. Se adjuntan como anexos a este Documento modelo de presentación de AVAL y CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN (ANEXOS I y II). La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato. Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del TRLCSP. Cuando, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como a consecuencia de una la modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismosu precio, deberá reajustarse se reajustará la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales días, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el adjudicatario la resolución de modificación del contrato, de acuerdo de modificación. En lo no previsto en el presente Pliego, será de aplicación con lo establecido en los artículos 106 y siguientes el artículo 99 TRLCSP. En el caso de imposición de penalidades o indemnizaciones, el adjudicatario, en el plazo de quince días, deberá reponer o ampliar la LCSPgarantía constituida en la cuantía que corresponda, que a estos efectos se establecen como incurriendo, en caso contrario, en causa de aplicaciónresolución del contrato.

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Samples: contratos.dpz.es

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere presentado presente la mejor oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva por importe del 5 por 100 del importe de adjudicación, IVA excluido, en el plazo de 10 xx xxxx días hábiles hábiles, a contar desde el día siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado del órgano de contratación. (Artículos 87 y 135.2 de LCSP). De no cumplir este requisito por causas imputables al mismo, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta y la Administración no efectuará adjudicación a tal efecto su favor, procediéndose en ese caso a recabar la documentación necesaria al licitador siguiente, por el Órgano de Contratación. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos orden en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitoshayan quedado clasificadas las ofertas. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, aquélla en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo incurriendo, en caso contrario contrario, en causa de resolución. Si, Cuando como consecuencia de una la modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo A estos efectos, no previsto en el presente Pliego, será se considerarán las variaciones de aplicación lo establecido en precio que se produzcan como consecuencia de una revisión de precios de conformidad con los artículos 106 77 y siguientes de la LCSP. En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 88 de la LCSP. La garantía definitiva podrá prestarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 84.1 de la LCSP, y se ajustará a estos efectos se establecen como de aplicaciónlo dispuesto en los artículos 55, 56, 57 y 58 del RGLCAP.

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Samples: www.mdurango.org

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá estará obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 eurosequivalente al 5% del precio del contrato. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la La constitución de la citada esta garantía definitiva deberá ser acreditada por el adjudicatario en el plazo de 10 15 días hábiles hábiles, contados desde que se notifique la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a contar desde que se refiere el siguiente a aquél artículo 100 de la TRLCSP. La garantía definitiva se constituirá de conformidad con lo preceptuado en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano Capítulo I del Título IV del Libro I de Contratación. Está podrá constituirse por la LCSP y en cualquiera de los medios establecidos las formas que se establecen en el artículo 108 96 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicaciónTRLCSP, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos. En el caso de prestarse en forma de avalajustándose, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en la forma escogida, a los modelos que establece el artículo 111 reglamento general de la LCSP, que a estos efectos se establece como Ley de aplicación, una vez transcurrido el plazo Contratos de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractualeslas Administraciones Públicas. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, Cuando como consecuencia de una la modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse se reajustará la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince 15 días naturales naturales, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el nuevo precio del contrato resultante de la modificación, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución contractual. En lo el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones, el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución. Aprobada la liquidación del contrato, y transcurrido el plazo de garantía, si no previsto en el presente Pliegoresultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, será se dictará acuerdo de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes devolución de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicaciónaquélla.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratación, Mediante Procedimiento Abierto, Del Servicio De Limpieza De Las Instalaciones De Aparkabisa

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario La garantía definitiva que figura en el apartado K del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento cuadro resumen podrá constituirse en cualquiera de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva formas previstas en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de Contratación. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitosartículos 96.1 TRLCSP y 55 y siguientes del RGLCAP. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la esta garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, aquélla en la cuantía que corresponda, corresponda en el plazo de quince (15) días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, Cuando como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase contrato experimente variación el precio del mismosu precio, deberá reajustarse la garantía garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince (15) días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo La constitución de la garantía global a que se refiere el artículo 98 TRLCSP, eximirá de la constitución de la garantía definitiva, siempre que quede acreditada mediante certificación de la Tesorería de la Comarca del Bajo xx Xxxxxx, comprensiva de su existencia y suficiencia. El Presidente de la Comarca no previsto podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el presente Pliego, será de aplicación lo establecido pliego. La renuncia a la celebración del contrato o el desistimiento del procedimiento en los artículos 106 y siguientes términos del artículo 155 TRLCSP sólo podrán acordarse por el órgano de contratación antes de la LCSPadjudicación, que notificándolo a estos efectos se establecen como de aplicaciónlos licitadores.

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GARANTÍA DEFINITIVA. El propuesto adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva en el dentro del plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de Contratación. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución descrito en la Caja General de Depósitos. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de disposición anterior la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicosdefinitiva por importe del 5 por 100 del valor estimado ofertado para las veinte anualidades de ejecución del contrato calculadas conforme a la metodología descrita en el estudio económico base de licitación (IGIC excluido). La devolución Se exigirá una garantía complementaria del 5% en caso que la oferta del adjudicatario contenga valores anormales o desproporcionados. No será precisa la constitución de la garantía se realizará reseñada en los párrafos anteriores cuando el adjudicatario hubiere constituido en el mismo plazo, o con anterioridad al mismo, garantía global por importe suficiente ante el Ayuntamiento de acuerdo con lo dispuesto Arucas, en los términos previstos en el artículo 111 98 del TRLCSP, y dicha garantía se encontrara vigente y efectiva. La garantía podrá constituirse en metálico, mediante aval, en valores públicos o en valores privados, por contrato de la LCSPseguro de caución, que a estos efectos se establece como o por retención de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquéllaparte del precio, en la cuantía que correspondaforma y condiciones establecidas en los artículos 55 y siguientes del Reglamento General de la LCAP, debiendo depositar su importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en la Tesorería del Ayuntamiento de Arucas. Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio, se reajustará la garantía en el plazo de quince días naturales desde la ejecucióndías, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario adjudicatario la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el acuerdo de modificaciónartículo 99 del TRLCSP. En lo no previsto el plazo de quince días, contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, el presente Pliegoadjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, será incurriendo, en caso contrario, en causa de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicaciónresolución.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Del Contrato Administrativo De Gestión De Servicios Públicos Del Alumbrado Municipal De Arucas, Bajo La Modalidad De Concesion Administrativa

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá constituir a favor del órgano de contratación una garantía del 5% del importe de adjudicación del contrato, a fin excluido el impuesto sobre el valor añadido. Para determinar el importe de garantizar adjudicación del contrato se tendrá en cuenta el cumplimiento precio de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una la gestión del servicio durante el plazo total de ejecución del contrato. La garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de Contratación. Está podrá constituirse por cualquiera de las formas previstas en los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitosartículos 96. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía 1 TRLCSP y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales55 y siguientes del RGLCAP. En el caso de que se utilice un aval, podrá utilizarse el modelo que se adjunta a este Pliego como Anexo VII. En el caso de que se utilice otra forma de constitución, deberán reflejarse las mismas condiciones de garantía que las expresadas en dicho modelo. En caso de que se hagan efectivas sobre la esta garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, aquélla en la cuantía que corresponda, corresponda en el plazo de quince (15) días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resoluciónresolución del contrato. Si, Cuando como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase contrato experimente variación el precio importe de adjudicación del mismocontrato, deberá reajustarse la garantía garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio importe modificado, en el plazo de quince (15) días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya cumplido satisfactoriamente el contrato. Correrán por cuenta del adjudicatario el pago de los anuncios de licitación, formalización y cualesquiera otros que resulten necesarios por exigirlos disposiciones legales o reglamentarias a lo no previsto en el presente Pliegolargo de la ejecución y liquidación del contrato, será de aplicación lo establecido que se publiquen en los artículos 106 y siguientes Diarios o Boletines Oficiales, con un importe máximo de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicación1.500 €.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Del Contrato De Gestión Del Servicio De Recogida De Residuos Domésticos en La Comarca Del Jiloca

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá constituir a favor del órgano de contratación una garantía del 5% del importe de adjudicación del contrato, a fin excluido el impuesto sobre el valor añadido. Para determinar el importe de garantizar adjudicación del contrato se tendrá en cuenta el cumplimiento precio de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una la gestión del servicio durante el plazo total de ejecución del contrato. La garantía definitiva por un importe de 9.780 euros. El licitador que hubiere presentado la mejor oferta deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento efectuado a tal efecto por el Órgano de Contratación. Está podrá constituirse por cualquiera de las formas previstas en los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitosartículos 96. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía 1 TRLCSP y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales55 y siguientes del RGLCAP. En el caso de que se utilice un aval, podrá utilizarse el modelo que se adjunta a este Pliego como Anexo VII. En el caso de que se utilice otra forma de constitución, deberán reflejarse las mismas condiciones de garantía que las expresadas en dicho modelo. En caso de que se hagan efectivas sobre la esta garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, aquélla en la cuantía que corresponda, corresponda en el plazo de quince (15) días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resoluciónresolución del contrato. Si, Cuando como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase contrato experimente variación el precio importe de adjudicación del mismocontrato, deberá reajustarse la garantía garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio importe modificado, en el plazo de quince (15) días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo La garantía no previsto en será devuelta o cancelada hasta que se haya cumplido satisfactoriamente el presente Pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 106 y siguientes de la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicacióncontrato.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Del Contrato De Gestión Del Servicio De Recogida De Residuos Domésticos en La Comarca Del Jiloca