Common use of GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Clause in Contracts

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La o el “PRESTADOR” deberá entregar dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo una fianza por el 10% del monto total (sin IVA), expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el cumplimiento todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato por la vigencia del mismo y su total ejecución. (En caso de contrataciones que abarquen más de un ejercicio se anexará el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse por el total de la vigencia del servicio o por lo correspondiente a cada uno de los ejercicios durante su vigencia, en este último caso, deberá presentarse dentro de los primeros diez días naturales de cada ejercicio. Cuando el “IMP” solicite ampliación al Contrato y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”, éste o está deberá entregar la ampliación de la garantía por el 10% del monto incrementado al Contrato (sin IVA) o en su caso por la vigencia ampliada, dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo. (Incorporar este párrafo en caso que se otorguen anticipos) Tratándose de anticipos, la o el “PRESTADOR”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% del monto que éste reciba como anticipo. La garantía de cumplimiento, en su caso, se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada. En el supuesto de cumplimiento parcial de las obligaciones, la o el “PRESTADOR” renuncia expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones por parte de la o del “PRESTADOR”, ésta o éste se obliga a seguir garantizando por el plazo de un año para responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido la o el “PRESTADOR”. La o el “PRESTADOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas, Invitación a Cuando Menos Tres Personas, Invitación a Cuando Menos Tres Personas

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La o CUANDO SE TRATE DE FIANZA. El CONTRATISTA, a fin de garantizar el “PRESTADOR” deberá entregar dentro cumplimiento de los diez días naturales posteriores las obligaciones derivadas del presente contrato, entregó a [Petróleos Mexicanos u organismo subsidiario] previo a la formalización firma del mismo una contrato, póliza de fianza por el 10% (diez por ciento) del monto total (sin IVA), del contrato expedida por institución afianzadora autorizada, a favor de [Petróleos Mexicanos u organismo subsidiario]. EL CONTRATISTA manifiesta expresamente: (A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra [Petróleos Mexicanos u organismo subsidiario] de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del presente contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de [Petróleos Mexicanos u organismo subsidiario]]. (B) Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial. (C) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los respectivos recursos que se interpongan con relación al presente contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. (D) Su conformidad en obligarse conjuntamente con su afianzadora en el caso de reclamación, y con fundamento en la facultad que le concede el artículo 118 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, que la excepción de subjudicidad, se tendrá por justificada únicamente, si se exhibe copia sellada del escrito de demanda, en el que conste que en el ejercicio de la acción principal, el fiado señala como documento fundatorio de dicha acción, este contrato y que existe identidad entre las prestaciones reclamadas y los hechos que soportan la improcedencia del reclamo, renunciando expresamente a cualquier otra acepción que se pudiera dar a la excepción de subjudicidad o exigibilidad de la póliza de fianza sujeta a controversia judicial o administrativa entre las partes de este contrato; así como a que en este supuesto, la institución de fianzas entere el pago de la cantidad procedente en el día hábil inmediato subsecuente al vencimiento del plazo de 30 (treinta) días naturales que le concede el artículo 93 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para resolver sobre la procedencia del reclamo. (E) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad a satisfacción de [Petróleos Mexicanos u organismo subsidiario] en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por [Petróleos Mexicanos u organismo subsidiario]; (F) Su conformidad para que la afianzadora liquide a [Petróleos Mexicanos u organismo subsidiario] el 50% del importe garantizado en la fianza en caso de que no entregue la garantía contra defectos, vicios ocultos y cualquier otra responsabilidad en términos de lo previsto en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y en el presente contrato. (G) Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación: 1.- Reclamación por escrito a la institución de fianzas. 2.- Copia de la póliza de fianza y sus documentos modificatorios, en su caso. 3.- Copia del contrato garantizado y sus anexos, en su caso. 4.- Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. 5.- Cuantificación del incumplimiento. LOS DOS PÁRRAFOS SIGUIENTES SE INCLUIRÁN EN CASO DE QUE LOS TRABAJOS SÓLO SEAN APROVECHABLES SI ESTÁN TOTALMENTE TERMINADOS CONFORME A ESPECIFICACIONES Y EL PRODUCTO OBTENIDO CUMPLE CON LAS ESPECIFICACIONES DE CALIDAD Y CANTIDAD (GARANTÍAS DE PROCESO): (H) Su conformidad para que la afianzadora liquide a [Petróleos Mexicanos u organismo subsidiario] el límite máximo garantizado en caso de que los trabajos objeto del presente contrato no sean útiles o aprovechables por [Petróleos Mexicanos u organismo subsidiario] y no obstante que en su caso se hubiere extendido el correspondiente certificado de avance, en la inteligencia de que cualquier excepción derivada de la inversión y/o aplicación parcial o total del anticipo y/o pago de estimaciones carecerá de validez para efecto de determinar la exigibilidad del importe total garantizado en la fianza, ya que, atendiendo el objeto de este contrato, la obligación de invertir y/o aplicar el anticipo y el pago de estimaciones es indivisible puesto que tiene por objeto una Institución Mexicana autorizada ejecución que únicamente siendo satisfecha por entero puede ser útil o aprovechable para [(Petróleos Mexicanos u organismo subsidiario)], en consecuencia, toda aquella aplicación y/o inversión parcial o total del anticipo y/o del pago de estimaciones recibido por el CONTRATISTA que no produzca como resultado, de conformidad con el objeto del presente contrato, un trabajo útil y aprovechable para [Petróleos Mexicanos u organismo subsidiario] será ineficaz para fundar cualquier excepción que pretenda desvirtuar la exigibilidad del importe total garantizado. (I) Su consentimiento para retirar y llevarse los equipos o bienes objeto del presente contrato, en caso de no ser útiles o aprovechables, cuando así se lo requiera [Petróleos Mexicanos u organismo subsidiario]. CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY. El CONTRATISTA, a fin de garantizar el cumplimiento todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato por presente contrato, entregó a [Petróleos Mexicanos u organismo subsidiario] previo a la vigencia firma del mismo y su total ejecución. (En caso presente contrato, carta de contrataciones que abarquen más de un ejercicio se anexará el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse por el total de la vigencia del servicio o por lo correspondiente a cada uno de los ejercicios durante su vigencia, en este último caso, deberá presentarse dentro de los primeros diez días naturales de cada ejercicio. Cuando el “IMP” solicite ampliación al Contrato y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”, éste o está deberá entregar la ampliación de la garantía crédito stand by por el 10% (diez por ciento) del monto incrementado al Contrato del contrato expedida o confirmada por institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, a favor de [Petróleos Mexicanos u organismo subsidiario]. El CONTRATISTA manifiesta expresamente: (sin IVAA) o en su caso por la vigencia ampliada, dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo. (Incorporar este párrafo Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra [Petróleos Mexicanos u organismo subsidiario], de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del presente contrato, se otorguen anticiposhaga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de [Petróleos Mexicanos u organismo subsidiario]; (B) Tratándose Que reconoce que en el supuesto de anticipos, la o el “PRESTADOR”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% incumplimiento de las obligaciones que deriven del monto que éste reciba como anticipo. La garantía de cumplimiento, en su casopresente contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la carta de crédito standby otorgada. (C) Que reconoce que la carta de crédito standby expedida para garantizar el cumplimiento del presente contrato, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por el monto total lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la obligación garantizadagestión de cobro. En (D) Su conformidad para que se ejerza el supuesto 50% del importe garantizado en la carta de cumplimiento parcial crédito standby en caso de las obligacionesque no entregue la garantía contra defectos, la o el “PRESTADOR” renuncia expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones por parte de la o del “PRESTADOR”, ésta o éste se obliga a seguir garantizando por el plazo de un año para responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de y cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido términos de lo previsto en la o Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y en el “PRESTADOR”. La o el “PRESTADOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:presente contrato.

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Samples: Convenio Privado De Participación Conjunta, Convenio Privado De Participación Conjunta, Contrato De Obra Pública Sobre La Base De Precios

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La o el “PRESTADOR” deberá entregar dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo una fianza por el 10% del monto total (sin IVA)El licitante que resulte adjudicado, expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el cumplimiento todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato por la vigencia del mismo contenidas en el pedido y su total ejecución. (En caso contrato que se derive de contrataciones que abarquen más de un ejercicio se anexará el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse por el total de la vigencia del servicio o por lo correspondiente a cada uno de los ejercicios durante su vigencia, en este último casoesta licitación pública, deberá presentarse dentro otorgar previamente a la firma del mismo, cheque certificado y para abono en cuenta del beneficiario a favor del Poder Judicial del Estado de los primeros diez días naturales Michoacán o mediante fianza que conste en póliza expedida por institución autorizada a favor del Poder Judicial del Estado de cada ejercicio. Cuando el “IMP” solicite ampliación al Contrato y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”Michoacán, éste o está deberá entregar la ampliación de la garantía por el 10% del monto incrementado total del contrato, sin considerar el impuesto al Contrato (sin IVA) valor agregado. El cheque certificado y para abono en cuenta o en su caso fianza se presentará de conformidad con el anexo Nº 11 de las presentes bases, deberá hacer referencia al número de procedimiento. La garantía, llegado el caso, permanecerá vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte la resolución definitiva por la autoridad competente. El cheque certificado y para abono en cuenta del beneficiario o mediante fianza que conste en póliza expedida por institución autorizada a favor del Poder Judicial del Estado de Michoacán, garantizará el estricto cumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato y su vigencia ampliada, dentro subsistirá hasta doce meses después de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo. (Incorporar este párrafo en caso que se otorguen anticipos) Tratándose de anticipos, la o el “PRESTADOR”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% del monto que éste reciba como anticipo. La garantía de cumplimiento, en su caso, se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizadacontrato esté totalmente concluido. En el supuesto momento dado que se ampliara el plazo para el cumplimiento del contrato, continuará vigente en concordancia con dicha prórroga. La mencionada garantía quedará sin efecto, en el momento que el prestador del servicio demuestre plenamente haber cumplido con la totalidad de cumplimiento parcial sus obligaciones adquiridas en el contrato, una vez concluidos los doce meses a que se refiere el párrafo que antecede, será la Comisión de las obligaciones, Administración a través de su Secretaría la o el “PRESTADOR” renuncia que dará autorización por escrito para que se cancele dicha garantía. Además la institución que la otorgue deberá someterse expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento a lo estipulado en las obligaciones por parte los artículos 282 y 178 de la o del “PRESTADOR”, ésta o éste Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. No se obliga a seguir garantizando por el plazo de un año para responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido la o el “PRESTADOR”. La o el “PRESTADOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:otorgarán anticipos.

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Samples: Contrato De Compra Venta, Contrato De Compra Venta

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La o (EN CASO NO SELECCIONAR GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO) Ingresar excepción de la garantía de cumplimiento (EN CASO SI SELECCIONAR GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO) Conforme a los artículos 48 fracción II y 49 fracción I, de la “LAASSP”, 85 fracción III y 103 de su Reglamento; 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, 48 fracción II, de la Ley de Tesorería de la Federación, 70 de su Reglamento, las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015, PRESTADOREL PRESTADOR DEL SERVICIOdeberá entregar dentro de los diez días naturales posteriores se obliga a la formalización del mismo constituir una fianza garantía divisible por el 10% del monto total (sin IVA), expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato de este contrato, mediante fianza expedida por compañía afianzadora mexicana autorizada por la vigencia del mismo Comisión Nacional de Seguros y su total ejecución. (En caso de contrataciones que abarquen más de un ejercicio se anexará el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse por el total Fianzas, a favor de la vigencia Tesorería de la Federación, por un importe equivalente al (COLOCAR NÚMERO DE % DE GARANTÏA DE CUMPLIMIENTO) (COLOCAR EN LETRA NUMERO DE GARANTÏA)) del servicio o por lo correspondiente monto total del contrato, sin incluir el IVA. Dicha fianza deberá ser entregada a cada uno de los ejercicios durante su vigencia“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, en este último caso, deberá presentarse a más tardar dentro de los primeros diez días naturales de cada ejercicio. Cuando el “IMP” solicite ampliación al Contrato y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”, éste o está deberá entregar la ampliación de la garantía por el 10% del monto incrementado al Contrato (sin IVA) o en su caso por la vigencia ampliada, dentro de los diez 10 días naturales posteriores a la formalización firma del mismocontrato. Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permitan, la entrega de la garantía de cumplimiento se realice de manera electrónica. La fianza deberá presentarse en (Incorporar este párrafo Determinar lugar y forma), en la cual deberán de indicarse los siguientes requisitos: ❑ Expedirse a favor de la Tesorería de la Federación y señalar su domicilio; ❑ La indicación del importe total garantizado con número y letra; ❑ La referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato y anexos respectivo), así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta; ❑ La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma, así como la especificación de las obligaciones garantizadas; ❑ El señalamiento de la denominación o nombre de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” y de la institución afianzadora, así como sus domicilios correspondientes; ❑ La condición de que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo y continuará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se dicte resolución definitiva por la autoridad competente, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos garantizados; ❑ La indicación de que la fianza se hará efectiva conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro de los intereses que en su caso se generen en los términos previstos en el artículo 283 del propio ordenamiento; ❑ La indicación de que la cancelación de la póliza de fianza procederá una vez que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” otorgue el documento en el que se señale la extinción de derechos y obligaciones, previo otorgamiento del finiquito correspondiente, o en caso que se otorguen anticipos) Tratándose de anticiposexistir saldos a cargo de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, la o el “PRESTADOR”liquidación debida; ❑ Para efectos de la garantía señalada en esta cláusula, se deberá entregar previamente una garantía adicional considerar la indivisibilidad de ésta, por el 100% lo que en caso de incumplimiento del monto que éste reciba como anticipo. La garantía de cumplimiento, en su caso, contrato se hará efectiva por el monto total de la garantía de cumplimiento; ❑ Para acreditar a la institución afianzadora el incumplimiento de la obligación garantizada. En , tendrá que cumplirse con los requisitos establecidos en las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el supuesto cumplimiento de cumplimiento parcial obligaciones distintas de las obligacionesfiscales que constituyan las dependencias y entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 08 de septiembre de 2015; y ❑ El momento de inicio de la fianza y, en su caso, su vigencia. Considerando los requisitos anteriores, dentro de la fianza, se deberán incluir las declaraciones siguientes en forma expresa: ❑ “Esta garantía estará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato. ❑ “La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.”; ❑ PRESTADORLa cancelación de la fianza no procederá sino en virtud de manifestación previa de manera expresa y por escrito de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.”; y ❑ “La afianzadora acepta expresamente tener garantizado el contrato a que esta póliza se refiere, aún en el caso de que se otorgue prórroga o espera al deudor principal o fiado por parte de “LA DEPENDENCIA O ENTIDADpara el cumplimiento total de las obligaciones que se garantizaran, por lo que la afianzadora renuncia expresamente al derecho que le otorga el artículo 179 de proporcionalidadla Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas.” De no cumplir con dicha entrega, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá rescindir el contrato y remitir el asunto al Órgano Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60 fracción III de la “LAASSP”. Cuando exista un La garantía de cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el presente instrumento jurídico y de ninguna manera impedirá que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la garantía de cumplimiento. En caso de incremento al monto del presente instrumento jurídico o modificación al plazo, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” se obliga a entregar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” dentro de los diez días naturales siguientes a la formalización del mismo, de conformidad con el último párrafo del artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en las el documento la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la garantía otorgada inicialmente. El trámite de liberación de garantía, se realizará inmediato a que se extienda la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales por parte de la o del PRESTADORLA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, ésta o éste se obliga a seguir garantizando de conformidad con lo dispuesto por el plazo artículo 81, fracción VIII del Reglamento de un año para responder la “LAASSP”. Considerando que la entrega de los defectos que resultarenbienes o prestación de los servicios o arrendamiento, cuando aplique se haya previsto un plazo menor a diez días naturales, se exceptúa el cumplimiento de la garantía, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 último párrafo de la "LAASSP", en concordancia con lo señalado en el tercer párrafo del artículo 86 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Para este caso, el monto máximo de las penas convencionales por atraso que se puede aplicar, será del veinte por ciento del monto de los vicios ocultos o bienes entregados fuera de cualquier otra responsabilidad la fecha convenida, de conformidad con lo establecido en que hubiera incurrido el tercer párrafo del artículo 96 del Reglamento de la o el “PRESTADOR”. La o el “PRESTADOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución Ley de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado Adquisiciones, Arrendamientos y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:Servicios del Sector Público.

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Samples: Convenio De Proposición Conjunta, Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La o El licitante que resulte adjudicado deberá garantizar el “PRESTADOR” cumplimiento del contrato mediante fianza expedida a favor de la Tesorería de la Federación y a satisfacción de la SEDESOL, emitida por una institución afianzadora debidamente autorizada en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas en moneda nacional, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del importe total del contrato, sin incluir el I. V. A.; que deberá entregar dentro en los domicilios indicados en el numeral 3.1 de la presente Convocatoria, en un plazo que no exceda de los diez 10 (diez) días naturales posteriores a la formalización del mismo una contrato. La fianza, su vigencia y su liberación se sujetarán a lo dispuesto en el oficio No. 401-T-2930 del 14 de septiembre del 2010, emitido por la titular de la Tesorería de la Federación y 103 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. En la fianza por señalada en el 10% del monto total (sin IVApárrafo anterior deberá indicarse lo siguiente: En relación con los incisos 6), expedida 7) y 8), se sugiere la siguiente redacción para su inclusión en las pólizas de fianza cuando así proceda: “Esta garantía estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el cumplimiento todas y cada una autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones derivadas del Contrato por la vigencia del mismo y su total ejecuciónobligaciones, o cualquier otra circunstancia”. (En caso de contrataciones que abarquen más hacerse efectiva la presente garantía la institución de un ejercicio se anexará fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse por el total artículo 95 de la vigencia Ley Federal de Instituciones de Fianzas, procedimiento al que también se sujetará para el caso del servicio o por lo correspondiente a cada uno de los ejercicios durante su vigencia, en este último caso, deberá presentarse dentro de los primeros diez días naturales de cada ejercicio. Cuando el “IMP” solicite ampliación al Contrato y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”, éste o está deberá entregar la ampliación cobro de la garantía indemnización por xxxx que prevé el 10% artículo 95 bis del monto incrementado al Contrato (sin IVA) o en su caso mismo ordenamiento legal, por la vigencia ampliada, dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización pago extemporáneo del mismo. (Incorporar este párrafo en caso que se otorguen anticipos) Tratándose de anticipos, la o el “PRESTADOR”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% del monto que éste reciba como anticipo. La garantía de cumplimiento, en su caso, se hará efectiva por el monto total importe de la obligación garantizadafianza requerida. Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la SEDESOL. En el supuesto de cumplimiento parcial que se convenga la modificación del contrato vigente el proveedor deberá contratar la modificación a la póliza de las obligacionesfianza, que corresponda, presentando endoso a la misma, o bien contratar una nueva fianza por el “PRESTADOR” renuncia expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones por parte importe de la o del “PRESTADOR”modificación convenida, ésta o éste se obliga a seguir garantizando por el plazo de un año para responder dentro de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad 5 (cinco) días naturales siguientes a la firma del convenio modificatorio observando lo señalado en que hubiera incurrido la o el “PRESTADOR”. La o el “PRESTADOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:este numeral.

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Samples: www.inapam.gob.mx, www.inapam.gob.mx

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La o el “PRESTADOR” deberá entregar dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo una fianza por el 10% del monto total (sin IVA)El licitante que resulte adjudicado, expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el cumplimiento todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato por la vigencia del mismo contenidas en el pedido y su total ejecución. (En caso contrato que se derive de contrataciones que abarquen más de un ejercicio se anexará el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse por el total de la vigencia del servicio o por lo correspondiente a cada uno de los ejercicios durante su vigencia, en este último casoesta licitación pública, deberá presentarse dentro otorgar previo a la firma del mismo, cheque certificado y para abono en cuenta del beneficiario a favor del Poder Judicial del Estado de los primeros diez días naturales Michoacán o mediante fianza que conste en póliza expedida por institución autorizada a favor del Poder Judicial del Estado de cada ejercicio. Cuando el “IMP” solicite ampliación al Contrato y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”Michoacán, éste o está deberá entregar la ampliación de la garantía por el 10% del monto incrementado total del contrato, sin considerar el impuesto al Contrato (sin IVA) o en su caso por la vigencia ampliada, dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismovalor agregado. (Incorporar este párrafo en caso que se otorguen anticipos) Tratándose de anticipos, la o el “PRESTADOR”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% del monto que éste reciba como anticipo. La garantía de cumplimiento, en En su caso, cuando el proveedor resulte adjudicado con 2 o más partidas, podrá comprenderse en un sólo cheque certificado o fianza como garantía de las mismas, siempre y cuando específicamente se hará efectiva por enuncie el concepto de cada una de ellas y el monto total respectivo. El cheque certificado y para abono en cuenta o fianza se presentará de conformidad con el anexo Nº 12 de las presentes bases, deberá hacer referencia al número de procedimiento. La garantía, llegado el caso, permanecerá vigente durante la obligación garantizadasubstanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte la resolución definitiva por la autoridad competente. El cheque certificado y para abono en cuenta del beneficiario o mediante fianza que conste en póliza expedida por institución autorizada a favor del Poder Judicial del Estado de Michoacán, garantizará el estricto cumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato y su vigencia subsistirá hasta doce meses después de que el contrato esté totalmente concluido. En el supuesto momento dado que se ampliara el plazo para el cumplimiento del contrato, continuará vigente en concordancia con dicha prórroga. La mencionada garantía quedará sin efecto, en el momento que el prestador del servicio demuestre plenamente haber cumplido con la totalidad de cumplimiento parcial sus obligaciones adquiridas en el contrato, una vez concluidos los doce meses a que se refiere el párrafo que antecede, será la Comisión de las obligaciones, Administración a través de su Secretaría la o el “PRESTADOR” renuncia que dará autorización por escrito para que se cancele dicha garantía. Además la institución que la otorgue deberá someterse expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento a lo estipulado en las obligaciones por parte los artículos 95 y 118 de la o del “PRESTADOR”, ésta o éste se obliga a seguir garantizando por el plazo Ley Federal de un año para responder Instituciones de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido la o el “PRESTADOR”. La o el “PRESTADOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:Fianzas.

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Samples: Contrato De Compra Venta

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La o el “PRESTADOR” deberá entregar dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo una fianza por el 10% del monto total (sin IVA), expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el cumplimiento todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato por la vigencia del mismo y su total ejecución. 16 de 55 (En caso de contrataciones que abarquen más de un ejercicio se anexará el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse por el total de la vigencia del servicio o por lo correspondiente a cada uno de los ejercicios durante su vigencia, en este último caso, deberá presentarse dentro de los primeros diez días naturales de cada ejercicio. Cuando el “IMP” solicite ampliación al Contrato y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”, éste o está deberá entregar la ampliación de la garantía por el 10% del monto incrementado al Contrato (sin IVA) o en su caso por la vigencia ampliada, dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo. (Incorporar este párrafo en caso que se otorguen anticipos) Tratándose de anticipos, la o el “PRESTADOR”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% del monto que éste reciba como anticipo. La garantía de cumplimiento, en su caso, se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada. En el supuesto de cumplimiento parcial de las obligaciones, la o el “PRESTADOR” renuncia expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones por parte de la o del “PRESTADOR”, ésta o éste se obliga a seguir garantizando por el plazo de un año para responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido la o el “PRESTADOR”. La o el “PRESTADOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El Adjudicatario afianzará el cumplimiento del Contrato mediante una garantía equivalente al 10% (diez por ciento) del monto contractual, en cualquiera de las formas previstas por el punto 3.1 del presente pliego. Será de aplicación lo descripto en el art. 3.2 del presente pliego. El monto de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato será pagadero al Comitente como indemnización por las pérdidas que le ocasionare el incumplimiento por el Contratista de sus obligaciones contractuales. Las garantías no podrán ser limitadas en el tiempo, y deberán mantener su vigencia hasta que se haya aprobado la Recepción Provisional, o se hayan satisfecho las indemnizaciones por daños y perjuicios o cualquier otra deuda que tuviere el Contratista con el Comitente o con terceros cuando, por causa de la misma, pudieren accionar contra él o dar lugar a medidas de cualquier tipo que afecte la libre disponibilidad de las obras contratadas. La circunstancia de que el Oferente adjudicatario no cumpla lo dispuesto en las cláusulas presentes en cuanto a plazo, montos y formas, constituirá causa suficiente para la anulación de la adjudicación y la pérdida de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, en cuyo caso el Comitente podrá adjudicar el Contrato al oferente cuya oferta evaluada sea la más baja después de la anulada, o llamar a una nueva licitación. Si el “PRESTADOR” deberá entregar contrato no se firmare o no se prestare la correspondiente aprobación por causas imputables al Comitente, el adjudicatario no quedara libre de sus obligaciones, salvo que intimare la firma del contrato y aquel no se expidiera en el término xx xxxx (10) días hábiles.- Producida la situación prevista en el último párrafo del artículo precedente, el adjudicatario tendrá derecho a la devolución de las garantías. No podrá reclamar ningún perjuicio producido en el lapso que hubiere dejado transcurrir sin formalizar la misma.- La Garantía de Cumplimiento del Contrato será cancelada por el Comitente y devuelta al Contratista a más tardar dentro de los diez treinta (30) días naturales posteriores siguientes a la formalización del mismo una fianza por el 10% del monto total (sin IVA), expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el cumplimiento todas y cada una fecha de las obligaciones derivadas del Contrato por la vigencia del mismo y su total ejecución. (En caso de contrataciones que abarquen más de un ejercicio se anexará el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse por el total recepción definitiva de la vigencia del servicio o por lo correspondiente a cada uno obra, incluidas las garantías de los ejercicios durante su vigencia, en este último caso, deberá presentarse dentro de los primeros diez días naturales de cada ejercicio. Cuando el “IMP” solicite ampliación al Contrato tenencia y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”, éste o está deberá entregar la ampliación de la garantía por el 10% del monto incrementado al Contrato (sin IVA) o en su caso por la vigencia ampliada, dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo. (Incorporar este párrafo en caso que se otorguen anticipos) Tratándose de anticipos, la o el “PRESTADOR”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% del monto que éste reciba como anticipo. La garantía de cumplimiento, en su caso, se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada. En el supuesto de cumplimiento parcial de las obligaciones, la o el “PRESTADOR” renuncia expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones por parte de la o del “PRESTADOR”, ésta o éste se obliga a seguir garantizando por el plazo de un año para responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido la o el “PRESTADOR”. La o el “PRESTADOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:técnicas si correspondiere.

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Samples: venado.gob.ar

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La o En términos de lo estipulado en el “PRESTADOR” artículo 56 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, y 53 de su Reglamento el proveedor que resulte adjudicado deberá entregar dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo una fianza por el 10% del monto total (sin IVA), expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el cumplimiento todas y cada una de las obligaciones a su cargo derivadas del Contrato por la vigencia del mismo y su total ejecución. (En caso de contrataciones que abarquen más de un ejercicio se anexará el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse por el total de la vigencia del servicio contratación, mediante la presentación de una póliza de fianza, billete de depósito o por lo correspondiente a cada uno de los ejercicios durante su vigencia, en este último caso, deberá presentarse dentro de los primeros diez días naturales de cada ejercicio. Cuando el “IMP” solicite ampliación cheque certificado equivalente al Contrato y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”, éste o está deberá entregar la ampliación de la garantía por el 10% (diez por ciento) del monto incrementado total adjudicado, considerando el impuesto al Contrato valor agregado (sin IVA) o en su caso por la vigencia ampliada), a más tardar dentro de los diez días naturales posteriores siguientes a la formalización firma del mismocontrato expedida a favor de la Secretaría de Finanzas del Estado de Oaxaca, cumpliendo lo estipulado en el artículo 126 del Reglamento del Presupuesto. (Incorporar este párrafo en Licitación Pública Estatal número LPE- SA- SC- 0018 - 06/ 2019 Contratación del Servicio integral para la En caso que se otorguen anticipos) Tratándose de anticiposotorgarse anticipo, la o el “PRESTADOR”, proveedor adjudicado deberá entregar previamente una otorgar garantía adicional por el 100% del monto del anticipo la cual podrá presentarse a través de fianza, billete de depósito o cheque certificado, a favor de la Secretaría de Finanzas del Podre Ejecutivo del Estado, deberá presentarse a más tardar dentro de los 5 días naturalessiguientes a la firma del contrato, a favor de la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado. fianza continuará vigente en el caso de que éste reciba como anticipo. se otorgue prórroga o espera al deudor, para el cumplimiento de las obligaciones que se afianzan, aun cuando hayan sido solicitadas y autorizadas extemporáneamente o inclusive cuando la prórroga o espera sea otorgada unilateralmente por la dependencia o entidad, y se haya comunicado al contratista o La garantía de cumplimientocumplimiento del contrato deberá expedirse a favor de la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado, en su casoy presentarse a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, se hará efectiva mediante un escrito firmado por el monto total proveedor adjudicado, dirigido a ladirección de recursos materiales, la devolución de la obligación garantizadagarantía, deberá ser solicitada por el proveedor adjudicado mediante escrito anexando la documentación justificativa de su solicitud. En el supuesto de cumplimiento parcial de las obligaciones, Para cancelar la o el “PRESTADOR” renuncia expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones por parte garantía será requisito previo e indispensable la autorización expresa de la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado, a solicitud de la dependencia o del “PRESTADOR”entidad Contratante. La devolución de la garantía, ésta o éste se obliga a seguir garantizando deberá ser solicitada por el plazo proveedor adjudicado mediante escrito anexando la documentación justificativa de un año para responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido la o el “PRESTADOR”su solicitud. La o el “PRESTADOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución falta de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver presentación de la garantía de cumplimiento cuando:será causa de rescisión del Contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 126 del Reglamento de la Ley Estatal dePresupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

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Samples: www.administracion.oaxaca.gob.mx

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La o el “PRESTADOR” deberá entregar dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo una fianza por el 10% del monto total (sin IVA)El licitante que resulte adjudicado, expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el cumplimiento todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato por la vigencia del mismo contenidas en el pedido y su total ejecución. (En caso contrato que se derive de contrataciones que abarquen más de un ejercicio se anexará el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse por el total de la vigencia del servicio o por lo correspondiente a cada uno de los ejercicios durante su vigencia, en este último casoesta licitación pública, deberá presentarse dentro otorgar previo a la firma del mismo, cheque certificado y para abono en cuenta del beneficiario a favor del Poder Judicial del Estado de los primeros diez días naturales Michoacán o mediante fianza que conste en póliza expedida por institución autorizada a favor del Poder Judicial del Estado de cada ejercicio. Cuando el “IMP” solicite ampliación al Contrato y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”Michoacán, éste o está deberá entregar la ampliación de la garantía por el 10% del monto incrementado total del contrato, sin considerar el impuesto al Contrato (sin IVA) o en su caso por la vigencia ampliada, dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismovalor agregado. (Incorporar este párrafo en caso que se otorguen anticipos) Tratándose de anticipos, la o el “PRESTADOR”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% del monto que éste reciba como anticipo. La garantía de cumplimiento, en En su caso, cuando el proveedor resulte adjudicado con 2 o más partidas, podrá comprenderse en un sólo cheque certificado o fianza como garantía de las mismas, siempre y cuando específicamente se hará efectiva por enuncie el concepto de cada una de ellas y el monto total respectivo. El cheque certificado y para abono en cuenta o fianza se presentará de conformidad con el anexo Nº 11 de las presentes bases, deberá hacer referencia al número de procedimiento. La garantía, llegado el caso, permanecerá vigente durante la obligación garantizadasubstanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte la resolución definitiva por la autoridad competente. El cheque certificado y para abono en cuenta del beneficiario o mediante fianza que conste en póliza expedida por institución autorizada a favor del Poder Judicial del Estado de Michoacán, garantizará el estricto cumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato y su vigencia subsistirá hasta doce meses después de que el contrato esté totalmente concluido. En el supuesto momento dado que se ampliara el plazo para el cumplimiento del contrato, continuará vigente en concordancia con dicha prórroga. La mencionada garantía quedará sin efecto, en el momento que el prestador del servicio demuestre plenamente haber cumplido con la totalidad de cumplimiento parcial sus obligaciones adquiridas en el contrato, una vez concluidos los doce meses a que se refiere el párrafo que antecede, será la Comisión de las obligaciones, Administración a través de su Secretaría la o el “PRESTADOR” renuncia que dará autorización por escrito para que se cancele dicha garantía. Además la institución que la otorgue deberá someterse expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento a lo estipulado en las obligaciones por parte los artículos 95 y 118 de la o del “PRESTADOR”, ésta o éste Ley Federal de Instituciones de Fianzas. No se obliga a seguir garantizando por el plazo de un año para responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido la o el “PRESTADOR”. La o el “PRESTADOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:otorgarán anticipos.

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Samples: Contrato De Compra Venta

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La o El PROVEEDOR, a fin de garantizar el “PRESTADOR” debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá entregar presentar a PEMEX, a más tardar dentro de los diez días naturales posteriores siguientes a la formalización firma del mismo una contrato, o el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato consistente en: Póliza de fianza que deberá constituirse por el monto que resulte mayor entre: a) el 10% del monto máximo a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el 10% del monto promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del Contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio subsecuente por el 10% del monto total (sin IVA)que resulte conforme a lo antes señalado, expedida otorgada por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el cumplimiento todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato por institución afianzadora legalmente constituida en la vigencia del mismo y su total ejecución. (En caso de contrataciones que abarquen más de un ejercicio se anexará el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse por el total República Mexicana, en términos de la vigencia del servicio Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. El o por lo correspondiente a cada uno de los ejercicios durante su vigencia, en este último caso, deberá presentarse documentos sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un periodo de cada ejerciciocobertura de un año, salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante. Cuando El PROVEEDOR manifiesta expresamente: Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el “IMP” solicite ampliación supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX . Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al Contrato y contrato, hasta que sea aceptada dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por la o el “PRESTADOR”, éste o está deberá entregar la ampliación parte de la garantía autoridad o tribunal competente. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el 10% del monto incrementado al Contrato (sin IVA) o en su caso por la vigencia ampliada, dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo. (Incorporar este párrafo en caso que se otorguen anticipos) Tratándose de anticipos, la o el “PRESTADOR”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% del monto que éste reciba como anticipo. La garantía de cumplimientogarantizado más, en su caso, se hará efectiva la indemnización por el monto total xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación garantizadase encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. La rescisión del contrato y su notificación. Copia del finiquito Cuantificación del importe reclamado. La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de Enlace Regional de Apoyo Administrativo Tampico, ubicado en la calle Xxxxxxxx Xxxx Xxxxx No. 505, Oriente, Edificio Xxxxxx, Xxxx Centro, C. P. 89000, Tampico Xxxxxx en el horario de: 9:00 a 14:00 hrs. y de 16:00 a 17:30 hrs., en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo “04”, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos. De no cumplir con dicha entrega en el plazo establecido así como en los términos y condiciones que se señalan en esta cláusula, PEMEX podrá iniciar el procedimiento de rescisión del contrato, tomándose en cuenta dicho procedimiento para efectos del artículo 50 fracción III de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de cumplimiento parcial de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las obligacionesautoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la o el “PRESTADOR” renuncia expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones por parte de la o del “PRESTADOR”, ésta o éste se obliga a seguir garantizando por el plazo entrega de un año para responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido la o el “PRESTADOR”. La o el “PRESTADOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:documento apócrifo.

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Samples: Contrato Abierto De Adquisición De Bienes Muebles Sujeto a Ajuste De Precios

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La o garantía de cumplimiento del CONTRATO, se solicitará al PRESTADOR DE SERVICIOS, dicha garantía será mediante fianza expedida a favor de la Administración Portuaria Integral de Dos Bocas, S.A. de C.V., expedida por una institución afianzadora autorizada por la S.H.C.P., por un monto del 10% del monto total del CONTRATO, sin incluir el “PRESTADOR” I.V.A; esta garantía deberá entregar estar cerrada a pesos sin centavos y deberá ser entregada a más tardar dentro de los diez días naturales posteriores siguientes a la formalización firma del mismo una CONTRATO. La póliza de garantía deberá prever, como mínimo, las siguientes declaraciones: Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el CONTRATO; inclusive las penas convencionales; Que en caso de que la API sea emplazada a juicio laboral por uno o más trabajadores que hubieran laborado para el PRESTADOR DE SERVICIOS durante la prestación de los SERVICIOS, o con motivo en las relaciones laborales mencionadas se diera el nacimiento de un crédito fiscal, por el 10% que se llamara a juicio a la API o bien que por cualquier motivo, cualquier tercero demandara como demandado principal, solidario o en cualquier otra forma, por actos que deriven de la prestación del monto servicio, la fianza garantiza el pago total (sin IVA), expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el cumplimiento todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato prestaciones que en su momento fuera condenada a pagar la API, quien de manera adicional y sin perjuicio de lo anterior, queda facultada por la vigencia del mismo afianzadora y su total ejecución. (En por el PRESTADOR DE SERVICIOS, que es el fiado, en caso de contrataciones demanda que abarquen más implique pago de un ejercicio pesos o responsabilidad patrimonial, a negociar con el o los actores, el pago de las responsabilidades que se anexará reclamen a efecto de que se libere a la API del juicio de referencia, ya sea judicial o administrativo. Para tal caso, la API harán del conocimiento de la afianzadora tal evento y esta reembolsará a la API el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse importe negociado y en caso de negativa, la API procederá en la forma y vía a que se refiere el inciso e). Para otorgarse el finiquito, previamente el PRESTADOR DE SERVICIOS liquidará todos los pasivos contingentes del orden laboral, derivados de los trabajadores empleados por el total mismo en la prestación de los SERVICIOS objeto del CONTRATO, así como derivados de reclamaciones de estos ante las autoridades de trabajo y sus efectos fiscales, y cuando la no existencia de pasivos se extienda por manifestación bajo protesta de decir verdad por parte del PRESTADOR DE SERVICIOS, se considerará que hay ocultación de pasivos y se entenderá que esto es de mala fe; Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la vigencia API; Que la fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente; y Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del servicio o por lo correspondiente a cada uno de los ejercicios durante su vigencia, en este último caso, deberá presentarse dentro de los primeros diez días naturales de cada ejercicio. Cuando el “IMP” solicite ampliación al Contrato y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”, éste o está deberá entregar la ampliación pago extemporáneo del importe de la garantía por el 10% del monto incrementado al Contrato (sin IVA) o en su caso por la vigencia ampliada, dentro póliza de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo. (Incorporar este párrafo en caso que se otorguen anticipos) Tratándose de anticipos, la o el “PRESTADOR”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% del monto que éste reciba como anticipo. La garantía de cumplimiento, en su caso, se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada. En el supuesto de cumplimiento parcial de las obligaciones, la o el “PRESTADOR” renuncia expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones por parte de la o del “PRESTADOR”, ésta o éste se obliga a seguir garantizando por el plazo de un año para responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido la o el “PRESTADOR”. La o el “PRESTADOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:fianza requerida.

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Samples: Contrato De Descuento Automático Cadenas Productivas Firmado Por El Representante Legal Con Poderes De Dominio

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La o Con fundamento a lo establecido en los artículos 48 fracción II y 49 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 103 de su Reglamento, así como a lo estipulado por la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y su Reglamento; la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación y oficio N° 401-T-2930 DE FECHA 00 XX XXXXXXXXXX XX 0000, emitido por la Tesorería de la Federación, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” garantizará el “PRESTADOR” deberá entregar dentro cumplimiento del presente Contrato con una fianza, equivalente al 10% (diez por ciento) del monto establecido en la Cláusula Segunda, a favor de los diez la Tesorería de la Federación, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, debiendo ser entregada la garantía referida, en un plazo no mayor de 10 (diez) días naturales posteriores a la formalización firma del presente documento legal, en la cual deberán de indicarse los siguientes requisitos: Expedirse a favor de la Tesorería de la Federación. La indicación del importe total garantizado con número y letra. La referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el Contrato. La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma así como la especificación de las obligaciones garantizadas. El señalamiento de la denominación o nombre del prestador del servicio o fiado. La condición de que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previsto en el contrato y actos administrativos garantizados. La indicación de que la fianza se hará efectiva conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro de los intereses que en su caso se generen en los términos previstos en el artículo 95 Bis del propio ordenamiento. La liberación de la fianza no procederá sino en virtud de manifestación previa de manera expresa y por oficio de “LA SECRETARÍA”. En relación a los puntos anteriores se deberá insertar los siguientes párrafos en las pólizas de fianza: “Esta garantía estará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia.” “La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 95 Bis del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.” “Para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de “LA SECRETARÍA”. “La afianzadora acepta expresamente a tener garantizado el contrato a que esta póliza se refiere, aun en el caso de que se otorgue prorroga o espera al deudor principal o fiado por parte del acreedor para el cumplimiento total de las obligaciones que se garantizan, por lo que la afianzadora renuncia expresamente al derecho que le otorga el artículo 119 de la ley federal de instituciones de fianzas” “La fianza continuará vigente aun cuando se otorguen prórrogas o esperas al prestador del servicio para el cumplimiento de las obligaciones que se afianzan.” “Así mismo esta fianza cubre la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido el prestador del servicio, en los términos señalados en la convocatoria a la invitación, la propuesta del prestador del servicio, el presente contrato y el Código Civil Federal.” En el supuesto de que “LAS PARTES” convengan la modificación del Contrato vigente, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” deberá contratar la modificación a la póliza de fianza, presentando endoso a la misma o bien una nueva fianza por el 10% (diez por ciento) del monto total (sin IVA), expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el cumplimiento todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato por la vigencia del mismo y su total ejecución. (En caso de contrataciones que abarquen más de un ejercicio se anexará el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse por el total importe de la vigencia del servicio o por lo correspondiente a cada uno de los ejercicios durante su vigencia, en este último caso, deberá presentarse dentro de los primeros diez días naturales de cada ejercicio. Cuando el “IMP” solicite ampliación al Contrato y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”, éste o está deberá entregar la ampliación de la garantía por el 10% del monto incrementado al Contrato (sin IVA) o en su caso por la vigencia ampliadamodificación convenida, dentro de los diez 5 (cinco) días naturales posteriores a la formalización del mismo. (Incorporar este párrafo en caso que se otorguen anticipos) Tratándose de anticipos, la o el “PRESTADOR”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% del monto que éste reciba como anticipo. La garantía de cumplimiento, en su caso, se hará efectiva por el monto total siguientes al de la obligación garantizada. En firma del convenio que modifique el supuesto de cumplimiento parcial de las obligaciones, la o el “PRESTADOR” renuncia expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones por parte de la o del “PRESTADOR”, ésta o éste se obliga a seguir garantizando por el plazo de un año para responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido la o el “PRESTADOR”. La o el “PRESTADOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:Contrato principal.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Presencial

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La o el “PRESTADOR” deberá entregar Previamente a la Firma del Contrato y dentro de los diez cinco días naturales posteriores siguientes a la formalización fecha de notificación del mismo una fianza fallo, la empresa a quien se le adjudique la realización de los trabajos deberá presentar por escrito signado por el representante legal de la empresa o la persona física que suscribirá el Contrato, una póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada a favor de LA JUNTA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE NAVOLATO y a satisfacción de “LA JAPAN”, por valor del 10% ( diez por ciento) del monto importe total (sin IVA)del mismo, expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el cumplimiento todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato por la vigencia del mismo y su total ejecución. (En caso de contrataciones que abarquen más de un ejercicio se anexará el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse por el total de la vigencia del servicio o por lo correspondiente a cada uno forma siguiente: Al término de todos los ejercicios durante trabajos, no obstante su vigenciarecepción formal, en este último caso, deberá presentarse dentro de los primeros diez días naturales de cada ejercicio. Cuando el “IMP” solicite ampliación al Contrato y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”, éste o está deberá entregar la ampliación de la garantía por el 10% del monto incrementado al Contrato (sin IVA) o en su caso por la vigencia ampliada, dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo. (Incorporar este párrafo en caso que se otorguen anticipos) Tratándose de anticipos, la o el “PRESTADOR”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% del monto que éste reciba como anticipo. La garantía de cumplimiento, en su caso, se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada. En el supuesto de cumplimiento parcial de las obligaciones, la o el “PRESTADOR” renuncia expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones por parte de la o del “PRESTADOR”, ésta o éste contratista se obliga a seguir garantizando por el plazo de un año para responder de los defectos que resultarenresultaren en la misma, de los vicios ocultos o y de cualquier otra responsabilidad en que hubiera hubiere incurrido en los términos señalados en el contrato respectivo y en el Código Civil Federal. Para garantizar por un plazo de doce meses el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, previamente a la o recepción de los trabajos, el “PRESTADOR”. La o el “PRESTADOR” efectuará contratista, a su propio costo cualquier reparación elección; podrá constituir por escrito signado por el representante legal de la empresa o sustitución la persona física que suscribirá el Contrato, fianza por el equivalente al diez por ciento del monto total ejercido (suma de material estimaciones de obra y de ajuste de precios del contrato y del convenio o trabajo que hubiere suministrado convenios si los hubiere) de la obra. En el caso de detectarse algún defecto o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver vicio oculto de los trabajos, durante el período antes citado, la garantía por la que hayan optado deberá permanecer vigente por un plazo de cumplimiento cuando:doce meses, a partir de la reparación de los defectos, en su caso, “LA JAPAN” deberá informar a la Afianzadora el estado de las obras o trabajos realizados.

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Samples: Contrato De Obra Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La o El “Licitante” que resulte adjudicado con el “PRESTADORContratodeberá entregar dentro otorgará a favor de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo “Convocante”, una fianza para garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones a cargo del primero, derivadas del “Contrato”, incluyendo lo que se refiere al debido cumplimiento para la prestación del servicio objeto de esta “Licitación”, pago de lo indebido, originados por incumplimiento del “Contrato”. La póliza será por el equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total (del “Contrato”, sin incluir el “IVA), expedida la cual deberá ser otorgada por una Institución Mexicana de Fianzas debidamente autorizada para garantizar el cumplimiento todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato por la vigencia del mismo y su total ejecución. (En caso de contrataciones que abarquen más de un ejercicio se anexará el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse por el total de la vigencia del servicio o por lo correspondiente a cada uno de los ejercicios durante su vigencia, en este último caso, deberá presentarse dentro de los primeros diez un plazo de 10 (diez) días naturales de cada ejercicio. Cuando el “IMP” solicite ampliación al Contrato y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”, éste o está deberá entregar la ampliación de la garantía por el 10% del monto incrementado al Contrato (sin IVA) o en su caso por la vigencia ampliada, dentro de los diez días naturales posteriores siguientes a la formalización firma del mismo. (Incorporar este párrafo en caso que se otorguen anticipos) Tratándose de anticipos, la o el PRESTADOR”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% del monto que éste reciba como anticipoContrato” correspondiente. La garantía de cumplimientocumplimiento se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada. En caso de que el servicio no pueda ser utilizado por la “Convocante” por ser deficiente, en su caso, la garantía siempre se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada. En el caso que se actualice el supuesto de cumplimiento parcial de las obligaciones, la o a que hace referencia el “PRESTADOR” renuncia expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones por parte segundo párrafo del artículo 48 de la o “LAASSP” y el primer párrafo del artículo 86 del “PRESTADORReglamento” de la “LAASSP”, ésta o éste se obliga a seguir garantizando por el plazo monto de un año para responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido la o el “PRESTADOR”. La o el “PRESTADOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuandoprevisto en el “Procedimiento de Contratación” y el porcentaje de reducción al mismo, así como la previsión de que las penas convencionales que se llegaren a aplicar se calcularán en términos de lo señalado en el segundo párrafo del artículo 86 del “Reglamento” en cita. Al respecto, y a lo previsto en el último párrafo del artículo 48 de la “LAASSP”, el cual señala: En atención a lo previsto en el artículo 49 de la “LAASSP” la garantía antes citada se otorgará a favor de la La obligación garantizada será indivisible y en caso de presentarse algún incumplimiento se hará efectiva la misma. La garantía otorgada deberá ajustarse cuando se modifique el monto, plazo o vigencia del presente instrumento, de conformidad con el convenio modificatorio correspondiente. Una vez cumplidas las obligaciones del “Licitante” que resulte adjudicado con el “Contrato” a satisfacción de la “Convocante”, el servidor público facultado, en ese caso únicamente será el Titular de la Dirección de Administración y Finanzas, procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales para que se dé inicio a los trámites para la cancelación de la garantía correspondiente; previa verificación con el área requirente o usuaria de que las obligaciones contraídas han sido debidamente devengadas y a satisfacción de la “Convocante”. La carta de liberación de fianza que al efecto emita la “Convocante”, será dirigida a la afianzadora que haya expedido la fianza (garantía) correspondiente, marcando copia al “Licitante” que haya resultado adjudicado con el “Contrato”. De conformidad con el artículo 103 del “Reglamento” de la “LAASSP”, la fianza que otorgue el “Licitante” que resulte adjudicado con el “Contrato”, deberá observar lo siguiente:

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Samples: www.fidena.gob.mx

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La o En cumplimiento con el “PRESTADOR” artículo 48, último párrafo de la LEY, el LICITANTE que resulte ganador deberá entregar la garantía de cumplimiento del contrato, a más tardar dentro de los diez (10) días naturales posteriores siguientes a la formalización firma del mismo CONTRATO, mediante fianza emitida por una fianza afianzadora mexicana debidamente autorizada por el 10un monto equivalente al 20% (Veinte por ciento) del monto total máximo del CONTRATO (sin incluir el IVA), expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar a favor de la Administración del Sistema Portuario Nacional Guaymas, S.A. de C.V. Con dicha fianza el PROVEEDOR garantizará el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas que se pacten en el contrato. El LICITANTE ganador deberán presentar fianza de cumplimiento de contrato como estipula el primer párrafo del Contrato por numeral 8.1 tomando en cuenta el monto máximo total de su propuesta económica de acuerdo al artículo 49 de la vigencia Ley. Debido a que con la notificación del mismo y su total ejecución. (En caso de contrataciones que abarquen más de un ejercicio se anexará el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse fallo por el total de la vigencia del servicio o por lo correspondiente a cada uno de los ejercicios durante su vigencia, en este último caso, deberá presentarse dentro de los primeros diez días naturales de cada ejercicio. Cuando el “IMP” solicite ampliación al Contrato y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”, éste o está deberá entregar la ampliación de la garantía por el 10% del monto incrementado al Contrato (sin IVA) o en su caso por la vigencia ampliada, dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo. (Incorporar este párrafo en caso que se otorguen anticipos) Tratándose adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de anticiposéste serán exigibles, la o el “PRESTADOR”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% del monto que éste reciba como anticipo. La garantía de cumplimiento, en su caso, se hará efectiva por el monto total sin perjuicio de la obligación garantizada. En el supuesto de cumplimiento parcial de las obligacionespartes de firmarlo en la fecha y términos señalados en el fallo, la o se apercibe al LICITANTE adjudicado de que el “PRESTADOR” renuncia expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones por parte la entrega a la ASIPONA de la o del “PRESTADOR”, ésta o éste se obliga a seguir garantizando por el plazo de un año para responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido la o el “PRESTADOR”. La o el “PRESTADOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:en los términos establecidos en el presente numeral, será motivo de Rescisión Administrativa del Contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 54 de la Ley, en cuyo caso la ASIPONA remitirá a la Secretaría de la Función Pública la documentación de los hechos mencionados, para que en su caso sean actualizados los supuestos establecidos en los artículos 59 y 60 de la Ley. La fianza otorgada a la ASIPONA, deberá estar vigente por todo el periodo de duración del CONTRATO formalizado y tendrá como objeto el de respaldar el cumplimiento del mismo y cualquier otra responsabilidad que resultase a cargo del PROVEEDOR. En caso de que antes de la recepción satisfactoria de los BIENES POR ARRENDAR, se determinen responsabilidades derivadas del contrato, la fianza continuará vigente hasta que el PROVEEDOR corrija los defectos y satisfaga dichas responsabilidades. Dentro del monto de la fianza que PROVEEDOR otorgue a la ASIPONA, no se considerará el IVA. La póliza en que sea expedida la fianza deberá contener lo señalado en ANEXO 17 el cual el LICITANTE deberá de firmarla como aceptación de la misma.

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GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La o el 1. Entregar una garantía por la cantidad equivalente al 10% (diez por ciento) del importe máximo del CONTRATO antes del Impuesto al Valor Agregado, en pesos mexicanos e idioma español, mediante póliza de fianza expedida a favor Xxxxxxx, S.A. de C.V., por una institución autorizada por autoridades mexicanas. Conforme a los artículos 48 fracción II, 49 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 103 de su Reglamento, PRESTADOREL PROVEEDORdeberá entregar dentro de los diez días naturales posteriores se obliga a la formalización del mismo constituir una fianza garantía indivisible por el 10% del monto total (sin IVA), expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato contrato, mediante fianza expedida por compañía autorizada para ello, a favor de “DICONSA”, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato) (antes de I.V.A.), “EL PROVEEDOR” queda obligado a entregar a "DICONSA" la vigencia fianza en cuestión, en un plazo no mayor a 10 (diez) días naturales a partir de la fecha de suscripción del mismo contrato. “EL PROVEEDOR” queda obligado a mantener vigente la fianza mencionada en tanto permanezca en vigor el contrato; en caso de que se otorgue prórroga para el cumplimiento del contrato y su total ejecucióndurante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme por autoridad competente, en la inteligencia de que dicha fianza sólo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de "DICONSA", previa petición del Administrador del Contrato. (En caso de contrataciones que abarquen más "DICONSA" decida prorrogar el plazo para la prestación de un ejercicio los servicios del contrato, “EL PROVEEDOR” se anexará el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse obliga a garantizarlos mediante una fianza en los mismos términos señalados y por el total período prorrogado. Una vez cumplidas todas y cada una de la vigencia del servicio o por lo correspondiente a cada uno de los ejercicios durante su vigencia, en este último caso, deberá presentarse dentro de los primeros diez días naturales de cada ejercicio. Cuando el “IMP” solicite ampliación al Contrato y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”, éste o está deberá entregar la ampliación de la garantía por el 10% del monto incrementado al Contrato (sin IVA) o en su caso por la vigencia ampliada, dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo. (Incorporar este párrafo en caso las obligaciones que se otorguen anticipos) Tratándose de anticipos, la o el “PRESTADOR”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% deriven del monto que éste reciba como anticipo. La garantía de cumplimiento, en su caso, se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada. En el supuesto de cumplimiento parcial de las obligaciones, la o el “PRESTADOR” renuncia expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones contrato por parte de “EL PROVEEDOR” a entera satisfacción de "DICONSA", la o persona designada por "DICONSA" quien es la encargada de la administración y verificación del mismo, procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales, para que PRESTADOR”, ésta o éste se obliga EL PROVEEDOR” dé inicio a seguir garantizando por el plazo los trámites para la cancelación de un año para responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido la o el “PRESTADOR”. La o el “PRESTADOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:a que se refiere el presente numeral, de conformidad con lo establecido en el artículo 81, Fracción VIII del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

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GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Conforme a lo señalado en el artículo 48 de “La o el Ley”, PRESTADOREL LICITANTEque resulte adjudicatario del contrato deberá entregar dentro en la Subgerencia de los diez Administración y Finanza del Programa xx Xxxxxx Social Chiapas, antes de cualquier pago derivado del contrato de que se trata, en un término no mayor de 10 (diez) días naturales posteriores a la formalización del mismo firma de éste, una fianza expedida por institución autorizada para ello, a favor de LICONSA, S.A. de C.V., que garantice el total cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato, por un importe equivalente a 10% (diez por ciento) del monto total del mismo antes Impuesto al Valor Agregado (sin IVA). En apego a lo establecido por el artículo 103 fracción I del Reglamento de “La Ley”, expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el cumplimiento se observará lo siguiente: contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y Las modificaciones a las fianzas deberán formalizarse con la participación que corresponda a la afianzadora, en términos de las disposiciones aplicables. En tanto “EL LICITANTE” que resulto adjudicatario del contrato no entregue la fianza a que se refiere este numeral, deberá cumplir con todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato por contrato adjudicado, la vigencia del mismo y su total ejecución. (En caso de contrataciones fianza se mantendrá vigente hasta que abarquen más de un ejercicio se anexará el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse por el total sea resuelto cualquier recurso legal o juicio tramitado en contra de la vigencia del servicio o suerte principal, lo anterior no impide su exigibilidad, por lo correspondiente a cada uno de los ejercicios durante su vigenciaque la fianza otorgada para garantizar las obligaciones asumidas por “EL LICITANTE” que resulto adjudicatario del contrato. La fianza será exigible, aun cuando exista algún medio impugnativo en este último caso, deberá presentarse dentro de los primeros diez días naturales de cada ejercicio. Cuando el “IMP” solicite ampliación al Contrato y sea aceptada por que se reclame la o el “PRESTADOR”, éste o está deberá entregar la ampliación invalidez de la garantía por el 10% del monto incrementado al Contrato (sin IVA) o rescisión que en su caso se haya decretado por la vigencia ampliada, dentro incumplimiento de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo. (Incorporar este párrafo en caso que se otorguen anticipos) Tratándose de anticipos, la o el PRESTADOREL LICITANTE”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% del monto que éste reciba como anticipo. La garantía sin embargo este no estará en posibilidades de cumplimiento, en su caso, se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada. En el supuesto de cumplimiento parcial de las obligaciones, la o el “PRESTADOR” renuncia expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones por parte de la o del “PRESTADOR”, ésta o éste se obliga a seguir garantizando por el plazo de un año para responder de exigir los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido la o el “PRESTADOR”. La o el “PRESTADOR” efectuará derechos a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:favor.

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Samples: Contrato Abierto De Prestación De Servicios De Recolección Y Transporte De Leche Fresca Fría

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La o Con fundamento en los artículos 48 y 49 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para garantizar el “PRESTADOR” debido cumplimiento del contrato que se adjudique, el licitante que resulte ganador, deberá entregar dentro de los diez presentar en un plazo no mayor a 10 días naturales posteriores a la formalización firma del mismo mismo, una fianza por el 10% del monto total (sin IVA), expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar institución legalmente establecida en la misma moneda de la oferta, en la que se deberá precisar que se garantiza el debido cumplimiento todas y cada una de las obligaciones derivadas contraídas en el contrato, como son el tiempo de entrega, calidad y operación de los servicios durante el periodo de garantía de los mismos; dicha fianza se establecerá, a favor de la Tesorería de la Federación (de acuerdo al formato que proporcionará la convocante al licitante ganador), por el 15% sobre el monto total del Contrato por sin incluir el impuesto al valor agregado (I.V.A.) Para la vigencia del mismo y su total ejecución. (En caso de contrataciones que abarquen más de un ejercicio se anexará el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse por el total cancelación de la vigencia del servicio o por lo correspondiente a cada uno fianza de los ejercicios durante su vigencia, en este último caso, deberá presentarse dentro de los primeros diez días naturales de cada ejercicio. Cuando el “IMP” solicite ampliación al Contrato y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”, éste o está deberá entregar la ampliación de la garantía por el 10% del monto incrementado al Contrato (sin IVA) o en su caso por la vigencia ampliada, dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo. (Incorporar este párrafo en caso que se otorguen anticipos) Tratándose de anticipos, la o el “PRESTADOR”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% del monto que éste reciba como anticipo. La garantía de cumplimiento, en su caso, se hará efectiva por el monto total los prestadores deberán solicitarlo mediante escrito dirigido a la Subgerencia de Recursos Materiales y sólo procederá una vez que hayan concluido la obligación garantizada. En el supuesto de cumplimiento parcial totalidad de las obligacionesobligaciones contraídas, la o el “PRESTADOR” renuncia expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones por parte de la o del “PRESTADOR”, ésta o éste se obliga a seguir garantizando por entre ellas el plazo de un año para responder garantía de calidad de los defectos servicios, para lo cual la convocante dirigirá el oficio respectivo a la afianzadora o al prestador del servicio del servicio, según sea el caso, para su liberación. Los requisitos que resultarendeberán cumplir los interesados en participar en el presente procedimiento de licitación pública, son los siguientes: Deberán presentar sus propuestas por los servicios requeridos por partida completa, no se considerarán las propuestas que oferten la partida incompleta, ya que la adjudicación de los vicios ocultos o mismos es por partida completa. De conformidad con lo dispuesto por el párrafo segundo del artículo 36 Bis de cualquier otra responsabilidad en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, los licitantes que hubiera incurrido la o deseen que su propuesta reciba el “PRESTADORBeneficio de preferencia. La o , por ser micro, pequeñas y medianas empresas, deberán presentar en papel membretado de la empresa el formato indicado como PRESTADORAnexo 9efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado debidamente requisitado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:firmado por el representante legal.

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Samples: Prueba De Hi Pot a Cable De Potencia De Transformador De Potencia. Prueba

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La o el “PRESTADOR” deberá entregar dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo una fianza por el 10% del monto total (sin IVA), expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el cumplimiento todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato por la vigencia del mismo y su total ejecución. (En caso de contrataciones que abarquen más de un ejercicio se anexará el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse por el total de la vigencia del servicio o por lo correspondiente a cada uno de los ejercicios durante su vigencia, en este último caso, deberá presentarse dentro de los primeros diez días naturales de cada ejercicio. Cuando el “IMP” solicite ampliación al Contrato y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”, éste o está deberá entregar la ampliación de la garantía por el 10% del monto incrementado al Contrato (sin IVA) o en su caso por la vigencia ampliada, dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo. (Incorporar este párrafo en caso que se otorguen anticipos) Tratándose de anticipos, la o el “PRESTADOR”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% del monto que éste reciba como anticipo. La garantía de cumplimiento, en su caso, se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada. En el supuesto de cumplimiento parcial de las obligaciones, la o el “PRESTADOR” renuncia expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones por parte de la o del “PRESTADOR”, ésta o éste se obliga a seguir garantizando por el plazo de un año para responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido la o el “PRESTADOR”. La o el “PRESTADOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:: a. La o el “PRESTADOR” lo solicite por escrito y la o el responsable de la administración del Contrato manifieste por escrito el cumplimiento de las obligaciones contractuales y; b. Se haya vencido la vigencia de la garantía y la o el responsable de la administración del Contrato manifieste por escrito el cumplimiento de las obligaciones contractuales. La o el “PRESTADOR” manifiesta expresamente: 1.- Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el “IMP”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del Contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del “IMP”. 2.- Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del Contrato permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los respectivos recursos que se interpongan con relación al Contrato, hasta que sea dictada la resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. 3.- Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por xxxx que derive del artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud del procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de la ejecución, ya sea en el recurso administrativo, o en el juicio contencioso ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. 4.- Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, incluyendo sus prorrogas, para lo cual se obliga a otorgar a favor del “IMP” los endosos correspondientes y hasta por un plazo de doce meses contados a partir de la fecha de recepción de los servicios contratados para responder a los defectos que resultaren de los mismos, de los vicios ocultos, y de cualquier responsabilidad en que hubiera incurrido el fiado, en los términos señalados en el Contrato respectivo y en el Código Civil Federal, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el “IMP”. 5.- Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de Contrato, quedara debidamente integrada con la siguiente documentación: a).- Reclamación por escrito de la Institución de Fianzas. b).- Copia de la póliza de fianza y sus documentos modificatorios, en su caso. c).- Copia del Contrato garantizado, y en su caso sus convenios modificatorios. d).- Copia del documento de notificación al fiado por incumplimiento. e).- La rescisión del Contrato y su notificación. f).- Copia del finiquito. g).- Cuantificación del importe reclamado. DÉCIMA SEGUNDA.-

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La o el “PRESTADOR” Se deberá entregar dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo una fianza constituir por el 10% (diez por ciento) del monto importe total del presente Contrato, incluyendo en dicho importe los montos relativos a los ajustes de costos y convenios que se celebren; póliza que “EL CONTRATISTA” se obliga a presentar dentro de los 15 (sin IVA)quince) días naturales siguientes a la fecha de notificación de la adjudicación del presente Contrato, expedida por una Institución Mexicana autorizada de lo contario, “LOS SERVICIOS” podrá determinar la rescisión administrativa del presente Contrato; garantía que estará vigente hasta que “EL CONTRATISTA” dé cumplimiento total a los compromisos y obligaciones que adquiera con la suscripción de este instrumento. SERVICIOS DE XXXXX XX XXXXXXX SUBDIRECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA La póliza deberá contener la leyenda: “Esta fianza se constituye a favor de la Secretaría de Finanzas Públicas del Gobierno del Estado xx Xxxxxxx y ante Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx, y se expide de conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para garantizar el Estado xx Xxxxxxx, su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables; la institución afianzadora la otorga atendiendo todas las estipulaciones establecidas en el Contrato y los Convenios que deriven del mismo y estará vigente hasta que “LOS SERVICIOS” verifique fehacientemente el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato por de “EL CONTRATISTA” y realice la vigencia del mismo entrega recepción de los trabajos y en su total ejecucióncaso durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se cause ejecutoria la resolución definitiva que dicte la autoridad competente. (En caso de contrataciones que abarquen más sea prorrogado el plazo establecido para la terminación de un ejercicio los trabajos a que se anexará el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse por el total de refiera la fianza, exista espera o bien se hubiese celebrado algún convenio modificatorio, la vigencia del servicio quedará automáticamente prorrogada en concordancia con dicha prorroga o por lo correspondiente a cada uno de los ejercicios durante su vigenciaespera, debiendo en este último casotodo caso el fiado, deberá presentarse dentro de los primeros diez días naturales de cada ejercicio. Cuando presentar el “IMP” solicite ampliación al Contrato y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”, éste o está deberá entregar la ampliación de la garantía por el 10% del monto incrementado al Contrato (sin IVA) o en su caso por la vigencia ampliada, dentro de los diez días naturales posteriores endoso a la formalización fianza en términos del mismo. (Incorporar este párrafo convenio modificatorio, prorroga o espera acordados; continuando vigente la fianza en el caso en que se otorguen anticipos) Tratándose prorrogas o esperas al deudor para el cumplimiento de anticiposlas obligaciones que se afianzan, aun cuando haya sido solicitadas o autorizadas extemporáneamente o inclusive cuando dicha prorroga o espera sea otorgada unilateralmente por “LOS SERVICIOS” y se haya comunicado por escrito al deudor; la o el fianza estará vigente y no podrá ser cancelada hasta que se realice la firma previa del acta administrativa que da por extinguidos los derechos y obligaciones de PRESTADORLAS PARTES”, deberá entregar previamente una garantía adicional en donde se establece que no existe adeudo de ninguna de ellas y por el 100% del monto que éste reciba como anticipo. La garantía de cumplimiento, en su casolo tanto, se hará efectiva dan por terminadas las obligaciones que generó el monto total contrato, sin derecho a ulterior reclamación; la ejecución de la obligación garantizada. En el supuesto de cumplimiento parcial de las obligaciones, la o el “PRESTADOR” renuncia fianza se someterá expresamente al derecho procedimiento previsto en la Ley de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones por parte Instituciones de la o del “PRESTADOR”, ésta o éste se obliga a seguir garantizando por el plazo Seguros y de un año para responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido la o el “PRESTADOR”. La o el “PRESTADOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:Fianzas.

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Samples: Contrato De Construcción De Obra Pública a Base De Precios Unitarios Y Tiempo

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La o el “PRESTADOR” El licitante ganador deberá entregar dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo una fianza por el 10% del monto total (sin IVA), expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato contrato, se obliga a entregar a EL COLEGIO fianza expedida por institución legalmente autorizada, en un plazo que no excederá de 10 días naturales a partir de la fecha de suscripción del contrato, dicha fianza deberá de ser por un monto equivalente al 10% (diez por ciento) sin incluir el IVA, del monto máximo del valor del contrato. La fianza señalada en el párrafo anterior deberá indicarse al menos lo siguiente: Expedirse a favor de El Colegio de San Xxxx, A.C. La indicación del importe total garantizado con número y letra. La referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contempladas en el contrato celebrado. La información correspondiente al número de contrato celebrado, su fecha de firma, así como la especificación de las obligaciones garantizadas. El señalamiento de la denominación o nombre del contratista, proveedor, prestador del servicio, concesionario, autorizado, permisionario o fiador. La condición de que la vigencia del mismo y su total ejecución. (En caso de contrataciones que abarquen más de un ejercicio se anexará el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse por el total de la vigencia del servicio fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o por lo correspondiente a cada uno de los ejercicios durante estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en este último caso, deberá presentarse dentro de los primeros diez días naturales de cada ejercicioel contrato administrativo garantizado. Cuando el “IMP” solicite ampliación al Contrato y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”, éste o está deberá entregar la ampliación La liberación de la garantía fianza no procederá sino en virtud de manifestación previa de manera expresa y por el 10% oficio del monto incrementado al Contrato (sin IVA) o en su caso por área con la vigencia ampliada, dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo. (Incorporar este párrafo en caso que se otorguen anticipos) Tratándose de anticipos, la o formalizo el “PRESTADOR”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% del monto que éste reciba como anticipocontrato. La garantía fianza estará vigente durante la sustanciación de cumplimientotodos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, en de forma tal que su caso, se hará efectiva por el monto total vigencia no podrá acotarse debido al plazo de la obligación garantizada. En el supuesto de cumplimiento parcial ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, la o el “PRESTADOR” renuncia expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones por parte de la o del “PRESTADOR”, ésta o éste se obliga a seguir garantizando por el plazo de un año para responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido circunstancia. Y que, para liberar la o el “PRESTADOR”. La o el “PRESTADOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:EL COLEGIO.

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Samples: www.colsan.edu.mx

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La o garantía de cumplimiento del CONTRATO, se solicitará al PRESTADOR DE SERVICIOS, dicha garantía será mediante fianza expedida a favor de la Administración Portuaria Integral de Dos Bocas, S.A. de C.V., expedida por una institución afianzadora autorizada por la S.H.C.P., por un monto del ___% del monto máximo del CONTRATO, sin incluir el “PRESTADOR” I.V.A; esta garantía deberá entregar estar cerrada a pesos sin centavos y deberá ser entregada a más tardar dentro de los diez días naturales posteriores siguientes a la formalización firma del mismo una CONTRATO. La póliza de garantía deberá prever, como mínimo, las siguientes declaraciones: Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el CONTRATO; inclusive las penas convencionales; Que en caso de que la API sea emplazada a juicio laboral por uno o más trabajadores que hubieran laborado para el PRESTADOR DE SERVICIOS durante la prestación de los SERVICIOS, o con motivo en las relaciones laborales mencionadas se diera el nacimiento de un crédito fiscal, por el 10% que se llamara a juicio a la API o bien que por cualquier motivo, cualquier tercero demandara como demandado principal, solidario o en cualquier otra forma, por actos que deriven de la prestación del monto servicio, la fianza garantiza el pago total (sin IVA), expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el cumplimiento todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato prestaciones que en su momento fuera condenada a pagar la API, quien de manera adicional y sin perjuicio de lo anterior, queda facultada por la vigencia del mismo afianzadora y su total ejecución. (En por el PRESTADOR DE SERVICIOS, que es el fiado, en caso de contrataciones demanda que abarquen más implique pago de un ejercicio pesos o responsabilidad patrimonial, a negociar con el o los actores, el pago de las responsabilidades que se anexará reclamen a efecto de que se libere a la API del juicio de referencia, ya sea judicial o administrativo. Para tal caso, la API harán del conocimiento de la afianzadora tal evento y esta reembolsará a la API el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse importe negociado y en caso de negativa, la API procederá en la forma y vía a que se refiere el inciso e). Para otorgarse el finiquito, previamente el PRESTADOR DE SERVICIOS liquidará todos los pasivos contingentes del orden laboral, derivados de los trabajadores empleados por el total mismo en la prestación de los SERVICIOS objeto del CONTRATO, así como derivados de reclamaciones de estos ante las autoridades de trabajo y sus efectos fiscales, y cuando la no existencia de pasivos se extienda por manifestación bajo protesta de decir verdad por parte del PRESTADOR DE SERVICIOS, se considerará que hay ocultación de pasivos y se entenderá que esto es de mala fe; Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la vigencia API; Que la fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente; y Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del servicio o por lo correspondiente a cada uno de los ejercicios durante su vigencia, en este último caso, deberá presentarse dentro de los primeros diez días naturales de cada ejercicio. Cuando el “IMP” solicite ampliación al Contrato y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”, éste o está deberá entregar la ampliación pago extemporáneo del importe de la garantía por el 10% del monto incrementado al Contrato (sin IVA) o en su caso por la vigencia ampliada, dentro póliza de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo. (Incorporar este párrafo en caso que se otorguen anticipos) Tratándose de anticipos, la o el “PRESTADOR”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% del monto que éste reciba como anticipo. La garantía de cumplimiento, en su caso, se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada. En el supuesto de cumplimiento parcial de las obligaciones, la o el “PRESTADOR” renuncia expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones por parte de la o del “PRESTADOR”, ésta o éste se obliga a seguir garantizando por el plazo de un año para responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido la o el “PRESTADOR”. La o el “PRESTADOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:fianza requerida.

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Samples: Contrato De Servicio Integral De Limpieza Y Mantenimiento Menor Al Edificio Administrativo

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La o el “PRESTADOR” deberá entregar dentro El PROVEEDOR, a fin de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo una fianza por el 10% del monto total (sin IVA), expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el debido cumplimiento todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato por la vigencia del mismo y su total ejecución. (En caso de contrataciones que abarquen más de un ejercicio se anexará el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse por el total de la vigencia del servicio o por lo correspondiente a cada uno de los ejercicios durante su vigencia, en este último casocontrato, deberá presentarse dentro de los primeros diez días naturales de cada ejercicio. Cuando el “IMP” solicite ampliación al Contrato y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”, éste o está deberá entregar la ampliación de la garantía por el 10% del monto incrementado al Contrato (sin IVA) o en su caso por la vigencia ampliadapresentar a PEMEX, dentro de los diez días naturales posteriores siguientes a la formalización firma del mismo. (Incorporar contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo en caso párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se otorguen anticipos) Tratándose de anticipos, la o el “PRESTADOR”, deberá entregar previamente una garantía adicional constituirá por el 10010% del monto máximo del Contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX. El PROVEEDOR manifiesta expresamente: Su voluntad en caso de que éste reciba existan créditos a su favor contra PEMEX, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como anticipocualquier otro saldo a favor de PEMEX. La garantía Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de cumplimientotodos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, se hará efectiva la indemnización por el monto total xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación garantizadase encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. La rescisión del contrato y su notificación. Copia del finiquito Cuantificación del importe reclamado. La garantía a que se refiere esta cláusula deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Adquisiciones del Hospital Regional Minatitlán, ubicado en Avenida “B” entre calles 12 y 18, S/N, Col. Petrolera, C.P. 96850, Minatitlán, Ver., en el horario de 08:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas, en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo “G” de éste contrato, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos. De no cumplir con dicha entrega en el plazo establecido así como en los términos y condiciones que se señalan en esta cláusula, PEMEX podrá iniciar el procedimiento de rescisión del contrato, tomándose en cuenta dicho procedimiento para efectos del artículo 50 fracción III de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de cumplimiento parcial de que PEMEX detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las obligacionesautoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la o el “PRESTADOR” renuncia expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones por parte de la o del “PRESTADOR”, ésta o éste se obliga a seguir garantizando por el plazo entrega de un año para responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido la o el “PRESTADOR”. La o el “PRESTADOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:documento apócrifo.

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Samples: Contrato Abierto De Prestación De Servicios a Precio Fijo

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La o garantía de cumplimiento del CONTRATO, se solicitará al PROVEEDOR, dicha garantía será mediante fianza expedida a favor de la Administración Portuaria Integral de Dos Bocas, S.A. de C.V., expedida por una institución afianzadora autorizada por la S.H.C.P., por un monto del 10% del monto máximo del CONTRATO, sin incluir el “PRESTADOR” I.V.A; esta garantía deberá entregar estar cerrada a pesos sin centavos y deberá ser entregada a más tardar dentro de los diez días naturales posteriores siguientes a la formalización firma del mismo una CONTRATO. La póliza de garantía deberá prever, como mínimo, las siguientes declaraciones: Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el CONTRATO; inclusive las penas convencionales; Que en caso de que la API sea emplazada a juicio laboral por uno o más trabajadores que hubieran laborado para el PROVEEDOR durante la prestación de los SERVICIOS, o con motivo en las relaciones laborales mencionadas se diera el nacimiento de un crédito fiscal, por el 10% que se llamara a juicio a la API o bien que por cualquier motivo, cualquier tercero demandara como demandado principal, solidario o en cualquier otra forma, por actos que deriven de la prestación del monto servicio, la fianza garantiza el pago total (sin IVA), expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el cumplimiento todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato prestaciones que en su momento fuera condenada a pagar la API, quien de manera adicional y sin perjuicio de lo anterior, queda facultada por la vigencia del mismo afianzadora y su total ejecución. (En por el PROVEEDOR, que es el fiado, en caso de contrataciones demanda que abarquen más implique pago de un ejercicio pesos o responsabilidad patrimonial, a negociar con el o los actores, el pago de las responsabilidades que se anexará reclamen a efecto de que se libere a la API del juicio de referencia, ya sea judicial o administrativo. Para tal caso, la API harán del conocimiento de la afianzadora tal evento y esta reembolsará a la API el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse importe negociado y en caso de negativa, la API procederá en la forma y vía a que se refiere el inciso e). Para otorgarse el finiquito, previamente el PROVEEDOR liquidará todos los pasivos contingentes del orden laboral, derivados de los trabajadores empleados por el total mismo en la prestación de los SERVICIOS objeto del CONTRATO, así como derivados de reclamaciones de estos ante las autoridades de trabajo y sus efectos fiscales, y cuando la no existencia de pasivos se extienda por manifestación bajo protesta de decir verdad por parte del PROVEEDOR, se considerará que hay ocultación de pasivos y se entenderá que esto es de mala fe; Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la vigencia API; Que la fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente; y Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del servicio o por lo correspondiente a cada uno de los ejercicios durante su vigencia, en este último caso, deberá presentarse dentro de los primeros diez días naturales de cada ejercicio. Cuando el “IMP” solicite ampliación al Contrato y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”, éste o está deberá entregar la ampliación pago extemporáneo del importe de la garantía por el 10% del monto incrementado al Contrato (sin IVA) o en su caso por la vigencia ampliada, dentro póliza de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo. (Incorporar este párrafo en caso que se otorguen anticipos) Tratándose de anticipos, la o el “PRESTADOR”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% del monto que éste reciba como anticipo. La garantía de cumplimiento, en su caso, se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada. En el supuesto de cumplimiento parcial de las obligaciones, la o el “PRESTADOR” renuncia expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones por parte de la o del “PRESTADOR”, ésta o éste se obliga a seguir garantizando por el plazo de un año para responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido la o el “PRESTADOR”. La o el “PRESTADOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:fianza requerida.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La o el PRESTADOREL PROVEEDORdeberá entregar se obliga a otorgar, dentro de los diez un plazo xx xxxx días naturales posteriores contados a partir de la formalización del mismo firma de este instrumento, una fianza por el 10% del monto total (sin IVA), expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el garantía de cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo derivadas del Contrato presente Contrato, mediante fianza expedida por la vigencia del mismo y su total ejecución. (En caso de contrataciones que abarquen más de un ejercicio se anexará el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse por el total compañía autorizada en los términos de la vigencia Ley Federal de Instituciones de Fianzas, y a favor del servicio o “Instituto Mexicano del Seguro Social”, por lo correspondiente a cada uno un monto equivalente al 10% (diez por ciento) sobre el importe que se indica en la Cláusula Segunda del presente contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado (en tratándose de los ejercicios durante su vigencia, en este último casocontratos abiertos, deberá presentarse dentro de los primeros diez días naturales de cada ejercicio. Cuando señalarse que el “IMP” solicite ampliación al Contrato y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”, éste o está deberá entregar la ampliación porcentaje de la garantía será sobre el monto máximo del contrato). “EL PROVEEDOR” queda obligado a entregar a “EL INSTITUTO” la póliza de fianza, apegándose al formato que se integra al presente instrumento jurídico como Anexo __ (____), en ___________ ubicada en ___________. Dicha póliza de garantía de cumplimiento del contrato será devuelta a “EL PROVEEDOR” una vez que “EL INSTITUTO” le otorgue autorización por el 10% escrito, para que éste pueda solicitar a la afianzadora correspondiente la cancelación de la fianza, autorización que se entregará a “EL PROVEEDOR”, siempre que demuestre haber cumplido con la totalidad de las obligaciones adquiridas por virtud del monto incrementado al Contrato (sin IVA) o en su caso por la vigencia ampliadapresente contrato. “GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.- “EL PROVEEDOR” se obliga a otorgar, dentro de los diez un plazo xx xxxx días naturales posteriores contados a la formalización del mismo. (Incorporar este párrafo en caso que se otorguen anticipos) Tratándose de anticipos, la o el “PRESTADOR”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% del monto que éste reciba como anticipo. La garantía de cumplimiento, en su caso, se hará efectiva por el monto total partir de la obligación garantizada. En el supuesto firma de cumplimiento parcial de las obligacioneseste instrumento, la o el “PRESTADOR” renuncia expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones por parte de la o del “PRESTADOR”, ésta o éste se obliga a seguir garantizando por el plazo de un año para responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido la o el “PRESTADOR”. La o el “PRESTADOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la una garantía de cumplimiento cuandode todas y cada una de las obligaciones a su cargo derivadas del presente Contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10 % (diez por ciento), del monto total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “EL INSTITUTO”, para lo cual, se deberá seguir el procedimiento siguiente:

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Samples: web.compranet.gob.mx:8000

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La o el Conforme a los artículos 48, fracción II, 49, fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 103 de su Reglamento, PRESTADOREL PROVEEDORdeberá entregar dentro de los diez días naturales posteriores se obliga a la formalización del mismo constituir una fianza GARANTÍA INDIVISIBLE por partida, por el 10% del monto total (sin IVA), expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato contrato, mediante fianza expedida por compañía autorizada para ello, a favor de la vigencia Tesorería de la Federación, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del mismo monto total del contrato (antes de I.V.A.), “EL PROVEEDOR” queda obligado a entregar a la Dependencia Contratante la fianza en cuestión, en un plazo no mayor a 10 (diez) días naturales a partir de la fecha de suscripción del contrato. “EL PROVEEDOR” queda obligado a mantener vigente la fianza mencionada en tanto permanezca en vigor el contrato; en caso de que se otorgue prórroga para el cumplimiento del contrato y su total ejecucióndurante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme por autoridad competente, en la inteligencia de que dicha fianza sólo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de la Secretaría, previa petición del Administrador del Contrato. (En caso de contrataciones que abarquen más la Secretaría decida prorrogar el plazo para la prestación de un ejercicio los servicios del contrato, “EL PROVEEDOR” se anexará el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse obliga a garantizarlos mediante una fianza en los mismos términos señalados y por el total período prorrogado. Una vez cumplidas todas y cada una de las obligaciones que se deriven del contrato por parte de “EL PROVEEDOR” a entera satisfacción de la vigencia Secretaría, ésta procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales, para que “EL PROVEEDOR” dé inicio a los trámites para la cancelación de la garantía de cumplimiento a que se refiere el presente numeral, de conformidad con lo establecido en el artículo 81, fracción VIII, del servicio Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. De conformidad con el Artículo Tercero de las “DISPOSICIONES de carácter general por las que se aprueban los modelos de pólizas de fianzas constituidas como garantía en las contrataciones públicas realizadas al amparo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas” que establece que “Las dependencias y entidades deberán incluir el o por lo correspondiente a cada uno los Modelos de los ejercicios durante su vigenciaPólizas de Fianzas que correspondan, en este los contratos o pedidos que celebren; así como, en las bases y modelos de contratos o pedidos de las convocatorias a las licitaciones públicas, invitaciones a cuando menos tres personas y solicitudes de cotización para el caso de adjudicaciones directas, ya sean procedimientos presenciales, electrónicos o mixtos.”, se anexa a la presente el Modelo de Póliza de Fianza. Conforme al artículo 48, último casopárrafo de la Ley, la garantía de cumplimiento, deberá presentarse dentro de los primeros diez días naturales de cada ejercicio. Cuando para su calificación y aceptación mediante escrito elaborado en hoja membretada y firmada por el “IMP” solicite ampliación al Contrato y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”, éste o está deberá entregar la ampliación representante legal de la garantía por el 10% del monto incrementado al Contrato (sin IVA) o en su caso por la vigencia ampliadaempresa adjudicada a más tardar, dentro de los diez 10 días naturales posteriores siguientes a la formalización firma del mismo. (Incorporar este párrafo en caso que se otorguen anticipos) Tratándose de anticipos, la o el “PRESTADOR”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% del monto que éste reciba como anticipo. La garantía de cumplimientocontrato, en su casola Delegación de Programas para el Desarrollo en el Estado de Jalisco, se hará efectiva por el monto total situada en Sala de Juntas de la obligación garantizada. En el supuesto de cumplimiento parcial de las obligaciones, la o el “PRESTADOR” renuncia expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones por parte Delegación de la o del “PRESTADOR”Delegación de Programas para el Desarrollo en el Estado de Jalisco, ésta o éste se obliga a seguir garantizando por ubicada en Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxx, número 2466, Colonia Obrera Centro, Código Postal 44140, Guadalajara, Jalisco, siendo requisito indispensable su entrega para efectuar el plazo de un año para responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad pago establecido en que hubiera incurrido la o el “PRESTADOR”. La o el “PRESTADOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:contrato.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional