GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Cláusulas de Ejemplo

GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA. 21.1 El Oferente deberá presentar como parte de su oferta una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si así se estipula en los DDL. 21.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá expedirse por la cantidad especificada en los DDL y en la moneda del país del Comprador o en una moneda de libre convertibilidad, y deberá: (a) a opción del Oferente, adoptar la forma de una carta de crédito, o una garantía bancaria emitida por una institución bancaria, o una fianza emitida por una aseguradora; (b) ser emitida por una institución de prestigio seleccionada por el Oferente y ubicada en un país elegible. Si la institución que emite la garantía está localizada fuera del país del Comprador, deberá tener una sucursal financiera en el país del Comprador que permita hacer efectiva la garantía; (c) estar sustancialmente de acuerdo con alguno de los formularios de la Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección IV, Formularios de la Oferta, u otro formulario aprobado por el Comprador con anterioridad a la presentación de la oferta; (d) ser pagadera a la vista ante solicitud escrita del Comprador en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 21.5 de las IAO. (e) ser presentada en original; no se aceptarán copias; (f) permanecer válida por un período de 28 días posteriores a la fecha límite de la validez de las ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 20.2 de las IAO; 21.3 Si la Subcláusula 21.1 de las IAO exige una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, todas las ofertas que no estén acompañadas por una Garantía que sustancialmente responda a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Comprador por incumplimiento. 21.4 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta de los Oferentes cuyas ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas tan prontamente como sea posible después que el Oferente adjudicado suministre su Garantía de Cumplimiento, de conformidad con la Cláusula 44 de las IAO. 21.5 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se podrá ejecutar si: (a) un Oferente retira su oferta durante el período de validez de la oferta especificado por el Oferente en el Formulario de Oferta, salvo a lo estipulado en la Subcláusula 20.2 de las IAO; o (b) si el Oferente seleccionado: (i) no firma el contrato de confo...
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA. 21.1 El Oferente deberá presentar como parte de su oferta una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si así se estipula en los DDL.
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA. Es el documento emitido a favor xxx XXXXXX, por medio del cual se garantiza el mantenimiento de las condiciones y de los precios de las ofertas, desde la fecha de apertura de éstas hasta su vencimiento, de conformidad a lo establecido en las bases de licitación o concurso.
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA. El oferente deberá garantizar su oferta constituyendo una garantía de Mantenimiento de Oferta por el monto establecido en las C.A.L.P., en cualquiera de las modalidades previstas en el artículo B.2.II.5 de las Condiciones Generales del presente Pliego. Esta Garantía deberá estar vigente durante el plazo de validez de oferta, incluidas las prórrogas de ésta que se acuerden. La Garantía de Mantenimiento de Oferta garantizará a la C.T.M., que en caso que el Oferente resulte adjudicatario, suministrará una Garantía de Cumplimiento de Contrato en las modalidades establecidas en el Artículo B.2.II.5 y B.2.V.3, y que formalizará dicho Contrato. El oferente que retire su oferta durante el plazo de vigencia de la misma o el adjudicatario que no suscriba el Contrato o que no constituya en plazo la Garantía de Cumplimiento de Contrato, perderá la Garantía de Mantenimiento de Oferta.
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA. Los oferentes deberán integrar la Garantía de Mantenimiento de Oferta por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total de su oferta. En caso de cotizarse con alternativa, el monto de la garantía deberá calcularse sobre el mayor valor propuesto. La misma deberá ser presentada conjuntamente dentro del sobre con la oferta para que la misma resulte válida, y constituirse en alguna de las formas previstas en el artículo 15 del presente pliego.
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA. 15. 1. A los efectos de la admisibilidad de las Propuestas, los Proponentes deberán individualizar la garantía de mantenimiento de oferta, la que deberá ser constituida por un monto equivalente al UNO POR CIENTO (1%) del Presupuesto Oficial de cada una de las Obras que cotiza, según lo establece el Artículo 21 del PCG. El documento original de dicha garantía deberá ser presentado hasta DOS (2) horas después de la fecha y hora indicadas para el acto de apertura de las Propuestas en la convocatoria, en la oficina de la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, sita en Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx N° 250, piso 11, oficina 1.141 de CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. Asimismo dicho documento deberá ser presentado en un sobre cerrado, no debiendo contener en su exterior ningún tipo de identificación y/o indicio que sugiriera directa o indirectamente el monto presupuestado, bajo apercibimiento de tenerlo por no presentado y ordenarse la devolución a su presentante sin más trámite. En el sobre sólo deberá figurar: ● Nº de licitación PLIEG-2017-07544358-APN-SSIE#MEM ● Obra debidamente detallada ● Fecha y hora de apertura.
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA. Las fianzas o garantías de mantenimiento de la oferta no serán por montos tan elevados, 8 ni su vigencia tan prolongada, que desalienten la participación de licitadores responsables. Al adjudicatario se le devolverá su garantía cuando esté perfeccionado el contrato y aceptado su fianza o garantía de ejecución de obras. A quienes quedaron en segundo y tercer lugar se les devolverá dentro de un plazo no mayor de tres meses, contado desde la adjudicación o al perfeccionarse el contrato si ello ocurriere antes de dicho plazo. A los demás proponentes, la garantía se les devolverá dentro de los cinco días siguientes a la adjudicación.
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA. La Gerencia de Suministros determinará la garantía de mantenimiento de oferta que se fijará en un porcentaje del valor total de la oferta o un monto fijo, sin el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), debiendo constituirse en la forma indicada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, debiendo tener validez por igual plazo al de la validez de la oferta. Siempre que la oferta sea prorrogada, ya sea en forma expresa o tácita, se entenderá que la garantía de mantenimiento que la acompaña ha sido también ampliada en su validez, debiendo acompañar el oferente, las constancias de dicha prórroga cuando corresponda.
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA. De corresponder, los oferentes deberán presentar e individualizar la garantía de mantenimiento de oferta en el formulario electrónico de PBAC. El original de instrumento deberá ser presentado ante el Departamento Gestión de Adquisiciones y Contrataciones, sito en xxxxx 00 x/ 0 x 0, 0x xxxx, xxxxxxxx “X”, xxxxxxx 000, xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx, dentro del plazo de veinticuatro (24) horas computado a partir del acto de apertura, en sobre cerrado que indique los datos de la contratación. La fecha de emisión del instrumento de garantía no podrá exceder del día y hora de apertura de ofertas. El monto de la garantía de mantenimiento de oferta deberá ser equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta, de conformidad con lo prescripto en el artículo 19 de la Ley N° 13.981, artículo 19 apartado 1 a) del Anexo I del Decreto Reglamentario N° 1.300/16 y artículo 19 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, con la excepción prevista en su apartado 3°. La falta de presentación de la garantía producirá la desestimación de la oferta sin más trámite. La garantía de mantenimiento de oferta se deberá constituir en las formas y condiciones detalladas en el artículo 19 del Anexo I del Decreto Nº 1.300/16.