Common use of GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Clause in Contracts

GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA. De corresponder, los oferentes deberán presentar e individualizar la garantía de mantenimiento de oferta en el formulario electrónico de PBAC. El original de instrumento deberá ser presentado ante el Departamento Gestión de Adquisiciones y Contrataciones, sito en xxxxx 00 x/ 0 x 0, 0x xxxx, xxxxxxxx “X”, xxxxxxx 000, xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx, dentro del plazo de veinticuatro (24) horas computado a partir del acto de apertura, en sobre cerrado que indique los datos de la contratación. La fecha de emisión del instrumento de garantía no podrá exceder del día y hora de apertura de ofertas. El monto de la garantía de mantenimiento de oferta deberá ser equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta, de conformidad con lo prescripto en el artículo 19 de la Ley N° 13.981, artículo 19 apartado 1 a) del Anexo I del Decreto Reglamentario N° 1.300/16 y artículo 19 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, con la excepción prevista en su apartado 3°. La falta de presentación de la garantía producirá la desestimación de la oferta sin más trámite. La garantía de mantenimiento de oferta se deberá constituir en las formas y condiciones detalladas en el artículo 19 del Anexo I del Decreto Nº 1.300/16.

Appears in 5 contracts

Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares Para El Servicio De Alquiler De Un Equipo Ups, Pliego De Bases Y Condiciones Particulares Para El Servicio De Consultoria Y Coaching, Pliego De Bases Y Condiciones Particulares Para El Servicio De Alquiler De Trailers

GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA. De corresponder, los Los oferentes deberán presentar e individualizar la garantía de mantenimiento de oferta en el formulario electrónico de PBAC. El original de instrumento deberá ser presentado ante el Departamento Gestión de Adquisiciones y Contrataciones, sito en xxxxx 00 x/ 0 x 0, 0x xxxx, xxxxxxxx “X”, xxxxxxx 000, xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx, dentro del plazo de veinticuatro (24) horas computado a partir del acto de apertura, en sobre cerrado que indique los datos de la contratación. La fecha de emisión del instrumento de garantía no podrá exceder del día y hora de apertura de ofertas. El monto de la garantía de mantenimiento de oferta deberá ser equivalente al cinco por ciento CINCO POR CIENTO (5%) del valor monto total de la su oferta, de conformidad con lo prescripto en el artículo 19 de la Ley N° 13.981, artículo 19 apartado 1 art. 17.1 inc. a) del Anexo I del Decreto Reglamentario N° 1.300/16 y artículo 19 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales. La constitución de esta Garantía de Oferta podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el art.17.2 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, con art. 93 y concordantes de la excepción prevista Ley N° 2.095 (Texto consolidado Ley N° 6.347) y Decreto N° 74/GCBA/21 y será devuelta de conformidad a lo establecido en su el art. 17.3 apartado i) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales. Al momento de elaborar sus propuestas, los oferentes deben identificar e individualizar la Garantía de mantenimiento de la oferta conforme el art. 76 del Decreto N° 74/GCBA/21 reglamentario de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado Ley N° 6.347). La falta de no presentación de la garantía producirá la desestimación Garantía de Oferta dará lugar al descarte de la oferta misma sin más trámite. La garantía de mantenimiento de oferta se deberá constituir Aquellas empresas que hayan enviado pólizas emitidas electrónicamente, no deberán presentar las mismas en soporte papel, dejándose establecido que las formas pólizas cargadas PLIEG-2021-16966343-GCABA-DGABS deberán estar completas y condiciones detalladas en el artículo 19 del Anexo I del Decreto Nº 1.300/16ajustadas a la normativa respectiva.

Appears in 1 contract

Samples: documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar