Common use of FIANZA PROVISIONAL Clause in Contracts

FIANZA PROVISIONAL. Las empresas que quieran tomar parte en la presente licitación habrán de depositar mediante transferencia a ALJARAFESA, al número de cuenta XX0000000000000000000000 de la entidad Caja Rural del Sur o aval bancario, en concepto de Fianza Provisional, la cantidad de TRESCIENTOS EUROS (300,00 €), conforme al modelo que figura en el Anexo II de este Pliego. Cuando el licitador presente su proposición bajo la forma de unión temporal de empresas (UTE), la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en su conjunto se alcance la cuantía indicada en el párrafo precedente y garantice solidariamente a todos los integrantes de la UTE. La garantía provisional permanecerá vigente hasta la formalización del contrato correspondiente, extinguiéndose automáticamente y siendo devuelta a los licitadores no propuestos adjudicatarios en aquel momento. Al adjudicatario se le retendrá la garantía provisional hasta que proceda a la constitución de la fianza definitiva. En el caso que algún licitador retirase su proposición injustificadamente antes de la adjudicación o si el adjudicatario no constituye la garantía definitiva, o por causas imputables al mismo, como pudiera ser la no presentación o incumplimiento de los requisitos de Capacidad o Solvencia Económico‐Financiera establecidos en este Pliego, no pudiese formalizarse en plazo el contrato, se procederá a la ejecución de la garantía provisional por parte de Aljarafesa. Dicha Fianza tiene como fin garantizar el cumplimiento de las ofertas presentadas, y habrá de mantenerse hasta que resulte formalizado el contrato correspondiente. Para la empresa adjudicataria, además, responderá del cumplimiento de las obligaciones impuestas en el artículo 151.2 del TRLCSP, relativas a la presentación de la documentación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. 2.1.‐ Certificado‐Informe de, al menos, una Institución Financiera reconocida como tal por el Banco de España, en el que se acredite una positiva solvencia económica del ofertante de los últimos tres años, o desde la fecha de inicio de su actividad, en su caso, si ésta fuese posterior. 2.2.‐ Documento acreditativo de contar con un Seguro de Responsabilidad Civil Profesional en cuantía igual o superior a € 1.250.618 € por siniestro, y a 1.875.927 € por anualidad.

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares Y Prescripciones Técnicas Para La Contratación De Correduria De Seguros

FIANZA PROVISIONAL. Las empresas que quieran tomar parte Teniendo en la presente licitación habrán de depositar mediante transferencia a ALJARAFESA, al número de cuenta XX0000000000000000000000 de la entidad Caja Rural las características del Sur o aval bancario, en concepto de Fianza Provisional, la cantidad de TRESCIENTOS EUROS (300,00 €), conforme al modelo que figura en el Anexo II de este Pliego. Cuando el licitador presente su proposición bajo la forma de unión temporal de empresas (UTE), la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en su conjunto se alcance la cuantía indicada en el párrafo precedente y garantice solidariamente a todos los integrantes de la UTE. La garantía provisional permanecerá vigente hasta la formalización del contrato correspondiente, extinguiéndose automáticamente y siendo devuelta a los licitadores no propuestos adjudicatarios en aquel momento. Al adjudicatario se le retendrá la garantía provisional hasta que proceda a la constitución de la fianza definitiva. En el caso que algún licitador retirase su proposición injustificadamente antes de la adjudicación o si el adjudicatario no constituye la garantía definitiva, o por causas imputables al mismo, como pudiera ser la no presentación o incumplimiento de los requisitos de Capacidad o Solvencia Económico‐Financiera establecidos en este Pliegocontrato, no pudiese formalizarse en plazo se ve necesario el contrato, se procederá a la ejecución establecimiento de la garantía provisional por parte para garantizar que las empresas participantes mantengan la propuesta, de Aljarafesaacuerdo al artículo 106.1 del LCSP. Dicha Fianza tiene como fin garantizar el cumplimiento de las ofertas presentadas, y habrá de mantenerse hasta que resulte formalizado el contrato correspondiente. Para la empresa adjudicataria, además, responderá del cumplimiento de las obligaciones impuestas Siguiendo a lo regulado en el artículo 151.2 107.1 del TRLCSPLCSP, relativas a la presentación empresa licitadora que haya presentado la oferta más ventajosa desde el punto de vista económico deberá verificar que haya constituido la fianza del 5% de la documentación justificativa cantidad de estar al corriente la adjudicación –excluyendo el IVA y las prórrogas-, y contará para ello con diez días validos desde el momento en que reciba el requerimiento. Si la empresa licitadora no cumple debidamente el requerimiento dentro del plazo, se entenderá que retira la oferta. La fianza se podrá constituir en cualquiera de los modos indicados en el cumplimiento artículo 108 del LCSP, en efectivo, mediante aval, en valores públicos o privados, mediante seguro de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. 2.1.‐ Certificado‐Informe de, al menos, caución o mediante retención de una Institución Financiera reconocida como tal por el Banco de Españaparte del precio, en el modo y condiciones que se acredite recogen en el artículo 55 y siguientes del RGLCAP. Si la fianza se constituyese mediante aval o seguro de caución, se deberán legalizar las firmas. Una persona fedataria pública verificará y bastanteará los poderes de las personas firmantes y pondrá en la parte trasera la diligencia del mismo. Conforme al artículo 108.2 del LCSP, la empresa licitadora podrá solicitar que se constituya la fianza definitiva reteniendo una positiva solvencia económica parte del ofertante precio del contrato: se le descontará de la primera factura que se le deba abonar a la empresa contratista o de las siguientes, hasta llegar al importe completo. Así pues, la empresa licitadora se lo indicará por escrito al órgano de contratación en los últimos tres añosmencionados siete días validos. Conociendo el tipo de servicio que se debe prestar, no hay periodo de garantía. De todas formas, no se devolverá la fianza definitiva hasta la finalización de la vigencia del contrato y hasta la recepción formal del contrato. Dependiendo de ello, la fianza se podrá devolver íntegramente o desde la fecha de inicio de su actividaden una parte, en su caso, si ésta fuese posterior. 2.2.‐ Documento acreditativo de contar con un Seguro de Responsabilidad Civil Profesional en cuantía igual o superior conforme a € 1.250.618 € por siniestro, y a 1.875.927 € por anualidadlos que establece el artículo 111 del LCSP.

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Samples: www.bermeo.eus

FIANZA PROVISIONAL. Las empresas que quieran tomar parte en la presente licitación habrán de depositar mediante transferencia a ALJARAFESA, al número de cuenta XX0000000000000000000000 de la entidad Caja Rural del Sur o aval bancario, en concepto de Fianza Provisional, la cantidad de MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO EUROS CON CUARENTA Y SEIS CÉNTIMOS (300,00 1.328,46 €), conforme al modelo que figura en el Anexo II de este Pliego. Cuando el licitador presente su proposición bajo la forma de unión temporal de empresas (UTE), la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en su conjunto se alcance la cuantía indicada en el párrafo precedente y garantice solidariamente a todos los integrantes de la UTE. La garantía provisional permanecerá vigente hasta la formalización del contrato correspondiente, extinguiéndose automáticamente y siendo devuelta a los licitadores no propuestos adjudicatarios en aquel momento. Al adjudicatario se le retendrá la garantía provisional hasta que proceda a la constitución de la fianza definitiva. En el caso que algún licitador retirase su proposición injustificadamente antes de la adjudicación o si el adjudicatario no constituye la garantía definitiva, o por causas imputables al mismo, como pudiera ser la no presentación o el incumplimiento de los requisitos de Capacidad o Solvencia Económico‐Financiera establecidos en este PliegoPliego y el de Prescripciones Técnicas, no pudiese formalizarse en plazo el contrato, se procederá a la ejecución de la garantía provisional por parte de Aljarafesa, haciendo suya el importe de la misma. Dicha Fianza tiene como fin garantizar el cumplimiento de las ofertas presentadas, y habrá de mantenerse hasta que resulte formalizado el contrato correspondiente. Para la empresa adjudicataria, además, responderá del cumplimiento de las obligaciones impuestas en el artículo 151.2 del TRLCSP, relativas a la presentación de la documentación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. 2.1.‐ Certificado‐Informe de, al menos, una Institución Financiera reconocida como tal por el Banco de España, en el que se acredite una positiva solvencia económica del ofertante de los últimos tres años, o desde la fecha de inicio de su actividad, en su caso, si ésta fuese posterior. 2.2.‐ Documento acreditativo de contar con un Seguro de Responsabilidad Civil Profesional en cuantía igual o superior a € 1.250.618 € por siniestro, y a 1.875.927 € por anualidad.

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares Para La Contratación Del Servicio De Seguridad en Las Instalaciones De Aljarfesa

FIANZA PROVISIONAL. Las empresas que quieran tomar parte en la presente licitación habrán de depositar mediante transferencia a ALJARAFESA, al número de cuenta XX0000000000000000000000 de la entidad Caja Rural del Sur o aval bancario, en concepto de Fianza Provisional, la cantidad de TRESCIENTOS CUATROCIENTOS EUROS (300,00 400,00 €), conforme al modelo que figura en el Anexo II de este Pliego. Cuando el licitador presente su proposición bajo la forma de unión temporal de empresas (UTE), la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en su conjunto se alcance la cuantía indicada en el párrafo precedente y garantice solidariamente a todos los integrantes de la UTE. La garantía provisional permanecerá vigente hasta la formalización del contrato correspondiente, extinguiéndose automáticamente y siendo devuelta a los licitadores no propuestos adjudicatarios en aquel momento. Al adjudicatario se le retendrá la garantía provisional hasta que proceda a la constitución de la fianza definitiva. En el caso que algún licitador retirase su proposición injustificadamente antes de la adjudicación o si el adjudicatario no constituye la garantía definitiva, o por causas imputables al mismo, como pudiera ser la no presentación o el incumplimiento de los requisitos de Capacidad o Solvencia Económico‐Financiera establecidos en este PliegoPliego y el de Prescripciones Técnicas, no pudiese formalizarse en plazo el contrato, se procederá a la ejecución de la garantía provisional por parte de Aljarafesa, haciendo suya el importe de la misma. Dicha Fianza tiene como fin garantizar el cumplimiento de las ofertas presentadas, y habrá de mantenerse hasta que resulte formalizado el contrato correspondiente. Para la empresa adjudicataria, además, responderá del cumplimiento de las obligaciones impuestas en el artículo 151.2 del TRLCSP, relativas a la presentación de la documentación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. 2.1.‐ Certificado‐Informe de, al menos, una Institución Financiera reconocida como tal por el Banco de España, en el que se acredite una positiva solvencia económica del ofertante de los últimos tres años, o desde la fecha de inicio de su actividad, en su caso, si ésta fuese posterior. 2.2.‐ Documento acreditativo de contar con un Seguro de Responsabilidad Civil Profesional en cuantía igual o superior a € 1.250.618 € por siniestro, y a 1.875.927 € por anualidad.

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares Para La Contratación Del Servicio De Comprobación De Fugas Y Fraudes en Las Redes De Abastecimiento Que Gestiona La Empresa Mancomunada Del Aljarafe