Facultades del Banco Cláusulas de Ejemplo

Facultades del Banco. El Banco ejercitará su actividad de gestión con las más amplias facultades, pudiendo, en nombre y por cuenta del Cliente entre otras operaciones, comprar, suscribir, enajenar, prestar, acudir a las amortizaciones, ejercitar los derechos económicos, realizar los cobros pertinentes, conversiones y canje de los valores y, en general, activos financieros sobre los que recaiga la gestión y se describen en el Anexo, desarrollando las actuaciones, comunicaciones e iniciativas exigidas para ello, pudiendo, a tales efectos, suscribir cuantos documentos sean necesarios.
Facultades del Banco. En cualquier estado del trámite, previo a la adjudicación, el Banco podrá por causas fundamentadas, dejar sin efecto la licitación o concurso sin derecho a indemnización alguna y/o reintegro de gastos de ningún tipo. El Banco también podrá preadjudicar o adjudicar todos o parte de los renglones licitados o concursados, previa conformidad del oferente, salvo el caso previsto en el artículo 49.
Facultades del Banco. No disponibilidad de los Sistemas Electrónicos. El Cliente reconoce y está de acuerdo en que el Banco podrá, libremente y sin limitación alguna, realizar todas las modificaciones técnicas, físicas, mecánicas o de cualquier otra naturaleza, que sean necesarias para mejorar, actualizar o suprimir algunas de las funciones de los Sistemas Electrónicos. El Cliente reconoce expresamente que el Banco no será responsable de los daños y perjuicios que llegaren a causársele por la no disponibilidad de los Sistemas Electrónicos. El Banco no responde por las fallas en los Sistemas Electrónicos, cuando éstos sean motivados por caso fortuito o causas de fuerza mayor.
Facultades del Banco. El Banco podrá en cualquier instante y cuantas veces lo crea conveniente, a través de una persona debidamente autorizada, efectuar la inspección del bien mueble dado en prenda, así como para exigir al deudor prendario y al garante solidario prendario, que aumenten o repongan la prenda, en caso de desmejoramiento del mismo.
Facultades del Banco. EL BANCO queda facultado expresamente por EL CLIENTE respecto de las cuentas que mantenga abiertas y sin necesidad de aviso previo a:
Facultades del Banco. 6.1. El Banco ejercitará su actividad de gestión de activos con las más amplias facultades pudiendo, realizar en nombre y por cuenta del Cliente todas las operaciones relativas a valores, efectivo, accioneso acciones y/o instituciones de inversión colectiva sobre las que recaiga la gestióndelegadade activos, desarrollando la representación, actuaciones, comunicaciones, ejercicio de los derechos políticos y económicos y otras iniciativas exigidas para ello, pudiendo a tales efectos, suscribir cuantos documentos sean necesarios. Asimismo, el Cliente autoriza al Banco, por sí mismo y con sus propias firmas, a ordenar toda clase de operaciones de compra, venta, suscripción, reembolso, traspaso o canje sobreaccionesy/o participacionesde IICespañolasoextranjeras, pudiendo, asimismo, percibirdividendosy satisfacertodos los derechos y cumplir todas las obligaciones inherentes y, en general, efectuar cuantas operaciones sean necesarias para el desarrollo de la administración y gestión de la cartera que tiene encomendada.
Facultades del Banco. 10.1. El Banco queda ampliamente facultado para ins- peccionar el Automotor cuantas veces lo considere conveniente, a cuyo fin el Cliente le otorgará todas las facilidades necesarias.
Facultades del Banco. El Banco se reserva la facultad de dejar sin efecto el presente procedimiento licitatorio en cualquier momento, adjudicar o no adjudicar el objeto de la presente Licitación a uno o más oferentes, y/o declarar fracasada la Licitación, cuando la o las ofertas presentadas sean consideradas inconvenientes a sus necesidades o intereses. El ejercicio por parte del Banco de cualquiera de estas facultades no generará derecho a reclamo o resarcimiento alguno, por ningún concepto en favor de los oferentes, no teniendo los mismos tampoco derecho a la devolución del costo abonado para la adquisición xxx Xxxxxx.
Facultades del Banco. 1. En virtud del presente Contrato, el Banco podrá realizar cuantos actos de gestión y administración considere adecuados y en interés del Cliente. El Banco elegirá a su propio juicio los activos en los que invertir y el momento de la ejecución.
Facultades del Banco. El Cliente instruye y autoriza al Banco para que le cargue el importe de todas las cantidades adeudadas y no pagadas bajo este Instrumento y bajo los Contratos Relacionados, en términos del último Estado de Cuenta correspondiente, en cualesquiera y todas las cuentas de depósito de dinero a la vista a cargo del Banco de las cuales sea titular. El Banco podrá llevar a cabo ese cargo cuando exista un saldo vencido de más de 90 días y se trate de cargos que no hayan sido objetados en tiempo por el Cliente, cuya aclaración se encuentre pendiente de resolver.