DISPOSICIONES FINALES. 16.1 La renuncia por parte del Transportista o del Usuario en cuanto al incumplimiento de la otra parte en lo que respecta a cualquiera de las disposiciones contenidas en este Contrato, no tendrá los efectos de renuncia ante algún incumplimiento constante o futuro, sea este de naturaleza similar o distinta. 16.2 Nada en el contenido del presente Contrato, deberá interpretarse como generador de derechos y obligaciones entre las Partes con posterioridad al término asentado en éste. Sin embargo, el vencimiento de este Contrato no habrá de relevar a ninguna de las Partes de la obligación que tienen de corregir cualquier desbalance, ni al Usuario de la obligación de pagarle al Transportista cualquier cantidad vencida y exigible conforme a éste. 16.3 Para los efectos a que haya lugar, los Anexos de este Contrato se incorporan como parte integral del presente Contrato: Anexo A. TCPS Anexo B. Puntos de recepción y entrega. Anexo C. Tarifa Anexo D. Equipo para determinar el volumen y la calidad Gas LP Transportado EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los representantes facultados de ambas Partes suscriben este Contrato el día de del . 1. Se incluyen los TCPS en el Contrato, los cuales formarán parte integrante del presente Contrato, según se encuentren vigentes. [Se deberán integrar los TCPS vigentes a la fecha de suscripción del Contrato] 2. Los TCPS de este anexo se modificarán, siempre que la CRE apruebe cambios a los mismos. 3. Las definiciones indicadas en los TCPS serán las aplicables para el presente Contrato. Al Contrato de Servicio de Transporte por ducto de gas licuado de petróleo, en Reserva Contractual, de fecha , celebrado entre el Transportista y el Usuario se asocian los siguientes puntos de recepción, puntos de entrega y capacidad contratada: PUNTOS PRIMARIOS PUNTOS SECUNDARIOS CONDICIONES ESPECIALES RELACIONADAS A LOS PUNTOS
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Sources: Transportation Agreement, Contrato De Servicio De Transporte De Gas Lp
DISPOSICIONES FINALES. 16.1 La renuncia i) ENTREGAS: Las entregas deberán hacerse en los plazos, forma, modo, cantidades y demás condiciones determinados en esta Orden de compra, o de conformidad con los requerimientos hechos al proveedor por parte del de NOVARTIS. No se aceptan entregas parciales, salvo que haya sido pactado y establecido en la Orden. Si el proveedor falla en el cumplimiento de las entregas o en el servicio en la forma pactada, responderá y pagará a NOVARTIS los daños y perjuicios que se hubieren ocasionado, así como el pago referente a transporte, o cualquier otro gasto adicional para cumplir las necesidades de NOVARTIS.
ii) TRANSPORTISTAS: NOVARTIS podrá especificar el Transportista y/o del Usuario medio de transporte, pero será el Proveedor quien deberá procesar los documentos de embarque y establecerá la ruta para el movimiento de los bienes hasta el punto de destino. El Proveedor deberá cumplir con los requerimientos de Transportistas establecido por Quality QA, Health, Safety and Environment (HSE) y Security, Road Transport que incluyen, pero no se limitan al medio de transporte, y a la asignación de un transportista en cuanto al horarios para carga y descarga. El transportista será responsable de todos los costos adicionales que se incurran en el incumplimiento de la otra parte en lo que respecta a cualquiera las instrucciones de las disposiciones contenidas en este Contrato, no tendrá los efectos de renuncia ante algún incumplimiento constante o futuro, sea este de naturaleza similar o distintaNOVARTIS.
16.2 Nada iii) GARANTIA DE PRECIOS: El Proveedor garantiza que los precios en la Orden son completos, y que no se incurrirá en gastos adicionales de ningún tipo que no sean aprobados y sin el contenido del presente Contratoconsentimiento previo de NOVARTIS. El proveedor mantendrá el precio pactado. Este precio se mantendrá fijo y solo podrá incrementar/disminuir en función a regulaciones gubernamentales que puedan afectarlo, previa comprobación y aprobación de NOVARTIS de dichas causas (tipo de cambio, controles de precios, etc.). El proveedor deberá interpretarse como generador proporcionar las bases de derechos cálculo para reconsiderar los precios y obligaciones entre las Partes con posterioridad NOVARTIS hará los trámites pertinentes para hacer los ajustes y comprobaciones y emitirá su opinión final al término asentado proveedor en ésteun periodo de 30 días una vez sometida la solicitud. Sin embargoPasado ese lapso sin respuesta, el vencimiento se considerará rechazada la propuesta y rescindida la Orden de este Contrato no habrá de relevar a ninguna de las Partes de la obligación que tienen de corregir cualquier desbalance, ni al Usuario de la obligación de pagarle al Transportista cualquier cantidad vencida y exigible conforme a éstecompra.
16.3 Para los efectos a que haya lugar, los Anexos de este Contrato se incorporan como parte integral del presente Contrato: Anexo A. TCPS Anexo B. Puntos de recepción y entrega. Anexo C. Tarifa Anexo D. Equipo para determinar el volumen y la calidad Gas LP Transportado EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los representantes facultados de ambas Partes suscriben este Contrato el día de del .
1. Se incluyen los TCPS en el Contrato, los cuales formarán parte integrante del presente Contrato, según se encuentren vigentes. [Se deberán integrar los TCPS vigentes a la fecha de suscripción del Contrato]
2. Los TCPS de este anexo se modificarán, siempre que la CRE apruebe cambios a los mismos.
3. Las definiciones indicadas en los TCPS serán las aplicables para el presente Contrato. Al Contrato de Servicio de Transporte por ducto de gas licuado de petróleo, en Reserva Contractual, de fecha , celebrado entre el Transportista y el Usuario se asocian los siguientes puntos de recepción, puntos de entrega y capacidad contratada: PUNTOS PRIMARIOS PUNTOS SECUNDARIOS CONDICIONES ESPECIALES RELACIONADAS A LOS PUNTOS
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Sources: Purchase Order Terms and Conditions
DISPOSICIONES FINALES. 16.1 La renuncia 20.1 El Contrato de servicios de adquisición remplazará cualquier entendimiento y acuerdo previos entre las Partes en relación con los Servicios de adquisición, y constituirá el acuerdo entero sobre el asunto.
20.2 Ningún retraso o incumplimiento por parte del Transportista UNFPA de las facultades, derechos o recursos previstos en las presentes Condiciones de servicios se considerarán como una exención a los mismos. Asimismo, el ejercicio parcial o singular de cualquiera de tales facultades, derechos o recursos no impedirá que vuelva a ejercerlos en el futuro. Cualquier exención o dispensa, para ser efectiva, deberá ser realizada por escrito y estar firmada por un representante autorizado del Usuario UNFPA.
20.3 Los Servicios de adquisición ofrecidos por el UNFPA bajo el Contrato de servicios de adquisición se hace sobre una base no exclusiva.
20.4 Todo coste o gasto asociado a cualquier disposición de los Suministros correrá a cargo del Cliente, a menos que las Partes convengan lo contrario. El Cliente acepta que la disposición de los Suministros se realice de una manera sostenible.
20.5 El Pago y los Servicios de adquisición suministrados por el UNFPA de conformidad con la presente estarán sujetos exclusivamente a las disposiciones relativas a auditores internos y externos según lo contenido en cuanto al las decisiones de la Junta Ejecutiva del UNFPA y en las regulaciones, reglas y procedimientos financieras del UNFPA.
20.6 El Cliente declara y garantiza que tiene los poderes y la autoridad para celebrar el Contrato de servicios de adquisición y para realizar todas las transacciones contempladas en el mismo.
20.7 El Cliente garantiza que no ha ofrecido ni ofrecerá ningún beneficio directo o indirecto relacionado con, o resultante de, la ejecución del Contrato de servicios de adquisición o la celebración del mismo a ningún representante, funcionario, empleado u otro agente del UNFPA. El Cliente reconoce y acepta que el incumplimiento de la otra parte en lo que respecta a cualquiera esta disposición se considerará como incumplimiento de las disposiciones contenidas en este Contrato, no tendrá los efectos de renuncia ante algún incumplimiento constante o futuro, sea este de naturaleza similar o distintauna cláusula esencial del contrato.
16.2 Nada en el contenido 20.8 El Cliente no podrá, a menos que obtenga la autorización por escrito del presente ContratoUNFPA, deberá interpretarse como generador ceder, transferir, comprometer o disponer de otro modo de Contrato de servicios de adquisición o de cualquier parte de este, o de sus derechos y u obligaciones entre las Partes con posterioridad al término asentado en éste. Sin embargo, el vencimiento de este Contrato no habrá de relevar a ninguna de las Partes de la obligación que tienen de corregir cualquier desbalance, ni al Usuario de la obligación de pagarle al Transportista cualquier cantidad vencida y exigible conforme a éste.
16.3 Para los efectos a que haya lugar, los Anexos de este Contrato se incorporan como parte integral del presente Contrato: Anexo A. TCPS Anexo B. Puntos de recepción y entrega. Anexo C. Tarifa Anexo D. Equipo para determinar el volumen y la calidad Gas LP Transportado EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los representantes facultados de ambas Partes suscriben este Contrato el día de del .
1. Se incluyen los TCPS estipulados en el Contrato. Tal autorización deberá solicitarse según lo dispuesto en la cláusula 20.9.
20.9 Toda notificación y cualquier autorización o permiso por escrito que requiera el Cliente del UNFPA o a través de esta entidad conforme a lo estipulado en las presentes Condiciones de Servicio podrá, según sea aplicable, enviarse o solicitarse al Director de la Subdivisión de Servicios de Adquisiciones del UNFPA, sito en ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇, ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, o a través del email ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇.▇▇▇.
20.10 El Cliente entiende y está de acuerdo con que el UNFPA podrá recopilar, usar, procesar, transferir y publicar información del Cliente y sus datos relativos, o en conexión con el suministro de los Servicios de Adquisición (en adelante, la "Información») a fin de suministrar Servicios de adquisición de acuerdo con el mandato del UNFPA y de mejorar la disponibilidad mundial de los suministros de salud reproductiva (en adelante, los cuales formarán parte integrante del presente Contrato"Propósitos Específicos"). El UNFPA no recopilará, según usará, procesará, transferirá ni publicará la Información de tal manera que se encuentren vigentes. [Se deberán integrar pueda identificar personalmente la naturaleza de una persona, salvo lo necesario para la consecución de los TCPS vigentes a la fecha de suscripción del Contrato]
2. Los TCPS de este anexo se modificarán, siempre que la CRE apruebe cambios a los mismosPropósitos Específicos.
3. Las definiciones indicadas en los TCPS serán las aplicables para el presente Contrato. Al Contrato de Servicio de Transporte por ducto de gas licuado de petróleo, en Reserva Contractual, de fecha , celebrado entre el Transportista y el Usuario se asocian los siguientes puntos de recepción, puntos de entrega y capacidad contratada: PUNTOS PRIMARIOS PUNTOS SECUNDARIOS CONDICIONES ESPECIALES RELACIONADAS A LOS PUNTOS
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Sources: Condiciones De Servicios Del Unfpa
DISPOSICIONES FINALES. 16.1 La renuncia Estas Condiciones CCP, así como todos los Formularios de Contrato se regirán por parte el derecho sustantivo de Suiza. Se excluye expresamente la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (del Transportista o del Usuario 11 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 1980). Ambas partes se comprometen, en cuanto al incumplimiento caso de surgir controversias entre ellas respecto de estas Condiciones CCP y los Formularios de Contrato, a esforzarse de buena fe a llegar a un acuerdo amistoso. Si resultara imposible llegar a un acuerdo a pesar de los esfuerzos de las partes, las partes acuerdan que los tribunales competentes serán los de la otra parte en lo que respecta ciudad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, Suiza, donde se encuentra la sede de Leica Geosystems AG. Leica Geosystems también tendrá el derecho a cualquiera iniciar acciones legales contra el Cliente frente a los tribunales del domicilio o centro de las disposiciones contenidas en este Contrato, no tendrá los efectos de renuncia ante algún incumplimiento constante o futuro, sea este de naturaleza similar o distintanegocios del Cliente.
16.2 Nada en Estas Condiciones CCP, así como todos los Formularios de Contrato firmados, constituyen el contenido del presente Contrato, deberá interpretarse como generador de derechos y obligaciones acuerdo entero entre las Partes con posterioridad partes respecto del objeto de los mismos y reemplazan toda negociación, compromiso y pacto anterior al término asentado en éste. Sin embargo, el vencimiento de este Contrato no habrá de relevar a ninguna de las Partes de la obligación que tienen de corregir cualquier desbalance, ni al Usuario de la obligación de pagarle al Transportista cualquier cantidad vencida y exigible conforme a ésterespecto.
16.3 Para los efectos a que haya lugar, los Anexos Cualquier adición y/o modificación de este Contrato se incorporan estas Condiciones CCP deberá expresarse por escrito como parte integral del presente Contrato: Anexo A. TCPS Anexo B. Puntos complementaria de recepción las mismas y entrega. Anexo C. Tarifa Anexo D. Equipo para determinar el volumen y llevar la calidad Gas LP Transportado EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los representantes facultados firma válida de ambas Partes suscriben este Contrato el día de del partes.
1. Se incluyen los TCPS en 16.4 El Cliente no podrá ceder o de otra manera transferir a terceros sus derechos u obligaciones bajo estas Condiciones CCP sin el Contrato, los cuales formarán parte integrante del presente Contrato, según se encuentren vigentes. [Se deberán integrar los TCPS vigentes a la fecha previo consentimiento por escrito de suscripción del Contrato]
2. Los TCPS de este anexo se modificarán, siempre que la CRE apruebe cambios a los mismosLeica Geosystems.
3. Las definiciones indicadas 16.5 El Cliente pagará todos los costes y gastos, incluyendo los honorarios razonables de abogados y los gastos judiciales, en los TCPS serán que pueda incurrir Leica Geosystems para hacer valer o preservar sus derechos bajo estas Condiciones CCP.
16.6 Si cualquier disposición de estas Condiciones CCP fuera declarada nula por cualquier motivo, la validez de las aplicables para el presente Contratorestantes disposiciones de las mismas no se verá afectada. Al Contrato En tal caso, la disposición declarada nula será reemplazada por otra legalmente válida que refleje más fielmente la intención original de Servicio de Transporte por ducto de gas licuado de petróleo, en Reserva Contractual, de fecha , celebrado entre el Transportista y el Usuario se asocian los siguientes puntos de recepción, puntos de entrega y capacidad contratada: PUNTOS PRIMARIOS PUNTOS SECUNDARIOS CONDICIONES ESPECIALES RELACIONADAS A LOS PUNTOSlas partes contrayentes.
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DISPOSICIONES FINALES. 16.1 La renuncia por parte del Transportista o del Usuario en cuanto al incumplimiento Los conflictos derivados de la otra parte prestación de los servicios ejecutados conforme a este Contrato serán sometidos al Tribunal del Servicio Civil en recurso de apelación, conforme a lo que respecta a cualquiera de las establecido en el artículo 16 del Reglamento del Decreto Legislativo 1057, modificado por Decreto Supremo 065-2011-PCM. Las disposiciones contenidas en este Contrato, no tendrá los efectos de renuncia ante algún incumplimiento constante o futuro, sea este de naturaleza similar o distinta.
16.2 Nada en el contenido del presente Contrato, deberá interpretarse como generador en relación a su cumplimiento y resolución, se sujetan a lo que establezca el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, modificatoria Decreto Supremo 065-2011-P CM y sus normas complementarias. En señal de derechos conformidad y obligaciones entre aprobación con las Partes con posterioridad al término asentado en éste. Sin embargo, el vencimiento de este Contrato no habrá de relevar a ninguna de las Partes de la obligación que tienen de corregir cualquier desbalance, ni al Usuario de la obligación de pagarle al Transportista cualquier cantidad vencida y exigible conforme a éste.
16.3 Para los efectos a que haya lugar, los Anexos de este Contrato se incorporan como parte integral del presente Contrato: Anexo A. TCPS Anexo B. Puntos de recepción y entrega. Anexo C. Tarifa Anexo D. Equipo para determinar el volumen y la calidad Gas LP Transportado EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los representantes facultados de ambas Partes suscriben este Contrato el día de del .
1. Se incluyen los TCPS condiciones establecidas en el Contrato, los cuales formarán parte integrante del presente Contrato, según las partes lo suscriben en dos ejemplares igualmente válidos, en la ciudad de , el . En cumplimiento al Artículo 6ª, inciso 6.5 del Decreto Legislativo 1057 y el Artículo 10ª del reglamento del mencionado Decreto Legislativo, elijo lo siguiente: ( marca con una X) Me encuentro afiliado a algún régimen de pensiones: SI NO: De estar inscrito marcar el tipo de AFP y registrar su número de inscripción: Otros Para quienes se encuentren vigentesencuentran prestando servicios a favor del Estado y sus contratos son sustituidos por un contrato administrativo de servicios. [Se deberán integrar Afiliación al Régimen Pensionario SI NO En un plazo de cinco (5) días hábiles de suscrito el Contrato de Servicios me comprometo presentar ante la Oficina de Administración mis documentos que acrediten mi afiliación a algún régimen provisional y la solicitud de continuar aportando a dicho régimen, debiendo indicar si suspendí los TCPS vigentes pagos o si me encontraba adeudando un monto voluntario, y en ese caso optar como afiliado regular a la fecha de suscripción del Contrato]
2. Los TCPS de este anexo se modificarán, siempre fin que la CRE apruebe cambios a los mismos.
3institución efectúe la retención correspondiente. Las definiciones indicadas en los TCPS serán las aplicables para el presente Contrato. Al Contrato de Servicio de Transporte por ducto de gas licuado de petróleo, en Reserva Contractual, de fecha , celebrado entre el Transportista y el Usuario se asocian los siguientes puntos de recepción, puntos de entrega y capacidad contratadaDATOS GENERALES DEL CONTRATADO CÓDIGO APELLIDO Y NOMBRE CONDICIÓN OFICINA Datos Personales Apellido Paterno: PUNTOS PRIMARIOS PUNTOS SECUNDARIOS CONDICIONES ESPECIALES RELACIONADAS A LOS PUNTOSApellido Materno: Nombres:
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Sources: Convocatoria Para La Contratación Administrativa De Servicios
DISPOSICIONES FINALES. 16.1 Artículo 81. Todas aquellas operaciones de liquidación de moneda extranjera se tramitarán a través ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ cambiario, en los términos de su regulación.
Artículo 82. Las operaciones realizadas a través de terminales puntos de venta (TPV), de procesamiento de consumos efectuados en establecimientos comerciales por personas naturales con tarjetas de débito y de crédito giradas contra cuentas o líneas de crédito en moneda extranjera, así como a las operaciones de avance de efectivo con cargo a dichas tarjetas, serán procesadas al tipo de cambio de compra, en los términos que determine el Banco Central de Venezuela.
Artículo 83. Los pasivos en moneda extranjera derivados del pago del capital, intereses, garantías y demás colaterales de la deuda privada externa, contraída con cualquier acreedor extranjero, incluidos los organismos multilaterales y bilaterales de integración o entes gubernamentales extranjeros, y agencias de financiamiento a la exportación, serán registrados y valorados al tipo de cambio vigente para la oportunidad en que fueron pactadas tales operaciones financieras.
Artículo 84. La renuncia conversión de la moneda extranjera para la determinación de la base imponible de las obligaciones tributarias derivadas de las operaciones aduaneras, se efectuará al tipo de cambio de referencia vigente para la fecha de la liquidación de la obligación tributaria. Igual tipo de cambio aplicará para la determinación de los montos a ser pagados por servicios prestados por auxiliares de la Administración Aduanera y Tributaria y demás servicios conexos, vigente para la fecha de la liquidación de la obligación.
Artículo 85. El reintegro que deban realizar los sujetos en ejecución de decisión definitivamente firme, se hará en divisas al Banco Central de Venezuela, a través del operador cambiario respectivo, de conformidad con lo dispuesto en el presente Convenio Cambiario, así como en los instructivos dictados al efecto por el Banco Central de Venezuela. En el supuesto de que la obligación esté denominada o ha de cumplirse en una moneda distinta a aquella en la que esté expresada la autorización de adquisición o liquidación correspondiente, se efectuará la conversión de la misma para expresarla a la moneda de la respectiva autorización. Esta conversión deberá ser realizada por la institución bancaria al momento de recibir el pago al tipo de cambio de referencia vigente. Parágrafo Primero: El reintegro en divisas a que alude el presente artículo deberá efectuarse por ante el operador cambiario autorizado del sujeto obligado a través del cual se tramitó la operación objeto de la sanción, salvo en los casos que por circunstancias ajenas a la voluntad del obligado no pueda ejecutarse ante ese operador, en cuyo supuesto se realizará en la institución bancaria que, en condición de operador cambiario, se indique en la decisión correspondiente. Parágrafo Segundo: ▇▇▇▇▇ expresamente entendido que las sumas objeto de reintegro serán entregadas por parte del Transportista o del Usuario operador cambiario al Banco Central de Venezuela, en cuanto al incumplimiento de la otra parte en lo que respecta los términos y condiciones previstos por ese Instituto a cualquiera de las disposiciones contenidas en este Contrato, no tendrá los efectos de renuncia ante algún incumplimiento constante o futuro, sea este de naturaleza similar o distintatales fines.
16.2 Nada Artículo 86. Las obligaciones tributarias establecidas en el contenido del presente Contratoleyes especiales, deberá interpretarse así como generador de derechos las tarifas, comisiones, recargos y obligaciones entre las Partes con posterioridad al término asentado precios públicos que hayan sido fijados en éste. Sin embargola normativa correspondiente en moneda extranjera, el vencimiento de este Contrato no habrá de relevar a ninguna de las Partes de podrán ser pagadas alternativamente en la obligación moneda en que tienen de corregir cualquier desbalanceestán denominadas, ni al Usuario de la obligación de pagarle al Transportista cualquier cantidad vencida y exigible en su equivalente en otra moneda extranjera conforme a éste.
16.3 Para los efectos a que haya lugarla cotización publicada al efecto por el Banco Central de Venezuela, los Anexos o en bolívares aplicando para ello el tipo de este Contrato se incorporan como parte integral del presente Contrato: Anexo A. TCPS Anexo B. Puntos cambio de recepción y entrega. Anexo C. Tarifa Anexo D. Equipo referencia vigente para determinar el volumen y la calidad Gas LP Transportado EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los representantes facultados de ambas Partes suscriben este Contrato el día de del .
1. Se incluyen los TCPS en el Contrato, los cuales formarán parte integrante del presente Contrato, según se encuentren vigentes. [Se deberán integrar los TCPS vigentes a la fecha de suscripción del Contrato]
2. Los TCPS de este anexo se modificarán, siempre la operación; salvo que la CRE apruebe cambios normativa especial que regule la obligación respectiva establezca la forma específica del pago para su extinción, atendiendo a los mismoslo previsto en el artículo 116 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza ▇▇ ▇▇▇ del Banco Central de Venezuela.
3Artículo 87. Las definiciones indicadas dudas y controversias que se susciten en cuanto a la interpretación y aplicación de las Normas contenidas en el presente Convenio Cambiario, así como los casos no previstos, serán resueltos por el Directorio del Banco Central de Venezuela.
Artículo 88. Se derogan las disposiciones que hasta la fecha de entrada en vigencia del presente Convenio Cambiario se encontraban en vigencia o regulaban sistemas suspendidos, contenidas en los TCPS serán las aplicables para el Convenios Cambiarios Nros. 1, 4, 5, 6, 9, 10, 11, 13, 18, 20, 23, 26, 27, 28, 30, 31, 34, 36, 37 y
Artículo 89. El presente Contrato. Al Contrato Convenio Cambiario entrará en vigencia en la fecha de Servicio su publicación en la Gaceta Oficial de Transporte por ducto la República Bolivariana de gas licuado de petróleo, en Reserva Contractual, de fecha , celebrado entre el Transportista y el Usuario se asocian los siguientes puntos de recepción, puntos de entrega y capacidad contratada: PUNTOS PRIMARIOS PUNTOS SECUNDARIOS CONDICIONES ESPECIALES RELACIONADAS A LOS PUNTOSVenezuela.
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Sources: Convenio Cambiario
DISPOSICIONES FINALES. 16.1 Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes. Nombre : Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. - ELECTRO ORIENTE S.A. RUC Nº : 20103795631 Domicilio legal : ▇▇. ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ Nº 1168 - Iquitos - Maynas - Loreto Teléfono/Fax: : ▇▇▇-▇▇▇▇▇▇ - Anexo 1480 Correo electrónico: : ▇▇▇▇@▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación del servicio de ACTIVIDADES COMERCIALES DE ELECTRO ORIENTE S.A. SEDE LORETO POR UN PERIODO DE 24 MESES El valor referencial total asciende a S/. 13´761,458.97 (Trece Millones Setecientos Sesenta y Un Mil Cuatrocientos Cincuenta y Ocho con 97/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos ▇▇ ▇▇▇ y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de diciembre 2014. La renuncia por parte Entidad advierte que es posible la participación de proveedores que gozan del Transportista o del Usuario en cuanto al incumplimiento beneficio de la otra parte exoneración del IGV prevista en lo la Ley N° 27037, correspondiendo la aplicación de la Cuarta DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en cuyos alcances se establecen los límites y condiciones siguientes: El valor referencial del proceso de selección es único e incluye todos los conceptos que respecta incidan sobre el costo del servicio, así como el Impuesto General a cualquiera las Ventas (IGV), determinado en los correspondientes estudios de posibilidades que ofrece el mercado realizado por la Entidad. (&) El postor que goza de la exoneración prevista en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, deberá formular su propuesta económica teniendo en cuenta exclusivamente el total de los conceptos que conforman el valor referencial, excluido el Impuesto General a las Ventas (IGV). (#) El postor que no goza de la exoneración prevista en la Ley Nº 27037 formulará su propuesta económica teniendo en cuenta el valor referencial incluido el Impuesto General a las ventas (IGV). Las propuestas económicas que excedan el Límite Superior (con y sin IGV según corresponda) serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas por no presentadas. La evaluación económica de las disposiciones contenidas en este Contrato, no tendrá propuestas se efectuará comparando los efectos de renuncia ante algún incumplimiento constante o futuro, sea este de naturaleza similar o distinta.
16.2 Nada en el contenido del presente Contrato, deberá interpretarse como generador de derechos y obligaciones entre las Partes con posterioridad al término asentado en éste. Sin embargo, el vencimiento de este Contrato no habrá de relevar a ninguna montos de las Partes ofertas formuladas de la obligación que tienen de corregir cualquier desbalance, ni al Usuario de la obligación de pagarle al Transportista cualquier cantidad vencida y exigible conforme acuerdo a éste.
16.3 Para los efectos a que haya lugar, los Anexos de este Contrato se incorporan como parte integral del presente Contrato: Anexo A. TCPS Anexo B. Puntos de recepción y entrega. Anexo C. Tarifa Anexo D. Equipo para determinar el volumen y la calidad Gas LP Transportado EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los representantes facultados de ambas Partes suscriben este Contrato el día de del .
1. Se incluyen los TCPS en el Contrato, los cuales formarán parte integrante del presente Contrato, según se encuentren vigentes. [Se deberán integrar los TCPS vigentes a la fecha de suscripción del Contrato]
2. Los TCPS de este anexo se modificarán, siempre que la CRE apruebe cambios a los mismos.
3. Las definiciones indicadas lo previsto en los TCPS serán las aplicables para el presente Contrato. Al Contrato de Servicio de Transporte por ducto de gas licuado de petróleo, en Reserva Contractual, de fecha , celebrado entre el Transportista y el Usuario se asocian los siguientes puntos de recepción, puntos de entrega y capacidad contratada: PUNTOS PRIMARIOS PUNTOS SECUNDARIOS CONDICIONES ESPECIALES RELACIONADAS A LOS PUNTOSdos párrafos anteriores.
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Sources: Contract for Public Procurement
DISPOSICIONES FINALES. 16.1 La renuncia por parte del Transportista o del Usuario en cuanto al incumplimiento de la otra parte en lo que respecta a cualquiera de las disposiciones contenidas en este Contrato, no tendrá los efectos de renuncia ante algún incumplimiento constante o futuro, sea este de naturaleza naturalez a similar o distinta.
16.2 Nada en el contenido del presente Contrato, deberá interpretarse como generador de derechos y obligaciones entre las Partes con posterioridad al término asentado en éste. Sin embargo, el vencimiento de este Contrato no habrá de relevar a ninguna de las Partes de la obligación que tienen de corregir cualquier desbalance, ni al Usuario de la obligación de pagarle al Transportista cualquier cantidad vencida y exigible conforme a éste.
16.3 Para los efectos a que haya lugar, los Anexos de este Contrato se incorporan como parte integral del presente Contrato: Anexo A. TCPS Anexo B. Puntos de recepción y entrega. Anexo C. Tarifa Anexo D. Equipo para determinar el volumen y la calidad Gas LP Transportado EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los representantes facultados de ambas Partes suscriben este Contrato el día de del .
1. Se incluyen los TCPS en el Contrato, los cuales formarán parte integrante del presente Contrato, según se encuentren vigentes. [Se deberán integrar los TCPS vigentes a la fecha de suscripción del Contrato]
2. Los TCPS de este anexo se modificarán, siempre que la CRE apruebe cambios a los mismos.
3. Las definiciones indicadas en los TCPS serán las aplicables para el presente Contrato. Al Contrato de Servicio de Transporte por ducto de gas licuado de petróleo, en Reserva Contractual, de fecha , celebrado entre el Transportista y el Usuario se asocian los siguientes puntos de recepción, puntos de entrega y capacidad contratada: PUNTOS PRIMARIOS PUNTOS SECUNDARIOS CONDICIONES ESPECIALES RELACIONADAS A LOS PUNTOS.
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Sources: Contract for the Provision of LPG Transportation Services via Pipeline
DISPOSICIONES FINALES. 16.1 La renuncia Ley aplicable al Contrato es la Ley Peruana. El Contrato no otorga derecho al acceso a los recursos genéticos derivados de los recursos biológicos existentes en el área del Contrato. Los bienes adquiridos, infraestructura y bienes asociados instalados por parte el TITULAR en el área del Transportista o del Usuario en cuanto al incumplimiento Contrato constituyen mejoras a favor de la otra parte ARFFS, respecto de los cuales no es exigible retribución alguna. El TITULAR asume la responsabilidad por los daños y perjuicios que ocasione en lo la ejecución del Contrato, sea en perjuicio del patrimonio forestal y de fauna ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ o en perjuicio de terceros. El pago de todos los impuestos y el establecimiento de las garantías que respecta a se requieran de acuerdo con las leyes aplicables, serán exclusivamente por cuenta y responsabilidad del administrado. Si cualquiera de las disposiciones contenidas o estipulaciones del Contrato fuera declarada nula, inválida o no exigible por laudo arbitral, dicha decisión será interpretada estrictamente para dicha estipulación o disposición y no afectará la validez de las demás. Cualquiera de las partes podrá elevar el presente Contrato a Escritura Pública, siendo los gastos que ello origine de cargo de la parte que lo solicite, quien además deberá entregar a la otra parte una copia simple de la misma. Los gastos que ocasione su inscripción en este los Registros Públicos, correrán igualmente por cuenta de la parte interesada en la referida inscripción. En el caso de la extinción del Contrato, no tendrá es la ARFFS la encargada de la anotación registral correspondiente. Las partes expresan su conformidad, en cuanto a los efectos de renuncia ante algún incumplimiento constante o futuro, sea este de naturaleza similar o distinta.
16.2 Nada términos y condiciones estipulados en el contenido presente contrato y en señal de ello lo suscriben en (indicar el lugar) a los (indicar fecha en días, mes y año). Anexos que forman parte del presente Contrato, deberá interpretarse como generador de derechos y obligaciones entre las Partes con posterioridad al término asentado en éste. Sin embargo, el vencimiento de este Contrato no habrá de relevar a ninguna de las Partes de la obligación que tienen de corregir cualquier desbalance, ni al Usuario de la obligación de pagarle al Transportista cualquier cantidad vencida y exigible conforme a éste.
16.3 Para los efectos a que haya lugar, los Anexos de este Contrato se incorporan como parte integral del presente Contratocontrato: Anexo A. TCPS Anexo B. Puntos N° 01: Resolución administrativa que resuelve otorgar el contrato de recepción y entrega. Anexo C. Tarifa Anexo D. Equipo para determinar el volumen y la calidad Gas LP Transportado EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los representantes facultados de ambas Partes suscriben este Contrato el día de del cesión en uso.
1. Se incluyen los TCPS en el Contrato, los cuales formarán parte integrante del presente Contrato, según se encuentren vigentes. [Se deberán integrar los TCPS vigentes a la fecha de suscripción del Contrato]
2. Los TCPS de este anexo se modificarán, siempre que la CRE apruebe cambios a los mismos.
3. Las definiciones indicadas en los TCPS serán las aplicables para el presente Contrato. Al Contrato de Servicio de Transporte por ducto de gas licuado de petróleo, en Reserva Contractual, de fecha , celebrado entre el Transportista y el Usuario se asocian los siguientes puntos de recepción, puntos de entrega y capacidad contratada: PUNTOS PRIMARIOS PUNTOS SECUNDARIOS CONDICIONES ESPECIALES RELACIONADAS A LOS PUNTOS
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Sources: Colindancia Agreement
DISPOSICIONES FINALES. 16.1 El Ministerio de Salud se reserva el derecho de verificar la información proporcionada por el Postor. La renuncia por parte del Transportista o del Usuario en cuanto Garantía de Fiel Cumplimiento será devuelta al incumplimiento Postor, una vez cumplido el 100% de la otra parte obligación contractual, y efectuado el consentimiento de la liquidación final. La firma contratante no podrá transferir parcial o totalmente la responsabilidad del cumplimiento del Contrato, teniendo responsabilidad plena sobre la ejecución y cumplimiento del mismo. Los casos no contemplados en lo que respecta a cualquiera de las Bases se ajustarán o resolverán según las disposiciones contenidas previstas en este el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, sometiendo sus discrepancias a un Arbitraje de Derecho, solo para solucionar las controversias que se presenten en la interpretación y ejecución del Contrato. El Postor se obliga a verificar toda la información necesaria para la elaboración de su propuesta. Por lo tanto, no tendrá los efectos podrá invocar responsabilidad alguna en ese aspecto hacia el Ministerio de renuncia ante algún incumplimiento constante Salud. Asimismo, toda documentación que el Postor debe remitir o futuro, sea este de naturaleza similar o distinta.
16.2 Nada en el contenido del recoger relacionado con la presente ContratoExoneración, deberá interpretarse como generador efectuarla necesariamente por la Mesa de derechos y obligaciones entre las Partes con posterioridad al término asentado en éste. Sin embargo, el vencimiento de este Contrato no habrá de relevar a ninguna de las Partes de la obligación Oficina de Logística, ubicada en el segundo piso del Ministerio de Salud. El Hospital Regional Docente ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ es uno de los establecimientos de salud con gran demanda de los servicios médicos asistenciales, por tal motivo necesita que tienen los equipos electromecánicos estén en buenas condiciones de corregir cualquier desbalanceoperatividad, ni al Usuario Tal es el caso de la obligación los ascensores que presta servicios de pagarle al Transportista cualquier cantidad vencida transportes vertical a los pacientes que por su estado delicado de salud no pueden valerse por si mismo para desplazarse a los distintos pisos que tiene el hospital por lo tanto se requiere que los ascensores estén en buenas condiciones de operatividad y exigible conforme por lo cual necesitan de un mantenimiento correctivo a éste.
16.3 Para los efectos a que haya lugarfin de poder continuar prestando un servicio eficientemente. Con objeto de mejorar el estado operativo, los Anexos de este Contrato se incorporan como parte integral del presente Contrato: Anexo A. TCPS Anexo B. Puntos de recepción y entrega. Anexo C. Tarifa Anexo D. Equipo para determinar va efectuar el volumen mantenimiento correctivo y la calidad Gas LP Transportado EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los representantes facultados reparación y mantenimiento total de ambas Partes suscriben este Contrato el día de del .
1. Se incluyen los TCPS 01 ascensor Marca: SCHINDLER N° 01 ubicado en el Contrato, los cuales formarán parte integrante pabellón central del presente Contrato, según se encuentren vigentes. [Se deberán integrar los TCPS vigentes a Hospital Regional Docente ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ Mejorar la fecha de suscripción del Contrato]
2. Los TCPS de este anexo se modificarán, siempre que la CRE apruebe cambios atención a los mismos.
3pacientes Elevar la calidad de servicio Recupera la capacidad operativa en 50% Reducir el consumo sustancialmente el consumo de energía eléctrica. Las definiciones indicadas en los TCPS serán El propósito es efectuar el mantenimiento correctivo, la reparación y mantenimiento total de 01 ascensor con las aplicables para el presente Contrato. Al Contrato siguientes características: ASCENSOR N° 1 Marca : Schindler Numero : 01 Tipo : Montacamilla Año de Servicio de Transporte por ducto de gas licuado de petróleo, en Reserva Contractual, de fecha , celebrado entre el Transportista y el Usuario se asocian los siguientes puntos de recepción, puntos de entrega y capacidad contratadaFabricación : PUNTOS PRIMARIOS PUNTOS SECUNDARIOS CONDICIONES ESPECIALES RELACIONADAS A LOS PUNTOS1963 Capacidad : 21 personas (1600 kgs)
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Sources: Service Agreement
DISPOSICIONES FINALES. 16.1 Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes. Nombre : SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA – SUNAT RUC Nº : 20131312955 Domicilio legal : ▇▇. ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ ▇° 1472, Cercado de Lima. Teléfono/Fax: : 634 – 3300 Correo electrónico: : ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación de una Solución de un Sistema Integrado de Gestión de Recursos Humanos. VALOR REFERENCIAL6 El valor referencial asciende a CATORCE MILLONES SESENTA MIL DOSCIENTOS SESENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 060 260,00), incluido los impuestos ▇▇ ▇▇▇ y cualquier otro concepto que incida en el costo total del bien. El valor referencial ha sido calculado al mes de Noviembre del 2014. Único Prestación Principal Solución de un sistema integrado de Gestión de Recursos Humanos (SGRRHH). 01 S/. 9 172 775,00 Incluye : Licencias de la Solución ofertada Implementación de la solución ofertada Revisión y evaluación de los actuales procesos y procedimientos de la gestión de recursos humanos. Mejora y propuesta de nuevos procesos y procedimientos basados en buenas prácticas y adaptadas a la solución ofertada. Análisis, personalización, ajustes, configuración e implementación del software ofertado. Pruebas a la solución ofertada. Procesos de migración Primer grupo de implementación, Segundo grupo de implementación. Soporte post implementación. Capacitación Prestación Accesoria Bolsa de Horas pro 03 años Lider técnico funcional (horas) Miembro de equipo de trabajo (horas) 400 Horas 600 Horas S/. 4 887 485,00 Mantenimiento de las licencias 03 años Soporte técnico y mesa de ayuda 36 meses La renuncia por parte normativa de contrataciones del Transportista Estado no ha contemplado de manera expresa la posibilidad de aplicar límites en forma independiente para la admisión de las propuestas en función al monto de la prestación principal o de la prestación accesoria, siendo que el Comité Especial determinará la validez o invalidez de la propuesta económica que presenten los postores en función al valor referencial del Usuario proceso de selección. Asimismo, producto de la integración de las bases, en cuanto al la Sección Específica, Capitulo I, numeral 3, se ha mencionado el valor referencial del proceso de selección, y el monto que constituye la prestación principal y la prestación accesoria7. ▇▇▇▇▇▇▇ señalar que lo que está formulando el participante no es una observación sino una consulta. Las consultas, acorde a la norma de contrataciones, permiten solicitar la aclaración de cualquiera de los extremos de las Bases o plantear solicitudes respecto a ellas. Por otro lado, las observaciones deben versar sobre el incumplimiento de las condiciones mínimas a que se refiere el artículo 26 de la otra parte Ley de Contrataciones del Estado, de cualquier disposición en lo materia de contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que respecta a cualquiera tengan relación con el proceso de selección. En las observaciones de este numeral no hay incumplimiento de las disposiciones contenidas en este Contrato, no tendrá los efectos de renuncia ante algún incumplimiento constante o futuro, sea este de naturaleza similar o distinta.
16.2 Nada en el contenido del presente Contrato, deberá interpretarse como generador de derechos y obligaciones entre las Partes con posterioridad al término asentado en éste. Sin normas; sin embargo, el vencimiento cumplimos con absolver su consulta en aras de este Contrato brindar transparencia al proceso. La normativa de contrataciones del Estado no habrá ha contemplado de relevar a ninguna manera expresa la posibilidad de aplicar límites en forma independiente para la admisión de las Partes propuestas en función al monto de la obligación que tienen de corregir cualquier desbalance, ni al Usuario prestación principal o de la obligación prestación accesoria, siendo que el Comité Especial determinará la validez o invalidez de pagarle la propuesta económica que presenten los postores en función al Transportista cualquier cantidad vencida valor referencial del proceso de selección. Asimismo, en la Sección Específica, Capitulo I, numeral 3, se ha mencionado el valor referencial del proceso de selección, y exigible conforme a éste.
16.3 Para los efectos a el monto que haya lugar, los Anexos de este Contrato se incorporan como parte integral del presente Contrato: Anexo A. TCPS Anexo B. Puntos de recepción y entrega. Anexo C. Tarifa Anexo D. Equipo para determinar el volumen constituye la prestación principal y la calidad Gas LP Transportado EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los representantes facultados de ambas Partes suscriben este Contrato el día de del prestación accesoria8.
1. Se incluyen los TCPS en el Contrato, los cuales formarán parte integrante del presente Contrato, según se encuentren vigentes. [Se deberán integrar los TCPS vigentes a la fecha de suscripción del Contrato]
2. Los TCPS de este anexo se modificarán, siempre que la CRE apruebe cambios a los mismos.
3. Las definiciones indicadas en los TCPS serán las aplicables para el presente Contrato. Al Contrato de Servicio de Transporte por ducto de gas licuado de petróleo, en Reserva Contractual, de fecha , celebrado entre el Transportista y el Usuario se asocian los siguientes puntos de recepción, puntos de entrega y capacidad contratada: PUNTOS PRIMARIOS PUNTOS SECUNDARIOS CONDICIONES ESPECIALES RELACIONADAS A LOS PUNTOS
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Sources: Public Procurement Contract
DISPOSICIONES FINALES. 16.1 La renuncia por parte del Transportista o del Usuario en cuanto al incumplimiento de la otra parte en lo que respecta a cualquiera 4.1. Si alguna de las disposiciones contenidas en este Contratode estos TyCG es o deviene inválida o ineficaz, dicha disposición inválida será sustituida por una nueva disposición que refleje lo más fielmente posible la intención de la disposición inválida. La invalidez o ineficacia de disposiciones individuales no tendrá los efectos afectará a la validez de renuncia ante algún incumplimiento constante o futuro, sea este de naturaleza similar o distintalas disposiciones restantes.
16.2 Nada 4.2. Las ofertas de Locales de Alojamiento publicadas en el contenido del presente ContratoFlatio® contienen datos proporcionados por los Proveedores de Alojamiento individuales. El Operador no es responsable de la exactitud, deberá interpretarse como generador integridad y veracidad de derechos las ofertas y obligaciones entre las Partes con posterioridad al término asentado la información contenida en ésteellas. Sin embargo, el vencimiento Operador proporciona al Buscador de Alojamiento una garantía para tales casos, de conformidad con estos TyCG.
4.3. El Buscador de Alojamiento reconoce que el Contrato de Arrendamiento es una relación contractual exclusivamente entre él y el Proveedor de Alojamiento. El Operador no será responsable ante el Buscador de Alojamiento de ningún incumplimiento de las obligaciones del Proveedor de Alojamiento en virtud del Contrato de Arrendamiento.
4.4. Los Proveedores y los Buscadores de Alojamiento pueden valorarse mutuamente a través de Flatio®. La calificación es accesible para el Operador y los usuarios de Flatio®.
4.5. El Operador tiene derecho a publicar anuncios realizados por terceras partes de los Locales de Alojamiento listados y a publicar reseñas de los Buscadores de Alojamiento sobre los Locales de Alojamiento, incluidas fotografías.
4.6. El presente documento de TyCG se rige por la legislación checa y ha sido elaborado de conformidad con la misma. Si el Proveedor de Alojamiento y el Buscador de Alojamiento actúan como consumidores y las disposiciones legales obligatorias de protección al consumidor de su país de residencia contienen disposiciones más favorables para ellos, estas disposiciones se aplicarán independientemente de la elección de la legislación checa. El Proveedor de Alojamiento y el Buscador de Alojamiento podrán, en su calidad de consumidores, interponer todas las acciones legales relacionadas con el presente documento de TyCG ante el tribunal competente de su lugar de residencia o ante el tribunal competente del domicilio social de Flatio® en la República Checa. Si Flatio® tiene la intención de hacer valer sus derechos frente al Proveedor de Alojamiento y el Buscador de Alojamiento como consumidores, sólo podrá hacerlo ante los tribunales del país en el que el Proveedor de Alojamiento y el Buscador de Alojamiento tengan su domicilio. Si el Proveedor de Alojamiento y el Buscador de Alojamiento actúan como empresa, el Proveedor de Alojamiento y el Buscador de Alojamiento aceptan someterse a la jurisdicción exclusiva de los tribunales checos.
4.7. El Proveedor de Alojamiento es responsable de conocer y cumplir todas las leyes, normas, reglamentos y contratos de terceros aplicables a sus Locales de Alojamiento. La información proporcionada por ▇▇▇▇▇▇® en relación con los requisitos legales es meramente informativa. El Proveedor de Alojamiento debe comprobar por sí mismo sus obligaciones. El Proveedor de Alojamiento es responsable de tratar y utilizar los datos personales del Buscador de Alojamiento y de otras personas de conformidad con la legislación aplicable en materia de protección de datos.
4.8. El Operador se reserva el derecho de proporcionar los servicios y el contenido del sitio web a su entera y absoluta discreción. El Operador garantiza que la información del sitio web se proporciona "tal cual" y sin ninguna garantía o condición expresa, implícita o legal. A menos que el Buscador de Alojamiento y el Proveedor de Alojamiento sean consumidores, el Operador renuncia expresamente a cualquier garantía implícita de título, comerciabilidad o idoneidad para un propósito particular. El Operador rechaza expresamente cualquier garantía implícita de no infracción. El Operador no asume ninguna responsabilidad por errores u omisiones en el sitio web o en la plataforma o por la prestación de los servicios; por fallos, retrasos o interrupciones del sitio web o de la plataforma; por cualquier pérdida o daño derivado del uso de los servicios o del sitio web; por la conducta de los usuarios de los servicios o del sitio web o de la plataforma.
4.9. Esta cláusula sólo se aplica cuando el Proveedor de Alojamiento y el Buscador de Alojamiento son una empresa y no un consumidor. El Operador, sus accionistas, directores, funcionarios, empleados o agentes no serán responsables (conjunta e individualmente) ante el Proveedor de Alojamiento y el Buscador de Alojamiento por:
A. pérdida de beneficios, negocios o ingresos;
B. pérdida o corrupción de datos, información o software;
C. pérdida de oportunidades de negocio;
D. pérdida de ahorros previstos;
E. pérdida de fondo de comercio; o
F. cualquier daño indirecto o consecuente derivado o relacionado con los servicios prestados por Flatio®, con independencia de que se haya advertido o no de la posibilidad de que se produzcan daños.
4.10. Esta cláusula sólo se aplica si el Proveedor de Alojamiento y el Buscador de Alojamiento son consumidores. Si Flatio® incumple este documento de TyCG, el Operador será responsable de cualquier pérdida o daño sufrido por el Proveedor de Alojamiento y el Buscador de Alojamiento que sea consecuencia previsible del incumplimiento por parte del Operador de este Contrato documento de TyCG o de su negligencia. Pero el Operador no habrá será responsable de relevar a ninguna pérdida o daño que no sea previsible. Las pérdidas o daños se considerarán previsibles si son una consecuencia clara del incumplimiento de las Partes este documento de TyCG o si el Proveedor de Alojamiento, el Buscador de Alojamiento y el Operador eran conscientes de la obligación posibilidad de dichas pérdidas o daños cuando acordaron este documento de TyCG.
4.11. El operador no es responsable ante el Proveedor de Alojamiento y el Buscador de Alojamiento por lucro cesante, pérdida de negocio, interrupción de negocio o pérdida de oportunidades de negocio.
4.12. El Proveedor de Alojamiento y el Buscador de Alojamiento reconocen y aceptan que tienen de corregir cualquier desbalance, ni al Usuario el Operador no es responsable de la obligación exactitud de pagarle la información publicada por los usuarios en el sitio web y no garantiza que la información del sitio web sea exacta, veraz o completa. El Operador declina expresamente toda responsabilidad por cualquier pérdida, daño, angustia o perjuicio causado al Transportista Proveedor de Alojamiento y el Buscador de Alojamiento o a cualquier cantidad vencida y exigible conforme a éstetercero como resultado de cualquier información inexacta en el sitio web.
16.3 Para los efectos a 4.13. Si una autoridad competente considera que haya lugaralguna parte de esta sección no se puede hacer cumplir, la responsabilidad se limitará al grado máximo permitido por la ley aplicable.
4.14. Las versiones del documento TyCG en un idioma que no sea el idioma local del Local de Alojamiento son solo para información y no son legalmente vinculantes. Si hay alguna diferencia entre la versión local y la versión en un idioma extranjero, la versión local se considerará la correcta.
4.15. Inmediatamente después del registro en la aplicación Flatio®, el Operador ofrece sus servicios al Buscador de Alojamiento y al Proveedor de Alojamiento, que consisten en mediar en la posibilidad de reservar un Local de Alojamiento y celebrar un Contrato de Arrendamiento. Al registrarse, los Anexos usuarios de este Contrato se incorporan Flatio® aceptan recibir los servicios del operador. El Buscador de Alojamiento y el Proveedor de Alojamiento reconocen que, como parte integral consumidores, no tienen derecho al reembolso de la Comisión, puesto que el operador ya les ha prestado los servicios mencionados antes del presente Contrato: Anexo A. TCPS Anexo B. Puntos pago de recepción y entrega. Anexo C. Tarifa Anexo D. Equipo para determinar el volumen y la calidad Gas LP Transportado EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los representantes facultados de ambas Partes suscriben este Contrato el día de del Comisión.
14.16. Se incluyen El Operador tiene derecho a modificar estos TyCG. Todos los TCPS usuarios de Flatio® deberán ser notificados por correo electrónico y tendrán derecho a rechazar los cambios en un plazo de 10 días a partir de la notificación. Si los usuarios de Flatio® no rechazan las TyCG revisadas dentro de ese plazo, entrarán en vigor para ellos. El nuevo documento de TyCG debe publicarse en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇.▇▇▇. Los cambios serán efectivos a partir de la fecha especificada en el Contrato, los cuales formarán parte integrante del presente Contrato, según se encuentren vigentes. [Se deberán integrar los TCPS vigentes a documento actualizado publicado en la fecha página web de suscripción del Contrato]
2. Los TCPS de este anexo se modificarán, siempre que la CRE apruebe cambios a los mismosFlatio®.
3. Las definiciones indicadas en los TCPS serán las aplicables para el presente Contrato. Al Contrato de Servicio de Transporte por ducto de gas licuado de petróleo, en Reserva Contractual, de fecha , celebrado entre el Transportista y el Usuario se asocian los siguientes puntos de recepción, puntos de entrega y capacidad contratada: PUNTOS PRIMARIOS PUNTOS SECUNDARIOS CONDICIONES ESPECIALES RELACIONADAS A LOS PUNTOS
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Sources: Contrato De Arrendamiento
DISPOSICIONES FINALES. 16.1 La renuncia por parte del Transportista o del Usuario En todo lo no previsto expresamente en cuanto al incumplimiento el presente contrato, son de aplicación supletoria las disposiciones de la otra parte Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, el Reglamento de Factoring, Descuento y Empresas de Factoring, el Código Civil, la Ley de Títulos Valores, y todas las normas complementarias y modificatoria de dichas normas. El presente contrato constituye el acuerdo y entendimiento íntegro a los que han llegado las partes y sustituye cualquier negociación u acuerdo celebrado previamente. Este documento podrá suscribirse en lo varios ejemplares, cada uno de los cuales se considerará un original duplicado pero que respecta a cualquiera constituirá, junto con los otros, un mismo instrumento. La validez o inexigibilidad de cualquier disposición del presente contrato no perjudicará la validez o inexigibilidad de las disposiciones contenidas en este Contratodemás disposiciones, las cuales permanecerán con plena vigencia y efecto. Las partes harán lo necesario para alcanzar los objetivos de la disposición nula a través de una estipulación nueva legalmente válida. EL CLIENTE asume cualquier tributo existente y por crearse así como cualquier gasto que afecte el presente contrato. Las partes se someten a la competencia de los jueces y tribunales competentes de la Ciudad de Lima para resolver cualquier disputa o litigio que pueda surgir entre ellos, que no tendrá los efectos pudiera ser resulta de renuncia ante algún incumplimiento constante o futuroforma directa. EL CLIENTE declara conocer y aceptar las condiciones aplicables al presente producto. Asimismo, sea este de naturaleza similar o distinta.
16.2 Nada en el contenido declara recibir a la suscripción del presente Contratocontrato una copia del mismo, deberá interpretarse incluidos todos sus anexos de corresponder; así como generador haber recibido de derechos y obligaciones entre las Partes con posterioridad al término asentado en éste. Sin embargo, el vencimiento de este Contrato no habrá de relevar manera previa a ninguna de las Partes de la obligación que tienen de corregir cualquier desbalance, ni al Usuario de la obligación de pagarle al Transportista cualquier cantidad vencida y exigible conforme a éste.
16.3 Para los efectos a que haya lugar, los Anexos de este Contrato se incorporan como parte integral celebración del presente Contratocontrato, información sobre los términos y condiciones aplicables al mencionado crédito. EL BANCO: Anexo A. TCPS Anexo B. Puntos Nombre: Nombre: DNI: DNI: Dirección Distrito Provincia Departamento EL CLIENTE - PERSONA NATURAL Conyuge Firma: Nombre: DNI: En Representación de: Partida Registral: Cliente Firma: Nombre: DNI: En Representación de: Partida Registral: Dirección: Cliente Firma: Nombre: DNI: En Representación de: Partida Registral: Dirección: Conyuge Firma: Nombre: DNI: En Representación de: Partida Registral: EL CLIENTE - PERSONA JURÍDICA Nombre: DNI: Nombre: DNI: Denominación / Razón social RUC Dirección Distrito Provincia Departamento Facultados según poderes inscritos en la partida registral del registro de recepción y entregapersonas jurídicas, oficina registral , zona registral – sede . Anexo C. Tarifa Anexo D. Equipo para determinar el volumen y EL(LOS) FIADOR(ES) - PERSONA NATURAL Fiador 1 Firma: Nombre: DNI: En Representación de: Partida Registral: Dirección: Conyuge 1 Firma: Nombre: DNI: En Representación de: Partida Registral: Fiador 3 Firma: Nombre: DNI: En Representación de: Partida Registral: Dirección: Conyuge 3 Firma: Nombre: DNI: En Representación de: Partida Registral: Fiador 2 Firma: Nombre: DNI: En Representación de: Partida Registral: Dirección: Conyuge 2 Firma: Nombre: DNI: En Representación de: Partida Registral: Fiador 4 Firma: Nombre: DNI: En Representación de: Partida Registral: Dirección: Conyuge 4 Firma: Nombre: DNI: En Representación de: Partida Registral: EL(LOS) FIADOR(ES) - PERSONA JURÍDICA Nombre: DNI: Nombre: DNI: Denominación / Razón social RUC Dirección Distrito Provincia Departamento Facultados según poderes inscritos en la calidad Gas LP Transportado EN TESTIMONIO DE LO CUALpartida registral del registro de personas jurídicas, los representantes facultados de ambas Partes suscriben este Contrato el día de del oficina registral , zona registral – sede .
1. Se incluyen los TCPS en el Contrato, los cuales formarán parte integrante del presente Contrato, según se encuentren vigentes. [Se deberán integrar los TCPS vigentes a la fecha de suscripción del Contrato]
2. Los TCPS de este anexo se modificarán, siempre que la CRE apruebe cambios a los mismos.
3. Las definiciones indicadas en los TCPS serán las aplicables para el presente Contrato. Al Contrato de Servicio de Transporte por ducto de gas licuado de petróleo, en Reserva Contractual, de fecha , celebrado entre el Transportista y el Usuario se asocian los siguientes puntos de recepción, puntos de entrega y capacidad contratada: PUNTOS PRIMARIOS PUNTOS SECUNDARIOS CONDICIONES ESPECIALES RELACIONADAS A LOS PUNTOS
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Sources: Contrato Marco De Descuento
DISPOSICIONES FINALES. 16.1 La renuncia 20.1 El Contrato de servicios de adquisición remplazará cualquier entendimiento y acuerdo previos entre las Partes en relación con los Servicios de adquisición, y constituirá el acuerdo entero sobre el asunto.
20.2 Ningún retraso o incumplimiento por parte del Transportista UNFPA de las facultades, derechos o recursos previstos en las presentes Condiciones de servicios se considerarán como una exencióna los mismos. Asimismo, el ejercicio parcial o singular de cualquiera de tales facultades, derechos o recursos no impedirá que vuelva a ejercerlos en el futuro. Cualquier exención o dispensa, para ser efectiva, deberá ser realizada por escrito y estar firmada por un representante autorizado del Usuario UNFPA.
20.3 El suministro de los Servicios de adquisición por el UNFPA bajo el Contrato de servicios de adquisición se hace sobre una base no exclusiva.
20.4 Todo costo o gasto asociado con la disposición o eliminación de los Suministros deberán ser pagados por el Cliente, a menos de que las Partes convengan lo contrario.
20.5 El Pago y los Servicios de adquisición suministrados por el UNFPA de conformidad con la presente estarán sujetos exclusivamente a las disposiciones relativas a auditores externos e internos según lo contenido en cuanto al las decisiones de la Junta Ejecutiva del UNFPA y en las regulaciones, reglas y procedimientos financieras del UNFPA.
20.6 El Cliente declara y garantiza que tiene los poderes y la autoridad para celebrar el Contrato de servicios de adquisición y para realizar todas las transacciones contempladas en el mismo.
20.7 El Cliente garantiza que no ha ofrecido ni ofrecerá ningún beneficio directo o indirecto relacionado con, o resultante de, la ejecución del Contrato de servicios de adquisición o la celebración del mismo a ningún representante, funcionario, empleado u otro agente del UNFPA. El Cliente reconoce y acepta que el incumplimiento de la otra parte en lo que respecta a cualquiera esta disposición se considerará como incumplimiento de las disposiciones contenidas en este Contrato, no tendrá los efectos de renuncia ante algún incumplimiento constante o futuro, sea este de naturaleza similar o distintauna cláusula esencial del contrato.
16.2 Nada 20.8 Salvo que obtuviera la autorización escrita previa del UNFPA, el Cliente no cederá, transferirá, dará en el contenido prenda ni dispondrá de cualquier otro modo del presente ContratoContrato de servicios ni de adquisición, deberá interpretarse como generador de cualquiera parte del mismo, o de sus derechos y obligaciones entre las Partes con posterioridad al término asentado en éste. Sin embargo, el vencimiento de este Contrato no habrá de relevar a ninguna de las Partes de la obligación que tienen de corregir cualquier desbalance, ni al Usuario de la obligación de pagarle al Transportista cualquier cantidad vencida y exigible conforme a éste.
16.3 Para los efectos a que haya lugar, los Anexos de este Contrato se incorporan como parte integral del presente Contrato: Anexo A. TCPS Anexo B. Puntos de recepción y entrega. Anexo C. Tarifa Anexo D. Equipo para determinar el volumen y la calidad Gas LP Transportado EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los representantes facultados de ambas Partes suscriben este Contrato el día de del .
1. Se incluyen los TCPS estipulados en el Contrato, los cuales formarán parte integrante del presente Contrato, según se encuentren vigentes. [Se deberán integrar los TCPS vigentes a la fecha de suscripción del Contrato]
2. Los TCPS de este anexo se modificarán, siempre que la CRE apruebe cambios a los mismos.
3. Las definiciones indicadas en los TCPS serán las aplicables para el presente Contrato. Al Contrato de Servicio de Transporte por ducto de gas licuado de petróleo, en Reserva Contractual, de fecha , celebrado entre el Transportista y el Usuario se asocian los siguientes puntos de recepción, puntos de entrega y capacidad contratada: PUNTOS PRIMARIOS PUNTOS SECUNDARIOS CONDICIONES ESPECIALES RELACIONADAS A LOS PUNTOS
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Sources: Condiciones De Servicios Del Unfpa Para La Adquisición De Suministros Y Servicios
DISPOSICIONES FINALES. 16.1 La renuncia por parte del Transportista En caso de que alguna disposición en estos Términos y Condiciones resulte total o del Usuario en cuanto al incumplimiento de parcialmente inválida o no exigible, no afectará a la otra parte en lo que respecta a cualquiera validez de las disposiciones contenidas en este Contrato, no tendrá los efectos de renuncia ante algún incumplimiento constante o futuro, sea este de naturaleza similar o distintarestantes.
16.2 Nada El Cliente solo puede oponer compensación contra reclamaciones de CONTINENTAL mediante reclamaciones no discutidas u otorgadas en el contenido favor del presente Contrato, deberá interpretarse como generador Cliente con carácter definitivo. Esto es de aplicación también a cualquier eventual derecho de retención.
16.3 El Cliente declara su conformidad a que CONTINENTAL transfiera sus derechos y obligaciones bajo este Acuerdo en cualquier momento total (▇▇▇▇▇▇▇▇ del contrato) o parcialmente a una compañía afiliada a CONTINENTAL y / o CONTINENTAL AG, ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇, ▇-▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇. Si los intereses justificados del Cliente se ven afectados por dicha transferencia, el Cliente puede dar aviso inmediato de la terminación del acuerdo para proporcionar VDO FLEET SERVICES a partir de la fecha en que la transferencia entre en vigor.
16.4 El presente Acuerdo se rige exclusivamente por la legislación española. Se excluye la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG). Cualquier compensación con contrademandas es permisible en la medida en que las reconvenciones sean indiscutibles o hayan sido finalmente adjudicadas. Esto también se aplica a cualquier derecho de retención.
16.5 Los acuerdos secundarios verbales requieren la forma escrita para ser considerados válidos. Esto también es de aplicación a las enmiendas y suplementos al contenido de este Acuerdo. La jurisdicción local para las disputas que surjan en esta relación contractual o en una relación contractual conexa entre las Partes con posterioridad al término asentado partes se encuentra en ésteAlcobendas, Madrid. Sin embargo, el vencimiento El presente Acuerdo se rige exclusivamente por la ley alemana. Se excluye la aplicación de este Contrato no habrá de relevar a ninguna la Convención de las Partes Naciones Unidas sobre los Contratos de la obligación que tienen Compraventa Internacional de corregir cualquier desbalance, ni al Usuario Mercaderías (CIM). El lugar de la obligación de pagarle al Transportista cualquier cantidad vencida y exigible conforme a éstejurisdicción para todas las disputas bajo o en relación con esta relación contractual es Frankfurt am Main.
16.3 Para los efectos a que haya lugar, los Anexos de este Contrato se incorporan como parte integral del presente Contrato: Anexo A. TCPS Anexo B. Puntos de recepción y entrega. Anexo C. Tarifa Anexo D. Equipo para determinar el volumen y la calidad Gas LP Transportado EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los representantes facultados de ambas Partes suscriben este Contrato el día de del .
1. Se incluyen los TCPS en el Contrato, los cuales formarán parte integrante del presente Contrato, según se encuentren vigentes. [Se deberán integrar los TCPS vigentes a la fecha de suscripción del Contrato]
2. Los TCPS de este anexo se modificarán, siempre que la CRE apruebe cambios a los mismos.
3. Las definiciones indicadas en los TCPS serán las aplicables para el presente Contrato. Al Contrato de Servicio de Transporte por ducto de gas licuado de petróleo, en Reserva Contractual, de fecha , celebrado entre el Transportista y el Usuario se asocian los siguientes puntos de recepción, puntos de entrega y capacidad contratada: PUNTOS PRIMARIOS PUNTOS SECUNDARIOS CONDICIONES ESPECIALES RELACIONADAS A LOS PUNTOS
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Sources: Términos Y Condiciones Generales Para La Prestación De Servicios
DISPOSICIONES FINALES. 16.1 14.1 La renuncia ASP-B mantendrá con carácter de confidencialidad, los datos e información Consignados en el DP. Para efectos de control, la ASP-B podrá requerir y solicitar por parte escrito al Operador de Comercio Exterior, la presentación de otros documentos originales, cuando lo estime necesario.
14.2 Es absoluta responsabilidad del Transportista Operador de Comercio Exterior determinar y/o decidir el destino final de su carga de importación al interior de Bolivia, no responsabilizándose la ASP-B por esta determinación.
14.3 La empresa transportadora designada por el Operador de Comercio Exterior en el Formulario de solicitud de despacho portuario DP, para efectuar la internación de carga al país, está obligada a contar con los medios de transporte adecuados para realizar el trabajo asignado y deberá estar sujeta a cumplimiento de las regulaciones impuestas por el Estado Plurinacional de Bolivia relativas a transporte de carga, normativas que el Operador de Comercio Exterior declara conocer en todos sus alcances.
14.4 El Operador de Comercio Exterior es el único responsable en torno al tipo de carga que importa, por lo que la ASP-B no se hace responsable, bajo ningún concepto de las emergencias que eventualmente pudieran suscitarse con relación a la Ley 1008.
14.5 En virtud el presente contrato, el Operador de Comercio Exterior se obliga al pago oportuno de las Planillas por concepto de Gastos Portuarios, debiendo cancelar su deuda dentro de los doce (12) días calendario de generada su planilla. A partir del Usuario día 13 se aplicará una tasa de interés legal del 6%, quedando imposibilitado de contratar futuros Servicios Portuarios de la ASP-B y dando inicio al cobro ejecutivo. Se deja claramente establecido que las notificaciones de cobro al Operador de Comercio Exterior serán entregadas por escrito en cuanto al la oficina o dirección que este hubiera señalado en el DP en forma personal o a cualquier empleado o funcionario dependiente del Operador de Comercio Exterior sin que por ello se pueda argumentar falta de fuerza legal en la citación o desconocimiento de la actualización realizada. El Operador de Comercio Exterior debe señalar en el empadronamiento y/o DP un correo electrónico, las notificaciones de cobro podrán ser efectuadas por esta vía con todo el valor legal correspondiente. Si el Operador de Comercio Exterior o su dependiente se negaran a firmar la copia de las notificaciones de cobro, la ASP-B queda autorizada a hacer conocer esta notificación mediante publicación en un medio de prensa oral o escrito.
14.6 El Operador de Comercio Exterior reconoce como suma líquida y exigible la consignada en de las Planillas de Gastos Portuarios emitidas por la ASP-B como emergencia de la suscripción del presente contrato, otorgando a este documento la calidad de Título Ejecutivo. En consecuencia y vencidos los plazos señalados para la cancelación de la Planilla, la ASP-B en su calidad de Entidad Empresa Estratégica queda facultada para plantear las acciones legales que crea conveniente, por la vía Ejecutiva, Coactiva y Penal por incumplimiento de Contratos con el Estado. En tal caso, se deja claramente establecido que el Operador de Comercio Exterior cancelará, además de la otra parte Planilla de Gastos Portuarios y los intereses señalados, las Costas Judiciales ocasionadas a la entidad.
14.7 La ASP-B se reserva el derecho de denunciar y querellarse penalmente contra los Operador de Comercio Exterior morosos, que persuadidos de realizar el pago, se negaren a hacerlo o deliberadamente cortaren toda comunicación con la institución, con ánimo manifiesto de burlar la cancelación de los servicios portuarios, o que notificados con la morosidad, se comprometieren por escrito o verbalmente a efectuar el pago e incumplieran dicho compromiso.
14.8 El representante del Operador de Comercio Exterior (en lo caso de tratarse de Agencias Despachantes de Aduana), que respecta a cualquiera contravenga el presente contrato, estará vulnerando la Ley de Aduanas, sus Reglamentos, los Estatutos de la Cámara Nacional de Despachantes de Aduana, así como el Código de Comercio, razón por la cual la ASP-B independientemente de las disposiciones contenidas en este Contratoacciones legales que corresponda iniciar, no tendrá los efectos representará esta situación ante las instancias correspondientes, con la finalidad de renuncia ante algún incumplimiento constante que se proceda a la suspensión temporal o futuro, sea este definitiva de naturaleza similar o distintalas Agencias implicadas.
16.2 Nada 14.9 EL Operador de Comercio Exterior moroso que con el fin de eludir la acción de cobro de parte de la ASP-B, cambiare su Razón Social, dando de baja el NIT que tiene señalado en el contenido del presente Contrato, deberá interpretarse como generador de derechos y obligaciones entre las Partes con posterioridad al término asentado en ésteDP. Sin embargoponer este hecho en conocimiento de la ASP-B, se hará pasible a las acciones legales que la ASP-B podrá iniciar por este hecho doloso, tendiente a burlar el pago de obligaciones contraídas.
14.10 Por tratarse de una entidad que ofrece servicios públicos a personas particulares y/o personas jurídicas públicas o privadas, la ASP-B se reserva el derecho de exigir a algunos consignatarios con antecedentes de morosidad, el vencimiento Reconocimiento de Firmas ante un Notario de Fe Pública de este Contrato no habrá de relevar a ninguna de las Partes de la obligación que tienen de corregir cualquier desbalance, ni al Usuario de la obligación de pagarle al Transportista cualquier cantidad vencida y exigible conforme a éstecontrato.
16.3 Para los efectos a que haya lugar, los Anexos de este Contrato se incorporan como parte integral del presente Contrato: Anexo A. TCPS Anexo B. Puntos de recepción y entrega. Anexo C. Tarifa Anexo D. Equipo para determinar el volumen y la calidad Gas LP Transportado EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los representantes facultados de ambas Partes suscriben este Contrato el día de del .
1. Se incluyen los TCPS en el Contrato, los cuales formarán parte integrante del presente Contrato, según se encuentren vigentes. [Se deberán integrar los TCPS vigentes a la fecha de suscripción del Contrato]
2. Los TCPS de este anexo se modificarán, siempre que la CRE apruebe cambios a los mismos.
3. Las definiciones indicadas en los TCPS serán las aplicables para el presente Contrato. Al Contrato de Servicio de Transporte por ducto de gas licuado de petróleo, en Reserva Contractual, de fecha , celebrado entre el Transportista y el Usuario se asocian los siguientes puntos de recepción, puntos de entrega y capacidad contratada: PUNTOS PRIMARIOS PUNTOS SECUNDARIOS CONDICIONES ESPECIALES RELACIONADAS A LOS PUNTOS
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Sources: Contrato De Prestación De Servicios De Importación Y Exportación
DISPOSICIONES FINALES. 16.1 27.ADMINISTRAR LOS DOCUMENTOS DEL PROCESO, INCLUYENDO SU ELABORACIÓN, EXPEDICIÓN, PUBLICACIÓN, ARCHIVO Y DEMÁS ACTIVIDADES DE GESTIÓN DOCUMENTAL: La renuncia por parte del Transportista o del Usuario elaboración y expedición de los documentos que se generen en cuanto al incumplimiento el trámite de la otra parte en lo gestión contractual que respecta a cualquiera adelante el Instituto Nacional de Vías, será de responsabilidad de los Jefes de las disposiciones contenidas diferentes dependencias que conforman la Entidad, junto con los funcionarios o contratistas de prestación de servicios que interviene en este Contrato, no tendrá los efectos trámites de renuncia ante algún incumplimiento constante o futuro, sea este proyección y revisión de naturaleza similar o distinta.
16.2 Nada los mismos. La publicación en el SECOP de los documentos de la etapa precontractual, contractual o post- contractual objeto de publicación conforme a la normativa vigente, será responsabilidad del funcionario designado por las unidades ejecutoras. Los funcionarios o contratistas encargados de sustanciar el proceso de contratación respectivo, deberán hacer seguimiento a la correcta publicación del documento, verificando que coincida en tiempo y en contenido con lo planeado. En caso de evidenciar alguna inconsistencia deberá adoptar las medidas pertinentes a fin de corregir el error e informar sobre el particular al ordenador del presente Contratogasto para que se surta el trámite para la nueva publicación. La custodia de los documentos del proceso de selección, deberá interpretarse como generador es decir los documentos relacionados con los estudios previos, comunicaciones, pliegos de derechos condiciones, avisos de convocatoria, propuestas presentadas, informes, contrato entre otros, estará a cargo del funcionario o contratista designado para desarrollar y obligaciones entre las Partes con posterioridad al término asentado en ésteliderar el proceso de contratación respectivo de la Dirección de Contratación. Sin embargoUna vez se suscriba el contrato, se cumplan los requisitos de ejecución y se designe el supervisor o interventor del mismo, el vencimiento de este Contrato no habrá de relevar a ninguna de las Partes Jefe de la obligación unidad ejecutora deberá hacer entrega formal de los expedientes con la verificación de que tienen todos los documentos se encuentran debidamente suscritos y completos al profesional de corregir cualquier desbalance, ni al Usuario archivo de gestión documental de la obligación Subdirección Administrativa, momento en el cual se traslada la responsabilidad de pagarle custodia de los documentos al Transportista cualquier cantidad vencida y exigible conforme a éste.
16.3 Para los efectos a área que haya lugar, los Anexos de este Contrato se incorporan como parte integral del presente Contrato: Anexo A. TCPS Anexo B. Puntos de recepción y entregarecibe. Anexo C. Tarifa Anexo D. Equipo para determinar el volumen El archivo y la calidad Gas LP Transportado EN TESTIMONIO DE LO CUALcustodia final de la carpeta única del contrato a cargo de la Subdirección Administrativa, los representantes facultados de ambas Partes suscriben este Contrato el día de del .
1. Se incluyen los TCPS en el Contrato, los cuales formarán parte integrante del presente Contrato, según se encuentren vigentes. [Se deberán integrar los TCPS vigentes a la fecha de suscripción del Contrato]
2. Los TCPS de este anexo se modificarán, siempre que la CRE apruebe cambios ajustará a los mismosplazos y condiciones establecidas en las Tablas de Retención Documental que para este tipo de documentos establezca el Instituto Nacional de Vías; una vez vencido el plazo de custodia, la Subdirección Administrativa procederá con su transferencia documental al Archivo Central para su destinación final.
3. Las definiciones indicadas en los TCPS serán las aplicables para el presente Contrato. Al Contrato de Servicio de Transporte por ducto de gas licuado de petróleo, en Reserva Contractual, de fecha , celebrado entre el Transportista y el Usuario se asocian los siguientes puntos de recepción, puntos de entrega y capacidad contratada: PUNTOS PRIMARIOS PUNTOS SECUNDARIOS CONDICIONES ESPECIALES RELACIONADAS A LOS PUNTOS
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Sources: Manual De Contratación
DISPOSICIONES FINALES. 16.1 La renuncia 18. Son de cargo de EL CLIENTE los tributos creados o por parte crearse que graven las transacciones y/o instrucciones sobre la Cuenta Básica de Ahorro.
19. EL CLIENTE por el presente documento autoriza sin restricción a EL BANCO para que éste, directamente o por medio de terceros debidamente autorizados, pueda ofrecerle a través de teléfono fijo o celular, dirección de correo electrónico y/u otros medios existentes que EL BANCO tenga a su disposición, promociones de los diversos productos o servicios que ofrece EL BANCO. EL CLIENTE podrá manifestar su voluntad de rechazar o renunciar a la recepción de información bastando para ello una comunicación expresa y por escrito en dicho sentido, dirigida a EL BANCO.
20. EL CLIENTE podrá dar instrucciones, efectuar transacciones, sobre sus cuentas, solicitar créditos o contratar servicios, propios de EL BANCO o que este ofrece, en forma personal o empleando los diversos medios sean escritos, electrónicos, telefónicos u otros mecanismos que EL BANCO ponga a disposición del Transportista EL CLIENTE y que éste reconoce como válidos para dichos efectos.
21. Las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Jueces, Cortes y Tribunales de la ciudad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, en caso de cualquier controversia derivada de la interpretación y/o ejecución del Usuario presente contrato, renunciando las partes a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder. Este contrato se rige por las Leyes de la República del Paraguay.
22. Las partes fijan como sus domicilios los consignados en la primera página del presente contrato, Cualquier modificación en la dirección consignada por EL CLIENTE deberá ser comunicada a EL BANCO por escrito, requisito sin el cual se tendrán por bien notificadas las comunicaciones dirigidas a la dirección anterior.
23. El CLIENTE declara haber aceptado los términos del presente contrato, a través de la opción electrónica y haber tomado conocimiento y lectura del presente contrato y que EL BANCO ha respondido todas sus preguntas, suscribiendo el presente documento y el Contrato con absoluto conocimiento de sus alcances en cuanto al incumplimiento de la otra parte en lo que respecta a cualquiera de las disposiciones contenidas en este Contratoderechos, no tendrá los efectos de renuncia ante algún incumplimiento constante o futuro, sea este de naturaleza similar o distintaobligaciones y responsabilidades contenidas.
16.2 Nada en el contenido del presente Contrato, deberá interpretarse como generador de derechos y obligaciones entre las Partes con posterioridad al término asentado en éste. Sin embargo, el vencimiento de este Contrato no habrá de relevar a ninguna de las Partes de la obligación que tienen de corregir cualquier desbalance, ni al Usuario de la obligación de pagarle al Transportista cualquier cantidad vencida y exigible conforme a éste.
16.3 Para los efectos a que haya lugar, los Anexos de este Contrato se incorporan como parte integral del presente Contrato: Anexo A. TCPS Anexo B. Puntos de recepción y entrega. Anexo C. Tarifa Anexo D. Equipo para determinar el volumen y la calidad Gas LP Transportado EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los representantes facultados de ambas Partes suscriben este Contrato el día de del .
1. Se incluyen los TCPS en el Contrato, los cuales formarán parte integrante del presente Contrato, según se encuentren vigentes. [Se deberán integrar los TCPS vigentes a la fecha de suscripción del Contrato]
2. Los TCPS de este anexo se modificarán, siempre que la CRE apruebe cambios a los mismos.
3. Las definiciones indicadas en los TCPS serán las aplicables para el presente Contrato. Al Contrato de Servicio de Transporte por ducto de gas licuado de petróleo, en Reserva Contractual, de fecha , celebrado entre el Transportista y el Usuario se asocian los siguientes puntos de recepción, puntos de entrega y capacidad contratada: PUNTOS PRIMARIOS PUNTOS SECUNDARIOS CONDICIONES ESPECIALES RELACIONADAS A LOS PUNTOS
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DISPOSICIONES FINALES. 16.1 La renuncia El presente proceso se rige por parte las presentes Bases y lo que establece el Contrato ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ Nº 1647/OC-PE firmado entre la República del Transportista o del Usuario en cuanto al incumplimiento Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – Proyecto Control y Erradicación ▇▇ ▇▇▇▇▇ de la otra parte Fruta (Ceratitis capitata) en lo la ▇▇▇▇▇ Peruana, siendo de aplicación supletoria el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y demás disposiciones legales vigentes. ANEXO 01 Fecha: ----------------------------------------- Señores. (NOMBRE DEL LICITANTE O CONTRATANTE) Ciudad.- Nosotros los suscritos, declaramos que: Hemos examinado y no tenemos reservas a los documentos del proceso de Adjudicación Directa Selectiva CI No. 064-2007-SENASA/PRODESA. Nos comprometemos a entregar los bienes objeto de esta invitación en un plazo de (indicar en números y letras; de haber varios bienes con períodos de entrega diferentes, indicarlo de igual forma). Nuestra oferta se mantendrá vigente por un período de…………días, contados a partir de la fecha de presentación de ofertas, de conformidad con los documentos del proceso. Esta oferta nos obliga y podrá ser aceptada en cualquier momento hasta antes del término de dicho período. Declaramos que respecta a somos responsables por la veracidad de los documentos y datos que presentemos para los efectos del proceso. Nuestra empresa, así como todo subproveedor relacionado con cualquier aspecto de esta invitación, son originarios de los países elegibles por el BID. Nuestra empresa, incluyendo cualquiera de las disposiciones contenidas en este Contratonuestros subcontratistas o subproveedores, no tendrá estamos comprometidos en ninguno de los efectos de renuncia ante algún incumplimiento constante o futuro, sea este de naturaleza similar o distinta.
16.2 Nada casos previstos en el contenido artículo 9 de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del presente ContratoEstado. Asimismo, deberá interpretarse certificamos que no hemos sido declarados por el BID inelegibles para presentar ofertas. Entendemos que esta oferta, junto con su aceptación por escrito que se encuentra incluida en la notificación de adjudicación, constituirá una obligación contractual hasta la preparación del contrato. Entendemos que el Licitante o Contratante no está obligado a aceptar la oferta evaluada como generador de derechos y obligaciones entre las Partes con posterioridad al término asentado en éste. Sin embargola más baja, el vencimiento de este Contrato no habrá de relevar a ni ninguna otra de las Partes ofertas que reciba. ANEXO 2 [El Oferente completará estos formularios de Listas de Pecios de acuerdo con las instrucciones indicadas.] País del Comprador Perú (Ofertas de los Grupos A y B) Monedas Fecha:_______________________ ADS CI No:064-2007/SENASA/PRODESA Página N ______ de ______ 1 2 3 4 5 6 7 8 9 No. de Artículo Descripción de los Bienes Fecha de entrega según definición de Incoterms Cantidad y unidad física Precio Unitario CIP [indicar lugar de destino convenido] de cada artículo Precio Total CIP por cada artículo (Col. 45) Costo de la obligación que tienen mano de corregir cualquier desbalanceobra, ni al Usuario materia prima y componentes de origen en el País del Comprador % de la obligación Col. 5 Impuestos sobre la venta y otros pagaderos por artículo si el contrato es adjudicado de pagarle al Transportista cualquier cantidad vencida acuerdo con IAO 14.6.6(a)(ii) Precio Total por artículo (Col. 6+7) [indicar No. de Artículo] [indicar nombre de los Bienes] [indicar la fecha de entrega ofertada] [indicar el número de unidades a proveer y exigible conforme a ésteel nombre de la unidad física de medida] [indicar precio unitario CIP] [indicar precio total CIP por cada artículo] [indicar el costo de la mano de obra, materia prima y componentes de origen en el País del Comprador como un % del precio CIP de cada artículo] [indicar impuestos sobre la venta y otros pagaderos por artículo si el contrato es adjudicado] [indicar precio total por artículo ] Precio Total Nombre del Oferente [indicar el nombre completo del Oferente] Firma del Oferente [firma de la persona que firma la Oferta] Fecha [Indicar Fecha] ADS CI No.: 064-2007/SENASA/PRODESA
16.3 Para los efectos a que haya lugarA: Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, Programa de Desarrollo de Sanidad Agropecuaria - PRODESA Nosotros, los Anexos de este Contrato se incorporan como parte integral del presente Contrato: Anexo A. TCPS Anexo B. Puntos de recepción y entrega. Anexo C. Tarifa Anexo D. Equipo para determinar el volumen y la calidad Gas LP Transportado EN TESTIMONIO DE LO CUALsuscritos, los representantes facultados de ambas Partes suscriben este Contrato el día de del .declaramos que:
1. Se incluyen los TCPS en el ContratoEntendemos que, los cuales formarán parte integrante del presente Contratode acuerdo con sus condiciones, según se encuentren vigentes. [Se las ofertas deberán integrar los TCPS vigentes a estar respaldadas por una Declaración de Mantenimiento de la fecha de suscripción del Contrato]Oferta.
2. Los TCPS Aceptamos que automáticamente seremos declarados inelegibles para participar en cualquier licitación de este anexo se modificarán, siempre que contrato con el Comprador por un período de [indicar el número de mes o años] contado a partir de [indicar la CRE apruebe cambios a los mismos.fecha] si violamos nuestra(s) obligación(es) bajo las condiciones de la oferta si:
3. Las definiciones indicadas (a) retiráramos nuestra Oferta durante el período de vigencia de la oferta especificado por nosotros en los TCPS serán las aplicables para el presente Contrato. Al Contrato Formulario de Servicio de Transporte por ducto de gas licuado de petróleo, en Reserva Contractual, de fecha , celebrado entre el Transportista y el Usuario se asocian los siguientes puntos de recepción, puntos de entrega y capacidad contratada: PUNTOS PRIMARIOS PUNTOS SECUNDARIOS CONDICIONES ESPECIALES RELACIONADAS A LOS PUNTOSOferta; o
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Sources: Contrato De Préstamo