Common use of Determinación de las partes que lo conciertan y vinculación a la totalidad Clause in Contracts

Determinación de las partes que lo conciertan y vinculación a la totalidad. 1. Concurren a la firma del presente convenio la Generalitat Valenciana, representada por el/la Conseller/a de Educació, Investigació, Cultura i Esport, en el ámbito de sus competencias y en uso de las atribuciones pertinentes que le confiere la legislación vigente, y las partes que conciertan el convenio colectivo, que son, por un lado las Universidades Públicas de la Comunidad Valenciana, Universitat de València Estudi General (UVEG), Universitat Politècnica de València (UPV), Universidad de Alicante (UA), Universitat Xxxxx X xx Xxxxxxxx (UJI) y Universidad Xxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxx (UMH), representadas por sus respectivos/as Rectores/as, y, por otra parte, el personal laboral de las mismas, representado por los Sindicatos mayoritarios y legitimados, CC.OO-PV, FeSP-UGT, STEPV-Iv, CSIF y SEP-CV. Las partes se reconocen como interlocutores válidos de acuerdo con lo establecido en el artículo 87 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

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Determinación de las partes que lo conciertan y vinculación a la totalidad. 1. Concurren a la firma del presente convenio la Generalitat Valenciana, representada por el/la Conseller/a de Educació, Investigació, Cultura i Esport, en el ámbito de sus competencias y en uso de las atribuciones pertinentes que le confiere la legislación vigente, y las partes que conciertan el convenio colectivo, que son, por un lado las Universidades Públicas de la Comunidad Comunitat Valenciana, Universitat de València Estudi General (UVEG), Universitat Politècnica de València (UPV), Universidad de Alicante (UA), Universitat Xxxxx X xx Xxxxxxxx (UJI) y Universidad Xxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxx (UMH), representadas por sus respectivos/as Rectores/as, y, por otra parte, el personal laboral de las mismas, representado por los Sindicatos mayoritarios y legitimados, CC.OO-PV, FeSP-UGT, STEPV-Iv, CSIF y SEP-CV. Las partes se reconocen como interlocutores válidos de acuerdo con lo establecido en el artículo 87 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

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