Common use of DERECHO DE RETRACTO Clause in Contracts

DERECHO DE RETRACTO. El TOMADOR del seguro tiene la facultad de revocar unilateralmente este contrato, sin indicación de los motivos y sin penalización alguna, dentro del plazo de 5 días hábiles, contados a partir de la fecha de la adquisición del seguro, siempre que no haya acaecido el evento dañoso objeto de cobertura. A este efecto, el TOMADOR deberá hacer la respectiva comunicación a LA ASEGURADORA a través de un soporte duradero, disponible y accesible para éste y que permita dejar constancia de la notificación. Podrá efectuarlo por escrito, mediante nota entregada en las oficinas centrales o sucursales de LA ASEGURADORA, en la que especifique su decisión de revocar unilateralmente el contrato, así como la forma en que desea se le haga el reintegro correspondiente, documento en el que se estampará el sello de recibido, la fecha y la firma del funcionario que lo recibió, así como en la copia que debe mantener el asegurado para su respaldo. También puede hacerlo por fax y conservar el comprobante que emite para acreditar su envío. A partir de la fecha en que se expidió la comunicación señalada, cesará la cobertura del riesgo y el TOMADOR tendrá derecho a la devolución de la prima que hubiere pagado. LA ASEGURADORA devolverá la prima en un plazo máximo de 10 días hábiles, contabilizados a partir de la recepción de la comunicación de la revocación unilateral del contrato. La devolución se hará en dinero efectivo, mediante cheque en las oficinas centrales o sucursales de LA ASEGURADORA o por transferencia bancaria a la cuenta cliente que el TOMADOR le haya indicado por escrito. Una vez transcurrido el plazo de 5 días establecido en el párrafo primero de este artículo, la terminación anticipada se regirá por lo dispuesto en el artículo 20 siguiente.

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DERECHO DE RETRACTO. El TOMADOR La ley del seguro tiene año 2003 en su redacción originaria suprimió los tradicionales derechos de tanteo y retracto, que perdían su sentido con la facultad de revocar unilateralmente este contrato, sin indicación de los motivos y sin penalización alguna, dentro del plazo de 5 días hábiles, contados a partir anterior regulación de la fecha duración. Con la reforma de 2005, renacen estos derechos en su art 22. EN TODA TRANSMISIÓN ÍNTER VIVOS de fincas rústicas arrendadas (incluida la donación, aportación a sociedad, permuta, adjudicación en pago o cualquiera otra distinta de la adquisición del segurocompraventa, siempre de su nuda propiedad, de porción determinada o de una participación indivisa de aquéllas), el arrendatario que no haya acaecido sea agricultor profesional o sea alguna de las entidades a que se refiere el evento dañoso objeto art. 9.2, tendrá derecho de coberturatanteo y retracto. A este efectoestos efectos: El transmitente NOTIFICARÁ de forma fehaciente al arrendatario su propósito de enajenar y le indicará los elementos esenciales del contrato y, a falta de precio, una estimación del que se considere justo. Plazo: distinguimos 2 supuestos: · si hubiese existido notificación, el TOMADOR deberá hacer arrendatario tendrá 60 días para ejercitar su derecho de adquirir la respectiva comunicación a LA ASEGURADORA a través de un soporte duradero, disponible y accesible para éste y que permita dejar constancia de la notificación. Podrá efectuarlo por escrito, mediante nota entregada en las oficinas centrales o sucursales de LA ASEGURADORA, en la que especifique su decisión de revocar unilateralmente el contrato, así como la forma en que desea se le haga el reintegro correspondiente, documento finca en el que se estampará mismo precio y condiciones. · a falta de notificación, el sello arrendatario tendrá derecho de recibido, la fecha y la firma del funcionario que lo recibió, así como en la copia que debe mantener el asegurado para su respaldo. También puede hacerlo por fax y conservar el comprobante que emite para acreditar su envío. A retracto durante 60 días hábiles a partir de la fecha en que se expidió le hubiese notificado la comunicación señaladaescritura de enajenación (notificación que se considera un requisito necesario para inscribir en el RP los títulos de adquisición inter vivos de las fincas rústicas arrendadas) o, cesará la cobertura del riesgo y el TOMADOR tendrá derecho a la devolución de la prima que hubiere pagado. LA ASEGURADORA devolverá la prima en un plazo máximo de 10 días hábilessu defecto, contabilizados a partir de la recepción de la comunicación de la revocación unilateral del contrato. La devolución se hará en dinero efectivo, mediante cheque en las oficinas centrales o sucursales de LA ASEGURADORA o por transferencia bancaria a la cuenta cliente que el TOMADOR le haya indicado por escrito. Una vez transcurrido el plazo de 5 60 días desde la fecha en que por cualquier medio hubiese tenido conocimiento de la transmisión. NO procederán los DERECHOS DE TANTEO Y DE RETRACTO en los siguientes casos: en las transmisiones a título gratuito, cuando el adquirente sea descendiente o ascendiente del transmitente, pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o su cónyuge. en la permuta de fincas rústicas cuando se efectúe para agregar una de las fincas permutadas y siempre que sean inferiores a 10 hectáreas de secano o 1 de regadío, los predios que se permutan. Los derechos establecidos en este art. son PREFERENTES con respecto a cualquier otro de adquisición, salvo el establecido por el art. 1523 Cc (para el retracto de colindantes), el cual prevalecerá cuando no excedan de una hectárea tanto la finca objeto de retracto como la colindante. A continuación se establecen algunos supuestos especiales de PRELACIÓN entre retrayentes: Si se trata de fincas de aprovechamientos diversos, corresponderá al arrendatario principal; si hubiere varios, al que tuviera la condición de agricultor joven, y si fueran varios, al más antiguo en el párrafo primero arrendamiento. Si los arrendamientos lo fuesen de partes diferentes de una finca o explotación, cada uno podrá ejercitarlo por su parte respectiva. Por la parte de quien no lo ejercite es preferente el agricultor joven, y son varios, el más antiguo. Finalmente, si solo una parte de la finca hubiese sido arrendada, los derechos de este artículoartículo se limitarán a ella. Señalar por último que, dado que el presente dº de adquisición preferentes opera en toda transmisión ínter vivos (incluida la terminación anticipada donación, etc) si el contrato no tuviera precio y el arrendatario no estuviera conforme con la estimación hecha por el arrendador, se regirá determinará por un perito independiente nombrado de común acuerdo por las partes, y, en defecto de acuerdo, por el juez (conforme a las normas de valoración que establece la legislación de EF). Art 1579 Cc En la actualidad este precepto tiene escasa aplicabilidad, pues: la aparcería rústica y pecuaria se rige por la legislación especial (LAR) y en la esfera mercantil existen otras instituciones que cumplen con ventaja los objetivos de la aparcería industrial. Por lo dispuesto en el artículo 20 siguientedemás se ha destacado la contradicción del precepto que califica la aparcería como un arrendamiento pero remite, para su regulación, al contrato de sociedad. En cualquier caso es evidente que, por encima de las normas del contrato de sociedad han de aplicarse las estipulaciones que las partes hubieren convenido.

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DERECHO DE RETRACTO. El TOMADOR Tal cual como lo establece la ley 1480 de 2011 (estatuto del seguro tiene consumidor), el servicio ManGo! App y/o cualquier otro servicio ofrecido por ManGo! App a través de métodos no tradicionales o a distancia, que por su naturaleza no deban consumirse o no hayan comenzado a ejecutarse antes de cinco (5) días, se entenderá pactado el derecho de retracto por parte del EL CLIENTE. En el evento en que se haga uso de la facultad de revocar unilateralmente retracto, se resolverá el contrato y se deberá reintegrar el dinero que EL CLIENTE hubiese pagado. En este contratoorden, sin indicación EL CLIENTE deberá devolver el producto a VENDTY por los mismos medios y en las mismas condiciones en que lo recibió. Los costos de transporte y los motivos y sin penalización alguna, dentro demás que conlleve la devolución del plazo Servicio serán cubiertos por el Cliente. El término máximo para ejercer el derecho de 5 retracto será de cinco (5) días hábiles, hábiles contados a partir de la fecha celebración del contrato y/o entrega del Servicio. En dicho caso, ManGo! App deberá devolver en dinero al Cliente todas las sumas pagadas sin que proceda a hacer descuentos o retenciones por concepto alguno. En todo caso la devolución del dinero al Cliente no podrá exceder de treinta (30) días desde el momento en que se ejerció el derecho. Si por alguna razón EL CLIENTE hace uso indebido de la adquisición del seguro, siempre que no haya acaecido el evento dañoso objeto imagen de cobertura. A este efecto, el TOMADOR deberá hacer la respectiva comunicación a LA ASEGURADORA ManGo! App y/o su personal de trabajo a través de un soporte duraderomedios de comunicación tradicionales, disponible redes sociales o medios escritos, de forma difamatoria o que perjudique dicha imagen, se entenderá que habrá renunciado de forma unilateral a su derecho de retracto y accesible para éste y que permita dejar constancia de la notificación. Podrá efectuarlo por escrito, mediante nota entregada en las oficinas centrales o sucursales de LA ASEGURADORA, en la que especifique su decisión de revocar unilateralmente el contrato, así como la forma en que desea se le haga el reintegro correspondiente, documento en el que se estampará el sello de recibido, la fecha y la firma del funcionario que lo recibió, así como en la copia que debe mantener el asegurado para su respaldo. También puede hacerlo por fax y conservar el comprobante que emite para acreditar su envío. A partir de la fecha en que se expidió la comunicación señalada, cesará la cobertura del riesgo y el TOMADOR tendrá derecho llevará a la devolución ejecución por oficio de la prima que hubiere pagado. LA ASEGURADORA devolverá la prima en un plazo máximo de 10 días hábiles, contabilizados a partir de la recepción de la comunicación de la revocación unilateral del contrato. La devolución se hará en dinero efectivo, mediante cheque en las oficinas centrales o sucursales de LA ASEGURADORA o por transferencia bancaria a la cuenta cliente que el TOMADOR le haya indicado por escrito. Una vez transcurrido el plazo de 5 días lo establecido en el párrafo primero de este artículocódigo penal Colombiano, la terminación anticipada se regirá por lo dispuesto en el artículo 20 siguientesu artículos 220 y 221.

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Samples: mangoapp.co

DERECHO DE RETRACTO. El TOMADOR del seguro tiene la facultad de revocar unilateralmente este contrato, sin indicación de los motivos y sin penalización alguna, dentro del plazo de 5 días hábiles, contados a partir de la fecha de la adquisición del seguro, siempre que no haya acaecido el evento dañoso objeto de cobertura. A este efecto, el TOMADOR deberá hacer la respectiva comunicación a LA ASEGURADORA a través de un soporte duradero, disponible y accesible para éste y que permita dejar constancia de la notificación. Podrá efectuarlo por escrito, mediante nota entregada en las oficinas centrales o sucursales de LA ASEGURADORA, en la que especifique su decisión de revocar unilateralmente el contrato, así como la forma en que desea se le haga el reintegro correspondiente, documento en el que se estampará el sello de recibido, la fecha y la firma del funcionario que lo recibió, así como en la copia que debe mantener el asegurado para su respaldo. También puede hacerlo por fax y conservar el comprobante que emite para acreditar su envío. A partir de la fecha en que se expidió la comunicación señalada, cesará la cobertura del riesgo y el TOMADOR tendrá derecho a la devolución de la prima que hubiere pagado. LA ASEGURADORA devolverá la prima en un plazo máximo de 10 días hábiles, contabilizados a partir de la recepción de la comunicación de la revocación unilateral del contrato. La devolución se hará en dinero efectivo, mediante cheque en las oficinas centrales o sucursales de LA ASEGURADORA o por transferencia bancaria a la cuenta cliente que el TOMADOR le haya indicado por escrito. Una vez transcurrido el plazo de 5 días establecido en el párrafo primero de este artículo, la terminación anticipada se regirá por lo dispuesto en el artículo 20 21 siguiente.

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DERECHO DE RETRACTO. El TOMADOR En virtud del seguro tiene artículo 47 de la Ley 1480 de 2011, los usuarios que adquieran productos a través de la tienda virtual habilitada en este sitio web tienen derecho a retractarse, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de entrega de los productos, comunicándolo mediante el correo xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx y la línea 018000180158, acogiéndose a la normativa interna una vez manifestado el requerimiento por escrito, teniendo el cliente que cuenta con 2 (dos) días hábiles para informar la guía del envío del producto a SSANGYONG. En el evento en que se haga uso de la facultad de revocar unilateralmente este contratoretracto, sin indicación de se resolverá el contrato y se deberá reintegrar el dinero que el comprador hubiese pagado y éste, a su vez deberá devolver inmediatamente a SSANGYONG el producto adquirido por los motivos mismos medios y sin penalización alguna, dentro del plazo de 5 días hábiles, contados a partir de la fecha de la adquisición del seguro, siempre que no haya acaecido el evento dañoso objeto de cobertura. A este efecto, el TOMADOR deberá hacer la respectiva comunicación a LA ASEGURADORA a través de un soporte duradero, disponible y accesible para éste y que permita dejar constancia de la notificación. Podrá efectuarlo por escrito, mediante nota entregada en las oficinas centrales o sucursales de LA ASEGURADORA, mismas condiciones en la que especifique su decisión de revocar unilateralmente el contrato, así como la forma en que desea se le haga el reintegro correspondiente, documento en el que se estampará el sello de recibido, la fecha y la firma del funcionario que lo recibió. El comprador asumirá los costos de transporte y los demás que conlleve la devolución del producto. En todos los casos, así como en si al darse la copia devolución del producto por parte del comprador se evidencia que debe mantener el asegurado para su respaldo. También puede hacerlo por fax y conservar el comprobante que emite para acreditar su envío. A partir mismo presenta condiciones de calidad no reportadas al momento de la fecha entrega, SSANGYONG procederá con su remisión al fabricante, proveedor o a un centro de servicios autorizado para que se efectué un diagnostico técnico correspondiente y se determine la viabilidad de proceder conforme lo dispone el derecho de retracto. No procederá el derecho de retracto respecto de productos que presenten señales de uso o de procesos de instalación o de desgaste, pues se entiende que una vez iniciados dichos procesos el producto sufre cambios en su condición física, inhibiendo la posibilidad de devolución en las mismas condiciones en que se expidió la comunicación señaladafue entregado al usuario. Cuando resulte viable, cesará la cobertura del riesgo y el TOMADOR tendrá derecho a SSANGYONG procederá con la devolución de la prima que hubiere pagado. LA ASEGURADORA devolverá la prima del dinero al comprador en un plazo máximo de 10 treinta (30) días hábilescalendario desde el momento en que ejerció el derecho, contabilizados a partir previa validación de la recepción de la comunicación de la revocación unilateral del contrato. La devolución se hará en dinero efectivo, mediante cheque en las oficinas centrales o sucursales de LA ASEGURADORA o por transferencia bancaria a la cuenta cliente que el TOMADOR le haya indicado producto hay sido recibido por escritoSSANGYONG. Una vez transcurrido el plazo de 5 días De conformidad con lo establecido en el párrafo primero artículo 47 de este artículola Ley 1480 de 2011, la terminación anticipada se regirá por lo dispuesto el derecho de retracto no procederá en el artículo 20 siguiente.los siguientes casos:

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