DEPOSITO DE GARANTÍA Cláusulas de Ejemplo

DEPOSITO DE GARANTÍA. LA DISTRIBUIDORA podrá requerir del usuario la constitución de un Depósito de Garantía equivalente al consumo estimado de un mes, de la forma que se establece más adelante, en los siguientes casos:
DEPOSITO DE GARANTÍA. EL ARRENDATARIO en los casos que determine LA ARRENDADORA tendrá que depositar al momento de iniciarse el arrendamiento una cantidad de dinero para garantizar el pago de todas las obligaciones que contrae o en que pueda incurrir de acuerdo al contrato que suscriba. LA ARRENDADORA podrá disponer libremente de este depósito para cubrir los gastos o sumas pendientes de EL ARRENDATARIO. EL ARRENDATARIO podrá también optar por dejar en garantía de sus obligaciones contractuales algún documento aceptable a LA ARRENDADORA, autorizándola a cobrar directamente por este medio el total de los cargos, incluyendo daños al vehículo. EL ARRENDATARIO renuncia a cualquier excepción a que pudiera tener derecho para impedir la compensación de sus obligaciones contractuales de acuerdo a lo aquí establecido.
DEPOSITO DE GARANTÍA. Garantía de mantenimiento de oferta, el oferente deberá entregar en la Oficina de Licitaciones, en los casos que el Monto Total de la Oferta supere para el período los $ 7.585.000,00 IVA incluido, un deposito de Garantía de Mantenimiento de la oferta por un monto de $ 75.850,00 el que se efectivizará en : a)- Avales Bancarios, b)- Pólizas y/o c)- Certificación Bancaria que avalen la existencia depósitos a la orden de ASSE - R.A.P. Metropolitana.--- Los mismos deberán realizarse en moneda nacional o Unidades Reajustables.---  Garantía de Fiel cumplimiento de contrato, Se efectivizará en el caso que el monto total de lo adjudicado supere el equivalente al 40% xxx xxxx de una Licitación Abreviada ($ 3.034.000,00 IVA incluído) ,debiéndose realizar un deposito correspondiente al 5% del monto adjudicado. El oferente deberá entregar en la Oficina de Licitaciones, contra recibo, el original y fotocopia del mismo, el cual podrá efectuarse en: a)- Avales Bancarios, b)- Certificación Bancaria que documenten la existencia de fondos depositados a la orden de ASSE - R.A.P. Metropolitana.--- En todos los casos deberán realizarse en moneda nacional o Unidades Reajustables.--- Esta garantía corresponde al adjudicatario de la Licitación y tendrá un plazo para ser presentado de cinco días de recibida la notificación de adjudicación.- Los documentos de depósito deberán establecer una fecha de vencimiento que no deberá ser inferior a 90 días posteriores al vencimiento del contrato. Los documentos de depósito deben ser únicos y particulares para el presente llamado. En caso de prorroga del contrato deberá presentarse nuevos Depósitos de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, con una vigencia mínima de un año y el mismo se presentará con una anticipación de treinta días al vencimiento inicial del contrato, bajo apercibimiento de rescisión del mismo.--- El aval o las sumas depositadas por esos conceptos le serán restituidos a los 90 (noventa) días de la finalización del contrato previa verificación de que no existen obligaciones pendientes de cumplimiento con el personal.---
DEPOSITO DE GARANTÍA. A la entrega de llaves, el arrendatario firmará un documento de autorización de cargo a través de tarjeta de crédito a favor de APARTAMENTS GRUP IMMOGESTIOS, s.l. por el importe indicado como fianza. Al término del contrato el cliente se compromete a entregar en idénticas condiciones en las que encontró tanto el alojamiento, el mobiliario o sus utensilios, haciéndose responsable de todos los deterioros que se ocasionen durante el arrendamiento como consecuencia de su mala utilización, incluso los provocados por animales domésticos. En caso contrario, será deducida del depósito de garantía la cuantía correspondiente a la limpieza, reparación o subsanación de los deterioros correspondientes.
DEPOSITO DE GARANTÍA. Las partes acuerdan que, en caso que EL CLIENTE elija como modalidad de pago mes vencido, RACSA cobrará un depósito de garantía por el servicio contratado equivalente a una mensualidad. Este deberá cancelarse al momento que se contrate el servicio y podrá ser utilizado por RACSA para cancelar cualquier cantidad que el cliente adeude con ocasión de la provisión u instalación del servicio. Cuando exista solicitud de retiro del servicio por parte de EL CLIENTE y este no mantenga saldos pendientes por concepto del servicio de telecomunicaciones, incluyendo lo correspondiente a la instalación, RACSA procederá a devolver el depósito de garantía en un plazo de 30 días naturales contados a partir de la solicitud de retiro del servicio. En caso que la facturación del servicio sea en la modalidad “mes en curso” no aplica el pago de depósito de garantía.
DEPOSITO DE GARANTÍA. ANDITEL podrá solicitar al CLIENTE el pago de un depósito de garantía por la prestación del servicio, cuyo monto dependerá del tipo servicio, solución o paquete. En caso de solicitarse un depósito de garantía, el monto correspondiente será especificado en el anexo respectivo. EL CLIENTE deberá cancelar por concepto de ajuste en el depósito de garantía, la diferencia entre el monto originalmente pagado y el monto vigente al momento de: a) cambio de tipo de servicio, b) reinstalación del servicio que fue suspendido por falta de pago; y c) cuando se realiza un traspaso de derecho. Asimismo, cuando EL CLIENTE solicite el retiro de su servicio, ANDITEL deberá reintegrar, a más tardar en los 3 días siguiente hábiles siguientes a la finalización del servicio, el saldo del depósito, siempre y cuando éste haya cancelado su factura telefónica y no tenga deudas pendientes, caso contrario el depósito de garantía le será aplicado a las mismas y se le devolverá el remanente.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.