Demoras o Falta de Ejecución de las Transferencias Cláusulas de Ejemplo

Demoras o Falta de Ejecución de las Transferencias. 13.1 Por lo general el Banco realizará las transferencias de fondos por medios electrónicos, aunque pudiera hacerlas por otros medios. El Banco no se hace responsable, excepto en la medida en que lo requiera la ley aplicable, por las demoras o incumplimiento en el envío de los fondos debido a circunstancias fuera de su control, tales como (pero sin limitarse a): conflictos con leyes o reglamentos aplicables, acción gubernamental, emergencias nacionales, conflictos laborales, fuego, catástrofes, causa fortuita, fuerza mayor, inclemencias del tiempo, fallas en equipo, guerra, fallas en la electricidad, las comunicaciones o medios de transportación.
Demoras o Falta de Ejecución de las Transferencias. Por lo general, el Banco realizará las Transferencias por medios electrónicos, aunque pudiera hacerlas por otros medios. La responsabilidad del Banco será limitada según las disposiciones de la Sección Límite de Responsabilidad del Banco e Indemnizaciones de este Contrato. Además, el Banco no será responsable ante Usted por las demoras o incumplimiento en la ejecución de la Transferencia de fondos debido a los actos u omisiones del Banco Beneficiario, Banco Intermediario o recipiente.

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  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.