DE LAS OBLIGACIONES DE EL CONTRATISTA Cláusulas de Ejemplo

DE LAS OBLIGACIONES DE EL CONTRATISTA. Brindar el Servicio de Seguridad y Vigilancia en estricta concordancia con lo señalado en las Bases, Propuesta Técnica y Propuesta Económica. No ceder total o parcialmente su posición contractual para el cumplimiento de las obligaciones asumidas mediante el presente contrato. Presentar a “EL C.G.B.V.P.” copia de la constancia de inscripción en el Registro Nacional de Empresas y Entidades que realizan actividades de intermediación laboral (Ley Nº 27626). Presentar a “EL C.G.B.V.P.” copia de las licencias de posesión y uso xx xxxxx de fuego del personal propuesto. Presentar a “EL C.G.B.V.P.” copia de los carnets de inscripción en la Discamec del personal propuesto. Proporcionar a “EL C.G.B.V.P.” el servicio de vigilancia y seguridad en forma eficaz, eficiente, oportuna y respetando los horarios establecidos de acuerdo a las especificaciones técnicas de las bases y propuesta técnica, para lo cual, el personal destacado debe estar debidamente seleccionado, capacitado, entrenado y calificado. Mantener durante todo el periodo de prestación del servicio del presente contrato al personal de seguridad y vigilancia que calificó en el otorgamiento de la buena pro, comprometiéndose a no rotarlos y/o sustituirlos salvo acción u omisión de falta grave por parte de éstos y previa conformidad de “EL C.G.B.V.P.”, el mismo que se encuentra en el Anexo Nº 01 del presente contrato. Capacitar y entrenar al personal a su cargo de acuerdo al programa de instrucción propio aprobado por DISCAMEC, dicha capacitación debe llevarse a cabo como mínimo una vez cada cuatro meses, efectuando un reentrenamiento con armamento que lo debe realizar de acuerdo con lo normado por DISCAMEC comunicándose a “EL C.G.B.V.P.” con una anticipación de 48 horas como mínimo, indicando la relación de los participantes, hora, fecha y lugar de instrucción, comunicando posteriormente los resultados de la instrucción a “EL C.G.B.V.P.”. Asumir directa e íntegramente el costo de los daños que pudiera sufrir el personal de vigilantes a su cargo durante la ejecución del presente contrato por acciones que deriven de accidentes, atentados, etc. Sustituir en forma inmediata al o los vigilantes que a consideración de “EL C.G.B.V.P.” no reúnan las condiciones mínimas requeridas, cometan actos indebidos, incumplan las funciones asignadas u otros que “EL C.G.B.V.P.” estime conveniente. En casos de sustracción, pérdida o deterioro de los objetos de propiedad de “EL C.G.B.V.P.” por dolo o culpa del o los vigilantes asign...
DE LAS OBLIGACIONES DE EL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA, en virtud al presente Contrato, se obliga a: Prestar un servicio eficaz y eficiente, respetando el contenido del presente instrumento, Propuesta Técnica y Económica, presentadas en el Proceso por Adjudicación Directa PÚBLICA Nº 006/2006. Guardar reserva sobre los asuntos que conozca con ocasión del presente Contrato. No ceder total ni parcialmente su posición contractual para el cumplimiento de las obligaciones que asuma mediante el presente Contrato, salvo autorización expresa de OSITRAN.
DE LAS OBLIGACIONES DE EL CONTRATISTA. CLÁUSULA 13:
DE LAS OBLIGACIONES DE EL CONTRATISTA. Son obligaciones de EL ARRENDADOR: EL ARRENDADOR declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento. Entregar el inmueble a LA SUNAT en el plazo y estado establecidos en las Bases y en la Propuesta Técnica y Económica adjudicada; una vez entregado, se presume que se halla en estado de servir y con todo lo necesario para su uso; Mantener a LA SUNAT en el uso del inmueble durante el plazo establecido en la CLÁUSULA SEXTA y conservarlo en buen estado para cumplir con el objeto del proceso; EL ARRENDADOR pagará el Impuesto Predial y los demás tributos a los que se encuentre obligado; En caso corresponda, devolver el Depósito en Garantía entregado por LA SUNAT en el plazo fijado en la CLÁUSULA NOVENA; Entregar, en su oportunidad, los recibos de arrendamiento correspondientes, en formulario debidamente autorizado por LA SUNAT.
DE LAS OBLIGACIONES DE EL CONTRATISTA. Brindar el Servicio de Seguridad y Vigilancia en estricta concordancia con lo señalado en las Bases, Propuesta Técnica y Propuesta Económica. No ceder total o parcialmente su posición contractual para el cumplimiento de las obligaciones asumidas mediante el presente contrato.
DE LAS OBLIGACIONES DE EL CONTRATISTA. Son responsabilidades y obligaciones de EL CONTRATISTA:

Related to DE LAS OBLIGACIONES DE EL CONTRATISTA

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.