Common use of DE LA SOLUCION DE CONTROVERSIAS Clause in Contracts

DE LA SOLUCION DE CONTROVERSIAS. Las partes acuerdan que cualquier controversia que surja desde la celebración del Contrato, se resolverá mediante los procedimientos de conciliación y/o arbitraje, con excepción de aquellas referidas en el artículo 23° de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley 27785 y demás que por su naturaleza sean excluidas por ley. Si la conciliación concluyera por inasistencia de una o ambas partes, con un acuerdo parcial o sin acuerdo, las partes se someterán a un Arbitraje de Derecho, a fin que se pronuncie sobre las diferencias no resueltas o resuelva la controversia definitivamente. La solicitud de arbitraje y la respuesta de ésta, se efectuará conforme a lo dispuesto por los artículos 276° y 277° del Reglamento. Cualquiera de las partes tiene derecho a dar inicio al arbitraje dentro del plazo de caducidad previsto en el Articulo 53 de la Ley en armonía con lo previsto en los artículos 202, 227, 232, 257, 259, 265, 267, 268 y 269 del Reglamento. Para iniciar el arbitraje las partes deben recurrir a una Institución Arbitral. El Laudo Arbitral emitido obligará a las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el mismo inapelable. Ninguna conversación o acuerdo verbal con cualquier funcionario de LA MUNICIPALIDAD, antes, durante el proceso del servicio o después podrá afectar o modificar los términos u obligaciones contenidas en cualquier documento que integre el presente Contrato.

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Samples: Contrato De Locación De Servicios Profesionales, Contrato De Locación De Servicios Profesionales

DE LA SOLUCION DE CONTROVERSIAS. Las partes acuerdan que cualquier controversia o reclamo que surja desde la celebración del Contratocontrato será resuelta mediante el Proceso de Conciliación Extrajudicial, se resolverá mediante ante un Centro de Conciliación, dentro de los procedimientos plazos previstos en los artículos 139° y 164° del Decreto Supremo Nº013-2001-PCM. En caso que la conciliación solucione la controversia en forma total, el Acta que contiene el acuerdo es título de conciliación y/o arbitraje, con excepción de aquellas referidas en el artículo 23° de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley 27785 y demás que por su naturaleza sean excluidas por leyejecución para todos los efectos. Si la conciliación concluyera por inasistencia de una o ambas partes, concluye con un acuerdo parcial o sin acuerdo, las partes se someterán necesariamente deben someterse obligatoriamente a un Arbitraje Proceso de DerechoArbitraje, a fin que se pronuncie sobre las diferencias no resueltas o resuelva la controversia definitivamente. La solicitud de arbitraje y la respuesta de ésta, se efectuará conforme a lo dispuesto por los artículos 276° y 277° del Reglamento. Cualquiera de las partes tiene derecho a dar inicio al arbitraje dentro del plazo de caducidad previsto quince (15) días siguientes a la suscripción del Acta respectiva. El Arbitraje será resuelto por un árbitro único, según lo dispuesto en el Articulo 53 Artículo 189º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley 26850, a falta de acuerdo en armonía con lo previsto en los artículos 202la designación del mismo, 227, 232, 257, 259, 265, 267, 268 ésta será efectuada por el Consejo Superior de Contrataciones y 269 Adquisiciones del Reglamento. Para iniciar el arbitraje Estado conforme a las partes deben recurrir a una Institución Arbitraldisposiciones administrativas del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado o conforme al Reglamento del Centro de Arbitraje al que se hubiesen sometido las partes. El Laudo Arbitral emitido obligará a es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el mismo inapelable. Ninguna conversación laudo inapelable ante el Poder Judicial o acuerdo verbal con ante cualquier funcionario de LA MUNICIPALIDAD, antes, durante el proceso del servicio o después podrá afectar o modificar los términos u obligaciones contenidas en cualquier documento que integre el presente Contratoinstancia administrativa.

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Samples: Contrato De Locacion De Servicios No Personales

DE LA SOLUCION DE CONTROVERSIAS. Las partes acuerdan que cualquier controversia que surja desde la celebración del Contrato, se resolverá mediante los procedimientos de conciliación y/o arbitraje, con excepción de aquellas referidas en el artículo 23° de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley 27785 y demás que por su naturaleza sean excluidas por ley. Si la conciliación concluyera por inasistencia de una o ambas partes, con un acuerdo parcial o sin acuerdo, las partes se someterán a un Arbitraje de Derecho, a fin que se pronuncie sobre las diferencias no resueltas o resuelva la controversia definitivamente. La solicitud de arbitraje y la respuesta de ésta, se efectuará conforme a lo dispuesto por los artículos 276° y 277° del Reglamento. Cualquiera de las partes tiene derecho a dar inicio al arbitraje dentro del plazo de caducidad previsto en el Articulo 53 de la Ley en armonía con lo previsto en los artículos articulo 202, 227, 232, 257, 259, 265, 267, 268 y 269 del Reglamento. Para iniciar el arbitraje las partes deben recurrir a una Institución Arbitral. El Laudo Arbitral emitido obligará a las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el mismo inapelable. Ninguna conversación o acuerdo verbal con cualquier funcionario Las partes acuerdan que no es obligatorio acreditar la constitución de LA MUNICIPALIDADfianza bancaria a favor de la parte vencedora, antes, durante el proceso del servicio o después podrá afectar o modificar los términos u obligaciones contenidas en cualquier documento que integre el presente Contratopara efectos de interponer recurso de anulación xxx Xxxxx Arbitral.

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Samples: Contrato De Locacion De Servicio