DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL Cláusulas de Ejemplo

DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL. EL CONTRATISTA” se obliga a responder por los daños que se ocasionen a terceros con motivo de la negligencia, falta de cuidado, pericia, señalamientos de emergencia o advertencia de peligro, así como cualquier accidente que se ocasionen por personal a su cargo o en las maniobras de la ejecución de la obra, por causas imputables a “EL CONTRATISTA”, deslindando por completo a “EL AYUNTAMIENTO” de cualquier responsabilidad, indemnización o reclamo que se pudieran ocasionar.
DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL. DÉCIMA SEGUNDA.- Queda expresamente pactado que las partes no tendrán responsabilidad civil por daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o causa de fuerza mayor.
DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL. El proveedor, excluye de responsabilidad civil a Diconsa por cualquier daño o perjuicio causado al personal, equipo o material a su cargo; relacionado con la prestación de los servicios materia del presente contrato.
DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL. Fecha: 02.03.2021 14:11:45 -05:00 Queda expresamente establecido que las partes intervinientes no tendrán responsabilidad civil por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o de fuerza mayor en el desarrollo y ejecución del presente Convenio. Firmado digitalmente por XXXXXXXXXX XXXXXXXXX Motivo: Doy V° B°
DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL. ARTICULO 60. - Los buques mercantes nacionales y las embarcaciones de placer mayores de 20 pies de eslora deberán tener necesariamente asegurados los riesgos de responsabilidad civil por daños a terceros.
DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL. “El Prestador de Servicios” asume de manera expresa toda su responsabilidad civil que le fuera legalmente imputable cuando por su culpa o negligencia o la de sus empleados en la ejecución de este contrato se causen daños a los bienes de “Los Servicios de Salud”. En este caso “El Prestador de Servicios” se obliga a restituir a “Los Servicios de Salud”, la cantidad o cantidades que se llegare a erogar por concepto de indemnización, reparación de daños u otros.
DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL. La Universidad anfitriona no asumirá responsabilidad civil, judicial o extrajudicial en relación con ningún evento dañoso que puedan sufrir docentes, estudiantes y/o becarios que participen de los programas de intercambio; sean esos: delitos, contravenciones, accidentes o enfermedades de cualquier naturaleza. La responsabilidad civil prevista como resultado de delitos o hechos dañosos o culposos que puedan ser cometidos por personal o funcionarios de la Universidad anfitriona, no será alcanzada por la exclusión de la responsabilidad prevista en el primer párrafo de esta cláusula.
DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL. Los daños que pudiera ocasionar el Partner prestador de servicios con motivo de acciones u omisiones propias o de sus dependientes, según el caso, en las instalaciones o elementos del contratante, clientes o mandantes, así como respecto de las personas involucradas serán de exclusiva responsabilidad del prestador de servicios, por lo que DELARZE & XXXXXXXX SpA en este entendido se reserva el derecho de cobrar para sí el porcentaje a título de honorarios que perciba el Partner de clientes en razón de distintas transacciones ejecutadas por el prestador de servicios, hasta el monto que corresponda al valor de la reparación de los daños, lo que es aceptado por el prestador de servicios. Atendida la naturaleza de los servicios contratados el prestador de los servicios asume la responsabilidad personal y exclusiva de todos los perjuicios que pudiera acarrear su gestión.

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  • PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL NO APLICA.

  • SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL Antes de iniciar los trabajos, el contratista tiene la obligación de presentar póliza de seguro de responsabilidad civil, mediante la cual debe contemplar responsabilidad civil respecto de terceros, daños a personas y/o bienes de terceros, accidentes, hechos u actos en que participaran la Contratista ó sus dependientes como consecuencia y/o en ocasión de las tareas que desempeñare en razón de la contratación realizada. Dicha póliza de seguro se emitirá por una suma total mínima asegurada de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000) y deberá contener además la “Cláusula de Responsabilidad Civil Cruzada”. Las pólizas de seguro contempladas en este Artículo deberán: Designar x XXXXXXXX CARGAS Y LOGISTICA S.A. como asegurado adicional o coasegurado; Incluir una cláusula en la que la Compañía de Seguros renuncia a subrogarse de los derechos del contratista en contra o respecto xx XXXXXXXX CARGAS Y LOGISTICA S.A., mediante la correspondiente “cláusula de no repetición¨; Incluir la indicación de que BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA S.A. será notificada por escrito con quince (15) días de anticipación por parte de los aseguradores de cualquier cancelación o cambio en la cobertura. Para el caso que se produjeran daños de cualquier naturaleza, el Contratista deberá efectuar la denuncia ante la compañía de Seguros y/o autoridad policial si correspondiera, dentro del plazo fijado por la Ley Nacional de Seguros N° 17.418, y notificar x Xxxxxxxx Cargas y Logística S.A. de manera fehaciente y dentro de las 24 hs. de ocurrido el siniestro, remitiendo copia de la denuncia formulada ante la Compañía aseguradora. El Contratista proporcionará, a solicitud xx XXXXXXXX CARGAS Y LOGISTICA S.A., prueba satisfactoria de los seguros exigidos bajo este artículo.

  • Limitación de la responsabilidad SALVO QUE LA LEY LO PROHÍBA, EN NINGÚN CASO TEKTRONIX, SUS REPRESENTANTES, FILIALES O PROVEEDORES SERÁN RESPONSABLES ANTE EL CLIENTE O CUALQUIER TERCERO POR DAÑOS CONSECUENTES, INDIRECTOS, INCIDENTALES, ESPECIALES, EJEMPLARES, PUNITIVOS O AUMENTADOS, PÉRDIDA DE BENEFICIOS O INGRESOS, PÉRDIDA DE USO, PÉRDIDA DE TIEMPO, PÉRDIDA DE DATOS QUE RESULTEN DEL DAÑO O EL FALLO DE UN PRODUCTO AL QUE SE HAYA PRESTADO SERVICIO O POR RETRASOS EN EL SERVICIO DE UN PRODUCTO, LA IMPOSIBILIDAD DE PRESTAR SERVICIO A UN PRODUCTO O LA DISMINUCIÓN DEL VALOR QUE SURJA DE, EN RELACIÓN A, O EN CONEXIÓN CON CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DE ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES, O CUALQUIER OTRO MOTIVO, INCLUSO SI DICHOS DAÑOS ERAN PREVISIBLES POR TEKTRONIX O TEKTRONIX FUE ADVERTIDO POR EL CLIENTE DE LA POSIBILIDAD DE LOS MISMOS, INDEPENDIENTEMENTE DE LA TEORÍA LEGAL O EQUITATIVA SOBRE LA CUAL SE BASA LA RECLAMACIÓN. EN NINGÚN CASO LA RESPONSABILIDAD DE TEKTRONIX POR TODAS LAS RECLAMACIONES DERIVADAS DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ACUERDO CON ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES EXCEDERÁ EL MENOR DE LOS HONORARIOS PAGADOS POR EL CLIENTE POR EL SERVICIO QUE DIO LUGAR A LA RECLAMACIÓN O EL TOTAL DE LOS HONORARIOS PAGADOS POR EL CLIENTE DURANTE LOS SEIS MESES ANTERIORES EN VIRTUD DEL PLAN DE TRABAJO QUE DIO LUGAR A LA RECLAMACIÓN.

  • RESPONSABILIDAD CIVIL El CONSULTOR será el único responsable por reclamos judiciales y/o extrajudiciales efectuados por terceras personas que resulten de actos u omisiones relacionadas exclusivamente con la prestación del servicio bajo este Contrato.

  • EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD La Administración podrá desistir del llamado en cualquier etapa de su realización, o podrá desestimar todas las ofertas. Ninguna de estas decisiones generará derecho alguno de los participantes a reclamar por gastos, honorarios o indemnizaciones por daños y perjuicios.

  • Límite de responsabilidad Es la cantidad máxima que pagará la Compañía en concepto de una cobertura particular según se muestra en las Condiciones Particulares.

  • Límite Máximo de Responsabilidad El límite máximo de responsabilidad de la Compañía en esta cobertura se establece en la carátula de la póliza.

  • LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD 30.1 Excepto en casos de negligencia criminal o de malversación,

  • Exención de Responsabilidades El Comité de Compras y Contrataciones no estará obligado a declarar habilitado y/o Adjudicatario a ningún Oferente/Proponente que haya presentado sus Credenciales y/u Ofertas, si las mismas no demuestran que cumplen con los requisitos establecidos en el presente Pliego de Condiciones Específicas.

  • EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD La ENTIDAD no se hace responsable de los perjuicios que pudieran recaer sobre el/los INTERVINIENTE/S en caso de uso indebido de esta cuenta así como de los instrumentos necesarios para su utilización, cualquiera que fuera la causa, salvo que fueran imputables a la ENTIDAD. De igual forma la ENTIDAD no responderá en el supuesto de que la no prestación de los servicios aquí descritos se produzca por problemas de cualquier índole no imputables a la organización interna de la ENTIDAD.