CONTRATOS ESPECÍFICOS Cláusulas de Ejemplo

CONTRATOS ESPECÍFICOS. LAS PARTES” acuerdan que los contratos específicos se celebrarán por adjudicación directa, en términos en términos de los artículos 26 fracción III y 41 fracción XX de la LAASSP, mismos que deberán ser suscritos entre “LOS POSIBLES PROVEEDORES” y cada una de las dependencias y entidades de la APF que se lo soliciten, en el entendido de que, por cuanto al contenido de dichos contratos específicos, deberá estarse a lo señalado en los artículos 45 de la LAASSP, 81 de su Reglamento y demás relativos y aplicables de dichos ordenamientos jurídicos. Los referidos contratos específicos se regirán por lo dispuesto en la LAASSP y su Reglamento, así como por lo señalado en el presente Contrato Marco y su Anexo I. Las dependencias y entidades llevarán a cabo la adjudicación de los contratos específicos derivados de este Contrato Marco a través de CompraNet. La formalización se realizará con la firma autógrafa del representante legal referenciado en las Declaraciones del presente instrumento jurídico en tanto “LA SHCP” emita las disposiciones administrativas que permitan la firma electrónica de dichos contratos específicos, una vez emitidas dichas disposiciones para tal efecto, los contratos específicos se formalizarán utilizando la firma electrónica a través de CompraNet. Los contratos específicos deberán de sujetarse al modelo de contrato específico que se encuentra presente en el Anexo IV. Los contratos específicos se ajustarán a las características técnicas y de calidad de “LOS BIENES” y a las condiciones generales de contratación contenidas en el Anexo I de este instrumento jurídico, así como al precio, mismo que no podrá ser superior a lo señalado en la Cláusula QUINTA, sin que se puedan modificar dichas características y condiciones, ni rebasar el límite de dichos precios. La terminación del Contrato Marco por cualquier causa respecto de alguno o todos “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, no deja sin efecto los contratos específicos adjudicados de manera previa a dicha terminación, excepto el caso de que así se haya acordado en el contrato específico de que se trate. En caso de que una dependencia y/o entidad formalice un contrato específico con algún posible proveedor por una vigencia que rebase a la del Contrato Marco o la de un ejercicio presupuestario, deberá atender las disposiciones de la LAASSP, su Reglamento y las demás que en materia presupuestaria resulten aplicables.
CONTRATOS ESPECÍFICOS. LAS PARTES” acuerdan que los contratos específicos se celebrarán en términos de los artículos 26, fracciones II o III, 41 fracción XX y/o 42 o 43 de la LAASSP, según sea el caso, mismos que deberán ser suscritos entre el posible proveedor que haya sido seleccionado para cada una de las partidas, por cada una de las Dependencias y Entidades que se lo soliciten, en el entendido de que, por cuanto al contenido de dichos contratos específicos, deberá estarse a lo señalado en los artículos 45 de la LAASSP, y 14 y 81 de su Reglamento.

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  • OBJETIVOS ESPECÍFICOS DEFINIR E IDENTIFICAR EL ESCAPARATE Y CONOCER LAS FUNCIONES DE UN ESCAPARATISTA. - DESCRIBIR DIVERSAS FORMAS DE CAPTAR LA ATENCIÓN EN EL ESCAPARATE. - IDENTIFICAR LOS PRINCIPIOS BÁSICOS DE LA COMUNICACIÓN EN EL COMERCIO. - CONOCER LOS PRINCIPIOS BÁSICOS DEL DISEÑO Y DEL DIBUJO. - SABER LOS ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LA ILUMINACIÓN Y DEL COLOR PARA REALIZAR UN TRATAMIENTO ADECUADO EN EL ESCAPARATE. - DEFINIR LOS PRINCIPIOS BÁSICOS Y OBJETIVOS DEL MONTAJE DE UN ESCAPARATE Y LAS TÉCNICAS DE COMPOSICIÓN DEL MISMO. - CONOCER E IDENTIFICAR LAS HERRAMIENTAS DE TRABAJO EN EL MONTAJE DE UN ESCAPARATE. Los contenidos que forman la acción formativa suponen un continuo entrelazado de momentos formativos de carácter teórico y práctico, ya que éstos son de tipo conceptual (C), correspondiéndose con los conceptos que el alumnado adquiere a lo largo de la acción formativa, procedimental (P) correspondiéndose con los procedimientos y técnicas que el alumnado desarrolla a lo largo de la acción formativa y actitudinal (A) correspondiéndose con los valores, normas y actitudes que desarrolla el alumnado como consecuencia de la acción formativa. En la impartición de los contenidos, no se diferencian momentos formativos teóricos y prácticos ya que éstos se producen a lo largo de todo el proceso de aprendizaje. La programación de la acción incluye tanto conocimientos, conceptos, definiciones; como destrezas, técnicas, métodos, procedimientos y por último actitudes, valores y normas, todos ellos necesarios y aplicables a la actividad profesional y extrapolables al entorno social, primando, en la ejecución de la acción, el desarrollo psicomotriz sobre el cognitivo. Los contenidos de la acción, para que puedan permitir la consecución de los objetivos del proceso de enseñanza-aprendizaje, deben ser seleccionados, secuenciados y temporalizados convenientemente siguiendo los principios de eficacia y eficiencia. En este sentido: - Los contenidos se seleccionan considerando su validez, coherencia, significatividad, potencialidad, funcionalidad. - Los contenidos se secuencian considerando su tipología y características, combinando contenidos teóricos y prácticos, para alcanzar los objetivos planteados y generar procesos formativos integrales (desarrollo cognitivo, psicomotriz y afectivo). Los contenidos de la acción están organizados secuencialmente, de manera ordenada y lógica para garantizar el progreso del alumnado. - Los contenidos se temporalizan por módulo y/o unidad didáctica, considerando las características y perfil de los/as destinatarios/as de la formación (personas adultas), el volumen de contenidos, nivel de dificultad, importancia y características intrínsecas de los mismos… en cualquier caso, el profesorado encargado de la impartición de la acción formativa es el último responsable de la temporalización de los contenidos ya que éste/a analizará la idiosincrasia de cada grupo formativo (heterogeneidad o homogeneidad) para ajustar la distribución temporal. Los contenidos que constituyen la acción formativa son: UNIDAD 1. EL ESCAPARATE (12 HORAS) 1.1. EVOLUCIÓN DEL ESCAPARATE Y LA IMAGEN COMERCIAL 1.2. EL ESCAPARATE 1.3. EL ESCAPARATISTA. UNIDAD 2. ASPECTOS FUNDAMENTALES EN EL DISEÑO DE UN ESCAPARATE (12 HORAS) 2.1. LA IMPORTANCIA DE LA PERCEPCIÓN SENSITIVA 2.2. LA COMUNICACIÓN EN EL ESCAPARATE 2.3. COMUNICACIÓN EN EL PUNTO DE VENTA 2.4. CONCEPTOS BÁSICOS XX XXXXXXX.

  • CONTRATOS 18.1.- El Licitante que obtenga adjudicación, deberá presentarse a firmar y recibir el contrato y/o pedido derivado de la presente licitación dentro de los 5 días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha en la que se haya notificado el fallo, en las instalaciones de la Convocante, en el domicilio citado en el punto 1.1.6 de las presentes Bases; la fecha y hora exacta se dará a conocer en el acta del fallo respectivo. Estos documentos solamente se podrán entregar al representante acreditado, mediante la presentación de lo siguiente:

  • Contratos mixtos Cuando un contrato contenga prestaciones correspondientes a otro u otros de distinta clase se atenderá en todo caso, para la determinación de las normas que deban observarse en su adjudicación, al carácter de la prestación que tenga más importancia desde el punto de vista económico.

  • Contratos formativos 1.- El contrato de trabajo en prácticas podrá concertarse con quienes estuvieran en posesión de título universitario o de formación profesional de grado medio o superior, o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 xx xxxxx, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, que habiliten para el ejercicio profesional, dentro de los cinco años, o de siete años cuando el contrato se concierte con un trabajador con discapacidad, inmediatamente siguientes a la terminación de los correspondientes estudios, de acuerdo con las siguientes reglas:

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b).

  • Contrato Artículo 16°: El contrato, que se perfecciona con la notificación del acto administrativo de adjudicación o con la recepción por parte del adjudicatario de la orden de compra que emita la repartición licitante, no podrá ser transferido ni cedido por el adjudicatario, sin la previa autorización de la autoridad competente que hubiera dispuesto la adjudicación.

  • Otras modalidades de contratación 1. Los trabajadores que formalicen contratos de duración determinada, por circunstancias de la producción o por interinidad, tendrán derecho, una vez finalizado el contrato correspondiente por expiración del tiempo convenido, a percibir una indemnización de carácter no salarial por cese del 7 por 100 calculada sobre los conceptos salariales de las tablas del convenio aplicable devengados durante la vigencia del contrato.

  • CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS Elementos a evaluar del cumplimiento de contratos Puntos a otorgar por elemento evaluado Método de la evaluación Documento necesario para acreditar los aspectos a evaluar Numeral 3.29 Cumplimiento de contratos Documentos que acrediten el cumplimiento de contratos formalizados por el licitante en el ramo de la prestación de servicios de expedición de bonos en papel y monederos electrónicos 10 Analítico.- Se revisará que los contratos y garantías de cumplimiento presentadas para garantizar el cumplimiento del contrato hayan sido liberados o bien que se indique que fueron cumplidas en su totalidad las obligaciones contraídas. La asignación de puntos se dará a los licitantes que habiendo cumplido lo anterior, se otorgara la mayor puntuación al licitante que presente la cantidad máxima de contratos estipulada con sus correspondientes cancelaciones de garantías o constancias de liberación, para el resto de los licitantes se repartirá en forma proporcional por regla de tres simple • Los documentos no serán considerados si no permiten identificar el objeto del contrato o bien, si no se presenta la constancia de liberación o documento que acredite el cumplimiento del mismo • A los licitantes que presenten el mismo número de contratos se les otorgara la misma cantidad de puntos. • Si algún licitante presenta una cantidad mayor a la cantidad máxima establecida de contratos, los contratos excedentes no serán considerados para la evaluación • Se verificara que se presente la cantidad mínima requerida de contratos • Se verificara que los documentos presentados hayan expirado su vigencia previa al acto de presentación y apertura de propuestas. • Se verificara que los contratos se hayan presentado completos y que aquellos que correspondan a dependencias o entidades públicas se encuentren debidamente firmados, los contratos que no cumplan con este requisito no serán considerados en la evaluación. Un Mínimo de 2 Un Máximo de 5 Copia integral de los contratos o, pedidos, convenios de compra-venta, órdenes de compra así como de sus anexos, cuyo objeto sea Prestación de servicios similares a aquellos objeto de la presente licitación. Asi como respecto de cada uno de ellos el documento en el que conste la cancelación de la garantía de cumplimiento de cada uno de estos, de acuerdo a los documentos que se indican en el numeral 3.29 Si el licitante no presenta por lo menos la cantidad mínima de contratos no se le asignaran puntos en este rubro Se ocupa de medir el desempeño o cumplimiento que ha tenido el licitante en la entrega oportuna y adecuada de los bienes y servicios de la misma naturaleza objeto de este procedimiento. Los cuales están integrados de la siguiente forma: • Se verificara que por cada contrato se haya presentado el documento, en los términos del numeral 3.23, que acredite el total cumplimiento de sus obligaciones, los casos en que no se presente tanto el contrato como el documento en el que conste el cumplimiento del mismo, no serán considerados dentro de la evaluación. Posteriormente a la evaluación de puntos y porcentajes se determinará como propuesta solvente técnicamente aquélla que como resultado de la calificación obtenida en la evaluación técnica cumpla con un mínimo de aceptación de 45 puntos del total de los rubros y que cumpla con el total de los requisitos solicitados en la presente convocatoria. La propuesta que no acumule un mínimo de 45 puntos en la evaluación técnica será considerada como no solvente y por tanto, de conformidad con el Articulo Segundo, Numeral Décimo del Acuerdo por el que se emiten diversos lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas publicados en el DOF del 9 de septiembre de 2010, será DESECHADA por la CONVOCANTE Los licitantes que cumplan técnicamente con este mínimo de puntaje serán susceptibles de ser evaluados económicamente. La evaluación de los precios ofertados se realizará conforme al artículo 36 Bis Fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

  • Subcontratos 7.1 El Contratista podrá subcontratar trabajos si cuenta con la aprobación del Gerente de Obras, pero no podrá ceder el Contrato sin la aprobación por escrito del Contratante. La subcontratación no altera las obligaciones del Contratista.

  • Modalidades de contratación Las Empresas afectadas por el presente Convenio podrán celebrar cualquier tipo de contrato de trabajo, cuya modalidad esté contemplada en la Legislación vigente o en el presente Convenio Colectivo.