Contrato eventual. El contrato eventual por circunstancias de la producción no podrá suscribirse con objeto de atender tareas o trabajos estacionales, intermitentes o cíclicos, debiéndose utilizar en estos casos el contrato indefinido de fijos-discontinuos. Los contratos de duración determinada por circunstancias xxx xxxxxxx, acumulación de tare- as o exceso de pedidos recogidos en el artículo 15.1 b) del Estatuto de los Trabajadores, po- drán tener una duración de 9 meses dentro de un período de 12 meses, contados a partir del momento en que se produzcan dichas causas. Los contratos eventuales o de duración determinada tendrán a su término una indemnización de 10 días por año de servicio.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo
Contrato eventual. El contrato eventual por circunstancias de la producción no podrá suscribirse con objeto de atender tareas o trabajos estacionales, intermitentes o cíclicos, debiéndose utilizar en estos casos el contrato indefinido de fijos-discontinuos. Los contratos de duración determinada por circunstancias xxx xxxxxxx, acumulación de tare- as tareas o exceso de pedidos recogidos en el artículo 15.1 b) del Estatuto de los Trabajadores, po- drán podrán tener una duración de 9 meses dentro de un período de 12 meses, contados a partir del momento en que se produzcan dichas causas. Los contratos eventuales o de duración determinada tendrán a su término una indemnización de 10 12 días por año de servicio.
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Samples: Convenio Entre La Consejería De Educación Y Empleo De La Junta De Extremadura Y El Ayuntamiento De Almendralejo Para Subvencionar El Desarrollo Del Programa De Educación Infantil, doe.gobex.es
Contrato eventual. El contrato eventual por circunstancias de la producción no podrá suscribirse con objeto de atender tareas o trabajos estacionales, intermitentes o cíclicos, debiéndose utilizar en estos casos el contrato indefinido de fijos-discontinuos. Los contratos de duración determinada por circunstancias xxx xxxxxxx, acumulación de tare- as o exceso de pedidos recogidos en el artículo 15.1 b15.1.b) del Estatuto de los Trabajadores, po- drán tener una duración de 9 meses dentro de un período periodo de 12 meses, contados a partir del momento en que se produzcan dichas causas. Los contratos eventuales o de duración determinada tendrán a su término una indemnización de 10 días por año de servicio.
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Contrato eventual. El contrato eventual por circunstancias de la producción no podrá suscribirse con objeto de atender tareas o trabajos estacionales, intermitentes o cíclicos, debiéndose utilizar en estos casos el contrato indefinido de fijos-discontinuos. Los contratos de duración determinada por circunstancias xxx xxxxxxx, acumulación de tare- as tareas o exceso de pedidos recogidos en el artículo 15.1 b15.1.b) del Estatuto de los Trabajadores, po- drán podrán tener una duración de 9 meses dentro de un período periodo de 12 meses, contados a partir del momento en que se produzcan dichas causas. Los contratos eventuales o de duración determinada tendrán a su término una indemnización de 10 12 días por año de servicio.
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Samples: doe.gobex.es