Common use of COMUNICACIONES Y JURISDICCIÓN Clause in Contracts

COMUNICACIONES Y JURISDICCIÓN. Las comunicaciones al asegurador, por parte del tomador del seguro, del asegurado o del beneficiario, se realizarán en el domicilio social de aquél señalado en póliza, pero si se realizan a un agente del asegurador, surtirán los mismos efectos que si se hubieran realizado directamente a éste. Las comunicaciones del asegurador al tomador del seguro, al asegurado, al beneficiario, se realizarán en el domicilio de los mismos recogido en póliza, salvo que hubieran noti- ficado al asegurador el cambio de domicilio. Las comunicaciones efectuadas por un corredor de seguros al asegurador en nombre del tomador del seguro surtirán los mismos efectos que si las realizara el propio toma- dor, salvo indicación en contrario de éste. En todo caso se precisará el consentimiento expreso del tomador del seguro para suscribir un nuevo contrato o para modificar o rescindir el contrato de seguro en vigor. El presente contrato de seguro queda sometido a la jurisdicción española y dentro de ella, será Xxxx competente para el conocimiento de las acciones derivadas del mismo, el del domicilio del asegurado, para lo cual éste designará un domicilio en España, en caso de que el suyo era en el extranjero.

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COMUNICACIONES Y JURISDICCIÓN. Las comunicaciones al asegurador, por parte del tomador del seguro, del asegurado o del beneficiario, se realizarán en el domicilio social de aquél aquel señalado en póliza, pero si se realizan a un agente del asegurador, surtirán los mismos efectos que si se hubieran realizado directamente a ésteeste. Las comunicaciones del asegurador al tomador del seguro, al asegurado, al beneficiario, se realizarán en el domicilio de los mismos recogido en póliza, salvo que hubieran noti- ficado notificado al asegurador el cambio de domicilio. Las comunicaciones efectuadas por un corredor de seguros al asegurador en nombre nom- bre del tomador del seguro surtirán los mismos efectos que si las realizara el propio toma- dortomador, salvo indicación en contrario de ésteeste. En todo caso se precisará el consentimiento consen- timiento expreso del tomador del seguro para suscribir un nuevo contrato o para modificar o rescindir el contrato de seguro en vigor. El presente contrato de seguro queda sometido a la jurisdicción española y dentro de ella, será Xxxx Juez competente para el conocimiento de las acciones derivadas del mismo, el del domicilio del asegurado, para lo cual éste este designará un domicilio en España, en caso de que el suyo era en el extranjero.

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COMUNICACIONES Y JURISDICCIÓN. Las comunicaciones dirigidas al asegurador, asegurador por parte del tomador del seguro, del asegurado ase- gurado o del beneficiario, se realizarán en el domicilio social de aquél aquel señalado en la póliza, pero si se realizan realizaran a un agente del asegurador, surtirán los mismos efectos que si se hubieran realizado directamente a ésteeste. Las comunicaciones del asegurador al tomador del seguro, al asegurado, al beneficiariobeneficia- rio, se realizarán en el domicilio de los mismos recogido en la póliza, salvo que hubieran noti- ficado hubie- ren notificado al asegurador el cambio de su domicilio. Las comunicaciones efectuadas por un corredor de seguros al asegurador en nombre del tomador del seguro seguro, surtirán los mismos efectos que si las realizara el propio toma- dor, salvo indicación en contrario de ésteeste. En todo caso se precisará el consentimiento consentimien- to expreso del tomador del seguro para suscribir un nuevo contrato o para modificar o rescindir el contrato de seguro en vigor. El presente contrato de seguro queda sometido a la jurisdicción española y dentro de ella, será Xxxx juez competente para el conocimiento de las acciones derivadas del mismo, el del domicilio del asegurado, para lo cual éste este designará un domicilio en España, en caso de que el suyo era en el extranjero.

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COMUNICACIONES Y JURISDICCIÓN. Las comunicaciones al asegurador, por parte del tomador del seguro, del asegurado o del beneficiariobeneficiario, se realizarán en el domicilio social de aquél aquel señalado en póliza, pero si se realizan a un agente del asegurador, surtirán los mismos efectos que si se hubieran realizado directamente a ésteeste. Las comunicaciones del asegurador al tomador del seguro, al asegurado, al beneficiariobeneficiario, se realizarán en el domicilio de los mismos recogido en póliza, salvo que hubieran noti- ficado notificado al asegurador el cambio de domicilio. Las comunicaciones efectuadas por un corredor de seguros al asegurador en nombre nom- bre del tomador del seguro surtirán los mismos efectos que si las realizara el propio toma- dortomador, salvo indicación en contrario de ésteeste. En todo caso se precisará el consentimiento consen- timiento expreso del tomador del seguro para suscribir un nuevo contrato o para modificar modificar o rescindir el contrato de seguro en vigor. El presente contrato de seguro queda sometido a la jurisdicción española y dentro de ella, será Xxxx Juez competente para el conocimiento de las acciones derivadas del mismo, el del domicilio del asegurado, para lo cual éste este designará un domicilio en España, en caso de que el suyo era en el extranjero.

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COMUNICACIONES Y JURISDICCIÓN. Las comunicaciones dirigidas al asegurador, asegurador por parte del tomador del seguro, del asegurado o del beneficiario, se realizarán en el domicilio social de aquél señalado en la póliza, pero si se realizan realizaran a un agente del asegurador, surtirán los mismos efectos que si se hubieran realizado directamente a éste. Las comunicaciones del asegurador al tomador del seguro, al asegurado, al beneficiariobenefi- ciario, se realizarán en el domicilio de los mismos recogido en la póliza, salvo que hubieran noti- ficado hubieren notificado al asegurador el cambio de su domicilio. LIBERTYMASCOTAS Las comunicaciones efectuadas por un corredor de seguros al asegurador en nombre del tomador del seguro seguro, surtirán los mismos efectos que si las realizara el propio toma- dor, salvo indicación en contrario de éste. En todo caso se precisará el consentimiento expreso del tomador del seguro para suscribir un nuevo contrato o para modificar o rescindir el contrato de seguro en vigor. El presente contrato de seguro queda sometido a la jurisdicción española y dentro de ella, será Xxxx juez competente para el conocimiento de las acciones derivadas del mismo, el del domicilio del asegurado, para lo cual éste designará un domicilio en España, en caso de que el suyo era en el extranjero.. LE10PET 01/13

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COMUNICACIONES Y JURISDICCIÓN. Las comunicaciones dirigidas al asegurador, asegurador por parte del el tomador del seguro, del asegurado seguro o del beneficiarioel asegurado, se realizarán en el domicilio social de aquél del asegurador señalado en la póliza, pero si se realizan xxx- xxxxxxx a un agente del asegurador, de seguros surtirán los mismos efectos que si se hubieran hubiesen realizado directamente a ésteaquel. LIBERTYEMPRESAS Asimismo, el pago de los recibos de prima por el tomador del seguro al agente de seguros se entenderá realizado al asegurador, salvo pacto en contrario. Las comunicaciones del asegurador al tomador del seguroseguro y, en su caso, al asegurado, al beneficiario, se realizarán en el domicilio de los mismos recogido en la póliza, salvo que hubieran noti- ficado hubieren notificado al asegurador el cambio de su domicilio. Las comunicaciones efectuadas por un corredor de seguros al asegurador en nombre del tomador del seguro surtirán los mismos efectos que si las realizara el propio toma- dor, salvo indicación en contrario de ésteeste. En todo caso se precisará el consentimiento expreso del tomador del seguro para suscribir un nuevo contrato o para modificar modificar o rescindir el contrato de seguro en vigor. Las comunicaciones del asegurador al tomador del seguro o asegurado, se podrán realizar a través xxx xxxxxxxx de seguros que hubiese intervenido en la póliza. El presente contrato de seguro queda sometido a la jurisdicción española y dentro de ella, será Xxxx juez competente para el conocimiento de las acciones derivadas del mismo, el del domicilio del asegurado, para lo cual éste este designará un domicilio en España, en caso de que el suyo era en el extranjero.

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COMUNICACIONES Y JURISDICCIÓN. Las comunicaciones dirigidas al asegurador, asegurador por parte del tomador del seguro, del asegurado o del beneficiario, se realizarán en el domicilio social de aquél señalado en la póliza, pero si se realizan realizaran a un agente del asegurador, surtirán los mismos efectos que si se hubieran realizado directamente a éste. Las comunicaciones del asegurador al tomador del seguro, al asegurado, al beneficiariobenefi- ciario, se realizarán en el domicilio de los mismos recogido en la póliza, salvo que hubieran noti- ficado hubieren notificado al asegurador el cambio de su domicilio. Las comunicaciones efectuadas por un corredor de seguros al asegurador en nombre del tomador del seguro seguro, surtirán los mismos efectos que si las realizara el propio toma- dor, salvo indicación en contrario de éste. En todo caso se precisará el consentimiento expreso del tomador del seguro para suscribir un nuevo contrato o para modificar o rescindir el contrato de seguro en vigor. El presente contrato de seguro queda sometido a la jurisdicción española y dentro de ella, será Xxxx juez competente para el conocimiento de las acciones derivadas del mismo, el del domicilio del asegurado, para lo cual éste designará un domicilio en España, en caso de que el suyo era en el extranjero.

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Samples: www.libertyseguros.es

COMUNICACIONES Y JURISDICCIÓN. Las comunicaciones dirigidas al asegurador, asegurador por parte del tomador del seguro, del asegurado o del beneficiario, se realizarán en el domicilio social de aquél señalado en la póliza, pero si se realizan realizaran a un agente del asegurador, surtirán los mismos efectos que si se hubieran realizado directamente a éste. Las comunicaciones del asegurador al tomador del seguro, al asegurado, al beneficiariobenefi- ciario, se realizarán en el domicilio de los mismos recogido en la póliza, salvo que hubieran noti- ficado hubieren notificado al asegurador el cambio de su domicilio. LIBERTYMASCOTAS Las comunicaciones efectuadas por un corredor de seguros al asegurador en nombre del tomador del seguro seguro, surtirán los mismos efectos que si las realizara el propio toma- dor, salvo indicación en contrario de éste. En todo caso se precisará el consentimiento expreso del tomador del seguro para suscribir un nuevo contrato o para modificar o rescindir el contrato de seguro en vigor. El presente contrato de seguro queda sometido a la jurisdicción española y dentro de ella, será Xxxx juez competente para el conocimiento de las acciones derivadas del mismo, el del domicilio del asegurado, para lo cual éste designará un domicilio en España, en caso de que el suyo era en el extranjero.. LE10PET 02/15

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Samples: www.regal.es

COMUNICACIONES Y JURISDICCIÓN. Las comunicaciones al asegurador, por parte del tomador del seguro, del asegurado o del beneficiario, se realizarán en el domicilio social de aquél señalado en póliza, pero si se realizan a un agente del asegurador, surtirán los mismos efectos que si se hubieran realizado directamente a éste. Las comunicaciones del asegurador al tomador del seguro, al asegurado, al beneficiario, se realizarán en el domicilio de los mismos recogido en póliza, salvo que hubieran noti- ficado notificado al asegurador el cambio de domicilio. Las comunicaciones efectuadas por un corredor de seguros al asegurador en nombre del tomador del seguro surtirán los mismos efectos que si las realizara el propio toma- dortomador, salvo indicación en contrario de éste. En todo caso se precisará el consentimiento expreso del tomador del seguro para suscribir un nuevo contrato o para modificar o rescindir el contrato de seguro en vigor. El presente contrato de seguro queda sometido a la jurisdicción española y dentro de ella, será Xxxx Juez competente para el conocimiento de las acciones derivadas del mismo, el del domicilio del asegurado, para lo cual éste designará un domicilio en España, en caso de que el suyo era estuviera en el extranjero.

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Samples: Condiciones Generales Seguro Toyota

COMUNICACIONES Y JURISDICCIÓN. LIBERTYVEHÍCULOS CLÁSICOS Las comunicaciones al asegurador, por parte del tomador del seguro, del asegurado o del beneficiario, se realizarán en el domicilio social de aquél señalado en póliza, pero si se realizan a un agente del asegurador, surtirán los mismos efectos que si se hubieran realizado directamente a éste. Las comunicaciones del asegurador al tomador del seguro, al asegurado, al beneficiariobeneficia- rio, se realizarán en el domicilio de los mismos recogido en póliza, salvo que hubieran noti- ficado notificado al asegurador el cambio de domicilio. Las comunicaciones efectuadas por un corredor de seguros al asegurador en nombre del tomador del seguro surtirán los mismos efectos que si las realizara el propio toma- dor, salvo indicación en contrario de éste. En todo caso se precisará el consentimiento expreso del tomador del seguro para suscribir un nuevo contrato o para modificar o rescindir el contrato de seguro en vigor. El presente contrato de seguro queda sometido a la jurisdicción española y dentro de ella, será Xxxx competente para el conocimiento de las acciones derivadas del mismo, el del domicilio del asegurado, para lo cual éste designará un domicilio en España, en caso de que el suyo era en el extranjero.

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Samples: www.classiccover.es

COMUNICACIONES Y JURISDICCIÓN. Las comunicaciones al asegurador, por parte del tomador del seguro, del asegurado asegu- rado o del beneficiario, se realizarán en el domicilio social de aquél aquel señalado en póliza, pero si se realizan a un agente del asegurador, surtirán los mismos efectos efec- tos que si se hubieran realizado directamente a ésteeste. Las comunicaciones del asegurador al tomador del seguro, al asegurado, al beneficiariobe- neficiario, se realizarán en el domicilio de los mismos recogido en póliza, salvo que hubieran noti- ficado notificado al asegurador el cambio de domicilio. Las comunicaciones efectuadas por un corredor de seguros al asegurador en nombre del tomador del seguro surtirán los mismos efectos que si las realizara el propio toma- dortomador, salvo indicación en contrario de ésteeste. En todo caso se precisará preci- xxxx el consentimiento expreso del tomador del seguro para suscribir un nuevo contrato o para modificar o rescindir el contrato de seguro en vigor. El presente contrato de seguro queda sometido a la jurisdicción española y dentro den- tro de ella, será Xxxx Juez competente para el conocimiento de las acciones derivadas del mismo, el del domicilio del asegurado, para lo cual éste este designará un domicilio domi- cilio en España, en caso de que el suyo era sea en el extranjero.

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Samples: www.regal.es

COMUNICACIONES Y JURISDICCIÓN. Las comunicaciones al asegurador, por parte del tomador del seguro, del asegurado o del beneficiario, se realizarán en el domicilio social de aquél aquel señalado en póliza, pero si se realizan a un agente del asegurador, surtirán los mismos efectos que si se hubieran realizado directamente a ésteeste. Las comunicaciones del asegurador al tomador del seguro, al asegurado, al beneficiariobeneficia- rio, se realizarán en el domicilio de los mismos recogido en póliza, salvo que hubieran noti- ficado notificado al asegurador el cambio de domicilio. Las comunicaciones efectuadas por un corredor de seguros al asegurador en nombre del tomador del seguro surtirán los mismos efectos que si las realizara el propio toma- dor, salvo indicación en contrario de ésteeste. En todo caso se precisará el consentimiento consentimien- to expreso del tomador del seguro para suscribir un nuevo contrato o para modificar o rescindir el contrato de seguro en vigor. El presente contrato de seguro queda sometido a la jurisdicción española y dentro de ella, será Xxxx Juez competente para el conocimiento de las acciones derivadas del mismo, el del domicilio del asegurado, para lo cual éste este designará un domicilio en España, en caso de que el suyo era en el extranjero.. LE10RCG 05/16

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