Common use of COMPROMISOS DE LAS PARTES Clause in Contracts

COMPROMISOS DE LAS PARTES. En virtud del presente convenio las partes adquieren los siguientes compromisos: De LA UNIVERSIDAD: Preseleccionar a los estudiantes que aspiren ser practicantes en LA ENTIDAD, de conformidad con las necesidades de la misma, señaladas previamente en un documento suscrito al inicio de cada uno de los periodos de práctica, documento que formará parte integral de este convenio y para efectos del mismo se denominará TERMINOS DE REFERENCIA (Anexo No 1). Presentar los aspirantes preseleccionados a LA ENTIDAD con al menos quince (15) días de anticipación al inicio del periodo de práctica. Asignar el número de estudiantes por semestre académico que sea requerido por LA ENTIDAD. Suscribir directamente con los estudiantes seleccionados por LA UNIVERSIDAD y aprobados por LA ENTIDAD, un documento en donde se determinen de manera específica las actividades a realizar durante el periodo de práctica, su termino de duración y las obligaciones que contrae en virtud del mismo, documento que se denominará PLAN DE TRABAJO, se anexa y hace parte integral del presente convenio (Anexo No 2). Garantizar a LA ENTIDAD la permanencia de los estudiantes en práctica en el número asignado y durante la totalidad del periodo de práctica. En caso de que fuere necesario realizar una sustitución del estudiante, esta obligación se condicionará a la existencia de estudiantes habilitados para realizar las mismas labores asignadas en cumplimiento de los requisitos exigidos por LA ENTIDAD. La ausencia de estudiantes o de cupos para su ubicación en la práctica, no generará la terminación del presente convenio, sino la suspensión del mismo, hasta que sea factible reiniciarlo con nuevos estudiantes o nuevos cupos. Informar a LA ENTIDAD cualquier modificación en el plan de estudios de los estudiantes que afecte el desarrollo de la práctica, con al menos treinta (30) días de anticipación a la fecha en que dichas modificaciones sean aplicables. Supervisar el desarrollo de las prácticas convenidas, garantizando los derechos de los estudiantes sobre la producción intelectual derivada de la práctica que desarrollan. Designar un Coordinador para la ejecución del presente convenio, quien ostentará la calidad de Coordinador de la práctica. Revisar que el estudiante desarrolle labores relacionadas exclusivamente con su carrera. Verificar que el espacio de práctica cuente con los elementos de protección personal apropiados. Entregar a LA ENTIDAD el formato de evaluación de desempeño de los practicantes, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula séptima del presente convenio. Abstenerse de usar la información propiedad de LA ENTIDAD, obtenida por el estudiante o entregada por LA ENTIDAD al estudiante en virtud del desarrollo de la práctica, para fines diferentes a los académicos. Las demás que se deriven del presente convenio y de la modalidad de vinculación determinada por LA ENTIDAD.

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Samples: Convenio De Apoyo Interinstitucional

COMPROMISOS DE LAS PARTES. En virtud El Ministerio de Igualdad, a través de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género (Dirección General de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI), se compromete a derivar de forma automática aquellas llamadas realizadas al Servicio telefónico 028 Arcoíris relativas a información y atención integral en materia de LGTBIfobia (en particular las relativas a petición de ayuda tras un ataque LGTBIfóbico, solicitudes de información relacionadas con delitos de odio por LGTBIfobia o violencia intragénero y las llamadas consistentes en cuestiones de salud, incluida la salud sexual y reproductiva) desde el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia, al servicio telefónico 900102338 de ésta, con el fin de asegurar la prestación del servicio público de información y atención integral en materia de LGTBIfobia, poniendo en conocimiento de la persona usuaria el número al que se deriva la llamada y el órgano administrativo que gestiona este número. Las características técnicas del servicio telefónico 028 Arcoíris y del servicio telefónico 900102338 de la Comunidad Autónoma de Galicia que cada parte establezca libremente en uso de sus competencias serán las comunicadas por las partes firmantes, a través de sus respectivas personas representantes, a la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula quinta del presente convenio convenio. En función de las características técnicas comunicadas, la Comisión de Seguimiento acordará los términos y las condiciones técnicas del procedimiento de derivación de llamadas entre ambos servicios telefónicos. No se dará por realizada la derivación por parte del servicio 028 Arcoíris hasta asegurarse de que la llamada es atendida en el servicio telefónico 900102338 de la Comunidad Autónoma de Galicia. En todo caso, si la llamada realizada al servicio telefónico 028 Arcoíris precisa atención de urgencia y emergencia se derivará inmediatamente al teléfono de emergencias 112 de la Comunidad Autónoma de Galicia, comprometiéndose las partes adquieren los siguientes compromisos: De LA UNIVERSIDAD: Preseleccionar a los estudiantes que aspiren ser practicantes respetar en LA ENTIDADtodo caso la normativa aplicable en materia de protección de datos, conforme a lo señalado en la cláusula sexta del presente convenio. Por su parte, la Comunidad Autónoma de conformidad con las necesidades Galicia, a través de la mismaConsellería de Promoción del Empleo e Igualdad, señaladas previamente se compromete a derivar desde el servicio telefónico 900102338 al servicio telefónico 028 Arcoíris cualquier llamada relativa a discriminación y violencia LGTBIfóbica cuando sea necesario para garantizar la correcta atención de la llamada recibida en un documento suscrito al inicio de cada uno función de los periodos de práctica, documento que formará parte integral de este convenio y para efectos del mismo se denominará TERMINOS DE REFERENCIA (Anexo No 1). Presentar los aspirantes preseleccionados a LA ENTIDAD con al menos quince (15) días de anticipación al inicio del periodo de práctica. Asignar el número de estudiantes por semestre académico que sea requerido por LA ENTIDAD. Suscribir directamente con los estudiantes seleccionados por LA UNIVERSIDAD y aprobados por LA ENTIDAD, un documento en donde se determinen de manera específica las actividades a realizar durante el periodo de práctica, su termino de duración términos y las obligaciones que contrae en virtud condiciones técnicas del mismo, documento que se denominará PLAN DE TRABAJO, se anexa y hace parte integral del presente convenio (Anexo No 2). Garantizar a LA ENTIDAD la permanencia procedimiento de los estudiantes en práctica en el número asignado y durante la totalidad del periodo derivación de práctica. En caso de que fuere necesario realizar una sustitución del estudiante, esta obligación se condicionará a la existencia de estudiantes habilitados para realizar las mismas labores asignadas en cumplimiento de los requisitos exigidos por LA ENTIDAD. La ausencia de estudiantes o de cupos para su ubicación llamadas entre ambos servicios telefónicos acordados en la práctica, no generará Comisión de Seguimiento prevista en la terminación cláusula quinta del presente convenio, sino en particular, cuando la suspensión llamada recibida requiera ser atendida en idiomas, en medios específicos para personas con discapacidad auditiva y/o del mismo, hasta habla y en un horario determinado para recibir información y asesoramiento jurídico que sea factible reiniciarlo con nuevos estudiantes o nuevos cupos. Informar a LA ENTIDAD cualquier modificación no estén cubiertos en el plan de estudios de los estudiantes que afecte el desarrollo servicio telefónico 900102338. cve: BOE-A-2023-18407 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Ambas partes garantizarán la difusión conjunta del servicio telefónico 900102338 de la prácticaComunidad Autónoma de Galicia y del servicio telefónico 028 Arcoíris en las actuaciones de sensibilización, con al menos treinta (30) días comunicación e información que realicen de anticipación sus respectivos servicios telefónicos. El Ministerio de Igualdad, a través de la fecha Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, se compromete a incluir en que dichas modificaciones sean aplicables. Supervisar el desarrollo sus estadísticas anuales del servicio 028 Arcoíris, difundidas en su página web, información desagregada de las prácticas convenidas, garantizando los derechos de los estudiantes sobre la producción intelectual derivada llamadas atendidas en el servicio telefónico 028 Arcoíris procedentes del territorio de la práctica que desarrollan. Designar un Coordinador para la ejecución del presente convenio, quien ostentará la calidad Comunidad Autónoma de Coordinador de la práctica. Revisar que el estudiante desarrolle labores relacionadas exclusivamente con su carrera. Verificar que el espacio de práctica cuente con los elementos de protección personal apropiados. Entregar a LA ENTIDAD el formato de evaluación de desempeño de los practicantes, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula séptima del presente convenio. Abstenerse de usar la información propiedad de LA ENTIDAD, obtenida por el estudiante o entregada por LA ENTIDAD al estudiante en virtud del desarrollo de la práctica, para fines diferentes a los académicos. Las demás que se deriven del presente convenio y de la modalidad de vinculación determinada por LA ENTIDADGalicia.

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Samples: www.boe.es

COMPROMISOS DE LAS PARTES. En virtud del presente convenio las Las partes adquieren los siguientes compromisos: De LA UNIVERSIDAD: Preseleccionar a los estudiantes que aspiren ser practicantes en LA ENTIDAD, de conformidad acuerdan cumplir con las necesidades de la misma, señaladas previamente en un documento suscrito al inicio de cada uno de los periodos de práctica, documento que formará parte integral de este convenio y para efectos del mismo se denominará TERMINOS DE REFERENCIA (Anexo No 1). Presentar los aspirantes preseleccionados a LA ENTIDAD con al menos quince (15) días de anticipación al inicio del periodo de práctica. Asignar el número de estudiantes por semestre académico que sea requerido por LA ENTIDAD. Suscribir directamente con los estudiantes seleccionados por LA UNIVERSIDAD y aprobados por LA ENTIDAD, un documento en donde se determinen de manera específica las actividades a realizar durante el periodo de práctica, su termino de duración y las obligaciones que contrae se detallan a continuación. Por parte de la INDUSTRIA: 5.1. Realizar el pago a la ACADEMIA de la contraprestación económica indicada en virtud la cláusula cuarta, oportuna, puntual e íntegramente. 5.2. Proporcionar la información necesaria, así como las facilidades requeridas a la ACADEMIA para la adecuada prestación del mismoSERVICIO, documento dentro de los plazos que sean requeridos por la ACADEMIA. 5.3. Abstenerse de solicitar o de otro modo comunicarse, directa o indirectamente, con cualquier investigador, funcionario, trabajador, contratista, agente u otro colaborador o representante de LA ACADEMIA, o que haya trabajado con LA ACADEMIA durante los últimos doce meses calendarios, en temas relacionados con EL SERVICIO, con el propósito de emplear o contratar los servicios de dichas personas. Esta obligación se denominará PLAN DE TRABAJO, se anexa y hace parte integral mantendrá vigente por un periodo de hasta doce (12) meses calendarios posteriores a la finalización del presente convenio (Anexo No 2)Contrato, aun en caso el Contrato se resuelva anticipadamente. Garantizar a LA ENTIDAD 5.4. Realizar las actividades necesarias para la permanencia innovación objeto del presente Contrato, en los términos y dentro de los estudiantes plazos establecidos en práctica este Contrato. Por parte de la ACADEMIA: 5.3. Cumplir con los entregables y las actividades previstas en el número asignado SERVICIO conforme al anexo I, con la calidad, diligencia y durante la totalidad del periodo ética acorde a las buenas prácticas, normas y estándares de práctica. En caso investigación de que fuere necesario realizar una sustitución del estudiante_____(sector, esta obligación se condicionará a la existencia de estudiantes habilitados para realizar las mismas labores asignadas en cumplimiento de los requisitos exigidos por LA ENTIDAD. La ausencia de estudiantes o de cupos para su ubicación norma, etcétera)________, y en la práctica, no generará oportunidad establecida en este Contrato. 5.4. Sostener reuniones periódicas con la terminación del presente convenio, sino la suspensión del mismo, hasta que sea factible reiniciarlo con nuevos estudiantes o nuevos cupos. Informar a LA ENTIDAD cualquier modificación en el plan de estudios de INDUSTRIA y emitir los estudiantes que afecte el desarrollo de la práctica, con al menos treinta (30) días de anticipación a la fecha en que dichas modificaciones sean aplicables. Supervisar el desarrollo de las prácticas convenidas, garantizando los derechos de los estudiantes entregables acordados para informar sobre la producción intelectual derivada de la práctica que desarrollan. Designar un Coordinador para la ejecución del presente convenioSERVICIO y comunicar a la INDUSTRIA cambios o ajustes requeridos al SERVICIO, quien ostentará según se requiera. 5.5. Brindar a la calidad de Coordinador de INDUSTRIA la práctica. Revisar que el estudiante desarrolle labores relacionadas exclusivamente con su carrera. Verificar que el espacio de práctica cuente con los elementos de protección personal apropiados. Entregar a LA ENTIDAD el formato de evaluación de desempeño de los practicantesinformación necesaria, de conformidad con lo dispuesto en así como las facilidades requeridas para la cláusula séptima innovación objeto del presente convenio. Abstenerse de usar la información propiedad de LA ENTIDADContrato, obtenida conforme al cronograma acordado por el estudiante o entregada por LA ENTIDAD al estudiante en virtud del desarrollo de la práctica, para fines diferentes a los académicos. Las demás que se deriven del presente convenio y de la modalidad de vinculación determinada por LA ENTIDADLAS PARTES.

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Samples: vinculate.concytec.gob.pe

COMPROMISOS DE LAS PARTES. En virtud del Del presente convenio no se derivan obligaciones económicas para ninguna de las partes adquieren partes. El alumno no tendrá en ningún caso vinculación laboral con la Administración Penitenciaria, no pudiendo establecerse entre esta y aquel ninguna relación contractual, ni siquiera bajo las modalidades de contrato en prácticas o para la formación, previstos en los siguientes compromisos: De LA UNIVERSIDAD: Preseleccionar a los estudiantes artículos 11 y 12 del Real Decreto Legislativo 1/1995, del 24 xx xxxxx, por el que aspiren ser practicantes en LA ENTIDAD, de conformidad con las necesidades se aprueba el texto refundido de la misma, señaladas previamente en un documento suscrito al inicio de cada uno Ley del Estatuto de los periodos de prácticaTrabajadores, documento por lo que formará parte integral de los alumnos acogidos a este convenio quedan absolutamente excluidos de la legislación laboral. Durante el período de prácticas concertado no se podrá formalizar ninguna modalidad de contrato de trabajo entre el centro penitenciario y para efectos del mismo el alumno, mientras no se denominará TERMINOS DE REFERENCIA (Anexo No 1)revoque expresamente el concierto de colaboración formativa entre el centro educativo y el centro penitenciario, respecto de ese alumno. Presentar La Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de los aspirantes preseleccionados a LA ENTIDAD con al menos quince (15) días de anticipación al inicio del periodo de práctica. Asignar el número de estudiantes por semestre académico centros educativos correspondientes que sea requerido por LA ENTIDAD. Suscribir directamente con los estudiantes seleccionados por LA UNIVERSIDAD y aprobados por LA ENTIDAD, un documento en donde se determinen de manera específica las actividades a realizar durante el periodo de práctica, su termino de duración y las obligaciones que contrae en virtud del mismo, documento que se denominará PLAN DE TRABAJOimpartan formación profesional, se anexa y hace parte integral del presente convenio (Anexo No 2). Garantizar a LA ENTIDAD la permanencia de los estudiantes en práctica en el número asignado y durante la totalidad del periodo de práctica. En caso de que fuere necesario realizar una sustitución del estudiante, esta obligación se condicionará a la existencia de estudiantes habilitados para realizar las mismas labores asignadas en cumplimiento de los requisitos exigidos por LA ENTIDAD. La ausencia de estudiantes o de cupos para su ubicación en la práctica, no generará la terminación del presente convenio, sino la suspensión del mismo, hasta que sea factible reiniciarlo con nuevos estudiantes o nuevos cupos. Informar a LA ENTIDAD cualquier modificación en el plan de estudios de los estudiantes que afecte el desarrollo de la práctica, con al menos treinta (30) días de anticipación a la fecha en que dichas modificaciones sean aplicables. Supervisar el desarrollo de las prácticas convenidas, garantizando los derechos de los estudiantes sobre la producción intelectual derivada de la práctica que desarrollan. Designar un Coordinador para la ejecución del presente convenio, quien ostentará la calidad de Coordinador de la práctica. Revisar que el estudiante desarrolle labores relacionadas exclusivamente con su carrera. Verificar que el espacio de práctica cuente con los elementos de protección personal apropiados. Entregar a LA ENTIDAD el formato de evaluación de desempeño de los practicantescompromete, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula séptima normativa vigente a informar previamente al director del presente convenio. Abstenerse centro penitenciario interesado, sobre las características de usar las prácticas, la información propiedad de LA ENTIDADduración fijada, obtenida por horarios, actividades a realizar y cuantas cuestiones sean necesarias para el estudiante o entregada por LA ENTIDAD al estudiante en virtud del desarrollo de tales prácticas al objeto de poder tener en cuenta tales extremos a la práctica, para fines diferentes a los académicoshora de valorar la realización de las mismas y poder programarlas en el centro penitenciario. Las demás materias y especialidades cuyas prácticas se programen deberán tener aplicabilidad práctica dentro del centro penitenciario por referirse a aspectos que se deriven del presente convenio pueda cubrir y tutelar debidamente en atención a su personal, cometidos, instalaciones o necesidades de la población reclusa (señalándose a título enunciativo, profesiones referidas a instalación, reparación y mantenimiento de instalaciones eléctricas, maquinaria, fontanería, carpintería, peluquería, auxiliares sanitarios y de la modalidad farmacia, educación social, cocina etc.). La Secretaría General de vinculación determinada por LA ENTIDAD.Instituciones Penitenciarias, a través de los establecimientos penitenciarios implicados en este convenio, se compromete a:

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Samples: Convenio De Colaboración Entre La Comunidad Autónoma De Galicia

COMPROMISOS DE LAS PARTES. En virtud Las partes firmantes del presente convenio las partes adquieren se comprometen a relacionarse y a ejecutar el objeto del Convenio bajo los siguientes compromisos: De LA UNIVERSIDAD: Preseleccionar a los estudiantes que aspiren ser practicantes principios de lealtad, buena fe, transparencia, colaboración, eficacia, eficiencia, y coordinación. Los principios enumerados en LA ENTIDAD, de conformidad con las necesidades el apartado anterior informarán de la mismaejecución del Convenio, señaladas previamente sirviendo para interpretarlo y resolviendo dudas o controversias. • Realizar el evento deportivo, así como todos los actos complementarios dirigidas al deporte base, en un documento suscrito colaboración con la Dirección General de Xxxxxxx, conforme a las características descritas en el proyecto presentado que figura como anexo al inicio de cada uno Convenio, aportando su conocimiento, experiencia y capacidad para el desarrollo de los periodos mismos, utilizando los medios materiales y personales necesarios para su consecución, siguiendo criterios de prácticaeficacia, documento eficiencia, independencia y confidencialidad, y sufragando los gastos que formará parte integral todo ello conlleve. • Realizar las actividades complementarias diversas dirigidas al deporte de base, en colaboración con la Dirección General de Deporte. • Hacerse cargo de todos los protocolos y medidas necesarias en materia de prevención del COVID-19, según la normativa estatal, autonómica y municipal vigente en el momento de la celebración del evento. • En lo relativo al plan de Comunicación: - Todas las acciones de difusión y publicidad se realizarán en coordinación con la unidad de comunicación del Área Delegada de Deporte para garantizar la correcta presencia municipal. - Entregar al Ayuntamiento de Madrid para su validación, un borrador del Plan de comunicación y difusión donde se deberán incluir las acciones de promoción de la ciudad de Madrid. • En lo relativo a la aplicación de la marca: - La identidad corporativa del Ayuntamiento de Madrid aparecerá en todas las campañas de publicidad y difusión que se inserten en los medios de comunicación tradicionales; en las RRSS y en medios digitales. - La identidad corporativa municipal también aparecerá en papelería, cartelería, y cualquier otro elemento impreso que se utilice en la comunicación. - Se proyectará la imagen de Madrid, durante la celebración de la carrera, en todos los soportes destinados a tal fin además de en el arco de salida y de meta, se integrará la palabra MADRID junto al resto de patrocinadores, con el fin de identificar que la carrera se está desarrollando en Madrid; la trasera de premiación, trasera xx xxxxxx de prensa, y demás soportes publicitarios análogos que se utilicen en la organización y difusión del evento. - Igualmente habrá visibilidad de la identidad corporativa municipal en todos los elementos de difusión y organización de las diferentes actividades complementarias que se llevaran a cabo con motivo del evento principal (unveil de la camiseta, silvestres del año, xxxxx xxx xxxxxxxx, carrera mini…) -Quedarían excluidas las campañas de promoción y publicidad contratadas directamente por los patrocinadores de la Nationale-Nederlanden San Xxxxxxxxx Vallecana. • En lo referente a la hospitalidad y retorno institucional: garantizar la presencia institucional del Ayuntamiento de Madrid, mediante los representantes municipales que se designen, en los diferentes actos y eventos protocolarios dará visibilidad a la ciudad de Madrid tanto nacional como internacionalmente. • No utilizar el logotipo del Ayuntamiento para otros fines que los establecidos en el presente Convenio, debiendo cesar inmediatamente en su utilización una vez extinguido aquel. • Obtener las autorizaciones correspondientes que sean pertinentes para la celebración de la carrera, hacerse cargo del abono de las correspondientes tasas y suscribir los correspondientes seguros de responsabilidad civil necesarios para el desarrollo de todas las pruebas deportivas. El AYUNTAMIENTO DE MADRID se compromete a: • Colaborar en la difusión de la San Xxxxxxxxx, tanto en su modalidad Popular como Internacional, mediante la publicación de la información en la web oficial del Ayuntamiento, (LINEA MADRID: teléfono 010, Oficinas de Atención al Ciudadano y buscadores). • Facilitar la distribución de información en los 73 Centros deportivos Municipales (carteles, folletos, displays..) o cualquier otro material que consideren los organizadores. • Difundir, mediante la coordinación y colaboración con Madrid Destino (Turismo), a través de los canales de dicha entidad, información sobre la carrera y el resto de las carreras asociadas a ésta. • Gestionar la cesión de mobiliario urbano, siempre que exista disponibilidad, en los términos y condiciones que marca la normativa sobre publicidad exterior. • Facilitar, en la medida de lo posible, la realización de las actividades objeto de este convenio Convenio y para efectos del mismo se denominará TERMINOS DE REFERENCIA (Anexo No 1)promover la participación de invitados de relevancia institucional en los actos principales. Presentar • Promover la participación institucional y ciudadana con el fin de apoyar activamente el evento. • Otorgar el derecho al uso gratuito de los aspirantes preseleccionados a LA ENTIDAD con al menos quince (15) días de anticipación al inicio del periodo de práctica. Asignar el número de estudiantes por semestre académico que sea requerido por LA ENTIDAD. Suscribir directamente con los estudiantes seleccionados por LA UNIVERSIDAD logotipos municipales y aprobados por LA ENTIDAD, un documento su publicidad en donde se determinen de manera específica las actividades a realizar durante el periodo de práctica, su termino de duración y las obligaciones que contrae en virtud del mismo, documento que se denominará PLAN DE TRABAJO, se anexa y hace parte integral del presente convenio (Anexo No 2). Garantizar a LA ENTIDAD la permanencia de los estudiantes en práctica en el número asignado y durante la totalidad del periodo ámbito de práctica. En caso de que fuere necesario realizar una sustitución del estudianteeste evento, esta obligación se condicionará a la existencia de estudiantes habilitados para realizar las mismas labores asignadas en cumplimiento de los requisitos exigidos por LA ENTIDAD. La ausencia de estudiantes o de cupos para su ubicación en la práctica, no generará la terminación del presente convenio, sino la suspensión del mismo, hasta que sea factible reiniciarlo con nuevos estudiantes o nuevos cupos. Informar a LA ENTIDAD cualquier modificación en el plan de estudios de los estudiantes que afecte el desarrollo de la práctica, con al menos treinta (30) días de anticipación a la fecha en que dichas modificaciones sean aplicables. Supervisar el desarrollo de las prácticas convenidas, garantizando respetando los derechos de los estudiantes sobre la producción intelectual derivada marca del Ayuntamiento de Madrid y el Manual de Identidad Corporativa. • Colaborar con A.D. San Xxxxxxxxx en la medida de lo posible en la gestión en su caso de autorizaciones y permisos municipales necesarios, conforme a la normativa vigente. El Convenio no podrá dispensar de la práctica que desarrollan. Designar un Coordinador obtención de las licencias, autorizaciones o permisos requeridos por la legislación y normativa vigente para la ejecución del presente conveniorealización de las acciones que, quien ostentará la calidad de Coordinador de la práctica. Revisar que el estudiante desarrolle labores relacionadas exclusivamente con en su carrera. Verificar que el espacio de práctica cuente con los elementos de protección personal apropiados. Entregar a LA ENTIDAD el formato de evaluación de desempeño de los practicantes, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula séptima del presente convenio. Abstenerse de usar la información propiedad de LA ENTIDAD, obtenida por el estudiante o entregada por LA ENTIDAD al estudiante en virtud del desarrollo de la práctica, para fines diferentes a los académicos. Las demás que se deriven del presente convenio y de la modalidad de vinculación determinada por LA ENTIDADcaso realizase A.D. San Xxxxxxxxx Vallecana.

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Samples: Convenio Entre El Ayuntamiento De Madrid Y Agrupación Deportiva San Silvestre Vallecana Para La Promocion Del Deporte en La Ciudad De Madrid a Través Del Apoyo en La Celebración De La “44ª San Silvestre Vallecana Popular Y 57ª San Silvestre Vallecana Internacional

COMPROMISOS DE LAS PARTES. En virtud El Ministerio de Igualdad, a través de la Delegación del presente convenio Gobierno contra la Violencia de Género, se compromete a derivar de forma automática cualquier llamada relativa a violencia de género realizada al Servicio Telefónico 016 de información y asesoramiento jurídico en materia de violencia de género desde al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de País Xxxxx al servicio telefónico 000 000 000 con el fin de asegurar la prestación del servicio público de información y asesoramiento en materia de violencia de género, cualquiera que sea la información requerida, poniendo en conocimiento de la persona usuaria el número al que se deriva la llamada y el órgano administrativo que gestiona este número. Las características técnicas del Servicio Telefónico 016 y del Servicio Telefónico 000 000 000 de la Comunidad Autónoma de País Xxxxx que cada parte establezca libremente en uso de sus competencias serán las comunicadas por las partes adquieren los siguientes compromisos: De LA UNIVERSIDAD: Preseleccionar firmantes, a los estudiantes que aspiren ser practicantes en LA ENTIDADtravés de sus respectivas personas representantes, de conformidad con las necesidades de la misma, señaladas previamente en un documento suscrito al inicio de cada uno de los periodos de práctica, documento que formará parte integral de este convenio y para efectos del mismo se denominará TERMINOS DE REFERENCIA (Anexo No 1). Presentar los aspirantes preseleccionados a LA ENTIDAD con al menos quince (15) días de anticipación al inicio del periodo de práctica. Asignar el número de estudiantes por semestre académico que sea requerido por LA ENTIDAD. Suscribir directamente con los estudiantes seleccionados por LA UNIVERSIDAD y aprobados por LA ENTIDAD, un documento en donde se determinen de manera específica las actividades a realizar durante el periodo de práctica, su termino de duración y las obligaciones que contrae en virtud del mismo, documento que se denominará PLAN DE TRABAJO, se anexa y hace parte integral del presente convenio (Anexo No 2). Garantizar a LA ENTIDAD la permanencia de los estudiantes en práctica en el número asignado y durante la totalidad del periodo de práctica. En caso de que fuere necesario realizar una sustitución del estudiante, esta obligación se condicionará a la existencia Comisión de estudiantes habilitados para realizar las mismas labores asignadas en cumplimiento de los requisitos exigidos por LA ENTIDAD. La ausencia de estudiantes o de cupos para su ubicación en la práctica, no generará la terminación del presente convenio, sino la suspensión del mismo, hasta que sea factible reiniciarlo con nuevos estudiantes o nuevos cupos. Informar a LA ENTIDAD cualquier modificación en el plan de estudios de los estudiantes que afecte el desarrollo de la práctica, con al menos treinta (30) días de anticipación a la fecha en que dichas modificaciones sean aplicables. Supervisar el desarrollo de las prácticas convenidas, garantizando los derechos de los estudiantes sobre la producción intelectual derivada de la práctica que desarrollan. Designar un Coordinador para la ejecución del presente convenio, quien ostentará la calidad de Coordinador de la práctica. Revisar que el estudiante desarrolle labores relacionadas exclusivamente con su carrera. Verificar que el espacio de práctica cuente con los elementos de protección personal apropiados. Entregar a LA ENTIDAD el formato de evaluación de desempeño de los practicantes, de conformidad con lo dispuesto Seguimiento prevista en la cláusula séptima quinta del presente convenioConvenio. Abstenerse En función de usar las características técnicas comunicadas, la información propiedad Comisión de LA ENTIDADSeguimiento acordará los términos y las condiciones técnicas del procedimiento de derivación de llamadas entre ambos servicios telefónicos. En todo caso, obtenida por el estudiante o entregada por LA ENTIDAD si la llamada realizada al estudiante en virtud del desarrollo Servicio Telefónico 016 precisa atención de urgencia y emergencia se derivará inmediatamente al teléfono de emergencias 112 de la prácticaComunidad Autónoma de País Xxxxx, para fines diferentes comprometiéndose las partes a los académicos. Las demás que se deriven respetar en todo caso la normativa aplicable en materia de protección de datos, conforme a lo señalado en la cláusula sexta del presente convenio Convenio. Por su parte, la Comunidad Autónoma de País Xxxxx, a través del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, se compromete a derivar desde el servicio telefónico 000 000 000 al servicio telefónico 016 cualquier llamada relativa a violencia de género cuando sea necesario para garantizar la correcta atención de la modalidad llamada recibida en función de vinculación determinada por LA ENTIDADlos términos y las condiciones técnicas del procedimiento de derivación de llamadas entre ambos servicios telefónicos acordados en la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula quinta del presente Convenio, en particular, cuando la llamada recibida requiera ser atendida en idiomas, en medios específicos para personas con discapacidad auditiva y/o del habla y en un horario determinado para recibir información y asesoramiento jurídico que no estén cubiertos en el servicio telefónico 000 000 000. Ambas partes garantizarán la difusión conjunta del servicio telefónico 000 000 000 de la Comunidad Autónoma de País Xxxxx y del servicio telefónico 016 en las actuaciones de sensibilización, comunicación e información que realicen de sus respectivos servicios telefónicos. El Ministerio de Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, se compromete a incluir en sus estadísticas mensuales y anuales del Servicio 016, difundidas en su página web, información desagregada de las llamadas atendidas en el servicio telefónico 016 procedentes del territorio de la Comunidad Autónoma de País Xxxxx.

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Samples: www.boe.es

COMPROMISOS DE LAS PARTES. En virtud El Ministerio de Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, se compromete a derivar de forma automática cualquier llamada relativa a violencia de género realizada al servicio telefónico 016 de información y asesoramiento jurídico en materia de violencia de género desde al ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, al servicio telefónico 900 580 888 de ésta, con el fin de asegurar la prestación del servicio público de información y asesoramiento jurídico en materia de violencia de género, cualquiera que sea la información requerida, poniendo en conocimiento de la persona usuaria el número al que se deriva la llamada y el órgano administrativo que gestiona este número. Las características técnicas del servicio telefónico 016 y del servicio telefónico 900 580 888 de la Comunitat Valenciana que cada parte establezca libremente en uso de sus competencias serán las comunicadas por las partes firmantes, a través de sus respectivas personas representantes, a la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula quinta del presente convenio convenio. En función de las características técnicas comunicadas, la Comisión de Seguimiento acordará los términos y las condiciones técnicas del procedimiento de derivación de llamadas entre ambos servicios telefónicos. En todo caso, si la llamada realizada al servicio telefónico 016 precisa atención de urgencia y emergencia se derivará inmediatamente al teléfono de emergencias 112 de la Comunitat Valenciana, comprometiéndose las partes adquieren los siguientes compromisosa respetar en todo caso la normativa aplicable en materia de protección de datos, conforme a lo señalado en la cláusula sexta del presente convenio. cve: De LA UNIVERSIDAD: Preseleccionar BOE-A-2022-13373 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Por su parte, la Comunitat Valenciana, a los estudiantes que aspiren ser practicantes en LA ENTIDAD, de conformidad con las necesidades través de la mismaVicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, señaladas previamente se compromete a derivar desde el servicio telefónico 900 580 888 al servicio telefónico 016 cualquier llamada relativa a violencia de género cuando sea necesario para garantizar la correcta atención de la llamada recibida en un documento suscrito al inicio de cada uno función de los periodos de práctica, documento que formará parte integral de este convenio y para efectos del mismo se denominará TERMINOS DE REFERENCIA (Anexo No 1). Presentar los aspirantes preseleccionados a LA ENTIDAD con al menos quince (15) días de anticipación al inicio del periodo de práctica. Asignar el número de estudiantes por semestre académico que sea requerido por LA ENTIDAD. Suscribir directamente con los estudiantes seleccionados por LA UNIVERSIDAD y aprobados por LA ENTIDAD, un documento en donde se determinen de manera específica las actividades a realizar durante el periodo de práctica, su termino de duración términos y las obligaciones que contrae en virtud condiciones técnicas del mismo, documento que se denominará PLAN DE TRABAJO, se anexa y hace parte integral del presente convenio (Anexo No 2). Garantizar a LA ENTIDAD la permanencia procedimiento de los estudiantes en práctica en el número asignado y durante la totalidad del periodo derivación de práctica. En caso de que fuere necesario realizar una sustitución del estudiante, esta obligación se condicionará a la existencia de estudiantes habilitados para realizar las mismas labores asignadas en cumplimiento de los requisitos exigidos por LA ENTIDAD. La ausencia de estudiantes o de cupos para su ubicación llamadas entre ambos servicios telefónicos acordados en la práctica, no generará Comisión de Seguimiento prevista en la terminación cláusula quinta del presente convenio, sino en particular, cuando la suspensión llamada recibida requiera ser atendida en idiomas, en medios específicos para personas con discapacidad auditiva y/o del mismo, hasta habla y en un horario determinado para recibir información y asesoramiento jurídico que sea factible reiniciarlo con nuevos estudiantes o nuevos cupos. Informar a LA ENTIDAD cualquier modificación no estén cubiertos en el plan de estudios de los estudiantes que afecte el desarrollo servicio telefónico 900 580 888. Ambas partes garantizarán la difusión conjunta del servicio telefónico 900 580 888 de la prácticaComunitat Valenciana y del servicio telefónico 016 en las actuaciones de sensibilización, con al menos treinta (30) días comunicación e información que realicen de anticipación sus respectivos servicios telefónicos. El Ministerio de Igualdad, a través de la fecha Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, se compromete a incluir en que dichas modificaciones sean aplicables. Supervisar el desarrollo sus estadísticas mensuales y anuales del servicio 016, difundidas en su página web, información desagregada de las prácticas convenidas, garantizando los derechos de los estudiantes sobre la producción intelectual derivada llamadas atendidas en el servicio telefónico 016 procedentes del territorio de la práctica que desarrollan. Designar un Coordinador para la ejecución del presente convenio, quien ostentará la calidad de Coordinador de la práctica. Revisar que el estudiante desarrolle labores relacionadas exclusivamente con su carrera. Verificar que el espacio de práctica cuente con los elementos de protección personal apropiados. Entregar a LA ENTIDAD el formato de evaluación de desempeño de los practicantes, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula séptima del presente convenio. Abstenerse de usar la información propiedad de LA ENTIDAD, obtenida por el estudiante o entregada por LA ENTIDAD al estudiante en virtud del desarrollo de la práctica, para fines diferentes a los académicos. Las demás que se deriven del presente convenio y de la modalidad de vinculación determinada por LA ENTIDADComunitat Valenciana.

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