COMIENZO DE LA OBRA Cláusulas de Ejemplo

COMIENZO DE LA OBRA. El Acta de Comprobación del Replanteo de las obras se formalizará en cuanto esté aprobado el Plan de Seguridad y Salud de las obras. El adjudicatario estará obligado al cumplimiento del plazo total fijado o el que resulte de su oferta, que comentará a contar desde el día siguiente a la firma del Acta de Comprobación del Replanteo.
COMIENZO DE LA OBRA. Ritmo de ejecución de los trabajos
COMIENZO DE LA OBRA. El Contratista tendrá la responsabilidad de comenzar real y apropiadamente la Obra con arreglo a los elementos originales, las líneas y los niveles de referencia proporcionados por el Ingeniero por escrito y la exactitud de la posición, los niveles, las dimensiones y la alineación de todas las partes de la Obra, así como de suministrar todos los instrumentos, utensilios y la mano de obra necesarios en relación con ésta. Si en algún momento durante la ejecución de la Obra apareciera o surgiera cualquier error en la posición, los niveles, las dimensiones o la alineación de cualesquiera de las partes de la Obra, el Contratista, tan pronto se lo pida el Ingeniero, rectificará a sus expensas dicho error a satisfacción del Ingeniero.
COMIENZO DE LA OBRA. El Contratista dará comienzo a la Obra lo antes que sea razonablemente posible después de recibir una notificación al efecto por parte del Mandante o el Inspector Técnico, en su caso, la que le será enviada dentro del plazo indicado en el Apéndice o Anexo de la Oferta, no antes de la firma del Contrato, y tendrá relación con la fecha de la Carta de Adjudicación y al Programa aprobado. A partir de ese momento, el Contratista procederá a ejecutar la Obra con la debida diligencia y sin retraso.
COMIENZO DE LA OBRA. La persona o empresa adjudicataria está obligada al cumplimiento del plazo de ejecución del proyecto, que comenzará a contar desde el día siguiente al de la firma del Acta de Comprobación del Replanteo, que se formalizará al día siguiente de la aprobación del Plan de Seguridad y Salud de las Obras, previo informe favorable del Coordinador de Seguridad Salud en fase de ejecución de la obra, se haya cumplimentado el Libro de incidencias y órdenes, formalizado la apertura del centro de trabajo, libro de visitas y, en su caso de subcontratación.
COMIENZO DE LA OBRA. 19 Vigilancia y alumbrado 20 Cuidado de la Obra
COMIENZO DE LA OBRA. El Acta de Comprobación del Replanteo de las obras se formalizará en cuanto esté aprobado el Plan de Seguridad y Salud de las obras. El Plan de Seguridad y Salud deberá presentarse en el lugar y dentro del plazo señalado en el apartado 11 del Anexo I del presente Pliego, para su aprobación en el plazo máximo de SIETE DIAS NATURALES desde el día siguiente a la notificación de la adjudicación definitiva de las obras. El adjudicatario estará obligado al cumplimiento del plazo total fijado o el que resulte de su oferta, que comenzará a contar desde el día siguiente a la firma del Acta de Comprobación del Replanteo. En su caso, en este punto se estará a lo dispuesto en el apartado 9 del Anexo I al presente Pliego.
COMIENZO DE LA OBRA. El Acta de Comprobación del Replanteo de las obras se formalizará en cuanto esté aprobado el Plan de Seguridad y Salud de las obras. El Plan de Seguridad y Salud deberá presentarse para su aprobación, en el plazo máximo de SIETE DIAS NATURALES desde el dia siguiente a la notificación de la adjudicación definitiva de las obras. Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxx, 00 00000 Xxxxxx Xxxxxxxx Tel. 000 00 00 00 Fax 000 00 00 00 C.I.F. P-4602100-B Reg.Entitats Locals 01460214 El adjudicatario estará obligado al cumplimiento del plazo total fijado o el que resulte de su oferta, que comenzará a contar desde el dia siguiente a la firma del Acta de Comprobación del Replanteo.
COMIENZO DE LA OBRA. Para proceder a ejecutar la obra, el interesado deberá cancelar previamente a la Tesorería Municipal el valor del impuesto y así obtener el permiso de Planeación Municipal.
COMIENZO DE LA OBRA. El inicio de las obras se entenderá producido al día siguiente de la formalización del Acta de comprobación del Replanteo, la cual deberá suscribirse entre la Administración y el adjudicatario, en el plazo máximo de un mes desde la aprobación del Proyecto de Ejecución. A este acto asistirán el Director de construcción, el Supervisor de construcción y un representante del contratista que ostente su representación legal, extendiéndose acta de su resultado. De conformidad con lo preceptuado en el artículo 196 de la LCSP, el adjudicatario estará obligado al cumplimiento del plazo total fijado o el que resulte de su oferta, que comentará a contar desde el día siguiente a la firma del Acta de Comprobación del Replanteo, así como de los plazos señalados para su ejecución sucesiva. La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración.