CAPACIDAD OPERACIONAL Cláusulas de Ejemplo

CAPACIDAD OPERACIONAL. EL PROPONENTE deberá indicar en su propuesta el nombre, número fijo y móvil, correo electrónico y ubicación física de la persona que atenderá directamente todos los requerimientos de LA PREVISORA S.A. El proponente deberá contemplar en su propuesta todos los gastos en que incurra para la ejecución del objeto del contrato. No se aceptarán propuestas parciales ni condicionadas.
CAPACIDAD OPERACIONAL. Los proponentes deberá(n) registrar a la fecha de presentación de su oferta, mínimo 2000 SMMLV de CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN OPERACIONAL, como PROVEEDOR, en los términos del numeral 3.2., Parágrafo 6.2.2.4, Decreto 0734 del 2012. Para el caso de propuestas presentadas en Consorcio o Unión Temporal, cada uno de los integrantes de la propuesta asociativa, deberá registrar a la fecha de presentación de la oferta como mínimo 1000 SMMLV de CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN OPERACIONAL como PROVEEDOR. La CAPACIDAD DE ORGANIZACION OPERACIONAL del PROPONENTE asociativo, se calculará mediante la sumatoria de la capacidad de organización de cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, dicha sumatoria deberá ser mínimo de 2000 SMMLV, como PROVEEDOR. El soporte documental es la certificación del Representante Legal del consorcio o representante legal de la firma donde conste la anterior información. Los proponentes, personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio en el país, acreditarán su CAPACIDAD DE ORGANIZACION OPERACIONAL con certificación del Contador Público o Revisor Fiscal (si la persona tiene revisor fiscal), donde conste la anterior información. La acreditación de la documentación respectiva de las personas jurídicas extranjeras, para tener validez en Colombia deberá ser presentada conforme a lo establecido en la legislación Colombiana, es decir, deberá cumplir con los requerimientos del artículo 480 del Código de Comercio y demás normas legales aplicables sobre la materia. En el evento en el cual, en un Estado Parte de la Convención, la autoridad ante quien se autentican los documentos no tenga la facultad de certificar sobre la existencia de la sociedad y sobre el ejercicio del objeto social de la misma, el interesado podrá solicitar dichas certificaciones ante la autoridad competente del lugar. Para que surtan efectos en Colombia, estas certificaciones deberán a su vez ser apostilladas por la autoridad del Estado donde emana el documento. Los documentos otorgados en países que no son parte de la “Convención sobre la abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros” deberán presentarse debidamente legalizados y consularizados de acuerdo con lo preceptuado por los artículos 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil, el artículo 480 del Código de Comercio, y la Resolución 2201 del 22 xx Xxxxxx de 1997, es decir CERTIFICACIÓN CONSULAR Y LEGALIZACIÓN por parte del Ministerio de relaciones Exteriores, Área de Gestió...
CAPACIDAD OPERACIONAL. Áreas Tipo 2: Reservas probadas propias no inferiores a cinco millones de barriles de petróleo equivalentes (5 MBPE), para el cierre del año inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud. Producción mínima operada de por lo menos cinco mil barriles de petróleo equivalentes de su propiedad, por día, (5.000 BPED), en promedio, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud. Áreas Tipo 3: Reservas probadas propias, reportadas en los estados financieros, no inferiores a cincuenta millones de barriles de petróleo equivalentes (50 MBPE), para el cierre del año inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud. Producción mínima operada de por lo menos veinte mil barriles de petróleo equivalentes de su propiedad, por día, (20.000 BPED), en promedio, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud. Agencia Nacional de HidrocarburosMinisterio de Minas y Energía República de Colombia
CAPACIDAD OPERACIONAL. 3.1.1.5.1 El proponente deberá presentar licencia de comunicaciones con cubrimiento en la ciudad de Cali.
CAPACIDAD OPERACIONAL. El oferente deberá certificar mediante escrito firmado por el representante legal que conoce, acepta y cumple plenamente con las especificaciones técnicas y requisitos contenidos en el presente estudio previo y con las obligaciones contenidas en los numerales 2° y 3°. En este sentido deberá indicar: 1. Dirección y teléfono de la sede principal en la ciudad de Cali.
CAPACIDAD OPERACIONAL. El SENA verificara la documentación que acredita la capacidad operacional, financiera y económica pertinente presentada en la oferta de conformidad con lo establecido en el estudio previo.
CAPACIDAD OPERACIONAL 

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.