Basuras Cláusulas de Ejemplo

Basuras. Los cubos de almacenamiento colectivo, provistos de tapa y asas para su desplazamiento, se limpiarán diariamente y se desinfectarán cada tres meses (3), como máximo. El local de almacenamiento de los cubos se barrerá diariamente y se procederá a su limpieza con manguera una vez (1) a la semana, evitando la penetración de basuras en el sumidero. Cada tres meses (3) se limpiará la conducción con agua y detergente.
Basuras. Las basuras, desperdicios, restos, etc., derivados de la explotación comercial de los locales, habrán de ser depositados diariamente por cada usuario en los contenedores que les correspondan según el horario establecido, y en los lugares que se recogen en los planos del Anejo 3 a este Reglamento, quedando rigurosamente prohibido hacerlo en cualquier otra parte común. Las basuras húmedas deberán recogerse en recipientes impermeables y cerrados. En todo caso, el traslado de los recipientes deberá hacerse mediante carretillas provistas xx xxxxxx de goma o caucho, con el fin de evitar ruidos y daños, quedando expresamente prohibido arrastrarlas sobre el suelo. En ningún supuesto, podrán ser incinerados los residuos en el recinto del Centro. El horario para el depósito de basuras será el determinado en el Anejo 2 a este Reglamento. El Administrador queda facultado para modificar dichos horarios si fuera preciso por necesidades de coordinación con los Servicios Municipales correspondientes. Será de cuenta exclusiva de cada comerciante la evacuación de aquellas basuras que deban tener un tratamiento diferenciado, bien por el volumen de las mismas, bien por su naturaleza (pilas, aceites…).
Basuras.  Código Técnico de la Edificación. Real Decreto 314/2006 de 17 xx xxxxx.  Desechos y residuos sólidos urbanos. Ley 42/1975 de la Jefatura del Estado del 19-XI-75. B.O.E. 21-Nov-75.  Baja Tensión  Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión e Instrucciones Técnicas Complementarias, se- gún Real Decreto 842/2002 de 2 xx xxxxxx.  Reglamento y corrección de errores sobre regulación de las actividades de transporte, dis- tribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica según Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre.  Reglamento de verificaciones eléctricas y regularidad en el suministro de energía eléctrica según Decreto de 12 xx Xxxxx de 1954 B.O.E. de 28 xx Xxxx de 1954 e instrucciones complementarias según Real Decreto 724/1979 de 2 de Febrero B.O.E. de 7 xx Xxxxx de 1979.  Normas particulares de la compañía suministradora.  Condiciones impuestas por las entidades públicas afectadas.
Basuras. Recogida de bidones • Baldeo de bidones • Transporte y puesta de la misma en la calle para recogida del Servicio Municipal PROGRAMACION Y CICLOS DE LIMPIEZA PLANTA BAJA • Zona exterior • Acera puerta de acceso principal Diario M • Puerta salida de emergencia c/ Xxxxx 3 Semana M • Puerta salida de emerg. c/ San Xxxxxxxxx xx Xxxxx 3 Semana M • Pta. serv. para camillas c/ San Xxxxxxxxx de Papua 2 Semana M • Pta salida de emerg. c/ San Xxxxxxxxx xx Xxxxx 2 Semana M • Puerta patio trabajadera c/ Xxxxx 1 Semana M • Puerta garaje Diario M • Zona de oficinas • Vestibulo y recepción Diario M/T (recg) • Sala de espera y cabinas de teléfonos Diario M/T • Pasillo de Dirección Diario M/T • Despacho Trabajador/a Social Diario T • Despacho Administración Diario T • Archivo Quincenal M • Despacho Dirección Diario T • Almacén de Mantenimiento 1 Semana M • Zona de Servicios • Comedor 3 Diario 2M/1T • Cafetería 2 Diario M/T • Laborterapia Diario T • Salón estar Diario M • Capilla Semanal M ó T • Xxxxx Xxxxxxxxxxx 2 Semanal M ó T • Suelo cabinas ascensores (2) Diario M/T • Aseos pasillo Dirección (2) Diario M/T • Rellanos escaleras acceso a primera planta (4) Diario M • Sala de estar mayores Diario M • Baño geriátrico Diario M • Peluquería Diario T • Pasillo cocina/patio interior Diario M/T • Cuarto aseo patio interior Diario M • Despacho Jefe de Cocina/Almacén Diario M • Cámaras frigoríficas/Congelador Quincenal M • Comedor del Personal Diario T • Almacén productos de limpieza Quincenal M • Cocina y zona de fregado de menaje Diario M/T • Patio interior 2 Semanal M ó T • Pasillo mortuorio Diario M ó T • Mortuorio Semanal M ó T • Sala de Duelos Semanal M ó T • Garaje (Barrido y Baldeo) 2 Semana M • Nave almacén (Xxxxxxx y Xxxxxx) Mensual M ó T • Jardines (Barrido y Baldeo) 3 Semanal M • Zona Residencial • Habitaciones con baño (11) Diario M • Pasillos habitaciones residentes Diario M • Pasillo habitaciones/comedor Diario M • Zona de oficinas • Despacho Jefes de Personal Diario T • Despacho Encargadas Diario T • Despacho Psicólogo 2 Semanal M • Pasillo despacho J. Personal/Encargados Diario T • Aseo personal Diario T • Aseo minusválidos Diario T • Zona de Servicios • Costurero Semanal T • Lavandería Diario T • Pasillo Costurero/Lavandería Diario T • Rellano escalera lavandería Diario T • Pasarela Comedor (Aspiradora) Semanal T • Xxxxxxx xxxxxxxx pasillo Dirección Diario T • Rellano escalera entrada Diario T • Vestuario hombres 2 Semanal M • Vestuario mujeres 2 Semanal M • Pasil...

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.