AUTORIZACIÓN DE INFORMACIÓN Cláusulas de Ejemplo

AUTORIZACIÓN DE INFORMACIÓN. El Tomador y asegurado autorizan a la compañía para que, con los fines estadísticos, de información entre compañías, consulta o transferencia de datos con cualquier autoridad que lo requiera, consulte, informe, guarde en sus archivos y reporte a las centrales de riesgos que considere necesario o, a cualquier otra entidad autorizada, la información que resulte de todas las operaciones que directa o indirectamente y, bajo cualquier modalidad, se le haya otorgado o se le otorgue en el futuro, así como sobre novedades, referencias y manejo de la póliza y demás servicios que surjan de esta relación comercial o contrato que declara conocer y aceptar en todas sus partes.
AUTORIZACIÓN DE INFORMACIÓN. EL TOMADOR Y ASEGURADO AUTORIZAN A LA ASEGURADORA PARA QUE, CON LOS FINES ESTADÍSTICOS, DE INFORMACIÓN ENTRE COMPAÑÍAS, CONSULTA O TRANSFERENCIA DE DATOS CON CUALQUIER AUTORIDAD QUE LO REQUIERA, CONSULTE, INFORME, GUARDE EN SUS ARCHIVOS Y REPORTE A LAS CENTRALES DE RIESGOS QUE CONSIDERE NECESARIO O, A CUALQUIER OTRA ENTIDAD, LA INFORMACIÓN QUE RESULTE DE TODAS LAS OPERACIONES QUE DIRECTA O INDIRECTAMENTE Y, BAJO CUALQUIER MODALIDAD, SE LE HAYA OTORGADO O SE LE OTORGUE EN EL FUTURO, ASÍ COMO SOBRE NOVEDADES, REFERENCIAS Y MANEJO DE LA PÓLIZA Y DEMÁS SERVICIOS QUE SURJAN DE ESTA RELACIÓN COMERCIAL O CONTRATO QUE DECLARA CONOCER Y ACEPTAR EN TODAS SUS PARTES.
AUTORIZACIÓN DE INFORMACIÓN. El asegurado podrá autorizar a LA COMPAÑÍA para que con fines estadísticos, de control, supervisión y de información comercial procese, reporte, conserve, consulte, suministre o actualice su información de carácter financiero y comercial, desde el momento de la solicitud de seguro a las centrales de información o bases de datos debidamente constituidas que estime conveniente y durante el tiempo que los sistemas de bases de datos, las normas y las autoridades lo establezcan. La consecuencia de esta autorización, será la inclusión de los datos en las mencionadas “bases de datos” y por lo tanto las entidades del sector financiero o de cualquier otro sector afiliadas a dichas centrales, conocerán el comportamiento presente y pasado relacionado con las obligaciones financieras o cualquier otro dato personal o económico.
AUTORIZACIÓN DE INFORMACIÓN. El tomador y/o asegurado autorizan a SEGUROS MUNDIAL para que con fines estadísticos, de control, supervisión y de información comercial procese, reporte, conserve, consulte, suministre o actualice su información de carácter financiero y comercial, desde el momento de la solicitud de seguro a las centrales de información o bases de datos debidamente constituidas que estime conveniente y durante el tiempo que los sistemas de bases de datos, las normas y las autoridades lo establezcan.
AUTORIZACIÓN DE INFORMACIÓN. El TOMADOR y/o ASEGURADO de la presente póliza, autorizan a SURAMERICANA, para que suministre información entre compañías aseguradoras o a cualquier autoridad que lo requiera en Colombia o en el Exterior, incluyendo Centrales de Riesgo. ANEXO DE ASISTENCIA EN VIAJE Mediante este anexo, LA ASEGURADORA, en adelante SURAMERICANA, presta los servicios de asistencia en viaje, contenidos en las siguientes cláusulas:
AUTORIZACIÓN DE INFORMACIÓN. De conformidad con lo dispuesto en el inciso dos del artículo quinto de la ley 8968, LA EMPRESA otorga expresamente su consentimiento para que el BANCO recopile, almacene, consulte, investigue, verifique y actualice la información relativa a sus datos personales y crediticios para análisis presentes y futuros, incluyendo los relativos a su comportamiento y crédito comercial, hábitos de pago, manejo de cuentas corrientes bancarias y en general, el cumplimiento de sus obligaciones pecuniarias. Igualmente y conforme con lo estipulado en los artículos 44 de la Ley General de Telecomunicaciones No. 8642 y 31 del Reglamento Sobre Medidas de Protección de la Privacidad de las Comunicaciones No. 35205-MINAET, LA EMPRESA autoriza expresamente al BANCO para que la información recopilada sea utilizada de forma directa o a través de terceros debidamente autorizados, para llevar a cabo comunicaciones por medio de sistemas de llamada automática por voz, fax, correo electrónico, Call Center o mediante cualquier otro dispositivo o medio disponible y al que el cliente tenga acceso, con el fin de que le ofrezca, y/o envíe información sobre bienes, productos, servicios, promociones, novedades, mensajes, avisos de consumo, verificación de datos o avisos xx xxxx, y cualesquiera otro que el BANCO y sus sociedades anónimas consideren oportuno.” Asimismo doy fe que he sido debidamente informado de lo siguiente: a)La existencia de una base de datos del BANCO, donde se almacenarán mis datos personales, la cual es de uso interno y no para comercializar la información, b) Que el fin que se persigue con la recolección de tales datos es la aprobación y prestación de servicios y productos que ofrece el BANCO y sus sociedades Anónimas y en general beneficiar mi posición de usuario del Sistema Financiero, c) Que los destinatarios de la información recopilada son el BANCO, sus sociedades anónimas, o terceros contratados por el BANCO para realizar actividades propias de su giro normal y/o sus sociedades anónimas, d) Que la información recopilada podrá ser consultada por el BANCO, sus sociedades anónimas, o terceros contratados por el BANCO para realizar actividades propias de su giro normal y/o sus sociedades anónimas, e) del carácter facultativo de mis respuestas a las preguntas que se formulan durante la recolección de los datos, f) Que la no entrega de la información solicitada puede provocar el rechazo del producto o servicio financiero solicitado, h)de la posibilidad de ejercer los der...

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.