OBLIGACIONES FINANCIERAS Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES FINANCIERAS. 1. Responder por el pago de los impuestos nacionales y departamentales que cause el perfeccionamiento y ejecución del contrato.
OBLIGACIONES FINANCIERAS. AMPARA EL REEMBOLSO DEL MONTO DE LAS OBLIGACIONES FINANCIERAS QUE EL ASEGURADO HAYA PAGADO COMO RESULTADO DE CUENTAS BANCARIAS ABIERTAS, TARJETAS DE CRÉDITO ADQUIRIDAS O CRÉDITOS TOMADOS A NOMBRE DEL ASEGURADO, SIN SU AUTORIZACIÓN Y, COMO CONSECUENCIA DIRECTA DE LA SUPLANTACIÓN DE IDENTIDAD.
OBLIGACIONES FINANCIERAS. LA ARRENDATARIA deberá mantener durante la vigencia del presente Contrato, las siguientes obligaciones financieras, las cuales serán medidas en forma [semestral/trimestral] con Estados Financieros al [31 de Diciembre, 31 xx Xxxxx, 30 xx Xxxxx y 31 de Setiembre] de cada año, según corresponda, los que deberán ser presentados por LA ARRENDATARIA a LA LOCADORA acompañados del Certificado de Cumplimiento (según se define más adelante), de ser el caso:
OBLIGACIONES FINANCIERAS a. Verificar que el contrato y sus adiciones cuenten con certificado de disponibilidad presupuestal y registro presupuestal.
OBLIGACIONES FINANCIERAS. 1) Verificar, para la realización de cada pago derivado del contrato objeto de vigilancia, que el contratista se encuentra al día en pagos de aportes parafiscales relativos al sistema de seguridad social integral, así como los demás que haya lugar de acuerdo con su naturaleza jurídica.
OBLIGACIONES FINANCIERAS a) Verificar junto con el SUPERVISOR, el flujo de inversión del contrato, para lo cual deberá suscribirse el acta respectiva, de manera mensual según lo establecido en la forma de pago del contrato.
OBLIGACIONES FINANCIERAS a. Verificar junto con el interventor o supervisor, el flujo de inversión del contrato, para lo cual deberá suscri- birse el acta respectiva, de manera mensual o quincenal.
OBLIGACIONES FINANCIERAS v) Cumplir en todo momento con las siguientes condiciones salvo autorización expresa de una Mayoría de Entidades Fondeadoras en contrario:
OBLIGACIONES FINANCIERAS. 1. Mantener durante todo el periodo de ejecución del contrato una reserva técnica equivalente a la sumatoria de una (1) UPCM mensuales por todos sus afiliados de conformidad con el valor estimado del contrato.
OBLIGACIONES FINANCIERAS. Tanto para RP como para LTO, el Socio deberá estar al corriente en toda obligación financiera relacionada con su unidad al momento de la distribución, para recibir las ganancias xx xxxxxx, sin importar el método de pago. El Socio tiene un plazo de 90 días posteriores a su intervalo/semana, para poner al corriente dichas obligaciones financieras. Si el Socio no logra ponerse al corriente en el día 91 posterior al término del intervalo/semana rentado, perderá el derecho a sus ganancias. En el caso de LTO en donde la distribución ocurra antes de la ocupación, TRP primero enviará el pago a la compañía de membresía correspondiente y luego pagará la diferencia al Socio tal y como se especifica en la oferta por escrito hecha por TRP y aceptada por el Socio. Iniciales del Socio