APERTURA DE CUENTAS Cláusulas de Ejemplo

APERTURA DE CUENTAS. El CLIENTE deberá mantener vigentes cuentas corrientes en EL BANCO, sea en moneda nacional o moneda extranjera, a través de las que realizará los cargos y/o abonos correspondientes. EL BANCO queda facultado a abrir cuentas corrientes sin uso de chequera, en la(s) moneda(s) que EL BANCO determine, si por cualquier causa la cuenta afiliada al sistema fuese suspendida, cerrada, o resultase imposible cargar o abonar en ella. La cuenta corriente abierta en mérito de esta autorización se regirá por las estipulaciones contenidas en el contrato de cuenta corriente, no siendo aplicable el uso de chequera.
APERTURA DE CUENTAS. Por la operatividad del crédito, una vez aprobado y cumplidos todos los requisitos, se desembolsa en la cuenta que mantenga el Cliente en el Banco o, en su defecto, en la que instruya abrir. En este sentido, el Cliente presta su autorización para que el desembolso xxx xxxxxxxx solicitado, de aprobarse, se realice sobre su cuenta individual, en la misma moneda, que mantenga en el Banco. En caso no mantuviera una cuenta, el Cliente da su conformidad para que se abra a su nombre una Cuenta de Ahorro (que podrá ser Free o Cuenta Sueldo). Los términos y condiciones de la cuenta, se encuentran a disposición en la página xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx. el Cliente se obliga a formalizar la firma de los documentos correspondientes al Contrato de Apertura y Cartilla de Información en las Agencias de Scotiabank. Asimismo el Cliente autoriza e instruye al Banco para que éste, en caso de incumplimiento de pago de las obligaciones crediticias contraídas por el presente contrato, proceda a abrir una cuenta corriente sin chequera a efectos que se debite en la misma las obligaciones de pago a su cargo antes indicadas, incluso sobregirándolas. Para tal efecto, bastará que se produzca el incumplimiento que faculte al Banco a su cobro en forma parcial o total. El Banco remitirá al Cliente, con posterioridad al cargo, la nota de cargo y/o estado de cuenta respectivo, con el detalle del concepto que origina el cargo. Los términos y condiciones de la Cuenta Corriente se encuentran disponibles en la página www,xxxxxxxxxx.xxx.xx. El Cliente se obliga a formalizar la firma de los documentos correspondientes al Contrato de Apertura en las Agencias Scotiabank. Son de aplicación a la Cuenta Corrientes las disposiciones de la Ley N° 26702, al Reglamento de Cuentas Corrientes, la Ley de Títulos Valores, a sus disposiciones legales modificatorias y a todas aquellas que le resulten aplicables.
APERTURA DE CUENTAS. 1.3.1 Artículo 4 1.3.2 Artículo 5 5 1.3.3 Artículo 6 1.3.4 Artículo 7 1.3.5 Artículo 8
APERTURA DE CUENTAS. Artículo 4. Las personas naturales legalmente capaces y las jurídicas, que reúnan los requisitos contemplados en el presente reglamento, podrán abrir una cuenta de depósitos monetarios. También podrán hacerlo las sociedades en formación de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 9º de estas estipulaciones.
APERTURA DE CUENTAS. PRIMERA. - El Banco se obliga a prestar al Cliente el servicio de Scotia Nómina, para el pago a sus empleados, el cual se efectuará de conformidad con el esquema de operación indicado en las Características de Operación.
APERTURA DE CUENTAS. El municipio de CALARCA deberá abrir una cuenta individual destinada al recado del impuesto de TRANSPORTE POR OLEODUCTOS Y GASODUCTOS, la cual se denominará impuesto de transporte. El municipio deberá remitir al ministerio de minas y energía-DIRECCION DE HIDROCARBUROS- constancia original emitida por la entidad bancaria donde se informa el tipo de cuenta, número y nombre de la cuenta con el fin de que sea autorizada e informada a cada uno de los operadores y entidades territoriales.
APERTURA DE CUENTAS. El Banco acepta recibir del Cliente depósitos de dinero en Pesos o Dólares, en lo sucesivo denominada simplemente como (los "Depósitos") para abono en la(s) cuenta(s) de cheques (la(s) "Cuenta(s) de Cheques") y/o en la(s) cuenta(s) corrientes la(s) "Cuenta(s) Corrientes") que conforme al Contrato el Banco abrirá al Cliente. Para los efectos de lo establecido en el Contrato y según el contexto que así lo requiera, a la(s) Cuenta(s) de Cheques y a la(s) Cuenta(s) Corrientes, se les denominará en lo sucesivo indistintamente como (la “Cuenta”) y conjuntamente como (las “Cuentas”).
APERTURA DE CUENTAS. En términos de lo establecido en el Capítulo Primero denominado NORMATIVIDAD DEL CONTRATO, el Banco prestará al Cliente el servicio de nómina, por virtud del cual, éste último podrá instruir al Banco el depósito xx xxxxxxx, pensiones u otras prestaciones de carácter laboral a las personas con las que mantiene una relación laboral, en lo sucesivo denominados simplemente como (el(los) “Empleado(s)”), así como la asignación de las cuentas correspondientes mediante la transferencia electrónica de dinero desde la cuenta de depósito a la vista establecida por el Cliente en el Banco, en lo sucesivo denominada simplemente como (la “Cuenta Principal”) en términos de lo establecido en el Título Segundo del Contrato relativo a DEPÓSITOS ASOCIADOS A CUENTAS DE CHEQUES, a otra(s) cuenta(s) establecida(s) en el Banco y a nombre de los Empleados, en términos de lo estatuido en el Título Séptimo del Contrato relativo a la CUENTA BÁSICA DE NÓMINA – PRODUCTO BÁSICO DE simplemente como (la(s) “Cuenta(s) de Nómina”). Las Instrucciones relacionadas en el párrafo anterior deberán ser transmitidas por el Cliente por escrito, o bien, a través de cualquiera de los medios de Banca Electrónica Mifel que el Cliente tenga contratados con el Banco en términos de lo establecido en el Contrato, con por lo menos un Día Hábil de anticipación. El Cliente se obliga a dar cumplimiento a las leyes y normatividad laboral aplicables, con respecto a los Empleados, liberando al Banco de cualquier responsabilidad derivada de lo anterior.
APERTURA DE CUENTAS. El BANCO abrirá de conformidad con las disposiciones legales una cuenta pensión a los beneficiarios que se presenten a una de las Oficinas de el BANCO, siempre que cumplan los requisitos exigidos por EL BANCO para la apertura de cuentas de ahorros y acrediten a través del documento por medio del cual se le concede la pensión, su calidad de beneficiario. Se hará obligatoria la suscripción por parte del beneficiario del Formato de Responsabilidad de Supervivencia y Manejo de la cuenta de depósitos del cliente, por medio del cual autoriza al BANCO a realizar débitos a la cuenta pensión en la forma y procedimiento establecidos en la cláusula SEXTA del presente convenio.
APERTURA DE CUENTAS. El Depositante podrá abrir el número de sub-cuentas que estime convenientes para administrar los depósitos de sus propios clientes. Estas cuentas podrán ser individuales o mancomunadas.