Common use of ALCANCE DEL SERVICIO Clause in Contracts

ALCANCE DEL SERVICIO. Los trabajos a realizar por la empresa adjudicataria serán los necesarios para el correcto mantenimiento de las instalaciones incluidas en el contrato, con el fin de asegurar un estado óptimo de las mismas desde el punto de vista funcional, de seguridad, de rendimiento energético e incluso de protección del medioambiente. Todas las operaciones de mantenimiento objeto de este contrato estarán sujetas a las normas y recomendaciones vigentes para cada tipo de instalación de que se trate. La empresa adjudicataria deberá realizar como mínimo las tareas de mantenimiento preventivo y correctivo previstas en el Real Decreto 1027/2007 de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento las Instalaciones Térmicas de los edificios (RITE) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITE), como en la Resolución de 19 de febrero de 2010 del Gobierno Xxxxx, por el que se aprueba el "Manual Inspecciones Periódicas de las instalaciones Térmicas". La empresa adjudicataria estará obligada a llevar al día los libros de mantenimiento oficiales que actualmente se exigen para determinado tipo de instalaciones, así como los que se pudieran exigir durante la duración del contrato. La programación de los trabajos se elaborará siempre de forma conjunta con la Administración. La empresa adjudicataria será la única responsable de la buena ejecución de los trabajos mantenimiento. Las empresas licitadoras deberán presentar en su oferta la metodología de trabajo que proponen para la ejecución de los trabajos objeto del servicio, con su sistema de gestión de mantenimiento, que deberá constar como mínimo de los siguientes apartados considerados como básicos y necesarios para consecución de los objetivos de calidad que pretende la Administración: Tomando como base la relación que se recoge en el Anexo I, la empresa adjudicataria comprobará y realizará, en un plazo máximo de un mes desde la firma del contrato, el inventario exhaustivo de todas las instalaciones y equipos objeto del contrato, clasificando cada componente mediante un código que permita su localización, concertando con personal responsable del Ayuntamiento la identificación mediante etiquetado in situ de cada equipo y elaboración de su ficha técnica, según su naturaleza, uso y ubicación. Esta documentación se presentará en soporte papel e informático, mediante procedimiento a acordar con el Ayuntamiento y servirá como base para la planificación y optimización de todas las tareas objeto presente contrato. En el plazo de dos meses desde la firma del contrato, la empresa adjudicataria deberá realizar una revisión inicial de todas las instalaciones, detectando las deficiencias existentes, definiendo su estado, junto con propuestas de puesta a punto y adecuación en caso de existir. Del mismo modo deberá detectar las partes sujetas a envejecimiento, desgaste o que no tengan sus especificaciones operativas garantizadas. La empresa adjudicataria deberá registrar documentalmente las acciones realizadas, y recoger las conclusiones de las revisiones iniciales en un informe inicial detallado por tipo de instalaciones y zonas, así como los informes técnico-económicos que sean necesarios de mejora o adecuación para su valoración por parte del Ayuntamiento para así según el caso proceder a su aprobación, reparación o sustitución. Los informes técnico-económicos deberán recoger los motivos por los que se propone cada una de las soluciones, la relación de elementos a sustituir con sus características técnicas y valoración económica además de la estimación de horas para la ejecución de los trabajos. El Ayuntamiento se reserva el derecho de comparar estos informes técnico- económicos con los presentados por otras empresas para contrastar la solución adoptada y los precios. La facturación de la ejecución de las actuaciones de mejora o adecuación en el caso de llevarse a cabo se facturarían aparte del presente contrato. Lo no reflejado en este informe y correspondiente a las instalaciones objeto de este concurso, será aceptado tácitamente por el adjudicatario como correcto, pudiendo ser exigida por la Administración posterior corrección de defectos y anomalías detectadas y no señaladas en el informe y siempre que no tengan la consideración de vicios ocultos.

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ALCANCE DEL SERVICIO. Los trabajos El alcance de la Consultoría, se desarrollará en el siguiente contexto: Asesorar y coadyuvar a realizar por las Entidades Beneficiarias, en la empresa adjudicataria serán gestión de procesos de adquisición y contratación de bienes y servicios si así lo requieren. Realizar el seguimiento y monitoreo al cumplimiento de la programación del Plan Anual de Contrataciones del contrato xx xxxxxxxx suscrito con CAF. Conducir la administración financiera del Proyecto, procurando la oportuna disponibilidad de los necesarios recursos para su ejecución, incluyendo las gestiones presupuestarias pertinentes. Utilizar la Programación General de Ejecución del Programa como elemento clave para el correcto mantenimiento de las instalaciones incluidas en el contrato, con el fin de asegurar un estado óptimo de las mismas desde el punto de vista funcional, de seguridad, de rendimiento energético e incluso de protección Control Operativo del medioambiente. Todas las operaciones de mantenimiento objeto de este contrato estarán sujetas Área a las normas y recomendaciones vigentes para cada tipo de instalación de que se trate. La empresa adjudicataria deberá realizar como mínimo las tareas de mantenimiento preventivo y correctivo previstas en el Real Decreto 1027/2007 de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento las Instalaciones Térmicas de los edificios (RITE) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITE), como en la Resolución de 19 de febrero de 2010 del Gobierno Xxxxx, por el que se aprueba el "Manual Inspecciones Periódicas de las instalaciones Térmicas". La empresa adjudicataria estará obligada a llevar al día los libros de mantenimiento oficiales que actualmente se exigen para determinado tipo de instalacionessu cargo, así como todos los que se pudieran exigir durante elementos auxiliares de gestión tales como los POA, la duración del contrato. La programación financiera, la programación de los trabajos se elaborará siempre adquisiciones, de forma conjunta con recursos humanos, etc. Participar activamente en la Administración. La empresa adjudicataria será la única responsable preparación de la buena ejecución Programación General de Ejecución, los trabajos mantenimientoPOA, y los informes periódicos que requiera el Programa. Elaborar los registros físicos y financieros del Programa. ACTIVIDADES A DESARROLLAR Las empresas licitadoras deberán presentar actividades a ser desarrolladas por el (la) consultor (a) son las siguientes: Elaborar en su oferta coordinación con los integrantes de la metodología UCEP y mantener actualizado el Plan de trabajo que proponen para Anual de Contrataciones Adquisiciones y la información sobre la ejecución de los trabajos objeto procesos y contratos. Xxxxx, supervisar y controlar por el cumplimiento y ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones del servicioPrograma según lo establecido en el contrato xx xxxxxxxx suscrito con la CAF. Revisar que las especificaciones técnicas y los términos de referencia de los diferentes procesos de contrataciones se ajusten a las políticas organismo financiador y precautelen la correcta ejecución de las contrataciones del Programa. Llevar adelante todos los actos y procesos administrativos inherentes a los procesos de contratación y adquisición en coordinación con todas las áreas involucradas. Solicitar la conformidad del organismo financiador para las contrataciones programadas. Supervisar y controlar el cumplimiento de todos los procesos de adquisiciones y contrataciones que se lleven a cabo con recursos del organismo financiador CAF. Integrar las comisiones de evaluación o calificación a requerimiento del RPC, con su RPA o el Coordinador de la UCEP. Asegurar que los informes de la comisión calificadora contengan la documentación completa sobre la evaluación de propuestas. Elaborar informes de avance del Programa requeridos por la CAF y órganos de control. Diseñar y conformar un sistema de gestión de mantenimiento, que deberá constar como mínimo archivo de los siguientes apartados considerados como básicos procesos de contratación por modalidad de adquisición, garantizando que el mismo se encuentre completo y necesarios ordenado. Asimismo, establecer mecanismos de control interno para consecución el manejo y custodia del archivo. Xxxxxxx preguntas y consultas de los objetivos técnicos de calidad la UCEP y de entidades beneficiarias del Programa, respecto al área. Aplicar procedimientos e instrumentos administrativos que pretende posibiliten un manejo transparente, ágil, ordenado, eficaz y eficiente en todos los procedimientos de contratación. Proveer información documentada cuando sea requerida por la Administración: Tomando como base la relación CAF, el Coordinador del Programa o las firmas de auditoría. Efectuar actividades inherentes al cargo por instrucción del Coordinador del Programa u otras que se recoge en requieran para la mejor ejecución del Programa. Dar asistencia técnica a las entidades beneficiarias del Programa, respecto a los procesos de contratación para los estudios de Preinversión, financiados con recursos de la CAF. Realizar visitas a las entidades beneficiarias del programa y verificar el Anexo I, la empresa adjudicataria comprobará y realizarácumplimiento de los aspectos administrativos de los estudios de Preinversión, en un plazo máximo coordinación con cada responsable de un mes desde supervisión y fiscalización para asegurar el cumplimiento del cronograma de contrataciones, desembolsos, pagos, etc. Elaborar los términos de referencia para la contratación de la firma del contrato, auditora. Será responsable por la contratación oportuna de los servicios de auditoria previstos para el inventario exhaustivo Programa. Participar como contraparte en la ejecución de todas las instalaciones y equipos objeto del contrato, clasificando cada componente mediante un código que permita su localización, concertando con personal servicios de Auditorías Externas. Será responsable del Ayuntamiento seguimiento a las observaciones efectuadas por la identificación mediante etiquetado in situ de cada equipo y elaboración de su ficha técnica, según su naturaleza, uso y ubicación. Esta documentación se presentará en soporte papel e informático, mediante procedimiento a acordar con el Ayuntamiento y servirá como base para la planificación y optimización de todas las tareas objeto presente contratoauditoría. En el plazo ámbito de dos meses desde su competencia cumplir con las recomendaciones de informes de auditoría interna, auditoría externa y las inspecciones financieras del financiador. Gestionar la firma presentación de toda la documentación que respalda los pagos emitidos por el programa y verificar que los mismos cuenten con lo requerido para la justificación de gastos ante la CAF. Emitir opiniones técnico administrativo, sobre temas relativos a las actividades de contrataciones y adquisiciones requeridas por la DGPP y a solicitud expresa del contratoVIPFE. Revisión, análisis de documentos (convenios, reglamentos y otros) y gestión para la empresa adjudicataria deberá realizar una revisión inicial suscripción de todas las instalacionescontratos y convenios. Seguimiento a los procesos administrativos y financieros para la aprobación de documentos, detectando las deficiencias existentes, definiendo su estado, junto contratos y otros en coordinación con propuestas instancias como el Viceministerio de puesta Inversión Pública y Financiamiento Externo u otras instancias que correspondan. Otras actividades técnicas a punto y adecuación en caso de existir. Del mismo modo deberá detectar las partes sujetas a envejecimiento, desgaste o que no tengan sus especificaciones operativas garantizadas. La empresa adjudicataria deberá registrar documentalmente las acciones realizadas, y recoger las conclusiones de las revisiones iniciales en un informe inicial detallado por tipo de instalaciones y zonas, así como los informes técnico-económicos que sean necesarios de mejora o adecuación para su valoración por parte requerimiento del Ayuntamiento para así según el caso proceder a su aprobación, reparación o sustitución. Los informes técnico-económicos deberán recoger los motivos por los que se propone cada una de las soluciones, la relación de elementos a sustituir con sus características técnicas y valoración económica además Coordinador de la estimación de horas para la ejecución de los trabajos. El Ayuntamiento se reserva el derecho de comparar estos informes técnico- económicos con los presentados por otras empresas para contrastar la solución adoptada y los precios. La facturación Unidad Ejecutora y/o de la ejecución Dirección General de las actuaciones de mejora o adecuación en el caso de llevarse a cabo se facturarían aparte del presente contrato. Lo no reflejado en este informe Programación y correspondiente a las instalaciones objeto de este concurso, será aceptado tácitamente por el adjudicatario como correcto, pudiendo ser exigida por la Administración posterior corrección de defectos y anomalías detectadas y no señaladas en el informe y siempre que no tengan la consideración de vicios ocultosPreinversión.

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Samples: Contrato Administrativo Para La Prestación De Servicios De Consultoría

ALCANCE DEL SERVICIO. Los trabajos El Consultor Individual deberá realizar y ejecutar las tareas encomendadas en estricta aplicación a realizar los Términos de Referencia, al contrato a suscribir y a los mecanismos de coordinación establecidos por el área de Bienes de ENDE. Para este fin, el CONSULTOR deberá efectuar, sin ser limitativas, las siguientes actividades: Procesar las contrataciones de Bienes de acuerdo a normativa vigente. Registrar en el Sistema Compro los diferentes procesos de pago de acuerdo a normativa. Archivar, registrar, organizar y resguardar toda la empresa adjudicataria serán documentación relacionada a los necesarios para el correcto mantenimiento procesos de contratación, organizándolos en carpetas. Realizar la custodia de las instalaciones incluidas propuestas técnicas que se reciben para los diferentes procesos de contratación. Elaborar las expresiones de Interés, para la contratación de consultores individuales de línea, obras, servicios generales y otros. En coordinación con personal técnico, elaborar las Expresiones de Interés, para los procesos de contratación en las distintas modalidades. Xxxxxxxxx y remitir las notas de comunicación a los proponentes y/o proveedores, en todos los procesos de contratación. Controlar que los bienes y servicios contratados cuenten con la conformidad del solicitante. Revisar Notas de fiscales, recibos y otros, con la documentación pertinente, para procesar los pagos a proveedores. Procesar las solicitudes de pago en el contratoSistema Compro, referente a procesos de contratación de Bienes, Servicios Generales y de consultoría; y remitir la documentación correspondiente al Área de Contabilidad para su correspondiente pago. Registrar en el SICOES y, el detalle de los procesos de contratación de acuerdo a procedimientos establecidos. Participar de aclaraciones y enmiendas en los procesos de contrataciones. Integrar comisiones de evaluación o calificación a requerimiento del Responsable del Proceso de Contratación. Coordinar con la Unidad Jurídica la presentación de documentación para reportar a la Contraloría general del estado. Llenar la información correspondiente al SICOES a través de los formularios que correspondan. Remitir la información digitalizada de la contratación a la Unidad Legal para su remisión a la Contraloría. Registrar en la página web de ENDE las contrataciones (cuando corresponda). Registrar en el cuadro de seguimiento los procesos de contratación. Efectuar la publicación de los procesos de contratación en la mesa de partes de ENDE. Registrar el presupuesto de la Unidad en el presupuesto de ENDE Elaborar procesos de contratación en el Extranjero de acuerdo a normativa vigente Remisión a la Unidad Legal los procesos de contratación de acuerdo a normativa Cualquier otro trabajo o requerimiento que le sea solicitado por el Jefe Inmediato Superior. El presente alcance es de carácter enunciativo y no limitativo, pudiendo el CONSULTOR ampliar su alcance de acuerdo a necesidad y a requerimiento de ENDE. De manera excepcional, por COVID-19 u otro, y en resguardo de la vida y salud del consultor, éste podrá desarrollar sus actividades bajo la modalidad de Teletrabajo, previa solicitud y justificación de la Gerencia de Área, con el fin aprobación de asegurar un estado óptimo la Gerencia de las mismas desde el punto de vista funcionalDesarrollo Empresarial y Economía. El consultor que desarrolle actividades que no puedan sujetarse a esta modalidad, de seguridad, de rendimiento energético e incluso de protección del medioambiente. Todas las operaciones de mantenimiento objeto de este contrato estarán sujetas a las normas y recomendaciones vigentes para cada tipo de instalación de que se trate. La empresa adjudicataria deberá realizar como mínimo las tareas de mantenimiento preventivo y correctivo previstas en el Real Decreto 1027/2007 de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento las Instalaciones Térmicas de los edificios (RITE) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITE), como en la Resolución de 19 de febrero de 2010 del Gobierno Xxxxx, por el que se aprueba el "Manual Inspecciones Periódicas de las instalaciones Térmicas". La empresa adjudicataria estará obligada a llevar al día los libros de mantenimiento oficiales que actualmente se exigen para determinado tipo de instalaciones, así como los que se pudieran exigir durante la duración del contrato. La programación de los trabajos se elaborará siempre deberán ser desarrolladas de forma conjunta con la Administraciónpresencial. La empresa adjudicataria será la única responsable de la buena ejecución de los trabajos mantenimiento. Las empresas licitadoras deberán presentar El desempeño del CONSULTOR se medirá en su oferta la metodología de trabajo que proponen para virtud a la ejecución de los trabajos objeto del servicio, con su sistema de gestión de mantenimiento, que deberá constar como mínimo de los siguientes apartados considerados como básicos servicio prestado y necesarios para consecución el cumplimiento de los objetivos de calidad que pretende la Administración: Tomando como base la relación que se recoge en el Anexo I, la empresa adjudicataria comprobará y realizará, en un plazo máximo de un mes desde la firma del contrato, el inventario exhaustivo de todas las instalaciones y equipos objeto del contrato, clasificando cada componente mediante un código que permita su localización, concertando con personal responsable del Ayuntamiento la identificación mediante etiquetado in situ de cada equipo y elaboración de su ficha técnica, según su naturaleza, uso y ubicación. Esta documentación se presentará en soporte papel e informático, mediante procedimiento a acordar con el Ayuntamiento y servirá como base para la planificación y optimización de todas las tareas objeto presente contrato. En el plazo de dos meses desde la firma del contrato, la empresa adjudicataria deberá realizar una revisión inicial de todas las instalaciones, detectando las deficiencias existentes, definiendo su estado, junto con propuestas de puesta a punto y adecuación en caso de existir. Del mismo modo deberá detectar las partes sujetas a envejecimiento, desgaste o que no tengan sus especificaciones operativas garantizadas. La empresa adjudicataria deberá registrar documentalmente las acciones realizadas, y recoger las conclusiones de las revisiones iniciales en un informe inicial detallado por tipo de instalaciones y zonas, así como los informes técnico-económicos que sean necesarios de mejora o adecuación para su valoración por parte del Ayuntamiento para así según el caso proceder a su aprobación, reparación o sustitución. Los informes técnico-económicos deberán recoger los motivos por los que se propone cada una de las soluciones, la relación de elementos a sustituir con sus características técnicas y valoración económica además de la estimación de horas para la ejecución de los trabajos. El Ayuntamiento se reserva el derecho de comparar estos informes técnico- económicos con los presentados por otras empresas para contrastar la solución adoptada y los precios. La facturación de la ejecución de las actuaciones de mejora o adecuación en el caso de llevarse a cabo se facturarían aparte del presente contrato. Lo no reflejado en este informe y correspondiente a las instalaciones objeto de este concurso, será aceptado tácitamente por el adjudicatario como correcto, pudiendo ser exigida por la Administración posterior corrección de defectos y anomalías detectadas y no señaladas en el informe y siempre que no tengan la consideración de vicios ocultosplanteados.

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Samples: Contrato Administrativo Para La Prestación De Servicios De Consultoría

ALCANCE DEL SERVICIO. Los trabajos El Consultor Individual deberá realizar y ejecutar las tareas encomendadas en estricta aplicación a realizar los términos de Referencia, al contrato a suscribir y a los mecanismos de coordinación establecidos por la empresa adjudicataria serán los necesarios para Jefatura de la Unidad de Medio Ambiente, Gestión Social y Seguridad Industrial. Para este fin, el correcto mantenimiento CONSULTOR deberá efectuar, sin ser limitativas, las siguientes actividades: Realizar seguimiento y control de las instalaciones incluidas actividades de gestión social de ENDE Identificación de propietarios y/o poseedores que no fueron ubicados en periodos anteriores, utilizando como referencia, el censo de propiedades afectadas (privadas y/o comunales). Realizar el relevamiento de datos en campo o en la zona de afectación, del predio, arboles, cultivos y/o frutales que sean afectados por la faja de servidumbre de los proyectos de línea y graficarlos en planos de afectación georreferenciados. Realizar actividades de inventarios sobre recursos agroforestales, forestales y agrícolas para la obtención de planillas de “Liquidación de pago por compensación”. Mantener los espacios de relación interinstitucional con autoridades, dirigencias agrarias, colonias, comunidades y propietarios de tierras afectadas por Proyectos del Sector Eléctrico. Coadyuvar el cumplimiento de las Leyes, Normas, Procedimientos de Trabajo, relacionadas con la Gestión Social relacionadas con la Liberación de la Faja de Servidumbre Socializar en campo las actividades de Gestión Social para Proyectos del Sector Eléctrico (socialización, suscripción de convenios y contratos de servidumbre, inventario de afecciones, mensuras, avalúos, pago de compensaciones, atención de reclamos entre otros). Proponer e impulsar las acciones orientadas a la elaboración y actualización de los manuales, procedimientos, instructivos de trabajo, requeridas para mejorar la confiabilidad de la Gestión social. Revisión y complementación de información Gestión Social. Participar en equipos multidisciplinarios para elaborar / revisar FNCA – PPM PASA- EEIA- IMAS- PSST. Apoyar seguimiento a los compromisos ambientales de los proyectos en todas sus etapas. Realizar otras funciones y actividades solicitadas por la Jefatura de la Unidad de Medio Ambiente, Gestión Social y Seguridad Industrial. El presente alcance es de carácter enunciativo y no limitativo, pudiendo el CONSULTOR ampliar su alcance de acuerdo a necesidad y a requerimiento de ENDE. De manera excepcional, por COVID-19 u otro, y en resguardo de la vida y salud del consultor, éste podrá desarrollar sus actividades bajo la modalidad de Teletrabajo, previa solicitud y justificación de la Gerencia de Área, con aprobación de la Gerencia de Desarrollo Empresarial y Economía. El consultor que desarrolle actividades que no puedan sujetarse a esta modalidad, deberán ser desarrolladas de forma presencial. El desempeño del CONSULTOR se medirá por los siguientes resultados: Plan de trabajo conteniendo cronograma de actividades concertado con la Jefatura de la Unidad de Medio Ambiente, Gestión Social y Seguridad Industrial. Informes mensuales y específicos revisados y aprobados de medio ambiente, presentados por la supervisión. Convenios, Actas de Reunión y contratos de servidumbre con Autoridades, Organizaciones Sociales y con los Propietarios de tierras afectados por Proyectos del Sector Eléctrico. Elaboración de manuales, procedimientos y/o instructivos para mejorar la confiabilidad del gestor social. El Consultor, se constituye en el contrato, con el fin de asegurar un estado óptimo de las mismas desde el punto de vista funcional, de seguridad, de rendimiento energético e incluso de protección del medioambiente. Todas las operaciones de mantenimiento objeto de este contrato estarán sujetas a las normas y recomendaciones vigentes para cada tipo de instalación de que se trate. La empresa adjudicataria deberá realizar como mínimo las tareas de mantenimiento preventivo y correctivo previstas en el Real Decreto 1027/2007 de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento las Instalaciones Térmicas de los edificios (RITE) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITE), como en la Resolución de 19 de febrero de 2010 del Gobierno Xxxxx, por el que se aprueba el "Manual Inspecciones Periódicas de las instalaciones Térmicas". La empresa adjudicataria estará obligada a llevar al día los libros de mantenimiento oficiales que actualmente se exigen para determinado tipo de instalaciones, así como los que se pudieran exigir durante la duración del contrato. La programación de los trabajos se elaborará siempre de forma conjunta con la Administración. La empresa adjudicataria será la única responsable de la buena ejecución correcta realización de los trabajos mantenimiento. Las empresas licitadoras deberán presentar en su oferta la metodología de trabajo que proponen para la ejecución de los trabajos objeto del serviciosus funciones, con su sistema de gestión de mantenimiento, que deberá constar como mínimo de los siguientes apartados considerados como básicos y necesarios para consecución de los objetivos de calidad que pretende la Administración: Tomando como base la relación mismas que se recoge encuentran establecidas en el Anexo Ipresente Alcance de Servicio y son inherentes a su área de competencia, la empresa adjudicataria comprobará y realizará, en un plazo máximo En caso de un mes desde la firma del contratoomisión o incumplimiento, el inventario exhaustivo Consultor será pasible de todas las instalaciones y equipos objeto del contrato, clasificando cada componente mediante un código que permita su localización, concertando con personal responsable del Ayuntamiento sanciones según lo establecido en la identificación mediante etiquetado in situ de cada equipo y elaboración de su ficha técnica, según su naturaleza, uso y ubicación. Esta documentación se presentará en soporte papel e informático, mediante procedimiento a acordar con el Ayuntamiento y servirá como base para la planificación y optimización de todas las tareas objeto presente contrato. En el plazo de dos meses desde la firma del contrato, la empresa adjudicataria deberá realizar una revisión inicial de todas las instalaciones, detectando las deficiencias existentes, definiendo su estado, junto con propuestas de puesta a punto y adecuación en caso de existir. Del mismo modo deberá detectar las partes sujetas a envejecimiento, desgaste o que no tengan sus especificaciones operativas garantizadas. La empresa adjudicataria deberá registrar documentalmente las acciones realizadas, y recoger las conclusiones de las revisiones iniciales en un informe inicial detallado por tipo de instalaciones y zonas, así como los informes técnico-económicos que sean necesarios de mejora o adecuación para su valoración por parte del Ayuntamiento para así según el caso proceder a su aprobación, reparación o sustitución. Los informes técnico-económicos deberán recoger los motivos por los que se propone cada una de las soluciones, la relación de elementos a sustituir con sus características técnicas y valoración económica además de la estimación de horas para la ejecución de los trabajos. El Ayuntamiento se reserva el derecho de comparar estos informes técnico- económicos con los presentados por otras empresas para contrastar la solución adoptada y los precios. La facturación de la ejecución de las actuaciones de mejora o adecuación en el caso de llevarse a cabo se facturarían aparte del presente contrato. Lo no reflejado en este informe y correspondiente a las instalaciones objeto de este concurso, será aceptado tácitamente por el adjudicatario como correcto, pudiendo ser exigida por la Administración posterior corrección de defectos y anomalías detectadas y no señaladas en el informe y siempre que no tengan la consideración de vicios ocultosLey N° 1178.

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ALCANCE DEL SERVICIO. Los trabajos El Consultor de Línea deberá realizar las tareas que de manera enunciativa y no limitativa, se describen a realizar continuación: Apoyo en la atención de Reclamaciones Administrativas. Atender las Reclamaciones Administrativas que sean interpuestas por usuarios. Emitir las Resoluciones Administrativas en los trámites de Reclamaciones Administrativas. Coadyuvar en el control de plazos en la emisión de actos administrativos en las Reclamaciones Administrativas. Asesorar legalmente al desarrollo de los trámites de Reclamaciones Administrativas. Respecto a la atención, tramitación y resolución de Recursos de Revocatoria en contra de sanciones dispuestas por las empresas distribuidoras. Atender todos los recursos de revocatoria que sean interpuestos por usuarios en contra de sanciones dispuestas por las empresas distribuidoras, en sujeción a las previsiones del artículo 88, del RLPA-SIRESE y demás disposiciones procesales contenidas en la normativa aplicable. Apersonamiento de los recurrentes y/o solicitud previa de información a las empresas recurridas. Apertura y clausura de periodo de prueba de oficio, a solicitud de parte o a solicitud de las direcciones técnicas. Emisión de Informes Legales, respecto a los argumentos de los recurrentes y las empresas sancionadoras. Asesoramiento legal a los técnicos encargados de la emisión de los informes técnicos correspondientes. Proyección y emisión de las resoluciones administrativas correspondientes y todo acto administrativo necesario para la atención y tramitación del recurso. El consultor será responsable del control del cumplimiento de los plazos procesales previstos en la normativa vigente, a dicho efecto el mismo deberá elaborar una matriz de seguimiento sujeta a las que actualmente están aprobadas y en vigencia en la AE. Respecto al procesamiento de denuncias en investigaciones preliminares y procesos infractorios. Emisión de Auto de Inicio de Investigación Preliminar. Apersonamiento de los recurrentes. Apertura y clausura de periodo de prueba. Elaborar los informes legales que correspondan. Emisión de Autos de archivo de obrados, cuando corresponda. Proyección y emisión de las resoluciones administrativas y todo acto administrativo. El consultor será responsable de tramitar todo otro procedimiento que le sea encomendado. Respecto al apoyo a la Dirección de Control de Operaciones, Calidad y Protección al Consumidor Área 2 y Dirección Legal. En el marco de las labores que desempeña la DOCP2 y DLG, el consultor deberá encontrarse capacitado para apoyar y coadyuvar en las labores de las mismas, sea por instrucciones de la contraparte o el Director (a), así como aquellas que sean emanadas por la empresa adjudicataria serán Máxima Autoridad Ejecutiva. OBLIGACIONES. La prestación del servicio se realizará en el horario que rige para los necesarios para funcionarios de planta en la AE de 08:30 a 12:30 y de 14:30 a 18:30. Cumplir cualquier otra actividad asignada por el correcto mantenimiento Director de la DLG que esté relacionada con el cumplimiento de la Consultoría. A la finalización de cada mes, el Consultor Individual de Línea deberá presentar un “Informe Mensual de Actividades” a la contraparte describiendo todas las instalaciones incluidas en tareas desarrolladas. La contraparte deberá elaborar un Informe de Conformidad al Informe Mensual de Actividades del Consultor a fin de gestionar el pago de honorarios correspondiente. Concluido el contrato, con el fin CONSULTOR, deberá realizar la devolución de asegurar un estado óptimo los activos asignados a la unidad responsable de las mismas desde la AE, debiendo hacer constar dicho acto en su informe final de cumplimiento de contrato, adjuntando el punto descargo respectivo. Responder por la calidad del servicio de vista funcionalconsultoría y oportunidad hasta la conclusión del Contrato. En caso de percibir viáticos y/o estipendios, el CONSULTOR, debe presentar los descargos por dicho concepto, de seguridadacuerdo a procedimiento interno de la ENTIDAD, toda vez que el incumplimiento a la presentación de rendimiento energético e incluso de protección del medioambiente. Todas las operaciones de mantenimiento objeto de este contrato estarán sujetas a las normas y recomendaciones vigentes para cada tipo de instalación de que se trate. La empresa adjudicataria deberá realizar como mínimo las tareas de mantenimiento preventivo y correctivo previstas en el Real Decreto 1027/2007 de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento las Instalaciones Térmicas de los edificios (RITE) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITE), como en la Resolución de 19 de febrero de 2010 del Gobierno Xxxxx, por el que se aprueba el "Manual Inspecciones Periódicas de las instalaciones Térmicas". La empresa adjudicataria estará obligada a llevar al día los libros de mantenimiento oficiales que actualmente se exigen para determinado tipo de instalacionesdescargos, así como los que se pudieran exigir durante a la duración del contrato. La programación presentación fuera de los trabajos se elaborará siempre de forma conjunta con la Administración. La empresa adjudicataria será la única responsable de la buena ejecución de los trabajos mantenimiento. Las empresas licitadoras deberán presentar en su oferta la metodología de trabajo que proponen para la ejecución de los trabajos objeto del servicio, con su sistema de gestión de mantenimiento, que deberá constar como mínimo de los siguientes apartados considerados como básicos y necesarios para consecución de los objetivos de calidad que pretende la Administración: Tomando como base la relación que se recoge en el Anexo I, la empresa adjudicataria comprobará y realizará, en un plazo máximo de un mes desde la firma del contrato, el inventario exhaustivo de todas las instalaciones y equipos objeto del contrato, clasificando cada componente mediante un código que permita su localización, concertando con personal responsable del Ayuntamiento la identificación mediante etiquetado in situ de cada equipo y elaboración de su ficha técnica, según su naturaleza, uso y ubicación. Esta documentación se presentará en soporte papel e informático, mediante procedimiento a acordar con el Ayuntamiento y servirá como base para la planificación y optimización de todas las tareas objeto presente contrato. En el plazo de dos meses desde la firma del contrato, la empresa adjudicataria deberá realizar una revisión inicial de todas las instalaciones, detectando las deficiencias existentes, definiendo su estado, junto con propuestas de puesta a punto y adecuación en caso de existir. Del mismo modo deberá detectar las partes sujetas a envejecimiento, desgaste o que no tengan sus especificaciones operativas garantizadas. La empresa adjudicataria deberá registrar documentalmente las acciones realizadas, y recoger las conclusiones de las revisiones iniciales en un informe inicial detallado por tipo de instalaciones y zonas, así como los informes técnico-económicos que sean necesarios de mejora o adecuación para su valoración por parte del Ayuntamiento para así según el caso proceder a su aprobación, reparación o sustitución. Los informes técnico-económicos deberán recoger los motivos por los que se propone cada una de las soluciones, la relación de elementos a sustituir con sus características técnicas y valoración económica además de la estimación de horas para la ejecución de los trabajos. El Ayuntamiento se reserva el derecho de comparar estos informes técnico- económicos con los presentados por otras empresas para contrastar la solución adoptada y los precios. La facturación de la ejecución de las actuaciones de mejora o adecuación en el caso de llevarse a cabo se facturarían aparte del presente contrato. Lo no reflejado en este informe y correspondiente a las instalaciones objeto de este concurso, será aceptado tácitamente por el adjudicatario como correcto, pudiendo ser exigida por la Administración posterior corrección de defectos y anomalías detectadas y no señaladas en el informe y siempre que no tengan la consideración de vicios ocultosdará lugar al descuento respectivo.

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Samples: Contrato Administrativo Para La Prestación De Servicios De Consultoría

ALCANCE DEL SERVICIO. Los trabajos Mediante la presente licitación, XXXXXX llevará a realizar por cabo la empresa adjudicataria serán los necesarios para el correcto mantenimiento contratación de las instalaciones incluidas un asesor experto que lleve a cabo / asista en el contrato, con el fin de asegurar un estado óptimo de las mismas desde el punto de vista funcional, de seguridad, de rendimiento energético e incluso de protección del medioambiente. Todas las operaciones de mantenimiento objeto de este contrato estarán sujetas a las normas y recomendaciones vigentes para cada tipo de instalación de que se trate. La empresa adjudicataria deberá realizar como mínimo las tareas de mantenimiento preventivo actualización de las distintas herramientas financieras que describen el Plan Económico Financiero de BIDEGI. En concreto, BIDEGI busca un asesor cualificado que le provea de la asistencia de la más alta calidad para las siguientes actividades / tareas:  Actualización semestral del MEF descriptivo del PEF relativo al CED 1. Estas actuaciones se llevarán a cabo durante los meses que transcurren entre enero-marzo y correctivo previstas entre junio- septiembre.  Actualización semestral del MEF descriptivo del PEF relativo al CED 3. Estas actuaciones se llevarán a cabo durante los meses que transcurren entre enero-marzo y entre junio- septiembre.  Actualización semestral del MEF consolidado. Estas actuaciones se llevarán a cabo durante los meses que transcurren entre junio-septiembre y entre enero-marzo.  Asistencia a la Dirección -Financiera de BIDEGI en el Real Decreto 1027/2007 de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento las Instalaciones Térmicas la valoración / testeo de los edificios (RITE) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITE), como en la Resolución impactos económico-financieros a resultas de 19 de febrero de 2010 del Gobierno Xxxxx, por el que se aprueba el "Manual Inspecciones Periódicas de las instalaciones Térmicas". La empresa adjudicataria estará obligada a llevar al día los libros de mantenimiento oficiales que actualmente se exigen para determinado tipo de instalaciones, así como los que se pudieran exigir durante la duración del contrato. La programación de los trabajos se elaborará siempre de forma conjunta con la Administración. La empresa adjudicataria será la única responsable de la buena ejecución de los trabajos mantenimiento. Las empresas licitadoras deberán presentar en su oferta la metodología de trabajo que proponen para la ejecución de los trabajos objeto del servicio, con su sistema de gestión de mantenimiento, que deberá constar como mínimo de los siguientes apartados considerados como básicos y necesarios para consecución de los objetivos de calidad que pretende la Administración: Tomando como base la relación que se recoge en el Anexo I, la empresa adjudicataria comprobará y realizará, en un plazo máximo de un mes desde la firma del contrato, el inventario exhaustivo de todas las instalaciones y equipos objeto del contrato, clasificando cada componente mediante un código que permita su localización, concertando con personal responsable del Ayuntamiento la identificación mediante etiquetado in situ de cada equipo y elaboración de su ficha técnica, según su naturaleza, uso y ubicación. Esta documentación se presentará en soporte papel e informático, mediante procedimiento a acordar con el Ayuntamiento y servirá como base para la planificación y optimización de todas las tareas objeto presente contrato. En el plazo de dos meses desde la firma del contrato, la empresa adjudicataria deberá realizar una revisión inicial de todas las instalaciones, detectando las deficiencias existentes, definiendo su estado, junto con propuestas de puesta a punto y adecuación en caso de existir. Del mismo modo deberá detectar las partes sujetas a envejecimiento, desgaste o que no tengan sus especificaciones operativas garantizadas. La empresa adjudicataria deberá registrar documentalmente las acciones realizadas, y recoger las conclusiones de las revisiones iniciales en un informe inicial detallado por tipo de instalaciones y zonas, así como los informes técnico-económicos que sean necesarios de mejora o adecuación para su valoración por parte del Ayuntamiento para así según el caso proceder a su aprobación, reparación o sustitución. Los informes técnico-económicos deberán recoger los motivos por los que se propone cada una de las soluciones, la relación de elementos a sustituir con sus características técnicas y valoración económica además de la estimación de horas para la ejecución de los trabajos. El Ayuntamiento se reserva el derecho de comparar estos informes técnico- económicos con los presentados por otras empresas para contrastar la solución adoptada y los precios. La facturación de la ejecución de las actuaciones de mejora o adecuación en el caso de llevarse a cabo se facturarían aparte del presente contrato. Lo no reflejado en este informe y correspondiente a las instalaciones objeto de este concurso, será aceptado tácitamente por el adjudicatario como correcto, pudiendo ser exigida por la Administración posterior corrección de defectos y anomalías detectadas y no señaladas en el informe y siempre que no tengan la consideración de vicios ocultosescenarios alternativos fruto de la alteración discrecional de determinados aspectos relacionados con las proyecciones de ingresos, costes operativos y/o nuevas inversiones / reposiciones. Ello requerirá de una revisión de los MEF y, cuando proceda, la actualización de la redacción de su PEF. Esta asistencia será atemporal a lo largo de cada periodo anual y responderá a consultas puntuales realizadas desde el departamento financiero de BIDEGI.  Asistencia ocasional a la Dirección Financiera de BIDEGI en el testeo / chequeo de modificaciones en aspectos estructurales considerados en los MEFs, y que pudieran servir para la evaluación de la conveniencia de plantear nuevos escenarios o estrategias en el desarrollo de los planes de la Diputación de cara a la mejora / ampliación de su red de infraestructuras viarias de alta capacidad. Ello requerirá de una revisión de los MEF y, cuando proceda, la actualización de la redacción de su PEF. Esta asistencia será ilimitada y responderá a consultas puntuales realizadas desde el departamento financiero de BIDEGI.  Asistencia ocasional a la Dirección Financiera de BIDEGI en el testeo/chequeo de la consideración de impactos preliminares sobre el PEF de BIDEGI como consecuencia del desarrollo de nuevos proyectos / nuevas encomiendas encargadas por parte de la Diputación. Esta asistencia será ilimitada y responderás a encargos puntuales que conllevarán la construcción de nuevos MEFs en formato excel con la redacción de su correspondiente PEF en formato Word y PDF.

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ALCANCE DEL SERVICIO. Los trabajos El Consultor Individual deberá realizar y ejecutar las tareas encomendadas en estricta aplicación a realizar los términos de Referencia, al contrato a suscribir y a los mecanismos de coordinación establecidos por la empresa adjudicataria serán Jefatura de la Unidad de Medio Ambiente, Gestión Social y Seguridad Industrial. Para este fin, el CONSULTOR deberá efectuar, sin ser limitativas, las siguientes actividades: Realizar la planificación, seguimiento y control de actividades programadas; Preparar la remisión de documentos, para su envío a las diferentes instituciones externas y dependencia de la empresa; Elaborar documentos concernientes a medio ambiente, gestión social y seguridad industrial. Mantener actualizado el databook de UMGS Efectuar la recepción, registro y despacho de correspondencia en general, de acuerdo a normas establecidas por la empresa; Mantener canales de comunicación con todas las entidades y facilitar las labores de coordinación de la Unidad de Medio Ambiente; Realizar la revisión, estructuración e impresión de estudios ambientales; Realizar archivos de documentación, clasificados de acuerdo a criterios propios, facilitando el manejo de la documentación. Participar en la elaboración de IRAPS. Coordinar con los necesarios para responsables de Área bajo las directrices de la UMGS, la gestión de documentos. Realizar otras funciones y actividades solicitadas por la Jefatura de la Unidad de Medio Ambiente, Gestión Social y Seguridad Industrial. El presente alcance es de carácter enunciativo y no limitativo, pudiendo el correcto mantenimiento CONSULTOR ampliar su alcance de acuerdo a necesidad y a requerimiento de ENDE. De manera excepcional, por COVID-19 u otro, y en resguardo de la vida y salud del consultor, éste podrá desarrollar sus actividades bajo la modalidad de Teletrabajo, previa solicitud y justificación de la Gerencia de Área, con aprobación de la Gerencia de Desarrollo Empresarial y Economía. El consultor que desarrolle actividades que no puedan sujetarse a esta modalidad, deberán ser desarrolladas de forma presencial. El desempeño del CONSULTOR se medirá por los siguientes resultados: Informes mensuales sobre las instalaciones incluidas actividades y resultados alcanzados a partir del inicio de la consultoría. Otros derivados del alcance del servicio. Mantener el archivo ordenado de manera cronológica. Enviar de manera oportuna la correspondencia. Presentar en fecha las Solicitudes de Viaje y Rendiciones Mantener control de Material de Escritorio El Consultor, se constituye en el contrato, con el fin de asegurar un estado óptimo de las mismas desde el punto de vista funcional, de seguridad, de rendimiento energético e incluso de protección del medioambiente. Todas las operaciones de mantenimiento objeto de este contrato estarán sujetas a las normas y recomendaciones vigentes para cada tipo de instalación de que se trate. La empresa adjudicataria deberá realizar como mínimo las tareas de mantenimiento preventivo y correctivo previstas en el Real Decreto 1027/2007 de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento las Instalaciones Térmicas de los edificios (RITE) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITE), como en la Resolución de 19 de febrero de 2010 del Gobierno Xxxxx, por el que se aprueba el "Manual Inspecciones Periódicas de las instalaciones Térmicas". La empresa adjudicataria estará obligada a llevar al día los libros de mantenimiento oficiales que actualmente se exigen para determinado tipo de instalaciones, así como los que se pudieran exigir durante la duración del contrato. La programación de los trabajos se elaborará siempre de forma conjunta con la Administración. La empresa adjudicataria será la única responsable de la buena ejecución correcta realización de sus funciones, mismas que se encuentran establecidas en el presente Alcance de Servicio y son inherentes a su área de competencia, En caso de omisión o incumplimiento, el Consultor será pasible de sanciones según lo establecido en la Ley N° 1178. El CONSULTOR, deberá presentar a la Unidad de Medio Ambiente, Gestión Social y Seguridad Industrial de ENDE, los trabajos mantenimientoinformes que a continuación se detallan: Informe mensual, al finalizar cada mes deberá presentar un informe por periodos mensuales, mismo que debe contener un detalle de las actividades realizadas de acuerdo al alcance establecido en el presente TDR y ser aprobado por el Jefe de la Unidad de Medio Ambiente, Gestión Social y Seguridad Industrial. Las empresas licitadoras deberán Informe final, al finalizar el contrato deberá presentar un informe final de actividades del periodo de su contrato el mismo debe contener un detalle de las actividades realizadas de acuerdo al alcance establecido en su oferta el presente TDR y ser aprobado por el Jefe de la metodología Unidad de Medio Ambiente, Gestión Social y Seguridad Industrial. El CONSULTOR tendrá como base de trabajo que proponen para la ejecución ciudad de los trabajos objeto Cochabamba. El CONSULTOR podrá realizar viajes al interior del servicio, con su sistema de gestión de mantenimiento, que deberá constar como mínimo de los siguientes apartados considerados como básicos y necesarios para consecución de los objetivos de calidad que pretende la Administración: Tomando como base la relación que se recoge en el Anexo I, la empresa adjudicataria comprobará y realizará, en un plazo máximo de un mes desde la firma del contrato, el inventario exhaustivo de todas las instalaciones y equipos objeto del contrato, clasificando cada componente mediante un código que permita su localización, concertando con personal responsable del Ayuntamiento la identificación mediante etiquetado in situ de cada equipo y elaboración de su ficha técnicapaís, según su naturaleza, uso y ubicaciónnormativa vigente de ENDE. Esta documentación se presentará en soporte papel e informático, mediante procedimiento a acordar con El plazo para el Ayuntamiento y servirá como base para la planificación y optimización de todas las tareas objeto presente contrato. En el plazo de dos meses desde la firma del contrato, la empresa adjudicataria deberá realizar una revisión inicial de todas las instalaciones, detectando las deficiencias existentes, definiendo su estado, junto con propuestas de puesta a punto y adecuación en caso de existir. Del mismo modo deberá detectar las partes sujetas a envejecimiento, desgaste o que no tengan sus especificaciones operativas garantizadas. La empresa adjudicataria deberá registrar documentalmente las acciones realizadas, y recoger las conclusiones de las revisiones iniciales en un informe inicial detallado por tipo de instalaciones y zonas, así como los informes técnico-económicos que sean necesarios de mejora o adecuación para su valoración por parte del Ayuntamiento para así según el caso proceder a su aprobación, reparación o sustitución. Los informes técnico-económicos deberán recoger los motivos por los que se propone cada una de las soluciones, la relación de elementos a sustituir con sus características técnicas y valoración económica además desarrollo de la estimación de horas para la ejecución de los trabajos. El Ayuntamiento se reserva Consultoría será hasta el derecho de comparar estos informes técnico- económicos con los presentados por otras empresas para contrastar la solución adoptada y los precios. La facturación 31/12/2021 a partir de la ejecución suscripción de las actuaciones de mejora o adecuación en el caso de llevarse a cabo se facturarían aparte del presente contrato. Lo no reflejado en este informe y correspondiente a las instalaciones objeto de este concurso, será aceptado tácitamente por el adjudicatario como correcto, pudiendo ser exigida por la Administración posterior corrección de defectos y anomalías detectadas y no señaladas en el informe y siempre que no tengan la consideración de vicios ocultos.

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ALCANCE DEL SERVICIO. Los trabajos El Consultor Individual deberá realizar y ejecutar las tareas encomendadas en estricta aplicación a realizar los términos de Referencia, al contrato a suscribir y a los mecanismos de coordinación establecidos por la Unidad Jurídica. Para este fin, el CONSULTOR deberá efectuar, sin ser limitativas, las siguientes actividades: Ordenar y revisar en formato digital, los Documentos que son parte de los Procesos de Contratación Directa, de acuerdo al Formulario F-3008, emitido por la C.G.E. Gestión de firmas de Declaraciones Juradas (Formulario F-3008) de acuerdo a Reglamento de la C.G.E. Remisión mensual de todos los Procesos de Contrataciones Directas generados en la Empresa a la C.G.E. Registrar, Verificar y Validar todos los contratos generados por la Empresa en el nuevo sistema de Registro de Contratos de la Contraloría General del Estado. Remisión Bimestral de la documentación que respalda el registro de contratos según los plazos establecidos en el reglamento de Registro y Reporte de contratos RE/CE-026 Versión: 3 Elaboración de notas de remisión a la C.G.E. Registro, ingreso y consolidación de contratos y otra documentación correspondiente al Sistema de Asesoría Jurídica (SAJ). Generar plantillas mensuales de detalle de todos los contratos generados en la Empresa, tantos mayores y menores Apoyar en el archivo de toda la documentación emitida y recibida por la Unidad Jurídica. Armar carpetas con documentación en físico de todos los contratos generados en la empresa adjudicataria serán para su posterior empaste Trasladar la documentación de gestiones pasadas a almacenes de Sacaba para su archivo Digitalizar todos los necesarios contratos generados en la Empresa tanto mayores como menores y almacenar en la base de datos de la Unidad Jurídica Escanear todos los Procesos de Contratación Directa generados en la Empresa Asignar número, digitalizar, archivar y registrar todos los Contratos de Servidumbre en el Sistema de Registro de la C.G.E. para su posterior remisión. Apoyo en general Según requerimiento de la Unidad Jurídica. El presente alcance es de carácter enunciativo y no limitativo, pudiendo el CONSULTOR ampliar su alcance de acuerdo a necesidad y a requerimiento de ENDE. De manera excepcional, por COVID-19 u otro, y en resguardo de la vida y salud del consultor, éste podrá desarrollar sus actividades bajo la modalidad de Teletrabajo, previa solicitud y justificación de la Gerencia de Área, con aprobación de la Gerencia de Desarrollo Empresarial y Economía. El consultor que desarrolle actividades que no puedan sujetarse a esta modalidad, deberán ser desarrolladas de forma presencial. El desempeño del CONSULTOR se medirá por los siguientes resultados: Cumplimiento de las actividades y tareas encomendadas El CONSULTOR, deberá presentar a la Unidad Jurídica de ENDE, los informes que a continuación se detallan: Informe mensual, al finalizar cada mes deberá presentar un informe por periodos mensuales, mismo que debe contener un detalle de las actividades realizadas de acuerdo al alcance establecido en el presente TDR y ser aprobado por el responsable de área de la Unidad Jurídica. Informe final, al finalizar el contrato deberá presentar un informe final de actividades del periodo de su contrato, el mismo debe contener un detalle de las actividades realizadas de acuerdo al alcance establecido en el presente TDR y ser aprobado por el responsable de área de la Unidad Jurídica. El CONSULTOR tendrá como base de trabajo la ciudad de Cochabamba. El CONSULTOR podrá realizar viajes al interior del país, según normativa vigente de ENDE. El plazo para el correcto mantenimiento desarrollo de las instalaciones incluidas en la Consultoría será hasta el contrato31 de diciembre del 2021 La prestación del servicio, con el fin de asegurar un estado óptimo de las mismas desde el punto de vista funcional, de seguridad, de rendimiento energético e incluso de protección del medioambiente. Todas las operaciones de mantenimiento objeto de este contrato estarán sujetas a las normas y recomendaciones vigentes para cada tipo de instalación de que se trate. La empresa adjudicataria deberá realizar como mínimo las tareas de mantenimiento preventivo y correctivo previstas en el Real Decreto 1027/2007 de 20 de julio, será supervisada por el que se aprueba Jefe de la Unidad Jurídica, quien realizará el Reglamento las Instalaciones Térmicas de los edificios (RITE) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITE), como en la Resolución de 19 de febrero de 2010 del Gobierno Xxxxx, por el que se aprueba el "Manual Inspecciones Periódicas de las instalaciones Térmicas". La empresa adjudicataria estará obligada a llevar al día los libros de mantenimiento oficiales que actualmente se exigen para determinado tipo de instalaciones, así como los que se pudieran exigir durante la duración del contrato. La programación seguimiento de los trabajos se elaborará siempre de forma conjunta con la Administraciónasignados conforme al alcance del presente TDR para su aprobación. La empresa adjudicataria será Unidades Organizacionales a través de su Jefatura correspondiente, deberán asegurar el uso adecuado del equipo de protección personal y la única responsable ropa de la buena ejecución trabajo de los trabajos mantenimiento. Las empresas licitadoras deberán presentar en su oferta la metodología Consultores Individuales de trabajo que proponen para la ejecución de los trabajos objeto del servicio, con su sistema de gestión de mantenimientoLínea, que deberá constar como mínimo de los siguientes apartados considerados como básicos y necesarios para consecución de los objetivos de calidad que pretende la Administración: Tomando como base la relación que están bajo se recoge en el Anexo I, la empresa adjudicataria comprobará y realizará, en un plazo máximo de un mes desde la firma del contrato, el inventario exhaustivo de todas las instalaciones y equipos objeto del contrato, clasificando cada componente mediante un código que permita su localización, concertando con personal responsable del Ayuntamiento la identificación mediante etiquetado in situ de cada equipo y elaboración de su ficha técnica, según su naturaleza, uso y ubicación. Esta documentación se presentará en soporte papel e informático, mediante procedimiento a acordar con el Ayuntamiento y servirá como base para la planificación y optimización de todas las tareas objeto presente contrato. En el plazo de dos meses desde la firma del contrato, la empresa adjudicataria deberá realizar una revisión inicial de todas las instalaciones, detectando las deficiencias existentes, definiendo su estado, junto con propuestas de puesta a punto y adecuación en caso de existir. Del mismo modo deberá detectar las partes sujetas a envejecimiento, desgaste o que no tengan sus especificaciones operativas garantizadas. La empresa adjudicataria deberá registrar documentalmente las acciones realizadas, y recoger las conclusiones de las revisiones iniciales en un informe inicial detallado por tipo de instalaciones y zonas, así como los informes técnico-económicos que sean necesarios de mejora o adecuación para su valoración por parte del Ayuntamiento para así según el caso proceder a su aprobación, reparación o sustitución. Los informes técnico-económicos deberán recoger los motivos por los que se propone cada una de las soluciones, la relación de elementos a sustituir con sus características técnicas y valoración económica además de la estimación de horas para la ejecución de los trabajos. El Ayuntamiento se reserva el derecho de comparar estos informes técnico- económicos con los presentados por otras empresas para contrastar la solución adoptada y los precios. La facturación de la ejecución de las actuaciones de mejora o adecuación en el caso de llevarse a cabo se facturarían aparte del presente contrato. Lo no reflejado en este informe y correspondiente a las instalaciones objeto de este concurso, será aceptado tácitamente por el adjudicatario como correcto, pudiendo ser exigida por la Administración posterior corrección de defectos y anomalías detectadas y no señaladas en el informe y siempre que no tengan la consideración de vicios ocultosdependencia.

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