ACLARACIÓN DE PROPUESTAS Cláusulas de Ejemplo

ACLARACIÓN DE PROPUESTAS. 25.1. A fin de facilitar el examen, evaluación y comparación de propuestas, “La Convocante” podrá en su caso, solicitar a cualquier licitante que aclare su propuesta o cualquier aspecto contenido en la misma. La solicitud de aclaración y la respuesta correspondiente se harán constar por escrito, y no se pedirán, ofrecerán, ni permitirán cambios en el precio, ni en los aspectos sustanciales o significativos de la propuesta.
ACLARACIÓN DE PROPUESTAS. 24.1. Para efectos de evaluación, “La Convocante” podrá solicitar al licitante participante que aclare su propuesta o cualquier aspecto contenido en la misma. La solicitud de aclaración y la respuesta correspondiente se harán constar por escrito, y no se pedirán, ofrecerán, ni permitirán cambios en los aspectos sustanciales o significativos de la propuesta. Cuando se presente un error de cálculo en las propuestas presentadas solo habrá lugar a su rectificación por parte del Comité cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, lo que se hará constar en el dictamen a que se refiere el artículo 33 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California. Si el licitante no acepta la corrección de la propuesta, se desechará la misma.
ACLARACIÓN DE PROPUESTAS. 23.1 Para facilitar el proceso de revisión, evaluación y comparación de Propuestas, el Contratante podrá, a su discreción, solicitar de los Proponentes aclaraciones acerca de sus propuestas. No serán consideradas las aclaraciones presentadas por los Proponentes que no sean en respuesta a aclaraciones solicitadas por el Contratante. Las solicitudes de aclaraciones del Contratante y las respuestas de los Proponentes, deberán ser hechas por escrito. No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la propuesta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos, realizada según la Sub-Cláusula 25.3 IGP.
ACLARACIÓN DE PROPUESTAS. Durante el proceso de evaluación, el comité evaluador, podrá solicitar por correo electrónico u otro medio a los proponentes, las aclaraciones y explicaciones que estimen convenientes a las propuestas presentadas, las cuales deberán ser contestadas por escrito dentro del plazo que UNIMINUTO conceda para tal efecto. Con ocasión de la respuesta los proponentes no podrán mejorar, modificar, corregir o adicionar sus propuestas. Si lo hacen, dichas comunicaciones no serán tenidas en cuenta. Si el proponente no entrega las aclaraciones, explicaciones o soportes solicitados dentro del término concedido para ello y no es posible aclarar lo solicitado, con base en la oferta misma o un documento que permita suplir la falencia del soporte faltante, el efecto se reflejará en menor puntaje en la evaluación.
ACLARACIÓN DE PROPUESTAS. SOCODEVI verificará que cada una de las propuestas, contenga la documentación solicitada y en aquellos casos que lo considere necesario y de acuerdo con las reglas de participación, solicitará las aclaraciones correspondientes por escrito y el Proponente dispondrá de dos (2) días hábiles contados a partir de la fecha del requerimiento para radicarlo(s) en SOCODEVI.
ACLARACIÓN DE PROPUESTAS. A fin de facilitar el examen, evaluación y comparación de propuestas, El HOSPITAL podrá solicitar a uno o varios proponentes que aclaren su propuesta, sin que ello implique modificación o adición de la misma. La solicitud de aclaración y la respuesta correspondiente se hará por escrito, esta última dentro del término previsto en la respectiva solicitud. Si el proponente presenta las explicaciones o aclaraciones solicitadas en un término posterior al requerido o las presenta incompletas o la respuesta no corresponde a lo solicitado o no las presenta, El HOSPITAL entenderá que no hay lugar a la aclaración y rechazará la oferta. El HOSPITAL no se hace responsable por la no apertura de una propuesta que no esté presentada y rotulada como aquí se especifica o que no sea entregada en el sitio señalado, dentro de los términos establecidos y antes de la hora de cierre o que esté incorrectamente dirigida o sin la identificación señalada. Por el hecho de presentar la propuesta, el proponente acepta las condiciones y especificaciones de los términos de invitación, al igual que de cualquier modificación que realice el Hospital durante el proceso, modificaciones que se harán siempre mediante adenda. Una vez presentadas, las propuestas no podrán ser adicionadas, modificadas o reemplazadas.
ACLARACIÓN DE PROPUESTAS. A fin de facilitar el examen, evaluación y comparación de propuestas, la TERMINAL DE TRANSPORTES DE POPAYAN S.A., podrá solicitar a uno o varios proponentes que aclaren su propuesta, sin que ello implique modificación o adición de la misma. La solicitud de aclaración y la respuesta correspondiente se harán por escrito, y se publicará en la Página Web de la TERMINAL DE TRANSPORTES S.A., dentro del término previsto en la respectiva solicitud. Si el proponente presenta las explicaciones o aclaraciones solicitadas, en un término posterior al requerido, o las presenta incompletas, o la respuesta no corresponde a lo solicitado o no las presenta, la TERMINAL DE TRANSPORTES DE POPAYAN S.A., entenderá que no hay lugar a la aclaración y rechazará la oferta.
ACLARACIÓN DE PROPUESTAS. A fin de facilitar el examen, evaluación y comparación de propuestas, “La Convocante” podrá en su caso, solicitar a cualquier Licitante que aclare su propuesta o cualquier aspecto contenido en la misma. La solicitud de aclaración y la respuesta correspondiente se harán constar por escrito, y no se pedirán, ofrecerán, ni permitirán cambios en el precio, ni en los aspectos sustanciales o significativos de la propuesta. 26. DESCALIFICACIÓN A UN LICITANTE: En la evaluación de las proposiciones se descalificará a los Licitantes que incurran en alguna de las siguientes irregularidades: falta de cumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en las Bases de Licitación; señalamiento de precios en la propuesta técnica del Licitante; si se comprueba que algún Licitante hubiere acordado con otro u otros elevar los precios de los bienes materia de la presente Licitación; si se comprueba que algún Licitante intervino en cualquier acuerdo que tenga por objeto obtener una ventaja sobre los demás Licitantes, cuando no presente su proposición para la totalidad de los bienes en que participe; así como las demás causas de descalificación que se señalen expresamente en las presentes bases y en la Ley de la materia y su reglamento. 27. COMUNICACIONES CON LA CONVOCANTE: Los Licitantes se abstendrán de comunicarse con “La Convocante” o los miembros del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Poder Ejecutivo del Estado de Baja California, respecto de cualquier aspecto relacionado con su propuesta, únicamente “La Convocante” podrá establecer comunicación con el Licitante, para que aclare su propuesta de conformidad con lo dispuesto en el punto 25 de estas Bases de Licitación.
ACLARACIÓN DE PROPUESTAS. Para un mejor examen, evaluación y comparación de las propuestas, el Organismo podrá solicitar, a su discreción, a cualquiera de las empresas proponentes aclaraciones sobre su propuesta. La solicitud de aclaración y la respuesta deberán presentarse por escrito, y no implican ni permiten ofrecer cambios en el precio o en la esencia de la propuesta. En ningún caso, estas aclaraciones podrán interpretarse como una opción para que las empresas proponentes puedan completar documentación o información sustancial omitida o modificar la ya presentada. El Organismo podrá dirigirse a los clientes de las empresas proponentes y a cualquier otra fuente de información que considere pertinente, con objeto de confirmar aspectos concernientes a la documentación presentada. 14.Otros aspectos legales:
ACLARACIÓN DE PROPUESTAS. El Departamento de Administración de Eusko Jaurlaritzaren Informatika Elkartea – Sociedad Informática del Gobierno Xxxxx, S.A. (EJIE, S.A.) podrá pedir aclaraciones a las propuestas presentadas para la mejor comprensión de las mismas.