Common use of ACCESO A DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Clause in Contracts

ACCESO A DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. Las partes autorizan el tratamiento automatizado de los datos personales que sean facilitados por la otra parte o se pongan de manifiesto con ocasión de la ejecución de la presente relación contractual. Los interesados tienen el derecho de acceder, rectificar y, en su caso, cancelar los datos personales que se incluirán en los ficheros automatizados de cada una de las partes mediante petición escrita dirigida a las direcciones indicadas en la Documentación Contractual. En los casos en los que el Proveedor deba acceder a los datos de TIRME para la ejecución de la presente relación contractual, el Proveedor reconoce que la legislación sobre protección de datos personales establece una serie de obligaciones en el tratamiento de datos de carácter personal, entre las que destaca la prohibición de realizar cesiones de datos de carácter personal sin la correspondiente autorización del titular de los datos personales. A tal efecto, el Proveedor deberá cumplir las siguientes obligaciones: - Guardar las más estricta reserva y confidencialidad sobre los datos personales respecto a los que TIRME ostente la condición de responsable del fichero y a los que acceda en virtud de la relación contractual con TIRME. - Únicamente tratará dichos datos conforme a las instrucciones de TIRME. - No aplicará o utilizará los datos con fin distinto al que figure en la Documentación Contractual, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. - Deberá implantar, en los sistemas informáticos que alberguen dichos datos, las medidas de seguridad correspondientes al nivel básico durante la vigencia de la relación contractual. - Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos por el Proveedor o devueltos a TIRME, al igual que cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento. El incumplimiento por parte del Proveedor de cualquiera de las obligaciones aquí establecidas, lo convertirá en responsable del fichero, y deberá asumir sus responsabilidades frente a TIRME, al afectado y a los posibles expedientes sancionadores de la Agencia Española de Protección de Datos.

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ACCESO A DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. Las partes autorizan el tratamiento automatizado de los datos personales que sean facilitados por la otra parte o se pongan de manifiesto con ocasión de Para la ejecución de presente contrato, el CCVM pone a disposición de la presente relación contractual. Los interesados tienen empresa adjudicataria, un programa de gestión destinado a la elaboración de los informes, gestión de altas, bajas, cambios, renovaciones y pagos de los usuarios de modo que el derecho CCVM alojará la información de acceder, rectificar y, en su caso, cancelar los usuarios relativa a las siguientes categorías de datos personales que se incluirán describen a continuación: datos identificativos, económicos de los usuarios y aquella relacionada con las actividades en los ficheros automatizados de cada una de las partes mediante petición escrita dirigida a las direcciones indicadas en la Documentación Contractualque participen, todos ellos necesarios para el correcto desarrollo del objeto del presente pliego. En los casos en los que el Proveedor deba acceder a los datos de TIRME para la ejecución de la presente relación contractualeste sentido, el Proveedor reconoce que CCVM asumirá la legislación sobre protección posición jurídica de datos personales establece una serie encargado de obligaciones en el tratamiento. El tratamiento de datos se desarrollará en las instalaciones del CCVM y se alojará en los sistemas de carácter personal, entre las que destaca la prohibición información de realizar cesiones de datos de carácter CCVM. EL CCVM y todo su personal sin la correspondiente autorización del titular de los datos personales. A tal efecto, el Proveedor deberá cumplir se obligan a observar las siguientes obligaciones: - Guardar las más estricta reserva y confidencialidad sobre a)utilizar los datos personales respecto a objeto de tratamiento, o los que TIRME ostente recoja para su inclusión, exclusivamente para la condición finalidad objeto del presente contrato y en ningún caso los utilizará los datos para fines propios; b) tratar los datos de responsable del fichero y a los que acceda en virtud de la relación contractual acuerdo con TIRME. - Únicamente tratará dichos datos conforme a las instrucciones de TIRME. - No aplicará o utilizará la empresa adjudicataria; c) informar a la empresa adjudicataria de las instrucciones que le emita y que el CCVM considere que infringe cualquier disposición en materia de protección de datos; d) no comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con fin distinto al que figure en la Documentación Contractual, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. - Deberá implantarautorización expresa de la empresa adjudicataria, en los sistemas informáticos que alberguen dichos datos, las medidas de seguridad correspondientes al nivel básico durante la vigencia de la relación contractual. - Una vez cumplida la prestación contractual, supuestos legalmente admisibles; e) mantener el deber xx xxxxxxx respecto a los datos de carácter personal deberán ser destruidos a los que tenga acceso en virtud del presente encargo, incluso después de extinguida la relación contractual; f) garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometen, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad y deber xx xxxxxxx profesional y el Proveedor o devueltos a TIRME, al igual que cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento. El incumplimiento por parte del Proveedor de cualquiera cumplimiento de las obligaciones aquí establecidasmedidas de seguridad implantadas, lo convertirá en responsable del fichero, de las que se compromete a informarles convenientemente y deberá asumir sus responsabilidades frente mantener a TIRME, al afectado y a los posibles expedientes sancionadores disposición de la Agencia Española empresa adjudicataria la documentación acreditativa de Protección dicha obligación; h) garantizar la formación necesaria en materia de Datos.protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales; i) asistir a la empresa adjudicataria en la respuesta al ejercicio de los derechos respecto de la información que mantenga alojada;

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ACCESO A DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. Las partes autorizan Si el cumplimiento del contrato requiriera el acceso a ficheros o archivos con datos de carácter personal, el adjudicatario tendrá la condición de Encargado del tratamiento automatizado de los datos personales que sean facilitados por la otra parte o se pongan a los efectos de manifiesto con ocasión de la ejecución de la presente relación contractual. Los interesados tienen el derecho de acceder, rectificar y, en su caso, cancelar los datos personales que se incluirán en los ficheros automatizados de cada una de las partes mediante petición escrita dirigida a las direcciones indicadas lo dispuesto en la Documentación Contractual. En los casos en los que el Proveedor deba acceder a los datos Ley Orgánica 15/1999, de TIRME para la ejecución 13 de la presente relación contractualdiciembre, el Proveedor reconoce que la legislación sobre protección de datos personales establece una serie de obligaciones en el tratamiento Protección de datos de carácter personal. La Universidad Xxxxxx XXX de Madrid, entre las que destaca a tales efectos, tendrá la prohibición consideración de realizar cesiones Responsable de los ficheros y, en consecuencia, los datos de carácter personal sin serán de su titularidad exclusiva, extendiéndose esta titularidad a cuantos documentos, archivos o estudios realice el adjudicatario con ocasión del cumplimiento del contrato. El adjudicatario estará obligado a adoptar las medidas de seguridad de índole técnica y organizativa necesarias, así como cualesquiera otras que eviten la correspondiente autorización alteración, perdida, tratamiento o acceso no autorizada habida cuenta del titular estado de la tecnología, la naturaleza de los datos personalesobjeto de tratamiento y los riesgos a que los mismos estén expuestos según lo dispuesto en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999. A tal efectoEn todo caso, el Proveedor deberá cumplir adoptar, con carácter previo al tratamiento, las siguientes obligaciones: - Guardar las más estricta reserva medidas de seguridad de carácter BÁSICO, MEDIO y confidencialidad sobre ALTO que estén establecidas para los ficheros y datos objeto del contrato. El adjudicatario únicamente tratará los datos personales respecto de carácter personal a los que TIRME ostente la condición de responsable del fichero y a los que acceda en virtud de la relación contractual con TIRME. - Únicamente tratará dichos datos tenga acceso conforme a las instrucciones de TIRME. - No del Responsable del fichero y no los aplicará o utilizará los datos con un fin distinto al que figure en la Documentación Contractualobjeto del contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras terceras personas. - Deberá implantarEn el caso de que destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo lo estipulado en esta cláusula, el adjudicatario responderá personalmente de las infracciones en que hubiera incurrido. Si para el exclusivo fin de la realización de las tareas propias objeto del contrato la Universidad Xxxxxx XXX de Madrid entregase alguna documentación o información al adjudicatario, una vez que haya dejado de ser necesaria o pertinente para la finalidad, será inmediatamente devuelta si se considerara indispensable o bien será destruida por cualquier medio que garantice su ilegibilidad en el lugar donde se realicen los trabajos junto con todos los papeles y documentos de apoyo. Si el adjudicatario aportase equipos informáticos, una vez finalizadas las tareas y previamente a la retirada de los equipos, deberá borrar toda la información utilizada o que se derive de la ejecución del contrato, mediante el procedimiento técnico más adecuado de forma que se evite el acceso a la información contenida en los sistemas informáticos que alberguen dichos datos, las medidas de seguridad correspondientes al nivel básico durante la vigencia de la relación contractual. - Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos por el Proveedor mismos o devueltos a TIRME, al igual que cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento. El incumplimiento por parte del Proveedor de cualquiera de las obligaciones aquí establecidas, lo convertirá en responsable del fichero, y deberá asumir sus responsabilidades frente a TIRME, al afectado y a los posibles expedientes sancionadores de la Agencia Española de Protección de Datossu recuperación posterior.

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ACCESO A DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. Las partes autorizan En el tratamiento automatizado caso de que la prestación de los Servicios suponga la necesidad de acceder a datos de carácter personal, el contratista, como encargado del tratamiento, queda obligado al cumplimiento de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 y demás normativa aplicable. DoCcoudm.eVnatolidpaecritóenn:eQcijeUn4teRajBlGa sQejdkey Qel0eIcwtróRnkicQa=d|eVl eAryifuicnatacimónie:nhtottpd:/e/aOjunndta | Penátg.oinnada5.edse/V27alidadorCSV El contratista responderá, por tanto, de las infracciones en que pudiera incurrir en el caso de que destine los datos personales a otra finalidad, los comunique a un tercero, o en general, los utilice de forma irregular, así como cuando no adopte las medidas correspondientes para el almacenamiento y custodia de los mismos. A tal efecto, se obliga a indemnizar al Ayuntamiento de Onda, por cualesquiera daños y perjuicios que sean facilitados sufra directamente, o por toda reclamación, acción o procedimiento, que traiga su causa de un incumplimiento o cumplimiento defectuoso por parte del primero, de lo dispuesto tanto en las cláusulas de los pliegos administrativos, técnico y contrato administrativo así como lo dispuesto en la otra parte o se pongan de manifiesto con ocasión normativa reguladora de la ejecución de la presente relación contractual. Los interesados tienen el derecho de acceder, rectificar y, en su caso, cancelar los datos personales que se incluirán en los ficheros automatizados de cada una de las partes mediante petición escrita dirigida a las direcciones indicadas en la Documentación Contractual. En los casos en los que el Proveedor deba acceder a los datos de TIRME para la ejecución de la presente relación contractual, el Proveedor reconoce que la legislación sobre protección de datos personales establece una serie de obligaciones en el tratamiento de datos de carácter personal. A los efectos del artículo 12 de la Ley 15/1999, entre las que destaca la prohibición de realizar cesiones de el contratista únicamente tratará, en caso necesario, los datos de carácter personal sin la correspondiente autorización del titular de los datos personales. A tal efecto, el Proveedor deberá cumplir las siguientes obligaciones: - Guardar las más estricta reserva y confidencialidad sobre los datos personales respecto a los que TIRME ostente la condición de responsable del fichero y a los que acceda en virtud de la relación contractual con TIRME. - Únicamente tratará dichos datos tenga acceso conforme a las instrucciones del Ayuntamiento y a las condiciones del servicio objeto de TIRME. - No este pliego, y no los aplicará o utilizará los datos con un fin distinto al que figure en la Documentación Contractualobjeto del contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. - Deberá implantarEn el caso de que el contratista destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del contrato, será considerado también responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en los sistemas informáticos que alberguen dichos datos, hubiera incurrido personalmente. El contratista deberá adoptar las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad correspondientes al nivel básico durante la vigencia de la relación contractual. - Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos por y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que están expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural. A estos efectos, deberá aplicar los niveles de seguridad que se establecen en el Proveedor o devueltos Real Decreto 1720/2007 de acuerdo a TIRME, al igual la naturaleza de los datos que cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamientotrate. El incumplimiento por parte contratista responderá de la corrección y precisión de los documentos que aporte al Ayuntamiento en ejecución del Proveedor contrato y avisará sin dilación al mismo cuando detecte un error para que pueda adoptar las medidas y acciones correctoras que estime oportunas. El contratista responderá de cualquiera los daños y perjuicios que se deriven para el Ayuntamiento y de las obligaciones aquí establecidas, lo convertirá en responsable del ficheroreclamaciones que pueda realizar un tercero, y deberá asumir sus responsabilidades frente a TIRMEque tengan su causa directa en errores del contratista, al afectado y a los posibles expedientes sancionadores o de su personal, en la ejecución del contrato o que deriven de la Agencia Española falta de Protección de Datosdiligencia referida anteriormente.

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