Definición de Unidad Tramitadora

Unidad Tramitadora. Ayuntamiento (código DIR3 L01140386).
Unidad Tramitadora. Ayuntamiento (código DIR3 L01140386). (NOTA: Esta declaración deberá ser firmada ante una Autoridad administrativa x Xxxxxxx público. También podrá serlo ante el Secretario General, o el Vicesecretario, del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, quien suscribirá la correspondiente Diligencia).
Unidad Tramitadora. Intervención (cód. L01350213).

Examples of Unidad Tramitadora in a sentence

  • Los códigos DIR3 de la Oficina Contable, del Órgano Gestor y de la Unidad Tramitadora de la Diputación Provincial son L02000034.

  • Unidad Tramitadora: Unidad Tramitadora de Servicios Generales: Código GE0003416.

  • Oficina contable: XX0000000 Órgano gestor LA0006082 Unidad Tramitadora: LA0006209 En la tercera (tercer mes) y en la última factura de la contratación se acompañarán certificados de estar al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social de los trabajadores encargados de la ejecución del contrato, así como los justificantes del pago de los salarios y la retención del IRPF.

  • Los códigos DIR 3 necesarios para la confección de las facturas electrónicas son: Oficina Contable Intervención Ayuntamiento Amorebieta-Etxano L01480031 Órgano Gestor Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano L01480031 Unidad Tramitadora Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano L01480031 La factura electrónica se presentará en el PORTAL DEL PROVEEDOR accesible a través de la WEB del ayuntamiento o en la dirección: xxxxx://x- xxxxx.xxxxxxxxxx-xxxxxx.xxx:8089/fakturak.

  • En el Cuadro Resumen xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares se incluirán los códigos DIR3 correspondiente a la Unidad Tramitadora del Servicio de Contratación y Patrimonio.

  • Para la tramitación de facturas electrónicas mediante FACe los proveedores tienen que identificar la Oficina contable, la Unidad Gestora y la Unidad Tramitadora de la Administración Pública a la que se dirijan.

  • Órgano de contratación: Consejería de Economía y Hacienda Código Oficina Contable (OC): A07008850 Código Órgano Gestor (OG): A07008871 Código Unidad Tramitadora (UT): A07010839 El adjudicatario del contrato proporcionará, a requerimiento de la Administración contratante, los datos necesarios para la tramitación del alta como proveedor en la Plataforma de Facturación Electrónica, salvo que ya esté dado de alta en la misma.

  • AYUNTAMIENTO XX XXXX − Código Órgano Gestor: LA0005487 - CONCEJALÍA: DEL ÁREA DE AYUNTAMIENTO Y CIUDADANÍA − Código Unidad Tramitadora: LA0005557 - Servicio de INFORMÁTICA Dichos códigos se pueden también consultar a través del enlace: ESTIMACIÓN DE COSTES PARA La “CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO PARA El MANTENIMIENTO TÉCNICO Y DE Los CONTENIDOS DEL PORTAL MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO XX XXXX”.

  • LA0004172 Unidad Tramitadora, Suministro de agua , jardinería y obra pública.

  • Códigos DIR para facturación electrónica:  Oficina Contable: L01121264  Unidad Tramitadora: L01121264  Organo Gestor: L01121264 La factura deberá contener los datos exigidos en la legislación vigente y llevará adjuntos todos los partes de trabajo conformados por el responsable municipal de cada servicio.


More Definitions of Unidad Tramitadora

Unidad Tramitadora. Distrito de Fuencarral-El Xxxxx. Oficina contable: Intervención Delegada en el Distrito de Fuencarral-El Xxxxx. Órgano destinatario del objeto del contrato
Unidad Tramitadora. Servicio de Infraestructuras TIC adscrito a la Dirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. DIR3: A03003924 Intervención General del Principado xx Xxxxxxxx DIR3: A03003824 Denominación: Dirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Dirección postal: X/ Xxxxx Xxxxx, 2, 5ª planta, 33005 Oviedo. Teléfono: 000 00 00 00 Fax: 000 00 00 00 El responsable del contrato será el Jefe del Servicio de Infraestructuras TIC de la Dirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Son funciones del responsable del contrato:
Unidad Tramitadora. SEA 15 AGRUPACION DEL CGEA (código DIR3: EA0003046) Órgano Gestor: SEA 15 AGRUPACION DEL CGEA (código DIR3: EA0003046) Órgano Proponente: AGRUPACION DEL CUARTEL GENERAL DEL AIRE (COD DIR3: GE0004141) Desde el 15/01/2015, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 y en la disposición final octava de la Ley 25/2013, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas, los proveedores de bienes y servicios del Ministerio de Defensa estarán obligados al uso de la factura electrónica y a su presentación a través del “FACe Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas” (xxx.xxxx.xxx.xx). Así mismo, según la previsión realizada en el artículo 4 (último párrafo), en la Orden HAP/1074/2014 de 24 xx xxxxx, por la que se regulan las condiciones técnicas y funcionales que debe reunir el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas, se han excluido transitoriamente de la obligación señalada las facturas electrónicas cuyo importe no supere los 5.000 euros, así como las emitidas por proveedores a los servicios en el exterior, que podrán seguir confeccionándose en soporte papel y tramitándose por el procedimiento regulado al efecto. Igualmente, para las personas físicas, el uso de la factura electrónica es potestativo. Conforme al artículo 216.5 de la LCSP, y sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 69 bis del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, sobre la remisión electrónica de los registros de facturación, los subcontratistas que se encuentren en los supuestos establecidos en el apartado 1 del artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso a la factura electrónica y creación del registro contable de facturas del sector público, deberán utilizar en su relación con el contratista principal la factura electrónica, cuando el importe de la misma supere los 5.000 euros, que deberán presentar al contratista principal a través del Registro a que se refiere el apartado 3 de la disposición adicional trigésima segunda, a partir de la fecha prevista en dicha disposición. Conforme al apartado 3 de la mencionada disposición adicional trigésima segunda, antes del 30 xx xxxxx de 2018, por el Ministerio de Economía y Función Pública, se pondrá a disposición de los operadores económicos y particulares un Registro Electrónico Único que, entre otras funcionalidades, permitirá acreditar la fecha en que se presenten facturas por los subcontratistas al contratista p...
Unidad Tramitadora centro directivo promotor del contrato Oficina contable: órgano que tiene atribuida la función de contabilidad Órgano destinatario del objeto del contrato Responsable del contrato:

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  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Aseguradora Es la compañía de seguros que toma de su cuenta el riesgo.

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Unidad Unidad (U.).

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis (18/11/2016).

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Unicamente Circuitos integrados monolíticos amplificadores de potencia de microondas (MMIC) que tengan cualquiera de las características siguientes: a) tasados para operar a frecuencias superiores a 3.2 GHz e inferiores o iguales a 6.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 4W (36 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del15 %; b) tasados para operar a frecuencias superiores a 6.8 GHz e inferiores o iguales a 16 GHz, con una potencia de salida media superior a 1W (30 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del10 %; c) tasados para operar a frecuencias superiores a 16 GHz e inferiores o iguales a 31.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.8W (29 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del 10 %; d) tasados para operar a frecuencias superiores a 31.8 GHz e inferiores o iguales a 37.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.1 nW; e) tasados para operar a frecuencias superiores a 37.5 GHz e inferiores o iguales a 43.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.25W (24 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor de 10 %; o f) tasados para operar a frecuencias superiores a 43.5 GHz, y con una potencia de salida media superior a 0.1 nW. 8543.70.15 Amplificadores de bajo ruido, reconocibles como concebidos exclusivamente para sistemas de recepción de microondas vía satélite. Unicamente: Amplificadores de microondas de estado sólido y conjuntos/módulos que contengan amplificadores de microondas de estado sólido; amplificadores de potencia de microondas que contengan tubos incluidos en el subartículo 3.A.1.b.1. , en los términos comprendidos en el artículo 3.A.1. 8543.70.16 Amplificadores de microondas. Unicamente: Amplificadores de microondas de estado sólido y conjuntos/módulos que contengan amplificadores de microondas de estado sólido; amplificadores de potencia de microondas que contengan tubos incluidos en el subartículo 3.A.1.b.1. , en los términos comprendidos en el artículo 3.A.1.

  • Objetivos OBJETIVO GENERAL

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • Entrega significa la transferencia de los bienes del Proveedor al Contratante de acuerdo con los términos y condiciones dispuestos en el Contrato.----------------------

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Publicidad Con respeto a las normas de Protección de Datos, todo el procedimiento de arrendamiento será publicado por los medios más adecuados y que cuenten con la seguridad suficiente para obtener su máxima difusión dentro del ámbito profesional que se trate en cada caso.

  • Vehículo Asegurado Es la unidad automotriz descrita en la carátula de esta póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante entrega originalmente para cada modelo y tipo específico que presenta al mercado. Cualquier otra parte, accesorio, rótulo, conversión, adaptación o modificación a la estructura, instalada a petición del comprador o propietario o por las agencias, distribuidoras, auto instalados o por terceros, no se considerará equipo entregado por el fabricante, por tanto, requerirá de cobertura especial y ser especificada en la carátula de esta póliza. Solo podrán ser objeto de este contrato, vehículos residentes. Se considera como camión de carga al vehículo automóvil grande y potente, que está constituido por una cabina en la que va el conductor y una gran caja o depósito y que está destinado al transporte de carga pesada. Se considera un camión de pasajeros al vehículo con capacidad para gran número de viajeros, destinados al transporte de personas.

  • Estipulaciones Especiales significa el conjunto de cláusulas que componen la Primera Parte de este Contrato y que contienen los elementos peculiares de la operación.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Servicios significa el trabajo que el Consultor deberá realizar conforme a este Contrato, y descrito en el Apéndice A adjunto.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Proyecto significa el Programa o Proyecto para el cual se otorga el Financiamiento.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Disponibilidad Se entiende como tener acceso al servicio contratado en el momento en que el usuario lo demande.

  • Desistimiento Renuncia expresa o tácita por voluntad del proponente adjudicado, de formalizar la contratación, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Autoridad Gubernamental significa cualquier gobierno, funcionario, departamento, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal o estatal, con jurisdicción sobre el presente Contrato o cualquier Documento del Financiamiento.

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.