Definición de SEGURO DE DAÑOS

SEGURO DE DAÑOS. CONTURSA contratará en nombre del expositor, póliza de seguro Multirriesgo de Daño Material y garantías adicionales, mediante la que se aseguren todos los bienes de cualquier naturaleza y descripción que por razón de la exposición, se encuentren situados dentro xxx xxxxxxx ferial de CONTURSA y sobre los cuales el expositor tenga título de propiedad u otro interés asegurable. A tal efecto el expositor declarará a CONTURSA, el valor de reposición a nuevo que corresponda a la totalidad de sus bienes. No obstante, el Capital mínimo asegurado se fijará en 15.000 €. Si debido a una insuficiencia de capital fuera de aplicación la regla proporcional prevista en la Ley de Contrato de Seguro, será a cargo del expositor el infraseguro existente. NOTA: Existe la posibilidad de ampliar el capital asegurado, por módulos de 6.010,12 € con una prima de 31,20 € por cada uno. La cobertura contratada tomará efecto desde el momento en que se produzca la entrada de los bienes asegurados en el recinto ferial, seguirá durante el montaje, estancia y desmontaje, y finalizará a la salida de los bienes xxx xxxxxxx.
SEGURO DE DAÑOS. Se aseguren todos los bienes de cualquier naturaleza y descripción que, por razón de la exposición, se encuentren situados dentro xxx xxxxxxx de celebración y sobre los cuales el expositor tenga título de propiedad u otro interés asegurable. A tal efecto el expositor declarará a CEUTA UNIVERSAL el valor de reposición a nuevo que corresponde a la totalidad de sus bienes. No obstante, el Capital mínimo asegurado se fijará en 10.000€. Si debido a una insufi- ciencia de capital fuera de aplicación la regla proporcional prevista en la Ley de Contrato de Seguro, será a cargo del expositor el infraseguro existente. NOTA: Existe la posibilidad de ampliar el capital asegurado, por módulos de 6.010,12€ por cada uno. La cobertura contratada tomará efecto desde el momento en que se produzca la entrada de los bienes asegurados en el recinto ferial, incluida montaje, estancia y desmontaje y finalizará a la salida de los bienes xxx xxxxxxx.
SEGURO DE DAÑOS. CONTURSA contratará en nombre del expositor, póliza de seguro Multirriesgo de Daño Material y garantías adicionales, mediante la que se aseguren todos los bienes de cualquier naturaleza y descripción que por razón de la exposición, se encuentren situados dentro xxx xxxxxxx de FIBES y sobre los cuales el expositor tenga título de propiedad u otro interés asegurable FRANQUICIAS: En cualquier siniestro cubierto por este seguro, será de aplicación una franquicia de 500 €,salvo para los riesgos cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros, en cuyo caso será de aplicación la que corresponda según su reglamento.

Examples of SEGURO DE DAÑOS in a sentence

  • SEGURO DE DAÑOS CORPORALES EN ACCIDENTES DE TRANSITO (SOAT) GRUPO No 3 - ANEXO TECNICO – CT 7.

  • LA PRESENTE EXCLUSIÓN NO APLICARÁ CUANDO EL ASEGURADO SEA CONDENADO POR LA AUTORIDAD COMPETENTE A INDEMNIZAR A LA VÍCTIMA, MEDIANTE SENTENCIA EJECUTORIADA, NI TRATÁNDOSE DE PAGOS POR ATENCIÓN MÉDICA Y HOSPITALARIA DE LA VÍCTIMA SIEMPRE Y CUANDO ESTÉN CUBIERTOS POR EL SEGURO DE DAÑOS CORPORALES CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES DE TRÁNSITO.

  • SEGURO DE DAÑOS: CONTURSA contratará en nombre del expositor, póliza de seguro Multirriesgo de Daño Material y garantías adicionales, mediante la que se aseguren todos los bienes de cualquier naturaleza y descripción que, por razón de la exposición, se encuentren situados dentro xxx xxxxxxx de FIBES y sobre los cuales el expositor tenga título de propiedad u otro interés asegurable.

  • PARAGRAFO: LOS ANTERIORES LIMITES DETALLADOS OPERAN EN EXCESO DE LOS VALORES RECONOCIDOS POR LA POLIZA DE SEGURO DE DAÑOS CORPORALES CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO (SOAT) Y EN EXCESO DEL VALOR QUE LE SEA RECONOCIDO POR EL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD Y EL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES.

  • EL PROVEEDOR" acepta y se obliga a proporcionar al “INDEP” en su carácter de liquidador de Luz y Fuerza del Centro el SEGURO DE DAÑOS PARA INMUEBLES PROPIEDAD DE JUBILADOS SINDICALIZADOS XXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXXX XXX X XXXXXX XXX XXXXXX, HOY EN LIQUIDACIÓN, al amparo del procedimiento de contratación señalado en el punto 1.6 de las declaraciones de este instrumento jurídico.

  • AUTORIZACIÓN DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA OPERAR EL SEGURO DE DAÑOS EN ORIGINAL O COPIA CERTIFICADA Y COPIA SIMPLE PARA SU COTEJO.

  • Lo anterior, conforme a lo siguiente: PÓLIZA PAQUETE SEGURO DE DAÑOS Suscripción Tiempo de Respuesta Máximo (días hábiles) Penas Convencionales 1 Cotización de endoso A 5 500 pesos más IVA para cada día natural de atraso, los cuales se solicitarán mediante oficio formal enviado por el Departamento de Almacenes e Inventarios al Representante Legal.

  • PARÁGRAFO: LOS ANTERIORES LIMITES DETALLADOS OPERAN EN EXCESO DE LOS VALORES RECONOCIDOS POR LA PÓLIZA DE SEGURO DE DAÑOS CORPORALES CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO (SOAT) Y EN EXCESO DEL VALOR QUE LE SEA RECONOCIDO POR EL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD Y EL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES.

  • LA PROHIBICIÓN DE EFECTUAR PAGOS NO SE APLICARA CUANDO EL ASEGURADO SEA CONDENADO POR AUTORIDAD COMPETENTE A INDEMNIZAR A LA VÍCTIMA, MEDIANTE DECISIÓN JUDICIAL EJECUTORIADA, NI TRATÁNDOSE DE PAGOS POR ATENCIÓN MÉDICA Y HOSPITALARIA DE LA VÍCTIMA, SIEMPRE Y CUANDO ESTÉN CUBIERTOS POR EL SEGURO DE DAÑOS CORPORALES CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES DE TRÁNSITO.

  • LA CONTRATISTA DEBERÁ CONTAR CON UN SEGURO DE DAÑOS A TERCEROS Y DAÑOS METEOROLOGICOS, POR LA CANTIDAD DE $1,000,000.00 (UN MILLON DE PESOS 00/100 M.N.) VIGENTE DESDE EL INICIO DE LA OBRA, HASTA QUE ÉSTA RETIRE TODOS SUS EQUIPOS Y LIMPIE TODA LA ZONA OBJETO DE LOS TRABAJOS.


More Definitions of SEGURO DE DAÑOS

SEGURO DE DAÑOS significa, con respecto de cada Inmueble, el seguro contra daños contratados para cubrir cualquier daño o menoscabo que pueda sufrir dicho Inmueble (incluyendo daños derivados de incendio, terremoto y explosión) de conformidad con los requisitos establecidos en el Contrato de Administración y en los Créditos Hipotecarios.
SEGURO DE DAÑOS. COBERTURA COBERTURA

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  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Indicador de desempeño Porcentaje de Avance Físico financiero de las obras y/o servicios. En general, al cierre del ejercicio 2016 el monto total contratado fue de 214 millones de pesos, de los cuales se facturaron, 109 millones de pesos, lo cual representa un avance del 16 por ciento de la meta modificada. El comportamiento del avance físico financiero de los contratos celebrados de obras y servicios con terceros, se incrementara sustancialmente en el primer trimestre de 2017, lo anterior, debido a que los contratos de servicios de mantenimiento se facturan a mes vencido por lo que falta facturar los trabajos realizados en el mes de diciembre. Ejercicio 2017 Indicador de Desempeño: Porcentaje de ingresos de obra y/o servicios. El monto de ingresos por concepto de obra y/o servicios al cierre del ejercicio 2017, ascendieron a 102.2 millones de pesos, cabe señalar que este monto corresponde a los trabajos facturados de los contratos que estuvieron en proceso de ejecución por obra y servicios, el ingreso con respecto a la meta anula proyectada en el PEF 2017, representa el 27.5 por ciento. Es importante señalar que esto obedece a los acuerdos del Comité Técnico de Fonatur y del Consejo de Administración de Fonatur Constructora, S.A. de C.V., en los que se estableció la terminación anticipada de todos los contratos a más tardar al 15 de septiembre de 2017.

  • Seguro X Marque si NO SE APLICA

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis (18/11/2016).

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Aseguradora Es la compañía de seguros que toma de su cuenta el riesgo.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Fecha de Pago significa el día [●] de cada mes en que deban pagarse (i) los intereses que se causen durante cada Periodo de Pago; y (ii) las amortizaciones de principal del Crédito, de conformidad con lo dispuesto en este Contrato y la tabla de amortización correspondiente a cada Disposición.

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.

  • Límite de cobertura Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento En caso de falta de energía eléctrica en el interior de la casa de habitación o condominio habitacional Asegurado, resultado xx xxxxxx, desperfectos, corto circuito, sobrecarga o avería de las instalaciones eléctricas; (únicamente en el interior de la vivienda o dentro de sus predios) se gestionará el envío de un operario que se encargará de la reparación de urgencia necesaria para restablecer el suministro de energía, siempre que no exista disposición de autoridad que lo prohíba y que el estado de las instalaciones lo permita. Nota: No incluye la reparación de ningún aparato, equipo o electrodoméstico. No incluye los materiales, el cambio de la instalación eléctrica, el cambio de toma corrientes ni enchufes, o cualquier otra parte o refacción, lo cual estará cargo y será asumido por el Asegurado. Este servicio se extiende a las “áreas comunes entre el condominios”, (solamente de pared a pared, de piso a techo o viceversa) siempre y cuando exista acuerdo con el otro propietario Límite de cobertura: Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento Únicamente en caso de rotura total xx xxxxxxx o xxxxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas que formen parte de la fachada exterior de la casa de habitación (entiéndase fachada exterior la cara principal de la vivienda) o condominio habitacional Asegurado que de a la calle o al patio, se gestionará el envío, de un operario que procederá a dar el servicio de mano de obra para la reposición xxx xxxxxx o cristal afectado por la rotura. El costo del xxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas y de cualquier parte o refacción estará a cargo y deberá ser asumida por el Asegurado.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO Nº 4

  • Documentos del Contrato significa los documentos enumerados en el Convenio de Contrato, incluyendo cualquier enmienda.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Objetivos OBJETIVO GENERAL

  • Primer Orden de Elegibilidad Es la posición que ocupa el Proponente que una vez habilitado, obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la evaluación prevista en el presente Pliego de Condiciones.

  • Licitación Pública Nacional Mixta No. Compranet: LPN-OP-006GSA001-004-2016 LO-006GSA001-E85-2016 Objeto: No. de Pag.64 de 109 Mantenimiento inmueble ubicado en Querétaro, propiedad de AGROASEMEX