Definición de Consulta
Consulta. Comunicación escrita, remitida por un Oferente/Proponente conforme al procedimiento establecido y recibida por el Comité de Compras y Contrataciones, solicitando aclaración, interpretación o modificación sobre aspectos relacionados exclusivamente con el Pliego de Condiciones Específicas.
Consulta. El adjudicatario realiza búsquedas de los datos de carácter personal, tanto en formato automatizado como en papel.
Consulta. Acción de atender y examinar a un animal de compañía por parte de un veterinario, realizando las exploraciones habituales con el fin de, con o sin el apoyo de otras pruebas complementarias, obtener el diagnóstico, un pronóstico y prescribir un tratamiento.
Examples of Consulta in a sentence
De considerarlo necesario, por iniciativa propia o como consecuencia de una Consulta, el Comité de Compras y Contrataciones podrá modificar, mediante Enmiendas, el Pliego de Condiciones Específicas, formularios, otras Enmiendas o anexos.
Las aclaraciones correspondientes serán evacuadas mediante Circulares con Consulta.
No serán contestadas aquellas que se presenten fuera de la fecha de Consulta.
El Comitente, si lo juzga necesario, podrá formular aclaraciones de oficio mediante Circulares sin Consulta.
Consulta de estado de cuenta de tarjeta de crédito y de “LA CUENTA DE DEPÓSITO” registradas.
More Definitions of Consulta
Consulta. Acción de atender y examinar el médico a un enfermo realizando las exploraciones y pruebas médicas necesarias para obtener un diagnóstico o un pronóstico y prescribir un tratamiento. Juicio médico sobre la naturaleza de la enfermedad o lesión de un paciente, basado en la valoración de sus síntomas y signos y en la realización de pruebas complementarias correspondientes.
Consulta. Es la comunicación escrita, remitida por un Oferente/Proponente conforme al procedimiento establecido y recibida por Fideicomiso Pro-Pedernales, solicitando aclaración, interpretación o modificación sobre aspectos relacionados exclusivamente con el Pliego de Condiciones.
Consulta. Se requirió la intervención de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES a efectos de que emita opinión sobre la posibilidad planteada por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) de realizar una contratación directa por exclusividad con la firma DRACONIS S.A., la cual carecía de Certificado Fiscal para Contratar, supliendo dicha falta con la presentación mensual de los comprobantes del pago de su deuda. A los fines de una mejor comprensión del caso, es dable mencionar que el SENASA informó en su nota de remisión que: “La firma DRACONIS S.A., es una firma cuya actividad se desarrolla en una planta de desnaturalización de residuos peligrosos que opera dentro del ámbito de la zona primaria aduanera del Aeropuerto Internacional de Ezeiza ‘Ministro Pistarini’, siendo la única empresa prestadora del servicio de recolección de residuos peligrosos e incineración de los mismos en dicha zona…”. Asimismo, explicó la entidad girante que: “Se realizó por tanto la Contratación Directa por Exclusividad Nº 148/14, a fin de contratar el servicio de recolección antes mencionado, por el término de DOCE (12) meses con la firma DRACONIS S.A., la cual cuenta con toda la documentación requerida en las Bases Generales que rigieron el llamado, pero carece del Certificado Fiscal para Contratar.”. Por último se hizo saber que la empresa en cuestión manifestó que: “…la deuda fue contraída por su anterior gestión administrativa y que ha sido incluida en Plan de Finalmente, el apoderado de AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 S.A., manifestó que la firma DRACONIS S.A. es “…la única prestadora del servicio de recolección, transporte y En suma, la plataforma fáctica que tuvo en cuenta la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES al expedirse puede sintetizarse del siguiente modo: 1) Tanto SENASA como AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 S.A. pusieron de resalto que la firma DRACONIS S.A. era la única prestadora del servicio de recolección, transporte y tratamiento de residuos regulados que se encuentra en zona primaria aduanera del Aeropuerto Internacional ‘Ministro Pistarini’ de Ezeiza; 2) Se realizó la Contratación Directa por Exclusividad Nº 148/14, a fin de contratar el servicio de recolección con la firma DRACONIS S.A., la cual contaba con toda la documentación requerida en las bases que rigieron el llamado, pero carecía del Certificado Fiscal para Contratar; 3) La empresa manifestó que la deuda había sido incluida en un Plan de Regularización implementado la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE I...
Consulta. Se requirió la intervención de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, a fin de emitir opinión sobre el temperamento a adoptar por el organismo contratante en casos análogos a la problemática traída a consulta, relacionado con el vencimiento del Certificado Fiscal para Contratar ocurrido durante el desarrollo de la Licitación Pública Nº 10/15 y la presunta falta de diligencia por parte del proveedor en cuestión en el trámite de renovación del citado Certificado Fiscal. La ASESORIA JURÍDICA de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA realizó la siguiente apreciación en relación con la sociedad comercial “COSTANERA UNO S.A.” referida al cumplimiento de presentar el certificado fiscal para contratar: “…si bien se advierte que la aludida empresa solicitó con anterioridad a la fecha de apertura de ofertas el certificado de marras (03/02/15) cuyo vencimiento operara el 03/06/15, lo cierto es que existió un espacio temporal en el cual dicha vigencia no se mantuvo por una razón no imputable de modo exclusivo a la administración (04/06/15 al 14/06/15), pues, tal como se desprende de las constancias agregadas en autos, la firma social “COSTANERA UNO S.A.” recién solicitó nuevo certificado el mismo día (15/06/15) en que fue intimada por la Comisión Evaluadora, obteniéndose el mismo el 07/07/15 […] En tal sentido, no se observa que la mencionada empresa haya obrado con la debida diligencia que se requiere a efectos de mantener vigente el documento referido, pues basta comprobar que la solicitud de la extensión del mismo se concretó una vez vencido el certificado en cuestión…”. Finalmente, el organismo contratante solicitó al Órgano Rector que determine si corresponde aplicar eventuales sanciones a la referida sociedad comercial por la demora incurrida en la renovación del Certificado Fiscal para Contratar. 50 ❖ Artículos 3 y 28 inciso f) del Decreto Delegado Nº 1023/01.
Consulta. Comunicación escrita, remitida por un Oferente conforme al procedimiento establecido y recibida por la SEIC, solicitando aclaración, interpretación o modificación sobre aspectos relacionados exclusivamente con el Pliego de Condiciones.
Consulta. Opinión o recomendación de otro Médico sobre Su evaluación o tratamiento, y que se proporciona a petición del Médico que le atiende. Las consultas no incluyen lo siguiente:
Consulta. Comunicación escrita, remitida por un Oferente/Proponente conforme al procedimiento establecido y recibida por el Comité de Compras y Contrataciones, solicitando aclaración, interpretación o modificación sobre aspectos relacionados exclusivamente con el Pliego de Condiciones Específicas. Contaminación: Presencia de cualquier material o sustancia objetable en un determinado producto alimenticio que afecta su inocuidad. Puede ser: física, química o biológica. La contaminación biológica se determina básicamente mediante análisis microbiológicos.