Definición de Estudio de Impacto Ambiental

Estudio de Impacto Ambiental. Es el documento elaborado por el Concesionario que haya sido requerido por la Autoridad Ambiental como fundamento para la aprobación y expedición de una Licencia Ambiental.
Estudio de Impacto Ambiental. 13.6.- Sin perjuicio que el Estudio de Impacto Ambiental se encuentre en concordancia con los alcances de los Estudios Definitivos de Ingeniería, el CONCESIONARIO deberá presentar ante la Dirección General de Asuntos Socio-Ambientales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (DGASA), para su evaluación y aprobación el EIA correspondiente, previa presentación al Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA), para opinión técnica en caso sea necesario. Por otro lado, una copia del Estudio de Impacto Ambiental (EIA), deberá ser presentado al REGULADOR para que este organismo tome conocimiento del mismo. El Estudio de Impacto Ambiental deberá contener expresamente el estudio de línea base del área de influencia del proyecto con la relación de los pasivos ambientales, identificados antes de la Concesión. Dicho estudio deberá ser desarrollado a nivel de detalle, sobre la base de los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental a nivel de factibilidad y Términos de Referencia señalados en el Anexo XIII del Contrato, sin perjuicio del cumplimiento de otras normas en materia ambiental que resulten aplicables.
Estudio de Impacto Ambiental. 13.6. El CONCESIONARIO deberá presentar ante la Dirección General de Asuntos Socio- Ambientales (DGASA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), para su evaluación y aprobación, previa presentación al Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA), para opinión técnica favorable, el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto, desarrollado a nivel de detalle para la Construcción (que incluye Obras Preliminares y de Rehabilitación y Mejoramiento). En la misma oportunidad remitirá copia del EIA al REGULADOR. Este EIA deberá estar de acuerdo a los Términos de Referencia elaborados por la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales (DGASA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), los mismos que están incluidos en el Anexo VIII del presente Contrato.

Examples of Estudio de Impacto Ambiental in a sentence

  • Elaboración del Estudio de Impacto Ambiental y su plan de monitoreo, el mismo que será desarrollado dentro del marco legal vigente, además de contar con la aprobación de las entidades públicas correspondientes.

  • Sin perjuicio de lo establecido en las Leyes y Disposiciones Aplicables, el Estudio de Impacto Ambiental deberá incluir, por lo menos, el contenido indicado en el Anexo 6.

  • El CONCESIONARIO, durante la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental, deberá prever la sinergia y complementariedad de los alcances del mismo y la gestión de la obtención de las licencias y permisos emitidos por las respectivas Autoridades Gubernamentales Competentes.

  • El CONCESIONARIO está obligado también a realizar actividades de Conservación, y en general, todos aquellos trabajos que procuren mantener la operatividad de los Bienes de la Concesión y eviten un impacto ambiental negativo conforme al alcance definido en el Estudio de Impacto Ambiental respectivo.

  • Es el documento que presentará mensualmente el CONCESIONARIO al REGULADOR conforme a las disposiciones que para tal efecto establezca éste último y mediante el cual dejará constancia de la ejecución de las Obras, señalando el monto invertido y los porcentajes de avance de cada partida del presupuesto aprobado en el EDI y en el Estudio de Impacto Ambiental para las Obras Obligatorias.


More Definitions of Estudio de Impacto Ambiental

Estudio de Impacto Ambiental. Especificaciones Técnicas Particulares
Estudio de Impacto Ambiental. Que no negará a la Sociedad Concesionaria, sin causa justificada, que solamente podrá estar fundada en la transgresión de las Leyes Aplicables correspondientes, la aprobación del respectivo instrumento de gestión ambiental, como requisito de carácter ambiental necesario para dar inicio a la ejecución de las obras del Sistema de Abastecimiento de GLP. Dicha aprobación será otorgada en un plazo máximo de seis (6) meses contados desde la fecha de presentación de la respectiva solicitud, sin contar el tiempo que tome a la Sociedad Concesionaria absolver las observaciones que se hubieran generado en el proceso de evaluación del respectivo instrumento de gestión ambiental.
Estudio de Impacto Ambiental. Ley 99 de 1993, Título VIII, Art. 57. Se entiende por E.I.A. el conjunto de la información que deberá presentar ante la autoridad ambiental competente el que solicita una licencia ambiental. El cual deberá contener: información sobre la localización del proyecto; información de los elementos abióticos, bióticos y socioeconómicos del medio que puedan sufrir deterioro por la respectiva actividad; la evaluación de los impactos que puedan producirse; el diseño de los planes de prevención, mitigación, corrección y compensación de impactos; el plan de manejo ambiental de la obra.
Estudio de Impacto Ambiental significará el estudio de impacto ambiental a que se refiere la Resolución Jefatural No 105-2000-INRENA, de fecha 0 xx xxxxx xx 2000, cuyo complemento deberá ser elaborado por cuenta, cargo y costo del Concesionario, el que de ser el caso deberá ser presentado por el Concedente para su aprobación a la Autoridad Gubernamental competente de acuerdo con la Cláusula 12.1.
Estudio de Impacto Ambiental. Proporcionar al promotor (EPMAPS) la información del proyecto para gestionar el Certificado de Intersección del proyecto y la definición de la categorización ambiental ante la Autoridad Ambiental. - Contar con un consultor o firma consultora calificada por el Ministerio del Ambiente y Transición Ecológica para realizar el Estudio de Impacto Ambiental.
Estudio de Impacto Ambiental.  Remoción y reubicación de postes de líneas eléctricas y/o telefónicas que obstruyen la nuevas obras.  Construcción de Refugios para pasajeros de Transporte Público  Provisión, montaje y emplazamiento de carteles de señalización.  Demarcación horizontal con material reflectante de aplicación en caliente.  Construcción de calzadas colectoras enripiadas en zonas urbanas.  Iluminación de intersecciones y zonas urbanas.
Estudio de Impacto Ambiental. En capa de rodamiento: el límite superior granulométrico debe entenderse como muy estricto; por lo tanto, el material retenido en tamiz 1 ½‖ deberá ser retirado en origen, por los medios técnicos usuales, no permitiéndose de ninguna manera su retiro desde el caballete.