Definición de Derechos de Cobro

Derechos de Cobro. Son los derechos de crédito presentes y futuros, determinados o determinables, que otorgan legitimidad para exigir, demandar y recibir el pago de todos los importes adeudados al FIDEICOMITENTE por los PASAJEROS como consecuencia de la utilización del SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS, sin restricción ni limitación alguna, los mismos que son recaudados por el OPERADOR DE LA UNIDAD DE RECAUDO, de conformidad con lo previsto en su respecjivci';'é0ÑTRATO DE CONCESiÓN. Los DERECHOS DE COBRO comprenden los ~\\t,¥r~S'es799~p'eh;s~xxxxx smoratorias, las indemnizaciones, las penalidades, los car(19l' y .cufll8ule~ bt[? pago debido al FIDEICOMITENTE y recaudado por el O~~f'A~~R~PE k\ U,NIPAD DE RECAUDO por cualquier ~n~epto por la utilización de~~E~VJCIO gB:~}ff\NSPORTE. DE PASAJEROS ;3.,e"(pcty.Yé.,\e~est~':~e(ipic~~o'}~ derecho'Sf!decdbro 'provenientes' de las Pólizas de SE!g~cfíl:;~¥ob!'!1.efL~i<íJi\"',Jeo~\e~t7 OPERADO~g~,bf,\dJ.N.IDAD DE RECAUDO, por el SERVICIO DE TRANSPORTES DE ~~tt~~,É~i:~.~iQJJáéloTpolar EMPRESADE TRANS~Ol~;T~S= CAU~~~i2r\:~(/¡dLi AsirJÍYsmol,os DERECHOS DE COBRO comprenderán todos los medios de pago que en el futuro se incorporen para recibir el pago del total de los importes adeudados al FIDEICOMITENTE y que deba recaudar el OPERADOR DE LA UNIDAD DE RECAUDO como consecuencia de la utilización del SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS. DíAS HÁBILES: Son los dias que no son xxxxxxx, xxxxxxxx u otro dia en que las instituciones bancarias en el Perú estén autorizadas a permanecer cerradas. EMPRESA DE TRANSPORTE DE CAUDALES?:Es el OPERADOR DE LA UNIDAD DE RECAUDO y/o la empresa contratada por éste, que es responsable de brindar el SERVICIO DE TRANSPORTE DE CAUDALES. En todos los casos en que el OPERADOR DE RECAUDO decidiera tercerizar, o reemplazar parcial o complementariamente el SERVICIO DE TRANSPORTE DE CAUDALES, estará obligado a comunicar por escrito al FIDUCIARiO y a los FIDEICOMISARIOS.
Derechos de Cobro significa, conjuntamente, los Derechos de Cobro AVP, los Derechos de Cobro DEC, Derechos de Cobro DIT, los Derechos de Cobro DJ, los Derechos de Cobro DRT, los Derechos de Cobro ECA, los Derechos de Cobro ECJ, los Derechos de Cobro PISL, así como los Ingresos por Distribuciones a Condóminos.
Derechos de Cobro. Significa todos los derechos para cobrar, reclamar, demandar y recibir todas y

Examples of Derechos de Cobro in a sentence

  • Contigo transferirá irrevocablemente al Fiduciario la titularidad de todos y cada uno de los Derechos de Cobro Elegibles que se identifican en el Contrato de Cesión Original y en el Contrato de Cesión Subsecuente, para los fines y efectos que se establecen en el Contrato de Fideicomiso.

  • La transmisión de los Derechos de Cobro Elegibles se realizará en los términos y condiciones que se establecen en el Contrato de Cesión Original y en los Contratos de Cesión Subsecuentes que correspondan.

  • A) Conforme a lo establecido en este Contrato, reciba los recursos derivados del ejercicio que realizará por su cuenta y orden el Fideicomitente, de los Derechos de Cobro APP, reciba cualesquiera recursos derivados de los mismos y destine dichos recursos conforme a lo establecido en este Contrato.

  • El Contrato de Cesión Subsecuente establecerá mecanismos que permitan identificar claramente los Derechos de Cobro Elegibles a ser objeto de la transmisión.

  • El esquema de bursatilización a que se refiere el prospecto del Programa y en específico este Suplemento, tiene como propósito principal el establecimiento de un sistema de financiamiento bursátil cuya fuente de pago serán los flujos de efectivo derivados de la cobranza de los Créditos asociados a los Derechos de Cobro Cedidos, que serán transmitidos por Contigo al Patrimonio del Fideicomiso y que deberán cumplir con los Requisitos de Elegibilidad.

  • En caso que el Fiduciario por cualquier razón reciba algún pago de Derechos de Cobro que no hubieren sido transmitidos al Fideicomiso, y siempre y cuando el Administrador hubiere confirmado por escrito dicha situación al Fiduciario, el Fiduciario deberá entregar dichas cantidades al Fideicomiso Maestro de conformidad con lo establecido en el Fideicomiso.

  • Contigo, en calidad de Cedente y el Fiduciario en carácter de Cesionario, celebrarán un Contrato de Cesión Original por virtud del cual Contigo transmitirá al Fiduciario la titularidad de los Derechos de Cobro Elegibles, libres de todo gravamen y limitación de dominio, a cambio del pago de la Contraprestación.

  • A fin de realizar la emisión de Certificados Bursátiles Adicionales, el Fideicomitente deberá ceder al Fiduciario los Derechos de Cobro Elegibles que sean necesarios para que se cumpla el Aforo Requerido una vez que surta efectos la cesión de dichos Derechos de Cobro Elegibles y se lleve a cabo la emisión de los Certificados Bursátiles Adicionales.

  • Con fecha 22 de noviembre de 2017, el Fiduciario y Contigo celebraron el Contrato de Cesión Original, en virtud del cual Contigo cedió a favor de Fiduciario, los Derechos de Cobro Elegibles que se describen a continuación, a cambio del pago de la Contraprestación.

  • El saldo insoluto promedio de los Derechos de Cobro Cedidos es de MXN$66,364.17.


More Definitions of Derechos de Cobro

Derechos de Cobro. Significa los derechos de cobro que tiene la Fideicomitente frente a las Operadoras derivados de los Contratos de Enrolamiento consistentes en el derecho a recibir los flujos derivados de toda y cualesquier rentas, ingresos por venta de boletos y pasajes, mensajería, servicios turísticos, fletes, contraprestaciones y, en general, cualesquier cantidades y flujos de efectivo, actualmente o en el futuro derivados de la explotación de los Autobuses.
Derechos de Cobro. Es el compromiso de pago por parte de EL MANDATARIO al MANDANTE o a NAFIN según se detente la titularidad de los derechos de crédito derivados de la venta de las viviendas a que se refiere la cláusula quinta del presente.
Derechos de Cobro. Significa los derechos de cobrar las cantidades (incluyendo comisiones, intereses,
Derechos de Cobro. Significa los derechos de cobro que tiene la Fideicomitente
Derechos de Cobro. Significan los derechos de crédito que el Cedente tenga a su favor por un precio determinado o determinable, en moneda nacional o extranjera, que se origina en la compraventa u otras modalidades contractuales de transferencia de propiedad de bienes o en la prestación de servicios. Incorpora el derecho de crédito respecto del saldo o precio de contraprestación pactada entre el Cedente y la Empresa Deudora de dichos Derechos de Cobro.

Related to Derechos de Cobro

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • Límite de cobertura Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento En caso de falta de energía eléctrica en el interior de la casa de habitación o condominio habitacional Asegurado, resultado xx xxxxxx, desperfectos, corto circuito, sobrecarga o avería de las instalaciones eléctricas; (únicamente en el interior de la vivienda o dentro de sus predios) se gestionará el envío de un operario que se encargará de la reparación de urgencia necesaria para restablecer el suministro de energía, siempre que no exista disposición de autoridad que lo prohíba y que el estado de las instalaciones lo permita. Nota: No incluye la reparación de ningún aparato, equipo o electrodoméstico. No incluye los materiales, el cambio de la instalación eléctrica, el cambio de toma corrientes ni enchufes, o cualquier otra parte o refacción, lo cual estará cargo y será asumido por el Asegurado. Este servicio se extiende a las “áreas comunes entre el condominios”, (solamente de pared a pared, de piso a techo o viceversa) siempre y cuando exista acuerdo con el otro propietario Límite de cobertura: Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento Únicamente en caso de rotura total xx xxxxxxx o xxxxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas que formen parte de la fachada exterior de la casa de habitación (entiéndase fachada exterior la cara principal de la vivienda) o condominio habitacional Asegurado que de a la calle o al patio, se gestionará el envío, de un operario que procederá a dar el servicio de mano de obra para la reposición xxx xxxxxx o cristal afectado por la rotura. El costo del xxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas y de cualquier parte o refacción estará a cargo y deberá ser asumida por el Asegurado.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Acuerdo Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado CompraNet (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011).

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos.

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.

  • Suplente Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Asesora Jurídica de MCP) • Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx (Economista) Suplente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (Economista) • Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx (Xxxx xx Xxxxxxx) Suplente: Xxxxxxx Xxxx Xxxxx (Técnico de Compras) El responsable del contrato será el Jefe de Recogida de Residuos, al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Fideicomitente Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), representada por el Consejo de la SUTEL.

  • Aseguradora Es la compañía de seguros que toma de su cuenta el riesgo.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Contrato Documento suscrito entre la institución y el Adjudicatario elaborado de conformidad con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas y en la Ley.

  • LUGAR Sistema de Información Pública Gubernamental, denominado Compranet. Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, xxxxxx 0000, xxxxxxx Xxxx, xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxx, Ciudad de México, código postal 03330 DIA: 01 MES: Julio AÑO: 2019 HORA: 16:00 hrs. LUGAR: Xxxx xx xxxxxx xxxxxxx xx xx xxxx 0 cuadrante 2-34 en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, xxxxxx 0000, xxxxxxx Xxxx, xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxx, Ciudad de México, código postal 03330

  • Contenido significa el contenido suministrado por Verizon o por quienes le otorgan licencias o por sus proveedores externos y a los cuales se puede tener acceso con el Servicio, entre ellos, sin limitaciones, imágenes, fotografías, animaciones, videos, audio, música y texto en cualquier formato.

  • Autoridad Competente Es la instancia Administrativa, de Tránsito o Judicial, legitimada para realizar, resolver o referirse a una gestión o asunto concreto.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Unicamente Circuitos integrados monolíticos amplificadores de potencia de microondas (MMIC) que tengan cualquiera de las características siguientes: a) tasados para operar a frecuencias superiores a 3.2 GHz e inferiores o iguales a 6.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 4W (36 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del15 %; b) tasados para operar a frecuencias superiores a 6.8 GHz e inferiores o iguales a 16 GHz, con una potencia de salida media superior a 1W (30 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del10 %; c) tasados para operar a frecuencias superiores a 16 GHz e inferiores o iguales a 31.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.8W (29 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del 10 %; d) tasados para operar a frecuencias superiores a 31.8 GHz e inferiores o iguales a 37.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.1 nW; e) tasados para operar a frecuencias superiores a 37.5 GHz e inferiores o iguales a 43.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.25W (24 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor de 10 %; o f) tasados para operar a frecuencias superiores a 43.5 GHz, y con una potencia de salida media superior a 0.1 nW.

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.