Xxxxx Materiales Cláusulas de Ejemplo

Xxxxx Materiales b. Xxxx, hurto o uso no autorizado
Xxxxx Materiales. La Compañía se obliga a indemnizar los daños materiales que sufra el vehículo asegurado, sus piezas o partes y sus accesorios, como consecuencia de volcamiento o colisión accidental con objetos en movimiento o estacionarios, incendio, rayo, explosión, sismo, riesgos de la naturaleza, granizo, actos maliciosos, huelga y terrorismo, tanto si el vehículo se hallare estacionado, como en movimiento, o mientras es trasladado por grúa o por un medio transportador de uso permitido por la autoridad competente y necesario en la ruta que transita el vehículo, como transbordadores y balsas. El Asegurador procederá al pago de la indemnización respectiva, siempre que quien conduzca sea el Asegurado u otra persona autorizada por él y posea licencia competente, u otro documento vigente que de acuerdo a la Xxx xx Xxxxxxxx, lo habilite legalmente para conducir. Al momento del siniestro, el conductor no podrá tener su licencia suspendida o su permiso provisorio vencido y deberá haber aprobado y tener vigentes los controles de habilitación correspondientes.
Xxxxx Materiales. 1. Bienes cubiertos En caso de no mencionarse como excluidos y de acuerdo con el límite fijado en la suma asegurada contratada en la Póliza, los siguientes bienes quedarán cubiertos.
Xxxxx Materiales. A) FALLAS O DEFECTOS DE LOS BIENES ASEGURADOS, EXISTENTES AL INICIO DE ESTE SEGURO.
Xxxxx Materiales. Las sumas aseguradas y sus sublímites para esta sección operan a primer riesgo y han sido fijados por el asegurado y no son prueba ni de la existencia ni del valor de los bienes asegurados, únicamente representan la base para delimitar la responsabilidad máxima de la Compañía. Si en el momento de ocurrir un siniestro los bienes asegurados tienen en conjunto un valor superior a la suma asegurada, la Compañía solamente responderá hasta esta cantidad y/o sublímites contratados. La Suma Asegurada opera como Limite Único y Combinado para estas coberturas y deberá corresponder a la máxima probabilidad de pérdida o daño que considere el asegurado pueda ocasionar a terceros, en un solo evento y en un solo lugar, es decir, la posibilidad de un daño a primer riesgo.
Xxxxx Materiales a) Formulario de reclamación;
Xxxxx Materiales. El objeto de esta cobertura es amparar a los bienes descritos en la relación de bienes, y en su ausencia, aquellos bienes propiedad o en posesión legitima del Asegurado y por los cuales sea legalmente responsable, por los daños físicos que puedan sufrir por causa de alguno o algunos de los riesgos que se precisan de manera limitativa en el apartado 2.1.Cobertura básica de este módulo. Si el Asegurado desea hacer extensiva su protección a otros riesgos, lo puede realizar contratando la cobertura Todo Riesgo por Xxxx Xxxxxx, la cual no elimina lo establecido en el apartado 4. Riesgos excluidos. El Asegurado se compromete a mantener los bienes asegurados bajo condiciones óptimas de seguridad y resguardo para prevenir cualquier contingencia de origen natural o humano y cualquier conducta delictiva que pueda afectar a los bienes asegurados mientras estos no estén operando. En caso de que el Asegurado no cumpla estas medidas las coberturas a que se refiere este módulo no surtirán efecto.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.