VIGILANTES Cláusulas de Ejemplo

VIGILANTES. Personal de sexo masculino (con libreta militar como reservistas de primera clase), o femenino, con calificación mínima de BUENA CONDUCTA, edad mínima de veinte (20) años, adecuada presentación personal e identificados con placa y la credencial expedida por la Empresa de Vigilancia de acuerdo con el artículo 103 del Decreto Nacional No. 019 de 2012. Perfil Ofrecido • Ser bachiller • Tener situación militar definida • Contar con curso reentrenamiento vigente y especializado en el sector que aplica para el presente proceso, es decir, entidades educativas • Contar con el certificado vigente de antecedentes y requerimientos judiciales de la Policía Nacional, donde conste que el personal que prestará el servicio no tiene asuntos pendientes con las autoridades judiciales. • Contar con el certificado de antecedentes disciplinarios vigente expedido por la Procuraduría General de la Nación, donde conste que no registra sanciones ni inhabilidades vigentes. • Contar con el certificado de aptitud psicofísica para el porte y tenencia xx xxxxx de fuego, el que debe expedirse con base en los parámetros establecidos en el literal d) del artículo 11 de la Ley 1119 de 2006, por una institución especializada registrada y certificada ante autoridad respectiva y con estándares xx xxx en cual será realizado sin ningún costo por las ARL a la cual estén afiliados los trabajadores, para el personal que preste el servicio en medio humano con arma. • Certificar mediante examen médico que el personal asignado para los puestos de vigilancia posee aptitud psicológica, mental y condiciones físicas para la prestación efectiva del servicio. • Tener habilidades para el manejo de comunicaciones. • Los operadores de medios tecnológicos (3) deben contar con cursos de reentrenamiento vigentes y estar debidamente acreditados • Los escoltas deben tener curso vigente de conducción o manejo defensivo, evasivo, ofensivo y táctico. • Los escoltas (2) deben tener curso vigente de reentrenamiento. Las siguientes serán las funciones que deberán cumplir de manera estricta y respetuosa el personal de vigilancia asignado para prestar el servicio en la universidad del atlántico y sedes alternas. a) Portar carnet debidamente expedido por la empresa de vigilancia. b) Estar debidamente uniformado. Los uniformes del personal asignado deben cumplir en todo su contenido, diseños, colores, distintivos e identificaciones con lo establecido en el artículo 103 del Decreto Ley 356 de 1994 y de acuerdo con las diferen...
VIGILANTES. 7.16.1.Las siguientes serán las funciones que deberán cumplir de manera estricta y respetuosa el personal de vigilancia asignado para prestar el servicio en la universidad del atlántico y sedes alternas. o Controlar la entrada y salida de funcionarios, estudiantes, profesores y visitantes, utilizando el detector de metales. o Revisar bolsos, paquetes, etc., tanto entrante como saliente, a funcionarios, estudiantes, profesores y visitantes, sin excepción alguna. o Controlar el ingreso del parque automotor, inspeccionarlo y revisarlo, sin excepción. o Informar cualquier hecho anómalo al superior inmediato. o Evitar la entrada de vendedores, a excepción de los autorizados por escrito por la Rectoría, el Coordinador de seguridad y la Jefatura de Servicios Generales. o Observar permanentemente toda la consideración y cortesía debidas a los funcionarios, estudiantes, profesores y visitantes. o Atender las instrucciones del Supervisor del contrato y/o Coordinador de seguridad. o Usar permanentemente el detector de metales y armas. o Radicar y efectuar anotaciones en los libros asignados para el efecto. o Verificar el porte de carné por parte de los funcionarios, estudiantes, profesores y visitantes, y exigirlo para permitir el ingreso a la Universidad del Atlántico. o Verificar y registrar la asistencia del personal autorizado para laborar los fines de semana. o Verificar que los visitantes porten en lugar visible la respectiva ficha. o Las demás que asigne el Supervisor del contrato y/o Coordinador de seguridad.
VIGILANTES. 7.15.1. Las siguientes serán las funciones que deberán cumplir de manera estricta y respetuosa el personal de vigilancia asignado para prestar el servicio en la universidad del atlántico y sedes alternas.
VIGILANTES. Función : Protección de las Instalaciones y Seguridad y Vigilancia. Cada Agente de Vigilancia deberá cumplir como mínimo, con los requisitos siguientes:
VIGILANTES. Las siguientes serán las funciones mínimas que deberá cumplir el personal de vigilancia asignado para prestar el servicio en esta Entidad.
VIGILANTES. Serán los encargados de velar por la seguridad en los predios donde se instalen los puestos de vigilancia. Los vigilantes dispuestos por el contratista podrán ser hombres o mujeres, quienes deben cumplir con los siguientes requisitos: • Certificar experiencia mínima de un (1) año en vigilancia. • Tener credencial vigente. Los vigilantes deberán cumplir las siguientes funciones, entre otras: • Realizar recorridos por todas las zonas a vigilar e impedir cualquier tipo de invasión u ocupación en los terrenos entregados para custodia. • Impedir y prohibir el ingreso a los predios de personas y materiales que no se encuentren autorizados. • Evitar que se boten basuras y escombros en los predios que se han delimitado como áreas para vigilar. • Establecer los mecanismos y controles necesarios para garantizar la seguridad en las zonas a vigilar. • Registrar en las minutas el ingreso y salida de personas autorizadas, especificando fecha de autorización hora de ingreso y de salida. • Comunicar cualquier tipo de novedad a la Central de operaciones de la Empresa de Vigilancia y al supervisor designado. • Solicitar intervención de la Red de Apoyo de la Policía Nacional en caso de requerirse. Estar atentos a cualquier movimiento que genere sospecha y ante cualquier novedad que represente amenaza de cualquier tipo, especialmente invasión, informar inmediatamente a la Central de Operaciones de la Compañía contratista así como a la Policía Nacional.
VIGILANTES. El Proponente deberá manifestar por escrito acreditando su compromiso firmado por Representante Legal que cuenta con personal idóneo para prestar los servicios de Vigilancia y Seguridad Privada, personal propio de la región donde funcionan las sedes vacacionales del Círculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares. El proponente debe acreditar al menos diez (10) de sus empleados operativos cuentan con curso vigente de Especialización en seguridad con Entidades Oficiales, Comercial o Turismo presentando certificado correspondiente, así mismo, el proponente debe acreditar copia de la Licencia de Funcionamiento de la academia certificadora la cual debe estar vigente a la fecha del cierre de la invitación
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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.