VALUACIÓN Cláusulas de Ejemplo

VALUACIÓN. En ningún caso será responsable la Compañía, por lo que respecta a valores, por una suma superior al valor real en efectivo que éstos tengan al concluir las operaciones del negocio el día del siniestro y, si no fuere posible determinar el momento en que haya ocurrido el siniestro, la responsabilidad de la Compañía no será superior al valor real en efectivo que los mencionados valores tengan el día inmediato anterior a aquel en que la pérdida haya sido descubierta. En el caso de títulos nominativos a la orden, así como comprobantes de pago de tarjetas de crédito, de los cuales fuera posible legalmente su cancelación y/o reposición, la responsabilidad de la Compañía se limitará a los costos que representarían los gastos de reimpresión y los gastos judiciales, así como los honorarios de peritos y abogados que fueran necesarios para lograr la anulación de los títulos afectados por cualquier riesgo cubierto por esta sección, siempre y cuando estos gastos no excedan del valor de dichos títulos, en cuyo caso se pagará el valor de los mismos.
VALUACIÓN. Queda entendido y convenido que en el caso de cualquier pérdida o daño cubierto por la presente Póliza, todos los bienes serán valuados de la siguiente manera:
VALUACIÓN. Valor del animal en matadero en la fecha del siniestro.
VALUACIÓN. Queda entendido y convenido que para la valoración de los bienes amparados por esta póliza, se ha tomado como base la relación anexa a la misma, la cual es copia del avalúo practicado previamente sobre cada objeto por el perito especialista en obras de arte, registrado ante las autoridades y contratado por el Asegurado.
VALUACIÓN a) Cada unidad se considerará como asegurada separadamente.
VALUACIÓN. A. Al ocurrir un siniestro que afecte bienes cubiertos, utilizaremos el “costo de reposición o reemplazo” o el “valor realizable en efectivo” como método para calcular el valor de los bienes afectados.
VALUACIÓN. 15 Cláusula 12. Subrogación 16 Cláusula 13. Notificación-Pruebas Procedimientos Legales 16
VALUACIÓN. En caso de estar cubierta la pérdida por esta Póliza, en ningún caso la Compañía será responsable a indemnizar por más de:
VALUACIÓN. Los bienes asegurados, a los efectos de esta Póliza están y quedarán valorados según su valor costo, sin incremento alguno por utilidad o beneficio real o esperado, a menos que se convenga de otra forma antes de la salida del medio transportador, lo cual deberá constar mediante Anexo firmado por la Empresa de Xxxxxxx y el Asegurado.
VALUACIÓN. Queda entendido que, en el caso de daño, la indemnización se basará en el costo de reparación, reemplazo o restablecimiento (el que sea menor) de la propiedad en el mismo sitio, o en el sitio disponible más cercano (el que represente el menor costo) con material de igual tipo y calidad sin deducción por depreciación, sujeto a las siguientes disposiciones: La reparación, el reemplazo o restablecimiento (todos denominados en la presente como "reemplazo") se deberá ejecutar con la debida diligencia; Hasta que el reemplazo se haya efectuado la cantidad de responsabilidad bajo la presente Póliza con respecto de la pérdida estará limitada al valor en efectivo real en el momento de la pérdida; Si el reemplazo con material de igual tipo y calidad está restringido o prohibido por cualquier estatuto, mandato x xxx, cualquier incremento de costo del reemplazo debido al mismo no estará amparado por la presente Póliza. La responsabilidad de la Compañía de Seguros por pérdida bajo la presente Póliza no excederá al menos de las siguientes cantidades: El límite de la Póliza aplicable a la propiedad destruida o dañada, El costo de reemplazo de la propiedad o cualquier parte de la misma que estaba destinada a la misma ocupación y uso, conforme se calculó en el momento de la pérdida, La cantidad real y necesariamente gastada en el reemplazo de dicha propiedad o cualquier parte de la misma. La Compañía de Seguros esperará por lo general que el Asegurado lleve a cabo la reparación o el reemplazo de la propiedad asegurada, pero si el Asegurado y la Compañía de Seguros acuerdan que no es practicable o razonable hacer esto, la Compañía de Seguros pagará al Asegurado una cantidad basada en los costos de reparación o reemplazo, menos una deducción por honorarios y costos asociados en los que de otra manera no se incurren. La Compañía de Seguros sólo pagará al Asegurado hasta la Suma Asegurada estipulada en el Anexo.