VALORACIÓN DE OFERTAS Cláusulas de Ejemplo

VALORACIÓN DE OFERTAS. Para la valoración se observarán los siguientes criterios: Nota: Todo parámetro a evaluar, será considerado únicamente los que cuentan con el respaldo solicitado.
VALORACIÓN DE OFERTAS. Seguidamente, el órgano de contratación valorará las ofertas conforme a los criterios objetivos esta- blecidos en el apartado 7.1 del presente Pliego. En ningún caso podrán ser aplicados otros criterios.
VALORACIÓN DE OFERTAS. El día y hora fijado en el anuncio de la convocatoria se procederá, en acto público, a la apertura y lectura de las Ofertas recibidas. A la vista de las ofertas presentadas, el CZFC adjudicará los inmuebles a las ofertas que, en su conjunto, estime económicamente más ventajosas entendiéndose por tales, por el siguiente orden de preferencia:
VALORACIÓN DE OFERTAS. La Mesa de Contratación se constituirá tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones y procederá a la apertura de los archivos «A» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos. Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo no superior a tres días naturales para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada. A continuación, se procederá a la apertura de los archivos «B». A la vista de la valoración de los criterios cuya ponderación es automática, la Mesa de Contratación propondrá al adjudicatario del contrato. Cód. Validación: AFSPWAKJZQMC2A647AL9ADSGT | Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 21 El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos a que hace referencia el artículo 140.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, así como de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía provisional, si se hubiera constituido. En el supuesto señalado en el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
VALORACIÓN DE OFERTAS. Para la valoración de las ofertas y la determinación de la económicamente más ventajosa se atenderá a un único aspecto de valoración: Precio
VALORACIÓN DE OFERTAS. Para la valoración de las ofertas se establecerán criterios que permitan seleccionar la oferta que resulte en conjunto económicamente más ventajosa para el órgano de contratación en términos de calidad-precio, en los términos que se establecen en el punto siguiente.
VALORACIÓN DE OFERTAS. Para la valoración de las ofertas y la determinación de la económicamente más ventajosa, se atenderá un único aspecto de negociación el precio más alto. En caso de empate se resolverá por sorteo público a continuación de la apertura del sobre que contenga la proposición económica.
VALORACIÓN DE OFERTAS. Seguidamente, y en una fase cuyo desarrollo no será ya público, la Mesa de Contratación valorará las ofertas conforme a los criterios objetivos establecidos en el pliego; en ningún caso podrán ser aplicados otros criterios. La Mesa podrá efectuar esta valoración por sí, o podrá contar con el asesoramiento especializado de expertos externos y solicitar cuantos informes técnicos considere necesarios antes de emitir su propuesta. En el supuesto de que, conforme a lo que se haya dispuesto en los pliegos, alguna de las ofertas pudiera ser considerada anormal o desproporcionada, se remitirá comunicación al licitador concediendo un plazo para aportar justificación que permita considerar la viabilidad real de la propuesta. La documentación que se aporte debe ser meramente aclaratoria y no susceptible de ampliar, modificar o sustituir la propuesta realizada. Si la oferta es anormalmente baja debido a que el licitador ha obtenido una ayuda del Estado, sólo podrá rechazarse la proposición por esta única causa si aquél no puede acreditar que tal ayuda se ha concedido sin contravenir las disposiciones comunitarias en materia de ayudas públicas. La Mesa de Contratación clasificará las ofertas por orden decreciente y formulará propuesta de adjudicación del contrato a la proposición económicamente más ventajosa en función de los criterios aplicados o bien propondrá que se declare desierta la licitación justificando esta propuesta adecuadamente. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo. La Mesa no podrá proponer ni el órgano de contratación declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que se ajuste a los criterios de adjudicación que figuren en el pliego.
VALORACIÓN DE OFERTAS. No será valorada ninguna oferta que no cumpla los requisitos mínimos exigidos en este Pliego de Condiciones Técnicas y Particulares, en el de Condiciones Generales o en cualquier otro documento que forme parte integrante de la presente contratación. Todas las ofertas que vayan a ser evaluadas deberán reunir las condiciones exigidas en el Pliego. El único criterio de valoración será el del “precio más bajo”, para toda la contratación y para ello habrá que indicar la valoración económica para cada uno de los siguientes puntos con los máximos establecidos por Correos Express y que a continuación se detallan:
VALORACIÓN DE OFERTAS. Para la valoración se observarán los siguientes criterios: